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Document 52021BP1618

Resolución (UE) 2021/1618 del Parlamento Europeo, de 29 de abril de 2021, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia del GNSS Europeo para el ejercicio 2019

DO L 340 de 24.9.2021, p. 341–344 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2021/1618/oj

24.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 340/341


RESOLUCIÓN (UE) 2021/1618 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 29 de abril de 2021

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia del GNSS Europeo para el ejercicio 2019

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia del GNSS Europeo para el ejercicio 2019,

Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0074/2021),

A.

Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y de gastos (1), el presupuesto definitivo de la Agencia del GNSS Europeo (en lo sucesivo, «Agencia») para el ejercicio 2019 ascendió a 33 589 862,79 EUR, lo que representa un aumento del 4,22 % con respecto a 2018; que el presupuesto de la Agencia procede principalmente del presupuesto de la Unión (2);

B.

Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2019 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Observa con satisfacción que los esfuerzos de supervisión del presupuesto durante el ejercicio 2019 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 100 %, porcentaje idéntico al de 2018; observa, además, que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 85,95 %, lo que representa un incremento del 2,22 % en comparación con 2018;

2.

Toma nota de que, además de su presupuesto básico, en 2018 la Agencia siguió gestionando un cuantioso presupuesto delegado destinado al sistema europeo de navegación por complemento geoestacionario (EGNOS), al acuerdo de delegación para Galileo, al acuerdo de delegación para el servicio público regulado y al acuerdo de delegación para Horizonte 2020; señala que en 2019 se comprometieron un total de 290 696 766,98 EUR con cargo a un presupuesto delegado, y que 523 494 171,23 EUR se utilizaron en pagos;

Rendimiento

3.

Observa que la Agencia utiliza ciertas medidas como indicadores clave de rendimiento para evaluar el valor añadido que aportan sus actividades y otras medidas para mejorar su gestión presupuestaria, como el porcentaje de evaluaciones independientes de vulnerabilidades realizadas con éxito y el porcentaje de ejecución de compromisos y pagos dentro de los plazos prescritos;

4.

Acoge con satisfacción el hecho de que la Agencia haya externalizado sus servicios contables a la Comisión a partir de 2015 y de que comparta la Estructura de Auditoría Interna con la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas; anima a la Agencia a que procure establecer nuevas formas de cooperación más amplias con las agencias de la Unión;

5.

Pide a la Agencia que siga desarrollando sus sinergias y aumentando la cooperación y el intercambio de buenas prácticas con otras agencias de la Unión con vistas a mejorar la eficiencia en ámbitos como los recursos humanos, la gestión de edificios, los servicios informáticos y la seguridad;

6.

Toma nota de que, en julio de 2019, la Agencia sufrió un incidente que provocó una interrupción de los servicios de Galileo durante seis días y la consiguiente activación de los procedimientos de recuperación de urgencia en la infraestructura de Galileo afectada; toma nota asimismo de que el Consejo de Acreditación de Seguridad de la Agencia analizó el expediente relativo a las interrupciones de servicio registradas en el periodo 2018-2019, prestando especial atención a la ocurrida en julio de 2019, y formuló una serie de cuestiones y medidas que debían abordarse para reforzar la solidez del sistema; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los cambios que se produzcan en este sentido;

7.

Toma nota de que en febrero de 2019 se pusieron en servicio cuatro nuevos satélites;

8.

Toma nota de que en el concurso MyGalileoApp de 2019, en el que participaron alrededor de 150 equipos, se premiaron con una dotación económica tres nuevos usos innovadores de Galileo, apoyado a empresas emergentes y a jóvenes innovadores de la Unión para que desarrollen su potencial empresarial;

9.

Señala que, según el Informe Especial del Tribunal de Cuentas Europeo sobre el futuro de las agencias de la Unión, la Agencia tiene una autonomía muy limitada en la práctica, ya que su tarea principal es explotar el sistema de navegación por satélite Galileo bajo un acuerdo de delegación con la Comisión; pide a la Comisión que revise la autonomía de la Agencia en especial en cuanto a sus competencias de ejecución del acuerdo de delegación a través de una serie de contratos complejos con socios industriales y entidades del sector público; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre cómo evoluciona la situación a este respecto;

10.

