COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 8.5.2019
COM(2019) 217 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la aplicación efectuada por las instituciones, en 2017, de los Reglamentos del Consejo n.º 495/77, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1945/2006 (sobre obligaciones especiales), n.º 858/2004 (sobre condiciones de trabajo penosas) y n.º 300/76, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1873/2006 del Consejo (sobre el servicio continuo o por turnos)
INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO
sobre la aplicación efectuada por las instituciones, en 2017, de los Reglamentos del Consejo n.º 495/77, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1945/2006 (sobre obligaciones especiales), n.º 858/2004 (sobre condiciones de trabajo penosas) y n.º 300/76, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1873/2006 del Consejo (sobre el servicio continuo o por turnos)
1.Introducción
Los Reglamentos del Consejo sobre obligaciones especiales (n.º 495/77) y sobre condiciones de trabajo penosas (n.º 858/2004) obligan a la Comisión a presentar todos los años al Consejo un informe sobre el número de funcionarios y otros agentes, por categorías, que reciben las indemnizaciones contempladas en los respectivos Reglamentos y sobre el importe total de los gastos correspondientes.
El presente informe se basa en las últimas cifras anuales completas disponibles en el momento de su elaboración y se refiere al ejercicio 2017. Incluye todas las instituciones y recoge igualmente, con fines de exhaustividad, datos similares sobre el servicio continuo o por turnos (Reglamento n.º 300/76 del Consejo).
2.Indemnización por obligaciones especiales
Las bases jurídicas de esta indemnización son los artículos 55 y 56 ter del Estatuto, así como el Reglamento n.º 495/77 del Consejo, de 8 marzo de 1977, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1945/2006 del Consejo, de 11 de diciembre de 2006.
El pago de la indemnización se limita a funcionarios y otros agentes retribuidos con cargo a los créditos de investigación y destinados en:
–un establecimiento del Centro Común de Investigación (JRC), o
–acciones indirectas, o
retribuidos con cargo a los créditos de funcionamiento y destinados en:
–un puesto de desempeño de funciones de manejo o vigilancia de instalaciones técnicas,
–un servicio de seguridad,
–un servicio de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC),
–un servicio de apoyo a la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) o a la Política Europea de Seguridad y Defensa (PCSD), o al dispositivo para la coordinación de situaciones de emergencia y de crisis, o
–un dispositivo creado para prestar asistencia a los Estados miembros 24 horas al día y 7 días a la semana («EM 24/7») en el marco de la coordinación en casos de urgencia o crisis o en servicios en los que se haya demostrado fehacientemente la necesidad de desempeñar determinadas tareas para garantizar un mecanismo de asistencia a los Estados miembros.
La indemnización por obligaciones especiales se expresa en puntos. El número de puntos concedidos por hora de disponibilidad efectivamente cumplida se fija del siguiente modo:
–disponibilidad en el domicilio, días laborables: 2,15 puntos;
–disponibilidad en el domicilio, fines de semana y días festivos: 4,3 puntos;
–disponibilidad en el lugar de trabajo, días laborables: 11 puntos;
–disponibilidad en el lugar de trabajo, fines de semana y días festivos: 22 puntos.
Cada punto equivale a un 0,032 % del sueldo base de un funcionario de grado 1, escalón 1 (equivalente a 0,92 EUR en 2017).
Las siguientes cifras indican el número de indemnizaciones concedidas por cada institución en el año 2017.
