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Document 52016DC0600

INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO relativo a las actividades de la Plataforma de la UE para la financiación combinada en el ámbito de la cooperación exterior (EUBE) desde agosto de 2014 hasta el final de 2015

COM/2016/0600 final

Bruselas, 19.9.2016

COM(2016) 600 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO

relativo a las actividades de la Plataforma de la UE para la financiación combinada en el ámbito de la cooperación exterior (EUBE) desde agosto de 2014 hasta el final de 2015


Sumario

1.    Introducción    

2.    La financiación combinada como mecanismo de prestación de ayuda    

2.1.    Actualización sobre la gobernanza de los mecanismos de financiación combinada de la UE    

2.2.    Seguimiento de las revisiones externas    

3.    Debates técnicos en la EUBEC    

3.1.    Acción por el clima    

3.2.    Sector privado    

3.3.    Agencias de crédito a la exportación    

3.4.    Sociedad civil    

3.5.    Debates futuros    

4.    Conclusiones    

1.Introducción

Los considerandos de la Decisión 1080/2011/UE del Parlamento Europeo y del Consejo 1 , de 25 de octubre de 2011, animaron a la Comisión Europea (CE) a estudiar la creación de una «Plataforma de la UE para la cooperación exterior y el desarrollo» con vistas a optimizar el funcionamiento de los mecanismos para la combinación de subvenciones y préstamos en el ámbito de la acción exterior. En su informe al Consejo y al Parlamento Europeo de 26 de octubre de 2012 2 , la CE propuso la creación de una nueva Plataforma de la UE para la financiación combinada en el ámbito de la cooperación exterior (EUBEC), que se puso en marcha como grupo de expertos de la CE el 14 de diciembre de 2012.

En consonancia con el compromiso de la CE de presentar informes al Parlamento Europeo y al Consejo, en un primer informe se expuso la labor realizada por la EUBEC entre el 14 de diciembre de 2012, fecha de su creación, y el final de julio de 2014 3 . El presente informe, que es el segundo, abarca el período comprendido entre agosto de 2014 y diciembre de 2015.

El objetivo de la EUBEC es mejorar la calidad y la eficiencia de los mecanismos de financiación combinada de la cooperación al desarrollo y exterior de la UE, teniendo debidamente en cuenta los marcos de política pública que rigen las relaciones de la UE con sus distintos países socios, en especial las políticas de desarrollo, vecindad y ampliación. La EUBEC se propone ofrecer asesoramiento para la armonización de los principios clave de la financiación combinada, permitiendo al mismo tiempo una diferenciación por sectores y regiones. La EUBEC debe centrarse en los sectores en que los instrumentos financieros pueden emplearse del modo más útil, dentro de cada región y entre regiones, y debe contribuir a reforzar la coherencia de la financiación combinada con las políticas de la UE.

La EUBEC funciona mediante el Grupo de Políticas, que está presidido por la CE y compuesto por representantes de los Estados miembros de la UE y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), con el Parlamento Europeo (PE) y las instituciones financieras (IF) que participan en las tareas técnicas como observadores. También podrán ser invitados otros participantes en calidad de observadores. La CE también se encarga de la Secretaría, que se ocupa de la coordinación y la comunicación. El Grupo de Políticas se ha reunido cuatro veces en el período actual de presentación de informes con el fin de debatir las tareas técnicas, a saber, el 17 de diciembre de 2014, el 22 de junio de 2015, el 2 de octubre de 2015 y el 6 de noviembre de 2015.

De las tareas técnicas se encargan los servicios de la CE, el SEAE, las IF y un cierto número de representantes de los Estados miembros, así como el PE. En el período actual de presentación de informes se crearon dos grupos técnicos específicos, uno centrado en la movilización de recursos del sector privado y otro en la lucha contra el cambio climático. Cada grupo elaboró un informe, y ambos informes fueron objeto de seguimiento en sendas reuniones adicionales de carácter técnico. Además, se organizó una reunión técnica sobre financiación del desarrollo.

