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Document 52015TA1209(40)

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes correspondientes al ejercicio 2014, acompañado de la respuesta de la Agencia

DO C 409 de 9.12.2015, p. 362–370 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

9.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 409/362


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes correspondientes al ejercicio 2014, acompañado de la respuesta de la Agencia

(2015/C 409/40)

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (conocida como «INEA» y denominada en lo sucesivo «la Agencia»), con sede en Bruselas, se creó en virtud de la Decisión 2013/801/UE (1) de la Comisión con objeto de reemplazar y suceder a la Agencia Ejecutiva de la Red Transeuropea de Transporte. La Agencia se estableció por un período que se inició el 1 de enero de 2014 y que finalizó el 31 de diciembre de 2024, para la gestión de la acción de la Unión en el ámbito del Mecanismo «Conectar Europa», del programa de financiación de la investigación y la innovación Horizonte 2020, de la red transeuropea de transporte (2) y del programa Marco Polo.

INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

2.

El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Agencia, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:

a)

las cuentas anuales de la Agencia, que comprenden los estados financieros (3) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (4) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2014;

b)

la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

Responsabilidades de la dirección

4.

La dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Agencia, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (5):

a)

las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Agencia consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error; en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (6), y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director aprobará las cuentas anuales de la Agencia previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota que debe acompañar a las cuentas, en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que las cuentas presentan una imagen fiel y veraz de la posición financiera de la Agencia en todos sus aspectos significativos;

b)

las funciones de la dirección respecto de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes y del cumplimiento del principio de buena gestión financiera consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno eficaz y eficiente que represente una supervisión adecuada, incluya las medidas necesarias para impedir la comisión de irregularidades y de fraudes, y, si fuera preciso, prevea el ejercicio de acciones legales para recuperar fondos que se hayan abonado o utilizado incorrectamente.

Responsabilidades del auditor

5.

El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (7), basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría, el código de ética de la IFAC y las normas internacionales INTOSAI de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Agencia estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

6.

Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como de la valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas, del carácter razonable de las estimaciones contables y de la presentación general de las cuentas.

7.

El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de su declaración de fiabilidad.

Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

8.

En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Agencia presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2014 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión.

Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

9.

En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2014 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

10.

Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal.

COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA

11.

El nivel de los créditos comprometidos prorrogados era elevado en el título II, situándose en 0,8 millones EUR, es decir, el 25 % (0,7 millones EUR o el 27 % en 2013), y en el título III, en el que ascendió a 0,4 millones EUR, es decir, el 56 % (0,1 millones EUR o el 22 % en 2013). Las principales causas fueron la adquisición de equipos para el espacio adicional de oficinas alquilado a fin de acomodar a los nuevos agentes de la Agencia, los contratos de servicios informáticos celebrados según lo previsto en la segunda mitad de 2014 pero que se facturaron en 2015, y los gastos relacionados con los acuerdos de nivel de servicio con la Comisión para los que no se recibieron facturas hasta 2015.

SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DEL EJERCICIO ANTERIOR

12.

En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior.

El presente informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Milan Martin CVIKL, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo, en su reunión del día 8 de septiembre de 2015.

Por el Tribunal de Cuentas

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

Presidente


(1)  DO L 352 de 24.12.2013, p. 65.

(2)  El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Agencia.

(3)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

(4)  Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

(5)  Artículos 62 y 68, junto con los artículos 53 y 58 del Reglamento (UE, Euratom) n o  966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).

(6)  Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS), dictadas por la Federación Internacional de Contadores, o, en su defecto, las Nomas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

(7)  Artículo 162 del Reglamento (UE, Euratom) n o  966/2012.


ANEXO I

Seguimiento de los comentarios de ejercicios anteriores

Ejercicio

Comentario del Tribunal

Estado de aplicación de la medida correctora

(Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto)

2013

La Agencia no efectúa verificaciones ex ante satisfactorias de los gastos relativos a sus locales facturados por el administrador del edificio. La Agencia no disponía de la mayoría de los contratos, facturas y recibos correspondientes.

