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Document 52015TA1209(18)

    Informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria correspondientes al ejercicio 2014, acompañado de la respuesta de la Autoridad

    DO C 409 de 9.12.2015, p. 160–167 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    9.12.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 409/160


    INFORME

    sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria correspondientes al ejercicio 2014, acompañado de la respuesta de la Autoridad

    (2015/C 409/18)

    INTRODUCCIÓN

    1.

    La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (conocida como «EFSA» y denominada en lo sucesivo «la Autoridad»), con sede en Parma, se creó en virtud del Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (1). Su misión consiste en facilitar la información científica necesaria para la elaboración de la normativa de la Unión relativa a los alimentos y la seguridad de estos, así como en obtener y analizar los datos que permitan caracterizar y controlar los riesgos e informar de modo independiente sobre los mismos (2).

    INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

    2.

    El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones directas de las operaciones y una evaluación de los controles clave de los sistemas de supervisión y control de la Autoridad, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

    DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

    3.

    De conformidad con las disposiciones del artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Tribunal ha fiscalizado:

    a)

    las cuentas anuales de la Autoridad, que comprenden los estados financieros (3) y los estados sobre la ejecución presupuestaria (4) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2014;

    b)

    la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

    Responsabilidades de la dirección

    4.

    La dirección es responsable de la preparación y la presentación fiel de las cuentas anuales de la Autoridad, así como de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes (5):

    a)

    las funciones de la dirección respecto de las cuentas anuales de la Autoridad consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno propicio a la preparación y presentación fiel de unos estados financieros libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, en seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas y fundamentadas en las normas de contabilidad aprobadas por el contable de la Comisión (6) y en efectuar estimaciones contables razonables según las circunstancias. El director ejecutivo aprobará las cuentas anuales de la Autoridad previamente elaboradas por el contable con arreglo a la información disponible y redactará una nota en la que, entre otros extremos, declarará que tiene garantías razonables de que las cuentas presentan una imagen fiel y veraz de la posición financiera de la Autoridad en todos sus aspectos significativos;

    b)

    las funciones de la dirección respecto de la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes y del cumplimiento del principio de buena gestión financiera consisten en crear, aplicar y mantener un sistema de control interno eficaz y eficiente, que represente una supervisión adecuada, incluya las medidas necesarias para impedir la comisión de irregularidades y de fraudes y, si fuera preciso, prevea el ejercicio de acciones legales para recuperar fondos que se hayan abonado o utilizado incorrectamente.

    Responsabilidades del auditor

    5.

    El Tribunal presentará al Parlamento Europeo y al Consejo (7) basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas. El Tribunal realiza la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría, el código de ética de la IFAC y las normas internacionales INTOSAI de las entidades fiscalizadoras superiores. Estas normas exigen que el Tribunal planifique y ejecute la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas anuales de la Autoridad estén exentas de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

    6.

    Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener evidencia de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como de la valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales en las cuentas e incumplimientos significativos de las exigencias del marco legal de la Unión Europea en las operaciones subyacentes, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta los controles internos que inciden en la preparación y la presentación fiel de las cuentas, así como los sistemas de control y supervisión aplicados para garantizar la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes, con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas, del carácter razonable de las estimaciones contables y de la presentación general de las cuentas. Al elaborar el presente informe y la declaración de fiabilidad, el Tribunal tuvo en cuenta el trabajo de auditoría de las cuentas de la Autoridad llevado a cabo por el auditor externo independiente conforme a lo previsto en el artículo 208, apartado 4, del Reglamento Financiero de la UE (8).

    7.

    El Tribunal considera que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y apropiada en apoyo de su declaración de fiabilidad.

    Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

    8.

    En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Autoridad presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2014 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero y a las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión.

    Opinión sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

    9.

    En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2014 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

    10.

    Los comentarios que se exponen a continuación no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal.

     

    11.

    En 2005 entró en vigor el nuevo Estatuto de los funcionarios, en el que se disponía que las futuras retribuciones de los agentes reclutados antes del 1 de mayo de 2004 no debían ser inferiores a las previstas en el anterior Estatuto de los funcionarios. La fiscalización del Tribunal puso de manifiesto que esta disposición no se cumplía y que, en el caso de 8 de los 71 agentes empleados en aquel momento, el total de pagos efectuados era inferior en 87  000 EUR al importe adeudado en el período comprendido entre 2005 y 2014. La Agencia efectuará los pagos salariales suplementarios a su debido tiempo.

