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Documento 52018AE3933
Opinion of the European Economic and Social Committee on ‘Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the Council establishing the Creative Europe programme (2021 to 2027) and repealing Regulation (EU) No 1295/2013)’ (COM(2018) 366 final)
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.° 1295/2013» [COM(2018) 366 final]
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.° 1295/2013» [COM(2018) 366 final]
EESC 2018/03933
DO C 110 de 22.3.2019, p. 87—93
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
22.3.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 110/87 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1295/2013»
[COM(2018) 366 final]
(2019/C 110/17)
Ponente: |
Emmanuelle BUTAUD-STUBBS |
Coponente: |
Zbigniew KOTOWSKI |
Consulta |
Parlamento Europeo, 14.6.2018 Consejo, 21.6.2018 |
Decisión de la Mesa del Comité |
19.6.2018 |
Fundamento jurídico |
Artículo 173, apartado 3, y artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
Sección competente |
Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales (CCMI) |
Aprobado en la CCMI |
22.11.2018 |
Aprobado en el pleno |
12.12.2018 |
Pleno n.o |
539 |
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
207/2/2 |
1. Conclusiones y recomendaciones
1.1. |
El CESE acoge favorablemente la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2021 a 2027) [COM(2018) 366 final] y los indicadores que establece en el anexo II. La construcción de una Europa fuerte y unida debe basarse en la diversidad de raíces culturales, que debe transmitirse a través de la educación. La continuación de este programa debe considerarse muy beneficiosa para el desarrollo de la cultura europea y de las culturas de los distintos Estados miembros, lo que constituye un fundamento de nuestra sociedad y un crisol de nuestros valores democráticos. |
1.2. |
Durante muchos años, el CESE fomentó las contribuciones significativas de las industrias y los sectores culturales y creativos a la creación de valor y empleo en la UE, la inclusividad y el crecimiento (1). En 2012, de acuerdo con la OCDE, las industrias con un uso intensivo de derechos de autor (2) en la UE generaron el 4,2 % del PIB y el 3,2 % del empleo. De conformidad con el artículo 2 de la propuesta de Reglamento [COM(2018) 366], estos sectores incluyen «la arquitectura, los archivos, las bibliotecas y los museos, la artesanía artística, los productos audiovisuales (incluyendo el cine, la televisión, los videojuegos y los multimedia), el patrimonio cultural material e inmaterial, el diseño (incluido diseño de moda), los festivales, la música, la literatura, las artes escénicas, los libros y la edición, la radio y las artes visuales». |
1.3. |
Teniendo en cuenta la naturaleza específica de los actos y procesos creativos, que no siempre entra claramente dentro del marco general del Derecho laboral, el CESE es plenamente consciente de los desafíos sociales que deben abordarse en algunos Estados miembros: mejora de las condiciones laborales, supresión de las horas no remuneradas, lucha contra las diferencias de género, promoción del trabajo digno, mejores condiciones de salud y seguridad en el trabajo, facilitación de la movilidad, inclusión de las personas con discapacidad y de las personas excluidas, política contra el acoso sexual, etc. |
1.4. |
El CESE considera que el presupuesto previsto de 1 800 millones EUR no es suficiente para cumplir los ambiciosos objetivos del programa Europa Creativa 2021-2027. Esta es la razón por la que el CESE pide un presupuesto mayor. Esta inversión considerable en la creatividad de Europa, sus artistas, creadores, músicos, escritores, fotógrafos, arquitectos, inventores de videojuegos, cineastas, etc. ayudará a la UE a competir con éxito con grandes países que tienen estrategias deliberadas de poder de influencia (los Estados Unidos, Japón, Corea del Sur) a escala nacional y dentro de organizaciones internacionales. Esta financiación de la UE debe ser complementada con financiación pública regional y nacional. Poner en marcha incentivos fiscales específicos también podría atraer a filántropos (por ejemplo, para la restauración de patrimonio) y facilitar la microfinanciación colectiva para la creación de nuevos modelos de negocio. |
1.5. |
El CESE también cree que es necesario invertir en herramientas jurídicas y técnicas para luchar más eficazmente contra todas las formas de fomento de la violencia y la discriminación, especialmente en la producción de videojuegos en línea para niños y jóvenes. |
1.6. |
El CESE apoya la inclusión de una dimensión creativa y cultural en la política exterior de la UE (política comercial, relaciones internacionales, etc.) (3). |
1.7. |
Este esfuerzo financiero sin precedentes debe lograrse a través de tres canales:
|
1.8. |
Esta aspiración renovada de una Europa más cultural y creativa también beneficiará a varios sectores y cadenas de valor industrial de la UE, desde los textiles, la confección, el cuero, los muebles, la cerámica, los juguetes, el turismo y las artes y la artesanía hasta la automoción, la construcción, la salud y el bienestar, la energía ecológica, etc., gracias a la integración de la creatividad, el diseño y las tecnologías de vanguardia. Existen muchos ejemplos en Europa de transición exitosa en algunas regiones o ciudades industriales hacia industrias creativas que generan más valor añadido (Turín). |
