Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52020PC0463

Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se concede apoyo temporal a Lituania, con arreglo al Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo, para atenuar los riesgos de desempleo en una situación de emergencia a raíz de la pandemia de COVID-19

COM/2020/463 final

Bruselas, 24.8.2020

COM(2020) 463 final

2020/0216(NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

por la que se concede apoyo temporal a Lituania, con arreglo al Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo, para atenuar los riesgos de desempleo en una situación de emergencia a raíz de la pandemia de COVID-19


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.CONTEXTO DE LA PROPUESTA

Razones y objetivos de la propuesta

El Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo («Reglamento SURE») establece el marco legal para proporcionar ayuda financiera de la Unión a los Estados miembros que sufran, o corran un elevado riesgo de sufrir, una perturbación económica grave provocada por el brote de COVID‐19. La ayuda concedida al amparo del Reglamento SURE sirve para financiar, principalmente, regímenes de reducción del tiempo de trabajo o medidas similares destinadas a proteger a los trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena, y, de este modo, reducir la incidencia del desempleo y la pérdida de ingresos, así como para financiar, de manera accesoria, algunas medidas relacionadas con la salud, en particular en el lugar de trabajo.

El 7 de agosto de 2020, Lituania solicitó ayuda financiera de la Unión en virtud del Reglamento SURE. Conforme a lo dispuesto en el artículo 6, apartado 2, del Reglamento SURE, la Comisión ha consultado a las autoridades lituanas para verificar el aumento repentino y grave del gasto real y previsto relacionado directamente con los regímenes de reducción del tiempo de trabajo y medidas similares. Se trata, en particular, de las siguientes medidas:

1)Un régimen para el pago de subsidios a los empleadores para cubrir los salarios estimados de cada trabajador que se enfrente a tiempo de inactividad. El empleador podría decidir si prefiere aplicar los subsidios para cubrir el 70 % del salario, hasta un máximo de 1,5 veces el salario mínimo, o el 90 % del salario (100 % en el caso de los trabajadores mayores de 60 años), hasta un máximo del salario mínimo. Los empleadores que se hayan acogido al régimen han de mantener como mínimo el 50 % de sus trabajadores durante al menos tres meses después de que finalice el pago del subsidio.

2)Subsidios para los trabajadores que regresan de un período de inactividad, durante un máximo de seis meses después de su regreso al trabajo. El importe de los subsidios pagados en el primer y segundo mes tras el retorno a la actividad puede ascender al 100 % del salario del trabajador, al 50 % en el tercer y cuarto mes y al 30 % en el quinto y sexto mes, con un límite máximo del salario mínimo, o dos veces el salario mínimo, dependiendo de la actividad económica que realice el empleador.

3)Prestaciones para los trabajadores por cuenta propia, incluidos aquellos que realizan actividades agrícolas en una explotación o granja de no menos de cuatro unidades de dimensión económica, por importe de 257 EUR al mes y pagadas durante el periodo de cuarentena y los dos meses siguientes.

4)Prestaciones para los trabajadores por cuenta propia dedicados a la agricultura en una explotación o granja de menos de cuatro unidades de dimensión económica, que no estén cubiertos por la medida mencionada anteriormente. La medida consiste en un pago único de 200 EUR para aquellos pequeños agricultores que no tuvieran otro empleo, o de 200 EUR por cada uno de los tres meses de cuarentena y el período de estado de emergencia si estuvieran empleados además de su actividad por cuenta propia en la agricultura y sus ingresos no fueran superiores al salario mínimo.

Lituania facilitó a la Comisión la información pertinente.

Habida cuenta de las pruebas aportadas, la Comisión propone al Consejo que adopte una Decisión de Ejecución para la concesión de ayuda financiera a Lituania en virtud del Reglamento SURE en apoyo de las medidas citadas.

Coherencia con las disposiciones existentes en la misma política sectorial

La presente propuesta es plenamente coherente con el Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo, en virtud del cual se formula la propuesta.