Aplicada

2013

Con arreglo al Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea (1) y a la Directiva sobre el IVA de la UE (2), la Agencia está exenta de impuestos indirectos. Sin embargo, al final de 2013 había pagado en concepto del IVA correspondiente al período comprendido entre 2011 y 2013 un importe de 1 13  513 EUR por gastos de los locales y no había solicitado su devolución.

Aplicada

2013

La ejecución presupuestaria fue satisfactoria en los títulos I y III, pero el porcentaje de créditos comprometidos prorrogados fue elevado en el título II, situándose en el 27 % (6 66  119 EUR). Estas prórrogas corresponden principalmente a bienes y servicios de informática contratados o solicitados al final del ejercicio que serán prestados, según lo previsto, al final de 2013 o en 2014 (2 96  486 EUR) y a facturas por gastos de 2013 no recibidas al final del ejercicio (2 86  197 EUR).

Sin objeto


(1)  Protocolo (no 7) sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea (DO C 115 de 9.5.2008, p. 266).

(2)  Directiva 2006/112/CE del Consejo (DO L 347 de 11.12.2006, p. 1).


ANEXO II

Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (Bruselas)

Competencias y actividades

Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado

(artículos 26, 170, 171, 172, 174, 179 y 180 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)

La Unión adoptará las medidas destinadas a establecer el mercado interior o a garantizar su funcionamiento. El mercado interior implicará un espacio en el que la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales estará garantizada. La Unión tendrá por objetivo fortalecer sus bases científicas y tecnológicas, mediante la realización de un espacio europeo de investigación en el que los investigadores, los conocimientos científicos y las tecnologías circulen libremente, y favorecer el desarrollo de su competitividad, incluida la de su industria.

A fin de promover un desarrollo armonioso del conjunto de la Unión, esta desarrollará y proseguirá su acción encaminada a reforzar su cohesión económica, social y territorial.

A fin de contribuir a la realización de estos objetivos y de permitir que los ciudadanos de la Unión, los operadores económicos y los entes regionales y locales participen plenamente de los beneficios resultantes de la creación de un espacio sin fronteras interiores, la Unión contribuirá al establecimiento y al desarrollo de redes transeuropeas en los sectores de las infraestructuras de transportes, de las telecomunicaciones y de la energía. La acción de la Unión tendrá por objetivo favorecer la interconexión e interoperabilidad de las redes nacionales, así como el acceso a estas.

A fin de alcanzar estos objetivos, la Unión elaborará un conjunto de orientaciones relativas a los objetivos, prioridades y grandes líneas de las acciones previstas en el ámbito de las redes transeuropeas (RTE).

A tal fin, la Unión estimulará en todo su territorio a las empresas, incluidas las pequeñas y medianas, a los centros de investigación y a las universidades en sus esfuerzos de investigación y de desarrollo tecnológico de alta calidad; apoyará sus esfuerzos de cooperación con el fin, especialmente, de permitir que los investigadores cooperen libremente por encima de las fronteras y que las empresas aprovechen las posibilidades del mercado interior, en particular por medio de […] la definición de normas comunes y la supresión de los obstáculos jurídicos y fiscales que se opongan a dicha cooperación.

Competencias de la Agencia

Decisión 2013/801/UE de la Comisión, de 23 de diciembre de 2013, por la que se crea la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes

Decisión C(2013) 9235 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2013, por la que se delegan atribuciones a la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes

Objetivos

El Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo autoriza a la Comisión a establecer agencias ejecutivas que realicen tareas relativas a los programas de la Unión. Con arreglo a la nueva Decisión C(2013) 9235 por la que se delegan atribuciones a la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes, esta gestiona el legado de los programas RTE-T y Marco Polo y los tres sectores del Mecanismo «Conectar Europa» (transporte, energía y telecomunicaciones), para el fomento del crecimiento, el empleo y la competitividad a través de inversiones orientadas a las infraestructuras a escala europea. Gestiona además partes del programa Horizonte 2020 en los ámbitos de investigación «Transporte inteligente, ecológico e integrado» y «Energía segura, limpia y eficiente» con objeto de fomentar el crecimiento mediante el apoyo a la investigación y la innovación.