1.9. |
Las oportunidades que ofrece la «revolución digital» en estas industrias con un uso intensivo de derechos de autor son especialmente importantes, y debe promoverse una inversión suficiente en equipo y soportes lógicos (por ej., inteligencia artificial, cadena de bloques, impresión en 3D y digitalización de archivos), así como en formación. |
1.10. |
El potencial de innovación de estas industrias es ilimitado, dado que depende principalmente de la creatividad, las habilidades y la imaginación individuales. Este es el motivo por el cual las industrias culturales y creativas deben tener un presupuesto específico en el marco de «Horizonte 2020» [de al menos 3 000 millones EUR, es decir un poco menos que su peso en el PIB de la UE (4,2 %)]. |
1.11. |
En el mercado estadounidense se están produciendo grandes operaciones de fusión que tendrán un impacto en la industria cultural y creativa de la UE. En este contexto, el CESE pide a la Comisión Europea que convoque una licitación para la elaboración de un informe de inteligencia empresarial previsto en 2019 sobre las principales tendencias económicas y tecnológicas en Estados Unidos que afectan a los medios de comunicación, el cine y el sector audiovisual, y sus consecuencias probables en sus homólogos en la UE en el ámbito de la producción, el consumo y la distribución. |
1.12. |
Habida cuenta de que la UE de los 27 podría beneficiarse considerablemente de un diálogo continuado con el Reino Unido, que es un importante agente en estas industrias, el CESE pide a la Comisión Europea que apoye cualquier diálogo bilateral entre gobiernos y redes que pudiera allanar el camino para un acuerdo bilateral a fin de poner en marcha programas bilaterales ambiciosos en el marco de Europa Creativa 2021-2027. En el pasado (2014-2020) se han celebrado acuerdos bilaterales similares con terceros países como Georgia, Serbia o Ucrania. |
2. Observaciones generales
2.1. Un nuevo nivel de ambición
2.2. |
La propuesta de Reglamento [COM(2018) 366] se basa en el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea: la Unión persigue el objetivo de «promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos» y «respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velará por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo». Sin embargo, existe una percepción clara de que el número de dificultades que deben afrontarse es mayor, en particular la competencia de las plataformas en línea y los motores de búsqueda, la concentración del sector en torno a un número limitado de grandes agentes o el auge de la «desinformación». |
2.3. |
Con este nuevo programa, la Comisión Europea quiere ofrecer oportunidades a los operadores para que emprendan iniciativas europeas tecnológica y artísticamente innovadoras de carácter transfronterizo para intercambiar, crear en colaboración, coproducir y difundir obras europeas. El propósito también es reforzar la posición de los agentes de la UE en el mercado europeo y mundial. Pueden hallarse ejemplos de mejores prácticas en este ámbito en las actividades del fondo Eurimages del Consejo de Europa. |
2.4. Un presupuesto mayor pero todavía insuficiente
2.4.1. |
El presupuesto propuesto de 1 850 millones EUR para 27 Estados miembros es mayor que el actual, pero solo representa un 0,001 % del marco financiero plurianual general 2021-2027 de la UE, que asciende a 1 135 000 millones EUR. |
2.5. |
El presupuesto propuesto por la Comisión se divide en tres partes:
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2.5.1. |
El CESE pide un presupuesto adicional de 80 millones EUR para el capítulo «INTERSECTORIAL», para desarrollar el pleno potencial de los proyectos de «enriquecimiento mutuo» (5) (economía digital, turismo, arte, lujo, cultura, impresión digital, etc.) y para identificar más respuestas prácticas en materia de alfabetización mediática. |
2.5.2. |
El objetivo de apoyar proyectos prioritarios dirigidos a un público más amplio es adecuado para el sector audiovisual (capítulo «MEDIA») pero no debe aplicarse a todas las actividades culturales, en particular en las zonas rurales. La cohesión social y la inclusión social están en el centro del proyecto europeo. |
2.6. La repercusión de la salida del Reino Unido para la creación y la cultura
2.6.1. |
Este nuevo programa tendrá lugar en la Europa de los Veintisiete después de la salida del Reino Unido, que es uno de los Estados miembros en los que la industria cultural y creativa desempeña un papel fundamental (90 000 millones GBP en 2016 y 2 millones de trabajadores). El CESE considera que resulta esencial para las dinámicas de «Europa Creativa» mantener unas relaciones culturales sólidas con el Reino Unido y promover, cuando sea posible y necesario, la cooperación bilateral. Debe perseguirse el objetivo de un acuerdo bilateral específico y a medida con el Reino Unido a fin de llevar a cabo acciones y programas, sobre la base del artículo 8 de la propuesta de Reglamento y de conformidad con la revisión de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual. |
2.7. Enseñanzas extraídas del anterior programa Europa Creativa 2014-2020
