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Document 52025IR1930

Dictamen del Comité Europeo de las RegionesAdaptación al cambio climático en las ciudades y regiones: elaborar un plan europeo de adaptación al cambio climático

COR 2025/01930

DO C, C/2026/764, 24.2.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/764/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/764/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2026/764

24.2.2026

Dictamen del Comité Europeo de las RegionesAdaptación al cambio climático en las ciudades y regiones: elaborar un plan europeo de adaptación al cambio climático

(C/2026/764)

Ponente

:

Matteo LEPORE (IT/PSE), alcalde de Bolonia

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

1.

acoge con satisfacción la intención declarada de la Comisión Europea de adoptar en el segundo semestre de 2026 una iniciativa europea de resiliencia frente al cambio climático y gestión de riesgos; subraya la necesidad de promover la adaptación como nueva modalidad cultural de cambio social y económico, con la participación de toda la sociedad, los entes locales y regionales y los organismos técnicos, para garantizar un enfoque coherente, transformador y coordinado por una sólida gobernanza multinivel, que tome asimismo en consideración las especificidades, los riesgos y las oportunidades presentes a escala local; hace hincapié en que el carácter legislativo de la iniciativa será crucial para garantizar la seguridad jurídica, la planificación a largo plazo y la aplicación oportuna de las medidas climáticas; pide, en este sentido, que se establezca un objetivo a escala de la UE para 2050 en materia de adaptación al cambio climático;

2.

destaca que el cambio climático constituye un importante riesgo a nivel macroeconómico, fiscal y financiero que repercute en las finanzas públicas, los seguros, los inversores y los mercados; reconoce que la crisis climática también debe considerarse una crisis sanitaria y que las medidas de mitigación y adaptación, especialmente las soluciones basadas en la naturaleza, generan beneficios directos para la salud; señala, por ejemplo, que, según algunas estimaciones, aumentar la ecologización urbana en un 30 % podría reducir hasta un 40 % la mortalidad adicional provocada por las olas de calor (1);

3.

recuerda que, en 2023, el calentamiento global causó una mortalidad adicional de 47 690 personas en Europa y que, entre 1980 y 2023, los fenómenos meteorológicos y climáticos extremos provocaron pérdidas económicas por un valor estimado de 738 000 millones EUR; subraya la urgencia de intensificar el seguimiento y la evaluación de los riesgos y vulnerabilidades climáticos y de reforzar las medidas de adaptación también para salvaguardar la competitividad, la seguridad y la prosperidad de la UE y para proteger a la ciudadanía, los ecosistemas, la agricultura, las infraestructuras, los servicios esenciales y la economía; hace hincapié en que el proceso de adaptación debe enfocarse de manera proactiva, en lugar de reactiva, para poder anticipar los riesgos climáticos e integrar la prevención y la preparación en todas las políticas y medidas de planificación conexas; destaca, además, que no actuar conllevará un coste exponencialmente superior a la inversión inicial necesaria de cara a la adaptación, como han demostrado también las catástrofes naturales sucedidas recientemente; señala que las necesidades en todo el mundo generan una fuerte demanda de tecnologías limpias e innovaciones;

4.

recuerda asimismo que el daño económico proyectado se distribuye de manera muy desigual entre las regiones de Europa en función de su ubicación y supone una carga desproporcionada para las más pobres y las más vulnerables frente al cambio climático, como las regiones insulares y ultraperiféricas y las que sufren procesos de despoblación y cambios demográficos, que, por tanto, tendrán mayores dificultades para adoptar medidas de adaptación al cambio climático; subraya que, si no se abordan, los impactos del cambio climático exacerbarán estas disparidades, agravando las desigualdades sociales, económicas y territoriales ya existentes y socavando el objetivo de cohesión territorial recogido en el propio Tratado de la UE;

5.

subraya que los principios de subsidiariedad y proporcionalidad deben respetarse en las medidas propuestas y que debe evitarse, siempre que sea posible, la imposición de cargas administrativas adicionales;

6.

