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Document 52014DC0671
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL on EAGF expenditure Early Warning System No 9-10/2014
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo al gasto del FEAGA Sistema de Alerta nº 9-10/2014
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo al gasto del FEAGA Sistema de Alerta nº 9-10/2014
/* COM/2014/0671 final */
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo al gasto del FEAGA Sistema de Alerta nº 9-10/2014 /* COM/2014/0671 final */
ÍNDICE 1........... Introducción 2........... Ingresos afectados al FEAGA...................................................................................... 3 3........... Observaciones sobre la ejecución
provisional del presupuesto del FEAGA 2014 ...... 4 4........... Ejecución de los ingresos afectados
al FEAGA........................................................... 6 5........... Conclusiones................................................................................................................. 6 Anexo 1: || Utilización provisional de los créditos del FEAGA hasta el 31.8.2014
1.
Introducción
En el anexo 1 se expone el nivel efectivo de
ejecución del presupuesto en lo que respecta al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) en el período comprendido entre el 16 de octubre de 2013 y el
31 de 2014, comparado con el perfil de gasto del indicador elaborado con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento (UE) nº 1306/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la financiación, gestión y
seguimiento de la política agrícola común[1].
2.
Ingresos afectados al FEAGA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43
del Reglamento (UE) nº 1306/2013, los ingresos procedentes de las
correcciones financieras que se efectúan en virtud de decisiones contables y de
decisiones de liquidación de conformidad, así como los que tienen su origen en
las irregularidades cometidas y en la tasa lechera, se consideran ingresos
afectados a la financiación de los gastos del FEAGA. Según esas disposiciones,
los ingresos afectados pueden utilizarse para financiar cualquier gasto del
FEAGA. En caso de no utilizarse una parte de tales ingresos durante el
ejercicio presupuestario, esta se prorroga automáticamente al ejercicio
presupuestario siguiente[2]. El presupuesto del
FEAGA para 2014 abarcaba tanto las estimaciones más recientes de la Comisión
sobre las necesidades de financiación de los gastos previstos con respecto a
las medidas de mercado y las ayudas directas, como las estimaciones de los
ingresos afectados que se preveía recaudar en el transcurso del ejercicio presupuestario
en cuestión, así como la prórroga del saldo de los ingresos afectados
disponibles del ejercicio presupuestario anterior. En su propuesta sobre el
importe de los créditos del FEAGA en el presupuesto de 2014, la Comisión tomó
en consideración los ingresos afectados totales previstos y solicitó para el
presupuesto de 2014 un nivel de créditos calculado deduciendo los ingresos
afectados calculados de las necesidades estimadas. La Autoridad Presupuestaria
aprobó el presupuesto del FEAGA teniendo en cuenta los ingresos afectados
previstos. En el momento de establecer el presupuesto de
2014, las estimaciones de la Comisión para los ingresos afectados disponibles
ascendían a 1 464 millones EUR. Más concretamente: –
los ingresos afectados que se preveía generar en el
ejercicio presupuestario de 2014 se estimaron en 849 millones EUR; se preveían
638 millones EUR y 165 millones EUR derivados de correcciones de
liquidaciones de conformidad e irregularidades, respectivamente; los ingresos
correspondientes a la tasa lechera se estimaron en 46 millones EUR; –
los ingresos afectados que se transferirían del
ejercicio presupuestario de 2013 al de 2014 se elevarían a 615 millones EUR. En el presupuesto de 2014, la Comisión afectó
estos ingresos, estimados inicialmente en 1 464 millones EUR, a dos regímenes.