2.7.1. |
En los diversos estudios de impacto solicitados por la Comisión Europea, los principales límites eran los siguientes:
|
2.7.2. |
Durante una audiencia organizada en París (6 de octubre de 2016) por Sylvia Costa, presidenta de la Comisión de Cultura y Educación, las partes interesadas señalaron otros problemas concretos:
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Para tener en cuenta estas críticas, la Comisión Europea propone determinadas simplificaciones para 2021-2027:
— |
mayor flexibilidad para adaptar los programas de trabajo a circunstancias imprevistas; |
— |
más acuerdos marco de asociación y subvenciones en cascada; |
— |
más incentivos para recompensar los resultados vinculados a la capacidad de llegar a un público más amplio; |
— |
uso sistemático de formularios e informes electrónicos y requisitos de presentación de información menos estrictos. |
2.8. El capítulo «Cultura»
2.8.1. |
El presupuesto general de 609 millones EUR apoyará la circulación transfronteriza de obras y la movilidad de operadores creativos; fomentará las asociaciones, redes y plataformas que busquen un público más amplio dentro y fuera de Europa para las obras y operadores del sector europeo de la cultura y la creación; y promoverá la identidad, el patrimonio y los valores europeos a través de la concienciación cultural, la educación artística y la creatividad en la educación. También se apoyarán acciones especiales de la UE como las Capitales Europeas de la Cultura, los premios culturales de la UE y el Sello de Patrimonio Europeo. Otra prioridad es fomentar el desarrollo de la capacidad de proyección internacional de los sectores europeos de la cultura y la creación para operar a escala internacional.
El CESE desea añadir al Reglamento propuesto un apartado sobre la creatividad folclórica y «amateur», puesto que es precisamente esta forma de creatividad la que sentó la base para el desarrollo y la difusión de una auténtica sensibilidad humanística y artística. |
2.9. El capítulo «Media»
2.9.1. |
Este programa engloba los medios audiovisuales, el cine y los videojuegos con un presupuesto general de 1 081 000 EUR. Está vinculado a algunas herramientas legislativas específicas: la revisión del marco de derechos de autor y la revisión de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual. |
2.9.2. |
La primera [COM(2016) 593 final] fue adoptada por el Parlamento Europeo (12 de septiembre de 2018) en primera lectura.
Esta propuesta tiene tres objetivos principales: a) mejorar el acceso al contenido en línea y transfronterizo para los programas de televisión y radio en plataformas de vídeo a la carta); b) armonizar y modernizar las excepciones de los derechos de autor en el Derecho de la UE en los ámbitos de enseñanza, investigación y conservación del patrimonio cultural; y c) establecer un mercado de derechos de autor que funcione bien para editores de prensa, autores e intérpretes que producen contenido para plataformas en línea. |
2.9.3. |
Esto último persigue varios objetivos: brindar nuevas oportunidades para la promoción de obras europeas dentro (mínimo del 30 % de las obras de la UE en plataformas de vídeo en línea) y fuera de la UE, fomentar la cooperación en toda la cadena de valor desde las primeras fases de producción hasta la distribución y exhibición, y aumentar el nivel de protección de los niños y los consumidores. |
2.9.4. |
El presupuesto de 1 081 000 EUR dedicado al sector audiovisual europeo, incluida la industria cinematográfica, la televisión y los videojuegos, tiene los siguientes objetivos: a) estimular la colaboración y la innovación en la producción de obras audiovisuales de la UE; b) mejorar la distribución teatral y en línea transfronteriza; y c) apoyar la influencia internacional de las obras audiovisuales de la UE a través de una mejor promoción y distribución internacional de obras europeas y una narración innovadora que incluya la realidad virtual. |
2.10. El capítulo «Intersectorial»
2.10.1. |
Se prevé un presupuesto general de 160 millones EUR para apoyar el surgimiento de proyectos intersectoriales entre agentes creativos y culturales (música, medios, literatura, arte, etc.), ayudar a las oficinas de información de Europa Creativa a promover el programa en su país, y propiciar un «entorno mediático libre, diverso y plural, un periodismo de calidad y la alfabetización mediática» (artículo 6, letra c), COM(2018) 366 final). |
2.10.2. |
El CESE considera crítico este último objetivo: en 2017, la libertad de prensa ha perdido terreno en varios Estados miembros. Teniendo en cuenta este contexto particular, el CESE pide mayor financiación para apoyar el fomento de la libertad de expresión y un entorno mediático diverso y plural, la promoción de altos niveles de calidad de los medios de comunicación en términos de contenido, y programas de alfabetización mediática que permitan a los ciudadanos adquirir una comprensión crítica de los medios de comunicación. |
3. Observaciones específicas
3.1. Los derechos de autor en la era digital
3.1.1. |
Un estudio de la OCDE de 2015 sobre los derechos de autor en la era digital confirma la intensidad de los debates jurídicos y públicos sobre las formas y los medios de adaptar los marcos nacionales de derechos de autor a la revolución de internet.
