COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 18.10.2022
COM(2022) 533 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre el ejercicio de los poderes para adoptar actos delegados otorgados a la Comisión con arreglo al Reglamento (UE) n.º 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre el ejercicio de los poderes para adoptar actos delegados otorgados a la Comisión con arreglo al Reglamento (UE) n.º 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas
1. INTRODUCCIÓN
El artículo 5, apartado 5, el artículo 8, apartado 3, y el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados.
La Comisión está facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1091 que tengan por objeto lo siguiente:
·modificar las variables que figuran en el anexo III, cuando sea necesario, para armonizarlas con las fuentes de datos indicadas en el artículo 4, apartado 2, para 2023 y 2026;
·modificar los temas detallados que se indican en el anexo IV para 2023 y 2026;
·complementar los datos de los módulos establecidos en el anexo IV, si se considera necesario recabar información adicional; tales actos delegados deben especificar:
a)los temas y los temas detallados que han de presentarse en el módulo ad hoc y las razones por las que son necesarias estadísticas adicionales;
b)el año de referencia.
El mismo Reglamento establece que los actos delegados contemplados en el artículo 5, apartado 5, y en el artículo 8, apartado 3, deben adoptarse «a más tardar el 30 de septiembre de 2021 en el caso del año de referencia 2023 y el 30 de septiembre de 2024 en el caso del año de referencia 2026».
Los actos delegados contemplados en el artículo 9, apartado 1, pueden adoptarse empezando con el año referencia 2023 y en intervalos de tres años. La Comisión no debe proponer módulos ad hoc para los años de referencia en los que la recogida de datos se realiza como un censo (lo que solo ocurrió en 2020).
2. BASE JURÍDICA
El artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1091 otorga a la Comisión poderes para adoptar actos delegados por un período de cinco años a partir del 27 de agosto de 2018. La delegación de poderes debe prorrogarse tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a tal prórroga a más tardar tres meses antes del final de cada período.
La Comisión debe elaborar un informe sobre esa delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco años.
El presente informe responde a esa obligación.
3. EJERCICIO DE LA DELEGACIÓN
La Comisión aún no ha ejercido los poderes para adoptar actos delegados que le otorga el Reglamento (UE) 2018/1091.
La Comisión todavía puede adoptar actos delegados en relación con la recogida de datos de 2026, con la fecha límite del 30 de septiembre de 2024, para los actos delegados:
·que modifiquen las listas de variables básicas
·que modifiquen las listas de variables de módulos
·que propongan nuevos módulos ad hoc.
4. CONCLUSIÓN
La Comisión aún no ha ejercido los poderes para adoptar actos delegados que le otorga el Reglamento (UE) 2018/1091.
La Comisión considera que debe seguir disponiendo de los poderes delegados, ya que podría tener que adoptar actos delegados en el futuro para la recogida de datos de 2026 y para complementar los datos de los módulos establecidos en el anexo IV en las condiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2018/1091.