Toma nota de que, según el Informe Especial del Tribunal tras la auditoría llevada a cabo entre marzo y septiembre de 2019, la Agencia necesita mejorar significativamente su cooperación con los Estados miembros, los organismos internacionales y otras agencias de la Unión, ya que se observó que la Agencia solo disponía de información limitada sobre las estrategias y acciones de los Estados miembros en apoyo de la utilización de los servicios de Galileo; anima encarecidamente a la Agencia a que aumente la cooperación y el intercambio de conocimientos con los Estados miembros, los organismos internacionales y otras agencias de la Unión a fin de aumentar la utilización de los servicios de Galileo y perseguir el objetivo común de cumplir con las políticas de la Unión en interés de sus ciudadanos; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los acontecimientos a este respecto;

11.

Destaca la importancia de aumentar la digitalización de la Agencia en lo que respecta a los procedimientos operativos y de gestión internos; subraya la necesidad de que la Agencia siga siendo proactiva a este respecto, a fin de evitar a toda costa una brecha digital entre las agencias; señala, no obstante, la necesidad de adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar cualquier riesgo para la seguridad en línea de la información tratada; recuerda asimismo la importancia de que la Agencia tenga una mayor visibilidad en los medios de comunicación, internet y las redes sociales a fin de dar a conocer su trabajo;

Incidencia de Galileo

12.

Lamenta el hecho de que, el 10 de julio de 2019, durante una actualización del sistema, se produjera una incidencia de servicio en la infraestructura terrestre de Galileo que tuvo como consecuencia la interrupción, durante seis días, de sus servicios de navegación y señales horarias iniciales; celebra, no obstante, que la Comisión haya constituido una comisión de investigación independiente para investigar la incidencia y ofrecer recomendaciones para evitar incidencias similares en el futuro;

13.

Recuerda que la comisión de investigación descubrió una gestión inadecuada, una anomalía técnica de un equipo y una configuración no estándar del equipo que experimentó la anomalía; recuerda que dicha comisión descubrió causas profundas de carácter diferente, relacionadas con la organización y la gestión de Galileo, factores humanos y configuraciones del sistema complejas y no estándar; pide a la Comisión y la Agencia que efectúen un seguimiento constante de las recomendaciones de la comisión de investigación, en especial en relación con la continuidad del servicio y optimizando la gobernanza de Galileo, así como garantizando una mejor comunicación institucional con los usuarios y los Estados miembros en situaciones de crisis; invita a la Comisión y a la Agencia a que informen periódicamente a la autoridad de aprobación de la gestión sobre las acciones de seguimiento;

Política de personal

14.

Constata que, a 31 de diciembre de 2019, se había provisto el 92,81 % de los puestos del organigrama, habiéndose nombrado a 129 agentes temporales del total de 139 autorizados en virtud del presupuesto de la Unión (frente a los 128 puestos autorizados en 2018); observa que, además, en 2019 trabajaron para la Agencia 55 agentes contractuales y 3 expertos nacionales en comisión de servicio; toma nota de que, además de un puesto que ya había sido cubierto, se asignaron diez puestos adicionales a la Agencia en su plantilla de personal para 2019;

15.

Expresa su preocupación por el hecho de que, según el Informe Especial del Tribunal, la Agencia tiene dificultades para contratar personal con los conocimientos técnicos necesarios y, a fin de compensar las carencias de puestos o de expertos nacionales, la Agencia externaliza cada vez más tareas básicas a contratistas privados, de los que depende; pide a la Comisión que examine atentamente la situación y dote a la Agencia de los medios necesarios para contratar al personal necesario; pide a la Comisión que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre este asunto;

16.

Celebra los esfuerzos de la Agencia y las nuevas medidas introducidas para atraer, contratar y retener a personal altamente cualificado;

17.

Lamenta los desequilibrios geográficos persistentes en la composición del personal de la Agencia, especialmente en los puestos directivos intermedios y superiores; pide a la Agencia que instituya una representación adecuada de nacionales de todos los Estados miembros, respetando al mismo tiempo las competencias y los méritos de los candidatos, tal como se indica en el artículo 27 del Estatuto de los funcionarios;

18.

Anima a la Agencia a que prosiga con el desarrollo de un marco a largo plazo para las políticas de recursos humanos en el que se aborde el equilibrio entre la vida profesional y la vida privada, la orientación y planificación permanentes de las carreras profesionales, el equilibrio de género, el teletrabajo, el equilibrio geográfico y la contratación e integración de personas con discapacidad;

19.