Más concretamente: –
464 millones EUR, a los fondos operativos de
las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas; –
1 000 millones EUR, al régimen de pago
único. Con respecto a estos dos regímenes, la Autoridad
Presupuestaria aprobó finalmente créditos por valor de 285 millones EUR y
30 083 millones EUR, respectivamente, de conformidad con la propuesta de
la Comisión. La suma de los créditos aprobados y de los ingresos afectados
arriba mencionados corresponde a un total estimado de créditos disponibles de
749 millones EUR para los fondos operativos de las organizaciones de
productores del sector de las frutas y hortalizas y de
31 083 millones EUR para el régimen de pago único. En el anexo 1, que presenta la ejecución
provisional del presupuesto de 2014 hasta al 31 de agosto de 2014, las cifras
de los créditos presupuestarios a nivel del artículo relativas al sector
de las frutas y hortalizas y para las ayudas directas disociadas
corresponden a los créditos aprobados para estos dos regímenes, créditos que,
sin tener en cuenta los ingresos afectados antes indicados, ascienden a 676,7
millones EUR y a 38 252 millones EUR, respectivamente. Incluidos los
ingresos afectados a esos sectores, el total de los créditos previstos en el
presupuesto de 2014 se eleva a 1 140,7 millones EUR para las frutas
y hortalizas y a 39 252 millones EUR para las ayudas directas disociadas.
3.
Observaciones sobre la ejecución provisional del
presupuesto del FEAGA 2014
En el anexo 1 se presenta el nivel de ejecución
provisional del presupuesto durante el período comprendido entre el 16 de
octubre de 2013 y el 31 de agosto de 2014. Ese nivel se compara con el perfil
de gastos basado en el indicador, que se elaboró sobre la base de lo dispuesto
en el artículo 28 del Reglamento (UE) nº 1306/2013. A continuación se
ofrecen breves comentarios sobre determinados artículos presupuestarios, en los
que se señalan las diferencias más significativas entre el nivel de ejecución
previsto y real del presupuesto de 2014.
3.1.
Medidas de mercado
Según apunta el nivel del indicador a 31 de agosto
de 2014, los créditos utilizados para intervenciones en los mercados agrícolas
superaron en 67 millones EUR el nivel de los créditos aprobados del presupuesto.
Esta divergencia es el efecto neto de las pautas de ejecución, principalmente
en los sectores de las frutas y hortalizas, de los productos vitivinícolas y de
la leche.
3.1.1.
Frutas y hortalizas (+ 202,2 millones EUR en
comparación con los créditos aprobados)
Comparado con los créditos aprobados, este nivel
de ejecución se debe principalmente al gasto de los fondos operativos del
régimen de organizaciones de productores, que se financia tanto con los
créditos aprobados en el presupuesto como con los ingresos afectados a este
régimen en el presupuesto de 2014 (N.B.: véanse los detalles en el
punto 2). Este nivel de ejecución resulta de aplicar el indicador a los
créditos presupuestarios aprobados, que no incluyen los ingresos afectados a
este sector, en el período que finaliza el 31 de agosto de 2014. En el cuadro de la ejecución provisional que se
ofrece en el anexo 1, hay una nota a pie de página * que muestra cuál sería la
situación, si, desde el 31 de agosto de 2014, se hubiese aplicado el indicador
a los créditos totales que se prevé estén disponibles para financiar este
sector. Como ya se ha indicado en el punto 2, la financiación total que se
prevé esté disponible para este sector se compone de los créditos aprobados del
presupuesto (676,7 millones EUR) y de los ingresos afectados al sector (que se
estiman en 464 millones EUR). Por consiguiente, si se hubiera aplicado el
indicador a los 1 1 40,7 millones EUR que se preveía estuviesen
disponibles para este sector, se produciría una infraejecución de -127,6 millones
EUR, es decir, el efecto neto de una aceleración del ritmo de pagos para los
fondos operativos de las organizaciones de productores y un ritmo más lento de
pagos para los planes de consumo de fruta en las escuelas y la ayuda a las
agrupaciones de productores previamente reconocidas, con respecto al nivel del
indicador a 31 de agosto de 2014. En este
momento, la Comisión considera que cabe esperar una cierta infrautilización de
los regímenes de distribución de fruta en las escuelas y las organizaciones de
productores previamente reconocidas a finales del ejercicio presupuestario y
continúa supervisando la ejecución de los créditos para los regímenes de las
organizaciones de productores.
3.1.2.
