COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 16.9.2019
COM(2019) 415 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización
en 2017 y 2018
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Document 52019DC0415
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL on the activities of the European Globalisation Adjustment Fund in 2017 and 2018
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2017 y 2018
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2017 y 2018
COM/2019/415 final
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 16.9.2019
COM(2019) 415 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización
en 2017 y 2018
RESUMEN
Europa es solidaria con quienes más lo necesitan. El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se creó en 2007 para prestar ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia de la globalización y de los cambios registrados en los patrones del comercio, y se amplió para cubrir los despidos producidos como consecuencia de la crisis financiera y económica mundial. El principal objetivo del Fondo es ayudar a los trabajadores despedidos que atraviesan dificultades en transiciones complicadas, brindándoles ayuda para adaptar sus capacidades y buscando nuevos empleos. Entre otras medidas, ofrece orientación y ayuda personalizada para la búsqueda de empleo, diversos programas de formación y mejora de las capacidades, apoyo al emprendimiento y a la creación de empresas, así como prestaciones e incentivos financieros temporales. El FEAG también puede utilizarse específicamente para ayudar a los jóvenes. En las regiones con altas tasas de desempleo juvenil, el FEAG proporciona apoyo a jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación (ninis). El FEAG cofinancia hasta el 60 % del coste de las medidas propuestas por los Estados miembros que presentan solicitudes de ayuda al FEAG.
El presente informe ofrece una visión general de las actividades del FEAG y de los resultados obtenidos en 2017 y 2018.
Ø Durante este período, 10 Estados miembros presentaron 13 solicitudes por un importe total de 41 millones EUR, dirigidas a 12 896 trabajadores y a 1 155 jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación. El mayor número de trabajadores pertenecía al sector de la maquinaria y equipo, seguido del sector del comercio al por menor y el transporte aéreo.
Ø El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron 15 decisiones 1 para movilizar la financiación del FEAG por un importe total de 45,5 millones EUR con el fin de prestar ayuda a 14 517 beneficiarios.
Ø Los Estados miembros informaron sobre 23 intervenciones del FEAG aprobadas entre 2014 y 2016. Los resultados indican que se produjo un incremento con respecto a 2015-2016 y revelan que el 60 % de los trabajadores que participaron en las medidas encontraron un nuevo empleo al final del período de ejecución. En el período 2015-2016, solo el 47 % de los trabajadores beneficiados (a los que se había prestado ayuda) había encontrado un nuevo empleo. Se registraron unas tasas de reinserción especialmente altas en las siguientes intervenciones: Volvo Trucks (Suecia,) 84 %, Broadcom (Finlandia) 84 %, Aleo Solar (Alemania) 81 %, y PWA International (Irlanda) 79 %.
En su propuesta relativa al FEAG después de 2020 2 , la Comisión ha propuesto ampliar su aplicación para poder intervenir de manera más eficaz con el fin de apoyar a más trabajadores que hayan perdido el empleo. En consecuencia, el FEAG ofrecerá apoyo a los trabajadores no solo en caso de que se produzcan importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización y de la crisis económica y financiera mundial, sino también por otras razones, como la automatización, la digitalización o la transición a una economía baja en carbono. De este modo se tienen en consideración los nuevos retos que conlleva el cambiante mundo del trabajo.
ÍNDICE
1. Introducción……………………………………………………………………………………………..3
2. Análisis de las actividades del FEAG en 2017 y 2018
2.1. Solicitudes presentadas
2.1.1. Solicitudes presentadas desglosadas por causa del despido y criterio de intervención
2.1.2. Solicitudes presentadas desglosadas por sector (NACE Rev. 2)
2.1.3. Solicitudes presentadas desglosadas por número de beneficiarios previstos por Estado miembro
2.1.4. Solicitudes presentadas desglosadas por importe solicitado
2.1.5. Solicitudes presentadas desglosadas por importe solicitado por beneficiario
2.2. Decisiones adoptadas y contribuciones concedidas
2.2.1. Acciones financiadas con la ayuda del FEAG
2.2.2. Complementariedad con las acciones financiadas por el Fondo Social Europeo (FSE)
2.3. Solicitudes que no cumplen las condiciones para la concesión de una contribución financiera del FEAG
2.4. Logros del FEAG
2.4.1. Resumen de los resultados comunicados en 2017 y 2018
2.4.2. Índice de reinserción laboral de los beneficiarios asistidos por Estado miembro
2.4.3. Evaluación cualitativa de los informes finales presentados en 2017 y 2018
2.5. Ejecución financiera
2.5.1. Fondos aportados por el FEAG
2.5.2. Gastos en concepto de asistencia técnica
2.5.3. Irregularidades comunicadas
2.5.4. Liquidación de las contribuciones financieras del FEAG
2.6. Actividades de asistencia técnica realizadas por la Comisión
2.6.1. Información y publicidad: sitio web
2.6.2. Reuniones con las autoridades nacionales y las partes interesadas en el FEAG
2.6.3. Sistema de intercambio electrónico de datos (SFC2014)
2.6.4. Evaluación intermedia del FEAG 2014-2020
3. Desarrollo de políticas del FEAG
3.1. Modificación del Reglamento (UE) n.º 1309/2013 en el marco
del Reglamento (UE) 2018/1046
3.2. Propuesta legislativa para el FEAG después de 202034
1. Introducción
El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) 3 es una demostración de solidaridad europea con los trabajadores despedidos a raíz de los grandes cambios estructurales registrados en los patrones del comercio mundial debido a la globalización o a la crisis económica y financiera mundial, y un instrumento para brindarles ayuda tangible.
El FEAG cofinancia medidas activas del mercado laboral adoptadas por los Estados miembros, con el fin de ayudar a los trabajadores despedidos a encontrar un nuevo empleo. Complementa las medidas adoptadas en los mercados de trabajo nacionales en casos de procesos de despido colectivo súbitos, causados por las razones mencionadas, proporcionando un enfoque más personalizado y orientado hacia los trabajadores despedidos más vulnerables.
De conformidad con el artículo 19 del Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/2006, la Comisión remite el presente informe, en el que ofrece una evaluación cuantitativa y cualitativa de las actividades llevadas a cabo por el FEAG en los dos años anteriores, al Parlamento Europeo y al Consejo.. El presente informe se centra en los resultados obtenidos por el FEAG y proporciona información, en concreto, sobre:
·las solicitudes presentadas;
·las decisiones adoptadas;
·las acciones financiadas, incluyendo su complementariedad con las acciones financiadas con cargo a otros fondos de la Unión, en particular, al Fondo Social Europeo (FSE);
·estadísticas sobre el índice de reinserción laboral de los beneficiarios asistidos por Estado miembro;
·liquidación de las contribuciones financieras; y
·solicitudes denegadas o reconsideradas a la baja por falta de créditos suficientes o por no cumplir los criterios de admisibilidad.
El informe concluye explicando de qué modo la Comisión ha abordado los retos para el futuro en su propuesta para el FEAG después de 2020.
2. Análisis de las actividades del FEAG en 2017 y 2018
2.1. Solicitudes presentadas
En 2017 y 2018, la Comisión recibió 13 solicitudes de los 10 Estados miembros siguientes: Bélgica, Alemania, Grecia, España, Francia, Italia, Países Bajos, Portugal, Finlandia y Suecia. Todos ellos habían solicitado financiación al FEAG también en años anteriores. En el cuadro 1 se ofrece información detallada sobre estas solicitudes.
Cuadro 1: Solicitudes presentadas en 2017 y 2018
2.1.1. Solicitudes presentadas desglosadas por causa del despido y criterio de intervención
Las solicitudes de 2017 y 2018 estaban amparadas por el Reglamento (UE) n.º 1309/2013, que se aplica a los despidos provocados por:
vImportantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización.
Se presentaron nueve solicitudes con arreglo al criterio referente al comercio, una de las cuales estaba justificada por concurrir circunstancias excepcionales y otra se refería a un mercado de trabajo pequeño 4 .
vLos efectos de la crisis económica y financiera mundial.
Se presentaron cuatro solicitudes debidas a las repercusiones de la crisis económica y financiera mundial, de las que una estaba justificada por la concurrencia de circunstancias excepcionales 5 .
2.1.2. Solicitudes presentadas desglosadas por sector (NACE Rev. 2) 6
Las trece solicitudes presentadas y aprobadas estaban relacionadas con despidos producidos en once sectores diferentes:
1) extracción de antracita, hulla y lignito, 2) fabricación de productos de caucho y plásticos, 3) fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos, 4) maquinaria y equipo, 5) transporte aéreo, 6) edición, 7) programación y consultoría, 8) servicios financieros, 9) actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas, 10) prendas de vestir (dos solicitudes) y 11) comercio al por menor (dos solicitudes).
