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Document 52020IR3380

Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Examen de las políticas comerciales

COR 2020/03380

DO C 175 de 7.5.2021, p. 17–22 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

7.5.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 175/17


Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Examen de las políticas comerciales

(2021/C 175/04)

Ponente:

Willy BORSUS (BE/Renew Europe)

Vicepresidente de Valonia, ministro valón de Economía, Comercio Exterior, Investigación e Innovación, Sector Digital, Agricultura, Ordenación Territorial, IFAPME (Instituto Valón de Formación en Alternancia y de Pequeñas y Medianas Empresas) y Centros de Competencia

Documento de referencia:

COM(2021) 66 final

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

Observaciones generales

1.

acoge con satisfacción, en términos generales, la Comunicación de la Comisión del 18 de febrero titulada «Una política comercial abierta, sostenible y firme»; toma nota de las conclusiones y recomendaciones contenidas en dicha Comunicación, pero señala también que presenta algunas deficiencias que deben ser abordadas;

2.

considera que es necesaria una revisión a fondo de la política comercial con el propósito de garantizar la coherencia con los compromisos del Pacto Verde Europeo en favor de un crecimiento sostenible e integrador, responder a los desafíos que plantea la transición digital, reforzar la competitividad de la industria europea y contribuir al aumento del empleo en Europa y la mejora del nivel de vida de todos los ciudadanos; subraya, por último, que la política comercial deberá mejorar la resiliencia de la Unión Europea y garantizar su capacidad de mitigar los impactos sistémicos actuales y futuros, en especial, los que guardan relación con el cambio climático, el aumento de las tensiones geopolíticas y el riesgo de nuevas pandemias y otras crisis sanitarias;

3.

recuerda el papel central que desempeña el comercio en la economía de la Unión y los millones de empleos europeos que dependen de las exportaciones realizadas desde Europa. Antes de la crisis de la COVID-19, 35 millones de empleos europeos dependían de las exportaciones y 16 millones, de la inversión extranjera. En otras palabras, uno de cada siete puestos de trabajo dependía de las exportaciones;

4.

expresa su preocupación por la onda expansiva que la crisis de la COVID-19 ha provocado en los mercados internacionales y por el agravamiento de la situación anterior, ya devaluada, en particular por el aumento de las tensiones geopolíticas, que esta ha ocasionado. Según una encuesta reciente de la Dirección General de Comercio, los intercambios comerciales internacionales podrían experimentar una disminución de entre un 10 y un 16 % en 2020; en lo que respecta a la Unión Europea de 27 Estados miembros, las exportaciones a terceros países registrarían una contracción del 9 al 15 %, lo que representa una disminución de entre 282 000 y 470 000 millones EUR (1); observa con inquietud que en 2020, como consecuencia de la pandemia de COVID-19, la OIT prevé que se pierdan 12 millones de empleos solamente en Europa;

5.

observa que, a las dificultades socioeconómicas, se suma el cuestionamiento por parte de los ciudadanos, cada vez más generalizado, acerca del modo en que se distribuyen los beneficios de la globalización a lo largo de las cadenas de valor, en todos los sectores económicos y en el conjunto de la sociedad; a este respecto, considera importante que la Comisión haga participar activamente a los entes locales y regionales, que son los niveles de la administración pública más próximos a los ciudadanos, en los acuerdos comerciales y les consulte en la materia; en este contexto, manifiesta su preocupación por el enfoque adoptado por la Comisión en las recientes negociaciones comerciales —a raíz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el asunto Singapur (Dictamen 2/15 de mayo de 2017)— con el fin de eludir la «mezcla» de las relaciones comerciales, negociando acuerdos comerciales que reflejen únicamente las competencias exclusivas de la UE;

6.

está firmemente convencido de que solo un modelo comercial sostenible que respete los valores de la Unión, las normas legislativas fundamentales no negociables de la Unión y los ODS puede contribuir al bienestar y la prosperidad de todos dentro y fuera de la Unión;

Reforzar la coherencia entre la política comercial y otras políticas sectoriales de la Unión Europea en el marco de la recuperación

7.

