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Document 52015XC1212(01)

Anuncio relativo al derecho antidumping definitivo impuesto a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China y relativo a las medidas compensatorias vigentes respecto a las importaciones en la Unión de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China: cambio de nombre de una empresa sujeta a un tipo de derecho antidumping individual y a un tipo de derecho compensatorio individual

DO C 413 de 12.12.2015, p. 10–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 413/10


Anuncio relativo al derecho antidumping definitivo impuesto a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China y relativo a las medidas compensatorias vigentes respecto a las importaciones en la Unión de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China: cambio de nombre de una empresa sujeta a un tipo de derecho antidumping individual y a un tipo de derecho compensatorio individual

(2015/C 413/08)

Las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China están sujetas a un derecho antidumping establecido mediante el Reglamento de Ejecución (UE) no 1238/2013 del Consejo (1) y a un derecho compensatorio establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) no 1239/2013 del Consejo (2).

La empresa Era Solar Co., Ltd, con el código TARIC adicional B818, sujeta a un tipo de derecho antidumping individual del 41,3 % y un tipo de derecho compensatorio individual del 6,4 % en virtud de los Reglamentos de Ejecución (UE) no 1238/2013 y (UE) no 1239/2013, notificó a la Comisión que ha cambiado de nombre y ha pasado a llamarse Zhejiang Era Solar Technology Co., Ltd.

La empresa alegó que su cambio de nombre no afecta a su derecho a seguir beneficiándose del tipo de derecho antidumping individual y del tipo de derecho compensatorio individual aplicados anteriormente a Era Solar Co., Ltd.

La Comisión ha examinado la información presentada y ha concluido que el cambio de nombre no afecta en modo alguno a las conclusiones de los Reglamentos de Ejecución (UE) no 1238/2013 y (UE) no 1239/2013.

Por consiguiente, en el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) no 1238/2013 y en el anexo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) no 1239/2013, la referencia a:

Era Solar Co., Ltd

B818

deberá entenderse hecha a:

Zhejiang Heda Solar Technology Co., Ltd

B818

El código TARIC adicional B818, atribuido anteriormente a Era Solar Co., Ltd se aplicará a Zhejiang Era Solar Technology Co., Ltd.


(1)  DO L 325 de 5.12.2013, p. 1.

(2)  DO L 325 de 5.12.2013, p. 66.


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