En el presente informe se realiza, en primer lugar, una actualización de las cuestiones estructurales relativas a los mecanismos de financiación combinada: su gobernanza; las medidas que dan respuesta a las recomendaciones del Tribunal de Cuentas; y la participación de otras partes interesadas. En segundo lugar, el informe resume los debates de carácter técnico y al nivel del Grupo de Políticas, realizados durante el período de presentación de informes, sobre la contribución de los mecanismos de financiación combinada a la movilización de recursos del sector privado, la lucha contra el cambio climático y la financiación del desarrollo. Por último, se exponen las conclusiones.

2.La financiación combinada como mecanismo de prestación de ayuda

2.1.Actualización sobre la gobernanza de los mecanismos de financiación combinada de la UE

De conformidad con las recomendaciones formuladas por el documento de la EUBEC sobre la gobernanza de los mecanismos de financiación combinada aprobado por el Grupo de Políticas el 11 de julio de 2014, las operaciones de financiación combinada de la UE se organizan en marcos de financiación combinada para cada instrumento financiero (ICD, IEV, FED e IPA), con una estructura de gobernanza única para cada marco. Las reuniones de los órganos de gobernanza deben organizarse por marco de financiación combinada. Siempre que sea posible, las reuniones se celebrarán de manera consecutiva a los respectivos comités de los instrumentos de financiación.

Se acordó que debía ser posible agrupar varios «mecanismos 4 » en un marco de financiación combinada a fin de abordar mejor las diferentes prioridades estratégicas regionales y temáticas, aumentar la influencia política, acrecentar el impacto, la eficiencia y la visibilidad de la ayuda de la UE mediante una mayor coordinación de las operaciones de financiación combinada con el diálogo político y las prioridades de la UE con terceros países y aumentar la transparencia en la presentación de informes. Se debatió y aprobó un anexo del «Documento de debate sobre la gobernanza futura de los mecanismos de financiación combinada de la UE», que trata de la utilización de los fondos temáticos.

En este sentido, el marco de financiación combinada del ICD con el Mecanismo de Inversión en América Latina (LAIF), el Mecanismo de Inversión en Asia (AIF), el Mecanismo de Inversión en Asia Central (IFCA) y las operaciones de financiación combinada temática se creó mediante las Decisiones de la Comisión C(2014) 9128 de 4.12.2014, C(2014) 8785 de 26.11.2014, C(2014) 9534 de 16.12.2014 y C(2014) 9451 de 15.12.2014, respectivamente.

En el caso del Instrumento Europeo de Vecindad (IEV), se creó un marco de financiación combinada con el Mecanismo de Inversión de la Política de Vecindad (NIF) mediante la Decisión SI(2008)190 de la Comisión, de 14 de febrero de 2008, revisada por la Decisión C(2014) 5750 de la Comisión, de 20 de agosto de 2014, y el Acuerdo de Fondo Fiduciario del NIF de 26 de enero de 2009.

El marco de financiación combinada del FED se compone del Mecanismo de Inversión en África (AfIF) (Decisión C (2015) 5210 de la Comisión, de 29.7.2015), del Mecanismo de Inversión en el Caribe (CIF) y del Mecanismo de Inversión en el Pacífico (IFP). Los documentos de acción que prorrogan el CIF y el IDP se aprobarán en 2016. El nuevo AfIF tiene un alcance sectorial más amplio que el antiguo Fondo Fiduciario UE-África para Infraestructuras (ITF), y su gobernanza está en consonancia con los demás mecanismos.

También es posible crear fondos fiduciarios específicos para los mecanismos, con el fin de permitir que los Estados miembros de la UE u otros donantes interesados realicen contribuciones adicionales a las operaciones de financiación combinada realizadas mediante los distintos mecanismos. Las normas específicas aplicables a los fondos fiduciarios para los mecanismos se determinarán en el Acuerdo de Fondo Fiduciario para los Mecanismos correspondiente. Ya se han creado fondos fiduciarios para prestar apoyo al NIF y al Marco de Inversión para los Balcanes Occidentales (WBIF).