Por primera vez desde la creación del FEAG, se presentaron solicitudes para los siguientes sectores: extracción de antracita, hulla y lignito, fabricación de productos de caucho y plásticos, y servicios financieros.
El mayor número de trabajadores destinatarios pertenecía al sector de maquinaria y equipo (2 285), seguido del sector del comercio al por menor (2 225) y del transporte aéreo (1 858).
Gráfico 1: Número de trabajadores destinatarios por sector (NACE Rev. 2) en 2017-2018
2.1.3. Solicitudes presentadas desglosadas por número de beneficiarios previstos por Estado miembro
El número total de beneficiarios (trabajadores y ninis) destinatarios de ayudas del FEAG fue de 14 051. El número de beneficiarios previstos por solicitud osciló entre 303 y 2 585, con seis solicitudes dirigidas a, como mínimo, 1 000 beneficiarios y tres solicitudes dirigidas a menos de 500 beneficiarios 7 (véase el cuadro 1).El promedio de trabajadores destinatarios de ayuda por solicitud fue de 1 081.
De los 14 051 beneficiarios previstos, 12 896 eran trabajadores despedidos y 1 155 eran ninis. El país que solicitó ayuda al FEAG para el mayor número de trabajadores fue Finlandia (2 500), seguido de Bélgica (2 285) y de Francia (1 858). Las tres solicitudes en las que la ayuda también estaba dirigida a los ninis fueron presentadas por Bélgica (300 ninis), España (125 ninis) y Portugal (730 ninis).
Gráfico 2: Número de beneficiarios previstos por Estado miembro en 2017-2018
El número de solicitudes presentadas se indica entre paréntesis.
Número total de beneficiarios previstos: 14 051
Promedio de beneficiarios previstos : 1 405
Las trece solicitudes presentadas durante el período de referencia se referían a 16 133 despidos, de los cuales 12 896, que representaban el 80 %, fueron objeto de las medidas propuestas para su cofinanciación mediante el FEAG.
Cabe señalar que el número de trabajadores afectados por un despido y el número de beneficiarios previstos de la ayuda del FEAG pueden variar porque el Estado miembro puede decidir centrarse únicamente en determinados grupos de personas, como los trabajadores más vulnerables, aquellos que se enfrentan a dificultades excepcionales para poder permanecer en el mercado laboral o los más necesitados de ayuda. El apoyo disponible normalmente para los trabajadores despedidos en los Estados miembros puede, en algunos casos, ser suficiente para favorecer una rápida reinserción laboral de los trabajadores, o puede que estos, en algunos casos, opten por la jubilación anticipada.
2.1.4. Solicitudes presentadas desglosadas por importe solicitado
Cada Estado miembro que solicita ayuda del FEAG debe diseñar un paquete coordinado de medidas adaptadas lo mejor posible a los perfiles de los beneficiarios previstos y decidir el importe de la ayuda que pretende solicitar. El Reglamento (UE) n.º 1309/2013 establece el porcentaje máximo de cofinanciación del FEAG en el 60 %.
El importe total de las solicitudes presentadas por 10 Estados miembros al FEAG ascendió a 41 006 837 EUR. Francia fue el país que solicitó el mayor importe (9 894 483 EUR en una solicitud), seguido de Finlandia (6 019 440 EUR en dos solicitudes) y Grecia (5 257 650 EUR en dos solicitudes). El importe de las contribuciones solicitadas al FEAG osciló entre 720 000 EUR y 9 894 483 EUR, con un promedio de 3 154 372 EUR por solicitud y 4 100 684 EUR por Estado miembro.
Gráfico 3: Importes totales solicitados al FEAG (en EUR) por Estado miembro en 2017-2018
El número de solicitudes presentadas se indica entre paréntesis.
Importe total solicitado al FEAG: 41 006 837 EUR
Importe total solicitado al FEAG: 4 100 684 EUR
2.1.5. Solicitudes presentadas desglosadas por importe solicitado por beneficiario
El Reglamento (UE) n.º 1309/2013 no establece un importe máximo de solicitud. Por consiguiente, el importe solicitado por beneficiario previsto puede variar en función de la situación del mercado laboral afectado, las circunstancias personales de los beneficiarios destinatarios, las medidas ya adoptadas por el Estado miembro y el coste de la prestación de los servicios en el Estado miembro en cuestión. Esto explica por qué las cantidades propuestas de ayuda del FEAG por beneficiario en 2017 y 2018 oscilaron entre 1 666 EUR y 5 325 EUR, con un promedio de 2 918 EUR por beneficiario previsto (véase el cuadro 1). El país que solicitó el mayor importe medio de ayuda por beneficiario fue Francia (5 325 EUR), seguido de Grecia (4 124 EUR) y Alemania (3 352 EUR).
Gráfico 4: Importe de ayuda del FEAG (en EUR) solicitado por beneficiario y por Estado miembro
en 2017-2018
El número de solicitudes presentadas se indica entre paréntesis.
Importe medio solicitado al FEAG por beneficiario: 2 918 EUR
2.2. Decisiones adoptadas y contribuciones concedidas
El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron siete decisiones para movilizar fondos del FEAG en 2017 y otras ocho en 2018. En todos los casos, el porcentaje de cofinanciación fue del 60 %. En los cuadros 2 y 3 se ofrece información detallada sobre la financiación concedida en 2017 y 2018. Estos dos cuadros incluyen también dos solicitudes presentadas antes del 1 de enero de 2017, pero aprobadas en 2017, por lo que abarcan un conjunto de intervenciones diferente del cuadro 1, en el que figuran las solicitudes presentadas en 2017 y 2018.
Las 15 contribuciones concedidas estaban dirigidas a 15 672 beneficiarios (de los que 1 155 eran jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación 8 ) de 10 Estados miembros, con un importe total de 45 467 387 EUR de cofinanciación con cargo al FEAG y una media de 2 901 EUR por beneficiario previsto. De los 14 517 trabajadores destinatarios (que representan el 80 % de los trabajadores despedidos), el 57 % eran hombres, el 69 % tenía entre 25 y 54 años y el 98 % eran ciudadanos de la UE.
Cuadro 2: Información detallada sobre las contribuciones concedidas en 2017 y 2018
(fecha de la firma de la Autoridad Presupuestaria en 2017 y 2018)
Cuadro 3: Información detallada sobre las contribuciones concedidas en 2017 y 2018
Perfil de los trabajadores beneficiarios (excluidos los ninis*)
Gráfico 5: Perfil de los trabajadores beneficiarios por sexo
Gráfico 6: Perfil de los trabajadores beneficiarios por ciudadanía
Gráfico 7: Perfil de los trabajadores beneficiarios por edad
2.2.1. Acciones financiadas con la ayuda del FEAG
En virtud del artículo 7 del Reglamento (UE) n.º 1309/2013, se podrá conceder una contribución financiera del FEAG para aquellas medidas activas de empleo que formen parte de un paquete coordinado de servicios personalizados y que hayan sido diseñadas para facilitar la reinserción en un puesto de trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena de los beneficiarios previstos y, en especial, de las personas desempleadas desfavorecidas, mayores y jóvenes. Las medidas aprobadas para las quince contribuciones del FEAG concedidas consistieron principalmente en lo siguiente:
·ayuda intensiva y personalizada para la búsqueda de empleo;
·diversos programas de formación profesional, medidas de reconversión profesional y mejora de las cualificaciones; formación en competencias no técnicas y horizontales y programas de educación superior;
·asesoramiento y tutorías dirigidas a la reinserción laboral y tutorías durante la fase inicial en el nuevo empleo;
·fomento del espíritu empresarial y contribución a la creación de empresas;
·incentivos puntuales para un redespliegue rápido e incentivos a la contratación; y
·diversas asignaciones (búsqueda de empleo, formación) y contribuciones (desplazamiento, cuidadores de personas dependientes).
En el diseño de sus paquetes de apoyo, los Estados miembros han tenido en cuenta los antecedentes, la experiencia, los niveles educativos y la capacidad de movilidad de cada beneficiario por separado, así como las oportunidades de empleo existentes o previstas en las regiones afectadas.
2.2.2. Complementariedad con las acciones financiadas por el Fondo Social Europeo (FSE)
La finalidad del FEAG es aumentar la empleabilidad y garantizar la rápida reinserción laboral de los beneficiarios previstos mediante medidas activas del mercado laboral, complementando así el FSE, que es el principal instrumento de fomento del empleo de la UE.
