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Document 52019XC0128(01)

Resumen de las Decisiones de la Comisión Europea sobre las autorizaciones de comercialización para uso o las autorizaciones de uso de las sustancias incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.° 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) [Publicado de conformidad con el artículo 64, apartado 9, del Reglamento (CE) n.° 1907/2006] (Texto pertinente a efectos del EEE.)

C/2019/169

DO C 34 de 28.1.2019, p. 3–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

28.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 34/3


Resumen de las Decisiones de la Comisión Europea sobre las autorizaciones de comercialización para uso o las autorizaciones de uso de las sustancias incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH)

[Publicado de conformidad con el artículo 64, apartado 9, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (1) ]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 34/04)

Decisiones por las que se concede una autorización

Referencia de la Decisión (2)

Fecha de la Decisión

Nombre de la sustancia

Titular de la autorización

Número de autorización

Uso autorizado

Fecha de expiración del período de revisión

Motivos de la Decisión

C(2019) 169

21 de enero de 2019

1,2-Dicloroetano

N.o CE: 203-458-1

N.o CAS: 107-06-2

ORGAPHARM, Rue du Moulin de la Canne, 45300 Pithiviers, Francia.

REACH/19/11/0

Uso de 1,2-dicloroetano como disolvente de procesos en la fabricación de un principio activo: acetato de flecainida.

22 de noviembre de 2024

De conformidad con el artículo 60, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006, las ventajas socioeconómicas compensan los riesgos para la salud humana derivados del uso de la sustancia, y no hay sustancias o tecnologías alternativas adecuadas desde el punto de vista de la viabilidad técnica y económica.

REACH/19/11/1

Uso de 1,2-dicloroetano como disolvente de procesos en la fabricación de un principio activo: clorhidrato de nefopam.


(1)  DO L 396 de 30.12.2006, p. 1.

(2)  La Decisión está disponible en el sitio web de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/growth/sectors/chemicals/reach/about_es


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