La presente propuesta se añade a otro instrumento legislativo de la Unión destinado a prestar apoyo a los Estados miembros en caso de emergencia, en concreto el Reglamento (CE) n.º 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) («Reglamento (CE) n.º 2012/2002»). El Reglamento (UE) 2020/461 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se modifica dicho instrumento para ampliar su ámbito de aplicación a las grandes emergencias de salud pública y definir qué operaciones específicas podrían financiarse, fue adoptado el 30 de marzo.

Coherencia con otras políticas de la Unión

La propuesta se integra en una serie de medidas desarrolladas en respuesta a la actual pandemia de COVID-19, como la «Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus», y complementa otros instrumentos de apoyo al empleo, como el Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE)/InvestEU. Al recurrir a operaciones de empréstito y de préstamo para apoyar a los Estados miembros en este caso concreto de la pandemia de COVID-19, la presente propuesta actúa como segunda línea de defensa para financiar los regímenes de reducción del tiempo de trabajo y medidas similares, ayudando así a proteger el empleo y, por ende, a los trabajadores por cuenta propia y ajena frente al riesgo de desempleo.

2.BASE JURÍDICA, SUBSIDIARIEDAD Y PROPORCIONALIDAD

Base jurídica

La base jurídica del presente instrumento es el Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo.

Subsidiariedad (en el caso de competencia no exclusiva)

La propuesta, que responde a una solicitud de un Estado miembro, demuestra la solidaridad europea al proporcionar asistencia financiera de la Unión en forma de préstamos temporales a un Estado miembro afectado por la pandemia de COVID-19. Como segunda línea de defensa, tal asistencia financiera sustentará con carácter temporal el incremento del gasto público en relación con los regímenes de reducción del tiempo de trabajo u otras medidas similares, para ayudar al Estado miembro a proteger el empleo y, por ende, a los trabajadores por cuenta propia y ajena frente al riesgo de desempleo y la pérdida de ingresos.

Ese apoyo ayudará a la población afectada y contribuirá a mitigar el impacto social y económico directo provocado por la actual crisis de la COVID-19.

Proporcionalidad

La propuesta respeta el principio de proporcionalidad. No excede de lo necesario para alcanzar los objetivos perseguidos por el instrumento.

3.RESULTADOS DE LAS EVALUACIONES EX POST, DE LAS CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS Y DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO

Consultas con las partes interesadas

Dada la urgencia con la que se ha elaborado la presente propuesta para que pueda ser adoptada tempestivamente por el Consejo, no han podido celebrarse consultas con las partes interesadas.

Evaluación de impacto

Dada la urgencia de la propuesta, no se ha llevado a cabo ninguna evaluación de impacto.

4.REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

La Comisión debe poder contratar empréstitos en los mercados financieros para, sucesivamente, conceder préstamos al Estado miembro que solicite asistencia financiera en virtud del instrumento SURE.

Además de la provisión de garantías de los Estados miembros, se incorporan otras salvaguardias al marco para garantizar su solidez financiera:

·un enfoque riguroso y conservador de la gestión financiera;

·una configuración de la cartera de préstamos que limite el riesgo de concentración, la exposición anual y la exposición excesiva a Estados miembros concretos, garantizando al mismo tiempo que se puedan conceder recursos suficientes a los Estados miembros que más los necesiten; y

·posibilidades de renovación de la deuda.

2020/0216 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

por la que se concede apoyo temporal a Lituania, con arreglo al Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo, para atenuar los riesgos de desempleo en una situación de emergencia a raíz de la pandemia de COVID-19

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo, de 19 de mayo de 2020, relativo a la creación de un instrumento europeo de apoyo temporal para atenuar los riesgos de desempleo en una emergencia (SURE) a raíz del brote de COVID‐19 1 , y en particular su artículo 6, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)El 7 de agosto de 2020, Lituania solicitó asistencia financiera de la Unión con el fin de complementar sus esfuerzos nacionales para hacer frente al impacto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias socioeconómicas para los trabajadores.

(2)Se teme que el brote de COVID-19 y las medidas extraordinarias aplicadas por Lituania para contener la pandemia y sus repercusiones socioeconómicas y sanitarias constituirán un durísimo revés para las finanzas públicas. De acuerdo con las previsiones de la primavera de 2020 de la Comisión, el déficit y la deuda de las administraciones públicas de Lituania sería del 6,9 % y del 48,5 % del producto interior bruto (PIB), respectivamente, para el final de 2020. Según las previsiones intermedias del verano de 2020 de la Comisión, se prevé que el PIB de Lituania disminuya en un 7,1 % en 2020.