2.1.Número de beneficiarios (funcionarios/agentes temporales y agentes contractuales) :
|
Institución
|
AD
|
AST/SC
|
AC
|
Total
|
|
|
|
|
GF I
|
GF II
|
GF III
|
GF IV
|
|
|
Comisión
|
110,33
|
205,33
|
49,33
|
10
|
16
|
3
|
394
|
|
- incluido el JRC:
|
43
|
88
|
17
|
1
|
2
|
1
|
152
|
|
Consejo
|
11
|
57
|
3
|
0
|
0
|
0
|
71
|
|
Parlamento
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Tribunal de Justicia
|
7
|
16
|
1
|
0
|
0
|
0
|
24
|
|
Tribunal de Cuentas
|
0
|
0
|
14
|
0
|
0
|
0
|
14
|
|
CESE
|
0
|
2
|
0
|
0
|
0
|
0
|
2
|
|
CDR
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEPD
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Defensor del Pueblo Europeo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEAE
|
6
|
9
|
0
|
0
|
0
|
0
|
15
|
|
Total
|
134,33
|
292,33
|
67,33
|
10
|
17
|
3
|
524
|
2.2.Número de beneficiarios por clase de obligaciones especiales:
|
Institución
|
En el domicilio
|
En el domicilio y en el lugar de trabajo
|
En el lugar de trabajo
|
Total
|
|
|
|
|
|
|
|
Comisión
|
379
|
0
|
15
|
394
|
|
- incluido el JRC:
|
138
|
0
|
14
|
152
|
|
Consejo
|
71
|
0
|
0
|
71
|
|
Parlamento
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Tribunal de Justicia
|
24
|
0
|
0
|
24
|
|
Tribunal de Cuentas
|
14
|
0
|
0
|
14
|
|
CESE
|
2
|
0
|
0
|
2
|
|
CDR
|
4
|
0
|
0
|
4
|
|
SEPD
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Defensor del Pueblo Europeo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEAE
|
15
|
0
|
0
|
15
|
|
Total
|
509
|
0
|
15
|
524
|
2.3.Número de beneficiarios por destino
|
Institución
|
JRC
|
Acciones indirectas
|
Instalaciones técnicas
|
Seguridad
|
TIC
|
PESC/PCSD
|
EM 24/7
|
Total
|
|
Comisión
|
152
|
3
|
72
|
39
|
83
|
0
|
45
|
394
|
|
- incluido el JRC:
|
152
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
152
|
|
Consejo
|
0
|
0
|
0
|
19
|
45
|
7
|
0
|
71
|
|
Parlamento
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Tribunal de Justicia
|
0
|
0
|
14
|
10
|
0
|
0
|
0
|
24
|
|
Tribunal de Cuentas
|
0
|
0
|
0
|
14
|
0
|
0
|
0
|
14
|
|
CESE
|
0
|
0
|
0
|
2
|
0
|
0
|
0
|
2
|
|
CDR
|
0
|
0
|
0
|
4
|
0
|
0
|
0
|
4
|
|
SEPD
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Defensor del Pueblo Europeo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEAE
|
0
|
0
|
0
|
3
|
9
|
3
|
0
|
15
|
|
Total
|
152
|
3
|
86
|
91
|
137
|
10
|
45
|
524
|
3.Indemnización por condiciones de trabajo penosas
Las bases jurídicas de esta indemnización son el artículo 56 quater del Estatuto y el Reglamento n.º 858/2004 del Consejo, de 29 de abril de 2004, que sustituyó al Reglamento n.º 1799/72 del Consejo.
La indemnización por condiciones de trabajo penosas se expresa en puntos por hora de trabajo efectivamente cumplida y depende de distintas condiciones de trabajo especiales ligadas a la «protección individual», al «lugar de trabajo» y a la «naturaleza del trabajo». El número de puntos varía entre 2 puntos (por ejemplo, para un nivel medio de ruido superior a 85 decibelios) y un máximo de 50 puntos en el caso de un funcionario que utilice una escafandra autónoma contra incendios. Cada punto equivale a un 0,032 % del sueldo base de un funcionario de grado 1, escalón 1 (equivalente a 0,92 EUR en 2017).
3.1.Número de beneficiarios (funcionarios/agentes temporales y agentes contractuales):
|
Institución
|
AD
|
AST/SC
|
Agentes contractuales
|
Total
|
|
|
|
|
GF I
|
GF II
|
GF III
|
GF IV
|
|
|
Comisión
|
33
|
155
|
25
|
1
|
0
|
8
|
222
|
|
- incluido el JRC:
|
33
|
149
|
16
|
1
|
0
|
8
|
207
|
|
Consejo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Parlamento
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Tribunal de Justicia
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Tribunal de Cuentas
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
CESE
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
CDR
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEPD
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Defensor del Pueblo Europeo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEAE
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Total
|
33
|
155
|
25
|
1
|
0
|
8
|
222
|
4.Indemnización por servicio continuo o por turnos
Las bases jurídicas de esta indemnización son el artículo 56 bis del Estatuto y el Reglamento n.º 300/76 del Consejo, de 9 de febrero de 1976, modificado en último lugar por el Reglamento n.º 1873/2006 del Consejo, de 11 de diciembre de 2006.