pide que la iniciativa promueva medidas que complementen las políticas de mitigación y que cree sinergias con ellas; en particular, conviene establecer vínculos entre instrumentos como la transición justa, los planes nacionales integrados de energía y clima, los planes nacionales de adaptación y las estrategias a largo plazo en el marco del Reglamento sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima («Reglamento sobre la gobernanza») y unificarlos en la medida de lo posible. Es necesario evitar duplicaciones a fin de reducir las cargas administrativas y la fragmentación. Las obligaciones de presentación de informes deben armonizarse en los marcos existentes; subraya la necesidad de mecanismos claros de rendición de cuentas y ejecución para evitar retrasos o una aplicación deficiente;

7.

pide el apoyo de la UE y de los Estados miembros para crear pactos verdes locales que representen el vínculo operativo entre las estrategias a escala europea y nacional y su aplicación a nivel local, a fin de integrar la mitigación y la adaptación en los indicadores clave de rendimiento y los hitos, garantizar la financiabilidad y armonizar la planificación, la contratación pública, las capacidades y las inversiones;

8.

pide a la Comisión que establezca la obligación para los Estados miembros de introducir mecanismos de consulta sistemática y de participación de los entes locales y regionales que contemplen estructuras de orientación y codecisión en las fases iniciales de la elaboración normativa y la aplicación de las políticas de adaptación; anima a que, en el marco de la revisión del Reglamento sobre la gobernanza, se establezca la obligatoriedad de las estructuras de gobernanza multinivel previstas en el artículo 11 de dicho Reglamento y el refuerzo de las partes relativas a la adaptación en los planes nacionales integrados de energía y clima. Los indicadores que miden los avances realizados en la consecución de los objetivos nacionales y de la UE en materia de adaptación deben definirse en colaboración con los entes locales y regionales y con la participación de la sociedad civil y la ciudadanía; recuerda que, de acuerdo con la reciente evaluación a escala de la UE de la versión definitiva de los planes nacionales integrados de energía y clima actualizados, solo algunos de ellos integran en suficiente medida la preparación y la resiliencia frente a los efectos del cambio climático, y un número reducido plantea medidas relacionadas con la resiliencia hídrica (2);

9.

pide que se promueva la coherencia con otras políticas conexas, como la transición justa, la Estrategia de Preparación de la Unión, la resiliencia hídrica, la restauración de la naturaleza, la vigilancia del suelo, la ordenación urbana y del territorio, la política litoral, la contratación pública y la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios, y con políticas no medioambientales de los ámbitos financiero, presupuestario y de infraestructuras;

10.

pide encarecidamente a la Comisión que confiera a la adaptación carácter prioritario en la Agenda de la UE para las Ciudades, aprovechando iniciativas clave como el Pacto de las Alcaldías, y que tenga debidamente en cuenta esta cuestión en los planes de colaboración nacionales y regionales que contempla el futuro marco financiero plurianual (MFP), que deben garantizar en plenitud la participación de los entes locales y regionales;

11.

anima a los entes locales a que consignen en sus presupuestos un fondo municipal para la prevención de los riesgos climáticos y la adaptación a ellos que abarque labores de planificación, prevención de riesgos, respuesta ante emergencias y reconstrucción, recurriendo para ello también a instrumentos de tributación local, en la medida de sus posibilidades y en virtud de sus competencias respectivas;

12.

insta a la Comisión a que refuerce los aspectos de la gobernanza multinivel en las directrices sobre las estrategias y planes de adaptación de los Estados miembros, y pide a estos últimos que establezcan —conforme a las orientaciones de la Comisión— estructuras nacionales de coordinación en materia de adaptación multinivel que prevean criterios transparentes de organización y reparto de competencias y responsabilidades, garantizando la participación de los entes locales y regionales, las redes de entidades municipales o comarcales (agrupaciones de municipios), las agencias locales y regionales de medioambiente, energía y clima, y todos los sectores pertinentes; recuerda que la falta de claridad en torno a las responsabilidades y la coordinación constituye uno de los principales obstáculos a la aplicación de las políticas y puede suponer la pérdida de vidas humanas, daños a los ecosistemas e ingentes pérdidas económicas;

13.

subraya que las estructuras de investigación científica deben constituir un pilar esencial para la elaboración, la aplicación y la revisión continua de las medidas de adaptación, y proporcionar un apoyo adecuado y específico, en particular a los entes locales y regionales; insiste, por lo tanto, en la importancia de garantizar recursos suficientes y la independencia de la investigación sobre el clima en la UE;

14.