Productos del sector vitivinícola (-109,6 millones
EUR)
Esta infraejecución se debe a la ralentización del
ritmo de los pagos efectuados por los Estados miembros en relación con el
perfil de gastos del indicador establecido para los programas nacionales en el
sector vitícola. En este momento, esta situación se considera temporal, ya que
la previsión del gasto de los Estados miembros con respecto a este artículo
muestra un ritmo acelerado para los próximos meses.
3.1.3.
Leche y productos lácteos (-6,8 millones EUR)
Esta
infraejecución se debe a la ralentización del ritmo de los pagos efectuados por
los Estados miembros en relación con el perfil de gastos del indicador
establecido para el régimen de distribución de leche en las escuelas. En este
momento, esta situación se considera temporal, ya que la previsión del gasto de
los Estados miembros con respecto a este artículo muestra una plena ejecución
de este régimen hasta el final del ejercicio presupuestario.
3.2.
Ayudas directas
A 31 de agosto de 2014, la utilización de los
créditos destinados a ayudas directas superaba en 659,4 millones EUR el
nivel señalado por el indicador.
3.2.1.
Ayudas directas disociadas (719,1 millones EUR, en
comparación con los créditos aprobados)
Comparado con los créditos aprobados, este nivel
de ejecución se debe principalmente al gasto del régimen de pago único, que se
financia tanto con los créditos presupuestarios aprobados como con los ingresos
afectados a este régimen en el presupuesto de 2014 (N.B.: véanse los detalles
en el punto 2). Este nivel de ejecución resulta de aplicar el indicador a
los créditos presupuestarios aprobados, que no incluyen los ingresos afectados
a este sector, en el período que finaliza el 31 de agosto de 2014. En el cuadro de la ejecución provisional que se
ofrece en el anexo 1 figura una nota a pie de página * que muestra cuál sería
la situación, si, a 31 de agosto de 2014, se hubiese aplicado el indicador a
los créditos totales que se prevé estén disponibles para financiar las ayudas
directas disociadas. Como ya se ha indicado en el punto 2, la financiación
total que se prevé esté disponible para las ayudas directas disociadas se
compone de los créditos presupuestarios aprobados (38 252 millones EUR) y
de los ingresos afectados a las ayudas directas disociadas (que se estiman en
1 000 millones EUR). Por consiguiente, si se hubiera aplicado el
indicador a la financiación total de 39 252 millones EUR que se preveía
estuviesen disponibles para las ayudas directas disociadas, el rebasamiento
observado se reduciría a una infraejecución de -279,9 millones EUR. En este momento, los Estados miembros ya han
pagado el 99,2 % de las ayudas directas disociadas previstas para 2014. La
Comisión espera que, en este momento, los créditos aprobados y los ingresos
afectados a la línea deben ser suficientes para cubrir las necesidades de financiación
para este artículo y que cabe esperar cierta infrautilización al final del
ejercicio presupuestario.
3.2.2.
Otras ayudas directas (-59,3 millones EUR)
La infraejecución de los créditos aprobados para
otras ayudas directas en relación con el perfil de gastos del indicador
establecido el 31 de agosto de 2014 obedece al ritmo de pagos más lento
observado en algunos regímenes de este sector, en particular en el caso de la
ayuda específica asociada con arreglo al artículo 68. En este momento, la
Comisión considera que cabe esperar una cierta infrautilización a finales del
ejercicio presupuestario y continúa supervisando la ejecución de los créditos
para esta línea presupuestaria. .
3.3.
Auditoría de los gastos agrarios (-5,5 millones
EUR)
Además de los pagos directos para medidas de
control y prevención por valor de 6,8 millones EUR, el presupuesto de 2014
incluía una estimación de 53,4 millones EUR para pagos relativos a la
resolución de litigios. Sobre la base de la información más reciente, los
Estados miembros pagarán intereses compensatorios para la resolución de los
litigios que será mayor que el previsto en el presupuesto de 2014. Por otra
parte, la Comisión también espera reembolsar a los Estados miembros con un
importe de alrededor de 20 millones EUR debido a la decisiones de liquidación
de cuentas adoptadas en su favor. En estos momentos, la Comisión espera un
rebasamiento de los créditos del presupuesto de 2014 para la auditoría del
capítulo de los gastos agrarios.