Las principales cuestiones objeto de debate son: a) el alcance de los derechos de autor; b) las obras huérfanas; c) las excepciones y limitaciones a los derechos de autor; d) el registro de los derechos de autor; y e) el cumplimiento. |
3.1.2. |
El CESE desea defender los nuevos derechos de autor relacionados con las editoriales para el uso digital de sus publicaciones de prensa, propuestos en el artículo 11 de la propuesta de Directiva sobre los derechos de autor en el mercado único digital, la protección de los contenidos por parte de los servicios en línea, tal y como se propone en el artículo 13, el mecanismo de adaptación de contratos (artículo 15) y el mecanismo de resolución de litigios (artículo 16). |
3.2. |
La competencia feroz a escala internacional debe conducir a una estrategia clara de la UE para las industrias culturales y creativas, tanto en lo que se refiere a las políticas para el mercado único como de cara al exterior (agenda internacional para la cultura, la diplomacia cultural y la política comercial). |
3.2.1. |
Empresas estadounidenses como Apple con iTunes, el mayor almacén de música en línea del mundo desde 2010, Netflix con 130 millones de suscriptores en 2017, y YouTube con 1 300 000 usuarios mensuales y más de 5 000 millones de vídeos vistos cada día tienen una posición dominante en el ámbito de las plataformas en línea. |
3.2.2. |
En la industria cinematográfica (6), por ejemplo, «[las] producciones y coproducciones de [Estados Unidos] contabilizan el 90 % de las películas más vistas en las salas durante ese año [2012]», con un corolario natural: «resulta claro el predominio casi absoluto de la lengua inglesa». |
3.2.3. |
Recientemente se han producido importantes fusiones en Estados Unidos que confirman que están teniendo lugar cambios significativos en la producción, distribución y consumo de contenido audiovisual. ¿Cuáles serán los efectos de estos grandes cambios ocurridos en Estados Unidos sobre el sector audiovisual de la UE, que sigue estando fragmentado, con menor financiación pública y un nivel persistentemente bajo de difusión transfronteriza debido a un presupuesto limitado y barreras lingüísticas? Un estudio independiente con datos cuantitativos y cualitativos sería de gran ayuda.
Otros países importantes, como Canadá, China, la India y Japón, han adoptado políticas de incentivación eficaz y a largo plazo para apoyar, tanto interna como externamente, aquellos activos que contribuyen a su poder de influencia; la UE debe hacer lo mismo. |
3.3. Diversificación y renovación de los modelos de negocio
3.3.1. |
Deben fomentarse modelos de negocio innovadores para las industrias con un uso intensivo de derechos de autor en la UE en tres direcciones:
|
3.3.2. |
Las influencias mutuas entre la industria cultural y creativa y los diversos sectores económicos que integran «un componente cultural o creativo» se han demostrado en muchos estudios. En la interfaz entre las industrias culturales y creativas y las tecnologías digitales reside una potente fuente de innovación tanto de vanguardia como incremental. |
3.3.3. |
Por supuesto, determinadas actividades culturales que se benefician de financiación pública o privada no deben depender únicamente de generar beneficios. El nuevo programa también debe cubrir actividades «no orientadas al mercado». |
3.4. Acceso a la financiación
3.4.1. |
El Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas puso en marcha un nuevo instrumento de garantía en junio de 2016 para beneficiar a las pequeñas y medianas empresas y las microempresas de los sectores cultural y creativo que tienen dificultades para acceder a préstamos en sus propios países. Se previó una cantidad inicial de 121 millones EUR para este nuevo mecanismo, que se espera que genere 600 millones EUR en préstamos y otros productos financieros. |
3.4.2. |
