Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52018BP1404

Resolución (UE) 2018/1404 del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Valores y Mercados para el ejercicio 2016

DO L 248 de 3.10.2018, p. 289–292 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2018/1404/oj

3.10.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 248/289


RESOLUCIÓN (UE) 2018/1404 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 18 de abril de 2018

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Valores y Mercados para el ejercicio 2016

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Valores y Mercados para el ejercicio 2016,

Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A8-0101/2018),

A.

Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

B.

Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y de gastos (1), el presupuesto definitivo de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (en lo sucesivo, «Autoridad») para el ejercicio 2016 ascendió a 39 398 106 EUR, lo que representa un aumento del 7,11 % en comparación con 2015; que la Autoridad se financia mediante una contribución de la Unión (10 203 000 EUR), contribuciones de las autoridades de supervisión de los Estados miembros y los observadores (16 180 250 EUR) y tasas (10 550 293 EUR);

C.

Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Valores y Mercados correspondientes al ejercicio 2016 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), ha declarado haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Reconoce que los esfuerzos de control presupuestario realizados durante el ejercicio 2016 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 99,97 %, lo que representa un aumento del 0,33 % en comparación con el ejercicio 2015, y que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago se situó en el 87,29 %, lo que representa un aumento del 2,75 % en comparación con el ejercicio 2015;

Compromisos y prórrogas

2.

Observa con satisfacción que el 92,8 % de los créditos del presupuesto de 2015 prorrogados a 2016 se abonaron a lo largo del ejercicio;

3.

Observa que el porcentaje de prórrogas fue relativamente bajo, con la excepción del título III (gastos de operaciones), donde fue del 38,09 %;

4.

Pide a la Autoridad que mantenga lo más bajo posible el volumen de créditos que deban prorrogarse al ejercicio siguiente;

5.

Observa que las prórrogas a menudo pueden justificarse parcial o totalmente por el carácter plurianual de los programas operativos de las agencias, no implican necesariamente deficiencias en la planificación y en la ejecución del presupuesto y no siempre son contradictorias con el principio de anualidad del presupuesto, en particular si la Autoridad las planifica por adelantado y se lo comunica al Tribunal;

Transferencias

6.

Observa con satisfacción que, según el informe anual de actividades de la Autoridad, el nivel y la naturaleza de las transferencias realizadas en 2016 se mantuvieron dentro de los límites establecidos por las normas financieras; observa que la Autoridad ejecutó transferencias por un importe de 553 743,41 EUR con cargo al título III (gastos de operaciones) y 182 131,59 EUR con cargo al título II (gastos administrativos y de infraestructura) para cubrir las necesidades presupuestarias del título I (gastos de personal);

Política de personal

7.

Observa que la Autoridad empleó a 204 personas (136 agentes temporales de los 140 puestos autorizados en el presupuesto de la Unión) en 2016, frente a las 186 del año anterior; que el porcentaje de rotación de personal en 2016 fue del 8 %, esto es, por debajo del objetivo del 10 % fijado por la Autoridad;

8.

Observa que, de los 204 miembros del personal en 2016, la Autoridad empleaba un 86,3 (ETC) de expertos nacionales en comisión de servicios, agentes contractuales, agentes temporales y consultores;

9.

Observa que la distribución global de género en la Autoridad fue de un 46 % de mujeres y un 54 % de hombres; lamenta, sin embargo, el desequilibrio significativo en la composición del Consejo de Administración, donde el porcentaje fue del 17 % y del 83 % respectivamente;

10.

Toma nota de que, por término medio, cada miembro del personal de la Autoridad estuvo de baja por enfermedad durante seis días en 2016; observa que la Autoridad organizó sesiones de fomento del espíritu de equipo y jornadas externas del personal centradas en la sostenibilidad ambiental, un seminario de supervisión in situ, el Derecho institucional, la prevención del agotamiento profesional, el bienestar físico y mental del personal con talleres sobre inteligencia emocional, gimnasia en la oficina, conciencia plena, introducción al yoga y necesidades dietéticas;

11.

Toma nota con satisfacción de que la Autoridad ha establecido una red de asesores confidenciales y celebró sesiones de sensibilización para el personal y los directivos sobre la protección de la dignidad de la persona y la prevención del acoso psicológico y sexual;

12.

