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Document 52018BP1460

Resolución (UE) 2018/1460 del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de las agencias de la Unión Europea para el ejercicio 2016: rendimiento, gestión financiera y control

DO L 248 de 3.10.2018, p. 393–399 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2018/1460/oj

3.10.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 248/393


RESOLUCIÓN (UE) 2018/1460 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 18 de abril de 2018

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de las agencias de la Unión Europea para el ejercicio 2016: rendimiento, gestión financiera y control

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vistas sus Decisiones sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de las agencias de la Unión Europea para el ejercicio 2016,

Visto el informe de la Comisión sobre el seguimiento de la aprobación de la gestión presupuestaria para el ejercicio presupuestario 2015 [COM(2017) 379],

Vistos los informes anuales específicos del Tribunal de Cuentas (1) sobre las cuentas anuales de las agencias descentralizadas para el ejercicio 2016,

Visto el informe del Tribunal de Cuentas sobre la rápida revisión de casos en lo que respecta a la reducción de plantilla del 5 %, publicado el 21 de diciembre de 2017,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (2), y en particular su artículo 208,

Visto el Reglamento Delegado (UE) n.o 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), y en particular su artículo 110,

Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y las opiniones de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0115/2018),

A.

Considerando que la presente Resolución contiene, para cada organismo a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012, observaciones transversales que acompañan a las Decisiones sobre la aprobación de la gestión, de conformidad con el artículo 110 del Reglamento Delegado (UE) n.o 1271/2013 y con el anexo IV, artículo 3, del Reglamento interno del Parlamento;

B.

Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mejorando la transparencia y la rendición de cuentas, y aplicando el concepto de presupuestación basada en el rendimiento, así como la buena gobernanza de los recursos humanos;

1.

Subraya que las agencias gozan de gran visibilidad en los Estados miembros y considerable influencia en la elaboración de políticas, en la toma de decisiones y en la ejecución de los programas en ámbitos de vital importancia para los ciudadanos europeos, como la salud, la seguridad, la libertad y la justicia, la investigación y el desarrollo industrial, los asuntos económicos y monetarios, el empleo y el progreso social; reitera la importancia de la labor realizada por las agencias y su impacto directo en la vida cotidiana de los ciudadanos europeos; reitera, asimismo, la importancia de la autonomía de las agencias, en particular de las agencias reguladoras y de las encargadas de recoger información de manera independiente; si bien reconoce que las partes interesadas se han abierto camino hacia las agencias, se muestra preocupado por el hecho de que, en general, la visibilidad de las agencias es aún limitada para los ciudadanos europeos, mientras que su rendición de cuentas e independencia requieren un alto nivel de visibilidad;

2.

Recuerda que la principal razón para la creación de las agencias era que efectuaran evaluaciones técnicas o científicas independientes, para lo cual resulta indispensable establecer normas claras y efectivas de prevención de los conflictos de intereses, que pusieran en marcha los sistemas de la Unión y que facilitaran la implementación del mercado único de la Unión; pide a todas las agencias que participen en el acuerdo interinstitucional sobre el Registro de transparencia que es actualmente objeto de negociación entre la Comisión, el Consejo y el Parlamento;

3.

Observa que, según la síntesis de los resultados de las auditorías anuales de las agencias y otros organismos de la Unión, llevada a cabo en 2016 por el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «síntesis del Tribunal»), el presupuesto de las agencias para 2016 ascendió aproximadamente a 3 400 millones EUR, lo que representa un incremento del 21,42 % en comparación con 2015 y de alrededor del 2,4 % (frente al 2 % en 2015) del presupuesto general de la Unión; señala que el incremento se deriva principalmente de agencias que ejercen su actividad en ámbitos relacionados con la industria, la investigación y la energía (358 millones EUR adicionales), así como las libertades civiles, la justicia y los asuntos de interior (174 millones EUR adicionales); observa, además, que de los 3 400 millones EUR del presupuesto, unos 2 400 millones provienen del presupuesto general de la Unión, mientras que alrededor de 1 000 millones provienen de tasas y contribuciones directas de los Estados miembros, de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio y de otras fuentes;

4.