Generalmente, la complementariedad de ambos Fondos consiste en su capacidad de abordar estas cuestiones desde dos perspectivas temporales distintas: el FEAG se ocupa de los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia que pierden su empleo como consecuencia de un despido masivo específico de gran escala producido en un corto período de tiempo, ofreciendo ayuda europea concreta en situaciones de crisis, mientras que el FSE apoya —de manera preventiva— objetivos estratégicos a largo plazo (por ejemplo, el aumento del capital humano y la gestión del cambio) a través de programas plurianuales, cuyos recursos normalmente no pueden asignarse (sin modificar el programa operativo) para hacer frente a situaciones de crisis provocadas por despidos masivos inesperados.
El FEAG ofrece una oportunidad para garantizar medidas personalizadas adaptadas a las necesidades de los trabajadores individuales despedidos, mientras que la ayuda del FSE suele ser más generalizada y está destinada a la población en general (tanto personas empleadas como desempleadas). Asimismo, el FSE se centra más en apoyar tanto la demanda como la oferta de mano de obra (las capacidades, las necesidades y las aspiraciones de los beneficiarios) de manera integrada, mientras que tradicionalmente el FEAG está más orientado a la oferta.
Las medidas del FEAG y del FSE son utilizadas a veces por los Estados miembros para complementarse entre sí y aportar soluciones tanto a corto como a largo plazo. El criterio decisivo es el potencial de los instrumentos disponibles para ayudar a los beneficiarios previstos, y corresponde a los Estados miembros seleccionar —y programar— las acciones y los instrumentos más adecuados para alcanzar los objetivos perseguidos.
El contenido del «paquete coordinado de servicios personalizados» que vaya a cofinanciar el FEAG debe constar de servicios específicos personalizados y ayudas a medida, que van mucho más allá de los cursos y las actuaciones habituales. La práctica ha demostrado que, con la contribución del FEAG, los Estados miembros pueden ofrecer a los beneficiarios previstos una ayuda más personalizada y en profundidad, por ejemplo, con medidas a las que dichos beneficiarios no tendrían acceso de otro modo (como la enseñanza secundaria o terciaria).
El FEAG permite a los Estados miembros prestar especial atención a las personas vulnerables, por ejemplo las menos cualificadas o las de origen inmigrante, y ayudarlas aumentando la proporción entre asesores y beneficiarios y/o hacerlo durante un período de tiempo más largo. Gracias a ello, aumentan las perspectivas de los beneficiarios de mejorar su situación.
Tal como dispone el artículo 9, apartado 5, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013, todos los Estados miembros deben establecer los mecanismos necesarios para evitar el riesgo de doble financiación con cargo a los instrumentos financieros de la UE. En la mayoría de los Estados miembros, la autoridad de gestión del FSE también es responsable de la ejecución de las intervenciones del FEAG. Brinda la posibilidad a los Estados miembros de buscar complementariedades entre las diferentes intervenciones. Para las intervenciones, el FEAG suele apoyarse en las medidas existentes, ya sean nacionales o del FSE, complementándolas u ofreciendo medidas adicionales diferentes. En la evaluación intermedia 9 se concluyó que el FEAG creó un verdadero valor añadido para la UE al aumentar el número y la variedad de servicios ofrecidos a los trabajadores despedidos, así como su intensidad.
En consonancia con el principio de subsidiariedad, la combinación de las medidas del FEAG diseñadas a escala de los Estados miembros es en gran parte complementaria a las disposiciones generales del FSE para apoyar las transiciones de vuelta al empleo. La decisión sobre si se aprueba la financiación del FSE o del FEAG se adopta a escala de los Estados miembros, siempre que el programa operativo del FSE acordado con la Comisión sea compatible con dicha ayuda. Corresponde al Estado miembro gestionar la complementariedad entre el FSE y el FEAG de la mejor manera posible dadas las condiciones locales existentes en ese momento.
2.3. Solicitudes que no cumplen las condiciones para la concesión de una contribución financiera del FEAG
Ni la Comisión ni el Parlamento Europeo y el Consejo han denegado solicitudes presentadas por los Estados miembros ni las han reconsiderado a la baja en relación con la financiación propuesta por no cumplir los criterios de admisibilidad o por falta de créditos suficientes.
2.4. Logros del FEAG
Las principales fuentes de información sobre los logros del FEAG son los informes finales presentados por los Estados miembros transcurridos seis meses del final de la ejecución. Dichos informes se complementan con información facilitada por los Estados miembros en el marco de contactos directos con la Comisión, durante reuniones y conferencias y mediante trabajos de auditoría.Los principales resultados y datos notificados por los Estados miembros en 2017 y 2018 se resumen en la presente sección y en el cuadro 4.
Cuadro 4: Informes finales recibidos en 2017 y 2018
* La situación laboral de los beneficiarios que se expone en este cuadro refleja, en principio, la situación al término del período de ejecución.
** El término «inactivos» se refiere a personas que ya no están disponibles para el mercado laboral por diferentes razones personales, como por ejemplo, por estar jubiladas.
* La situación laboral de los beneficiarios que se expone en este cuadro refleja, en principio, la situación al término del período de ejecución.
** El término «inactivos» se refiere a personas que ya no están disponibles para el mercado laboral por diferentes razones personales, como por ejemplo, por estar jubiladas.
* La situación laboral de los beneficiarios que se expone en este cuadro refleja, en principio, la situación al término del período de ejecución.
** El término «inactivos» se refiere a personas que ya no están disponibles para el mercado laboral por diferentes razones personales, como por ejemplo, por estar jubiladas.
2.4.1. Resumen de los resultados comunicados en 2017 y 2018
En 2017 y 2018, la Comisión recibió 23 informes finales de intervenciones cofinanciadas por el FEAG ejecutadas por 8 Estados miembros entre noviembre de 2013 y marzo de 2018 (véase el cuadro 4). Estos informes pusieron de manifiesto que 12 723 trabajadores (el 60 % de los trabajadores que habían recibido ayuda) y 288 ninis, es decir, el 56 % de los 23 030 beneficiarios del FEAG, habían encontrado un nuevo puesto de trabajo al término del período de ejecución del FEAG (12 561 como trabajadores por cuenta ajena, 450 como trabajadores por cuenta propia). Aproximadamente el 2 % de los beneficiarios seguían realizando algún tipo de estudios o formación, el 38 % estaban desempleados o inactivos por diversas razones y en el caso del 3 % de los beneficiarios, no se conocía su situación laboral.
Veintiuna de las veintitrés intervenciones para las que se han presentado los informes finales en el período de referencia fueron objeto de la evaluación intermedia y han sido analizadas en una fase temprana de su ejecución 10 .
Los informes finales de los Estados miembros confirmaron que el FEAG aporta un valor añadido con respecto a lo que los Estados miembros hubieran podido hacer de otro modo para ayudar a los beneficiarios previstos a encontrar un nuevo empleo y a reinsertarse en el mercado laboral. El FEAG permite a los Estados miembros aumentar el número, la variedad y la intensidad de los servicios ofrecidos a un mayor número de beneficiarios previstos y durante un mayor período de tiempo en relación con lo que sería posible sin la financiación del FEAG.
2.4.2. Índice de reinserción laboral de los beneficiarios asistidos por Estado miembro
Sobre la base de los informes finales recibidos en 2017 y 2018, los índices de reinserción de los beneficiarios asistidos por Estado miembro oscilan entre el 79 % (en Suecia) y el 28 % (en Grecia).
Los resultados en términos de reinserción laboral se ven influenciados por la capacidad de absorción de los mercados de trabajo a escala local y regional como consecuencia directa de la crisis económica y financiera y mundial. Por lo tanto, el índice de reinserción puede variar considerablemente dependiendo del sector económico y de la zona de que se trate. Por otra parte, el índice de reinserción se registra al final del período de ejecución y, en consecuencia, ofrece una instantánea de la situación de empleo de los beneficiarios en el momento de la recogida de los datos. De acuerdo con la información proporcionada por varios Estados miembros, los índices de reinserción tienden a aumentar en los meses siguientes a la finalización de las medidas y todavía más a medio plazo.