valora positivamente los avances de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) hacia el objetivo mundial en materia de adaptación, cuya consecución a través de instrumentos vinculantes para los entes locales y regionales considera de gran utilidad, siempre que proporcione suficiente flexibilidad y apoyo a los entes sujetos a las obligaciones que entraña; pide a la Comisión que valore la posibilidad de crear un comité director de alto nivel con el CDR, las redes pertinentes de entes locales y regionales y la Federación Europea de Agencias y Regiones para la Energía y el Medio Ambiente (Fedarene), con el fin de apoyar la incorporación de las decisiones adoptadas a escala mundial en el marco de la CMNUCC, teniendo debidamente presentes los retos que plantea la aplicación a escala local;

15.

reconoce que el principio de resiliencia desde el diseño es crucial de cara a la adaptación y exige una metodología que se ajuste a contextos específicos, para garantizar su plena eficacia; propone establecer ese principio como requisito obligatorio para acceder a cualquier forma de financiación europea; subraya que la defensa contra el cambio climático es esencial para que las medidas eviten daños resultantes de los riesgos climáticos, y que debe integrarse en el principio de «no causar un perjuicio significativo» al medio ambiente o a la sociedad, tanto en el sector público como en el privado;

16.

hace un llamamiento a todos los líderes locales y regionales para que ejerzan un fuerte impulso político que permita priorizar la adaptación aprovechando los instrumentos existentes, como el Pacto de las Alcaldías de Europa —único instrumento que contempla tanto la mitigación como la adaptación—, la misión «Cien Ciudades inteligentes y climáticamente neutras de aquí a 2030» y la misión sobre la adaptación al cambio climático; reconoce el papel fundamental que desempeñan las ciudades y regiones que participan en dichas misiones, como bancos de pruebas de soluciones innovadoras, y pide que estas continúen también después de 2030; considera esencial que los enfoques ecosistémicos de base local ocupen un lugar central en las políticas de adaptación de la UE; pide el apoyo político concreto de la Comisión a estas iniciativas y la promoción de un enfoque integrador de la sociedad en la aplicación de las medidas; considera que el modelo de contratos de ciudad por el clima debe contemplar sistemáticamente medidas de adaptación y brindar así un marco integrado que vincule las políticas nacionales y de la UE y las medidas locales, y que refuerce las capacidades, los instrumentos y la voz de las ciudades y regiones; insiste en que el Pacto de las Alcaldías de Europa es la mejor herramienta para ayudar a las ciudades pequeñas y medianas a desarrollar su capacidad de planificación e inversión en materia de resiliencia frente al cambio climático;

17.

pide a la Comisión, al Centro Común de Investigación y a la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) que armonicen, en coordinación con las estructuras nacionales existentes, los instrumentos de producción y análisis de datos y las metodologías de evaluación de riesgos. Es preciso vincular esa evaluación de la vulnerabilidad y el riesgo de las regiones al Semestre Europeo a escala nacional y basarla en planes locales de vulnerabilidad, que deben erigirse en un nuevo instrumento vinculante para las Administraciones locales y regionales. Hay que prever recursos y mecanismos de apoyo adecuados para esta nueva obligación;

18.

insta a que se refuerce la Plataforma Europea de Adaptación al Cambio Climático (Climate-ADAPT) integrando los instrumentos existentes, como el Pacto de las Alcaldías y la misión sobre la adaptación al cambio climático, los datos de la primera evaluación europea del riesgo climático —o informe EUCRA— y la información que facilita Copernicus, de modo que dicha Plataforma se convierta en un centro europeo único en materia de adaptación, en cooperación y coordinación con organismos técnicos descentralizados como las agencias locales y regionales de medioambiente, energía y clima. Dicho centro debe prestar apoyo a las Administraciones locales en las labores de coordinación de los instrumentos, las buenas prácticas y la gobernanza, velando por herramientas accesibles también para los pequeños municipios a través de un portal multilingüe. Además, podría coordinar los trabajos de armonización de instrumentos, metodologías y datos, en cooperación con las estructuras nacionales de coordinación y con la participación destacada de los entes locales y regionales;

19.