Pide a la Comisión que trabaje en estrecha cooperación con la Red de Agencias de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Red») y con cada agencia a la hora de preparar su propuesta para el marco financiero plurianual posterior a 2020 y de estudiar fuentes de financiación alternativas para las agencias descentralizadas de la Unión;

5.

Hace hincapié que el Grupo de trabajo interinstitucional sobre las agencias descentralizadas examinó, en particular, la experiencia piloto de la EASA para las agencias financiadas mediante tasas; declara que, incluso si las agencias se financian completamente mediante tasas, siguen siendo responsables ante la autoridad de aprobación de la gestión dados los riesgos para la reputación existentes; expresa, además, su preocupación respecto a los indicadores de calidad utilizados en la experiencia piloto de la EASA, dado que estos se centran primordialmente en la satisfacción del consumidor y menos en la seguridad aérea; pide a la Comisión que examine la manera de velar por la independencia de las agencias que se financian completamente mediante tasas;

6.

Observa que las agencias emplean a 10 364 agentes permanentes, temporales, contratados o en comisión de servicios (frente a 9 848 en 2015), lo que representa un aumento del 5,24 % en comparación con el ejercicio anterior, principalmente a causa de las nuevas tareas asignadas; señala que el mayor incremento de efectivos se ha producido en las agencias relacionadas con la industria, la investigación y la energía (110), con las libertades civiles, la justicia y los asuntos de interior (177) y con los asuntos económicos y monetarios (85);

7.

Observa que, según la síntesis del Tribunal, este emitió un dictamen sin reservas sobre la fiabilidad de las cuentas de todas las agencias; observa asimismo que el Tribunal emitió un dictamen sin reservas sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas de todas las agencias, excepto en el caso de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO);

8.

Opina de que el procedimiento de aprobación de la gestión necesita optimizarse y acelerarse hacia el ejercicio n+1; pide por tanto a las agencias y al Tribunal que sigan el buen ejemplo del sector privado, y propone establecer el 31 de marzo como fecha límite para la publicación de las cuentas definitivas, los informes anuales de actividades y los informes sobre la gestión presupuestaria y financiera de las agencias, así como adelantar la publicación de los informes anuales del Tribunal sobre las agencias al 1 de julio a más tardar, con miras a simplificar y acelerar el proceso y a cerrar así el procedimiento de aprobación de la gestión durante el año siguiente al ejercicio contable en cuestión;

Planteamiento común y hoja de ruta de la Comisión

9.

Reconoce que las agencias de la Unión han aplicado el planteamiento común y su hoja de ruta;

10.

Celebra la contribución de la Red a la hora de coordinar, recopilar y consolidar acciones y datos en beneficio de las instituciones de la Unión, incluido el Parlamento; señala que entre sus tareas de coordinación se incluyen los procedimientos anuales presupuestario y de aprobación de la gestión, la puesta en práctica de la hoja de ruta de la Comisión derivada del planteamiento común y las correspondientes iniciativas políticas, así como la revisión y aplicación del Reglamento Financiero y del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea;

11.

Considera que la Red aporta un valor añadido concreto a las relaciones entre las instituciones de la Unión y las agencias descentralizadas; considera que sería una ventaja apoyar la gestión de la Oficina de apoyo común de la Red en Bruselas; respalda con firmeza la solicitud de un puesto de agente temporal, cuyo coste se repartiría entre las agencias, en el marco de la solicitud presupuestaria para 2019 de la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), especialmente si las competencias de la Red se clarifican y se refuerzan, siempre que sea posible y en el respeto de la autonomía de las agencias; anima a la Comisión a que incluya el puesto adicional en su propuesta presupuestaria para 2019;

12.