Observa que, en marzo de 2015, la directora ejecutiva de la Autoridad encargó que se llevara a cabo una investigación administrativa a raíz de las acusaciones de acoso realizadas por un consultor informático externo contra un miembro del personal y que la investigación finalizó en marzo de 2016; toma nota de que las pruebas reunidas no respaldaron las acusaciones de acoso; observa, asimismo, que no se ha notificado, investigado o llevado ante el Tribunal ningún otro caso de acoso en 2016;

13.

Toma nota de que la Autoridad no utiliza ningún vehículo oficial;

Prevención y gestión de conflictos de intereses, transparencia y democracia

14.

Toma nota de que las declaraciones de intereses y los currículum vítae de los miembros del Consejo de Administración están publicados en el sitio web de la Autoridad;

15.

Se congratula de que, en el transcurso de 2016, la Autoridad empezara a publicar un registro de las reuniones del personal con partes interesadas externas;

16.

Constata que, según la Autoridad, las disposiciones sobre denuncia de irregularidades se aplicaron con éxito según lo previsto en el primer semestre de 2017;

17.

Considera que es necesario crear un órgano independiente de divulgación, asesoramiento y derivación, dotado de recursos presupuestarios suficientes, mediante el que se ayude a los denunciantes a utilizar los cauces correctos para divulgar su información sobre posibles irregularidades que afecten a los intereses financieros de la Unión, al tiempo que se protege su confidencialidad y se les ofrece el apoyo y asesoramiento necesarios;

18.

Observa que, en 2016, la Autoridad recibió seis solicitudes de acceso a documentos con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), a cuatro de las cuales la Autoridad concedió un acceso total, mientras que en dos casos la Autoridad decidió conceder solo un acceso parcial a los documentos debido a la protección de la intimidad y la integridad de la persona y la protección de los objetivos de las actividades de inspección, investigación y auditoría; pide a la Autoridad que trate todas estas solicitudes con la mayor apertura posible, en un espíritu de transparencia y responsabilidad;

19.

Pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre las presuntas infracciones y las infracciones confirmadas del código ético, así como sobre las medidas adoptadas para remediarlas y evitarlas en el futuro;

Principales logros

20.

Celebra los tres principales logros y éxitos señalados por la Autoridad en 2016, a saber:

su contribución a la mejora de la protección de los inversores mediante la coordinación de las actividades de los reguladores nacionales relacionadas con los productos especulativos de alto riesgo ofrecidos a clientes minoristas en toda la Unión;

su contribución a la unión de los mercados de capitales mediante la realización de trabajos sobre la gestión mediante indexación de los fondos y la elaboración de un dictamen dirigido al Parlamento y al Consejo sobre cuáles deben ser los principios clave para un marco europeo sobre el lugar donde se originan los préstamos por fondos;

su contribución a la estabilidad financiera mediante la realización de las primeras pruebas de resistencia a escala mundial para las entidades de contrapartida central;

Auditoría interna

21.

Observa que la Autoridad aplicó un plan de acción en respuesta a la auditoría del Servicio de Auditoría Interna (SAI) sobre la gestión de las partes interesadas y la comunicación externa; observa que en 2016 la Autoridad empezó a desarrollar y aplicar un enfoque integrado con respecto a la planificación, gestión y ejecución de las actividades de comunicación de la Autoridad con sus partes interesadas internas y externas, lo que se traducirá en una serie de sinergias, incluida una mayor coordinación de las actividades de las partes interesadas a través de todos los canales de comunicación;

22.

Constata que, según la Autoridad, se han aplicado todas las recomendaciones críticas o muy importantes emitidas por el SAI en años anteriores;

Rendimiento

23.

Se congratula de que la Autoridad, junto con la Autoridad Bancaria Europea y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación, forme parte del Comité Mixto que trabaja para garantizar la coherencia intersectorial y posiciones conjuntas en el ámbito de la supervisión de los conglomerados financieros y en otras cuestiones intersectoriales; toma nota, además, de que la Autoridad ha trabajado asimismo en la consolidación de su cooperación con el Mecanismo Único de Supervisión y el Banco Central Europeo en áreas de interés mutuo tales como las infraestructuras del mercado y la estabilidad financiera;

24.

