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Document 52019AE5743

    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea para 2020 [COM(2019) 486 final]

    EESC 2019/05743

    DO C 311 de 18.9.2020, p. 45–51 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    18.9.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 311/45


    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea para 2020

    [COM(2019) 486 final]

    (2020/C 311/05)

    Ponente:

    Gerardo LARGHI

    Coponente:

    Elzbieta SZADZIŃSKA

    Consulta

    Comisión Europea, 19.12.2019

    Fundamento jurídico

    Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

    Sección competente

    Mercado Único, Producción y Consumo

    Aprobado en sección

    .2.3.2020

    Aprobado en el pleno

    10.6.2020

    Pleno n.o

    552

    Resultado de la votación

    (a favor/en contra/abstenciones)

    206/0/7

    1.   Conclusiones y recomendaciones

    1.1.

    El Comité coincide con la Comisión en considerar que la normalización es fundamental en la Estrategia para el Mercado Único y debe actualizarse constantemente.

    1.2.

    El CESE considera urgente modernizar el sistema de normalización europea para responder a los retos globales mediante un proceso de colaboración innovador, con vistas a una elaboración oportuna de normas en un entorno tecnológico en rápida evolución.

    1.3.

    El CESE considera que el nuevo enfoque modular basado en exigencias transversales (como el respeto del medio ambiente, el Pacto Verde o la economía circular) requiere un enfoque intersectorial.

    1.4.

    El CESE observa que el programa de trabajo anual para 2020 presenta nuevos objetivos, además de desarrollar y completar las prioridades determinadas con anterioridad.

    1.5.

    En opinión del CESE, el proceso de normalización debe comenzar en la fase de investigación y desarrollo, con el apoyo de la industria, los representantes de las pymes y de la economía social, los consumidores, los interlocutores sociales, los defensores del medio ambiente y las partes interesadas de la sociedad civil.

    1.6.

    Para el CESE, es importante estructurar un marco financiero plurianual para dar un seguimiento concreto a las acciones previstas, apoyando en términos financieros y organizativos una participación inclusiva de las organizaciones y las representaciones más débiles y con menos medios.

    1.7.

    El Comité conviene en la importancia de la inteligencia artificial para el mercado único y considera que las normativas actuales en materia de seguridad deben actualizarse. En particular, la normalización en materia de seguridad tecnológica deberá completar las directrices éticas para una inteligencia artificial fiable elaboradas en 2019 en favor de una inteligencia artificial centrada en el ser humano.

    1.8.

    El Comité pide que los criterios ambientales mínimos pasen a ser normas obligatorias para los contratos públicos y que se incluya el uso de materias primas secundarias entre los criterios que deben favorecerse.

    1.9.

    El CESE acoge favorablemente la posibilidad de una nueva solicitud de normalización sobre el internet de las cosas y las normas en materia de ciberseguridad, a fin de proteger la seguridad, la privacidad y la conectividad.

    1.10.

    El Comité espera que el «formato de intercambio de historiales médicos electrónicos de ámbito europeo» garantice la seguridad de las redes y del sistema de información mediante el desarrollo de normas de vanguardia.

    1.11.

    El CESE observa que los posibles fallos en los sistemas de los automóviles con conducción automatizada, la seguridad de los datos, los ataques informáticos, la comunicación y las cuestiones éticas requieren el desarrollo de normas específicas.

    1.12.

    El Comité acoge favorablemente la petición de la Comisión de que se elaboren o revisen normas armonizadas en sectores clave, como la protección del medio ambiente, la inclusión social y el mercado único de mercancías; apoya la propuesta de elaborar normas para el reciclaje y la reutilización de los artes de pesca de plástico, la seguridad de los artículos pirotécnicos, los límites de migración de las sustancias químicas sujetas a restricciones utilizadas en los bienes de consumo, la eficiencia energética de los motores eléctricos y de los electrodomésticos, los fertilizantes y la construcción; considera de especial importancia la decisión de invertir recursos en la armonización de las tecnologías productivas en el ámbito de la producción siderúrgica.

    1.13.

    El Comité aboga por un enfoque integrador de la normalización, es decir, que incluya los objetivos de empleabilidad, derechos sociales y respeto de la biodiversidad y el medio ambiente. El CESE considera que esto facilita la transición de la conformidad a la compatibilidad y representa un factor de competitividad positivo para el sistema europeo.