Observa que la Red, a través de la subred de desarrollo de las prestaciones, elaboró en 2016 el documento marco sobre el rendimiento de las agencias en el que se describen los instrumentos existentes, incluido el uso de indicadores, centrándose en particular en la planificación, la medición y la notificación de la eficiencia; celebra que esta subred esté trabajando en la actualidad, junto con la Comisión, en el desarrollo de un modelo de madurez para una presupuestación basada en el rendimiento, con objeto de orientar a las distintas agencias en sus esfuerzos por optimizar sus capacidades a la hora de planificar, supervisar e informar sobre los resultados y sobre el presupuesto y los recursos utilizados; observa posibilidades de mejora en el uso que hacen algunas agencias de los indicadores de resultados y de impacto en sus indicadores clave de rendimiento; pide a la Red que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre las medidas adoptadas y su aplicación;

Gestión presupuestaria y financiera

13.

Recuerda que el principio de anualidad es uno de los tres principios contables básicos, junto con los de unidad y de equilibrio, que resultan indispensables para garantizar una ejecución eficiente del presupuesto de la Unión; observa que, según la síntesis del Tribunal, el elevado nivel de prórrogas de créditos comprometidos, a pesar de haber disminuido considerablemente, sigue siendo el problema más frecuente de la gestión presupuestaria y financiera, que afecta a 23 agencias, frente a las 32 de 2015;

14.

Señala que las prórrogas a menudo pueden justificarse, totalmente o en parte, por el carácter plurianual de los programas operativos de las agencias y que no tienen por qué ser indicio de insuficiencias en la planificación y ejecución presupuestarias, como tampoco contravienen siempre el principio presupuestario de anualidad;

15.

Acoge con satisfacción la propuesta de la Red sobre la notificación de las prórrogas anuladas superiores al 5 % del presupuesto total; observa no obstante que, para evaluar la planificación y ejecución presupuestarias, las agencias podrían informar asimismo sobre los niveles de las prórrogas previstas y las razones subyacentes; anima a las agencias a que incluyan esta información en sus respectivos informes anuales de actividades consolidados;

16.

Destaca que el nivel de anulaciones de prórrogas es un elemento indicativo de la capacidad de planificación presupuestaria y de la medida en que las agencias han anticipado correctamente sus necesidades financieras y es a menudo un mejor indicador de una buena planificación presupuestaria que el mero nivel de prórrogas;

17.

Subraya, por consiguiente, la necesidad inmediata de establecer definiciones claras de las prórrogas «aceptables» para racionalizar las notificaciones del Tribunal a este respecto, así como para permitir a la autoridad de aprobación de la gestión diferenciar las prórrogas que reflejan una mala planificación presupuestaria y las prórrogas utilizadas como un instrumento presupuestario que apoya los programas plurianuales y la planificación de la contratación pública; cree que la propuesta del Tribunal de utilizar créditos disociados permitirá más transparencia a la hora de dilucidar qué constituye una prórroga justificada;

18.

Señala que las funciones y los presupuestos de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex) y la EASO aumentaron considerablemente a lo largo de 2016; reconoce que estas agencias han tenido que hacer frente a retos administrativos y operativos, así como a grandes expectativas, sin contar con mucho tiempo para adaptar sus sistemas y procedimientos y para contratar al personal necesario; señala que, como consecuencia, han tenido problemas para absorber los fondos adicionales de la Unión concedidos durante el ejercicio presupuestario, lo que acarreó numerosas anulaciones o prórrogas, así como dificultades para cumplir las normas presupuestarias y financieras;

19.

Pide a la Comisión, al Tribunal y a la Red que debatan y propongan posibles soluciones a este problema para racionalizar, en particular, la gestión financiera en los ámbitos de la programación plurianual y la contratación pública;

20.

Observa con preocupación que los informes de auditoría de la ejecución presupuestaria de determinadas agencias difieren de los de otras muchas agencias por el nivel de detalle que aportan, lo que obstaculiza su legibilidad y comparabilidad y pone de manifiesto la necesidad de impartir directrices claras sobre la notificación presupuestaria por parte de las agencias; reconoce los esfuerzos realizados para garantizar la coherencia en cuanto a la presentación y notificación de las cuentas; subraya la importancia de elaborar unas notificaciones más estandarizadas y comparables que simplifiquen y optimicen el procedimiento de aprobación de la gestión y faciliten el trabajo de la autoridad de aprobación de la gestión; pide además a la Red y a las diferentes agencias que sigan trabajando sobre unos indicadores racionalizados e informen a la autoridad de aprobación de la gestión sobre las medidas adoptadas;

21.