Para ajustarse plenamente a la nueva estructura de gobernanza, también era necesario adaptar el Reglamento interno de los mecanismos. Se decidió que habrá un conjunto de normas aplicables a cada uno de los marcos de financiación combinada de la UE, con procedimientos paralelos, pero con la posibilidad de adaptarlos a las características específicas de los diferentes marcos de financiación combinada (por ejemplo, debates estratégicos sobre el FED).

En cada uno de los marcos de financiación combinada está previsto que el proceso de toma de decisiones se organice con una estructura de dos niveles:

- reuniones de evaluación técnica, presididas por la CE y compuesto por representantes de los servicios de la CE, del SEAE y de las IF; y

- reuniones del Consejo de Administración, presidido por la CE y compuesto por representantes de los servicios de la CE, del SEAE, de los Estados miembros de la UE como miembros con derecho a voto, y de las IF 5 en calidad de observadoras.

Así pues, el Consejo de Administración gestiona las operaciones de los marcos de financiación combinada, incluidos los Fondos Fiduciarios Específicos. El Consejo de Administración cuenta con el apoyo de una reunión de evaluación técnica que revisa el borrador de propuestas de las IF desde un punto de vista técnico y financiero antes de su presentación al Consejo de Administración. Las conclusiones del Consejo de Administración se incluyen en las decisiones complementarias pertinentes de la Comisión, salvo en el caso de los proyectos financiados por el Fondo Fiduciario Específico (que deben cumplir las normas establecidas en el Acuerdo del Fondo Fiduciario).

Por lo que se refiere a los debates estratégicos, en los marcos de financiación combinada del ICD y el IEV, los servicios de la CE, el SEAE y los Estados miembros de la UE mantienen con los países socios y las organizaciones regionales correspondientes un diálogo sobre las orientaciones estratégicas para cada mecanismo. Como principio general, los servicios de la Comisión y el SEAE dirigirán y copresidirán los debates estratégicos al mayor nivel que sea apropiado con los Estados miembros, los países beneficiarios y las organizaciones regionales correspondientes. Se celebrarán debates siempre que los considere necesarios el Consejo de Administración, en general una vez al año, con el fin de tratar cuestiones estratégicas, las orientaciones globales y las prioridades de los mecanismos. Este diálogo se basará en los documentos de programación estratégica pertinentes que hayan sido adoptados de conformidad con la comitología y el control democrático correspondientes.

En el contexto del marco de financiación combinada del Fondo Europeo de Desarrollo (FED), las orientaciones estratégicas se debatirán con los países beneficiarios o las organizaciones regionales correspondientes en reuniones específicas 6 , con arreglo al principio de responsabilización aplicable en la cooperación al desarrollo de la UE. Estos debates tratarán de los planes y prioridades de inversión regionales y orientarán y asesorarán desde el punto de vista estratégico y de política pública, con el fin de identificar y preparar las propuestas más pertinentes de financiación combinada y de que el Consejo de Administración revise el conjunto de proyectos existentes y emita un dictamen sobre los proyectos más adecuados para la consecución de los objetivos de la UE.

2.2.Seguimiento de las revisiones externas

El 22 de octubre de 2014, el Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) publicó su Informe Especial nº 16/2014 titulado «La eficacia de la combinación de subvenciones regionales del mecanismo de inversión con préstamos de las instituciones financieras para apoyar las políticas exteriores de la UE» 7 .

A raíz de dicha publicación, la Comisión del PE de Control Presupuestario organizó el 19 de enero de 2015 intercambios de opiniones sobre el Informe Especial en presencia del TCE y de la CE, y la Comisión del PE de Desarrollo hizo lo propio el 22 de enero de 2015. Un segundo intercambio con la CE fue organizado por la Comisión del PE de Control Presupuestario el 23 de febrero de 2015, y un tercero por la Comisión del PE de Desarrollo el 6 de mayo de 2015.

El Grupo de Trabajo del Consejo «Cooperación para el Desarrollo» examinó el informe de conformidad con las disposiciones establecidas en las conclusiones del Consejo encaminadas a mejorar el estudio de los informes especiales elaborados por el Tribunal de Cuentas 8 . El 21 de abril de 2015, dicho Grupo de Trabajo llegó a un acuerdo sobre el proyecto de conclusiones del Consejo preparado por la Presidencia, y el Coreper ha confirmado el acuerdo sobre el texto antes de presentarlo al Consejo para su adopción.