considera que se debe garantizar una mayor coherencia entre la política comercial y las políticas agrícola, industrial, digital, de competencia, fiscal, social, medioambiental, de transportes, climática, energética, de desarrollo y de cohesión de la Unión Europea, así como los derechos fundamentales de la Unión; lamenta que la Comunicación de la Comisión haga demasiado poco hincapié en esta necesidad de coherencia entre las distintas políticas sectoriales de la UE;

8.

subraya su compromiso fundamental con la libertad de elección económica de los entes públicos para prestar, encargar la prestación y financiar servicios de interés económico general;

9.

subraya la importancia de proteger los servicios públicos y las infraestructuras críticas (servicios públicos de interés general) en los acuerdos comerciales y, por consiguiente, pide su exclusión completa y con seguridad jurídica del ámbito de aplicación de todos los acuerdos de libre comercio e inversión y, por ende, de todas las disposiciones de protección de las inversiones, por ejemplo mediante un «planteamiento de lista positiva» en las disposiciones contractuales de acceso al mercado, el trato de nación más favorecida y la igualdad de trato nacional;

10.

considera que la revisión de la política comercial debe realizarse de forma paralela a una reforma específica de algunos aspectos de la política de competencia de la Unión y a la revisión de la política industrial y de innovación europea con el fin de respaldar la posición de la UE como líder mundial en ámbitos clave; espera con interés, en este contexto, la estrategia actualizada de política industrial de la UE, anunciada para abril de 2021;

11.

subraya que la UE debería esforzarse por alcanzar una solución global en materia de fiscalidad de los servicios digitales, con una gobernanza y unas normas globales adecuadas; si no se puede encontrar una solución internacional, en particular a nivel de la OCDE, en los próximos meses, la UE debería considerar la posibilidad de actuar en solitario;

12.

apoya la petición de que los acuerdos comerciales o económicos de la UE incluyan, con arreglo a los principios y normas de la OMC, un capítulo que contenga cláusulas contra los delitos fiscales, el blanqueo de capitales y la planificación fiscal abusiva, así como la cooperación entre las autoridades fiscales. La Comisión debería incluir este capítulo en las negociaciones en curso y en los Tratados ya en vigor en el momento de su revisión;

13.

subraya que, en lo que respecta a la política agrícola, disponer de una política comercial que no garantice que los mercados exteriores se ajusten a las estrictas normas europeas en materia de sostenibilidad y seguridad alimentaria puede socavar gravemente el mercado interior y poner en peligro el sector agrícola, sobre todo si este ya se encuentra en dificultades, y amenazar así el suministro alimentario de la UE, objetivo fundamental de la política agrícola común, así como la gestión del territorio europeo que depende de los trabajadores del sector; considera que la política comercial revisada debería contribuir, junto con la política agrícola, a preservar el empleo de manera general y a dotar de seguridad a la agricultura, garantizando una remuneración justa en este ámbito. La política comercial debería garantizar en el mundo agrícola la igualdad de condiciones entre el mercado interior y el mercado exterior, primando el abastecimiento en la propia Unión Europea frente a producciones de mercados exteriores. Al mismo tiempo, las normas internas de gestión de los mercados deberían fomentar la diversificación de nuestro mercado interior para garantizar la competitividad; sin embargo, esto no debe socavar los esfuerzos tendentes a consolidar unas relaciones comerciales justas con los países del continente africano;

14.

lamenta que la Comunicación de la Comisión Europea no contenga soluciones para mitigar el impacto negativo que los acuerdos comerciales pueden tener en determinados sectores agrícolas ya sometidos a presión o en situación interna de fragilidad; pide que se estudie la posibilidad de crear un mecanismo de apoyo a los sectores más afectados; sigue especialmente preocupado a este respecto por el impacto negativo que el proyecto de Acuerdo de Asociación UE-Mercosur tendrá sin duda en determinados sectores agrícolas;

15.

recuerda el importante papel que desempeña la política de cohesión en la mejora de la competitividad de los territorios de la Unión Europea mediante inversiones específicas adaptadas a las necesidades de cualquier territorio concreto, especialmente a las de las regiones remotas y alejadas, en las que el desarrollo y la modernización de las infraestructuras son esenciales, en sectores clave como las infraestructuras de redes, la conectividad, la investigación y la innovación, las pymes, los servicios informáticos, la acción medioambiental y climática, el empleo de calidad y la inclusión social;