Toma nota con preocupación de que la contratación pública sigue siendo todavía un ámbito proclive a errores; manifiesta su descontento con la EASO, el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT), la Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu-LISA), la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE), que no han cumplido plenamente los principios y las normas en materia de contratación pública establecidos en el Reglamento Financiero; pide a las agencias que presten especial atención a las observaciones del Tribunal sobre contratación pública;

22.

Comprueba con satisfacción que la mayoría de las agencias (27 de un total de 31) han implantado un plan de continuidad de actividades; considera que todas las agencias deberían implantar un plan de este tipo; pide a la Red que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de la evolución de dicha situación;

Cooperación entre agencias y con otras instituciones — servicios compartidos y sinergias

23.

Observa con satisfacción que algunas agencias ya cooperan en función de sus agrupaciones temáticas, tales como las agencias de justicia y asuntos de interior (4) y las autoridades europeas de supervisión (5); alienta a las agencias que todavía no lo hayan empezado a hacer a que cooperen con otras agencias dentro de la misma agrupación temática siempre que sea posible, no solo estableciendo servicios compartidos y sinergias, sino también en el marco de sus políticas comunes; hace hincapié en que hay dos emplazamientos para la Agencia Ferroviaria Europea, cuatro agencias relativas a la política social y seis agencias de Justicia y Asuntos de Interior; manifiesta su descontento con el resultado obtenido hasta la fecha a este respecto por el Grupo de trabajo interinstitucional sobre las agencias descentralizadas, dado que no se desarrolló ninguna propuesta específica para unir o acercar agencias que trabajen en ámbitos similares; pide a la Comisión que elabore un estudio sobre las medidas que pueden tomarse en este sentido; insta al Tribunal a que considere la posibilidad de presentar análisis panorámicos de los sectores políticos comunes de las agencias;

24.

Señala que algunas agencias siguen teniendo una doble sede y múltiples oficinas y centros operativos; considera necesario acabar lo antes posible con las dobles y múltiples sedes que carezcan de valor operativo añadido; espera, a este respecto, que la Comisión acometa una evaluación que se centre en el valor añadido y en los costes ocasionados;

25.

Hace hincapié en las ventajas de la puesta en común de servicios, que permite una aplicación coherente de las normas y los procedimientos administrativos de ejecución que se refieren a cuestiones de recursos humanos y de financiación, así como en el posible aumento de eficiencia y rentabilidad por la puesta en común de servicios entre las agencias, en particular teniendo en cuenta las reducciones de personal y de presupuesto a que se enfrentan; observa que la búsqueda de sinergias entre agencias podría aliviar la carga administrativa, especialmente en el caso de las agencias más pequeñas;

26.

Reconoce, por otra parte, que la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea y la Agencia Europea de Control de la Pesca han firmado un proyecto piloto de «prueba de concepto» relacionado con la prestación de servicios de recuperación en caso de catástrofe; observa que ello ha permitido prestar dichos servicios logrando unos ahorros de más del 65 % de los costes estimados sobre la base de los precios de mercado; toma nota de que el proyecto se amplió a la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía durante el primer semestre de 2017 y que otras agencias están estudiando la posibilidad de incorporarse más adelante en 2017 o 2018; pide a la Red que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre la evolución de este proyecto;

27.

Acoge con satisfacción que las agencias hayan empezado a utilizar el portal de contratación pública conjunta, es decir, un registro central de las oportunidades de contratación pública conjunta, a través de la extranet de las agencias, que incluye funcionalidades como compartir documentos y debatir en foros, haciendo que la comunicación entre agencias sobre servicios de contratación pública sea más transparente y fácil de gestionar;

28.