La capacidad institucional de los Estados miembros y su experiencia en la prestación de ayuda en situaciones de reestructuración son clave para el éxito del FEAG. Otro factor crucial es el grado en que los beneficiarios o sus representantes se implican desde el primer momento en el diseño y la ejecución de la ayuda del FEAG. Merece la pena destacar que los trabajadores que se benefician de medidas cofinanciadas por el FEAG suelen encontrarse entre los que más problemas tienen en el mercado laboral. Por lo tanto, un porcentaje medio del 60 % de trabajadores asistidos reinsertados al final del período de ejecución, en comparación con el 47 % correspondiente al período de referencia anterior, es un resultado alentador. No obstante, debe reconocerse que la mejora general de la situación económica en los Estados miembros facilita la reinserción de los trabajadores en el mercado laboral.
Gráfico 8: Índice de reinserción laboral de los beneficiarios asistidos por Estado miembro
El número de intervenciones del FEAG se indica entre paréntesis.
2.4.3. Evaluación cualitativa de los informes finales presentados en 2017 y 2018
Los paquetes de ayuda proporcionados por los ocho Estados miembros a los beneficiarios de la ayuda contemplan una amplia serie de medidas personalizadas de búsqueda de empleo, recolocación y reconversión profesional. Los importes más elevados se gastaron en tres categorías:
·Asistencia individual en la búsqueda de empleo, gestión de casos y servicios de información general: 30,9 millones EUR (el 44 % del total de los servicios personalizados)
·Formación y reciclaje: 26,3 millones EUR (el 38 % del total de los servicios personalizados)
·Asignaciones para búsqueda de empleo 11 : 4,4 millones EUR (el 6 % del total de los servicios personalizados)
Los programas de cualificación y formación se adaptaron a las necesidades y a los deseos de los beneficiarios de la ayuda, tomando en consideración, en la mayor medida posible, los requisitos de los mercados laborales de escala local o regional y los sectores con potencialidad de creación de empleo.
La contribución del FEAG ayuda a los beneficiarios (trabajadores despedidos o ninis) a elevar su autoestima, no solo mediante una intensa labor de orientación, sino también a través de medidas personalizadas de formación. A menudo el FEAG permite a los beneficiarios participar en estas medidas, ofreciendo asistencia en forma, por ejemplo, de subsidios de movilidad, o de atención infantil.
En términos de eficacia y eficiencia operativa, las intervenciones del FEAG en Finlandia (Rauma, Broadcom, Computer programming, Microsoft) pueden considerarse ejemplos de buenas prácticas que han resultado muy exitosos. Al término del período de ejecución, el 84 % de los trabajadores había encontrado un nuevo empleo. El número de trabajadores a los que se prestó ayuda fue incluso superior al de los beneficiarios previstos en las solicitudes. La tasa de absorción 12 resultó también considerablemente elevada: se utilizó en torno al 80 % de los fondos del FEAG. Entre los elementos clave que desempeñaron un papel importante para lograr estos buenos resultados cabe citar: 1) una amplia consulta para la preparación y la ejecución de las medidas del FEAG, en la que se incluyó a los representantes de los trabajadores despedidos, los sindicatos, los empresarios, las autoridades regionales y nacionales y el gobierno local; 2) la red regional de oficinas de empleo y oficinas de desarrollo regional, que cuenta con una amplia experiencia y que, junto con el Ministerio de Economía y Empleo, es muy eficiente a la hora de identificar a los beneficiarios, planificar y aplicar las medidas del FEAG; 3) proveedores de servicios con experiencia en el FEAG; 4) reacción muy rápida a los despidos.
Las dos intervenciones irlandesas (Lufthansa Technik, PWA International) pueden considerarse ejemplos de buenas prácticas que han tenido éxito. Al final del período de ejecución, el 73 % y el 79 % (respectivamente) de los trabajadores a los que se prestó ayuda encontraron empleo, y un año después, fueron incluso más los que se reinsertaron en el mercado laboral, por lo que el índice de reinserción se incrementó hasta el 83 %. La tasa de absorción fue elevada: el 71 % en el primer caso y el 100 % en el segundo. Algunas de las razones fundamentales que explican estos buenos resultados fueron las siguientes: 1) el rápido inicio de la aplicación de las medidas con financiación nacional propia, antes de la movilización de fondos de la Unión; 2) medidas adaptadas a las necesidades de los trabajadores despedidos, diseñadas a partir de un cuestionario y de una encuesta sobre las preferencias de los trabajadores; 3) la creación de una unidad nacional de coordinación del FEAG, situada cerca de los trabajadores despedidos, con el fin de facilitar la relación; 4) flexibilidad para elegir una formación específica, programas de enseñanza secundaria y terciaria.
Francia ofreció un ejemplo de complementariedad cuando, una vez finalizada la intervención del FEAG, las autoridades nacionales decidieron prolongar doce meses la ayuda a los antiguos trabajadores de MoryGlobal que seguían en una situación de desempleo.
La red creada por las instituciones italianas y los interlocutores sociales, los organismos de ejecución y los centros de empleo con motivo del caso Alitalia probablemente seguirá evolucionando para hacer frente a futuras reestructuraciones.
El caso de Volvo Trucks en Suecia es un ejemplo de buenas prácticas de la ayuda brindada por el FEAG a todos los trabajadores despedidos, incluidos los trabajadores temporales, que habrían sido excluidos de la programación nacional. Reaccionar de manera rápida y oportuna a los despidos constituyó una prioridad esencial y permitió lograr un alto índice de reinserción (84 %). Se produjo una buena colaboración entre las diferentes partes interesadas.Las medidas del mercado laboral nacional y el FSE se complementaron claramente. Suecia reasignó el presupuesto entre las medidas para adaptarse a la evolución de las necesidades durante el período de ejecución, lo que optimizó el uso de los fondos disponibles.
El caso de Ford Genk, en Bélgica, es un ejemplo de intervención del FEAG que forma parte de un marco político más amplio destinado a minimizar las consecuencias de los despidos masivos en una región. Tras el cierre de la fábrica de Ford, se elaboró un plan de acción estratégico para la región de Limburgo denominado «SALK» («Strategisch Actieplan voor Limburg in het Kwadraat»). El FEAG hizo frente a las consecuencias a corto plazo (impacto en el empleo) de las amplias repercusiones que tuvo este cierre. Las acciones a largo plazo centradas en la mejora de las condiciones para el crecimiento económico han recibido financiación nacional. Las enseñanzas extraídas de este enfoque general se están intercambiando con otras regiones de Bélgica, que también están analizando otros paquetes similares de ayuda integral.
Las intervenciones del FEAG en Alemania han apoyado la innovación en el ámbito del compromiso de los empresarios. La prestación de servicios especializados (exploradores de puestos de trabajo) a los empleadores se ha integrado en la ayuda del FEAG. Estos servicios han resultado muy eficaces a la hora de localizar vacantes y han reducido considerablemente el coste por beneficiario en la intervención del FEAG de Aleo Solar. En la intervención de Adam Opel, las sesiones en formato de «cita rápida», que reúnen, de un modo informal, a solicitantes de empleo y a empleadores en cuyas empresas hay puestos disponibles, dieron extraordinarios resultados, y no habría sido posible llevarlas a cabo con mecanismos de financiación nacionales.
En las intervenciones ejecutadas en Bélgica (Hainaut Namur Glass, Hainaut Machinery), Grecia (Sprider Stores, Odyssefs Fokas, Supermarket Larissa) e Irlanda (Lufthansa Technik, PWA International) se dio prioridad a los jóvenes sin estudios, trabajo ni formaciónpara participar en las medidas del FEAG junto con los trabajadores despedidos. Las pruebas disponibles ilustran que, especialmente en Irlanda y en Grecia, la ayuda ofrecida ha sido aprovechada en gran medida por los jóvenes a los que iba destinada, una ayuda que no habrían recibido a través de los principales servicios nacionales. No obstante, uno de los principales retos para prestar ayuda a los ninis fue lograr su implicación y activación a través de diferentes actividades de comunicación y divulgación, lo cual supuso un esfuerzo considerable de tiempo y recursos.
2.5. Ejecución financiera
2.5.1. Fondos aportados por el FEAG
En 2017 y 2018, la Autoridad Presupuestaria aprobó quince contribuciones del FEAG por un importe total de 45 467 387 13 EUR (véase el cuadro 2), de los que 17 778 774 EUR se movilizaron en 2017 y 27 688 613 EUR en 2018.
Para el período 2014-2020, el límite financiero máximo anual del FEAG será de 150 millones EUR (a precios de 2011) 14 . Esto significa que en 2017 se pusieron a disposición del FEAG créditos de compromiso por un importe de 168 924 000 EUR, y en 2018, de 172 302 000 EUR.
En términos de créditos de pago, se abonó la cantidad total de 45 467 387 EUR con arreglo a la línea presupuestaria del FEAG en 2017 y 2018. Los pagos de prefinanciación 15 ascendieron a 17 778 774 EUR en 2017 y a 27 688 613 EUR en 2018.
