COMISIÓN EUROPEA
Bruselas,15.11.2017
COM(2017) 750 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre los progresos realizados por Bulgaria en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación
{SWD(2017) 700 final}
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Document 52017DC0750
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL On Progress in Bulgaria under the Co-operation and Verification Mechanism
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre los progresos realizados por Bulgaria en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre los progresos realizados por Bulgaria en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación
COM/2017/0750 final
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas,15.11.2017
COM(2017) 750 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre los progresos realizados por Bulgaria en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación
{SWD(2017) 700 final}
1. INTRODUCCIÓN
El Mecanismo de Cooperación y Verificación (MCV) se creó en el momento de la adhesión de Bulgaria a la Unión Europea en 2007 1 , con el fin de subsanar las deficiencias en materia de reforma judicial y lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada. Desde entonces, en los informes MCV se ha tratado de ayudar a centrar la labor de las autoridades búlgaras mediante recomendaciones específicas y se han descrito los avances conseguidos. Como ha subrayado el Consejo 2 , el MCV finalizará cuando se cumplan satisfactoriamente los seis indicadores que se aplican a Bulgaria.
En el informe MCV de enero de 2017 3 , la Comisión hizo balance, ofreciendo una visión de conjunto de los logros y los retos pendientes y definió las principales medidas que quedaban por tomar para alcanzar los objetivos del MCV. A tal fin, la Comisión presentó diecisiete recomendaciones clave que, de seguirse efectivamente, conducirán a la conclusión del proceso MCV. Las recomendaciones formuladas en enero de 2017 pueden considerarse, pues, suficientes para cerrar el MCV, a no ser que la evolución de la situación fuera a revertir claramente el curso de los avances logrados. En el informe se indicaba que la celeridad del proceso dependería de la rapidez con que Bulgaria pudiese alcanzar dichos objetivos de manera irreversible.
Así pues, en esta fase del proceso MCV, el presente informe presenta los avances realizados en el seguimiento de las recomendaciones que figuran en el informe de enero de 2017. Como en años anteriores, es el resultado de un minucioso proceso de análisis por parte de la Comisión, basado en una estrecha cooperación con las instituciones búlgaras y las aportaciones de la sociedad civil y de otras partes interesadas, incluidos otros Estados miembros.
En su discurso sobre el estado de la Unión de septiembre de 2017, el presidente Juncker subrayó la importancia del Estado de Derecho y de la independencia del poder judicial 4 , un imperativo válido para todos los Estados miembros de la UE, no solo los que participan en el MCV.
Sobre la base de su análisis de los avances realizados por Bulgaria a lo largo de todo el proceso MCV desde 2007 y de los realizados desde el informe de enero de 2017, la Comisión sigue considerando que, con un rumbo político constante y la voluntad de avanzar en el proceso de reformas, Bulgaria debería poder cumplir las recomendaciones MCV pendientes en un futuro próximo. El análisis destaca lo importante que es abordar los retos pendientes en un espíritu de buena cooperación entre las instituciones.
La Comisión tiene la intención de evaluar los avances registrados hacia finales de 2018 y está dispuesta a prestar ayuda adicional para contribuir a reforzar la irreversibilidad de los avances y, en consecuencia, dar por concluido el Mecanismo.
2. SITUACIÓN GENERAL
Como se indicó en el informe de enero de 2017, la inestabilidad política a lo largo de los años ha afectado a la capacidad de reforma. En mayo entró en funciones un nuevo Gobierno 5 . Tras su constitución, se reactivaron las líneas de trabajo ya emprendidas por el anterior Gobierno en 2016, lo que permitió avanzar con las reformas en una tónica de continuidad política, al retomarse la labor del Gobierno anterior. El nuevo Gobierno hizo gala de determinación para recuperar el tiempo perdido, haciendo avanzar con rapidez una serie de iniciativas legislativas destinadas a la conclusión de varias reformas importantes antes de finales de año. En algunos casos, determinadas partes interesadas han planteado dudas sobre la calidad de la legislación o sobre su participación en el proceso 6 . Algunas iniciativas legislativas importantes siguen en fase de preparación o de estudio, y sería conveniente que salieran adelante en un contexto de amplio debate público y consultas con las partes interesadas. La Comisión considera que unos procesos legislativos inclusivos basados en los principios de una mejor reglamentación son esenciales para la sostenibilidad de las reformas.