El pago de la indemnización se limita a funcionarios y otros agentes retribuidos con cargo a los créditos de investigación y destinados en:
–un establecimiento del Centro Común de Investigación (JRC), o
–acciones indirectas, o
retribuidos con cargo a los créditos de funcionamiento y destinados en:
–un servicio de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC),
–un servicio de seguridad,
–un servicio de centralita telefónica o de información o en una oficina de recepción,
–un servicio de apoyo a la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) o a la Política Europea de Seguridad y Defensa (PCSD), o al dispositivo para la coordinación de situaciones de emergencia y de crisis,
–un servicio de apoyo en el marco de la coordinación en casos de urgencia o de crisis, o
–un puesto de desempeño de funciones de manejo o vigilancia de instalaciones técnicas,
Las siguientes cifras indican el número de indemnizaciones concedidas por cada institución en el año 2017.
4.1.Número de beneficiarios (funcionarios/agentes temporales y agentes contractuales):
|
Institución
|
AD
|
AST/SC
|
AC
|
Total
|
|
|
|
|
GF I
|
GF II
|
GF III
|
GF IV
|
|
|
Comisión
|
2
|
75
|
18
|
10
|
8
|
1
|
114
|
|
- incluido el JRC:
|
0
|
22
|
6
|
0
|
0
|
1
|
29
|
|
Consejo
|
0
|
76
|
0
|
9
|
0
|
0
|
85
|
|
Parlamento
|
1
|
45
|
516
|
10
|
7
|
2
|
581
|
|
Tribunal de Justicia
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Tribunal de Cuentas
|
0
|
0
|
16
|
0
|
0
|
0
|
16
|
|
CESE
|
0
|
2
|
0
|
0
|
0
|
0
|
2
|
|
CDR
|
0
|
3
|
0
|
0
|
1
|
0
|
4
|
|
SEPD
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Defensor del Pueblo Europeo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEAE
|
0
|
37
|
0
|
1
|
0
|
0
|
38
|
|
Total
|
3
|
238
|
550
|
30
|
16
|
3
|
840
|
Se prevén cuatro índices diferentes de indemnización mensual (cifras correspondientes al año 2017):
–clase 1: servicio en dos turnos, excluidos los fines de semana y los días festivos: 413,61 EUR;
–clase 2: servicio en dos turnos, incluidas las noches, los fines de semana y los días festivos: 624,28 EUR;
–clase 3: 24 horas al día, excluidos los fines de semana y los días festivos: 682,57 EUR;
–clase 4: 24 horas al día y 7 días por semana: 930,56 EUR
4.2.Número de beneficiarios por clase:
|
Institución
|
Índice 1
|
Índice 2
|
Índice 3
|
Índice 4
|
Total
|
|
|
413,61 EUR
|
624,28 EUR
|
682,57 EUR
|
930,56 EUR
|
|
|
Comisión
|
23
|
0
|
8
|
83
|
114
|
|
- incluido el JRC:
|
0
|
0
|
8
|
21
|
29
|
|
Consejo
|
32
|
0
|
0
|
53
|
85
|
|
Parlamento
|
307
|
205
|
0
|
69
|
581
|
|
Tribunal de Justicia
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Tribunal de Cuentas
|
2
|
0
|
0
|
14
|
16
|
|
CESE
|
2
|
0
|
0
|
0
|
2
|
|
CDR
|
4
|
0
|
0
|
0
|
4
|
|
SEPD
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Defensor del Pueblo Europeo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEAE
|
27
|
0
|
0
|
11
|
38
|
|
Total
|
397
|
205
|
8
|
230
|
840
|
4.3.Número de beneficiarios por destino:
|
Institución
|
JRC
|
Coord.