    1.14.

    El CESE considera que se debe abandonar la vieja práctica de la obsolescencia programada a través de la legislación y la normalización.

    1.15.

    El Comité apoya la elaboración de normas que brinden a las personas con discapacidad y a los analfabetos digitales un mejor acceso a los productos y los servicios del mercado único.

    1.16.

    El Comité manifiesta su apoyo al diálogo político con los organismos internacionales de normalización y a las negociaciones bilaterales con los países de fuera de Europa.

    1.17.

    El Comité acoge favorablemente las medidas adoptadas por la Comisión para apoyar la participación de las partes interesadas en las actividades de normalización.

    1.18.

    El CESE pide a todas las partes interesadas crear un foro ad hoc sobre la inclusividad del sistema europeo de normalización con la tarea de organizar una audiencia pública anual en la que se evalúen los progresos realizados en esta área.

    1.19.

    El Comité coincide con la Comisión en la definición de un plan de acción para la normalización en los sectores de la defensa y del espacio y es favorable a la elaboración de normas en los sectores de la economía circular y la economía social.

    1.20.

    El Comité pide que la normalización europea se redacte en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales, como las pymes y los consumidores.

    2.   Propuestas de la Comisión Europea

    2.1.

    En consonancia con el Reglamento (UE) n.o 1025/2012, la Comisión ha presentado una Comunicación en la que se ilustra el programa de trabajo anual de la Unión Europea para la normalización europea en 2020. En dicho programa, se describen las acciones que la Comisión tiene intención de emprender a lo largo de 2020 para mejorar la gobernanza, la inclusividad y el impacto internacional del sistema europeo de normalización.

    2.2.

    Con arreglo a dicho programa, las prioridades estratégicas de la normalización europea en apoyo de la legislación y las políticas de la UE comprenden las siguientes acciones:

    acción en apoyo del reciclaje y la reutilización de artes de pesca de plástico (1);

    acción en apoyo de los requisitos del diseño ecológico para respaldar los actos jurídicos de ejecución (2) relacionados con las categorías de productos específicas;

    acción en apoyo de los artículos pirotécnicos y los últimos avances tecnológicos en este sector (3);

    acción en apoyo del diseño, la fabricación, la instalación, el uso y la verificación del comportamiento de los calibradores de radionucleidos (4);

    acción en apoyo de los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas, con el fin de reflejar las actualizaciones tecnológicas (5);

    acción en apoyo de los fertilizantes (6);

    acción en apoyo del establecimiento de límites de migración de las sustancias restringidas (hidrocarburos aromáticos policíclicos) en el caucho y los plásticos utilizados en artículos de consumo (7);

    acción en apoyo del lenguaje técnico relativo a los productos de construcción (8);

    acción en apoyo de la acreditación y la evaluación de conformidad (9);

    acción en apoyo del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad de los productos y los servicios (10);

    acción en apoyo de la inteligencia artificial (11), el internet de las cosas y la ciberseguridad (12);

    acción en apoyo del intercambio de historiales médicos electrónicos europeos;

    acción en apoyo de la interoperabilidad de los sistemas cooperativos que abarquen todas las clases de vehículos;

    acción en apoyo de la digitalización, la automatización y la ciberseguridad, fundamentales para el sector ferroviario (13);

    acción en apoyo del Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa (PEDID) (14).

    2.2.1.

    Además, la Comisión:

    seguirá cooperando con los organismos internacionales de normalización;

    cooperará en materia de normas como prioridad de los acuerdos comerciales (con China, Singapur, Australia, Nueva Zelanda, Indonesia, Mercosur, etc.) a fin de promover el comercio e impulsar la competitividad, el empleo y el crecimiento europeos;

    seguirá apoyando el proceso de gobernanza a través de todos los medios pertinentes de que dispone, a saber, a través del Comité de Normas, la Plataforma Multilateral sobre Normalización de las TIC y los diálogos estructurales con las organizaciones europeas de normalización;

    seguirá apoyando la participación de las partes interesadas que representan a las pymes, los consumidores, los intereses medioambientales y los sindicatos en el proceso de normalización [anexo III, (15) las organizaciones (16)];

    evaluará el impacto del programa sobre el mercado único (17) por medio de evaluaciones intermedias y finales y mediante el seguimiento permanente de un conjunto de indicadores de resultados clave de alto nivel;

    pondrá en marcha un estudio en 2019 sobre las funciones y las repercusiones de las normas europeas y la normalización en la UE; los resultados del estudio estarán disponibles en 2021.