    SEGUIMIENTO DE LOS COMENTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

    12.

    En el anexo I figura una sinopsis de las medidas correctoras adoptadas en respuesta a los comentarios del Tribunal en relación con el ejercicio anterior.

    El presente informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Milan Martin CVIKL, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo, en su reunión del día 8 de septiembre de 2015.

    Por el Tribunal de Cuentas

    Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

    Presidente


    (1)  DO L 31 de 1.2.2002, p. 1.

    (2)  El anexo II presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Autoridad.

    (3)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, el estado de cambios en los activos netos y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

    (4)  Estos comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

    (5)  Artículos 39 y 50 del Reglamento Delegado (UE) no 1271/2013 de la Comisión (DO L 328 de 7.12.2013, p. 42).

    (6)  Las normas contables adoptadas por el contable de la Comisión están inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS), dictadas por la Federación Internacional de Contadores, o, en su defecto, las Nomas Internacionales de Contabilidad (NIC)/Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), dictadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

    (7)  Artículo 107 del Reglamento (UE) no 1271/2013.

    (8)  Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1).


    ANEXO I

    Seguimiento de los comentarios de ejercicios anteriores

    Ejercicio

    Comentario del Tribunal

    Estado de aplicación de la medida correctora

    (Aplicada/En curso/Pendiente/Sin objeto)

    2012

    A raíz de las evaluaciones de riesgos de alto nivel llevadas a cabo por una consultoría externa en 2012 y por el Servicio de Auditoría Interna de la Comisión en febrero de 2013, que revelaron varios riesgos críticos potenciales en el desarrollo de los controles internos de la Autoridad (sobre todo en los ámbitos de la gestión de datos, la continuidad de operaciones y la seguridad informática), la Autoridad procedió en 2012 a una autoevaluación completa de su sistema de control interno. Este proceso sigue su curso actualmente y se ha previsto aplicar medidas correctoras en 2013.

    En curso

    2013

    De acuerdo con la autoevaluación del sistema de control interno de la Autoridad llevado a cabo en 2012 y 2013, la mayoría de las normas de control interno (NCI) se cumplen. Este no es el caso de la NCI 4 (valoración y desarrollo del personal) y NCI 11 (gestión de documentos), para las que las medidas correctoras aún seguían en curso en el momento de la fiscalización.

    Aplicada

    2013

    Los programas anuales de trabajo de la Autoridad no contienen datos suficientes sobre la adjudicación de contratos públicos y las subvenciones previstas para apoyar las decisiones de financiación con arreglo al artículo 64 de las normas de desarrollo de su reglamento financiero. La inclusión de estos datos en el programa anual de trabajo permitiría una supervisión más eficaz de los contratos públicos y las subvenciones.

    Aplicada


    ANEXO II

    Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (Parma)

    Competencias y actividades

    Ámbito de competencias de la Unión según el Tratado

    Recopilación de información:

    política agrícola común [artículo 38 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)],

    funcionamiento del mercado interior (artículo 114 del TFUE),

    salud pública (artículo 168 del TFUE),

    política comercial común (artículo 206 del TFUE).

    Competencias de la Autoridad

    [Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo]

    Objetivos:

    facilitar recomendaciones científicas y apoyo científico y técnico en relación con las políticas y normativas que influyan directa o indirectamente en la seguridad de los alimentos y de los piensos,

    informar de manera independiente sobre los riesgos en materia de seguridad alimentaria,

    contribuir a lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas,

    recopilar y analizar los datos que permitan la caracterización y el control de los riesgos.

    Funciones:

    formular dictámenes y estudios científicos,

    promover el desarrollo de metodologías uniformes de determinación del riesgo,

    prestar asistencia a la Comisión.

    buscar, analizar y resumir los datos científicos y técnicos necesarios,

    identificar y caracterizar los riesgos emergentes,

    crear una red de organizaciones que actúan en ámbitos similares,

    prestar asistencia técnica y científica en la gestión de crisis,

    mejorar la cooperación internacional,

    ofrecer una información objetiva, fiable y de fácil comprensión al público y a los medios interesados,

    participar en el sistema de alerta rápida de la Comisión.

    Gobernanza

    Junta Directiva

    Composición:

    Catorce miembros designados por el Consejo (en cooperación con el Parlamento Europeo y la Comisión) y un representante de la Comisión.

    Tareas:

    Aprueba el programa de trabajo, el presupuesto y vela por su ejecución.