2.5.2. Gastos en concepto de asistencia técnica
De conformidad con el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013, puede destinarse a financiar la asistencia técnica hasta el 0,5 % de los recursos financieros del FEAG disponibles para el año (844 622 EUR en 2017 y 861 514 EUR en 2018), a iniciativa de la Comisión. Este importe puede utilizarse para financiar las actividades necesarias para la aplicación del Reglamento, como la preparación, el seguimiento, la recogida de datos y la creación de una base de conocimientos, el soporte técnico y administrativo, actividades de información y comunicación, así como actividades de auditoría, control y evaluación.
La Autoridad Presupuestaria liberó 310 000 EUR y 345 000 EUR para 2017 y 2018 respectivamente en concepto de asistencia técnica para financiar las actividades mencionadas.
Cuadro 5.1.: Gastos en concepto de asistencia técnica en 2017
Cuadro 5.2.: Gastos en concepto de asistencia técnica en 2018
2.5.3. Irregularidades comunicadas
No se comunicó ninguna irregularidad a la Comisión ni con arreglo al Reglamento (CE) n.º 1927/2006 16 ni al Reglamento (UE) n.º 1309/2013 en 2017 ni en 2018.
2.5.4. Liquidación de las contribuciones financieras del FEAG
Los procedimientos de liquidación de las contribuciones financieras del FEAG se establecen en el artículo 18 del Reglamento (UE) n.º 1309/2013.Veintinueve intervenciones, ejecutadas entre 2011 y 2018, se liquidaron en 2017 y 2018. En el cuadro 6 se ofrece información detallada sobre estas intervenciones.
Se considera que una intervención del FEAG ha sido liquidada cuando se ha enviado a la Comisión el informe final con toda la información exigida, se han abonado todos los reembolsos pendientes y ni el Estado miembro ni la Comisión deben tomar ninguna otra medida al respecto, aparte de la obligación de conservar todos los justificantes durante tres años más para ponerlos a disposición de la Comisión o del Tribunal Europeo de Cuentas [conforme al artículo 21, apartado 5, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013] en caso de que estas instituciones los soliciten.
La tasa media de absorción 17 de las intervenciones liquidadas fue del 68,2 %, y osciló entre el 1,66 % 18 y el 100 %. La cantidad total de los fondos no gastados y reembolsados a la Comisión fue de 36 671 426 EUR, lo que representa un 31,8 % de las contribuciones del FEAG concedidas a estas veintinueve intervenciones. Este porcentaje de recuperación representa una evolución positiva en relación con las conclusiones de la evaluación ex post del FEAG 2007-2013 19 , que puso de manifiesto que, por término medio, los Estados miembros no utilizaron el 45 % de los fondos asignados.
Son varios los motivos por los que los Estados miembros no utilizaron la totalidad de los importes concedidos. Si bien se insta a los Estados miembros a que realicen estimaciones presupuestarias realistas del paquete de coordinación de los servicios personalizados, a veces la planificación no se hace de forma precisa ni con conocimiento de causa. Además, tienden a aplicar un elevado margen de seguridad a sus cálculos iniciales. En la fase de planificación, se suele sobrestimar asimismo el número de trabajadores dispuestos a participar en las medidas propuestas. Algunos trabajadores han optado por medidas más económicas en lugar de otras más caras, o por medidas a más corto plazo en lugar de a largo plazo, o han encontrado un nuevo empleo antes de lo previsto inicialmente. El gasto inferior al previsto se ha debido también a retrasos en la puesta en marcha de las medidas, o a que no se ha aprovechado suficientemente la flexibilidad que permite reasignar fondos entre las distintas partidas del presupuesto al aplicar el paquete de servicios personalizados.
La Comisión continúa ofreciendo orientación a los Estados miembros para animarlos a realizar una gestión óptima de los fondos y a mejorar la tasa de ejecución, ya en el momento de la solicitud.
Se espera que la experiencia permita mejorar la presupuestación de las medidas y las previsiones de participación de los trabajadores durante el período de veinticuatro meses. Asimismo, la Comisión aprecia mejoras en el momento de la llegada de la financiación del FEAG a la zona afectada, las capacidades de las distintas estructuras de coordinación y ejecución y la calidad de la comunicación entre los niveles nacionales y regionales o locales. Los Estados miembros están haciendo un mejor uso de la posibilidad de revisar sus presupuestos y de redistribuir los gastos, incluidos los gastos de ejecución, entre las distintas medidas.
Cuadro 6: Intervenciones liquidadas en 2017 y 2018
2.6. Actividades de asistencia técnica realizadas por la Comisión
2.6.1. Información y publicidad: sitio web
El artículo 12, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013 establece que la Comisión debe crear, mantener y actualizar un sitio web, accesible en todas las lenguas de la UE, para facilitar información sobre el FEAG, orientaciones para la presentación de las solicitudes e información actualizada sobre las solicitudes admitidas y las denegadas, así como sobre la función de la Autoridad Presupuestaria.
En 2017 y 2018, el sitio web de la Comisión relativo al FEAG 20 se actualizó periódicamente con informaciones de interés.
2.6.2. Reuniones con las autoridades nacionales y las partes interesadas en el FEAG
Las reuniones décima novena, vigésima, vigésima primera y vigésima segunda de las personas de contacto del FEAG, que son los corresponsales de los Estados miembros para el FEAG, se celebraron en marzo y en octubre de 2017 y en marzo y octubre de 2018. Una parte de cada una de estas reuniones se dedicó a las solicitudes en curso y previstas del FEAG, al sistema de gestión de fondos en la Unión Europea (SFC2014), a la evaluación intermedia del FEAG para el período 2014-2020, a asuntos jurídicos y de auditoría, al Reglamento Ómnibus y a la propuesta de la Comisión para la creación del Reglamentodespués de 2020, así como a una serie de otros asuntos pertinentes.
Además, en enero de 2018 se organizó un grupo de trabajo extraordinario de las personas de contacto del FEAG, con el fin de debatir los posibles escenarios para el FEAG después de 2020.
En 2017 y 2018 se organizaron cuatro seminarios dedicados a la creación de redes en relación con el FEAG, en los que se trataron los siguientes temas:
·El papel y la representación de los beneficiarios en el diseño y la ejecución de las intervenciones del FEAG.
·El FEAG en Finlandia: experiencia en apoyo al crecimiento de las empresas.
·Sinergias y complementariedad entre el FEAG y otros fondos de la UE.
·¿De qué modo puede contribuir el FEAG al pilar europeo de derechos sociales?
Además, los seminarios se complementaron con visitas a diferentes proyectos, que brindaron oportunidades para intercambiar experiencias entre iguales y para reunirse con los beneficiarios. Los cuatro seminarios contaron con la asistencia de representantes de los Estados miembros, de las partes interesadas y de los organismos responsables de la ejecución del FEAG.
2.6.3. Sistema de intercambio electrónico de datos (SFC2014)
En 2014, la Comisión se propuso simplificar los procedimientos en mayor medida mediante la inclusión del FEAG en el sistema informático de intercambio de datos con los Estados miembros, el sistema de gestión de fondos en la Unión Europea (SFC2014). Desde abril de 2015, los Estados miembros presentan las solicitudes al FEAG en línea a través de un proceso de solicitud guiado, y desde agosto de 2016 también presentan los informes finales del FEAG a través del SFC2014. Desde que se utiliza el sistema de gestión de fondos en la Unión Europea para el FEAG, la presentación de las solicitudes se realiza de forma más correcta y completa, dado que la plataforma ofrece a los Estados miembros la oportunidad de compartir datos con la Comisión antes de la presentación oficial de las solicitudes, facilita la recogida y el procesamiento de los datos y agiliza la presentación de los resultados sobre el FEAG. La solicitud de la ayuda del FEAG a través del sistema de gestión de fondos en la Unión Europea ha contribuido a reducir el plazo de tiempo transcurrido entre el momento en que los Estados miembros presentan la solicitud y el momento en que el Parlamento Europeo y el Consejo adoptan la propuesta presentada por la Comisión.
Otras mejoras en el sistema de gestión de fondos en la Unión Europea en 2017 y 2018 incluían el almacenamiento de todos los datos del FEAG en una unidad central, la traducción del módulo de informe final del FEAG a todas las lenguas oficiales de la Unión Europea, el desarrollo de un módulo de notificación para la situación profesional doce meses después de la presentación del informe final y la posibilidad de que la Comisión elabore un informe con los resultados relativos al empleo utilizando la herramienta de presentación de informes llamada LaunchPad.
