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Document 52016IP0377

    Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de octubre de 2016, sobre la necesidad de una política europea de reindustrialización en vista de los recientes casos de Caterpillar y Alstom (2016/2891(RSP))

    DO C 215 de 19.6.2018, p. 21–28 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.6.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 215/21


    P8_TA(2016)0377

    La necesidad de una política europea de reindustrialización en vista de los recientes casos de Caterpillar y Alstom

    Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de octubre de 2016, sobre la necesidad de una política europea de reindustrialización en vista de los recientes casos de Caterpillar y Alstom (2016/2891(RSP))

    (2018/C 215/04)

    El Parlamento Europeo,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 9, 151, 152, 153, apartados 1 y 2, y 173,

    Vistos los artículos 14, 27 y 30 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

    Vista la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos (1),

    Vistos el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el Tratado de la Unión Europea (TUE), y en particular el artículo 5, apartado 3, del TUE y el Protocolo n.o 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad,

    Vistos la Comunicación de la Comisión, de 31 de marzo de 2005, titulada «Reestructuraciones y empleo — Anticipar y acompañar las reestructuraciones para desarrollar el empleo: el papel de la Unión Europea» (COM(2005)0120) y la opinión del Comité Económico y Social Europeo de 14 de diciembre de 2005,

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de noviembre de 2010, titulada «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos: una contribución europea hacia el pleno empleo» (COM(2010)0682),

    Visto el Reglamento (UE) n.o 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1927/2006 (2),

    Vista la Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de enero de 2013, con recomendaciones para la Comisión en materia de información y consulta de los trabajadores, anticipación y gestión de las reestructuraciones (3),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de diciembre de 2013, sobre un Marco de Calidad de la UE para la Anticipación del Cambio y la Reestructuración (COM(2013)0882),

    Vista su Resolución, de 15 de enero de 2014, sobre la reindustrialización de Europa para promover la competitividad y la sostenibilidad (4),

    Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 18 de abril de 2012, relativo al aprovechamiento del potencial de empleo del crecimiento ecológico (SWD(2012)0092),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de enero de 2014, titulada «Por un renacimiento industrial europeo» (COM(2014)0014),

    Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de octubre de 2015, titulada «Comercio para todos: Hacia una política de comercio e inversión más responsable» (COM(2015)0497),

    Vistos la Comunicación de la Comisión, de 10 de octubre de 2012, titulada «Una industria europea más fuerte para el crecimiento y la recuperación económica» (COM(2012)0582) y el objetivo de un 20 % de reindustrialización,

    Vista su Resolución, de 16 de diciembre de 2015, sobre el desarrollo de una industria europea sostenible de los metales básicos (5),

    Vista su Resolución, de 9 de junio de 2016, sobre la competitividad del sector europeo del equipamiento ferroviario (6),

    Visto el artículo 123, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

    A.

    Considerando que hoy en día la coherencia entre las distintas políticas adoptadas por la Unión para definir una política industrial moderna resulta absolutamente esencial, en particular teniendo en cuenta los casos de Caterpillar y Alstom;

    B.

    Considerando que el 2 de septiembre de 2016 Caterpillar anunció un gran plan de reestructuración a escala mundial; que, como parte de este plan, la planta de Gosselies se vio obligada a cerrar sus puertas, dando lugar al despido de 2 500 trabajadores directos y poniendo en peligro el empleo de unos 4 000 trabajadores subcontratados;

    C.

    Considerando que la reducción de los costes de producción entre 2013 y 2015 hizo que los productos de la planta resultaran más atractivos que los procedentes de fuera de la Unión; que, sin embargo, Caterpillar decidió cerrar la planta para trasladar la producción a otros centros con normas de protección social y medioambiental inferiores a las aplicables a la industria europea;

    D.

    Considerando que, dada la importancia y la dimensión europea de este caso, la Comisión ha decidido crear un grupo de trabajo que reúna a los servicios competentes para actuar como interlocutor en el proceso de cierre de Caterpillar;

    E.