16.

considera que la política comercial de la UE no debe socavar los esfuerzos en materia de cooperación para el desarrollo con terceros países emprendidos por la UE y aboga por la adopción de un enfoque equilibrado y justo del libre comercio respecto de las economías más frágiles;

17.

apoya la presentación por parte de la Comisión de un instrumento jurídico para abordar las distorsiones causadas por las subvenciones extranjeras en el mercado interior de la UE y subraya la necesidad de modernizar y actualizar las normas europeas de competencia;

18.

insta a la Comisión Europea a que demuestre que se puede lograr a corto plazo una modernización ambiciosa del Tratado sobre la Carta de la Energía que esté en consonancia con los objetivos de los Acuerdos de París sobre el clima e incorpore el enfoque modernizado de la UE en materia de protección de las inversiones; de no ser así, habrá que explorar la opción de una salida ordenada de la UE de este Tratado;

19.

insta a la Comisión a que adopte todas las medidas necesarias para garantizar la extinción rápida y ordenada de los restantes tratados bilaterales de inversión entre Estados miembros de la UE;

Hacia un modelo de autonomía estratégica abierta

20.

destaca la importancia de que la UE continúe siendo una economía abierta y siga promoviendo un comercio internacional libre, justo, sostenible, basado en normas y beneficioso para todos los socios comerciales; a este respecto, respalda las iniciativas emprendidas por la Comisión Europea para reformar la OMC. El objetivo debe ser revitalizar y fortalecer esta última, en particular modernizando su funcionamiento en áreas esenciales y colmando lagunas normativas, de modo que pueda responder adecuadamente a los actuales desafíos en materia de política comercial;

21.

acoge favorablemente el modelo de autonomía estratégica abierta propuesto por la Comisión Europea, que debe traducirse en una política comercial abierta, sostenible y firme, que valore y proteja nuestras ventajas económicas, garantice el acceso a los mercados y a las materias primas y proteja el acceso a los bienes y servicios esenciales; al mismo tiempo, advierte contra las tendencias proteccionistas y subraya que Europa debe seguir siendo un protagonista estratégico mundial que respeta las normas internacionales y también está dispuesto a aplicarlas;

22.

considera que, para ello, se requiere elaborar un mapa de nuestras cadenas de valor en el que participen los organismos regionales competentes con el fin de detectar y reducir las dependencias de los sectores estratégicos, y aumentar la resiliencia de los ecosistemas industriales más sensibles, en especial en territorios alejados y aislados como las regiones ultraperiféricas, y de ámbitos específicos como la salud, la defensa, la exploración espacial, la alimentación, la digitalización y las materias primas esenciales; estará atento al resultado del trabajo en curso de la Comisión dedicado a identificar las dependencias estratégicas y los ecosistemas industriales más sensibles;

23.

subraya que en esta medida se puede incluir la diversificación de la producción y de las cadenas de suministro, la creación de niveles de existencias estratégicos, el fomento de las inversiones y la producción en Europa, la búsqueda de soluciones alternativas y el fomento de la cooperación industrial entre los Estados miembros;

24.

observa que la crisis de la COVID-19 ha puesto de relieve el potencial de creatividad e innovación existente en los ecosistemas regionales y ha estimulado nuevos enfoques de colaboración para dar respuesta a los retos relacionados con el suministro, por ejemplo en el ámbito de los productos sanitarios y los medicamentos; considera que la UE debería propiciar el refuerzo de la economía local en determinados sectores industriales y de cadenas de valor europeas innovadoras basándose en la complementariedad entre los ecosistemas, en especial a través de medidas de apoyo a la colaboración entre los actores implicados; considera que las políticas de agrupamiento (clustering) y la cooperación entre agrupaciones son palancas útiles para conformar masas críticas y satisfacer las necesidades de las pymes; considera que la conformación de una masa crítica de demanda para determinados productos estratégicos y su visibilidad en el mercado interior pueden contribuir a relocalizar algunas producciones y a desarrollar una producción competitiva en el territorio de la UE, en especial acelerando la comercialización de soluciones innovadoras;

25.