2.6.4. Evaluación intermedia del FEAG 21 2014-2020
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) n.º 1309/2013, la Comisión llevó a cabo, por propia iniciativa, una evaluación intermedia del FEAG. El objetivo de la evaluación era examinar la eficacia, la sostenibilidad, la eficiencia, la coherencia, la pertinencia y el valor añadido de la UE del FEAG. La evaluación intermedia se presenta en forma de documento de trabajo de los servicios de la Comisión 22 basado en un estudio de evaluación del contratista externo 23 realizado en 2016 con cargo al presupuesto de asistencia técnica. Los resultados y las recomendaciones de los evaluadores se presentaron a las partes interesadas del FEAG durante la reunión de las personas de contacto celebrada en Tallin el 19 de octubre de 2017. El informe final presenta información cualitativa y cuantitativa variada.
Los principales resultados de la evaluación intermedia se resumieron en el informe de la Comisión 24 y se incorporaron a la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización publicada el 30 de mayo de 2018 25 .
En la evaluación intermedia de la Comisión se concluyó que el FEAG creó un verdadero valor añadido de la UE al aumentar el número y la variedad de servicios ofrecidos a los trabajadores despedidos, así como su intensidad. La ayuda ofrecida contribuyó a aumentar la autoestima de los beneficiarios, que después adoptaron un enfoque más proactivo en la búsqueda de empleo. El FEAG también demostró ser eficaz. En comparación con el período de financiación anterior, el índice de reinserción de los trabajadores despedidos en el mercado laboral experimentó una mejoría, pasando del 49 % al 56 %.
Según la evaluación intermedia, es necesario seguir realizando mejoras en relación con la duración del proceso de toma de decisiones y con la documentación que debe presentarse con la solicitud. Los términos «globalización» y «crisis económica» no están claramente definidos, y los Estados miembros suelen tener dudas sobre cómo justificar una solicitud. La globalización está evolucionando de tal modo que resulta difícil identificar cuál es el factor específico que provoca una reestructuración, por lo que la evaluación plantea la cuestión de si la movilización de la ayuda del FEAG debería depender de la causa de los despidos. Teniendo en cuenta que muchos empleos se pierden debido a otros factores como el cambio tecnológico, ampliar el ámbito de aplicación también podría resultar más inclusivo.
3. Desarrollo de políticas del FEAG
3.1. Modificación del Reglamento (UE) n.º 1309/2013 en el marco del Reglamento (UE) 2018/1046 26
En el contexto de una modificación más amplia de las normas financieras de la UE, el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012, también se revisaron algunas disposiciones del Reglamento del FEAG (UE) 1309/2013.
El Reglamento del FEAG original establecía una excepción para apoyar a los ninis hasta finales de 2017. El Reglamento del FEAG modificado 27 mantiene la ayuda a los ninis hasta finales de 2020 en aquellas regiones en las que la tasa de desempleo juvenil es superior al 20 %. También prevé un amplio apoyo a las regiones afectadas por un gran número de despidos y donde las pequeñas y medianas empresas son el principal o el único tipo de empresas.
3.2. Propuesta legislativa para el FEAG después de 2020 28
Sobre la base de los resultados de la evaluación intermedia del FEAG, la Comisión presentó una propuesta legislativa para el FEAG después de 2020, que estuvo precedida de una evaluación de impacto 29 . La Comisión realizó esta evaluación de impacto incluyendo todos los fondos pertinentes en el ámbito del empleo y los asuntos sociales. Estos fondos son esenciales para cumplir el pilar europeo de derechos sociales y las prioridades sociales y en materia de empleo respaldadas por el proceso de gobernanza económica europea:
üel Fondo Social Europeo (FSE);
üla Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ);
üel Fondo de Ayuda Europea para los Más Necesitados (FEAD);
üel Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG);
üel Programa de Salud de la UE; y
üel Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social (EaSI).
Teniendo en cuenta que los fondos se complementan entre sí en cuanto a que contribuyen a lograr el mismo objetivo estratégico, la evaluación de impacto los abarcaba a todos juntos o agrupados de acuerdo con sus propiedades concretas, según procediese.
La evaluación de impacto estudió la posibilidad de fusionar el FEAG con los otros fondos, pero a fin de garantizar su visibilidad, el estudio sugirió que el FEAG siguiese siendo un fondo independiente.
En su propuesta de Reglamento para después de 2020, la Comisión tuvo en consideración los principales resultados de la evaluación de impacto.
Dado el objetivo principal del FEAG, consistente en proporcionar rápidamente ayuda en situaciones de emergencia y en circunstancias imprevistas específicas, la Comisión propone que el fondo siga siendo un instrumento flexible y específico y que se mantenga al margen de los límites presupuestarios del marco financiero plurianual. Por tanto, el FEAG no cuenta con un presupuesto anual que se espera que se gaste, sino que dispone de un límite máximo de financiación anual que puede movilizarse en caso necesario. La Comisión propone que el importe máximo de movilización del FEAG para el período 2021-2027 sea de 1 578 millones EUR (a precios corrientes), con una media de 225 millones EUR (a precios corrientes) por año.
La propuesta de la Comisión contiene un importe máximo disponible para el FEAG para el período 2021-2027. No obstante, la Comisión sugiere que el Reglamento del FEAG sea de duración indefinida, no limitado a la duración del marco financiero plurianual. De este modo se simplificará el proceso legislativo y se permitirá cierta flexibilidad para alcanzar un acuerdo sobre el importe máximo para el futuro período de programación en función de las necesidades de unas condiciones del mercado laboral en constante evolución.
Con el fin de garantizar que el FEAG siga siendo adecuado para responder a los cambios en el mercado laboral y a los retos económicos, la Comisión propone las siguientes mejoras:
§Ampliar el ámbito de aplicación: trabajadores desplazados debido a reestructuraciones importantes e inesperadas, causadas no solo por retos relacionados con la globalización o por crisis financieras o económicas, sino también por la transición a una economía con bajas emisiones de carbono, la digitalización o la automatización.
§Reducir el umbral de trabajadores despedidos (de 500 a 250), con el fin de reflejar mejor el tamaño medio de las empresas actuales, ya que en numerosos Estados miembros la mayoría de los trabajadores son empleados de pequeñas y medianas empresas. El despido de 250 trabajadores ha tenido una repercusión importante en el mercado laboral en la mayoría de las regiones.
§Armonizar la tasa de cofinanciación del FEAG (que actualmente se sitúa en el 60 %) con la tasa de cofinanciación más alta del FSE+ para el Estado miembro correspondiente representará un incentivo para que los países soliciten financiación de un modo más eficaz.
§Acelerar el proceso de solicitud y el procedimiento de movilización, para reducir la carga administrativa que supone la justificación exhaustiva de las solicitudes que se les exige a los Estados miembros y acelerar el proceso de toma de decisiones.
Para poder analizar mejor la eficacia del FEAG, la Comisión propone ampliar el número de indicadores comunes de realizaciones y resultados con el fin de recopilar datos de seguimiento más detallados, especialmente en la categoría de trabajadores (antecedentes profesionales y educativos), su situación profesional y el tipo de empleo encontrado.
Incluidas dos solicitudes presentadas en 2016.
Comunicación: «Un presupuesto moderno para una Unión que proteja, empodere y vele por la seguridad», COM(2018) 321, disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=COM%3A2018%3A321%3AFIN
Creado en virtud del Reglamento (CE) n.º 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, modificado por el Reglamento (CE) n.º 546/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2006, y sujeto al Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/2006.
De conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG, es necesario que se despida a,como mínimo, 500 trabajadores durante un período de referencia de nueve meses en empresas que operen en el mismo sector económico definido en una división de la NACE Rev. 2 y estén situadas en una región o en dos regiones contiguas definidas en el nivel NUTS 2 de un Estado miembro. En el caso de dos de las solicitudes presentadas, se introdujeron excepciones a estos criterios. De conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento del FEAG, esta decisión estaba justificada debido a las circunstancias excepcionales que concurrían, así como por que la intervención tuvo lugar en un mercado de trabajo pequeño.
Véase la nota 4.
NACE Rev. 2: nomenclatura estadística de actividades económicas en la Comunidad Europea: https://ec.europa.eu/eurostat/web/products-manuals-and-guidelines/-/KS-RA-07-015
En dos de estas intervenciones la ayuda estaba destinada a todos los trabajadores despedidos, cuyo número fue, no obstante, inferior a 500, ya que las solicitudes se presentaron con arreglo al artículo 4, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013.