Entretanto, los hechos acaecidos recientemente en la Asamblea Nacional han vuelto a llamar la atención sobre el impacto de un proceso de toma de decisiones legislativas imprevisible. En julio, algunos diputados incluyeron en el orden del día de la Asamblea Nacional un paquete de proyectos de propuestas de modificación de la Ley de Sistemas Judiciales, sin someterlo a debate público ni a la consulta de las partes interesadas. Los proyectos de modificación suscitaron críticas generalizadas, pues para muchas voces en el seno del poder judicial y de la sociedad civil constituían un ataque directo a la independencia judicial. Aunque las modificaciones de mayor calado fueron retiradas antes de la votación final 7 , algunas de las que se adoptaron fueron criticadas por ser potencialmente perjudiciales para la independencia de los jueces, y algunos observadores consideran que podrían ser inconstitucionales 8 . A principios de octubre, otros proyectos de modificaciones a la Ley de Sistemas Judiciales fueron presentados en la misma forma por distintos diputados a título individual, sin debate público ni consulta de las partes interesadas, y fueron criticados por los observadores por revertir elementos clave de las reformas de 2016 9 . Bulgaria debería garantizar la irreversibilidad y la credibilidad del proceso de reforma judicial estableciendo un entorno de confianza y cooperación entre instituciones, algo que es fundamental para el éxito en la implementación de las reformas. Aunque nadie duda de la necesidad de acelerar el ritmo de la reforma, ello no debe llevar a eludir los procedimientos de consulta, lo que podría crear un clima de incertidumbre y falta de implicación.
En el sistema judicial, el recién elegido Consejo Judicial Supremo (SJC) tiene la oportunidad de abordar el entorno de debate generalmente negativo que ha predominado en el seno del poder judicial con el anterior SJC, con evidentes divisiones y sospechas mutuas que impedían un proceso decisorio imparcial. Las recientes reformas han introducido mejoras indudables, especialmente la creación de cámaras separadas para jueces y fiscales en el SJC. Sin embargo, las persistentes dudas que suscita la posible influencia indebida sobre los jueces a través del SJC podría socavar la impresión de un proceso de toma de decisiones independiente dentro de esta institución clave 10 . Habida cuenta de este desafío, será importante, por tanto, que el nuevo SJC cree un clima de debate abierto y de transparencia para las decisiones clave a fin de recuperar la confianza entre los magistrados y el público en general, un elemento fundamental para el buen funcionamiento de cualquier sistema judicial.
3. EVALUACIÓN DE LOS AVANCES HACIA EL CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES MCV ATENDIENDO A LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS EN EL INFORME MCV DE ENERO DE 2017
3.1 Primer indicador: Independencia judicial
Recomendación n.º 1: Garantizar una elección transparente del futuro SJC, con una audiencia pública en la Asamblea Nacional antes de la elección de los miembros del cupo parlamentario y dando a la sociedad civil la posibilidad de formular observaciones sobre los candidatos.
Recomendación n.º 2: Establecer un historial de nombramientos transparentes y basados en los méritos para cargos judiciales de alto nivel, incluido el próximo nombramiento de un nuevo presidente del Tribunal Supremo Administrativo.
Recomendación n.º 3: Mejorar el funcionamiento práctico de la ISJC y el seguimiento por parte del Consejo Judicial Supremo de los resultados de la ISJC, en especial en lo que respecta a cuestiones de integridad; considerar la posibilidad de pedir asistencia externa, por ejemplo del Servicio de Apoyo a las Reformas Estructurales (SRSS) y/o del Consejo de Europa.
La novedad más importante de este año en lo que se refiere al poder judicial ha sido la elección de un nuevo Consejo Judicial Supremo (SJC), que entró en funciones el 3 de octubre. Las elecciones al cupo judicial se llevaron a cabo en junio, de conformidad con el principio «un magistrado, un voto», previamente destacado por la Comisión, y, pese a ciertas dudas manifestadas en aquel momento, se consideró que, en general, el proceso se llevó a cabo de manera limpia. Se trata de una mejora significativa en comparación con la elección del anterior SJC en otoño de 2012 11 . La elección del cupo parlamentario fue completada por la Asamblea Nacional el 20 de septiembre con la elección de los candidatos seleccionados por encima de la mayoría de dos tercios requerida. En los medios de comunicación y en la sociedad civil se criticó que el resultado había sido predeterminado mediante acuerdos entre los principales partidos políticos, y que, debido a un debate desvirtuado, no tomó en consideración los méritos relativos de los candidatos 12 . Una de las críticas más prodigadas fue que en la vista pública previa celebrada en la comisión de asuntos jurídicos no hubo tiempo para abordar las cuestiones cruciales planteadas por la sociedad civil, aunque estas fueron recibidas y publicadas en el sitio web de la Asamblea Nacional. Con todo, en conjunto, las elecciones al nuevo SJC reflejaron los méritos del nuevo marco legislativo que se había implantado en 2016. Le toca ahora al nuevo SJC acreditar en la práctica su independencia con una trayectoria decisoria imparcial y profesional en ámbitos clave.
Una importante responsabilidad del SJC es el nombramiento de cargos de alto nivel en el seno del poder judicial. Habrá que ver si estas decisiones se adoptan atendiendo a los méritos y de forma transparente. En 2017, una decisión especialmente importante fue el nombramiento del nuevo presidente del Tribunal Supremo Administrativo. Aunque esta decisión podía haber sido adoptada por el nuevo SJC, el SJC saliente decidió elegir a su candidato el 11 de septiembre y presentarlo para su confirmación por el Presidente de la República 13 . El Presidente devolvió la candidatura alegando que sería más legítimo que el proceso de nombramiento fuera completado por el nuevo SJC. De esta forma, el nuevo SJC pudo reconsiderar el nombramiento en una reunión celebrada el 19 de octubre, en la que el candidato elegido fue confirmado en una segunda votación por una amplia mayoría.