Crisis/
emergencia
|
TIC
|
Seguridad
|
Centralita/
recepción
|
PESC/
PCSD
|
Inst. técn.
|
Acciones Ind.
|
Total
|
|
Comisión
|
29
|
8
|
22
|
54
|
0
|
0
|
1
|
0
|
114
|
|
- incluido el JRC:
|
29
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
29
|
|
Consejo
|
0
|
0
|
0
|
85
|
0
|
0
|
0
|
0
|
85
|
|
Parlamento
|
0
|
0
|
0
|
417
|
164
|
0
|
0
|
0
|
581
|
|
Tribunal de Justicia
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Tribunal de Cuentas
|
0
|
0
|
0
|
13
|
3
|
0
|
0
|
0
|
16
|
|
CESE
|
0
|
0
|
0
|
2
|
0
|
0
|
0
|
0
|
2
|
|
CDR
|
0
|
0
|
0
|
4
|
0
|
0
|
0
|
0
|
4
|
|
SEPD
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Defensor del Pueblo Europeo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEAE
|
0
|
0
|
11
|
16
|
0
|
11
|
0
|
0
|
38
|
|
Total
|
29
|
8
|
33
|
591
|
167
|
11
|
1
|
0
|
840
|
5.Servicios afectados y motivos
El Consejo, la Comisión, el SEAE, el Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas recurren al trabajo sometido a obligaciones especiales y al servicio continuo o por turnos y proceden al pago de las indemnizaciones previstas por la legislación.
Desde 2017, el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social han establecido un servicio común de obligaciones especiales y un servicio continuo o por turnos.
La Comisión es la única institución que abona indemnizaciones por condiciones de trabajo penosas en el JRC y en la Oficina de Infraestructuras y Logística de Bruselas (OIB).
5.1.Motivos para recurrir al servicio con obligaciones especiales
Comisión:
En 2017, la Comisión abonó indemnizaciones por obligaciones especiales a 394 miembros de su personal. En 2016 fueron 350. Alrededor del 40 % (152) de los afectados se encuentra en centros de investigación. Como en años anteriores, las razones para recurrir al trabajo sometido a obligaciones especiales siguen estando en general relacionadas con la seguridad y la protección (servicio de lucha contra incendios, control de las radiaciones, protección radiológica, etc.). La mayoría de los casos de disponibilidad u obligaciones especiales del JRC se realizan en el domicilio, con excepción de Ispra y Karlsruhe (donde las prestaciones se realizan en el lugar de trabajo o en el domicilio, debido a la especificidad de las tareas).
En las otras direcciones generales de la Comisión, la situación es prácticamente igual a la de 2016. Los servicios de obligaciones especiales están relacionados principalmente con la seguridad, las instalaciones técnicas y los servicios informáticos. Sin embargo, se ha constatado un aumento de los beneficiarios que se dedican a cubrir la asistencia a los Estados miembros 24 horas al día y 7 días a la semana (45 en 2017 y 32 en 2016), especialmente en la DG ECHO, para garantizar la vigilancia de los incidentes en tiempo real y ofrecer una respuesta inmediata a las catástrofes por todo el mundo y a cualquier hora.
Consejo: El Consejo abonó indemnizaciones por obligaciones especiales a 71 miembros del personal en 2017 y a 62 en 2016. Se han establecido tres servicios para cubrir las siguientes áreas: 1) tecnologías de la información y de la comunicación (TIC), para garantizar la protección y el funcionamiento correcto de las redes informáticas y de comunicación; 2) seguridad, para responder de manera inmediata a todo tipo de incidentes que puedan afectar al personal del SGC y a las actividades del Consejo y del Consejo Europeo, así como para prestar asistencia 24 horas al día y 7 días por semana a los oficiales de seguridad en misión; 3) para intervenir rápidamente en la redacción, publicación en internet y difusión de las declaraciones inmediatas y urgentes de la Presidencia de turno y del Presidente del Consejo Europeo en el marco de la PESC/PCSD. En 2017 este tipo de servicios de guardia se efectuó exclusivamente en el domicilio.
Tribunal de Cuentas: La planificación mensual del servicio de seguridad establecido en 2011 incluía, en 2017, tareas de disponibilidad en el domicilio para 14 agentes (10 en 2016). Debían garantizar la seguridad de los edificios y sus ocupantes sin interrupción y durante todo el año.