    Considerando que estos dos centros de producción no son los únicos afectados por la reestructuración, ya que se prevén otros despidos en las plantas de Alstom en España e Italia y también en la de Caterpillar de Irlanda del Norte;

    F.

    Considerando que la industria ferroviaria es la espina dorsal de la industrialización europea, con una historia que se remonta a hace más de 175 años; que se espera que la tasa de crecimiento anual de los mercados accesibles del sector del equipamiento ferroviario sea del 2,8 % hasta 2019; que el sector europeo del equipamiento ferroviario da empleo directo a 400 000 personas en toda la Unión, muchas de las cuales trabajan en pymes; que un sector europeo del equipamiento ferroviario fuerte e innovador es esencial para la transición al ferrocarril, y que esta transición es necesaria para alcanzar los objetivos climáticos y energéticos de la Unión;

    G.

    Considerando que la industria manufacturera representa el 65 % del gasto en I+D de las empresas y que, por consiguiente, es esencial reforzar nuestra base industrial para conservar en la Unión su experiencia y sus conocimientos específicos; que el desarrollo digital, una de las prioridades del Plan Juncker, necesita una base industrial sólida para materializarse;

    H.

    Considerando que la industria europea como la que representan Alstom y Caterpillar tiene un alto valor añadido y una experiencia reconocida; que, en la actualidad, esta industria central y estratégica para la Unión se enfrenta a la fuerte competencia mundial de países que exportan productos de menor coste al mercado europeo con una política agresiva y de rápida expansión en todos los continentes, a menudo con el apoyo político y financiero de sus Gobiernos;

    I.

    Considerando que, a la vista del reciente caso de Alstom, la Comisión llevará a cabo un estudio prospectivo de 15 años de duración (2030) sobre el desarrollo de la industria ferroviaria en Europa que integre diferentes hipótesis sobre los objetivos medioambientales de los Estados miembros de la Unión junto con un estudio sobre las repercusiones de las diferentes hipótesis sobre los puestos de trabajo, las profesiones y las competencias; que la Comisión debe hacer rápidamente un seguimiento de las recomendaciones recogidas en la Resolución del Parlamento sobre el sector europeo del equipamiento ferroviario para garantizar un empleo sostenible y seguro y un crecimiento integrador; que todo seguimiento debe facilitarse mediante un diálogo permanente con las partes interesadas y ha de abarcar todos los capítulos de la Resolución;

    J.

    Considerando que la Comisión se comprometió a presentar en 2013 un informe completo sobre la aplicación del marco de calidad; recordando, en este contexto, su petición a la Comisión para que presente, previa consulta a los interlocutores sociales pertinentes, una propuesta de acto jurídico sobre información y consulta de los trabajadores, anticipación y gestión de las reestructuraciones;

    K.

    Considerando que la industria europea debe mantener su competitividad y su capacidad para invertir en Europa, y que también se enfrenta a desafíos sociales y medioambientales que ha de superar, sin dejar de ser una referencia mundial en el ámbito de la responsabilidad social y medioambiental;

    L.

    Considerando que algunas empresas han seguido estrategias centradas exclusivamente en el rendimiento financiero a corto plazo, que suele ir en detrimento de la innovación, la inversión en I+D, el empleo y la renovación de competencias;

    M.

    Considerando que una política de innovación ambiciosa que favorezca la producción de productos de calidad, innovadores y eficientes desde el punto de vista energético, y que promueva procesos sostenibles permitirá a la Unión valerse por sí misma en un contexto mundial cada vez más competitivo;

    N.

    Considerando que el comercio de maquinaria de construcción en la Unión ha estado sometido a graves perturbaciones durante los últimos años, relacionadas con la disminución de la inversión pública y privada, pero también debido al aumento de los costes de producción a raíz del aumento de los precios de las materias primas;

    O.

    Considerando que el comercio justo de productos industriales debe respetar los derechos de los trabajadores y las normas medioambientales; que la inversión en energías renovables y eficiencia energética es un importante motor de la inversión en productos industriales con la capacidad de crear círculos virtuosos; que la innovación, la inversión en I+D, el empleo y la renovación de competencias son fundamentales para el crecimiento sostenible;

    P.