La Agencia se creó por tanto para gestionar la actuación de la Unión en los ámbitos del Mecanismo «Conectar Europa» y Horizonte 2020 (sobre la base del Reglamento financiero y de sus normas de desarrollo, el Reglamento RTE-T, el Reglamento Marco Polo, el Reglamento sobre el Mecanismo «Conectar Europa», las orientaciones RTE-T y RTE-E, y las normativas de Horizonte 2020), así como para continuar gestionando los programas RTE-T y Marco Polo. Se encuentra actualmente bajo la supervisión de sus direcciones generales de tutela: la DG Movilidad y Transportes, la DG Energía, la DG Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías, y la DG Investigación e Innovación, que continúan estando encargadas de las cuestiones relativas a sus políticas respectivas.

La Agencia es responsable de la gestión técnica y financiera de estos programas mediante el seguimiento de todo el ciclo de vida útil del proyecto. Su labor diaria tiene como finalidad mejorar la eficacia y la flexibilidad en la realización, con un coste menor, al mismo tiempo que moviliza unas competencias de alto nivel mediante la contratación de personal especializado. Asimismo, refuerza las conexiones con las partes clave interesadas, mejora la coordinación de los fondos con otros instrumentos de la Unión, aumenta la visibilidad y los beneficios de la financiación de la Unión y proporciona apoyo e información de retorno a la Comisión.

Gobernanza

Comité de Dirección

Supervisa las actividades de la Agencia y está compuesto por cinco miembros (uno de cada dirección general de tutela y otro de la DG Recursos Humanos y Seguridad), así como por cuatro observadores nombrados por la Comisión Europea. El Comité aprueba el organigrama de la Agencia y su programa anual de trabajo tras la aprobación de la Comisión, así como su presupuesto administrativo, el informe anual de actividad y las cuentas anuales.

Director

Nombrado por la Comisión, gestiona la Agencia junto con el Comité de Dirección, establece sistemas de gestión y de control interno que resulten adecuados para la realización de las tareas encomendadas a la Agencia y elabora los informes que esta debe presentar a la Comisión.

Auditoría interna

Servicio de auditoría interna de la Comisión Europea y estructura de auditoría interna de la Agencia.

Auditor externo

Tribunal de Cuentas Europeo.

Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento Europeo previa recomendación del Consejo. Por lo que respecta a la ejecución por la Agencia de su presupuesto administrativo, la decisión de aprobación de la gestión incumbe al director, mientras que en el caso de la ejecución del presupuesto de funcionamiento delegado por la Comisión a la Agencia, la responsabilidad sigue recayendo en la Comisión.

Medios a disposición de la Agencia en 2014

Presupuesto de funcionamiento de 2014

Se transfirió a la Agencia un total de 3  059 millones EUR en créditos de compromiso para la gestión de los dos programas marco con arreglo al marco financiero plurianual para 2014-2020, concretamente el Mecanismo «Conectar Europa» (2  692 millones EUR) y Horizonte 2020 (367 millones EUR).

El valor total de los pagos efectuados por la Agencia en 2014 era de 606 millones EUR, de los cuales 590 millones EUR se abonaron para el programa RTE-T y 16 millones EUR para la finalización del programa Marco Polo.

La Agencia ejecuta el presupuesto de funcionamiento de la Comisión con arreglo a una decisión de delegación.

Presupuesto administrativo de 2014

13,4 millones EUR sufragados al 100 % por la subvención de la Unión, respecto de la cual la Agencia dispone de autonomía de ejecución.

Efectivos a 31 de diciembre de 2014

Agentes temporales: 49 puestos previstos en el organigrama, de los cuales 44 han sido cubiertos.

Agentes contractuales: 113 puestos previstos, de los cuales 107 han sido cubiertos.

Total de efectivos: 162 (151 cubiertos).

Agentes encargados de tareas:

a)

operativas: 121 (113 cubiertos);

b)

administrativas: 41 (38 cubiertos).

Productos y servicios facilitados en 2014

Además del legado del programa RTE-T, la Agencia asumió la gestión del programa Marco Polo II de otra Agencia Ejecutiva (EASME) en febrero de 2014. Durante la segunda mitad de 2014, paulatinamente la Agencia asumió asimismo las actividades recién delegadas del Mecanismo «Conectar Europa» (en cuanto a Transporte y Energía), así como los retos sociales 3 (Energía segura, limpia y eficiente) y 4 (Transporte inteligente, ecológico e integrado) en el marco del Horizonte 2020. El traspaso de las actividades delegadas para el Mecanismo «Conectar Europa» en cuanto a Telecomunicaciones debía tener lugar al final de enero de 2015.