Acoge con satisfacción los resultados alcanzados en materia de ahorros y mejora de la eficacia gracias al uso de servicios conjuntos en el marco de cinco importantes contrataciones públicas conjuntas entre agencias durante los dos últimos años, de las cuales tres se han efectuado bajo la dirección de la EFSA, para servicios de computación en nube, servicios de auditoría y servicios de redes profesionales, una bajo la dirección de la Fundación Europea de Formación (ETF), para servicios de encuestas y otra bajo la dirección de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (en adelante «Eurofund», para servicios de evaluación y opiniones; señala que estas cinco contrataciones públicas conjuntas han registrado un elevado índice de participación, que oscila entre ocho y treinta agencias; acoge con satisfacción los ahorros realizados, que se calculan en 6 700 000 EUR para los servicios de computación en la nube, 970 000 EUR para los servicios de auditoría, 1 490 000 EUR para los servicios de redes profesionales, 400 000 EUR para los servicios de encuestas y 1 160 000 EUR para los servicios de evaluación y opiniones; pide a la Red y a las diferentes agencias que sigan colaborando entre sí y mejorando la lista de bienes y servicios comunes que podrían incluirse en procedimientos de contratación pública conjunta;

29.

Reconoce los progresos realizados por las agencias en la armonización de soluciones informáticas para los sistemas de gestión presupuestaria y de contabilidad; apoya la recomendación del Tribunal de buscar un grado superior de soluciones informáticas en ámbitos clave tales como la gestión de los recursos humanos y de la contratación, a fin de reducir los riesgos del control interno y reforzar la gobernanza de las TI;

Gestión de recursos humanos

30.

Recuerda que en el apartado 27 del Acuerdo interinstitucional (6) se pide una reducción progresiva del 5 % del personal de todas las instituciones, órganos y agencias entre 2013 y 2017; toma nota de que las agencias descentralizadas, según el calendario de la Comisión (7), han iniciado esta reducción un año más tarde y tienen previsto finalizarla en 2018; celebra que la mayoría de las agencias ya hayan alcanzado, o incluso superado, el objetivo de reducción del 5 %; comprueba que, tal como se desprende de la rápida revisión de casos efectuada por el Tribunal en lo que respecta a la reducción de plantilla del 5 %, las agencias descentralizadas ya hayan reducido el número de puestos de la plantilla suprimiendo un total de 279 puestos entre 2013 y 2017, frente al objetivo de 303 puestos hasta 2018; señala que ha quedado demostrado que un enfoque horizontal no es la solución más apropiada para las agencias descentralizadas, dado que sus tareas y necesidades operativas difieren significativamente;

31.

Señala que la Comisión ha aplicado una reducción adicional del 1 % durante el período de cinco años de 2014 a 2018 a fin de crear una reserva de reasignación, equivalente a 218 puestos durante el período 2013-2017, para asignar puestos a las agencias a las que se confieran nuevas tareas o que estén iniciando sus actividades (8); observa que la mayoría de estos nuevos puestos se ha concedido a Frontex, a la Oficina Europea de Policía (Europol), a la EASO y a la AESA;

32.

Se muestra preocupado por el hecho de que, con la reducción adicional de personal, el cumplimiento de los mandatos y la ejecución de los programas de trabajo anuales de las agencias resultan cada vez más difíciles de conseguir, especialmente para las agencias que la Comisión califica como «agencias con velocidad de crucero»; pide a la Comisión y a la autoridad presupuestaria que examinen otras opciones para no mermar la capacidad de las agencias para cumplir con su mandato; recomienda que las autoridades presupuestarias autoricen recursos adicionales para las agencias a las que los legisladores hayan confiado la ejecución de nuevas tareas; pide asimismo a la Comisión que reconozca los ahorros logrados por la Red y las distintas agencias mediante los procedimientos de contratación pública conjunta, una mayor eficacia y una mejor gestión de los recursos humanos, y que permitan, cuando sea necesario, adaptar en consecuencia los objetivos de reducción de personal;

33.