La otra gran institución creada en virtud de la Constitución para proteger la independencia del poder judicial es la Inspección. Las enmiendas constitucionales adoptadas en 2015 otorgaron a la Inspección mayores competencias en ámbitos clave como la integridad, incluidos los controles sobre los conflictos de intereses y el patrimonio privado de los magistrados, y un papel más destacado en la preparación de los procedimientos disciplinarios. Aunque las decisiones definitivas sobre estos procedimientos siguen incumbiendo al SJC, tales competencias son necesariamente sensibles —las decisiones disciplinarias del SJC han sido polémicas en el pasado— y, por tanto, deben implementarse atentamente. Teniendo en cuenta todo lo expuesto, el informe de enero de 2017 recomendó a las autoridades búlgaras recurrir a expertos externos para mejorar el funcionamiento práctico del nuevo régimen disciplinario y de inspección 14 . La Comisión de Venecia adoptó en octubre un dictamen sobre Bulgaria con importantes elementos que podrían servir de base para nuevas evaluaciones en el marco de esa revisión 15 .
Sobre la base de un análisis de las recomendaciones n.os 1, 2 y 3, en general Bulgaria ha realizado progresos significativos en relación con el primer indicador. Sin embargo, algunos elementos de las recomendaciones n.os 2 y 3 siguen pendientes y requerirán más seguimiento en los próximos meses.
3.2 Segundo indicador: Marco jurídico
Recomendación n.º 4: Modificar la Ley de Enjuiciamiento Penal y el Código Penal con el fin de mejorar el marco jurídico de la persecución de la corrupción de alto nivel y la gran delincuencia organizada.
En relación con los procedimientos penales, la Asamblea Nacional adoptó en julio un paquete de modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Penal. Estas propuestas tienen por objeto hacer frente a los retrasos de los procedimientos penales, en particular limitando la capacidad de los tribunales de devolver los asuntos a la Fiscalía por motivos de forma. Si bien muchos de los cambios están en consonancia con las propuestas que se habían presentado ya en otoño de 2016, suscitó preocupación el hecho de que el paquete final se tramitó de manera precipitada en la Asamblea Nacional sin mucho tiempo para un debate más amplio en el seno del poder judicial, lo que no permitió disipar posibles reservas. Una de las consecuencias de la adopción de estas nuevas modificaciones fue la transferencia de competencia en los asuntos de corrupción en los que estén involucrados funcionarios de alto nivel, incluidos ministros, parlamentarios y magistrados, al Tribunal Especializado en asuntos de delincuencia organizada. La brevedad del plazo disponible para la implementación de este cambio ha planteado problemas organizativos 16 . Como se indicó en el informe de enero, tales cambios deben prepararse cuidadosamente e ir acompañados de un análisis apropiado sobre las necesidades de recursos y sobre sus posibles efectos jurídicos. Además, la Ley de Enjuiciamiento Penal modificado fue acompañado de modificaciones específicas de la Ley de Sistemas Judiciales que preveían una nueva posibilidad para cesar a los jueces, y sobre las que ha planteado reservas la Comisión de Venecia 17 . De manera más general, se espera que la incidencia de los cambios, aún recientes, se haga visible en el historial de casos a medida que se vayan implementando en la práctica las distintas disposiciones.
En el Ministerio de Justicia se está estudiando a nivel de grupos de trabajo, con la asistencia técnica de la Fiscalía General y de otros interesados, una serie de nuevos ámbitos en los que se podrían introducir cambios legislativos en relación con los procedimientos penales y el Código Penal con el fin de abordar los problemas detectados en el contexto de los indicadores tercero y cuarto 18 . Las cuestiones que se están estudiando han sido consideradas por los expertos y por las autoridades búlgaras pertinentes para una investigación y persecución más eficaz de los delitos graves relacionados con la corrupción y la delincuencia organizada. No obstante, con el fin de afianzar la confianza necesaria en este proceso entre el público en general, así como la aceptación en el seno del poder judicial de los cambios propuestos, es de vital importancia que los cambios fundamentales a las leyes penales se lleven a cabo de forma transparente, tras un debate público en la judicatura y la consulta de la sociedad civil. No solo el contenido de los cambios legislativos, sino también el procedimiento utilizado para su preparación y adopción, tienen repercusiones en la sostenibilidad de los avances.