Constata la falta de equilibrio de género en 2019 en los puestos directivos (7 hombres y 4 mujeres) y en el Consejo de Administración (24 hombres y 5 mujeres); pide a la Agencia que en el futuro vele por el equilibrio de género en los puestos directivos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta la importancia de garantizar el equilibrio de género cuando presenten candidatos para el Consejo de Administración de la Agencia;

20.

Manifiesta su preocupación ante el gran tamaño del Consejo de Administración de la Agencia, lo que dificulta la toma de decisiones y genera costes administrativos considerables;

Sostenibilidad

21.

Lamenta que la Agencia no haya adoptado todavía objetivos de reducción de CO2; pide a la Agencia que cree un entorno de trabajo que respete el medio ambiente y que reduzca su huella de carbono y su consumo de energía, y que desarrolle un flujo de trabajo sin papel;

22.

Lamenta que la energía facilitada por un operador no presente la proporción de fuentes de energía en detalle y que, por lo tanto, no pueda determinarse el uso de energías renovables por parte de la Agencia; pide a la Agencia que cambie a un operador que pueda facilitar detalles sobre las fuentes de energía;

Contratación pública

23.

Toma nota, por lo que se refiere al seguimiento de las observaciones del Tribunal relativas al ejercicio de 2018, de que se han incoado procedimientos judiciales contra la Agencia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por los que se impugna el resultado del procedimiento de contratación pública para un contrato marco relativo a la implantación del sistema Galileo de navegación por satélite durante el período 2017-2027, por un importe de 1500 millones EUR; toma nota asimismo de que el asunto fue abandonado por Eutelsat y anulado por el TJUE;

24.

Observa, por lo que se refiere al seguimiento de las observaciones del Tribunal relativas al ejercicio anterior, que el módulo de presentación electrónica para los procedimientos de contratación pública electrónica no respondía a las complejas necesidades de la Agencia en materia de contratación pública, y que se decidió que las licitaciones no se llevarán a cabo por vía electrónica, por lo que no se utilizará ninguna de las herramientas informáticas de contratación pública electrónica desarrolladas por la Comisión; toma nota de que, según la respuesta de la Agencia, esta ha reanudado sus contactos con la Comisión para evaluar la posibilidad de recurrir a la licitación electrónica para aquellos contratos públicos para los que pueda ser más oportuno; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de la evolución al respecto;

Prevención y gestión de los conflictos de intereses y transparencia

25.

Observa que en el sitio web de la Agencia no se han publicado todos los currículos de los miembros del Consejo de Administración; reitera su llamamiento a la Agencia para que publique los currículos de todos los miembros de su Consejo de Administración, e informe a la autoridad de aprobación de las acciones adoptadas al respecto; observa que la secretaría del Consejo de Administración y el coordinador de control interno recuerdan a los miembros del Consejo de Administración que deben presentar los documentos que faltan y les instan a hacerlo, y que las declaraciones de intereses del Consejo de Administración se almacenan en el sistema de gestión de documentos de la Agencia;

26.

Observa que los currículos y las declaraciones de intereses de la dirección están publicados en el sitio web; señala, no obstante, que los currículos y las declaraciones de intereses del personal de dirección no están publicados en el sitio web de la Agencia; toma nota de que la Agencia está a la espera de que la Comisión apruebe formalmente la aplicación de las normas de desarrollo en materia de conflictos de intereses para publicar los currículos del personal de dirección en su sitio web;

27.

Subraya que el actual marco ético aplicable a las instituciones y agencias de la Unión adolece de inconvenientes considerables debido a su fragmentación y a la falta de coherencia entre las disposiciones existentes; destaca que estas cuestiones deben abordarse mediante el establecimiento de un marco ético común que garantice la aplicación de normas éticas estrictas en todas las instituciones, organismos, oficinas y agencias de la Unión;

28.

Subraya que determinados funcionarios cumplimentan declaraciones de ausencia de conflictos de intereses y proporcionan autoevaluaciones relativas al respeto de las normas éticas; destaca, no obstante, que estas declaraciones y autoevaluaciones de los interesados no son suficientes y que, por lo tanto, es necesario un control adicional;

Controles internos

29.