Observa que el Tribunal realizó una auditoría de rendimiento sobre la supervisión de las agencias de calificación crediticia en la Autoridad y publicó su informe final en febrero de 2016; constata que la Autoridad estableció un plan de acción a raíz de la auditoría a fin de aplicar la recomendaciones del Tribunal; toma nota de que siete de las ocho recomendaciones formuladas por el Tribunal ya han sido atendidas y de que la octava está en curso;

Otros comentarios

25.

Destaca que, al tiempo que se asegura del cumplimiento pleno y a su debido tiempo de todas las funciones derivadas del marco reglamentario establecido por el Parlamento y el Consejo, la Autoridad debe atenerse estrictamente a sus tareas, no ampliar el mandato que le asignan el Parlamento y el Consejo, y prestar una atención particular al principio de proporcionalidad, con vistas a optimizar el uso de los recursos y a alcanzar los objetivos que le han fijado el Parlamento y el Consejo;

26.

Señala la función esencial de la Autoridad a la hora de velar por una mejor supervisión del sistema financiero de la Unión, a fin de garantizar la estabilidad financiera, la transparencia necesaria y una mayor seguridad para el mercado financiero de la Unión, en particular mediante la coordinación de la supervisión entre las autoridades nacionales de supervisión, la cooperación, cuando proceda, con las instituciones responsables de la supervisión internacional, y la vigilancia de la coherencia en la aplicación del Derecho de la Unión; destaca que esta cooperación se debe basar en una atmósfera de confianza; destaca la función que desempeña la Autoridad a la hora de facilitar y promover la convergencia de las prácticas de supervisión de alto nivel en el ámbito de la protección de los consumidores y resalta, por otra parte, que debe prestarse atención a las características específicas de los diferentes mercados nacionales al elaborar medidas de los niveles 2 y 3, y que debe buscarse la oportuna participación, tanto durante el proceso de aplicación como en las distintas fases de concepción y puesta en práctica, de los operadores del mercado afectados; señala la necesidad de evaluar adecuada y periódicamente la labor de la Autoridad con vistas a asignar y aprovechar sus recursos de forma más eficaz, transparente y creíble;

27.

Observa que, dado que la carga de trabajo de la Autoridad se está desplazando progresivamente de las tareas reglamentarias hacia el cumplimiento y la aplicación del Derecho de la Unión, el presupuesto y los efectivos de la Autoridad deben ser objeto de una reasignación interna; considera fundamental que la Autoridad disponga de los recursos adecuados para llevar a cabo plenamente sus funciones, también para hacer frente eficazmente a cualquier nueva carga de trabajo requerida por el ejercicio de estas, garantizando un nivel adecuado en materia de priorización en lo que respecta a la asignación de recursos y a la eficiencia presupuestaria; subraya, además, que cualquier evolución de su carga de trabajo también puede, de forma complementaria, ser objeto de reasignaciones internas, presupuestarias o de personal, siempre que no afecten al pleno cumplimiento del mandato de la Autoridad y garantice su independencia en el ejercicio de sus tareas de supervisión;

28.

Toma nota con satisfacción de que en 2016 la Autoridad emprendió una certificación EMAS (sistema de gestión y auditoría medioambientales) para diferentes actividades con miras a reducir la huella ambiental;

29.

Toma nota de que, según el informe del Tribunal, la retirada del Reino Unido de la Unión podría afectar a las actividades de la Autoridad debido a que muchas entidades supervisadas importantes tienen su sede allí; observa asimismo que es posible que en el futuro se reduzcan los ingresos de la Autoridad como consecuencia de la decisión de Reino Unido de retirarse de la Unión;

30.

Observa con satisfacción que la Autoridad colabora de forma proactiva con las autoridades nacionales competentes para comprender el impacto de la retirada del Reino Unido de la Unión en la supervisión de los mercados financieros, así como su repercusión en la Autoridad; señala, por otra parte, que la Autoridad está en contacto y dialoga con la Comisión en relación con esta cuestión;

31.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 18 de abril de 2018 (3) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

(1)  DO C 84 de 17.3.2017, p. 192.

(2)  Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43).

(3)  Textos Aprobados, P8_TA(2018)0133 (véase la página 393 del presente Diario Oficial).


Top