La mayoría de las recomendaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas han sido tenidas en cuenta por la CE en el contexto de la EUBEC mediante:

la elaboración de un formulario armonizado y mejorado de propuesta de proyectos y sus notas de orientación;

la elaboración de un marco de medición de resultados con indicadores estándar;

la adopción de un documento de directrices sobre las operaciones de financiación combinada;

un papel más proactivo y más próximo de las delegaciones de la UE en la identificación y selección de los proyectos de financiación combinada;

una revisión de la nueva gobernanza de los mecanismos de financiación combinada;

un proceso de aprobación simplificado y más breve;

un amplio programa de formación de los funcionarios de la CE que se ocupan de la financiación combinada en Bruselas y en las delegaciones;

y la publicación de una descripción sucinta de cada proyecto de financiación combinada en un sitio web específico a efectos de visibilidad 9 .

La CE sigue debatiendo internamente la necesaria adaptación de su metodología de seguimiento orientado a los resultados a las características específicas de la financiación combinada.

La CE también está llevando a cabo una evaluación de la financiación combinada, que está ya muy avanzada. La financiación combinada es un instrumento relativamente nuevo que se considera innovador y con un alto potencial. Al mismo tiempo, este instrumento atrae un interés cada vez mayor de partes interesadas a nivel europeo, regional e internacional. Existe una clara necesidad de reunir más información sobre su grado de eficacia. En la evaluación se aprovechará la información aportada por evaluaciones y estudios anteriores y futuros [incluidas las evaluaciones sobre el NIF, el ITF, y el WBIF, así como el estudio sobre la medición de resultados llevado a cabo por Cambridge Economic Policy Associates (CEPA) en 2013 acerca de los proyectos apoyados por el ITF] y se evitará duplicar el trabajo ya realizado. La evaluación se basará en lo que ya se conoce, y aumentará la información de que se dispone en lo que se refiere a la eficacia de la financiación combinada. La evaluación se inició en enero de 2015 y todavía no ha finalizado.

3.Debates técnicos en la EUBEC

En la Cumbre de los días 13 a 16 de julio de 2015 celebrada en Adís Abeba, se aprobó la Agenda de Acción de Adís Abeba (AAAA), que supone el paso a un nuevo paradigma de desarrollo sostenible, que incluye aspectos de gobernanza, igualdad de género, asociación, y colaboración con el sector privado. Muchas partes de dicha Agenda son pertinentes para la financiación combinada: empleo y trabajo digno para todos como objetivo principal, acceso a la financiación para las microempresas y las pymes, reglas y estándares transparentes y estables y una competencia libre y justa, que lleven a la realización de las políticas nacionales de desarrollo.

Al margen de la Cumbre, la Unión Africana (UA) y la UE coorganizaron un acto paralelo sobre el sector privado y la financiación combinada, que atrajo a más de 200 participantes. Se formaron dos grupos de debate: uno trató de la «Contribución a la creación de un marco estratégico de trabajo para y con el sector privado a fin de realizar la Agenda 2063» y otro de la «Catalización de los recursos y la participación del sector privado para el desarrollo mediante la financiación combinada, en especial en los sectores agrícola y energético».

Dada la intensificación de los flujos de refugiados y migrantes durante el año 2015, el grupo de la EUBEC señaló la importancia de la contribución potencial de la financiación combinada para abordar este reto como prioridad urgente, sobre todo con vistas a atajar las causas profundas de la migración. En la reunión del Grupo de Políticas celebrada en noviembre de 2015, los miembros de la EUBEC acordaron intercambiar la información pertinente y coordinar los fondos disponibles para la financiación combinada en los países afectados. Se explicaron los instrumentos financieros ya disponibles y se pidió a las IF que contribuyeran de la mejor manera posible en función de sus puntos fuertes. De cara al futuro, se intensificarán los esfuerzos por mantener la complementariedad, y la migración se convertirá en un punto habitual del orden del día de las reuniones del Grupo de Políticas. El grupo de la EUBEC grupo será una herramienta importante para aprovechar tanto los conocimientos técnicos de las IF como las orientaciones políticas de los Estados miembros en la formulación de una respuesta holística de la UE a este reto crucial.