SEAE : En 2017, el SEAE abonó indemnizaciones por obligaciones especiales en el domicilio a 15 miembros de su personal (16 en 2016) para cubrir tres ámbitos de trabajo: 1) servicios de seguridad, para proteger permanentemente el personal del SEAE, los visitantes, los edificios y los bienes materiales en Bruselas, y la información clasificada (en la sede y en las delegaciones); 2) servicios de apoyo a la PESC/PCSD, para supervisar los eventos en todo el mundo 24 horas al día y 7 días por semana; responder a las crisis, incidentes, situaciones críticas, específicas o urgentes; prestar apoyo al alto representante y a los actores de la UE, y facilitar las reuniones de la plataforma de crisis del SEAE fuera del horario laboral normal; 3) servicio de tecnología de la información y la comunicación a través del COMCEN (Centro de Comunicación ), para comunicar información clasificada a todos los miembros del personal del SEAE, garantizando asimismo los servicios prestados al secretario general del Consejo para que haya siempre un tratamiento rápido de la información clasificada urgente.
Tribunal de Justicia: En 2017, el Tribunal de Justicia abonó indemnizaciones por obligaciones especiales a 24 miembros de su personal. Este servicio se instauró en noviembre de 2014 dentro de la Dirección General de Infraestructuras. La dirección de los edificios es responsable de proteger la institución, prevenir los incendios y vigilar la higiene y seguridad en el trabajo. Está formado por tres unidades encargadas de los nuevos trabajos, la gestión de los edificios y la seguridad.
CDR-CESE: Dentro del servicio de seguridad, se ha establecido un servicio común de obligaciones especiales para el CDR y el CESE el 1 de marzo de 2017 para garantizar que se pueda acceder al personal de seguridad en cualquier momento en caso de incidente si la institución está cerrada, y que este pueda intervenir adecuadamente. En 2017 el servicio de obligaciones especiales en el domicilio ha incluido a 4 miembros del personal del CDR y a 2 del CESE.
5.2.Motivos para recurrir a la indemnización por condiciones de trabajo penosas
Comisión: La Comisión es la única institución que recurrió a esta posibilidad en 2017. La Oficina de Infraestructuras y Logística de Bruselas (OIB) introdujo esta posibilidad en 2008 en uno de sus servicios (servicio de reproducción), además del Centro Común de Investigación, que ya la utilizaba.
En 2017 el número total de horas prestadas en estas condiciones se distribuyó del siguiente modo:
Ø63 598,72 horas relacionadas con la protección individual (por ejemplo, utilización de prendas especiales incómodas, necesarias a efectos de protección),
Ø115 068,21 horas relacionadas con el lugar de trabajo (por ejemplo, niveles de ruido elevados o lugares peligrosos), y
Ø12 803,10 horas relacionadas con la naturaleza del trabajo (por ejemplo, manipulación de productos corrosivos).
5.3.Motivos para recurrir al servicio continuo o por turnos
Comisión: En la Comisión, el JRC (por razones inherentes a las tareas realizadas) y la DG HR (servicio de seguridad y prevención) son los que mayor necesidad tienen de este tipo de organización del trabajo (29 y 46 personas, respectivamente, en 2017).
En las otras DG (presupuesto de funcionamiento), en 2017 efectuaron el servicio por turnos 39 personas, en las clases de servicios siguientes:
–Seguridad y prevención: 8 (OIL)
–instalaciones técnicas: 1 (OP);
–Tecnologías de la información y la comunicación (TIC): 22 (DG COMM), y
–asistencia a los Estados miembros: 8 (DG ECHO)
El servicio por turnos de la DG COMM se creó en 2015 para garantizar el funcionamiento oportuno del servicio de prensa del presidente, el Colegio y el Servicio del Portavoz.
El servicio continuo de la DG ECHO funciona desde 2013 a raíz de la creación de un centro de control e información destinado a asistir a los Estados miembros y a la Comisión en caso de catástrofes.
En la Comisión, se aplican los cuatro índices (clases de indemnización), aunque el índice 4 (servicio continuo) se utiliza esencialmente para los servicios de seguridad.
Consejo: El Consejo dispone de un sistema de servicio por turnos indispensable para garantizar la continuidad de los servicios encargados de la prevención y seguridad de los edificios y las personas que se encuentran en los dos edificios de la institución.
En la dirección general A, se han reorganizado los servicios para conseguir un rendimiento óptimo de la capacidad existente. La unidad de Prevención ha incorporado la Dirección de Seguridad y Protección, ya que tenía la necesidad de una organización continua (gratificación 4) durante todo el año 2017 para realizar las tareas. Como antes, las otras unidades, garantes de diferentes aspectos de la seguridad, han requerido una organización del trabajo por turnos (gratificación 1) y continua (gratificación 4).
