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Document 52025IP0193
P10_TA(2025)0193 – Case of Victoire Ingabire in Rwanda – European Parliament resolution of 11 September 2025 on the case of Victoire Ingabire in Rwanda (2025/2861(RSP))
P10_TA(2025)0193 — Caso de Victoire Ingabire en Ruanda — Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de septiembre de 2025, sobre el caso de Victoire Ingabire en Ruanda (2025/2861(RSP))
P10_TA(2025)0193 — Caso de Victoire Ingabire en Ruanda — Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de septiembre de 2025, sobre el caso de Victoire Ingabire en Ruanda (2025/2861(RSP))
DO C, C/2026/1480, 9.4.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1480/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2026/1480 |
9.4.2026 |
P10_TA(2025)0193
Caso de Victoire Ingabire en Ruanda
Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de septiembre de 2025, sobre el caso de Victoire Ingabire en Ruanda (2025/2861(RSP))
(C/2026/1480)
El Parlamento Europeo,
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Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Ruanda y el caso de Victoire Ingabire, |
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Vistos el artículo 150, apartado 5, y el artículo 136, apartado 4, de su Reglamento interno, |
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A. |
Considerando que Victoire Ingabire, líder de la oposición política y presidenta del partido DALFA-Umurinzi, fue arrestada el 19 de junio de 2025 en Kigali, acusada de haber formado un grupo delictivo y de planificar actividades para incitar al desorden público; que ella niega estos cargos, que parecen estar relacionados con un caso existente contra otros miembros del mismo partido y el periodista Théoneste Nsengimana, que fueron detenidos en 2021 tras su participación en una sesión de formación sobre estrategias pacíficas para resistir al autoritarismo; |
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B. |
Considerando que Ingabire fue encarcelada tras un juicio injusto en 2010, antes de ser indultada en septiembre de 2018; que el Tribunal Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos dictaminó en 2017 que Ruanda violaba la libertad de expresión y el derecho a un juicio justo de Ingabire; |
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C. |
Considerando que las acciones de las autoridades ruandesas contra Victoire Ingabire forman parte de una represión más amplia contra figuras de la oposición política; que, desde 2017, cinco miembros del partido de Ingabire, FDU-Inkingi, han muerto o desaparecido; que la sociedad civil y los medios de comunicación en Ruanda operan bajo graves amenazas y restricciones; |
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1. |
Condena firmemente la detención de Victoire Ingabire el 19 de junio de 2025 y expresa su profunda preocupación por el patrón de abusos contra partidos y figuras de la oposición, periodistas, agentes de la sociedad civil y disidentes, que contraviene las obligaciones internacionales de Ruanda en materia de derechos humanos; |
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2. |
Pide la liberación inmediata e incondicional de Victoire Ingabire y otras figuras de la oposición juzgadas por ejercer pacíficamente sus derechos fundamentales, y exige que se retiren los cargos por motivos políticos; |
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3. |
Subraya que el juicio en curso de Ingabire se ve empañado por graves irregularidades; pide a Ruanda que acredite al equipo jurídico seleccionado por Ingabire; insta a Ruanda a que acepte la competencia del Tribunal Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos, cumpla plenamente su decisión de reparación de 2019 y respete los mecanismos internacionales de derechos humanos; |
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4. |
Exige a las autoridades ruandesas que pongan fin al acoso, las detenciones arbitrarias y el encarcelamiento de miembros de la oposición, periodistas y agentes de la sociedad civil, que garanticen la libertad de prensa y de los medios de comunicación y que ofrezcan espacio para el debate político y la participación democrática, garantizando también unas elecciones libres y justas; expresa su profunda preocupación por las muertes sin resolver y las desapariciones forzadas de figuras de la oposición, y exige investigaciones rápidas, independientes y transparentes con arreglo a las normas internacionales; |
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5. |
Pide a las delegaciones de la Unión y de los Estados miembros en Kigali que visiten a las personas detenidas arbitrariamente y supervisen los procedimientos judiciales; solicita a la Unión y a los Estados miembros que traten la cuestión de la represión de la oposición política y del respeto de los derechos humanos en el diálogo político al más alto nivel con el Gobierno ruandés y que velen por que la cooperación con Ruanda sea coherente con la promoción de los derechos humanos y la democracia, incluidas las normas sobre un juicio justo; |
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6. |
Pide a la Comisión que revise la ayuda financiera y otras formas de ayuda, como el programa Justicia y Responsabilidad, concedidas actualmente a las instituciones estatales ruandesas implicadas en detenciones arbitrarias, torturas o juicios injustos; |
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7. |
Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución a la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y vicepresidenta de la Comisión, al Consejo, a la Comisión, así como a los Estados miembros, a la Unión Africana, a las Naciones Unidas y al Gobierno y Parlamento de Ruanda. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1480/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)