    3.   Observaciones generales

    3.1.

    El Comité concuerda con la Comisión en considerar que la normalización es fundamental en la Estrategia para el Mercado Único.

    3.2.

    El CESE considera que las normas técnicas de seguridad y las normas jurídicas en la materia deben actualizarse constantemente, en especial debido a los riesgos que podrían entrañar las tecnologías de vanguardia.

    3.3.

    El CESE considera que, junto a la solicitud de conformidad, que incluye el concepto de respeto de las normas y de rendimiento (eficacia, duración, etc.), se debe avanzar hacia un enfoque modular basado en exigencias transversales (como el respeto del medio ambiente, el Pacto Verde o la economía circular). Por lo tanto, la Comisión ha actualizado correctamente su enfoque, tal como se indica en el Pacto Verde y en su programa de trabajo para 2020.

    3.4.

    El CESE coincide —una vez más (18)— en señalar la urgencia de una modernización efectiva y eficiente del sistema de normalización europeo y considera indispensable una nueva visión común y acciones concretas para responder, de forma voluntaria, a los retos globales de la normalización con un innovador proceso de colaboración basado en el consenso para el desarrollo en tiempo oportuno de normas en un entorno tecnológico en rápida evolución.

    3.5.

    El CESE constata que el programa de trabajo anual para 2020 presenta nuevos objetivos, además de desarrollar y completar las prioridades detectadas con anterioridad, a fin de adecuar el sistema de normalización europea a un contexto internacional en continua evolución y a los retos en el mercado mundial.

    3.6.

    En opinión del CESE, el proceso de normalización debe comenzar en la fase de investigación y desarrollo, a través de medidas de conormalización y prenormalización y el refuerzo de los mecanismos de transferencia de las normas europeas a escala internacional, pero únicamente con el apoyo de la industria, los representantes de las pymes y de la economía social, los consumidores, los interlocutores sociales, los defensores del medio ambiente y las partes interesadas de la sociedad civil.

    3.7.

    El CESE pide a todos los socios que colaboren activamente con vistas a una coordinación rápida y eficaz de los distintos sistemas europeos de referencia en materia de programación, elaboración y seguimiento.

    3.8.

    Es importante estructurar un marco financiero plurianual adecuado para dar un seguimiento concreto a las medidas previstas (19), apoyando desde el punto de vista financiero y organizativo una participación inclusiva de las organizaciones y representaciones más débiles y menos equipadas, con acciones de desarrollo de normas técnicas y reglamentarias, de «sensibilización, educación y comprensión», de inclusividad «europea» y en la «dimensión internacional».

    3.9.

    El Comité apoya la elaboración de normas en el sector de la economía circular, con vistas a una contribución decisiva en favor de una producción sostenible y, por consiguiente, de la conservación de los recursos naturales (20) y la preservación de toda la biodiversidad.

    3.10.

    Además, el Comité pide el desarrollo de normas en el sector de la economía social, con el objetivo de difundir las mejores prácticas y consolidar el potencial social y económico de un sector tan importante de nuestra economía.

    3.11.

    El Comité pide que los criterios ambientales mínimos pasen a ser normas obligatorias para los contratos públicos y que se incluya el uso de materias primas secundarias entre los criterios que deben favorecerse.

    3.12.

    El Comité coincide en la importancia de la inteligencia artificial para el mercado único y considera que las normas y normativas actuales en materia de seguridad deben actualizarse para responder a los nuevos riesgos que esta plantea, completando las directrices éticas para una inteligencia artificial fiable elaboradas en 2019 en favor de una inteligencia artificial centrada en el ser humano.

    3.13.

    El CESE acoge favorablemente la posibilidad de una nueva solicitud de normalización sobre el internet de las cosas y la ciberseguridad, para proteger la seguridad, la privacidad y la conectividad.

    3.14.

    El Comité espera que el «formato de intercambio de historiales médicos electrónicos de ámbito europeo» garantice la seguridad de las redes y del sistema de información mediante el desarrollo de normas de vanguardia.

    3.15.

    Entre los productos de alto riesgo se encuentran también los automóviles con conducción automatizada, que requieren el desarrollo de normas específicas.