pide a la Comisión Europea que promueva la integración de normas de resiliencia —por ejemplo, ISO o CEN— en las directivas, la legislación sectorial y las normas de contratación pública pertinentes, pues son clave para mejorar la calidad, la comparabilidad y la generalización de las medidas de resiliencia y pueden contribuir a impulsar la innovación en el sector privado y a mejorar la competitividad mundial de Europa en soluciones de resiliencia;

20.

subraya la necesidad de estrategias de adaptación diferenciadas para cada ciudad y región, puesto que una adaptación a gran escala exige una planificación amplia en la que se vean implicadas múltiples partes interesadas; por el contrario, centrarse en el nivel local supone entrar en el ámbito de la planificación y conservación ordinarias, así como en la elaboración de nuevos proyectos de urbanización;

21.

pone de relieve la necesidad de que la adaptación aborde también los desplazamientos que se producen con cada vez más frecuencia dentro de la UE o desde países terceros como consecuencia de fenómenos climáticos adversos, ya que las inundaciones, los incendios forestales, el aumento del nivel del mar o la sequía obligan cada vez más a las personas a trasladarse; hace hincapié en que la responsabilidad de la planificación y del apoyo a las poblaciones afectadas recae por igual en los Estados miembros y las autoridades locales y regionales, pero exige también solidaridad a escala de la UE; pide a la Comisión y a los Estados miembros que elaboren planes de emergencia transfronterizos y que presten apoyo a las ciudades y regiones receptoras, en particular a las regiones fronterizas más expuestas, que ven sus políticas públicas de acogida e inclusión socioeconómica gravemente amenazadas;

II.   DATOS

22.

subraya la necesidad de un enfoque «de la ciencia a la acción» que se apoye en datos locales, tecnologías avanzadas, en concreto herramientas innovadoras como gemelos digitales, sistemas de prospectiva impulsados por inteligencia artificial (IA) y plataformas de datos abiertos, y la colaboración con investigadores, expertos y entidades de seguros para mejorar la modelización y la evaluación de riesgos y para garantizar medidas con base científica, reducir los riesgos de una mala adaptación y promover el principio de «reconstruir para mejorar»; subraya, en particular, la necesidad de superar la fragmentación de la que actualmente adolecen los datos disponibles en las bases de datos públicas y privadas, y de garantizar la disponibilidad y accesibilidad de los datos; pide que se preste más apoyo a iniciativas científicas ciudadanas que capaciten a las comunidades locales para contribuir al seguimiento de las vulnerabilidades;

23.

considera que la observación de la Tierra (EO, por sus siglas en inglés), en particular a través de Copernicus y la Organización Europea para la Explotación de Satélites Meteorológicos (Eumetsat), debe desempeñar un papel estratégico en las labores de seguimiento climático y de planificación de la adaptación y proporcionar datos desglosados a escala local que sean accesibles y útiles para los entes locales y regionales, disminuyendo los costes y fomentando la transparencia, nuevos modelos de seguro y la gobernanza multinivel; pide que se promueva la cooperación, en el marco de Copernicus, con la Plataforma Europea de Adaptación, proponiendo a tal efecto una interfaz que integre datos descendentes y ascendentes —de tal manera que se tengan en cuenta los datos locales con mayor nivel de resolución y se integren los datos que proporcionan Copernicus u otras redes— y se ajuste a las especificidades territoriales de cada Estado miembro, de modo que revista utilidad para los entes locales sobre la base de la experiencia de las agencias regionales y locales de medioambiente, energía y clima;

24.

pide a la Comisión que conecte los servicios de datos sobre adaptación y mitigación con las infraestructuras tecnológicas y los bancos de pruebas —como los sensores, los materiales avanzados, las soluciones basadas en la naturaleza y la construcción resistente al cambio climático— y que adapte el acceso a las necesidades en materia de I+D+i de las empresas emergentes, las empresas en expansión y la industria ya asentada;

25.

destaca la importancia de que la futura iniciativa clasifique los datos por macrozonas, a fin de determinar qué regiones presentan vulnerabilidades similares y propiciar soluciones comunes; pide a la Comisión y a los Estados miembros que sigan invirtiendo en la recopilación de datos desglosados en tiempo real que reflejen las diversas vulnerabilidades presentes en todo el territorio europeo, incluyendo las regiones ultraperiféricas, para lo cual conviene integrar el nivel subnacional en las próximas ediciones del informe EUCRA; además, pide a la Comisión que preste apoyo a la AEMA en la elaboración de análisis sectoriales y acumulativos a escala subnacional (como mínimo en las unidades territoriales del nivel NUTS 2), al objeto de procurar que las diferentes escalas de evaluación guarden coherencia entre sí; insta a que se promueva la cooperación supranacional entre las diferentes ciudades y regiones pertenecientes a una misma macrozona para poner en marcha proyectos conjuntos a partir de estas soluciones comunes;