    Considerando que la innovación en la producción ha demostrado tener un efecto positivo sobre el crecimiento del empleo en todas las fases del ciclo económico industrial; que la participación de los trabajadores en medidas de innovación y en la definición de estrategias puede mejorar considerablemente el éxito económico;

    Q.

    Considerando que la parte más avanzada y sostenible del sector del acero, que fabrica productos tecnológicos de alto valor, respeta la salud de los trabajadores y de las poblaciones vecinas y garantiza el cumplimiento de normas medioambientales estrictas, desempeña un papel importante para la estrategia industrial europea;

    R.

    Subrayando, dada la pérdida de conocimientos especializados y de competencias de los trabajadores, que Europa debe mantener la capacidad industrial necesaria para satisfacer sus necesidades, sin depender de los productores de terceros países;

    1.

    Expresa su firme solidaridad y apoyo a todos los trabajadores Caterpillar y Alstom y a sus familias, así como a los subcontratistas afectados, y lamenta los efectos perjudiciales de estos cierres en las economías y las comunidades locales; pide que se tomen medidas para apoyar a estos trabajadores y a las economías locales, y para ayudar a las regiones a que superen esta difícil situación económica y social;

    2.

    Expresa su convencimiento de que la industria europea debe considerarse un activo estratégico para la competitividad y la sostenibilidad de la Unión; subraya que solo una industria fuerte y resistente y una política industrial orientada al futuro permitirán que la Unión haga frente a los diversos desafíos ante los que se encuentra, incluida su reindustrialización, su transición a la sostenibilidad y la creación de empleo de calidad; destaca que la Comisión y los Estados miembros deben anticipar mejor esas situaciones socioeconómicas y garantizar la competitividad de nuestra red industrial;

    3.

    Recuerda que Europa es una economía social de mercado que aspira a alcanzar un crecimiento económico sostenible e integrador; lamenta la ausencia de una verdadera política industrial de la Unión que proteja también a los trabajadores de la Unión; pide por tanto a la Comisión que establezca una genuina estrategia industrial europea a largo plazo con vistas a alcanzar el objetivo de que el 20 % del producto interior bruto proceda de la industria, con arreglo a lo establecido en la Estrategia Europa 2020;

    4.

    Insta a los Estados miembros a que garanticen una protección social adecuada y unas condiciones de trabajo y unos salarios que permitan vivir con dignidad, ya sea por medio de medidas legislativas o de convenios colectivos, y a que garanticen, en caso de despido de trabajadores, una protección eficaz contra el despido improcedente;

    5.

    Recuerda que, en Europa, la crisis económica ha demostrado que las industrias que más invierten, en particular en innovación, I+D, eficiencia energética, economía circular, etc., son las más resistentes; subraya, en este contexto, el impacto negativo de la reducción de las inversiones públicas y privadas y de la disminución del consumo interno, que deben fomentarse para que estimulen el crecimiento;

    6.

    Opina que la reducción de las cargas administrativas y de los costes de cumplimiento para las empresas, así como la derogación de la legislación innecesaria, al tiempo que se mantienen unos niveles elevados de protección de los consumidores, los trabajadores, la salud y el medio ambiente, deben ser componentes esenciales de toda política de reindustrialización de la Unión;

    7.

    Pide que esta política industrial de la Unión se base en objetivos e indicadores claros —incluidos objetivos ambiciosos en materia de eficiencia energética, recursos y clima— y en un enfoque basado en el ciclo de vida y en la economía circular; destaca que debe incluir una combinación inteligente de medidas del lado de la oferta y de la demanda encaminadas a relocalizar la economía en la Unión y a hacerla más resiliente y menos dependiente de los recursos; señala que debe orientar las inversiones hacia la creatividad, las capacidades, la innovación y las tecnologías sostenibles, y que debe fomentar la modernización de la base industrial europea a través de una política atenta a la cadena de valor que abarque a las industrias básicas y a sus actores regionales y locales; considera que este enfoque podría lograr beneficios en materia de rentabilidad para la industria europea y la economía europea en su conjunto;

    8.