    3.16.

    El Comité acoge favorablemente la solicitud de la Comisión, que es coherente con la decisión de adoptar un Nuevo Pacto Verde, de que se elaboren o revisen normas armonizadas en sectores clave como el mercado único, las tecnologías productivas en el sector siderúrgico, los sectores de la defensa y de la tecnología espacial, la protección del medio ambiente y la inclusión social. El Comité apoya la propuesta de elaborar normas para el reciclaje y la reutilización de los artes de pesca de plástico, la seguridad de los artículos pirotécnicos, los límites de migración de las sustancias químicas sujetas a restricciones utilizadas en los bienes de consumo, la eficiencia energética de los motores eléctricos y de los electrodomésticos, los fertilizantes y la construcción.

    3.17.

    El CESE destaca que la obsolescencia programada de los productos repercute negativamente en los consumidores por valor de unos 100 000 millones EUR al año; esta práctica debe prohibirse por ley y, en cualquier caso, abandonarse a través de la normalización.

    3.18.

    El Comité apoya la elaboración de normas que brinden a las personas con discapacidad un mejor acceso a los productos y los servicios del mercado único. El Comité subraya que la normalización específica para la discapacidad debería abarcar asimismo las normas relativas al empleo y la inclusión social.

    3.19.

    El Comité manifiesta su apoyo al diálogo político con los organismos internacionales de normalización y a las negociaciones bilaterales con los países de fuera de Europa.

    3.20.

    El Comité reitera su petición de que se lleve a cabo un seguimiento de las iniciativas de los principales agentes de la normalización, con el objetivo de lograr la participación del mayor número posible de agentes en el sistema europeo de normalización. El CESE propone, en particular, que se fomente cualquier medida de difusión, coordinación y divulgación sobre el problema de las normas, entre las que podría figurar la creación de un foro ad hoc sobre la inclusividad del sistema europeo de normalización, con el fin de evaluar anualmente los progresos realizados en esta área.

    3.21.

    El CESE llama la atención de la Comisión sobre la repercusión que podrían tener las elecciones en materia de normalización en la vida social o en cuestiones como la movilidad, tal como se puso de manifiesto en el debate entre la Comisión y las partes interesadas. Por esta razón, se pide que no decaiga el diálogo sobre esta delicada cuestión y que prosiga el trabajo común con todos los organismos europeos y partes interesadas.

    3.22.

    El Comité pide que se tengan presentes las consecuencias que puede tener la accesibilidad de las normas para la población menos dispuesta a afrontar novedades, como parte de las personas de edad avanzada y los analfabetos digitales, así como las consecuencias económicas de este fenómeno para las pymes.

    4.   Observaciones específicas

    4.1.

    Por lo que respecta al «diseño ecológico» (21), es importante desarrollar oportunas prácticas de referencia (PdR), que definan requisitos técnicos y proporcionen con rapidez una primera referencia voluntaria sobre nuevas cuestiones todavía no consolidadas por la normalización técnica.

    4.2.

    La Comisión adoptó una serie de Reglamentos (22), en el marco del plan de trabajo 2016/2019 (23), sobre diseño ecológico y etiquetado energético (24). Para todos estos productos, están en marcha más de cuarenta procesos vinculados a mandatos de normalización.

    4.3.

    La Comisión ha adoptado una Recomendación (25) que proporciona directrices a fin de acompañar a la industria en la búsqueda de acuerdos voluntarios, como alternativa y apoyo a la regulación, y prevé cláusulas de revisión. Durante la revisión es importante incluir los aspectos relativos a la economía circular, la eficiencia de los recursos, la posibilidad de reparación, el reciclado y la duración.

    4.4.

    Inclusividad El CESE reitera «la importancia de facilitar el acceso al proceso de normalización a las pymes y a los agentes sociales […]» y de «un seguimiento pormenorizado de los esfuerzos desplegados por los principales agentes de la normalización, con el fin de reforzar el carácter integrador del sistema europeo de normalización» (26). El Comité considera que el acto organizado el 5 de noviembre de 2019 en su sede sobre la inclusividad del sistema europeo de normalización podría constituir un ejemplo de colaboración y debate constructivo entre instituciones y partes interesadas.

    4.5.