Tras un inicio lento, nueve Estados miembros —Bélgica, Chequia, España, Francia, Italia, Luxemburgo, Rumanía, Finlandia y el Reino Unido— han firmado acuerdos con el Fondo Europeo de Inversiones (FEI) para una capacidad global de más de 300 millones EUR de préstamos potenciales. En 2017, el FEI tomó la decisión de añadir 70 millones EUR adicionales. Según un informe del FEI sobre el uso de la garantía para industrias culturales y creativas (marzo de 2018), 418 «agentes» culturales y creativos se beneficiaron de este instrumento por un importe total de 76 millones EUR en préstamos, lo que representa un préstamo medio de 182 000 EUR por entidad. |
3.4.3. |
El CESE anima enérgicamente a las autoridades competentes a nivel nacional y regional, en las zonas urbanas y rurales, a promover este instrumento específico para alimentar el crecimiento de las industrias culturales y creativas y atraer inversiones y nuevas empresas a estos sectores. Es su responsabilidad evitar la creciente brecha entre las «ciudades inteligentes», en las que existe una elevada concentración de industrias culturales y creativas (7), y las zonas rurales. |
3.5. Cuestiones sociales
3.5.1. |
Los datos disponibles en algunos Estados miembros muestran condiciones laborales y sociales injustas e insatisfactorias: horas no remuneradas, horas extraordinarias regulares, contratos temporales, trabajos a tiempo parcial no deseados, malas condiciones de salud y seguridad, inversión insuficiente en formación, diferencias de género (8), falta de diversidad étnica, acoso sexual, bajo nivel de protección social, movilidad insuficiente debido a la doble imposición y difícil acceso a visados para nacionales de terceros países.
Algunos Estados miembros han aplicado requisitos sociales que la industria cultural y creativa debe cumplir a fin de poder acceder a la financiación de la UE, apoyando así el modelo social europeo de conformidad con el papel que puede desempeñar la financiación pública. |
3.5.2. |
Debe fomentarse el diálogo social a escala nacional a fin de encontrar soluciones adecuadas para mejorar la situación. A nivel de la UE, son necesarios más estudios independientes sobre las condiciones laborales en las industrias culturales y creativas a fin de inspirar una renovación de las políticas. Un estudio reciente muestra, por ejemplo, que los criterios de «ocupación» podrían ser más eficaces que los «sectoriales», dado que únicamente el 30,7 % de los trabajos «creativos» están localizados en los sectores de la industria cultural y creativa (9). |
3.5.3.
Las agrupaciones regionales desempeñan un papel fundamental en la promoción de nuevos modelos de colaboración y asociaciones transfronterizas. El nuevo programa debería promover la creación de nuevas agrupaciones y redes regionales de industrias culturales y creativas, así como asociaciones fructíferas entre agrupaciones y redes existentes (Emilia-Romaña, Hamburgo, Milán, etc.) que podrían impulsar un despliegue a mayor escala y las mejores prácticas.
Bruselas, 12 de diciembre de 2018.
El Presidente del Comité Económico y Social Europeo
Luca JAHIER
(1) DO C 13 de 15.1.2016, p. 83 NAT/738 (DO C 440 de 6.12.2018, p. 22), SOC/590 (DO C 62 de 15.2.2019, p. 148) .
(2) Las industrias básicas con un uso intensivo de derechos de autor incluyen nueve sectores: prensa y literatura, música, ópera y producción teatral, cinematografía y vídeo, fotografía, programas informáticos y bases de datos, artes visuales y gráficas, publicidad y artes, y sociedades de gestión colectiva de derechos de autor.
(3) Hacia una estrategia de la UE para las relaciones culturales internacionales, JOIN/2016/029 final.
(4) Citado del documento de debate de la Presidencia búlgara: Una visión de futuro: perspectivas a largo plazo de la contribución de la cultura para la UE más allá de 2020, 27 de abril de 2018.
(5) Véase el punto 4.6 del Dictamen del CESE: DO C 13 de 15.1.2016, p. 83.
(6) Diversity and the film industry: An analysis of the 2014 UIS Survey on Feature Film Statistics, marzo de 2016, p. 31.
(7) El 64 % del empleo creativo está ubicado en zonas urbanas, J. Vlegels, W. Ysebaert Creativiet, diversiteit en werkomstandigheden: eien analyse van de drieand van culturele en creative arbeid in België, Sociologos 39, p. 241.
(8) Véase el marco de acción sobre la igualdad de género en el Comité de Diálogo Social Audiovisual.
(9) J. Vlegels, W. Ysebaert, Sociologos 39, p. 210-241.