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Document 52014XC1112(01)

Actualización de los modelos de tarjetas expedidas por los Ministerios de Asuntos Exteriores de los Estados miembros a los miembros acreditados de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares y los miembros de sus familias, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, apartado 2, del Reglamento (CE) n °562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) ( DO C 247 de 13.10.2006, p. 85 ; DO C 153 de 6.7.2007, p. 15 ; DO C 64 de 19.3.2009, p. 18 ; DO C 239 de 6.10.2009, p. 7 ; DO C 304 de 10.11.2010, p. 6 ; DO C 273 de 16.9.2011, p. 11 ; DO C 357 de 7.12.2011, p. 3 ; DO C 88 de 24.3.2012, p. 12 ; DO C 120 de 25.4.2012, p. 4 ; DO C 182 de 22.6.2012, p. 10 ; DO C 214 de 20.7.2012, p. 4 ; DO C 238 de 8.8.2012, p. 5 ; DO C 255 de 24.8.2012, p. 2 ; DO C 242 de 23.8.2013, p. 13 ; DO C 38 de 8.2.2014, p. 16 ; DO C 133 de 1.5.2014, p. 2 ; DO C 360 de 11.10.2014, p. 5 )

DO C 397 de 12.11.2014, p. 6–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.11.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 397/6


Actualización de los modelos de tarjetas expedidas por los Ministerios de Asuntos Exteriores de los Estados miembros a los miembros acreditados de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares y los miembros de sus familias, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, apartado 2, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (DO C 247 de 13.10.2006, p. 85; DO C 153 de 6.7.2007, p. 15; DO C 64 de 19.3.2009, p. 18; DO C 239 de 6.10.2009, p. 7; DO C 304 de 10.11.2010, p. 6; DO C 273 de 16.9.2011, p. 11; DO C 357 de 7.12.2011, p. 3; DO C 88 de 24.3.2012, p. 12; DO C 120 de 25.4.2012, p. 4; DO C 182 de 22.6.2012, p. 10; DO C 214 de 20.7.2012, p. 4; DO C 238 de 8.8.2012, p. 5; DO C 255 de 24.8.2012, p. 2; DO C 242 de 23.8.2013, p. 13; DO C 38 de 8.2.2014, p. 16; DO C 133 de 1.5.2014, p. 2; DO C 360 de 11.10.2014, p. 5)

2014/C 397/07

La publicación de los modelos de tarjetas expedidas por los Ministerios de Asuntos Exteriores de los Estados miembros a los miembros acreditados de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares y los miembros de sus familias, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, apartado 2, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (1) se basa en la información comunicada por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con el artículo 34 del Código de fronteras Schengen.

Además de esta publicación en el Diario Oficial, una actualización mensual está disponible en el sitio web de la Dirección General de Interior.

ESTONIA

Sustitución de la información publicada en el DO C 304 de 10.11.2010

Carnés de identidad especiales

1.

Documentos de identidad diplomáticos y documentos de servicio expedidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores

1.1.

Documento de identidad diplomático

Categoría A— Jefe de Misión y los miembros de su familia; azul

Categoría B— Miembros del cuerpo diplomático y los miembros de sus familias; azul

1.2.

Tarjeta de servicio

Categoría C— Personal administrativo y los miembros de sus familias; rojo

Categoría D— Agentes auxiliares; verde

Categoría E— Personal del servicio doméstico particular; verde

Categoría F— Ciudadanos estonios y residentes permanentes que trabajen en una misión extranjera; verde

Categoría HC— Funcionarios consulares honorarios; gris

Categoría G— Personal de una organización u otra institución internacional y los miembros de sus familias; naranja

Tarjeta de identidad diplomática  (2)