(3)La pandemia de COVID-19 ha inmovilizado a una parte sustancial de la mano de obra de Lituania. Esto ha dado lugar a un aumento repentino y grave del gasto público en Lituania relacionado con las subvenciones salariales durante y después de un tiempo de inactividad y las prestaciones para los trabajadores por cuenta propia, incluidas las prestaciones para los trabajadores por cuenta propia que realizan actividades agrícolas, tal como se recoge en los considerandos 4 a 7.

(4)La «Ley de empleo n º XII-2470», a la que se hace referencia en la solicitud de Lituania de 7 de agosto de 2020, introdujo un régimen para el pago de subsidios a los empleadores para cubrir los salarios estimados de cada persona empleada que se enfrente a tiempo de inactividad. El empleador podía elegir entre subsidios para cubrir el 70 % del salario, hasta un máximo de 1,5 veces el salario mínimo, o el 90 % del salario (100 % en el caso de los trabajadores mayores de 60 años), hasta un máximo del salario mínimo. Los empleadores que se hayan acogido al régimen han de mantener como mínimo el 50 % de sus trabajadores durante al menos tres meses después de que finalice el pago del subsidio;

(5)Los subsidios también se abonan para los trabajadores que regresan del tiempo de inactividad, durante un máximo de seis meses después de su regreso al trabajo. El importe de las subvenciones pagadas en el primer y segundo mes tras el retorno a la actividad puede ascender al 100 % del salario del trabajador, al 50 % en el tercer y cuarto mes y al 30 % en el quinto y sexto mes, con un límite máximo del salario mínimo, o dos veces el salario mínimo, dependiendo de la actividad económica que realice el empleador; Esos subsidios pueden considerarse una medida similar a los regímenes de reducción del tiempo de trabajo, como se contempla en el Reglamento (UE) 2020/672, ya que su objetivo es proporcionar apoyo a los ingresos de los trabajadores y ayudar a mantener las relaciones laborales existentes.

(6)Las autoridades también han introducido prestaciones para los trabajadores por cuenta propia, incluidos aquellos que realizan actividades agrícolas con una explotación o granja de no menos de cuatro unidades de dimensión económica, por importe de 257 EUR al mes y pagadas durante el periodo de cuarentena y los dos meses siguientes. Las prestaciones para los trabajadores por cuenta propia pueden considerarse una medida similar a los regímenes de reducción del tiempo de trabajo, como se contempla en el Reglamento (UE) 2020/672, ya que están destinadas a proteger a los trabajadores por cuenta propia o de categorías de trabajadores similares de una reducción o pérdida de ingresos.

(7)Finalmente, se han introducido prestaciones para trabajadores por cuenta propia dedicados a la agricultura con una explotación o granja de menos de cuatro unidades de dimensión económica, que no estuvieran cubiertos por la medida descrita en el considerando 6. La medida consiste en un pago único de 200 EUR para aquellos pequeños agricultores que no tuvieran otro empleo. Para los pequeños agricultores que estuvieran empleados además de su actividad agraria por cuenta propia y que no tuvieron ingresos superiores a lo establecido por el salario mínimo, la medida consiste en un pago de 200 EUR, para cada uno de los tres meses del período de cuarentena y del período de estado de emergencia. La medida puede considerarse una medida similar a los regímenes de reducción del tiempo de trabajo, como se contempla en el Reglamento (UE) 2020/672, ya que está destinada a proteger a los trabajadores por cuenta propia o categorías de trabajadores similares de una reducción o pérdida de ingresos.

(8)Lituania cumple las condiciones para solicitar asistencia financiera establecidas en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2020/672. Lituania ha aportado a la Comisión las pruebas necesarias de que el gasto público real y previsto ha aumentado en 746 660 000 EUR desde el 1 de febrero de 2020 debido a las medidas nacionales adoptadas para afrontar las consecuencias socioeconómicas de la pandemia de COVID-19. Constituye un grave y repentino aumento puesto que las nuevas medidas cubren una parte importante de las empresas y de la mano de obra de Lituania. Lituania tiene intención de financiar 144 350 000 EUR del incremento del importe del gasto público a través de fondos de la Unión.