Observa que las agencias descentralizadas han recurrido a un mayor número de agentes contractuales (718 equivalentes a tiempo completo) para ejecutar nuevas tareas, compensando parcialmente la reducción del 5 % del personal y la reducción adicional para la creación de la reserva de reasignación; observa que ello se refiere principalmente a Frontex, Europol, la EASO y la EASA, la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (ENISA) y la Agencia del GNSS Europeo (GSA); considera que los agentes contractuales deben utilizarse principalmente como medida de carácter temporal en aquellas agencias con mayor necesidad de nuevo personal debido a un aumento de la carga de trabajo; pide a la Comisión que reexamine sus planes para una nueva reducción anual de personal del 1 %;

34.

Expresa su preocupación por una serie de factores que impiden el buen funcionamiento de las agencias, como los recortes de plantilla, la escasez de recursos humanos, las dificultades para contratar personal cualificado en determinadas categorías, un coeficiente corrector bajo en algunos países y la realización de actividades con un procedimiento de concesión de subvenciones largo y complicado desde el punto de vista administrativo; observa que, según la Red, el coeficiente corrector bajo en algunos países hace que se recurra sistemáticamente a aplicar una categoría superior con el fin de atraer y conservar al personal adecuado; pide a la Comisión que proceda a la revisión de la fórmula utilizada para calcular el coeficiente corrector de modo que se encuentre un equilibrio más efectivo entre un salario atractivo y un bajo coste de vida;

35.

Observa importantes diferencias entre las agencias en lo que respecta a los índices de absentismo laboral por bajas por enfermedad del personal; considera que unas medidas de promoción de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, unos reconocimientos médicos periódicos y unas actividades que favorezcan el bienestar del personal conforman una política en el ámbito de la prevención de la salud que, de aplicarse plenamente, aumenta el nivel de satisfacción en el trabajo y permite efectuar ahorros muy superiores a la inversión inicial;

Conflictos de intereses y transparencia

36.

Manifiesta su preocupación por el hecho de que solo 22 agencias (71 %) han adoptado normas y directrices internas sobre la denuncia y notificación de irregularidades, de conformidad con las disposiciones del Estatuto de los funcionarios; toma nota de que las nueve agencias restantes tienen previsto adoptar las normas y directrices pertinentes; pide a la Red que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de la adopción y aplicación de estas medidas por las diferentes agencias;

37.

Lamenta que no se hayan introducido todavía los procedimientos internos de denuncia de irregularidades, dado que las agencias de justicia y asuntos de interior se encontraban a la espera de orientaciones o contribuciones por parte de la Comisión; reconoce que, como medida provisional, algunas de las agencias han adoptado una actitud proactiva y han introducido principios generales en materia de denuncia de irregularidades en sus códigos de conducta, que son fácilmente accesibles en sus páginas web; insta a la Comisión a que garantice la rápida adopción de sus directrices en materia de denuncia de irregularidades para que sean adoptadas de inmediato y aplicadas de forma efectiva por las agencias de la Unión, incluidas Eurojust, la CEPOL, la EASO y la eu-LISA, en forma de normas internas claras para la protección de los denunciantes de irregularidades;

38.

Toma nota de que 29 agencias (94 %) publicaron en su sitio web las declaraciones de intereses de los miembros de sus consejos de administración, del personal de dirección y de los expertos internos; pide a las demás agencias que aún no lo hayan hecho que las publiquen a la mayor brevedad; indicando la pertenencia a cualquier otra organización profesional, a fin de permitir un control interno independiente; celebra que las agencias de tamaño intermedio y aquellas más proclives a tener conflictos de intereses debido a su ámbito de trabajo lleven a cabo una revisión de las declaraciones de intereses en cuanto las reciban, con carácter anual o incluso con mayor frecuencia;

39.

Celebra que 26 agencias (84 %) dispongan de directrices para permitir el acceso público a los documentos; pide a las demás agencias que aún no dispongan de directrices similares que las adopten a la mayor brevedad; aprueba el desarrollo de sistemas internos para tramitar las solicitudes, incluida la creación de equipos especialmente formados y encargados de tramitar las solicitudes de acceso a los documentos en las agencias que reciben solicitudes caracterizadas por su frecuencia y complejidad; pide a la Red que elabore directrices comunes que deberán aplicar las agencias respecto a las solicitudes de acceso público a los documentos, en particular en lo que respecta a los derechos de propiedad intelectual;

40.