Programa RTE-T de 2007-2013

Se evaluaron las propuestas presentadas en el marco de las convocatorias de propuestas anuales y plurianuales de 2013 y se seleccionaron para su financiación 106 propuestas de un valor de 320,7 millones EUR. Posteriormente se aprobaron 104 nuevas decisiones de financiación (dos decisiones fueron anuladas antes de su aprobación). Al final de 2014, la Agencia gestionaba 439 proyectos en curso y también seguía pendiente una acción en curso del programa RTE-T para 2000-2006. La Agencia utilizó el total de los créditos de pago, con una media de 17 días para realizar los pagos.

Programa Marco Polo II

Tras la evaluación de la convocatoria de propuestas de 2013 de Marco Polo por EASME y el posterior traspaso del programa, la Agencia preparó y firmó 26 nuevos acuerdos de subvención. Al final de 2014, 80 proyectos seguían en curso. La Agencia utilizó el total de los créditos de pago, con una media de 27 días para realizar los pagos.

Mecanismo «Conectar Europa» — Transporte

En estrecha colaboración con la DG Movilidad y Transportes, la Agencia elaboró las convocatorias de propuestas plurianuales y anuales de 2014 para una financiación total de 11  000 millones y 930 millones EUR, respectivamente (las convocatorias se publicaron en septiembre de 2014, con un plazo propuesto en febrero de 2015).

Mecanismo «Conectar Europa» — Energía

En estrecha colaboración con la DG Energía, la Agencia elaboró la convocatoria de propuestas plurianual de 2014 para una financiación total de 750 millones EUR (cierre de la convocatoria en agosto de 2014). Posteriormente, se evaluaron las propuestas admisibles en el marco de esta convocatoria y se seleccionaron para su financiación 34 propuestas por un valor de 647,3 millones EUR. La Agencia está ahora elaborando los correspondientes acuerdos de subvención.

Mecanismo «Conectar Europa» — Telecomunicaciones

Se acordaron las disposiciones de traspaso en estrecha colaboración con la DG Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías. Al final de enero de 2015, la Agencia debía asumir la elaboración de acuerdos de subvención a raíz de la convocatoria del programa «Una internet más segura» de 2014, el lanzamiento de la convocatoria e-Identification de 2014 y la preparación de otras convocatorias que debían iniciarse en 2015.

Horizonte 2020 — Energía

La Agencia respaldó a las direcciones generales de tutela en la evaluación de tres convocatorias de propuestas Horizonte 2020 — Energía y las correspondientes subconvocatorias. Tras la finalización de las listas de clasificación, se transfirieron a la Agencia 28 propuestas y la fase de elaboración del acuerdo de subvención pudo completarse en el plazo de ocho meses.

Horizonte 2020 — Transporte

La Agencia respaldó a las direcciones generales de tutela durante la fase de evaluación de las convocatorias de propuestas abiertas Horizonte 2020 — Transporte. El traspaso de estas convocatorias debía tener lugar al inicio de la fase de elaboración del acuerdo de subvención a principios de 2015. Además, esta fase de elaboración pudo completarse en el caso de una propuesta transferida a la Agencia en agosto. En noviembre se transfirieron tres proyectos en el marco de la convocatoria Crecimiento azul. La elaboración de acuerdos de subvención para estos proyectos está ahora en curso bajo la responsabilidad de la Agencia.

Fuente: Anexo facilitado por la Agencia.


RESPUESTA DE LA AGENCIA

11.

La Agencia confirma que las prórrogas guardan principalmente relación con los tres tipos de gastos a los que se refiere el Tribunal. Son los gastos que no pudieron facturarse en 2014 por estar relacionados con los servicios prestados hasta el final del ejercicio, o que no pudieron aplazarse hasta 2015. En consecuencia, las prórrogas relacionadas con estos gastos están plenamente justificadas.


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