recuerda la necesidad de elaborar planes de acción específicos para cada una de las cadenas de valor estratégicas identificadas en la Unión mediante la implantación de proyectos importantes de interés común europeo (PIICE), ya que constituyen un instrumento importante para las transiciones ecológica y digital y para reforzar el liderazgo tecnológico de la Unión, en particular en ámbitos como las baterías, la microelectrónica y el hidrógeno;

Un modelo comercial sostenible, único modelo capaz de contribuir al bienestar y la prosperidad de todos, tanto dentro como fuera de la Unión

26.

toma nota de que la Comunicación remite al ejercicio de revisión del plan de acción de la UE de quince puntos para la aplicación y el cumplimiento efectivos de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible de los acuerdos comerciales; acoge con satisfacción el hecho de que se prevea que este ejercicio abarque todos los aspectos pertinentes de la aplicación y el cumplimiento de estos capítulos, en particular, el alcance de los compromisos, los mecanismos de seguimiento, la posibilidad de aplicar sanciones por incumplimientos, la cláusula de «elementos esenciales», así como la configuración institucional y los recursos requeridos; lamenta que este ejercicio y la Comunicación no hayan podido realizarse de forma coordinada, si bien acoge con satisfacción que la finalización de este ejercicio se haya adelantado, no obstante, a finales de 2021; espera que este ejercicio sea lo más transparente e inclusivo posible;

27.

considera, a este respecto, que las normas europeas en materia medioambiental, de acción por el clima y social, como las que se recogen en el Pacto Verde Europeo y el pilar europeo de derechos sociales, deberían introducirse en todos los acuerdos comerciales que negocia la UE y constituir los requisitos mínimos a los que se comprometan las partes; considera que esto ayudará a las pymes y a la industria europeas que cumplen esas normas a prosperar y que, al mismo tiempo, tendrá un efecto de arrastre en sus socios comerciales;

28.

considera que la UE ha de ser más asertiva en lo que respecta, por una parte, al respeto y la promoción de los derechos humanos y, por otra, a las normas sociales, medioambientales y climáticas recogidas en sus acuerdos comerciales; acoge con satisfacción la implantación, por parte de la Comisión, de un mecanismo que permita denunciar la violación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible; respalda que cada parte contratante de un acuerdo respete, promueva y aplique de forma efectiva en su legislación y sus prácticas, en el conjunto de su territorio, las normas fundamentales del trabajo reconocidas internacionalmente, tal y como se definen en los convenios fundamentales de la OIT;

29.

apoya la propuesta de la Comisión de hacer del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático un elemento esencial de cualquier futuro acuerdo de comercio e inversión y de dar prioridad en dichos acuerdos a la aplicación efectiva del Convenio sobre la Diversidad Biológica;

30.

aboga por una aplicación eficaz de los acuerdos comerciales recompensando a los países socios que cumplan los compromisos en materia de CDS. Las partes deberían introducir, en su caso, una aplicación progresiva de la reducción arancelaria vinculada a la aplicación efectiva de las disposiciones relativas al capítulo sobre CDS y especificar las condiciones que han de reunir los países para acceder a dicha reducción, incluida la posibilidad de retirar esas líneas arancelarias específicas en caso de vulneración de estas disposiciones;

31.

considera que garantizar la equidad y la sostenibilidad para todos es la única manera de contribuir a los cambios mundiales que reclaman un gran número de ciudadanos;

32.

en este sentido, aguarda con interés una propuesta de la Comisión que se presentará en 2021 para crear un mecanismo eficaz de ajuste en frontera exterior para el carbono que cumpla con las normas de la OMC y pueda garantizar la competencia leal de las empresas que operen en el mercado único así como contribuir a la competitividad de la industria europea. Este mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de CO2 debe primero complementar, para después sustituir a más largo plazo, la asignación gratuita de derechos de emisión de CO2 y la compensación de los precios de la electricidad para las industrias primarias;

33.

considera que también se debe prestar especial atención a la promoción de una conducta empresarial responsable y a la transparencia en las cadenas de suministro; a este respecto, apoya especialmente las iniciativas en curso a nivel europeo para reforzar los mecanismos de diligencia debida; considera que esto también es necesario para establecer unas condiciones de competencia justas en el mercado interior de la UE;

34.