    Señala que los muchos años de intervención en apoyo de los bancos y los mercados de activos de la Unión no han tenido ninguna repercusión en el empleo ni han mejorado las perspectivas económicas; considera que la intervención pública debe pasar de un excesivo estímulo de la oferta a unas políticas concertadas destinadas a estimular la demanda, también mediante medidas presupuestarias y garantizando aumentos salariales;

    Política comercial, elemento fundamental para la igualdad de condiciones

    9.

    Destaca que, mientras que, en varios sectores de la economía, la Unión está abierta en gran medida a la competencia de terceros países, estos últimos oponen diferentes obstáculos que discriminan a las empresas europeas; subraya que los competidores de terceros países, especialmente de China, se están expandiendo rápidamente y de forma agresiva en Europa y otras partes del mundo, a menudo con un fuerte apoyo político y financiero de su país de origen; destaca que estas prácticas pueden constituir competencia desleal y poner en peligro puestos de trabajo en Europa; subraya que China no cumple los cinco criterios establecidos por la Unión para definir la condición de economía de mercado;

    10.

    Insta a la Comisión a que establezca una política comercial de la Unión en consonancia con sus objetivos de política industrial, y toma nota de la necesidad de garantizar los puestos de trabajo en la industria europea y de evitar nuevas deslocalizaciones y una mayor desindustrialización; pide a la Comisión que vele por la igualdad de condiciones para los operadores de dentro y fuera de Europa, garantizando así una competencia equitativa para todos;

    11.

    Recuerda la necesidad de alcanzar rápidamente un acuerdo sobre la revisión de los reglamentos sobre los instrumentos de defensa comercial a fin de reforzarlos de manera significativa mejorando su capacidad de reacción y su eficacia; solicita a la Comisión que tenga en cuenta el impacto social y económico que puede tener en la competitividad de las industrias de la Unión el reconocimiento del estatuto de economía de mercado a economías de Estado u otras economías que no se basan en el mercado;

    12.

    Destaca la necesidad de evitar que la política comercial de la Unión fomente prácticas contrarias a la competencia, como el dumping medioambiental, en particular el dumping de productos baratos y de escasa calidad que ponen en peligro las normas europeas y afectan a las industrias instaladas en la Unión; Pide a la Comisión que examine los mecanismos de ajuste en las fronteras para garantizar la igualdad de condiciones al diseñar políticas para alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020, y como medio para evitar el dumping medioambiental, la explotación de los trabajadores y la competencia desleal;;

    13.

    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que lleven a cabo estudios sobre las negociaciones comerciales, utilizando un enfoque regional y sectorial, que debe permitir también una mejor comprensión del impacto sobre el empleo y las industrias europeas;

    14.

    Destaca la tendencia reciente de las empresas a relocalizar la producción y los servicios en Europa, así como las oportunidades que ello conlleva para el crecimiento y la creación de empleo; insta a la Comisión a que reflexione sobre el modo en que la Unión puede crear un entorno acogedor que ayude a las empresas a aprovechar las oportunidades que brinda la relocalización;

    La política de competencia — elemento crucial para las industrias de la Unión

    15.

    Pide a la Comisión que desarrolle un marco europeo abierto al mundo y competitivo para atraer y mantener la inversión privada, mantener sólidas cadenas de valor de la Unión y crear empleo de calidad, a fin de obtener beneficios tangibles para los ciudadanos de la Unión;

    16.

    Toma nota asimismo de que las normas sobre ayudas estatales deben estar mejor adaptadas para generar innovación y sostenibilidad y cumplir los objetivos de promoción de un alto nivel de empleo y de fomento de políticas sociales de conformidad con el artículo 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

    17.