III.   FONDOS Y FINANCIACIÓN — REFORZAR LA AYUDA FINANCIERA Y LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL

26.

subraya que calificar las acciones en materia de clima y medio ambiente solo de «objetivos prioritarios transversales» en el nuevo MFP entraña el riesgo de que la perspectiva climática quede relegada, lo cual ralentizaría la adopción de medidas esenciales a escala local y regional como consecuencia de la dificultad para acceder a fondos específicos; expresa su gran preocupación por la interrupción del programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE); pide a los colegisladores que garanticen un marco facilitador para la seguridad, la resiliencia y la competitividad, prestando financiación flexible y de fácil acceso, aumentando los porcentajes de financiación que se destinan a la acción por el clima y proporcionando criterios claros, estrictos y con base científica de evaluación de proyectos transversales; advierte de que la gobernanza de los planes de colaboración nacionales y regionales propuestos podría mermar la participación de los entes locales y regionales en las labores de planificación y su capacidad de absorción de recursos y de planificación a largo plazo, lo cual socavaría la previsibilidad necesaria para dirigir inversiones cruciales de cara a la consecución de los objetivos de neutralidad climática para 2050 y del Acuerdo de París;

27.

considera que, en el próximo MFP, los flujos de financiación como el Fondo Europeo de Competitividad deben incorporar criterios de resiliencia y garantizar un acceso equitativo a los pequeños municipios y regiones. Las normas deben crear asimismo vías para movilizar la financiación privada, normalizando la revelación de información sobre el riesgo e integrando la resiliencia en los criterios de inversión. Una financiación en pro de la resiliencia también debe priorizar explícitamente inversiones positivas para la naturaleza que generen beneficios secundarios a largo plazo para las sociedades y las economías, tales como el ecodiseño, la fabricación eficiente y la construcción sostenible;

28.

pone de relieve la importancia de reforzar el Fondo Social para el Clima, en particular las medidas de adaptación y las inversiones territoriales en pro de los grupos, sectores y territorios más vulnerables, para garantizar transiciones justas y equitativas;

29.

pide recurrir a fuentes de financiación innovadoras, como los fondos rotatorios, la contratación pública ecológica y la colaboración público-privada; insta a la Comisión a que desarrolle instrumentos que estimulen la financiación privada; propone una estructura permanente entre el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y los entes locales que trabaje en cooperación con otras estructuras técnicas especializadas, como las agencias locales y regionales de medioambiente, energía y clima; pide a los Estados miembros que introduzcan incentivos fiscales para fomentar la participación del sector privado, e insta a la Comisión a que establezca un acelerador de la inversión para desarrollar proyectos financiables y poner en marcha iniciativas que aúnen a inversores locales, el sector de los seguros, proveedores de soluciones y las comunidades afectadas;

30.

considera que los seguros constituyen un instrumento clave de cara a la transición de la gestión de crisis a la gestión proactiva del riesgo, que garantiza la resiliencia financiera de la ciudadanía, el tejido empresarial y el sector público. La nueva iniciativa debe abordar esta cuestión tomando en consideración los mecanismos de solidaridad de la UE, como los reaseguros, y la creación de modelos de seguro que permitan repartir los costes entre las zonas y los sectores pertinentes. De este modo, se evitarían las asimetrías que perjudican la competencia. Además, las propias compañías de seguros deberían realizar aportaciones financieras, en su propio interés, para apoyar la prevención y la adaptación, alentando a las regiones y ciudades a invertir en infraestructuras resilientes, el uso inteligente del suelo y la mejora de la calidad de los datos;

IV.   FORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y PARTICIPACIÓN

Formación técnica, académica y ciudadana

31.