La reorganización de dichos servicios, que abarcan tanto a funcionarios AST como agentes contractuales, no ha dado lugar a un aumento del número de indemnizaciones en 2017 (85) con respecto al 2016 (86).
Parlamento Europeo: En 2017, el Parlamento Europeo abonó indemnizaciones por el servicio continuo o por turnos para cubrir (1) los servicios encargados de la seguridad y protección en los tres lugares de trabajo: Bruselas, Estrasburgo y Luxemburgo; (2) los servicios vinculados a la recepción, la seguridad y el control de los visitantes al Parlementarium, a la Casa de la Historia Europea (desde 2017) y al complejo deportivo (desde 2017), así como los vinculados a la comunicación a través de la central telefónica, que ofrece en varios idiomas una variedad de servicios como la transferencia de llamadas entrantes y salientes, la divulgación de información de contacto (números de teléfono y de fax, direcciones electrónicas y postales), e información sobre las reuniones y los edificios del Parlamento Europeo.
El tipo de servicio establecido es un régimen en dos turnos (índice 1), un régimen en dos turnos que incluye noches, fines de semana y días festivos (índice 2) o un servicio ininterrumpido de 24 horas al día (índice 4). El número de beneficiarios en 2017 ascendió a 581 (570 en 2016).
Tribunal de Cuentas: Desde 2011, el Tribunal de Cuentas dispone de un servicio continuo o por turnos, relacionado con los ámbitos de la seguridad y la telefonía/recepción. Existen dos tipos de servicio continuo o por turnos, bien un régimen de dos turnos (índice 1), bien un servicio ininterrumpido de 24 horas al día (índice 4). El número de beneficiarios en 2017 ascendió a 16 (14 en 2016).
SEAE: En 2017 el SEAE abonó 38 indemnizaciones por el servicio continuo o por turnos para garantizar diariamente la vigilancia, el análisis y dar la alerta en caso de incidentes o situaciones importantes en el ámbito político 24 horas al día y 7 días por semana, así como para comunicar la información clasificada a todo el personal de la SEAE, al alto representante y demás actores de la Unión Europea (Comisión Europea, Secretaría General del Consejo, agencias y Estados miembros de la UE).
En el SEAE, se han aplicado dos modos de asignación: principalmente el índice 1 y el 4. El número de beneficiarios permanecido estable.
CDR-CESE: El servicio común por turnos se estableció en el CDR y el CESE el 1 de marzo de 2017 para cubrir la necesidad de una presencia continua en el servicio de seguridad. El CDR abonó las indemnizaciones a 4 beneficiaros (índice 1) y el CESE a 2 (índice 1).
6.Gastos presupuestarios, por institución y por indemnización (en EUR)
|
Institución
|
Servicio continuo o por turnos
|
Obligaciones especiales
|
Condiciones de trabajo penosas
|
Total
|
|
Comisión
|
1.016.105,21
|
1.357.562,14
|
622.521,54
|
2.996.188,89
|
|
- incluido el JRC:
|
260.638,58
|
543.164,63
|
595.924,90
|
1.399.728,11
|
|
Consejo
|
672.443,72
|
201.886,92
|
0
|
874.330,64
|
|
Parlamento
|
3.717.011,75
|
0
|
0
|
3.717.011,75
|
|
Tribunal de Justicia
|
0
|
60.811,47
|
0
|
60.811,47
|
|
Tribunal de Cuentas
|
149.853,04
|
14.806,32
|
0
|
164.659,36
|
|
CESE
|
8.223,32
|
0
|
0
|
8.223,32
|
|
CDR
|
16.446,64
|
11.773,65
|
0
|
28.220,29
|
|
SEPD
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
Defensor del Pueblo Europeo
|
0
|
0
|
0
|
0
|
|
SEAE
|
211.538,69
|
57.982,14
|
0
|
269.520,83
|
|
Total
|
5.791.622.37
|
1.704.822.64
|
622.521.54
|
8.118.966.55
|
En 2017, la cantidad desembolsada para las tres indemnizaciones por todas las instituciones europeas ascendió a 8 118 966,55 EUR (7 364 776,86 EUR en 2016).