(9)La Comisión ha consultado a Lituania y ha verificado el grave y repentino aumento en el gasto público real y previsto, directamente relacionado con los regímenes de reducción del tiempo de trabajo y otras medidas similares, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (UE) 2020/672.

(10)Por consiguiente, debe proporcionarse asistencia financiera con el fin de ayudar a Lituania a hacer frente a las consecuencias socioeconómicas de las graves perturbaciones económicas causadas por la pandemia de COVID19.

(11)La presente Decisión debe entenderse sin perjuicio del resultado de cualesquiera procedimientos relativos a distorsiones del funcionamiento del mercado interior que puedan incoarse, en particular, en virtud de los artículos 107 y 108 del TFUE. No exime a los Estados miembros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del TFUE, de la obligación de notificar a la Comisión las ayudas estatales que pudieran instituirse.

(12)Lituania debe informar regularmente a la Comisión acerca de la ejecución del gasto público previsto, con el fin de que la Comisión pueda evaluar el grado de ejecución de dicho gasto por parte de Lituania.

(13)La decisión de proporcionar ayuda financiera se ha adoptado tomando en consideración las necesidades existentes y previstas de Lituania, así como las solicitudes de asistencia financiera en virtud del Reglamento (UE) 2020/672 que ya han presentado o que tienen previsto presentar otros Estados miembros, al tiempo que se aplican los principios de igualdad de trato, solidaridad, proporcionalidad y transparencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Lituania cumple las condiciones establecidas en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2020/672.

Artículo 2

1.La Unión pondrá a disposición de Lituania un préstamo por un importe máximo de 602 310 000 EUR. El préstamo tendrá un plazo de vencimiento medio máximo de quince años.

2.El período de disponibilidad de la asistencia financiera concedida de conformidad con la presente Decisión será de dieciocho meses a partir del día siguiente a la entrada en vigor de la presente Decisión.

3.La Comisión pondrá a disposición de Lituania la ayuda financiera de la Unión en un máximo de ocho tramos. Cada tramo podrá desembolsarse en una o varias cuotas. El plazo de vencimiento de los desembolsos que se efectúen en el marco del primer tramo podrá ser más largo que el plazo de vencimiento medio máximo mencionado en el apartado 1. En tal caso, el vencimiento de las siguientes cuotas se fijará de tal modo que se respete el plazo medio máximo de vencimiento a que se refiere el apartado 1 una vez que se hayan desembolsado todos los tramos.

4.El desembolso del primer tramo estará sujeto a la entrada en vigor del acuerdo de préstamo contemplado en el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) 2020/672.

5.Lituania abonará el coste de la financiación de la Unión mencionada en el artículo 4 del Reglamento (UE) 2020/672 respecto de cada tramo, además de cualesquiera honorarios, costes y gastos de la Unión que resulten de la financiación.

6.La Comisión decidirá la magnitud y el desembolso de los tramos, así como la magnitud de las cuotas.

Artículo 3

Lituania podrá financiar las siguientes medidas:

a)subsidios salariales durante y después del tiempo de inactividad, según lo previsto en el artículo 41 de la Ley de empleo n ºXII-2470;

b)prestaciones para los trabajadores por cuenta propia, según lo previsto en el artículo 5-1 de la Ley de empleo n ºXII-2470;

c)prestaciones para los trabajadores por cuenta propia dedicados a la agricultura, según lo previsto en el artículo 5-2 de la Ley de empleo n ºXII-2470.

Artículo 4

Lituania informará a la Comisión a más tardar el [FECHA: seis meses después de la fecha de publicación de la presente Decisión], y posteriormente cada seis meses, sobre la ejecución del gasto público previsto hasta el momento en que dicho gasto público previsto se haya ejecutado en su totalidad.

Artículo 5

El destinatario de la presente Decisión es la República de Lituania.

Artículo 6

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   El Presidente

(1)    DO L 159 de 20.5.2020, p. 1.
Top