3.1.Acción por el clima

La acción por el clima forma parte integrante de la financiación combinada de la UE: el 62 % aproximadamente de las operaciones en este sector inciden en ella directamente. La financiación combinada es una poderosa herramienta para apoyar la acción por el clima de la UE, tanto en lo que respecta a la adaptación como a la atenuación, ya que permite que las inversiones en favor del clima alcancen las dimensiones necesarias gracias al efecto multiplicador de las fuentes adicionales de financiación en favor del clima. Los mecanismos regionales son un elemento clave del apoyo de la UE a los países en desarrollo para lograr un desarrollo con bajas emisiones de carbono y resistente al cambio climático.

Desde julio de 2014, la EUBEC se ha propuesto mejorar la pertinencia y los efectos en el clima de las operaciones de financiación combinada de la UE. Con ese fin, se estableció un grupo técnico sobre el clima (grupo técnico 7), que trató de las posibles mejoras y elaboró un informe con opciones para reforzar la acción por el clima en el marco de los mecanismos de financiación combinada de la UE.

Existía un sólido consenso sobre el hecho de que los mecanismos de financiación combinada de la UE debían seguir aportando financiación en el ámbito de la acción por el clima sobre la base de sus capacidades demostradas y de las sinergias con otros instrumentos, continuar desempeñando un papel importante en la preparación de grupos de proyectos y la integración del desarrollo con bajas emisiones de carbono y resistente al cambio climático en estos proyectos, y trabajar con los agentes de los sectores público y privado y los fondos multilaterales en favor del clima (por ejemplo, el Fondo Verde para el Clima), sobre todo a fin de movilizar capital privado para las inversiones en favor del clima. La EUBEC también siguió trabajando para mejorar la comunicación, la visibilidad y la transparencia de la acción por el clima en el marco de la financiación combinada de la UE.

Los debates de la EUBEC contribuyeron a los preparativos de la UE para el exitoso Acuerdo de París sobre el Clima y a su participación en el mismo, incluido un acto paralelo que contó con una nutrida asistencia y una buena acogida durante la COP21.

3.2. Sector privado

Teniendo en cuenta los principios y criterios de la UE para apoyar a los agentes del sector privado, tal como se detalla en la Comunicación sobre el desarrollo del sector privado, y con el apoyo de las Conclusiones del Consejo de 12 de diciembre de 2014 y de las tareas realizadas previamente en el marco de la EUBEC sobre el uso adicional de instrumentos financieros específicos, el Grupo Técnico 6 recogió las enseñanzas extraídas, así como una serie de buenas prácticas que deben considerarse en las operaciones de financiación combinada. En la reunión del Grupo de Políticas de diciembre de 2014, dicho Grupo Técnico presentó una serie de recomendaciones, a saber, de modo resumido: 1) El éxito en atraer recursos del sector privado para los proyectos financiados con arreglo a los mecanismos de financiación combinada se supervisará de acuerdo con una metodología común con un indicador específico de efecto multiplicador; 2) Las contribuciones de las partes interesadas privadas a los mecanismos de financiación combinada podría realizarse mediante fondos específicos, junto con las contribuciones adicionales de los Estados miembros, manteniendo al mismo tiempo la capacidad de la UE para garantizar la adaptación de los proyectos subvencionados a los objetivos y prioridades estratégicos de la UE; 3) La ayuda de los donantes es una herramienta importante para la UE y las FI para desarrollar mercados locales, p. ej. mediante instrumentos de financiación en divisa local, fondos específicos, y carteras de fondos con riesgos compartidos; 4) La asistencia técnica a todas las partes interesadas locales es indispensable para crear un entorno empresarial local propicio para la inversión, aumentar la oferta de proyectos financiables, establecer servicios locales de apoyo a las empresas y mejorar la capacidad de absorción de los beneficiarios potenciales; 5) Podría examinarse el margen de desarrollo de una cooperación más estrecha con una selección de inversores sociales y ONG que hayan obtenido conocimientos técnicos específicos en áreas donde las FI están menos presentes en el contexto de los instrumentos de financiación combinada; 6) Es importante que se justifique adecuadamente el recurso a la financiación combinada para operaciones del sector privado, señalando claramente los fallos del mercado que se desea subsanar o los objetivos distributivos fijados y que se garantice que la subvención es la adecuada y está estructurada conforme a las necesidades reales, teniendo en cuenta también los riesgos no financieros derivados del uso de instrumentos financieros específicos en las operaciones de financiación combinada con la participación del sector privado; 7) A fin de que los proyectos en que participa el sector privado se evalúen según los resultados de desarrollo obtenidos, y teniendo cuenta especialmente el riesgo de que los incentivos financieros se impongan a los principios de desarrollo, los sistemas de supervisión deben ajustarse estrictamente a unos elevados estándares de conducta por parte de los beneficiarios, en lo relativo a las políticas y prácticas medioambientales y sociales, la gobernanza empresarial, la transparencia y la integridad, así como la prevención del fraude y la evasión fiscales.