subraya la necesidad de formar a profesionales en los sectores público y privado y de fomentar la participación de la comunidad científica para desarrollar conocimientos a escala local, reducir los riesgos de una adaptación inadecuada y promover modelos de sensibilización escalables, especialmente en aquellos grupos de población más vulnerables; propone, en este contexto, reforzar la comunidad de conocimiento e innovación sobre el clima, integrando un enfoque centrado en la resiliencia y la adaptación y aportando recursos adicionales para promover la investigación, la innovación y el espíritu emprendedor en esta materia;

32.

destaca la importancia de reforzar las capacidades de las Administraciones locales y regionales, aumentando la financiación y el apoyo técnico a través de instrumentos adaptados a las necesidades específicas de gobernanza y planificación de los territorios, también en el marco de la misión sobre la adaptación al cambio climático y los diferentes programas del BEI; propone crear un centro europeo de formación en adaptación al cambio climático, basado en la experiencia obtenida con la iniciativa ManagEnergy, que tenga por finalidad formar a profesionales, responsables de la toma de decisiones, técnicos y promotores —incluidos los entes locales y regionales y sus agencias de medioambiente, energía y clima— en la planificación y la ejecución de medidas integradas de adaptación y mitigación, y proporcionar itinerarios regionales, multinivel y a los que puedan acceder todos los municipios, para fomentar agrupaciones de territorios que presenten vulnerabilidades similares y promover el intercambio de buenas prácticas y la cooperación transfronteriza y entre diferentes niveles; reitera su compromiso de asumir un papel más decisivo en el apoyo a la transformación climática sistémica de Europa a través de su Grupo de Trabajo «El Pacto Verde se hace local», movilizando el respaldo de la UE a las medidas de adaptación y mitigación locales y regionales;

Sensibilización y participación

33.

destaca la importancia de reforzar la comunicación sobre la adaptación al cambio climático a través de fondos, un personal especializado e instrumentos claros que promuevan una adaptación transformadora como un cambio social y económico positivo; pide a la Comisión que ponga en marcha campañas a escala de la UE para mejorar la preparación y los comportamientos resilientes, sobre la base de las lecciones extraídas del Pacto Europeo por el Clima;

34.

hace hincapié en la necesidad de reforzar la labor educativa —en particular los planes de estudios escolares y universitarios y los programas de investigación, también mediante módulos internacionales y del programa Erasmus— para promover la cooperación entre los centros educativos y de investigación y la cualificación de especialistas en adaptación al cambio climático y en resiliencia climática;

35.

pide que, tal como dispone el artículo 18 de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios, se establezca una ventanilla única por cada 80 000 habitantes o por región, como centros regionales de orientación en materia de adaptación, para ayudar a la ciudadanía a acceder a datos sobre los riesgos, asesoramiento técnico y apoyo financiero, servicios que podrían gestionar las agencias locales y regionales de medioambiente, energía y clima;

36.

subraya el carácter esencial que reviste la comunicación de situaciones de crisis en la gestión de emergencias, así como la coordinación operativa y la transmisión de mensajes al público. Se impone con carácter de urgencia la necesidad de impartir formación a los organismos públicos sobre estrategias para una comunicación oportuna, clara y tranquilizadora, y de promover el intercambio de enfoques digitales innovadores, también recurriendo a líneas de financiación específicas, elementos que pueden supervisar y coordinar las estructuras nacionales de adaptación, en cooperación con el Mecanismo de Protección Civil de la Unión. La información sobre el cambio climático y la adaptación a este debe comunicarse en un lenguaje sencillo, a través de todos los canales idóneos, para que llegue a todos los segmentos de la población;

37.

destaca que los entes locales deben combatir la desinformación y cultivar la confianza de la ciudadanía para garantizar el cumplimiento efectivo de las instrucciones en caso de crisis; pide, por tanto, una comunicación inclusiva y participativa sobre la adaptación al cambio climático en las ciudades y regiones que implique a la ciudadanía y a los grupos vulnerables a través de las herramientas digitales, los medios sociales y la ciencia ciudadana, haciéndoles conscientes de los beneficios para la seguridad y la salud de la adaptación, especialmente la basada en la naturaleza;

V.   PLANIFICACIÓN — PREVENCIÓN, PREPARACIÓN, PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LAS EMERGENCIAS

38.