Señala que uno de los principales logros de la Red en la lucha contra el fraude y la corrupción en 2016 ha sido la creación de un grupo de trabajo sobre la lucha contra el fraude en la Red Jurídica Interagencias, con el fin de armonizar y normalizar en mayor medida las estrategias de lucha contra el fraude entre las agencias; celebra el desarrollo de una sólida cultura de lucha contra el fraude en las agencias; pide a la Red que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de la evolución de este grupo de trabajo;

41.

Celebra la cooperación entre las agencias y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en el ámbito de la prevención, especialmente a la hora de adoptar estrategias de lucha contra el fraude, ajustándolas a la metodología descrita en el documento de orientación proporcionado por la OLAF; anima a todas las agencias a que adopten las directrices de la OLAF sobre las estrategias de lucha contra el fraude de las agencias;

42.

Insta particularmente a Eurojust, la EASO y la eu-LISA a que intensifiquen sus esfuerzos para adoptar sin demora directrices para una política eficaz en materia de prevención y gestión de los conflictos de intereses en aras de la transparencia, de forma que exista un enfoque más coherente en relación con las declaraciones públicas sobre los conflictos de intereses;

Comunicación y visibilidad

43.

Observa que las agencias fomentan activamente sus actividades por diversos canales, pero reitera su petición de aumentar la visibilidad en los Estados miembros a través del desarrollo de un plan integral que permita llegar a más ciudadanos de la Unión, en particular mediante la actualización periódica de sus sitios web para proporcionar información y promover el trabajo realizado; señala además que los medios de comunicación social se están convirtiendo cada vez más en una herramienta de comunicación normalizada para las agencias; observa que las jornadas de puertas abiertas, las campañas específicas y los vídeos en los que se explica el trabajo fundamental de las agencias son algunas de las actividades utilizadas para educar a los ciudadanos y ofrecerles la oportunidad de aprender algo más sobre el trabajo de las agencias y de las instituciones de la Unión; constata que el carácter general o especializado de las actividades de los medios de comunicación se miden periódicamente con diferentes indicadores, y que cada agencia tiene su plan de comunicación con actividades específicas adaptadas a sus necesidades;

44.

Toma nota de que las agencias han organizado talleres y cursillos sobre asuntos como la comunicación en caso de crisis, los derechos y valores humanos, la producción de vídeos, el trabajo con periodistas, la comunicación interna, la visualización de datos y la tecnología web para mejorar su capacidad de comunicación y fomentar la puesta en común con los ciudadanos de la información sobre las funciones y el papel de las agencias; celebra la actividad de la subred de comunicaciones y su presencia en varias redes sociales pertinentes y campañas conjuntas (entre agencias) de éxito;

Otros comentarios

45.

Toma nota de que en su dictamen n.o 1/2017 sobre la revisión del Reglamento Financiero, el Tribunal propone actualizar el acuerdo para la fiscalización de las agencias descentralizadas; lamenta que la propuesta legislativa no prevea una reducción de la carga administrativa excesiva que siguen soportando estas agencias; señala que la fiscalización de las agencias descentralizadas sigue siendo responsabilidad plena del Tribunal, que gestiona todos los procedimientos administrativos y de contratación pública necesarios; reitera además que el nuevo enfoque en materia de auditoría, que implica a auditores del sector privado, se ha traducido en un aumento significativo de la carga administrativa de las agencias, y que el tiempo dedicado a la contratación pública y a la administración de los contratos de auditoría ha ocasionado gastos adicionales, lo que ejerce una mayor presión sobre los recursos cada vez más reducidos de las agencias; subraya que es imperativo resolver este problema, con arreglo al planteamiento común, en el contexto de la revisión en curso del Reglamento Financiero y de la consiguiente revisión del Reglamento Financiero marco; pide a todas las partes implicadas en estas revisiones que aporten claridad sobre esta cuestión con carácter de urgencia con el fin de reducir de manera significativa las cargas administrativas excesivas;

46.

