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Document 52021AP0138

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2021, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa de Justicia y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.° 1382/2013 (06834/1/2020 — C9-0138/2021 — 2018/0208(COD))

    DO C 506 de 15.12.2021, p. 157–157 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.12.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 506/157


    P9_TA(2021)0138

    Programa de Justicia 2021-2027 ***II

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2021, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa de Justicia y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1382/2013 (06834/1/2020 — C9-0138/2021 — 2018/0208(COD))

    (Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

    (2021/C 506/35)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la Posición del Consejo en primera lectura (06834/1/2020 — C9-0138/2021),

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 18 de octubre de 2018 (1),

    Previa consulta al Comité de las Regiones,

    Vista su Posición en primera lectura (2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2018)0384),

    Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el acuerdo provisional aprobado por las comisiones competentes con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno,

    Visto el artículo 67 de su Reglamento interno,

    Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Monetarios y de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A9-0146/2021),

    1.

    Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

    2.

    Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

    3.

    Encarga a su presidente que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

    4.

    Encarga a su secretario general que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el secretario general del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

    5.

    Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

    (1)  DO C 62 de 15.2.2019, p. 178.

    (2)  Textos Aprobados de 17.4.2019, P8_TA(2019)0097.


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