Observa que, según el informe del Tribunal, la Agencia ha firmado acuerdos de trabajo con la Agencia Espacial Europea (AEE) sobre la ejecución de los programas EGNOS y Galileo, y que en 2019 la Agencia pagó 55,5 millones EUR en virtud del acuerdo de trabajo con EGNOS y 223,7 millones EUR en virtud del de Galileo; observa asimismo que, según el informe del Tribunal, existe el riesgo de que los pagos de la Agencia a la AEE se calculen sobre la base de costes inexactos debido a la inexistencia de una estrategia global ex ante o ex post; toma nota de que, según la respuesta de la Agencia, se lleva a cabo un control ex ante para confirmar que los importes de las solicitudes de pago se ajustan a los respectivos planes de pago y prefinanciación establecidos en los acuerdos de trabajo, y que el control ex post no es aplicable habida cuenta de que la Agencia tiene una obligación contractual de pago; toma nota asimismo de que, según la respuesta de la Agencia, esta efectuará entre 2020 y 2023 un control ex post, en particular por lo que se refiere a la conciliación completa de los costes y las actividades con las declaraciones de gastos;

30.

Toma nota de que, según el informe del Tribunal, la Agencia sufre retrasos en la aplicación de su nuevo marco de control interno, que debía haberse aprobado en 2019, y en la aprobación de su plan de continuidad de las actividades, que ha sido objeto de seguimiento por el Tribunal desde 2015 y no se aprobó hasta el 15 de mayo de 2020, lo que constituye una importante insuficiencia interna en los procedimientos de la Agencia; señala de que, según la respuesta de la Agencia, esta tiene la intención de finalizar su marco de control interno en 2020;

31.

Toma nota de que, en noviembre de 2019, el Servicio de Auditoría Interna (SAI) presentó un informe de auditoría sobre la explotación de EGNOS con cinco recomendaciones importantes y una cuestión señalada para examen; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los progresos realizados a ese respecto;

32.

Toma nota de que en 2019 la Estructura de Auditoría Interna efectuó una auditoría sobre el desarrollo de capacidades del personal de la GSA y de que, aunque el informe no se finalizó en dicho año, estaba previsto incluir en él una recomendación muy importante y cuatro importantes; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los progresos realizados en la aplicación de dichas recomendaciones;

33.

Toma nota de que, en 2019, la Agencia seleccionó a la empresa de auditoría BDO para efectuar las tres auditorías externas habituales sobre la actividad de 2018 en el marco de tres acuerdos de delegación con la DG GROW (actualmente DEFIS) relativos a EGNOS, Galileo y Horizonte 2020 (subvenciones), llegando a la conclusión de que los fondos delegados por la DG DEFIS se habían gastado correctamente; si bien se detectaron errores materiales, no se formularon observaciones sustantivas;

34.

Observa, en relación con las acciones de seguimiento respecto de los comentarios de la autoridad de aprobación de la gestión en ejercicios anteriores, que el SAI efectuó una auditoría sobre la gobernanza informática en la GSA en 2018 y que la Agencia elaboró un plan de acción con seis acciones para abordar posibles ámbitos de mejora; toma nota de que, en marzo de 2020, el SAI cerró dos acciones y la Agencia preparó toda la demás documentación pertinente para las acciones pendientes, y estima que, tras la presentación del paquete elaborado, el SAI podrá cerrar la mayoría, si no la totalidad, de las acciones pendientes; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de la evolución al respecto;

Otros comentarios

35.

Observa, a la luz de los comentarios y observaciones de la autoridad de aprobación de la gestión en relación con el compromiso de la Agencia de minimizar cualesquiera impactos negativos de la decisión del Reino Unido de retirarse de la Unión, que algunos contratos afectados han sido reasignados y han pasado de contratistas británicos a empresas establecidas en el territorio de uno de los Estados miembros y otros contratos han expirado de forma natural antes de la fecha de retirada, y que el centro de respaldo del Centro de Supervisión de la Seguridad de Galileo se ha trasladado del Reino Unido a España, garantizándose la continuidad de los servicios;

36.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución, de 29 de abril de 2021 (3), sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

(1)  DO C 430 de 20.12.2019, p. 12.

(2)  DO C 430 de 20.12.2019, p. 12.

(3)  Textos aprobados, P9_TA(2021)0215.


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