Señala que, según se desprende de la síntesis del Tribunal, las evaluaciones externas de las agencias son por lo general positivas y que las agencias han elaborado planes de actuación para responder a los problemas señalados en los informes de evaluación; toma nota de que si bien la mayoría de los reglamentos constitutivos de las agencias prevén que se lleve a cabo periódicamente una evaluación externa (generalmente cada cuatro a seis años), el Reglamento constitutivo de seis agencias descentralizadas (ORECE, EASO, eu-LISA, ETF, ENISA y el Instituto Europeo de la Igualdad de Género) no incluye ninguna disposición al respecto y el reglamento constitutivo de la EMA prevé una evaluación externa tan solo cada diez años; opina que es preciso resolver esta cuestión;

47.

Toma nota del acuerdo alcanzado en el Consejo de Asuntos Generales de 20 de noviembre de 2017 para trasladar la sede de la EMA y de la Autoridad Bancaria Europea (ABE) de Londres a Ámsterdam y París respectivamente; es consciente de las posibles repercusiones de la salida del Reino Unido de la Unión para ambas agencias, en cuanto a futuros costes y pérdida de conocimientos especializados, lo cual supondrá un riesgo para la continuidad de sus actividades; señala, además, las posibles repercusiones en los ingresos y las actividades de varias agencias que no tienen su sede en Londres, en particular la EASA, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación, la Autoridad Europea de Valores y Mercados y la GSA; pide a la Comisión que informe fielmente a cada agencia y a la Red del proceso de negociación del Brexit y de los preparativos futuros al objeto de minimizar todo impacto negativo que pueda tener sobre ellas;

48.

Toma nota de la revisión en curso de los Reglamentos constitutivos de las tres agencias tripartitas: Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop), Eurofound y Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA); subraya la importancia de preservar la naturaleza tripartita de estas agencias para garantizar la participación activa de las autoridades nacionales y de las organizaciones europeas de empresarios y de trabajadores en su gobernanza y funcionamiento; recuerda que se han llevado a cabo con gran dificultad reducciones de personal, y se reafirma en su oposición a más recortes que limiten la capacidad de estas agencias para desempeñar sus mandatos;

49.

Toma nota de la evaluación externa en curso de las cuatro agencias de la Unión que operan en el ámbito del empleo, los asuntos sociales y la inclusión: Cedefop, Eurofound, EU-OSHA y ETF;

50.

Recuerda que el debate de los proyectos de programas de trabajo anuales y de las estrategias plurianuales de las agencias en las comisiones competentes contribuye a garantizar que esos programas y estrategias reflejen las prioridades políticas;

51.

Reconoce el esfuerzo de las agencias para equilibrar sus estrategias plurianuales con el fin de reflejar las prioridades y los objetivos políticos representados por la Estrategia Europa 2020;

52.

Señala que la eu-LISA y la EASO son las únicas agencias de justicia y asuntos de interior cuyos reglamentos constitutivos no estipulan la obligación de llevar a cabo auditorías externas periódicas; pide a los colegisladores que estudien las posibilidades para corregir esta importante laguna cuando revisen los reglamentos constitutivos de dichas agencias;

53.

Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a las agencias sujetas al presente procedimiento de aprobación de la gestión, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1)  DO C 417 de 6.12.2017.

(2)  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

(3)  DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.

(4)  Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex), Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu-LISA), Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO), Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE), Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT), Agencia de la Unión Europea para la Formación Policial (CEPOL), Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol), Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), Eurojust.

(5)  Autoridad Bancaria Europea (ABE), Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ), Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).

(6)  Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).

(7)  Para las agencias descentralizadas, la Comunicación de la Comisión COM(2013) 519, de 10 de julio de 2013, aplicaba el objetivo de reducción de plantilla del 5 % a las agencias descentralizadas a lo largo de un período de cinco años (de 2014 a 2018, basándose en el nivel de 2013).

(8)  Según la terminología utilizada por la Comisión para clasificar las agencias descentralizadas en las categorías de «fase de puesta en marcha», «nuevas tareas» o «velocidad de crucero» en función de su fase de desarrollo y del aumento de sus contribuciones de la Unión y de su plantilla.


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