Como seguimiento del trabajo emprendido en el marco del Grupo Técnico 6, el 16 de octubre de 2015 se celebró una reunión técnica, que se centró en las principales limitaciones que impiden a los inversores institucionales y otros inversores privados participar en la financiación de proyectos en los países emergentes. Los perfiles de riesgo/rentabilidad inadecuados, la calificación crediticia, la liquidez, la moneda y el volumen de las operaciones se señalaron como algunos de los aspectos que deben tomarse en consideración. Como posibles soluciones se apuntaron la sindicación de los préstamos, la participación de los inversores privados en el mercado de préstamos, la participación en fondos de inversión en acciones, y la ayuda de los donantes para reducir las pérdidas esperadas y aumentar el atractivo.

Las IF subrayaron que se habían conseguido algunos buenos resultados a la hora de suscitar el interés de los inversores institucionales en proyectos concretos pertinentes. Con todo, en cuanto a la totalidad de los proyectos, hasta la fecha el éxito ha sido limitado, si bien se continúa realizando esfuerzos en este sentido. Se debatieron algunos ejemplos innovadores cuya finalidad era atraer a inversores privados respecto a un conjunto común de proyectos. De cara al futuro, se pidió a las IF que presentaran ideas más concretas para su debate, dados la mayor participación del sector privado y el potencial de participación de la UE.

3.3.Agencias de crédito a la exportación

En cuanto a la posible colaboración entre las IF y las agencias de crédito a la exportación («ACE»), los participantes debatieron algunas de las posibles cuestiones relacionadas con la inclusión de las ACE y los bancos comerciales en los programas del sector público financiados por la CE y las IF.

Algunas IF destacaron que existe el riesgo de que las ACE den lugar a un «efecto expulsión» en detrimento de la financiación comercial disponible realmente, con lo que se falsearía el mercado y se darían incentivos inadecuados. Las IF subrayaron también que compartir la condición de acreedores preferentes no aportaría beneficios adicionales, ya que, como prestamistas, las ACE suelen ser acreedores preferentes. En opinión de las IF, compartir la condición de acreedor preferente con los bancos comerciales no es una opción válida para las IF en los proyectos del sector público, en los que el Estado actúa como prestatario o garante, mientras que en los proyectos del sector privado compartir esa condición es bastante habitual. Como han señalado las IF, la Asociación Bancaria Europea y la ACE danesa, ya hay ejemplos de cooperación entre las IF, los bancos comerciales y las ACE en los países en desarrollo, como los sistemas de crédito mixto en Bélgica, Dinamarca y Austria, así como la colaboración entre las IF y las ACE en el contexto de la Unión de Berna en varios sectores.

Los participantes llegaron a la conclusión de que la cooperación con las ACE y los bancos comerciales en el contexto de los mecanismos de financiación combinada ya es una opción posible, y no serán necesarias más reuniones. Se invitó a los participantes a proponer ideas de proyectos concretos en los que participen las ACE y los bancos comerciales para su toma en consideración en los mecanismos de financiación combinada.

