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Document 52019SC0331

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO que acompaña al documento Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (versión refundida) y Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la Agenda de Innovación Estratégica para 2021-2027 del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT): potenciar el talento y la capacidad de innovación de Europa

SWD/2019/331 final

Bruselas, 11.7.2019

SWD(2019) 331 final

DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN

RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO

que acompaña al documento

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (versión refundida)
y

Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la Agenda de Innovación Estratégica para 2021-2027 del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT): potenciar el talento y la capacidad de innovación de Europa

{COM(2019) 330 final} - {COM(2019) 331 final} - {SEC(2019) 275 final} - {SWD(2019) 330 final}


Ficha resumen

Evaluación de impacto sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (refundición) y la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la Agenda de Innovación Estratégica del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT) 2021-2027: Impulsar el talento y las capacidades de Europa

A. Necesidad de actuar

¿Por qué? ¿Cuál es el problema que se afronta?

El objetivo del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT o «el Instituto») es abordar los principales retos sociales mejorando los resultados de la UE en materia de innovación a través de la integración del triángulo del conocimiento que conforman la investigación, la educación y la innovación.

El EIT se creó en 2008 mediante el Reglamento (CE) n.º 294/2008 (el Reglamento del EIT 1 ). El Reglamento del EIT establece el cometido y los objetivos del Instituto, así como el presupuesto que le ha sido asignado, por lo que debe estar en consonancia con el Programa Marco de Investigación e Innovación.

En la propuesta de la Comisión por la que se crea Horizonte Europa, el Programa Marco de Investigación e Innovación para el período 2021-2027, se establecen el presupuesto propuesto para el EIT en relación con el próximo período, así como su justificación, valor añadido, ámbitos de intervención, líneas generales de actividad e indicadores de resultados. En la propuesta, el EIT constituye uno de los componentes principales del pilar «Europa innovadora».

La propia propuesta sobre Horizonte Europa no ofrece la base jurídica para poder seguir con las operaciones del EIT después de 2020. Por consiguiente, debe modificarse el Reglamento del EIT.

Además, el artículo 17 del Reglamento del EIT exige que cada siete años la Comisión presente al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta de Agenda de Innovación Estratégica que establezca las prioridades estratégicas y las necesidades financieras del EIT a largo plazo, que deben estar en consonancia con el Programa Marco de Investigación e Innovación correspondiente. La estrategia de innovación vigente abarca el período 2014-2020 2 . Por tanto, es preciso presentar una propuesta de nueva Agenda de Innovación Estratégica del EIT para el período 2021-2027, junto con la propuesta de revisión del Reglamento del EIT.

La presente iniciativa tiene por objeto modificar el Reglamento del EIT mediante una refundición y armonizar la Agenda de Innovación Estratégica con el programa Horizonte Europa. Esta iniciativa abarca los nuevos ámbitos prioritarios del EIT, así como sus necesidades financieras y también persigue mejorar el funcionamiento del Instituto tomando en consideración la experiencia adquirida en los últimos años.

Concretamente, la iniciativa se centra en tratar cuestiones en tres ámbitos principales. En primer lugar, abordará los retos relacionados con el modelo de financiación del EIT; en segundo lugar, propondrá soluciones para aumentar la repercusión de las actividades educativas del EIT, es decir, dar mucho más a conocer la marca educativa del EIT y apoyar las capacidades y las destrezas de innovación y emprendimiento de las instituciones de educación superior. Por último, la iniciativa contribuirá a aumentar la difusión regional del EIT mediante una mejor integración de las comunidades de conocimiento e innovación (CCI) en los ecosistemas locales de innovación. La iniciativa también esbozará los futuros ámbitos prioritarios de las CCI.

Además, la iniciativa abordará varias cuestiones técnicas, a fin de aumentar la eficacia, la eficiencia y la coherencia de las operaciones del EIT, entre las que cabe citar la apertura y transparencia de las CCI, la gobernanza del EIT y las disposiciones contractuales del personal del Instituto.