recuerda la necesidad de integrar claramente el papel de la gestión de emergencias en la planificación de la adaptación y de tener presente la información derivada de las proyecciones climáticas en la planificación de las emergencias, delimitando las responsabilidades correspondientes a cada una de las fases, es decir, la prevención, la preparación, la respuesta y la recuperación, en plena sinergia con la Estrategia de Preparación de la Unión. Reforzar la coordinación entre todos los niveles de gobernanza es esencial para garantizar una acción oportuna y eficaz;

39.

reconoce que la movilización de voluntarios —también desde otros países— en caso de catástrofes climáticas representa un recurso social muy valioso que debe sustentarse en mecanismos reguladores y de coordinación adecuados, a fin de garantizar la seguridad, la eficacia y la plena integración de los voluntarios en los sistemas de respuesta a emergencias;

40.

subraya la importancia de sensibilizar al entorno empresarial sobre los riesgos relacionados con el cambio climático, así como la necesidad de planificar la continuidad operativa, para aumentar la resiliencia y mejorar la capacidad de pronta recuperación de las empresas tras fenómenos extremos;

41.

pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coordinación entre las operaciones de emergencia después de una catástrofe y las actividades de recuperación financiadas por la UE, para promover un sistema europeo de apoyo rápido entre los Estados miembros y garantizar la plena observancia del principio de «reconstruir para mejorar»;

42.

considera esencial replantearse los modelos de desarrollo territorial e integrar la adaptación en las estrategias de desarrollo regional. La ordenación del territorio debe ser un pilar de la iniciativa y debe prestar atención a la colaboración entre instituciones especializadas, agencias locales y regionales de medioambiente, energía y clima, y centros de capacitación regionales; pide a los Estados miembros que, a través de sus estructuras nacionales de coordinación, revisen con celeridad los principios de urbanismo y edificación que puedan obstaculizar la adaptación; en este sentido, insta a la Comisión a que proponga directrices sobre la integración sistemática de la adaptación en la ordenación urbana y del territorio, y a que exija a los Estados miembros que revisen sus legislaciones respectivas al respecto, teniendo en cuenta dichas directrices cuando sea necesario;

43.

pide la integración de los principios de las ciudades esponja y las infraestructuras ecológicas, como los parques inundables, las cubiertas verdes y los corredores ecológicos en la planificación urbana, con el fin de gestionar las aguas pluviales, reducir los riesgos de inundación fluvial y mareal por la subida del nivel del mar, promover los refugios climáticos en las ciudades, reducir los riesgos de inundación, introducir mejoras en relación con los microclimas locales y aumentar la resiliencia, complementando así la ordenación del territorio en sentido amplio y las soluciones basadas en la naturaleza;

44.

destaca que, junto con la ordenación territorial y el urbanismo, las estrategias de adaptación deben garantizar la resiliencia de las infraestructuras críticas, en particular de los sistemas alimentarios y de energía, las redes eléctricas, las energías renovables descentralizadas y las redes de transporte público, ferroviario y por carretera, de modo que sigan funcionando durante las olas de calor, las inundaciones y otros fenómenos climáticos extremos; recuerda que estas medidas también mejoran la resiliencia de las infraestructuras críticas frente a las amenazas para la seguridad;

45.

enfatiza la necesidad de dotar a los territorios, particularmente a las zonas urbanas, de una red de refugios climáticos que ofrezcan protección frente a condiciones climáticas extremas, sobre todo a los grupos vulnerables;

46.

recuerda que la divulgación de soluciones basadas en la naturaleza y de sus múltiples beneficios es esencial para luchar contra el cambio climático, mejorar la salud y la seguridad, garantizar el abastecimiento de alimentos y agua y fomentar la equidad social. La iniciativa debe dar prioridad a dichas soluciones, promoviendo la recuperación de bosques, suelos, marismas, meandros, ciclos hidrológicos naturales y humedales como defensas naturales y evitando nuevas construcciones en zonas de riesgo, la escasez de recursos y el abandono del territorio;

47.

destaca que la adaptación al cambio climático también requiere una transformación fundamental de los sistemas de movilidad; pide una mayor transferencia modal del transporte de pasajeros y, en particular, del transporte de mercancías, a modos de transporte respetuosos con el medio ambiente y resilientes frente al cambio climático, en los que un ferrocarril eficiente desde el punto de vista energético desempeñe un papel clave; señala que unas infraestructuras de movilidad resilientes y sostenibles no solo contribuyen a reducir las emisiones, sino que también refuerzan la capacidad de adaptación de las ciudades y regiones a los fenómenos meteorológicos extremos;