En líneas generales, Bulgaria ha tomado medidas concretas para seguir la recomendación n.º 4, a fin de cumplir los objetivos del segundo indicador. Ya se ha adoptado una serie de cambios en la Ley de Enjuiciamiento Penal y se están preparando otras propuestas legislativas en relación con los indicadores tercero y cuarto, en particular en el Código Penal. El éxito de la implementación de estas reformas requerirá una preparación y un seguimiento minuciosos, además del debate público y la consulta a las partes interesadas pertinentes en la judicatura y en la sociedad civil.
3.3 Tercer indicador: Reforma continuada del poder judicial
Recomendación n.º 5: Publicar un informe que se someta a la consulta pública en el que se detallen los avances logrados en la ejecución de la estrategia nacional de reforma judicial y se indiquen las medidas restantes que deben adoptarse. Establecer un mecanismo de presentación pública continuada de información sobre los avances que se consigan durante el tiempo restante que dure la ejecución de la estrategia.
Recomendación n.º 6: Abordar la situación de la carga de trabajo en los tribunales con más trabajo, sobre la base de los nuevos estándares de carga de trabajo, y acordar una hoja de ruta para la reforma del mapa judicial de modo paralelo al desarrollo de la justicia electrónica.
Recomendación n.º 7: Establecer una hoja de ruta para la aplicación de las recomendaciones del informe del SRSS relativo a la reforma de la fiscalía y a sus interacciones con otras instituciones, incluido un mecanismo de presentación de información sobre los avances al público en general.
Recomendación n.º 8: Establecer una hoja de ruta para la aplicación de las recomendaciones del estudio [sobre las sentencias del TEDH], incluido un mecanismo de presentación de información sobre los avances al público en general.
Cuatro recomendaciones del informe de enero de 2017 aspiraban a reforzar la rendición pública de cuentas y la cooperación entre las instituciones. Se trataba de fomentar una mayor implicación de la sociedad en el proceso de reforma y de reforzar así la irreversibilidad. Este aspecto reviste especial importancia en el marco de la reforma continuada del sistema judicial. Aunque el éxito de la implementación de la estrategia de reforma del sistema judicial ha de sustentarse, en última instancia, en la participación de un gran número de instituciones independientes, tanto en el seno del poder judicial como fuera de él, el Gobierno y el SJC están llamados a desempeñar un papel clave en este proceso, en particular con la implantación de un marco general para el debate público y las consultas interinstitucionales. El Gobierno búlgaro ha dado algunos pasos en este sentido, con el compromiso de publicar informes periódicos sobre los progresos realizados en el marco de la estrategia. Estas medidas podrían constituir la base de debate público, así como un diálogo con el CSJ y la judicatura en sentido amplio sobre las medidas concretas y los objetivos específicos que han de abordarse para alcanzar los objetivos estratégicos generales fijados en la estrategia de 2014 a lo largo del período restante hasta 2020 19 . Se espera que este proceso salga adelante en los próximos meses, en cooperación con el recién elegido SJC.
Hace años que la reforma del mapa judicial y la introducción de un sistema global de justicia figuran en la agenda de trabajo, el anterior SJC llevó a cabo numerosos trabajos preparatorios y están en curso nuevos análisis en el marco de un proyecto financiado con fondos de la UE. Todo indica, sin embargo, que se trata de un proyecto a más largo plazo que será desarrollada por el nuevo SJC y requiere también un respaldo político más amplio. Con todo, algunos elementos pueden avanzar a un ritmo más rápido. En particular, el fiscal general ha presentado ya un modelo concreto para la consolidación de las fiscalías locales en las veintiocho regiones, lo que no requerirá necesariamente una consolidación paralela de los tribunales locales. Más específicamente, es imperioso hacer frente a los desequilibrios en la carga de trabajo entre tribunales, especialmente los tribunales más grandes de la capital, que están sometidos a una carga de trabajo superior a la media 20 . Esta cuestión será inevitablemente uno de los puntos destacados del orden del día del nuevo SJC, una vez entre en funciones. Además de la asignación de personal adicional a los tribunales con más carga de trabajo, otra posible solución sería reconsiderar la competencia para determinados tipos de asuntos. El Gobierno está explorando distintas posibilidades en este sentido. Naturalmente, estos cambios requieren consultas y un debate apropiados con las partes interesadas pertinentes, sobre todo si se tiene en cuenta la incidencia en el acceso a la justicia.
Otras vías importantes para posibles nuevas reformas fueron destacadas el año pasado en un análisis de la Fiscalía búlgara, realizado con la asistencia del Servicio de Apoyo a las Reformas Estructurales (SRSS) de la Comisión con un equipo de fiscales de alto rango procedentes de Alemania, España, los Países Bajos y el Reino Unido. Las autoridades búlgaras —lideradas por la Fiscalía y con el apoyo del Ministerio de Justicia— han elaborado una hoja de ruta que contiene una serie de medidas para dar seguimiento a este análisis. Dada la complejidad de este ejercicio, muchas de las medidas propuestas en la hoja de ruta han de traducirse todavía en resultados concretos y en decisiones sobre la manera de proceder 21 . Queda por ver si es posible llegar a un consenso entre las distintas instituciones implicadas sobre cuáles son los cambios necesarios para llevar a cabo un minucioso seguimiento de las recomendaciones que figuran en el informe de los expertos 22 .