    Destaca que la industria europea se enfrenta a una competencia mundial y, por lo tanto, anima encarecidamente a la Comisión a que tome como referencia, con carácter de urgencia, el mercado mundial al definir los mercados geográficos en sus análisis, y a que no limite estos al mercado interior o los mercados nacionales, permitiendo de este modo que las industrias europeas creen alianzas estratégicas o asociaciones en materia de I+D; pide, en este contexto, que se permita la reestructuración de los grandes fabricantes europeos para que puedan emerger actores con suficiente masa crítica para hacer frente a la competencia internacional;

    Contratación pública — un instrumento susceptible de mejora

    18.

    Pide a la Comisión que aplique mejor la normativa de la Unión en materia de contratación pública; recuerda que las disposiciones de la Unión permiten rechazar las ofertas anormalmente bajas o en las que más del 50 % del valor se haga efectivo fuera de la Unión;

    19.

    Considera que la contratación pública y el etiquetado ecológico tienen un papel que desempeñar en la asimilación de las innovaciones, servicios y productos sostenibles y en favor de una sólida base industrial en Europa; solicita un esfuerzo concertado de los Estados miembros y la Comisión para velar por que los poderes adjudicadores basen sus decisiones de adjudicación en el principio de la «oferta económicamente más ventajosa»;

    Mejora de la utilización de los fondos de la Unión, I+D e innovación — la manera de fomentar una nueva política industrial

    20.

    Pide a la Comisión que desarrolle, junto con los Estados miembros, una estrategia de la Unión para una política industrial coherente y global con vistas a la reindustrialización de Europa, y basada entre otras cosas en la digitalización (en particular en la integración de tecnologías inteligentes y de la robótica en las cadenas de valor industriales), la sostenibilidad, la eficiencia energética y los recursos adecuados; pide, a tal fin, una mayor cooperación y convergencia entre los Estados miembros en asuntos fiscales, sociales y presupuestarios de manera que se facilite la emergencia de proyectos industriales conjuntos; opina que el marco regulador europeo debería permitir a las industrias adaptarse a los cambios en cuestión y adoptar medidas previsoras con el fin de contribuir a la creación de empleo, al crecimiento y a la convergencia regional;

    21.

    Exhorta a la Comisión a que colabore con los diferentes sectores industriales para garantizar el mejor uso posible de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, y más concretamente del Fondo de Desarrollo Regional, para apoyar proyectos de I+D a escala regional;

    22.

    Considera que los fondos de la Unión brindan una gran oportunidad para financiar la inversión sostenible en infraestructuras energéticas y de transporte público y el despliegue inteligente de tecnologías de la información y la comunicación; pide mejoras en la aplicación de los diferentes criterios, en particular por lo que se refiere a los criterios de empleo, medioambientales y sociales, para la utilización de los fondos de la Unión y de todos los instrumentos financieros gestionados por el BEI;

    23.

    Pide que la Unión apruebe una agenda de especialización inteligente y que se dé prioridad a la I+D en aquellos sectores en los que la Unión puede ejercer el liderazgo; pide unos instrumentos concretos para que la Unión y los Estados miembros puedan poner en común los esfuerzos en I+D y que permitan la incorporación de los resultados en la economía local; considera que el vínculo existente entre investigación e industria es fundamental para impulsar la competitividad industrial de la Unión; Pide, en este sentido, a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan e incentiven activamente la intensificación de la colaboración entre centros de investigación, universidades y empresas; pide la mejora del entorno de investigación mediante un aumento del presupuesto destinado a I+D+i y una mejor interconexión de los diferentes programas de financiación nacionales y de la Unión;

    24.

    Pide a la Comisión y al Banco Europeo de Inversiones que se orienten particularmente hacia las regiones que se han visto más afectadas por la desindustrialización y que aceleren urgentemente el apoyo a proyectos en estas regiones, garantizando al mismo tiempo el respaldo a proyectos de calidad viables; considera necesario seguir estudiando las posibilidades de aumentar los préstamos estratégicos específicos del Banco Europeo de Inversiones para proyectos de innovación y de transformación industrial, sobre todo en lo que se refiere a la industria manufacturera y a los servicios conexos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen un mejor acceso a la financiación para las empresas de la Unión, en particular las microempresas y las pymes, mejorando así sus capacidades para la realización de proyectos, y que les presten unos servicios de asesoramiento y un apoyo técnico mejores;

    25.