celebra que la Comisión Europea haya nombrado un responsable de la aplicación de las normas comerciales encargado, entre otras funciones, de vigilar el correcto cumplimiento de los compromisos en materia de desarrollo sostenible, especialmente en lo que respecta al programa climático y a los derechos laborales; desea que este responsable instaure canales de comunicación completos y permanentes con los entes locales y regionales y con la sociedad civil; velará por que se le asignen recursos suficientes para que pueda conseguir sus objetivos;

Garantizar unas condiciones de competencia equitativas para las empresas de la UE

35.

considera necesario ofrecer garantías adicionales en términos de respeto de los derechos humanos y las normas sociales en el marco del proceso de ratificación del acuerdo global de inversiones UE-China;

36.

destaca la importancia de preservar unas condiciones de competencia equitativas para que las empresas puedan ser competitivas en las cadenas de valor mundiales, tanto dentro como fuera del mercado interior; considera necesario hacer hincapié en la aplicación de las normas existentes y movilizar de manera más asertiva los instrumentos de defensa comercial para combatir las prácticas de terceros países que distorsionan el mercado;

37.

acoge con satisfacción el acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre la propuesta legislativa de Reglamento dirigida a reforzar el cumplimiento de las normas comerciales, que responde al actual bloqueo del funcionamiento del Órgano de Apelación de la OMC y que también se aplicará en el contexto de los acuerdos comerciales —bilaterales o regionales— en los que un socio impone unilateralmente sanciones contra la UE y bloquea el procedimiento de solución de diferencias previsto en los acuerdos. Destaca que dicho Reglamento ampliaría la capacidad de la UE para imponer medidas de represalia, como aranceles, restricciones cuantitativas o medidas en el ámbito de la contratación pública de servicios y la propiedad intelectual. Apoya, asimismo, la creación por parte de la Comisión Europea de una ventanilla única para tratar todas las violaciones de los derechos laborales, las disposiciones relativas al cambio climático o a los derechos humanos en el mismo nivel que las reclamaciones relativas al acceso a los mercados de nuestros socios comerciales;

38.

considera necesario que se revisen las normas sobre la competencia con respecto a los retos de la competitividad externa, las prácticas de terceros países y las nuevas realidades de los ecosistemas de innovación; la competencia en el mercado interior y el acceso de las pymes a las cadenas de valor europeas y mundiales deben seguir siendo elementos esenciales de unas normas de competencia europeas equilibradas, eficaces e independientes;

39.

coincide en que la UE debe pasar a la ofensiva para garantizar la reciprocidad y afrontar el proteccionismo en el acceso a los mercados de contratación pública de terceros países;

40.

destaca que las inversiones directas extranjeras son una importante fuente de crecimiento, empleo e innovación, pero que, no obstante, pueden entrañar riesgos para la seguridad nacional y el orden público en la Unión Europea en determinados sectores sensibles; de ahí la necesidad de implantar sistemas de control de las inversiones en el ámbito nacional;

Anticipar mejor y tener más en cuenta las externalidades negativas derivadas de la participación en el comercio internacional

41.

observa con inquietud que, en la actualidad, los acuerdos de libre comercio no benefician al conjunto de las regiones, que determinados sectores económicos a menudo experimentan consecuencias negativas y que las pymes no están aprovechando todo el potencial de los acuerdos de libre comercio y sufren con más severidad los efectos de la competencia desleal favorecida por las medidas que adoptan algunos terceros países; lamenta que la Comunicación de la Comisión no proponga formas de mitigar los posibles efectos negativos de los acuerdos comerciales; no obstante, apoya la intención de la Comisión de crear una serie de herramientas digitales y portales en línea específicos dedicados a las pymes con el fin de facilitar su integración en estos acuerdos y abrir nuevas oportunidades ligadas a los procesos de acceso a los mercados de contratación pública, así como de corregir la citada competencia desleal;

42.

apoya la intención de la Comisión de presentar un acto legislativo específico necesario para la ejecución, en particular, de las disposiciones relativas al comercio del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido;

43.

respalda el desarrollo, por parte de la Comisión, de un instrumento contra las acciones coercitivas;

44.