En 2016, en una iniciativa separada, la propia Fiscalía llevó a cabo un análisis de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de investigaciones penales inefectivas en Bulgaria. La actuación consecutiva a este análisis también está avanzando, enmarcada en una hoja de ruta elaborada por la Fiscalía que está en curso de implementación.
En líneas generales, Bulgaria ha adoptado medidas adicionales para dar seguimiento a las cuatro recomendaciones en el marco del tercer indicador. No obstante, estas iniciativas aún no han concluido y deben plasmarse en un plan de acción claro, que deberá adoptarse en ámbitos clave.
3.4 Cuarto indicador: Corrupción de alto nivel
Recomendación n.º 9: Aprobar un nuevo marco jurídico de lucha contra la corrupción en consonancia con las intenciones señaladas en la estrategia de lucha contra la corrupción y garantizar su aplicación. Establecer una autoridad efectiva de lucha contra la corrupción.
Recomendación n.º 10: Aprobar y aplicar una reforma de la Ley de Administraciones Públicas, con objeto de reforzar las inspecciones internas en la administración pública.
Recomendación n.º 11: Sobre la base del análisis de asuntos anteriores, establecer una hoja de ruta entre todas las instituciones pertinentes para subsanar las deficiencias de la investigación y encausamiento de asuntos de corrupción de alto nivel, incluido un mecanismo de presentación al público en general de información sobre los avances conseguidos.
Recomendación n.º 12: Establecer un mecanismo de presentación pública de información sobre los avances logrados en asuntos [de corrupción] de alto nivel que son del dominio público. La Fiscalía General debe presentar información (respetando al mismo tiempo la presunción de inocencia) sobre investigaciones y procesamientos. El Tribunal Supremo y el Ministro de Justicia deben informar sobre las sentencias condenatorias y la ejecución de las resoluciones judiciales.
Según el informe de enero del MCV, la lucha contra la corrupción es el ámbito en el que menos se ha avanzado en Bulgaria durante los diez años de existencia del MCV, en particular en lo que respecta a la aplicación de la estrategia de lucha contra la corrupción adoptada en 2015 23 y los correspondientes esfuerzos para aprobar una reforma integral del marco legislativo y crear una agencia unificada de lucha contra la corrupción. El 4 de octubre, el nuevo Gobierno presentó a la Asamblea Nacional un proyecto revisado con el objetivo explícito de adoptar esta importante reforma legislativa a más tardar a finales de año. Una vez adoptada, habrá que proceder a la creación de la nueva institución y a su puesta en funcionamiento 24 . Un aspecto clave será el nombramiento de su dirección en un procedimiento abierto y transparente, a fin de sentar las bases para que la nueva institución se granjee una amplia confianza de la sociedad en general, así como entre los funcionarios públicos.
Otro elemento importante de la estrategia de lucha contra la corrupción en 2015 atañe al funcionamiento de las inspecciones internas en la Administración del Estado. Estas importantes estructuras son responsables del control interno de las buenas prácticas administrativas, pero, hasta la fecha, han venido trabajando sin un marco jurídico claro y sin normas de funcionamiento comunes. A fin de reforzar el papel de las inspecciones, en septiembre de 2017 se presentó una serie de proyectos de modificación de la Ley de Administraciones Públicas, que fueron adoptados por la Asamblea Nacional el 12 de octubre. Ahora, la nueva Ley debe ser implementada en términos concretos de organización.
Además de estas reformas de estructuras institucionales clave, Bulgaria ha de establecer asimismo un historial efectivo de investigación, detección y represión de la corrupción. Muchos de los problemas detectados en el marco de los indicadores dos y tres antes mencionados son especialmente pertinentes también en este contexto. No obstante, con el fin de garantizar un enfoque específico sobre los retos relacionados con asuntos de corrupción de alto nivel, la Fiscalía realizó un análisis de una muestra de expedientes tramitados desde 2013, con el fin de determinar las posibles lecciones que hay aprender y las medidas que hay que adoptar para que tales investigaciones y actuaciones judiciales sean más eficaces en el futuro. Partiendo de este análisis, se elaboró una hoja de ruta, que está siendo puesta en práctica por las instituciones pertinentes. Se presentarán informes periódicos al Consejo Nacional de Políticas de Lucha contra la Corrupción, establecido por el anterior Gobierno para agrupar a las diversas instituciones que se ocupan de la política anticorrupción, y presidido por un coordinador nacional de la lucha contra la corrupción 25 . En cuanto a las demás hojas de ruta a las que se ha hecho referencia en el marco del tercer indicador, muchas de las medidas previstas solo se han formulado en términos generales y aún no se han plasmado en acciones concretas.