Se tratarán las cuestiones que se han planteado mediante una modificación del Reglamento del EIT y la adopción de la Agenda de Innovación Estratégica del EIT para el período 2021-2027. La presente evaluación de impacto se basa en la evaluación de impacto realizada para el programa Horizonte Europa.

¿Cuál es el objetivo que se pretende alcanzar con esta iniciativa?

Esta iniciativa apoya la futura aplicación y el desarrollo político estratégico del EIT y contribuirá a la consecución de sus objetivos para el período 2021-2027, según se indica en la propuesta sobre Horizonte Europa, es decir, potenciar los ecosistemas de innovación sostenible en toda Europa, así como aportar nuevas soluciones a los retos sociales mundiales para el mercado y fomentar la innovación y el espíritu empresarial a través de la mejora de la educación. Concretamente, se espera que el EIT y las CCI:

a.aumenten el impacto de la integración de las CCI y del triángulo del conocimiento a través de un modelo de financiación del EIT eficaz y eficiente;

b.incrementen la capacidad de innovación y emprendimiento del sector de la enseñanza superior promoviendo el cambio institucional en las instituciones de educación superior;

c.eleven el alcance regional del EIT para hacer frente a las disparidades regionales en la capacidad de innovación de toda la UE.

Además, la iniciativa pretende aumentar la eficacia, la eficiencia y la coherencia de las operaciones del EIT abordando los aspectos siguientes: la apertura y la transparencia de las CCI, la gobernanza del EIT y los contratos del personal del EIT y su continuidad en el servicio.

¿Cuál es el valor añadido de la actuación a nivel de la UE? 

El EIT tiene una forma única de construir ecosistemas de innovación a escala de la UE que vinculen la educación, la investigación, la empresa y otras partes interesadas de modo que cubra un vacío en los sistemas de apoyo a la innovación que ofrecen los Estados miembros. Las actividades de las CCI logran una mayor calidad de la innovación, la creación de redes transfronterizas y multidisciplinares, una mayor cooperación intersectorial y un alcance geográfico más amplio. Los programas educativos del EIT añaden valor a otros programas existentes, en particular a su dimensión de emprendimiento e innovación.

B. Soluciones

¿Qué opciones legislativas y no legislativas se han estudiado? ¿Existe o no una opción preferida? ¿Por qué? 

Se han barajado tres opciones para abordar los retos determinados:

La opción 1 (opción de referencia) representa la continuación de las actividades del EIT conforme a su estado actual, con los ajustes necesarios para adaptarlas a la propuesta sobre Horizonte Europa. El EIT cumpliría los criterios de aplicación, seguimiento y evaluación de las asociaciones europeas y desarrollaría sinergias con el Consejo Europeo de Innovación. Se constituirían dos nuevas CCI.

La opción 2 se basa en la opción de referencia, a partir de la cual adopta diversas medidas destinadas a aumentar la eficacia del funcionamiento del EIT, especialmente una adaptación de su modelo de financiación. Además, introduce una nueva acción del EIT destinada a apoyar el desarrollo de las capacidades de innovación y emprendimiento de las instituciones de educación superior y a reforzar su plan regional de innovación. Se constituirían dos nuevas CCI.

La opción 3 se basa en la opción de referencia y en diversas medidas para aumentar la eficacia del EIT, como en la opción 2. Además, introduce una nueva actividad para crear una plataforma del EIT en cada Estado miembro con el fin de aumentar el impacto global del Instituto. El EIT aplicaría directamente sus plataformas para fomentar la integración del triángulo del conocimiento a través del apoyo a proyectos colaborativos a menor escala que las CCI.

Se constituiría una nueva CCI.

Las tres opciones tendrían implicaciones legislativas para la modificación del Reglamento del EIT y de la nueva Agenda de Innovación Estratégica del EIT.