Anverso

Reverso

Image

Image

Color — azul

Categoría A — Jefe de misión y los miembros de su familia

Anverso

Reverso

Image

Image

Color — azul

Categoría B — Miembros del cuerpo diplomático y los miembros de sus familias

Tarjeta de servicio

Anverso

Reverso

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Image

Color — rojo

Categoría C — Personal administrativo y los miembros de sus familias

Anverso

Reverso

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Image

Color — verde

Categoría D — Personal de servicio y los miembros de sus familias

Anverso

Reverso

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Color — verde

Categoría E — Personal del servicio doméstico particular

Anverso

Reverso

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Image

Color — verde

Categoría F — Empleados locales

Anverso

Reverso

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Color — gris

Categoría HC — Funcionarios consulares honorarios

Anverso

Reverso

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Color — naranja

Categoría G — Personal de una organización u otra institución internacional y los miembros de sus familias;

Información adicional

Características generales de todas las tarjetas expedidas en Estonia:

Las tarjetas diplomáticas y de servicio serán la única base jurídica para la residencia en Estonia del personal acreditado en este país de las representaciones diplomáticas, oficinas consulares o representaciones de las organizaciones internacionales.

Una tarjeta diplomática o de servicio expedida a partir del 1 de octubre de 2010 otorga a su titular, junto con un pasaporte, el derecho a entrar en el territorio de los Estados Schengen y viajar por dicho territorio.

Las tarjetas diplomáticas o de servicio expedidas con anterioridad al 1 de octubre de 2010 seguirán siendo válidas hasta la fecha indicada en la tarjeta y serán la base jurídica de residencia en Estonia, junto con un visado diplomático o de servicio válido, y no se cambiarán por las nuevas en ese momento.

Descripción técnica de todas las tarjetas expedidas por Estonia:

La tarjeta diplomática o de servicio es una tarjeta plastificada de ángulos redondeados, con unas dimensiones de 85×54 mm.

Los datos que figuran en el anverso de la tarjeta diplomática y de servicio son los siguientes:

denominación de la tarjeta (tarjeta diplomática o de servicio estonia)

número de serie

nombre de la embajada

nombre del titular

fecha de nacimiento

cargo del titular

fotografía

firma del titular

En el reverso figuran los siguientes datos:

alcance de la inmunidad

información sobre la base jurídica de residencia en Estonia

autoridad expedidora (Ministerio de Asuntos Exteriores, Departamento de Protocolo del Estado, teléfono)

validez a partir de

validez hasta

El Ministerio de Asuntos Exteriores expedirá las siguientes tarjetas diplomáticas y de servicio:

1)

al jefe de misión y a los miembros de su familia, una tarjeta diplomática de serie A (azul);

2)

a los miembros del cuerpo diplomático y a los miembros de sus familias, una tarjeta diplomática de serie B (azul);

3)

al personal administrativo y a los miembros de sus familias, una tarjeta de servicio de serie C (roja);

4)

al personal de servicio y a los miembros de sus familias, una tarjeta de servicio de serie D (verde);

5)

al personal del servicio doméstico particular, una tarjeta de servicio de serie E (verde);

6)

a un ciudadano estonio y a un residente permanente que trabaje en una misión extranjera, una tarjeta de servicio de serie F (verde);

7)

a un funcionario consular honorario de un país extranjero, una tarjeta de servicio de serie HC (gris);

8)

al personal de una organización u otra institución internacional y a los miembros de sus familias, una tarjeta de servicio de serie G;

Son miembros de la familia de un diplomático las siguientes personas que dependen de él y viven bajo su mismo techo:

1)

cónyuge;

2)

hijos solteros de 21 años o menos;

3)

hijos solteros de 23 años o menos que cursen estudios superiores en Estonia;

4)

otros miembros de la familia en casos especiales.

La tarjeta diplomática y de servicio no se expide en caso de que la duración de la misión sea inferior a seis (6) meses.

La tarjeta diplomática y de servicio no se expide al personal administrativo y técnico de las misiones extranjeras que resida fuera de Estonia.


(1)  DO L 105 de 13.4.2006, p. 1.

(2)  Véase asimismo la información adicional que figura al final del presente texto.


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