Las solicitudes no contienen información alguna sobre el perfil de los ninis, por lo que no pueden desglosarse por sexo, ciudadanía, edad o discapacidad.
Véase la sección 2.7.4 sobre la evaluación intermedia 2014-2020.
Véase la sección 2.7.4. sobre la evaluación intermedia 2014-2020.
El Reglamento (UE) n.º 1309/2013 ha establecido un límite máximo del 35 % del coste total de los servicios personalizados.
La tasa de absorción es el porcentaje de la contribución financiera del FEAG que el Estado miembro ha gastado en el período de veinticuatro meses especificado en la solicitud.
Este importe no incluye las decisiones referentes a la asistencia técnica realizadas a iniciativa de la Comisión Europea.
Artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020.
La contribución del FEAG se abona a los Estados miembros en un pago único en forma de 100 % de prefinanciación en un plazo de quince días desde la aprobación de la decisión de movilizar el FEAG por parte de la Autoridad Presupuestaria.
Se presentaron trece intervenciones del FEAG liquidadas en 2017 y 2018 con arreglo al Reglamento (CE) n.º 1927/2006.
Véase la definición de la nota a pie de página 12.
En el caso de Alitalia, una serie de trabajadores declinaron participar en la ayuda activa para la búsqueda de empleo, principalmente porque ya habían encontrado trabajo. En el caso de dos medidas, los organismos de ejecución no solicitaron ayuda del FEAG para el servicio prestado.
Disponible en el siguiente enlace: https://publications.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/8c4ba2de-ce2f-11e5-a4b5-01aa75ed71a1
Disponible en 24 lenguas de la UE en: https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=326&langId=es
La evaluación intermedia se refiere a veintinueve solicitudes financiadas de diez países recibidas en 2014 y 2015.
SWD(2018) 192 disponible en el siguiente enlace: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?qid=1562591970533&uri=CELEX:52018SC0192
Disponible en el siguiente enlace: https://publications.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/57273012-b7cb-11e8-99ee-01aa75ed71a1
COM(2018) 297 disponible en el siguiente enlace: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52018DC0297&qid=1538573624938&from=ES
COM(2018) 380 final disponible en el siguiente enlace: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=COM%3A2018%3A380%3AFIN )
Disponible en el siguiente enlace: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32018R1046
Véase la nota a pie de página 25, artículo 274 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
Véase la nota a pie de página 24.
SWD(2018) 289 disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/transparency/regdoc/rep/10102/2018/EN/SWD-2018-289-F1-EN-MAIN-PART-1.PDF
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 16.9.2019
COM(2019) 415 final
ANEXO
del
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización
en 2017 y 2018
ÍNDICE
1. Datos acumulativos del período de programación actual (de 1 de enero de 2014 a 31 de diciembre de 2018)
Gráfico 1: Número de solicitudes presentadas entre 2014 y 2018
Gráfico 2: Número de solicitudes desglosadas por sector* (NACE Rev. 2) entre 2014 y 2018
Gráfico 3: Número de trabajadores beneficiarios desglosados por sector (NACE Rev. 2), entre 2014 y 2018
Gráfico 4: Número de beneficiarios previstos por Estado miembro entre 2014 y 2018
Gráfico 5: Número de trabajadores despedidos, beneficiarios previstos y beneficiados* entre 2014 y 2018
Gráfico 6: Número de trabajadores despedidos, beneficiarios previstos y beneficiados* por Estado miembro
entre 2014 y 2018
Gráfico 7: Importes solicitados al FEAG (en EUR) por Estado miembro entre 2014 y 2018
Gráfico 8: Importe medio solicitado al FEAG (en EUR) por beneficiario y por Estado miembro entre 2014 y 2018
Cuadro 1: Informes finales presentados entre 2014 y 2018
2. Datos acumulativos entre 2007 y 2018
Cuadro 2: Solicitudes del FEAG presentadas hasta el 31 de diciembre de 2018 por Estado miembro y tipo de solicitud
(excluidas las solicitudes denegadas y las retiradas)
Gráfico 9: Número de solicitudes presentadas entre 2007 y 2018
Gráfico 10: Número de trabajadores para los que se solicita ayuda por Estado miembro entre 2007 y 2018
Gráfico 11: Importes solicitados al FEAG (en EUR) por Estado miembro entre 2007 y 2018
Gráfico 12: Importe medio solicitado al FEAG (en EUR) por beneficiario y por Estado miembro entre 2007 y 2018
Cuadro 3: Solicitudes del FEAG por sector presentadas hasta el 31 de diciembre de 2018
Gráfico 13: Número de solicitudes por sector (NACE Rev. 2) entre 2007 y 2018
Gráfico 14: Número de trabajadores destinatarios por sector (NACE Rev. 2), entre 2007 y 2018
1. Datos acumulativos del período de programación actual
(de 1 de enero de 2014 a 31 de diciembre de 2018)
Cada año se dispone de más datos para determinar las tendencias que registran las solicitudes y presentar una visión de conjunto del rumbo que toman las actividades del Fondo. Los datos que figuran en los siguientes gráficos y en el cuadro 1 corresponden a cuarenta y ocho solicitudes 1 presentadas por los Estados miembros entre 2014 y 2018 con arreglo al Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/2006. Hasta el momento se ha solicitado un importe total de 155 366 514 EUR para medidas dirigidas a 49 062 beneficiarios previstos 2 .
Gráfico 1: Número de solicitudes presentadas entre 2014 y 2018
Entre 2014 y 2018, la Comisión recibió diecinueve solicitudes relacionadas con la crisis y veintinueve solicitudes relacionadas con el comercio. El número total de solicitudes recibidas cada año es variable, aunque el promedio anual se sitúa en torno a diez. Como se puede apreciar en el cuadro 2 del anexo, en el actual período de programación, Grecia es el Estado miembro que ha presentado la mayor cantidad de solicitudes (ocho), seguida de Finlandia (siete) y Bélgica (seis).
Gráfico 2: Número de solicitudes desglosadas por sector* (NACE Rev. 2) entre 2014 y 2018
*La intervención EGF/2016/003 EE/petróleo y productos químicos está relacionada con dos sectores diferentes (19 y 20), por lo que se ha contabilizado dos veces.
Número total de sectores: veintisiete
Entre 2014 y 2018, la Comisión recibió 48 solicitudes relacionadas con una amplia variedad de sectores (veintisiete). El mayor número de solicitudes presentadas correspondió al sector del comercio al por menor (seis), seguido del sector de los vehículos de motor, remolques y semirremolques (cinco), y del sector de productos informáticos, electrónicos y ópticos (cuatro).
En el cuadro 3 del anexo se ofrece información detallada sobre las solicitudes presentadas por sector.
Gráfico 3: Número de trabajadores beneficiarios desglosados por sector (NACE Rev. 2), entre 2014 y 2018
*La intervención EGF/2016/003 EE/petróleo y productos químicos está relacionada con dos sectores diferentes (19 y 20). El número de trabajadores beneficiarios en estos sectores se ofrece sobre una base de prorrateo, que refleja la composición del grupo de trabajadores despedidos.
Número total de trabajadores beneficiarios en veintisiete sectores: 44 963
Entre 2014 y 2018, la Comisión recibió solicitudes de ayuda del FEAG presentadas por doce Estados miembros para 44 963 trabajadores beneficiarios de veintisiete sectores diferentes. El mayor número de trabajadores beneficiarios pertenecía al sector de vehículos de motor, remolques y semirremolques (10 299), seguido del sector del comercio al por menor (4 943) y del sector del transporte terrestre (4 645).
Gráfico 4: Número de beneficiarios previstos por Estado miembro entre 2014 y 2018
El número de solicitudes se indica entre paréntesis.
Número total de beneficiarios previstos: 49 062
Promedio de beneficiarios previstos: 4 089
Entre 2014 y 2018 las solicitudes presentadas por los doce Estados miembros estaban destinadas a 49 062 beneficiarios [trabajadores y jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación (ninis)]. El país que solicitó ayuda para un mayor número de beneficiarios fue Bélgica (9 925), seguido de Francia (9 620) y Grecia (7 432).
El número de beneficiarios previstos incluye a trabajadores y a ninis. Doce solicitudes presentadas por cinco Estados miembros en el período 2014-2018hacían referencia a 4 099 ninis.Los Estados miembros que solicitaron apoyo para los ninis fueron: Grecia (cuatro solicitudes – 2 098 ninis), Bélgica (tres solicitudes – 700 ninis), Irlanda (tres solicitudes – 446 ninis), Portugal (una solicitud – 730 ninis) y España (una solicitud – 125 ninis).