destaca el importante papel que desempeñan las pymes en las relaciones comerciales internacionales de la UE, ya que generan más del 58 % del conjunto de las exportaciones de la UE y más del 46 % de todas las importaciones hacia la UE (2). A este respecto, destaca la necesidad para la UE de disponer de una política comercial eficaz que proteja a las pymes dado que, en comparación con las grandes empresas, son mucho más vulnerables y están más expuestas a la volatilidad de las relaciones comerciales internacionales; acoge con satisfacción a este respecto el énfasis puesto en las pymes en la Comunicación de la Comisión;

45.

está firmemente convencido de la necesidad de revisar el modelo de análisis de impacto y de llevar a cabo análisis de impacto completos y exhaustivos (por sector y subsector, por zona geográfica —país/región— dentro de la UE, en términos de impacto sobre las pymes y en materia social, medioambiental, climática y de respeto de los derechos humanos) de cada uno de los acuerdos existentes, así como análisis de impacto combinados (basados en los mismos criterios) de todos los acuerdos existentes para garantizar que la dirección de la política comercial de la UE redunde en beneficio de todos, tanto empresas como ciudadanos; lamenta la debilidad de la Comunicación de la Comisión sobre este tema; señala que la Comunicación de la Comisión solo prevé una evaluación a posteriori del impacto de los acuerdos de la UE en aspectos medioambientales esenciales, incluido el clima, y la realización de trabajos para entender mejor las implicaciones en cuanto a igualdad de género de las diversas partes de la política comercial, así como de análisis adicionales —sin entrar en más detalle— sobre los efectos de las políticas comerciales en el empleo y en diferentes aspectos del desarrollo social;

46.

considera que se debe prestar especial atención a las dificultades de las pymes; apoya los esfuerzos realizados por la Comisión para reforzar los instrumentos destinados a aclarar los aspectos de los acuerdos comerciales, especialmente en lo que se refiere a las normas de origen; considera necesario poder dar respuesta a la necesidad que tienen las pymes de adquirir competencias para implantarse en terceros mercados mediante la utilización de los servicios de asesoramiento y orientación existentes en los Estados miembros y las regiones, así como en las cámaras de comercio, y facilitando el acceso a competencias externas;

47.

considera que la Red Europea para las Empresas (REE), presente en sesenta países, así como la Red de organismos nacionales y regionales de promoción comercial que forman parte de la European Trade Promotion Organisations’ Association (ETPOA), presente en 180 países en su conjunto, pueden intervenir de forma más activa, en el marco de sus misiones de acompañamiento, para ayudar a las pymes a acceder a los mercados extranjeros. Asimismo, la UE debería implantar «puntos de contacto para los acuerdos de libre comercio» lo más cerca posible de las pymes y ateniéndose al principio de «pensar primero a pequeña escala y actuar primero a nivel regional», para lo cual, los organismos de promoción comercial regionales deben tener un rol preponderante;

48.

considera que un enfoque específico para las pymes innovadoras que deseen posicionarse en el ámbito internacional resultaría pertinente en el contexto del proyecto InvestEU con vistas a poder cubrir de forma adecuada los riesgos de este tipo de empresas e impulsar su crecimiento internacional;

49.

considera que, en el contexto del Pacto Verde Europeo, debería revisarse el actual marco de ayudas estatales de tipo IPEEC a fin de facilitar la inversión y amortizar los costes de funcionamiento de los proyectos cooperativos o transnacionales llevados a cabo por este tipo de empresa. Acoge con satisfacción, en este contexto, la puesta en marcha por parte de la Comisión, el 23 de febrero de 2021, de una consulta pública, abierta hasta el 20 de abril de 2021, en la que se invita a todas las partes interesadas a formular observaciones sobre una propuesta de revisión específica de la Comunicación relativa a las ayudas estatales para proyectos importantes de interés común europeo («Comunicación PIICE») (3).

Bruselas, 19 de marzo de 2021.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  https://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2020/may/tradoc_158764.pdf

(2)  https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/International_trade_in_goods_by_enterprise_size#Share_of_SMEs_in_total_trade_.28intra_.2B_extra-EU.29

(3)  https://ec.europa.eu/competition/consultations/2021_ipcei/draft_communication_es.pdf -Enlace a la consulta pública: http://bit.ly/3dEFgeM


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