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Document 52016DC0339

Recomendación de RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de los Países Bajos y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de los Países Bajos

COM/2016/0339 final

Bruselas, 18.5.2016

COM(2016) 339 final

Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de los Países Bajos

y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de los Países Bajos


Recomendación de

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de los Países Bajos

y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de los Países Bajos

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas 1 , y en particular su artículo 5, apartado 2,

Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos 2 , y en particular su artículo 6, apartado 1,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea 3 ,

Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo 4 ,

Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el Dictamen del Comité de Empleo,

Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,

Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,

Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,

Considerando lo siguiente:

(1)El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 5 , marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta 6 , en el que se señalaba a los Países Bajos como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro 7 . Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016. Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la Unión Económica y Monetaria, los Países Bajos deben velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación.

(2)El informe específico de 2016 sobre los Países Bajos 8 fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por los Países Bajos de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de los Países Bajos hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo 9 . El análisis de la Comisión la lleva a concluir que los Países Bajos están experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, es fundamental atajar el elevado y persistente superávit por cuenta corriente, el cual refleja las características estructurales de la economía y la elaboración de políticas en materia de sociedades no financieras. Habida cuenta de su tamaño, el superávit por cuenta corriente de los Países Bajos probablemente ejerza un impacto negativo moderado, pero no despreciable, en los resultados económicos de la zona del euro. Asimismo, es fundamental abordar el elevadísimo nivel de endeudamiento de los hogares.

(3)El 28 de abril de 2016, los Países Bajos presentaron su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo.

(4)En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica 10 .

(5)Los Países Bajos se encuentran actualmente en el componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y sujetos a la norma transitoria en materia de deuda. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé una mejora gradual en su saldo presupuestario hasta alcanzarse el 0,1 % del PIB en 2019. Al mismo tiempo, el Gobierno prevé un deterioro del saldo estructural recalculado 11  en 2016 hasta alcanzarse el -1,4 % del PIB, así como una mejora en los años subsiguientes. Se prevé que el objetivo presupuestario a medio plazo, que consiste en un déficit estructural del 0,5 % del PIB, se alcance en 2019. No obstante, sobre la base del saldo estructural recalculado, el objetivo presupuestario a medio plazo se alcanzaría ya a partir de 2018. De acuerdo con el Programa de Estabilidad, se prevé que la ratio deuda pública/PIB alcance el 65,4 % en 2016 para, a continuación, disminuir gradualmente hasta el 58,9 % en 2019. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, los Países Bajos corren el riesgo de que se produzca una cierta desviación respecto de las condiciones del componente preventivo en 2016 y, en caso de que se mantuviesen las políticas actuales, durante el conjunto del periodo 2016-2017. Se prevé que los Países Bajos cumplan con la norma transitoria en materia de deuda en 2016 y, tras el fin del periodo de transición, con el valor de referencia para la reducción de la deuda en 2017. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que cabe esperar que los Países Bajos cumplan, de manera general, con las disposiciones del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. No obstante, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento tanto en 2016 como en 2017.

(6)El reciente crecimiento del empleo puede ser enteramente atribuido a un aumento en el número de personas empleadas con contratos temporales y en el número de trabajadores por cuenta propia. A pesar de que los Países Bajos han tomado medidas para hacer frente a esta situación, se necesita un enfoque más amplio. Las bajas tasas de transición de contratos temporales a contratos indefinidos siguen suponiendo un riesgo de segmentación del mercado laboral. El alto y creciente porcentaje de contratos temporales se observa en un contexto de grandes diferencias en las disposiciones de protección del empleo para los contratos temporales, por un lado, y para los contratos indefinidos, por otro. Los trabajadores por cuenta propia sin asalariados se encuentran insuficientemente asegurados contra la discapacidad, el desempleo y la vejez con una mayor frecuencia, lo que podría afectar a la sostenibilidad del sistema de seguridad social a largo plazo. Se han introducido varias medidas que han reducido las diferencias entre los contratos indefinidos y los contratos temporales. Las disposiciones fiscales favorables y la ausencia de obligaciones de pago de determinadas cotizaciones a la seguridad social siguen proporcionando incentivos financieros para trabajar por cuenta propia.

(7)Un reto fundamental para hacer frente al alto endeudamiento de los hogares se encuentra en el mercado de la vivienda, en el que rigideces e incentivos distorsionadores que se han ido acumulando durante décadas determinan las pautas de financiación de la vivienda y de ahorro sectorial. La tendencia de los hogares a contraer deudas hipotecarias brutas con la garantía de su patrimonio inmobiliario se explica, en gran medida, por unos incentivos fiscales existentes desde hace mucho tiempo, especialmente la deducibilidad fiscal de los intereses hipotecarios. Desde 2012, se han puesto en práctica una serie de medidas para abordar parcialmente esta cuestión, pero estas medidas no se han reforzado en consonancia con la recomendación. El desarrollo de un mercado del alquiler privado eficiente se encuentra limitado por las subvenciones en otros subsectores de la vivienda. El sector de la vivienda social es uno de los más desarrollados en la UE, pero las viviendas no siempre son asignadas eficientemente a aquellos que realmente las necesitan. Se ha introducido una mayor diferenciación en función del nivel de renta en el sector de la vivienda social. Las empresas dedicadas a la vivienda tendrán que separar las actividades de interés económico general (es decir, la vivienda social) de otras actividades. Habida cuenta de que se han abordado algunos incentivos distorsionadores que relacionan los alquileres con las rentas en el mercado de la vivienda social, conviene que esta parte de la anterior recomendación dé paso a un seguimiento de la situación. Al mismo tiempo, el mercado de la vivienda sigue estando muy distorsionado y continúa creando un sesgo en favor del endeudamiento de los hogares. Es necesario seguir progresando en estas cuestiones.