3.4.Sociedad civil

La CE prosiguió su diálogo sobre financiación combinada con las organizaciones de la sociedad civil y el sector privado. Durante 2014 se celebraron cuatro reuniones: tres en el contexto del Foro Político sobre el Desarrollo (PFD) durante las sesiones organizadas en Lima (Perú), Bangkok (Tailandia) y Bruselas, y un taller específico sobre el trabajo realizado en el contexto del Grupo Técnico 6 en noviembre de 2014.



3.5.Debates futuros

Seguirán celebrándose en el marco de la EUBEC reuniones técnicas y reuniones del Grupo de Políticas sobre cuestiones clave de las políticas de la UE, como la respuesta a la crisis de migración, el cambio climático y la participación del sector privado, incluidas las posibilidades de utilizar un modelo de garantía en terceros países, basándose en las experiencias adquiridas con el Plan de Inversiones para Europa, que permitirán a las instituciones financieras internacionales abordar determinados obstáculos a la inversión y, por tanto, incorporar a los agentes privados.

4.Conclusiones

1)Los mecanismos de financiación combinada de la UE han seguido apoyando adecuadamente las políticas exteriores de la UE. Actualmente existe una gobernanza clara y coherente.

2)La mayoría de las recomendaciones formuladas en un informe del Tribunal de Cuentas sobre la eficacia de los mecanismos de financiación combinada ya se han abordado, principalmente en el contexto de la EUBEC, y la CE seguirá prestando especial atención al proceso y los problemas planteados.

3)La financiación combinada continúa siendo un mecanismo relativamente nuevo; actualmente, se está llevando a cabo una evaluación externa independiente de su eficacia, sobre la base de la información de que se dispone hasta ahora. Asimismo, prosigue la consulta de otras partes interesadas, como las organizaciones de la sociedad civil.

4)En lo que respecta a la movilización del sector privado, prosiguieron, sobre la base de trabajos anteriores de la EUBEC, debates técnicos sobre determinadas ideas presentadas por las IF, a las que se pidió que siguieran presentando ideas concretas para un ulterior debate.

5)En cuanto a la acción por el clima, los mecanismos regionales de financiación combinada debe seguir integrando la acción por el clima en las operaciones de financiación combinada de la UE y apoyando la aplicación del Acuerdo de París sobre el Clima. Los debates en el marco de la EUBEC deben servir de apoyo a la ejecución y proporcionar nuevas orientaciones horizontales según sea necesario.

(1) DO L 280 de 27.10.2011, p. 1.
(2) Ares(2012) 1274079.
(3) http://ec.europa.eu/transparency/regexpert/index.cfm?Lang=ES COMP(2014) 733. En el registro de grupos de expertos de la Comisión hay más documentos de trabajo e informes detallados: ,; en este registro, la EUBEC figura con el número E02852.
(4) Estos «mecanismos» se han configurado como dotaciones financieras y no son entidades jurídicas autónomas.
(5)  A efectos del presente documento, las instituciones financieras (IF) son instituciones financieras principales que participan en las operaciones de financiación combinaday otras instituciones financieras invitadas, incluidas las instituciones europeas de financiación del desarrollo (EDFI). Debeinvitarse a las instituciones financieras no europeas activas en una región determinada a asistir a las reuniones pertinentes en calidad de observadoras, tanto a las reuniones técnicas como a las del Consejo de Administración.
(6) Estas reuniones estratégicas son las reuniones de los Comités de Dirección Regionales establecidas en el contexto de los diferentes programas indicativos regionales,la plataforma de desarrollo del sector privado ACP-UE y el Comité Consultivo creado en el contexto del Programa Panafricano.
(7) http://eca.europa.eu Este informe especial se puede consultar en el sitio web del Tribunal:
(8)  Doc. 7515/00 FIN 127 + COR 1.
(9) https://ec.europa.eu/europeaid/policies/innovative-financial-instruments-blending/blending-operations_en  
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