Por último, un elemento importante en el que se sustenta una estrategia creíble para la investigación y persecución de la corrupción de alto nivel es la existencia de un marco coherente para comunicar al público los progresos realizados. En respuesta a la recomendación del informe de enero de 2017, el Tribunal Supremo búlgaro ha implantado un mecanismo de seguimiento e información sobre asuntos de corrupción durante su tramitación en el sistema judicial. Esta medida viene a sumarse a la comunicación por parte de la Fiscalía de la incoación de acciones en asuntos concretos 26 .
En líneas generales, Bulgaria ha adoptado medidas adicionales para abordar las cuatro recomendaciones del informe de enero en referencia al cuarto indicador. Sin embargo, aún faltan por adoptar y poner en práctica varias iniciativas clave. Otras están en fase inicial de aplicación, debiendo definirse claramente acciones concretas.
3.5 Quinto indicador: Corrupción en general, en particular a nivel local y en las fronteras
Recomendación n.º 13: Realizar una revisión externa de los controles ex ante de los procedimientos de contratación pública y de su seguimiento, incluidos los controles ex post, así como de los casos de conflictos de intereses o de corrupción descubiertos y de las medidas correctoras adoptadas para subsanar las deficiencias detectadas.
Recomendación n.º 14: Establecer medidas basadas en los riesgos para abordar la corrupción de bajo nivel en sectores de alto riesgo en la Administración Pública, inspirándose de lo realizado en el Ministerio del Interior. Proseguir los esfuerzos en el Ministerio del Interior.
Recomendación n.º 15: Establecer un mecanismo de presentación pública de información sobre la aplicación de la estrategia nacional de lucha contra la corrupción que abarque el período restante de aplicación de la estrategia.
En el informe de enero de 2017 se reconocieron los avances registrados en el ámbito de la contratación pública y se recomendó a Bulgaria que procediera a una evaluación externa del funcionamiento del nuevo sistema de controles ex ante y de su seguimiento. En respuesta a esta recomendación, las autoridades búlgaras están contemplando, al parecer, la posibilidad de encargar a un contratista externo la realización de tal revisión en 2018 27 .
Otra línea de trabajo que se inscribe en la estrategia se centra en la introducción de planes de lucha contra la corrupción, con medidas específicas y concretas para prevenir la corrupción en una serie de sectores de alto riesgo. El Consejo Nacional de Políticas de Lucha contra la Corrupción decidió en julio poner en marcha una revisión de los planes sectoriales de lucha contra la corrupción en la Administración Pública con el fin de determinar posibilidades para una actuación más coordinada en este ámbito. Se prevé que la revisión concluya antes de finales de año, tras lo cual habrá de ser objeto de seguimiento en las diferentes administraciones sectoriales. Se trata de un ámbito en el que se precisa una actuación firme y permanente por parte de la dirección, las inspecciones y otros agentes de toda la Administración Pública.
La recomendación final en el marco de este indicador busca garantizar un debate público permanente y una atención política a la aplicación y posterior desarrollo de la estrategia de lucha contra la corrupción, a través de un mecanismo de información pública. Las autoridades búlgaras han decidido dar continuidad al Consejo Nacional de Políticas de Lucha contra la Corrupción y encargarle la evaluación regular y la información a la opinión pública sobre los avances realizados.
En líneas generales, Bulgaria ha tomado medidas para abordar las tres recomendaciones del informe de enero en el marco del quinto indicador. Sobre la base de las medidas llevadas a cabo, en 2018 deberían adoptarse las acciones necesarias.
3.6 Sexto indicador: Delincuencia organizada
Recomendación n.º 16: Establecer un mecanismo de presentación pública de información sobre los avances logrados en asuntos [de delincuencia organizada] de alto nivel que son del dominio público. La Fiscalía General debe presentar información (respetando al mismo tiempo la presunción de inocencia) sobre investigaciones y procesamientos. El Tribunal Supremo y el Ministro de Justicia deben informar sobre las sentencias condenatorias y la ejecución de las resoluciones judiciales.
Recomendación n.º 17: Aprobar las modificaciones necesarias de la Ley de Decomiso de Activos Penales y garantizar que la Comisión de Decomiso de Activos Ilegales sigue desempeñando sus actividades de modo independiente y eficiente.
En el informe de enero de 2017 se reconoció que en los últimos diez años se había producido un gran cambio en el entorno delictivo: la violencia de la delincuencia organizada es ahora menos visible y constituye una menor amenaza para la estabilidad de la sociedad que en el pasado, por lo que el panorama general en Bulgaria es cada vez más similar a la situación que impera en algunos otros Estados miembros. Además, se observó que las instituciones especializadas que se habían creado en 2012 estaban empezando a establecer un historial coherente en términos de condenas firmes en asuntos de delincuencia organizada y de decomiso de activos ilícitos.