48.

subraya la necesidad de coordinar las iniciativas de la UE en materia de infraestructuras, de modo que los proyectos sean climáticamente neutros e incorporen criterios de adaptación y mitigación «desde el diseño», también en el ámbito de la movilidad militar, para lo cual deben adoptarse metodologías científicas internacionales, como la del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés), para evaluar el riesgo climático;

VI.   FOMENTO DE LA JUSTICIA

49.

insta a las Administraciones locales a que participen y colaboren activamente con la ciudadanía, las comunidades y los colectivos locales en la detección y solución de los retos climáticos a escala local, y a que velen por que las medidas de adaptación se diseñen de forma conjunta, sean aceptadas por la sociedad, respondan a las necesidades locales y refuercen la participación democrática y la confianza depositada en los entes locales;

50.

reconoce la existencia de sectores económicos y comunidades dentro de la UE, que son más vulnerables a los efectos del cambio climático y que, por tanto, se enfrentan a riesgos climáticos desproporcionados y no suelen disponer de recursos suficientes; pide que se aumente la capacidad para detectar en una fase temprana nuevos grupos potencialmente vulnerables que surjan debido al cambio climático o a problemas de adaptación. El marco debe integrar la justicia climática, incorporar enfoques con perspectiva de género y prever estructuras adecuadas en el seno de la Plataforma Europea de Adaptación al Cambio Climático, así como priorizar las inversiones de adaptación en las regiones y territorios más directamente afectados, garantizar la supervisión de las vulnerabilidades emergentes, fomentar una toma de decisiones inclusiva y promover una resiliencia justa y equitativa a través de una estrecha cooperación entre las estructuras nacionales de coordinación y los entes locales y regionales. Los planes de adaptación nacionales, regionales y locales deben incluir medidas concretas para apoyar con celeridad a los nuevos grupos vulnerables que aparezcan;

51.

reconoce que los grupos vulnerables, entre ellos la infancia, la tercera edad, las personas con discapacidad y los hogares de renta baja, se enfrentan a riesgos climáticos desproporcionados y deben gozar de un acceso prioritario a la financiación y el apoyo destinados a la adaptación;

52.

llama la atención de los Estados miembros sobre el agravamiento creciente de la pobreza energética por los efectos más amplios de la pobreza climática. Se trata de una cuestión que debe abordarse con carácter de urgencia en los planes sociales para el clima nacionales, y las inevitables medidas futuras en materia de adaptación al cambio climático deben evaluarse cuidadosamente en función de su posible impacto social, en concreto en los grupos vulnerables;

53.

considera que el cambio climático agrava los riesgos para la salud pública y puede provocar crisis sanitarias que afecten en particular a las personas vulnerables; pide integrar las consideraciones sanitarias en la iniciativa y aprovechar plataformas como el Observatorio Europeo del Clima y la Salud de la AEMA para tomar decisiones basadas en datos y dar prioridad a las inversiones en resiliencia de los sistemas sanitarios a escala local;

54.

propone un foro bienal en el que diferentes partes interesadas de los niveles local, regional, nacional y europeo puedan intercambiar información sobre la situación del marco integrado de resiliencia europea frente al cambio climático y gestión de riesgos, también sobre su aplicación, buenas prácticas e ideas sobre la acción conjunta y los mecanismos de solidaridad;

55.

considera que la salud mental y la resiliencia psicosocial deben ser materia de planificación de la adaptación, de manera que se preste apoyo a los ciudadanos y ciudadanas y a las comunidades que padezcan traumas, ecoansiedad y estrés causados por las repercusiones climáticas, con especial atención a la infancia y las personas mayores.

Bruselas, 11 de diciembre de 2025.

La Presidenta

del Comité Europeo de las Regiones

Kata TÜTTŐ


(1)   Comisión Europea, «Increasing tree coverage to 30 % in European cities could reduce deaths linked to urban heat island effect».

(2)   Comunicación «Evaluación a escala de la UE de la versión final de los planes nacionales integrados de energía y clima actualizados — La consecución de los objetivos de la Unión para 2030 en materia de energía y clima».


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/764/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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