4.
Ejecución de los ingresos afectados al FEAGA
El cuadro que figura en el anexo 1 muestra
que los ingresos afectados por un importe de 1 669,1 millones EUR se
recaudaron desde el 31 de agosto de 2014. Más concretamente: –
los ingresos procedentes de las correcciones
basadas en decisiones contables y decisiones de liquidación de conformidad se
elevaron a 769,6 millones EUR y aún se prevén importes adicionales hasta el
final del ejercicio presupuestario; –
los ingresos derivados de irregularidades ascendían
a 141,3 millones EUR, también con importes adicionales previstos para el
final del ejercicio presupuestario; –
en estos momentos se ha recaudado ya la mayor parte
de los ingresos procedentes de la tasa lechera, que ascienden aproximadamente a
48 millones EUR. Por último, el importe de los ingresos afectados
finalmente prorrogados de 2013 a 2014 ascendió a 710,2 millones EUR. Este
importe es notablemente superior a los 615 millones EUR estimados inicialmente
y se ha utilizado totalmente para efectuar los pagos, según lo previsto en el
presupuesto de 2014. Por consiguiente, el importe de los ingresos
afectados disponible para financiar los gastos del FEAGA ascendía, a 31 de
agosto de 2014, a 1 669,1 millones EUR, previéndose importes adicionales
de ingresos afectados recién recaudados hasta el final del ejercicio presupuestario.
5.
Conclusiones
La ejecución provisional de los créditos del
presupuesto de 2014 del FEAGA durante el período transcurrido hasta el 31 de
agosto de 2014 pone de manifiesto que los reembolsos mensuales a los Estados
miembros superaron en unos 728,2 millones EUR el perfil de gastos de la
ejecución presupuestaria basado en el indicador. Ya están disponibles ingresos afectados por valor
de 1 669,1 millones EUR y se prevé recaudar aún otros importes en 2014. En
estos momentos, la Comisión considera que los ingresos afectados que estarán
disponibles al final del ejercicio serán suficientes para hacer frente a la
financiación de los fondos operativos de las organizaciones de productores, del
régimen de pago único y de los importes previstos con arreglo a la auditoría
del capítulo de los gastos agrarios. Por otro lado, dependiendo de la ejecución final
de los créditos del ejercicio presupuestario de 2014, está previsto que la
Comisión procederá a la transferencia de los créditos no utilizados al ejercicio
financiero de 2015 para el reembolso a los agricultores que estarán pues
sujetos a la disciplina financiera. Esta transferencia no podrá superar el
2 % de los créditos iniciales del FEAGA para 2014 para las acciones en el
marco de la gestión compartida y el importe de la disciplina financiera tenido
en cuenta en el ejercicio presupuestario de 2014[3].
En la fase actual, la Comisión considera que el
importe de los créditos que no se hubieren comprometido de 874,7 millones EUR,
lo que corresponde a un nivel máximo del 2 %[4],
estarán disponibles a finales del ejercicio presupuestario de 2014 para esta
transferencia. El resto del superávit estimado del FEAGA se incluirá en la Nota
rectificativa nº 1 al proyecto de presupuesto de 2015. [1] DO
L 347 de 20.12.2013, p. 549. [2] El
artículo 14 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y
del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de
la Unión, dispone que los ingresos afectados internos solamente pueden
prorrogarse un año. Así, en aras de una gestión presupuestaria correcta, los
ingresos afectados se utilizan en general antes de que se apruebe cualquier
otro crédito del artículo presupuestario de que se trate. [3] Artículo 169 del
Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo,
sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión. [4] El importe de la
disciplina financiera tenido en cuenta para el presupuesto de 2014 de 902,9
millones EUR era superior al límite del 2 % de los créditos iniciales del
FEAGA para 2014 para las acciones en el marco de la gestión compartida, por lo
que este último constituye el importe de referencia para la transferencia.