Se ha decidido dar preferencia a la opción 2, que logra el mejor equilibrio entre la consecución de los objetivos de la iniciativa, la consideración de los recursos disponibles y las mayores repercusiones económicas y sociales.

¿Quién apoya cada opción? 

Las medidas individuales previstas en la opción 2 recibieron el mayor respaldo de las diversas partes interesadas consultadas, es decir, organizaciones empresariales o patronales, instituciones académicas o de investigación, así como ciudadanos de la UE. En particular, existe un fuerte acuerdo entre las partes interesadas por lo que respecta a la necesidad de promover el desarrollo de la capacidad empresarial y de innovación de las instituciones de educación superior y de vincular más estrechamente las actividades del EIT y de las CCI con el entorno y las estrategias regionales y locales.

C. Repercusiones de la opción preferida

¿Qué beneficios aportan las opciones preferidas (de haberlas; si no, las principales)? 

La opción a la que se ha dado preferencia implicaría una mejora significativa del EIT en el próximo período de programación. Con esta opción, se profundizaría en la integración del triángulo del conocimiento, se contribuiría a potenciar los ecosistemas de innovación y se aumentaría la capacidad de innovación y emprendimiento del sector de la enseñanza superior. Además, esta opción serviría para reducir el déficit de capacidades en sectores clave de la economía, aumentaría el intercambio de conocimientos y el establecimiento de redes en los ecosistemas de innovación, promovería la creación de nuevas empresas eficaces y eficientes, y mejoraría la calidad de la enseñanza superior del ámbito empresarial. También aumentaría los niveles de inversión privada en las CCI a medio y largo plazo, y las apoyaría de manera más eficaz a fin de alcanzar los objetivos de sostenibilidad financiera del EIT. Por último, permitiría al EIT mejorar gradualmente e intensificar su alcance regional con respecto a los países con un nivel de innovación modesto o moderado.

¿Qué costes generan las opciones preferidas (de haberlas; si no, las principales)? 

En comparación con la opción de referencia, la opción 2 implicaría un aumento de los costes administrativos del EIT en consonancia con el incremento del presupuesto general del Instituto a lo largo del período de programación, derivado de las necesidades de personal y del establecimiento de mayores capacidades y conocimientos específicos en el EIT. Se prevé que los costes de cumplimiento y ejecución derivados de la adaptación del modelo de financiación sean más elevados para las CCI que se crearon en los primeros años del Instituto, ya que tendrán que ajustar los procesos y sistemas de funcionamiento que ya han puesto en marcha. También se prevé que los costes sean relativamente bajos en el caso de las CCI que se encuentran en la fase inicial de su funcionamiento.

¿Cómo se verán afectadas las empresas, las pymes y las microempresas?

La opción 2, a la que se ha dado preferencia, contribuirá a que se constituya un grupo de personas altamente cualificadas que sea beneficioso para las empresas, las pymes y las microempresas. Se estimularán nuevas actividades de creación de empresas mediante una mayor apertura y transparencia, y aplicando procedimientos simplificados en las CCI, lo que redundará en un aumento del número de empresas emergentes. 

¿Habrá repercusiones significativas en los presupuestos y las administraciones nacionales? 

No.

¿Habrá otras repercusiones significativas? 

No.

D. Seguimiento

¿Cuándo se revisará la política?

Se supervisará y evaluará periódicamente la aplicación de la opción estratégica a la que se haya dado preferencia. El EIT realizará, con carácter anual, un seguimiento continuo del rendimiento operativo y de los resultados de las CCI con arreglo a un marco de indicadores de impacto específicos. La Comisión llevará a cabo una evaluación intermedia independiente de las repercusiones económicas y sociales del EIT en 2024, que esté en consonancia con la evaluación intermedia del programa Horizonte Europa.

(1)

   Reglamento (UE) n.º 1292/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:02008R0294-20140101&qid=1562518058492&from=ES .

(2)

   Decisión n.º 1312/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativa a la Agenda de Innovación Estratégica del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT): la contribución del EIT a una Europa más innovadora.

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