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Document 62008CA0495

Asunto C-495/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 12 de noviembre de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Incumplimiento de Estado — Directiva 85/337/CEE — Evaluación de los efectos de determinados proyectos sobre el medio ambiente — Obligación de motivar una decisión de no someter un proyecto a evaluación)

DO C 11 de 16.1.2010, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

16.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 11/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 12 de noviembre de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

(Asunto C-495/08) (1)

(Incumplimiento de Estado - Directiva 85/337/CEE - Evaluación de los efectos de determinados proyectos sobre el medio ambiente - Obligación de motivar una decisión de no someter un proyecto a evaluación)

2010/C 11/07

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: P. Oliver y J.-B. Laignelot, agentes)

Demandada: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: L. Seeboruth y H. Walker, agentes y J. Maurici, Barrister)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (DO L 175, p. 40) — Obligación de motivar una decisión de no someter un proyecto a evaluación

Fallo

1)

Declarar que el Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2, apartado 1, y 4, apartado 2, de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, en su versión modificada por la Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, al no haber sometido las solicitudes de revisión del plan de extracción de minerales («Review of Mineral Planning») presentadas en el País de Gales antes del 15 de noviembre de 2000 a los requisitos previstos en la referida Directiva.

2)

Condenar en costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.


(1)  DO C 32, de 7.2.2009.


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