    Solicita a la Comisión que estudie, en coordinación con los Estados miembros, formas para permitir la reconversión económica, garantizando al mismo tiempo que las empresas asuman plenamente su responsabilidad medioambiental, respeten la legislación medioambiental y apliquen normas medioambientales rigurosas; exige que las empresas que descontaminen las plantas cerradas, en un plazo razonable, facilitando vías de recuperación de las mismas por las autoridades locales;

    26.

    Pide a la Comisión que valore la posibilidad de facilitar el intercambio de mejores prácticas entre Estados miembros sobre la mejor manera de abordar el cierre de empresas, animándoles a estudiar ejemplos incluidos en disposiciones legales con el fin de intentar organizar, en la medida de lo posible, la búsqueda de un comprador o la venta de la planta para mantener las fábricas en funcionamiento pese al cese de actividad decidido por los propietarios originales;

    27.

    Considera que debe impedirse la evasión de impuestos, también a través de la transferencia de activos materiales e inmateriales o servicios entre empresas a precios inadecuados (precio de transferencia), evasión que también es el resultado de la falta de coordinación europea en materia fiscal y comercial; pide una mayor cooperación y convergencia entre Estados miembros en asuntos fiscales, sociales y presupuestarios;

    Reestructuración socialmente responsable y creación de empleo de calidad en sectores de futuro

    28.

    Acoge con satisfacción la iniciativa de algunas autoridades locales, en colaboración con los interlocutores sociales, como en el caso de Alstom, para promover proyectos experimentales para trabajadores y empresas en el marco de procesos de reestructuración, con el fin de asegurar las carreras profesionales mediante formación y otras medidas para mantener el empleo de calidad;

    29.

    Destaca la necesidad crucial de desarrollar las competencias técnicas, en particular en el sector manufacturero; destaca la necesidad de fomentar la importancia de unos trabajadores técnicos cualificados; considera esencial, para maximizar el potencial neto de empleo de la economía verde, ofrecer a la mano de obra actual oportunidades adecuadas para adquirir las nuevas competencias necesarias para la economía circular; recuerda la importancia de una mano de obra cualificada para la viabilidad de la producción; subraya la importancia de fomentar mejores sinergias entre los sistemas de educación, las universidades y el mercado laboral, incluyendo la orientación hacia el medio de trabajo y la cooperación con las empresas para la creación de «agrupaciones» de innovación;

    30.

    Pide a todas las autoridades pertinentes que velen por que todas las partes implicadas respeten plenamente las normas nacionales y europeas sobre información y consulta de los trabajadores, en particular durante el proceso de reestructuración, y que garanticen asimismo la protección del medio ambiente y la seguridad en el lugar de trabajo;

    31.

    Destaca que las empresas deben respetar sus obligaciones con arreglo a la legislación europea y nacional, dando prioridad a la información y consulta de los trabajadores y a la conveniencia de examinar las alternativas presentadas por los interlocutores sociales;

    32.

    Considera que toda operación de reestructuración debe explicarse y justificarse a las partes interesadas, cuando proceda, incluida la elección de las medidas previstas en relación con los objetivos y las posibles alternativas; pide un diálogo local que incluya a todas las partes interesadas para debatir acerca de las mejores modalidades posibles en los casos de reestructuración;

    33.

    Subraya la importancia de un diálogo social constante a todos los niveles, basado en la confianza mutua y la responsabilidad compartida, como uno de los mejores instrumentos para encontrar soluciones consensuadas y perspectivas comunes a la hora de anticipar, prevenir y gestionar el proceso de reestructuración;

    34.

    Destaca, en el caso de las reestructuraciones, la necesidad de proteger a los trabajadores afectados en lo que respecta a su salud y condiciones laborales, seguridad social, reciclaje profesional y reinserción en el mercado de trabajo;

    35.