    Apoyo a las normas europeas a escala mundial Se necesita una mayor firmeza, capacidad de representación, competencia y coherencia, sobre todo respecto de ISO/CEI/UIT, especialmente para las pequeñas empresas, los consumidores y el medio ambiente, así como en los foros multilaterales y los acuerdos de libre comercio.

    4.5.1.

    En consonancia con la orientación del Comité en materia de economía circular, el CESE considera que también la decisión de armonizar las políticas de movilidad constituye un paso importante con vistas a una movilidad sostenible para Europa (27).

    4.6.

    El CESE considera que la rapidez de respuesta a las necesidades del sistema productivo europeo en materia de normalización es una cuestión decisiva. En este sentido, es importante seguir recuperando el retraso estructural acumulado en materia de nuevos métodos de trabajo.

    4.7.

    El Comité está de acuerdo con los ámbitos estratégicos identificados por la Comisión, es decir, la inteligencia artificial; el internet de las cosas; la cadena de bloques; la ciberseguridad, en especial por lo que respecta a infraestructuras críticas como las redes de comunicación y de transporte; y la ayuda a la construcción de sistemas seguros de intercambio digital en el sector de la sanidad a escala europea (e-Health).

    4.8.

    El CESE reitera lo ya afirmado en varias ocasiones en relación con la urgencia de una constante negociación con los demás competidores internacionales. La celebración del acuerdo comercial con Japón, la prevista continuación de las negociaciones con los Estados Unidos y China, y los acuerdos de libre comercio con Australia, Nueva Zelanda, Indonesia y los países del Mercosur deben ser pilares fundamentales de la acción de la Comisión en 2020 y los próximos años.

    Bruselas, 10 de junio de 2020.

    El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

    Luca JAHIER


    (1)  Véanse las acciones y medidas relativas a los artes de pesca en la Estrategia Europea para el Plástico en una Economía Circular [COM(2018) 28 final] y la acción 13 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (2)  Véanse los detalles en las acciones 1 a 3 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (3)  Véase la acción 7 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (4)  Véase la acción 8 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (5)  Véase la acción 6 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (6)  Véase la acción 5 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (7)  Véase la acción 4 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (8)  Véase la acción 9 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (9)  Véase la acción 11 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (10)  Véase la acción 12 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (11)  COM(2018) 237 final.

    (12)  COM(2017) 477 final.

    (13)  Véase la acción 10 del anexo de la Comunicación objeto de examen.

    (14)  Reglamento (UE) 2018/1092.

    (15)  Anexo III del Reglamento (UE) n.o 1025/2012 sobre la normalización europea.

    (16)  Las normas para las pequeñas empresas (Small Business Standards), la Asociación Europea para la Coordinación de la Representación de los Consumidores en la Normalización (ANEC), la Confederación Europea de Sindicatos (CESE) y la Organización Medioambiental de Ciudadanos en favor de la Normalización Europea (ECOS).

    (17)  COM(2018) 441 final.

    (18)  DO C 376 de 22.12.2011, p. 69

    (19)  Véase el anexo de la Iniciativa Conjunta sobre Normalización en virtud de la estrategia para el mercado único, disponible en la siguiente dirección de internet https://ec.europa.eu/transparency/regdoc/rep/3/2016/ES/3-2016-3211-ES-F1-1-ANNEX-1.PDF.

    (20)  DO C 264 de 20.7.2016, p. 98; DO C 367 de 10.10.2018, p. 97; DO C 283 de 10.8.2018, p. 61 y DO C 62 de 15.2.2019, p. 207.

    (21)  Puntos 1, 2 y 3 del anexo COM 486, previsto por la Directiva 2005/32/CE, refundido en la Directiva 2009/125/CE.

    (22)  Reglamentos Delegados (UE) 2019/2013, (UE) 2019/2014, (UE) 2019/2015, (UE) 2019/2016, (UE) 2019/2017, (UE) 2019/2018, (UE) 2019/2019, (UE) 2019/2020, (UE) 2019/2021, (UE) 2019/2022, (UE) 2019/2023, (UE) 2019/2024 de la Comisión (DO L 315 de 5.12.2019).

    (23)  COM(2016) 773 final.

    (24)  En aplicación de la Directiva 2009/125/CE.

    (25)  C(2016) 7770.

    (26)  DO C 303 de 19.8.2016, p. 81.

    (27)  DO C 62 de 15.2.2019, p. 254.


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