Con todo, el informe incluía algunas recomendaciones finales clave destinadas a consolidar aún más esta tendencia positiva. En primer lugar, se recomendó establecer un sistema de información de los asuntos graves de delincuencia organizada que permita al público en general y a los medios de comunicación seguir los avances conseguidos en estos asuntos. Esta recomendación es análoga a la recomendación sobre asuntos de corrupción de alto nivel, y las medidas adoptadas responden a ambas recomendaciones. Como se ha señalado anteriormente, el informe de enero de 2017 reconoció la trayectoria de la Fiscalía y el Tribunal especializados en el ámbito de la delincuencia organizada. No obstante, la Comisión toma nota de que los recientes cambios en la legislación de enjuiciamiento penal incluyen importantes cambios organizativos, atribuyéndose la competencia en los asuntos de alto nivel al Tribunal Especializado. Bulgaria ha de velar por que estos cambios afiancen los avances ya logrados en este ámbito.
En segundo lugar, se recomendó modificar la Ley de Decomiso de Activos Penales a fin de solucionar una serie de problemas que habían sido detectados por la Comisión de Decomiso de Activos Ilegales. En respuesta a esta recomendación, las autoridades búlgaras han informado a la Comisión de que se habían adoptado las modificaciones legales. No obstante, la Comisión toma nota de que la nueva legislación de lucha contra la corrupción que está siendo examinada actualmente por la Asamblea Nacional contiene disposiciones sobre el decomiso ilícito de activos y prevé un nuevo marco institucional. Como se indicaba en el informe de enero de 2017, será importante garantizar que estos cambios no ponen en cuestión los progresos ya realizados en este ámbito ni la capacidad de las instituciones para mantener la tendencia positiva observada hasta la fecha.
En líneas generales, Bulgaria ha tomado medidas para dar curso a las recomendaciones n.os 16 y 17 en el marco del sexto indicador. Sin embargo, las autoridades búlgaras deberían garantizar que las recientes decisiones sobre cambios organizativos y legales se lleven a cabo de tal forma que consoliden los progresos realizados.
4. CONCLUSIÓN
Durante el período de nueve meses transcurrido desde el último informe de enero de 2017, en el que se exponían las principales recomendaciones para cumplir todos los indicadores del MCV, ha tenido lugar una evolución positiva. Si bien la incertidumbre política provocó algunos retrasos en la aplicación de las reformas a principios de año, desde mayo el proceso de reforma ha retomado su ritmo, aunque los resultados finales están aún por ver, sobre todo en aquellos ámbitos que requieren una reforma legislativa y la actuación del Gobierno, como la lucha contra la corrupción. También en la judicatura se ha producido una notable evolución este año, en particular con la elección de un nuevo SJC, cuyo impacto debería empezar a sentirse el próximo año.
El presente informe indica que se ha progresado de manera significativa en el seguimiento de las recomendaciones que figuran en el informe de enero de 2017, en particular la recomendación n.º 1, en la que ahora le toca al nuevo SJC acreditar la consecución de resultados, y las recomendaciones n.os 16 y 17, en las que debería mantenerse la tendencia positiva. También se han registrado importantes avances en relación con la recomendación n.º 4, pero hay que seguir trabajando. Aunque la Comisión aún no puede concluir que ninguno de los indicadores de referencia se cumple satisfactoriamente en esta fase, sigue considerando que con una orientación política constante y una voluntad de avanzar en el proceso de reformas, Bulgaria debería de ser capaz de cumplir con las recomendaciones del MCV pendientes en un futuro próximo.
La Comisión invita a Bulgaria a aplicar las medidas necesarias y a seguir todas las recomendaciones, y evaluará de nuevo los avances registrados hacia finales de 2018.
Conclusiones del Consejo de Ministros de 17 de octubre de 2006 (13339/06); Decisión de la Comisión, de 13 de diciembre de 2006, por la que se establece un mecanismo de cooperación y verificación de los avances logrados por Bulgaria para cumplir indicadores concretos en materia de reforma judicial, lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada, 13 de diciembre de 2006 [notificada con el número de documento C(2006) 6570].
Conclusiones del Consejo sobre el MCV.
COM(2017) 43 final de 25.1.2017.
http://europa.eu/rapid/press-release_SPEECH-17-3165_es.htm.
El Gobierno provisional, en funciones hasta la formación del nuevo Gobierno en el mes de mayo, pudo tomar algunas medidas de naturaleza preparatoria o administrativa, pero las grandes reformas legislativas se ralentizaron.
Véase el punto 3.2 infra. Un elemento destacado de la implementación de la estrategia de reforma judicial de 2014 fue la creación, a principios de 2016, de un consejo consultivo sobre la reforma judicial, que, gracias a la participación directa de las partes interesadas en la elaboración de las enmiendas, desempeñó un papel decisivo a la hora de recabar un amplio respaldo público a los grandes cambios legislativos que se adoptaron en 2016. En 2017, el empeño en obtener resultados rápidamente ha dado lugar, en ocasiones, a un enfoque menos inclusivo, que afecta a la recepción de las reformas por las partes afectadas en el seno del poder judicial y de la sociedad civil.