    Observa que la reestructuración tiene un impacto mucho más amplio que el que se produce en la propia empresa, con efectos imprevistos en las comunidades y en el tejido económico y social de los Estados miembros;

    36.

    Pide a la Comisión que consulte a los interlocutores sociales sobre la eficacia de la legislación sobre despidos colectivos a la luz de los casos de Caterpillar y Alstom;

    37.

    Lamenta la progresiva financiarización de la economía real, centrada en las perspectivas financieras a corto plazo, en vez de mantener un aparato industrial innovador capaz de ofrecer puestos de trabajo sostenibles y de calidad y beneficios a largo plazo para la sociedad; lamenta que este planteamiento haya dado lugar a la pérdida de numerosos puestos de trabajo en el sector industrial; pide a la Comisión que consulte a los interlocutores sociales sobre la conveniencia de revisar la legislación vigente sobre despidos colectivos, teniendo en cuenta los aspectos vinculados a los casos de Caterpillar y Alstom, y, en particular, la participación de todos los trabajadores y los subcontratistas en el procedimiento, y sobre medidas eficaces para impedir los despidos colectivos ilegales que no estén basados en motivos económicos reales, incluida la posibilidad de sanciones, por ejemplo, la suspensión del acceso a programas financiados por la Unión o la exigencia de devolver las ayudas públicas recibidas;

    38.

    Pide al grupo de trabajo de la Comisión que investigue cómo se ha llevado a cabo el procedimiento de consulta al comité de empresa europeo; pide a la Comisión que, a la luz de la investigación, estudie la necesidad de revisar la Directiva sobre el comité de empresa europeo;

    39.

    Observa que el FEAG es una herramienta esencial de la Unión en la era de la globalización para apoyar a los Estados miembros en sus políticas de reciclaje profesional de los trabajadores y restablecer el tejido económico de una región en lo que se refiere a los trabajadores que sufren los efectos negativos de la globalización o la crisis económica; recuerda la importancia de las recomendaciones formuladas por el Parlamento en su Resolución, de 15 de septiembre de 2016, sobre las actividades, impacto y valor añadido del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización entre 2007 y 2014 (7);

    40.

    Destaca, no obstante, que el FEAG es un instrumento que solo se activa cuando ya se han producido los despidos, y que los Estados miembros y la Unión deben redoblar sus esfuerzos por crear el entorno económico y legislativo adecuado para impulsar la competitividad y crear puestos de trabajo sostenibles a largo plazo;

    41.

    Pide a la Comisión que informe al Parlamento sobre su estrategia para los principales sectores industriales de Europa, a saber, el sector del equipamiento ferroviario y el sector de la maquinaria, con el fin de crear un entorno comercial más favorable, y sobre cómo va a mantener el empleo de calidad, los conocimientos técnicos y las inversiones en Europa;

    42.

    Señala que, en los casos de reestructuración, los trabajadores más jóvenes y de mayor edad suelen ser despedidos con más frecuencia que los trabajadores de otros grupos de edad; destaca que, en caso de despidos, los empleadores deben respetar la legislación que prohíbe la discriminación, en especial la discriminación por motivo de la edad;

    43.

    Toma nota de que la transición hacia una economía ecológica tiene un gran potencial de creación de puestos de trabajo locales que no pueden reubicarse, y en sectores que no pueden deslocalizarse; señala que existen pruebas sólidas de que la transición ecológica tendrá, en su conjunto, un impacto positivo en el empleo, consecuencia de que las actividades económicas sostenibles, como el ahorro energético, requieren más mano de obra que aquellas a las que sustituyen, y de que podría contribuir a una mayor autosuficiencia de las regiones;

    o

    o o

    44.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión y al Consejo.

    (1)  DO L 225 de 12.8.1998, p. 16.

    (2)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.

    (3)  DO C 440 de 30.12.2015, p. 23.

    (4)  Textos Aprobados, P7_TA(2014)0032.

    (5)  Textos Aprobados, P8_TA(2015)0460.

    (6)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0280.

    (7)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0361.


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