    Director ejecutivo

    Nombrado por la Junta Directiva a partir de una lista de candidatos propuesta por la Comisión, previa comparecencia ante el Parlamento Europeo.

    Foro consultivo

    Composición:

    Un representante por Estado miembro.

    Tareas:

    Asesorar al director ejecutivo.

    Comités y grupos científicos

    Elaborar los dictámenes científicos de la Autoridad.

    Auditor externo

    Tribunal de Cuentas Europeo

    Auditoría interna

    Estructura de auditoría interna de la Autoridad.

    Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión Europea.

    Autoridad de aprobación de la gestión

    Parlamento previa recomendación del Consejo.

    Medios a disposición de la Autoridad en 2014 (2013)

    Presupuesto

    79,8(78,1) millones EUR, de los que la subvención de la Unión Europea representa el 100 % (100 %).

    Efectivos a 31 de diciembre de 2014

    Puestos previstos en el organigrama: 344 (351), de los cuales, cubiertos:

    personal (funcionarios y agentes temporales): 330 (328),

    otros puestos (agentes contractuales, expertos nacionales en comisión de servicio): 119 (120).

    Total de efectivos (incluidas siete cartas de oferta de puesto enviadas a 31 de diciembre de 2014): 449 (448), de los cuales, agentes encargados de tareas:

    operativas: 333 (332),

    administrativas: 116 (116).

    Productos y servicios facilitados en 2014 (2013)

    Realizaciones científicas y publicaciones de apoyo de 2014

    Actividad 1: Provisión de dictámenes científicos y enfoques en materia de asesoramiento y evaluación de riesgos:

    documentos de orientación del comité y grupos científicos: 1 (2),

    dictamen del comité y grupos científicos: 88 (44),

    informes científicos de la Autoridad: 11 (12),

    declaración de la Autoridad: 1 (2),

    declaración del comité y grupos científicos: 3 (2).

    Total de realizaciones científicas de la actividad 1 = 104 (62).

    Actividad 2: Evaluación de productos, sustancias y reclamaciones sujetas a autorización:

    conclusiones relativas a la revisión paritaria de plaguicidas: 40 (45),

    documentos de orientación de la Autoridad: 4 (2),

    documentos de orientación del comité y grupos científicos: 0 (3),

    dictamen del comité y grupos científicos: 197 (203),

    informes científicos de la Autoridad: 3 (0),

    declaración del comité y grupos científicos: 3 (8),

    declaración de la Autoridad: 9 (6),

    dictámenes motivados: 84 (0).

    Total de realizaciones científicas de la actividad 2 = 340 (267)  (1).

    Actividad 3: Recopilación de datos, cooperación científica y creación de redes:

    documentos de orientación de la Autoridad: 4 (2),

    declaración de la Autoridad: 0 (0),

    dictámenes motivados: 0 (113),

    informes científicos de la Autoridad: 9 (7).

    Total de realizaciones científicas de la actividad 3 = 13 (122)  (2).

    Publicaciones de apoyo:

    informes de actividades: 10 (11),

    informes científicos externos: 79 (74),

    informes técnicos: 105 (70).

    Total de publicaciones de apoyo = 194 (155).

    Total de realizaciones = 651 (606).

    realizaciones científicas acompañadas de actividades de comunicación: 14 % (7 %),

    consultas públicas: 49 (56),

    visitas al sitio web: 2,8(4,7) millones,

    abonados al boletín Highlights: 33  947(31  912),

    cobertura de los medios de comunicación: 14  913(11  820),

    preguntas de los medios de comunicación: 564 (625),

    comunicados de prensa: 10 (16),

    noticias en la web: 32 (54),

    entrevistas: 65 (95),


    (1)  Los dictámenes motivados se inscribían en la actividad 3 en 2013.

    (2)  Los dictámenes motivados se inscriben ahora en la actividad 2.

    Fuente: Anexo facilitado por la Autoridad.


    RESPUESTA DE LA AUTORIDAD

    11.

    En relación con el comentario del TCA sobre los pagos insuficientes de salarios que se remontan a 2005 aplicados al personal de plantilla que ya estaba en servicio antes de que entrase en vigor el nuevo Estatuto de los funcionarios en 2004, la EFSA desea precisar que la Autoridad, al igual que otras Agencias de la UE, externaliza el tratamiento y el cálculo de los costes asociados a nómina en la Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales (PMO, departamento de la Comisión Europea).


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