(8)Además de las distorsiones en el mercado de la vivienda, las cotizaciones obligatorias no fiscales al segundo pilar del sistema de pensiones afectan a la renta disponible de los hogares. El segundo pilar del sistema de pensiones funciona bien en términos de calidad y adecuación, pero presenta inconvenientes en lo relativo a la equidad intergeneracional, la transparencia y la resiliencia ante los perturbaciones económicas. En los últimos años, la sostenibilidad del sistema de pensiones se ha mejorado mediante el aumento de la edad de jubilación a los 67 años, a más tardar en 2021, y mediante su vinculación a la esperanza de vida a partir de esa fecha. Por término medio, las contribuciones al régimen de pensiones han disminuido desde que se redujo la tasa máxima de acumulación exenta de impuestos. Una adecuada distribución intra- e intergeneracional de los costes y riesgos que vaya más allá de lo establecido en las normas aprobadas en materia de indexación y reservas financieras (marco de evaluación financiera) podría ayudar a los hogares a asignar sus recursos financieros de manera más favorable al crecimiento. El Gobierno anunció su intención de reformar el segundo pilar del sistema de pensiones de manera sustantiva con la participación de los interlocutores sociales a fin de crear un sistema más transparente y más justo desde el punto de vista actuarial.

(9)Las inversiones disminuyeron notablemente durante la crisis económica y, desde entonces, solo se han recuperado parcialmente. La debilidad de la inversiones en todos los sectores de la economía parece presentar un marcado carácter cíclico. Ha venido determinada por una recesión en el mercado inmobiliario y por la adopción de medidas de saneamiento presupuestario. Si bien los obstáculos a la inversión parecen ser poco importantes, el bajo nivel de inversión en el sector de la construcción y de las energías renovables parece estar vinculado a la incertidumbre del mercado y a factores de naturaleza normativa. A pesar de la mejora de las condiciones de crédito, los riesgos en la concesión de nuevos préstamos se ven intensificados en el actual contexto financiero. El gasto público en I+D ha venido descendiendo desde 2014, mientras que el gasto privado en I+D sigue siendo bajo. Por lo tanto, se recomendó a los Países Bajos que reorientaran el gasto público hacia el fomento de la inversión en I+D y que trabajaran con vistas a mejorar el gasto privado en I+D. El gasto público y privado en I+D es bajo en relación con el nivel educativo, los resultados académicos y el desarrollo económico.

(10)En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de los Países Bajos y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a los Países Bajos en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de los Países Bajos, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figura a continuación.

(11)A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen 12 se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación.

(12)A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011, se reflejan en la recomendación 3 que figura a continuación.

RECOMIENDA a los Países Bajos que tomen medidas en 2016 y 2017 con el fin de:

1.Limitar la desviación respecto del objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y lograr un ajuste presupuestario anual del 0,6 % del PIB en 2017. Priorizar el gasto público destinado a apoyar una mayor inversión en investigación y desarrollo.

2.Abordar los obstáculos que subsisten en la contratación de personal con contratos indefinidos y facilitar la transición de contratos temporales a contratos indefinidos. Abordar, sin comprometer el espíritu empresarial, el gran aumento de trabajadores por cuenta propia sin asalariados, incluso mediante la reducción de las distorsiones fiscales que favorecen el empleo por cuenta propia, así como mediante el fomento del acceso de los trabajadores autónomos a una protección social asequible.

3.Adoptar medidas para hacer que el segundo pilar del sistema de pensiones devenga más transparente, más justo desde el punto de vista intergeneracional, y más resiliente con respecto a las perturbaciones. Aplicar medidas que reduzcan las distorsiones que subsisten en el mercado de la vivienda y el sesgo en favor del endeudamiento de los hogares, en particular mediante la reducción de la deducibilidad fiscal de los intereses hipotecarios.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   El Presidente

(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) COM(2016) 339 final.
(4) P8_TA(2016)0058, P8_TA(2016)0059 y P8_TA(2016)0060.
(5) COM(2015) 690 final.
(6) COM(2015) 691 final.
(7) COM(2015) 692 final.
(8) SWD(2016) 87 final.
(9) COM(2016) 95 final.
(10) COM(2014) 494 final.
(11) El saldo estructural recalculado por la Comisión sobre la base de la información del Programa de Estabilidad, siguiendo la metodología comúnmente acordada.
(12) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo.
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