En el cuadro 2 del anexo se ofrece información detallada sobre las solicitudes presentadas por año y por Estado miembro.
Gráfico 5: Número de trabajadores despedidos, beneficiarios previstos y beneficiados* entre 2014 y 2018
*En el caso de diecisiete intervenciones no se presentaron los informes finales antes del 31 de diciembre de 2018, por lo que el número de trabajadores que han recibido ayuda solo está disponible parcialmente para 2016 y no está disponible ni para 2017 ni para 2018.
Total de trabajadores despedidos: 59 641
Total de trabajadores beneficiarios previstos: 44 963
Total de trabajadores beneficiados*: 26 070
Entre 2014 y 2018, se presentaron cuarenta y ocho solicitudes de contribución del FEAG para un total de 44 963 trabajadores destinatarios (31 327 hombres y 13 636 mujeres), que representaban el 75 % del total de los 59 641 trabajadores despedidos.
Gráfico 6: Número de trabajadores despedidos, beneficiarios previstos y beneficiados* por Estado miembro entre 2014 y 2018
*Los Estados miembros señalados con un asterisco están aún en fase de ejecución de intervenciones del FEAG, por lo que el total de trabajadores asistidos todavía está incompleto.
Total de trabajadores despedidos: 59 641
Total de trabajadores beneficiarios previstos: 44 963
Total de trabajadores beneficiados*: 26 070
Entre 2014 y 2018, Francia solicitó apoyo para el mayor número de trabajadores beneficiarios previstos (9 620, que representaban el 71 % de los trabajadores despedidos), seguida de Bélgica (9 225, que representaban el 87 % de los trabajadores despedidos) y Finlandia (7 027, que representaban el 80 % de los trabajadores despedidos).
Gráfico 7: Importes solicitados al FEAG (en EUR) por Estado miembro entre 2014 y 2018
El número de solicitudes se indica entre paréntesis.
Importe total solicitado al FEAG: 155 366 514 EUR
Importe medio solicitado al FEAG: 12 947 210 EUR
El importe total de las solicitudes de ayuda del FEAG presentadas entre 2014 y 2018 por doce Estados miembros ascendió a 155 366 514 EUR. Grecia solicitó la cantidad más elevada (40 349 250 EUR para ocho solicitudes), seguida de Francia (34 716 088 EUR para cinco solicitudes) y Finlandia (19 440 240 EUR para siete solicitudes).
En el cuadro 2 del anexo se ofrece información detallada sobre las solicitudes presentadas por año y por Estado miembro.
Gráfico 8: Importe medio solicitado al FEAG (en EUR) por beneficiario y por Estado miembro entre 2014 y 2018
El número de solicitudes se indica entre paréntesis.
Importe medio solicitado al FEAG por beneficiario: 3 167 EUR
Por término medio, cada uno de los doce Estados miembros que solicitaron ayuda al FEAG entre 2014 y 2018 pidieron 3 167 EUR por beneficiario previsto. El país que solicitó el mayor importe medio de ayuda por beneficiario fue Grecia (5 429 EUR), seguido de Irlanda (4 707 EUR) y Francia (3 609 EUR).
Cuadro 1: Informes finales presentados entre 2014 y 2018
* La situación laboral de los beneficiarios que se expone en esta tabla refleja, en principio, la situación al término del período de ejecución.
** El término «inactivos» se refiere a personas que ya no están disponibles para trabajar por diferentes razones personales, como por ejemplo, por estar jubiladas.
* La situación laboral de los beneficiarios que se expone en esta tabla refleja, en principio, la situación al término del período de ejecución.
** El término «inactivos» se refiere a personas que ya no están disponibles para trabajar por diferentes razones personales, como por ejemplo, por estar jubiladas.
* La situación laboral de los beneficiarios que se expone en esta tabla refleja, en principio, la situación al término del período de ejecución.
** El término «inactivos» se refiere a personas que ya no están disponibles para trabajar por diferentes razones personales, como por ejemplo, por estar jubiladas.
2. Datos acumulativos entre 2007 y 2018
Cuadro 2: Solicitudes del FEAG presentadas hasta el 31 de diciembre de 2018 por Estado miembro y tipo de solicitud
(excluidas las solicitudes denegadas y las retiradas)
Gráfico 9: Número de solicitudes presentadas entre 2007 y 2018
Entre 2007 y 2018, la Comisión recibió 81 solicitudes relacionadas con la crisis y 79 solicitudes relacionadas con el comercio. El número total de solicitudes recibidas cada año es variable, aunque el promedio se sitúa en torno a trece al año.
Gráfico 10: Número de trabajadores para los que se solicita ayuda por Estado miembro entre 2007 y 2018
El número de solicitudes se indica entre paréntesis.
Total de trabajadores para los que se solicita ayuda: 149 993
Promedio de trabajadores para los que se solicita ayuda: 7 500
Entre 2007 y 2018, ciento sesenta solicitudes presentadas (excluidas las retiradas o denegadas) por veinte Estados miembros hacían referencia a 149 993 trabajadores. Francia solicitó ayuda para el mayor número de trabajadores (19 444 para nueve intervenciones), seguida de Bélgica (16 447 para trece intervenciones) y de Alemania (15 163 para diez intervenciones).
Gráfico 11: Importes solicitados al FEAG (en EUR) por Estado miembro entre 2007 y 2018
El número de solicitudes se indica entre paréntesis.
Importe total solicitado al FEAG: 633 901 032 EUR
Importe medio solicitado al FEAG: 31 695 052 EUR
Entre 2007 y 2018, el importe total de las solicitudes presentadas por veinte Estados miembros al FEAG ascendió a 633 901 032 EUR. Francia solicitó el mayor volumen de cofinanciación del FEAG (99 655 342 EUR para nueve solicitudes), seguida de Irlanda (67 720 204 millones EUR para diezsolicitudes) e Italia (63 885 181 EUR para catorce solicitudes).
Gráfico 12: Importe medio solicitado al FEAG (en EUR) por beneficiario y por Estado miembro entre 2007 y 2018
El número de solicitudes se indica entre paréntesis.
Importe medio solicitado al FEAG por beneficiario: 4 114 EUR
Por término medio, cada uno de los veinte Estados miembros que solicitaron ayuda al FEAG entre 2007 y 2018 pidió 4 114 EUR por beneficiario previsto. El país que solicitó el mayor importe medio de ayuda por beneficiario fue Austria (14 343 EUR para seis intervenciones y 1 952 beneficiarios), seguida de Dinamarca (10 215 EUR para diez intervenciones y 6 234 beneficiarios), e Irlanda (6 042 EUR para diez intervenciones y 11 209 beneficiarios).
Cuadro 3: Solicitudes del FEAG por sector presentadas hasta el 31 de diciembre de 2018
*El número total de solicitudes entre 2007 y 2018 asciende a ciento sesenta, pero la intervención EGF/2016/003 EE/petróleo y productos químicos está relacionada con dos sectores diferentes (19 y 20), por lo que se ha contabilizado dos veces en el cuadro anterior.
Gráfico 13: Número de solicitudes por sector (NACE Rev. 2) entre 2007 y 2018
*La intervención EGF/2016/003 EE/petróleo y productos químicos está relacionada con dos sectores diferentes (19 y 20).
Número total de sectores: treinta y siete
Entre 2007 y 2018, la Comisión recibió ciento sesenta solicitudes del FEAG relacionadas con una amplia variedad de sectores (treinta y siete). El mayor número de solicitudes recibidas correspondió al sector de vehículos de motor, remolques y semirremolques (veintitrés), seguido del sector de productos informáticos, electrónicos y ópticos (diecisiete) y el de maquinaria y equipo (quince).
Gráfico 14: Número de trabajadores destinatarios por sector (NACE Rev. 2), entre 2007 y 2018
*La intervención EGF/2016/003 EE/petróleo y productos químicos está relacionada con dos sectores diferentes (19 y 20). El número de trabajadores para los que se solicita ayuda en estos sectores se ofrece sobre una base de prorrateo, lo que refleja la composición del grupo de trabajadores despedidos.
Número total de trabajadores para los que se solicita ayuda en treinta y siete sectores: 149 993
Entre 2007 y 2018, la Comisión recibió solicitudes del FEAG presentadas por veinte Estados miembros para 149 993 trabajadores despedidos en treinta y siete sectores diferentes. El mayor número de trabajadores destinatarios pertenecía al sector de vehículos de motor, remolques y semirremolques (33 202), seguido del sector de productos informáticos, electrónicos y ópticos (21 263) y el sector de maquinaria y equipo (11 657).