En particular, algunos de los proyectos de modificación habrían limitado el acceso de las asociaciones profesionales de magistrados a la financiación extranjera. Estas propuestas de modificaciones fueron retiradas.
Se trata, en particular, de las modificaciones relativas al cese obligatorio de cualquier magistrado incurso en un procedimiento de investigación penal, sin derecho de recurso, y con la exigencia de que los magistrados declaren su pertenencia a asociaciones profesionales. Se plantearon reservas en relación con la posibilidad de que, en el contexto búlgaro, tales disposiciones fueran usadas abusivamente o ejercieran inadvertidamente presión sobre los jueces. El primer elemento mencionado más arriba también fue objeto de críticas en un reciente dictamen de la Comisión de Venecia (véase la referencia en la nota a pie de página n.º 10, infra). A raíz de estas críticas, Bulgaria adoptó el 27 de octubre nuevas modificaciones para disipar algunas de las reservas manifestadas.
Estas modificaciones tenían por objeto permitir el envío de magistrados en comisión de servicios a otros tribunales durante períodos más largos, así como la introducción del principio de remuneración basada en el rendimiento de los magistrados en el Tribunal Especializado y la Fiscalía encargada de la corrupción a gran escala y la delincuencia organizada.
La base de tales reservas sobre las deficiencias estructurales persistentes en el sistema búlgaro ha sido destacada recientemente en sendos informes de la Comisión de Venecia y del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO, creado en 1999 por el Consejo de Europa para supervisar el cumplimiento de las normas anticorrupción de la organización), véase el informe de conformidad del GRECO sobre Bulgaria de junio de 2017 ( https://www.coe.int/en/web/greco/-/bulgaria-publication-of-the-fourth-round-compliance-report ) y el dictamen de la Comisión de Venecia sobre Bulgaria de octubre de 2017 ( http://www.venice.coe.int/webforms/documents/default.aspx?pdffile=CDL-AD(2017)018-e ).
En el informe MCV de enero de 2014, la Comisión lamentó que la elección del cupo judicial se hubiera visto afectada por la decisión de no permitir elecciones directas de los jueces, COM(2014) 36 final.
Sobre todo si se tiene en cuenta que el porcentaje de miembros elegidos por la Asamblea Nacional en la magistratura sigue siendo elevado: el mismo número que los jueces elegidos por sus homólogos.
Con arreglo a la Constitución búlgara, corresponde al Presidente designar a los presidentes de los dos tribunales supremos, así como al fiscal general, a moción del SJC. El Presidente puede rechazar a un candidato una vez, pero no pueden vetarlo por segunda vez.
El Gobierno búlgaro ha manifestado interés en la asistencia del SRSS para la Inspección.
Véanse las referencias en la nota a pie de página n.º 10.
En aparente relación con las modificaciones adoptadas, a principios de octubre se presentaron en la Asamblea Nacional otros proyectos de modificaciones de la Ley de Sistemas Judiciales, sin debate previo ni consulta, a los que se reprochó que ponían en cuestión elementos de reformas adoptadas anteriormente y posiblemente suscitaban nuevas preocupaciones. Sin embargo, las modificaciones fueron aprobadas por la Asamblea Nacional el 27 de octubre.
Véase la nota a pie de página n.º 8.
Véase más adelante en 3.3 y 3.4.
Una versión en lengua inglesa de la estrategia puede consultarse en el siguiente enlace: www.strategy.bg/FileHandler.ashx?fileId=5570
El SJC anterior desarrolló un marco analítico para el análisis de la carga de trabajo que ya está dando frutos, pues aporta datos completos sobre la carga de trabajo en todos los tribunales y fiscalías.
Muchas de las medidas se refieren a cambios legislativos en el Código Penal o en la Ley de Enjuiciamiento Penal, por lo que existe un solapamiento significativo con las medidas previstas en el segundo indicador.
Puede encontrarse un resumen en la página web del Ministerio de Justicia: http://www.mjs.bg/Files/Executive%20Summary%20Final%20Report%20BG%2015122016.pdf
Puede consultarse una versión en inglés en el siguiente enlace:
http://rai-see.org/wp-content/uploads/2015/08/Bulgaria_Anti-corruption_strategy_-2015.pdf
En este contexto, en el informe de enero de 2017 se mostraba cierta preocupación por lo que se refiere al buen funcionamiento continuado de la Comisión de Decomiso de Activos Ilegales en el nuevo marco, un ámbito en el que Bulgaria ha desarrollado una sólida trayectoria en los últimos años.
El actual Viceprimer Ministro de Reforma Judicial y Ministro de Asuntos Exteriores ha sido nombrado asimismo Coordinador Nacional de Lucha contra la Corrupción.
En relación con este último aspecto, no se ha implantado ningún mecanismo de notificación sistemática. La Fiscalía notifica estos datos al SJC y al Ministerio de Justicia e informa al público periódicamente en sesiones informativas para la prensa.
Con financiación con cargo al Programa Operativo «Buena gobernanza», en el marco del Fondo Social Europeo.