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Document 52013DC0518
DRAFT AMENDING BUDGET N° 6 TO THE GENERAL BUDGET 2013 STATEMENT OF REVENUE BY SECTION
PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N° 6 AL PRESUPUESTO GENERAL 2013 ESTADO DE INGRESOS POR SECCIÓN
PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N° 6 AL PRESUPUESTO GENERAL 2013 ESTADO DE INGRESOS POR SECCIÓN
/* COM/2013/0518 final */
PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N° 6 AL PRESUPUESTO GENERAL 2013 ESTADO DE INGRESOS POR SECCIÓN /* COM/2013/0518 final - 2013/ () */
PROYECTO DE PRESUPUESTO
RECTIFICATIVO N° 6
AL PRESUPUESTO GENERAL 2013 ESTADO DE INGRESOS POR SECCIÓN Vistos: –
el Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea y, en particular, su artículo 314, leído en relación con el Tratado
constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su
artículo 106 bis, –
el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas
financieras aplicables al presupuesto general de la Unión[1], y, en particular,
su artículo 41, –
el presupuesto general de la Unión Europea
para el ejercicio 2013, adoptado el 12 de diciembre de 2012[2], –
el presupuesto rectificativo nº 1/2013,
aprobado el 4 de julio de 2013, –
el proyecto de presupuesto rectificativo nº
2/2013[3],
aprobado el 27 de marzo de 2013, –
el proyecto de presupuesto rectificativo nº
3/2013[4],
aprobado el 15 de abril de 2013, –
el proyecto de presupuesto rectificativo nº
4/2013[5],
aprobado el 29 de abril de 2013, –
el proyecto de presupuesto rectificativo nº 5/2013[6], aprobado el 2 de
mayo de 2013, la Comisión
Europea presenta a la Autoridad Presupuestaria el proyecto de presupuesto
rectificativo n° 6 al presupuesto de 2013. CAMBIOS
EN EL ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN Los cambios en
el estado de ingresos y de gastos por sección están disponibles en EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/budget/www/index-es.htm). Se
adjunta a título informativo, como anexo presupuestario, la versión inglesa de
los cambios efectuados en dicho estado de ingresos y de gastos. ÍNDICE 1. Introducción.. 4 2. Recursos
propios.. 4 2.1. Introducción.. 4 2.2. Revisión
de las previsiones relativas a los RPT y a las bases del IVA y de la RNB.. 5 2.3. Corrección
británica relativa a 2009 y 2012. 7 2.3.1 Introducción.. 7 2.3.2 Cálculo
de las correcciones. 8 2.3.3 Consignación
en el PPR nº 6/2013 de la 1ª actualización de la corrección británica de 2012 y
del importe definitivo de la corrección británica de 2009. 10 2.4 Revisión
de la financiación de las reducciones brutas de las contribuciones basadas en
la RNB de Suecia y los Países Bajos en 2013. 11 3. Otros
ingresos; multas.. 13 4. Fondos
fiduciarios de la Unión para las acciones exteriores.. 13 5. Cuadro
sinóptico por rúbricas del Marco Financiero.. 14 1. Introducción El proyecto de
presupuesto rectificativo (PPR) n° 6 del ejercicio 2013 abarca los siguientes
aspectos: –
Una revisión de las previsiones de recursos
propios tradicionales (RPT, a saber, derechos de aduana y cotizaciones en el
sector del azúcar), las bases IVA y RNB, la presupuestación de las correcciones
británicas pertinentes, así como su financiación, y la revisión de la
financiación de las reducciones de la RNB en favor de los Países Bajos y Suecia
en 2013, lo que origina un cambio en el reparto entre los Estados miembros de
sus respectivas contribuciones por recursos propios al presupuesto de la UE. –
Una revisión de las previsiones de otros
ingresos al hilo de la multa de 561 millones EUR impuesta a Microsoft. –
La creación de la estructura presupuestaria
necesaria para proveer la creación de los fondos fiduciarios de la Unión
previstos en el artículo 187 del Reglamento Financiero. 2. Recursos propios 2.1. Introducción En el
siguiente cuadro recapitulativo se muestra el desglose por Estado miembro del
conjunto de los pagos en concepto de recursos propios consignados en: –
El presupuesto 2013. –
El proyecto de presupuesto rectificativo (PPR)
nº 5/2013, que incluye la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE
por un importe de 14 607 942 EUR en créditos de compromiso y de pago
en relación con una catástrofe causada por las inundaciones en Eslovenia,
Croacia y Austria en el otoño de 2012. –
El presente PPR nº 6/2013. importes en millones EUR || Presupuesto 2013 || PPR nº 5/2013 || PPR nº 6/2013 || || PPR nº 6/2013 en comparación con el PPR nº 5/2013 || (1) || (2) || (3) || en % || (4) = (3) – (2) BE || 5 510,4 || 5 807,6 || 5 633,2 || 4,00% || - 174,4 BG || 437,0 || 467,2 || 466,1 || 0,33% || - 1,1 CZ || 1 624,0 || 1 735,3 || 1 669,7 || 1,18% || - 65,7 DK || 2 728,2 || 2 922,9 || 2 923,8 || 2,07% || + 0,8 DE || 26 174,2 || 28 244,7 || 28 591,6 || 20,28% || + 346,9 EE || 182,6 || 195,2 || 203,0 || 0,14% || + 7,8 IE || 1 416,2 || 1 512,4 || 1 607,5 || 1,14% || + 95,1 EL || 1 973,4 || 2 122,6 || 1 940,9 || 1,38% || - 181,7 ES || 10 869,0 || 11 649,9 || 11 716,0 || 8,31% || + 66,1 FR || 21 917,3 || 23 524,9 || 23 395,5 || 16,59% || - 129,5 HR || --- || 251,0 || 243,3 || 0,17% || - 7,7 IT || 16 512,5 || 17 722,6 || 17 421,8 || 12,36% || - 300,8 CY || 190,2 || 203,4 || 183,2 || 0,13% || - 20,2 LV || 222,7 || 239,2 || 260,8 || 0,18% || + 21,6 LT || 355,1 || 380,1 || 390,5 || 0,28% || + 10,4 LU || 320,3 || 344,6 || 356,1 || 0,25% || + 11,5 HU || 1 043,3 || 1 119,6 || 1 066,2 || 0,76% || - 53,4 MT || 68,9 || 73,6 || 78,9 || 0,06% || + 5,3 NL || 6 335,7 || 6 805,1 || 6 733,1 || 4,78% || - 72,0 AT || 2 931,9 || 3 170,3 || 3 213,2 || 2,28% || + 42,9 PL || 4 114,3 || 4 409,3 || 4 443,1 || 3,15% || + 33,8 PT || 1 659,0 || 1 781,5 || 1 788,4 || 1,27% || + 6,9 RO || 1 406,7 || 1 514,1 || 1 539,3 || 1,09% || + 25,2 SI || 415,6 || 442,3 || 427,1 || 0,30% || - 15,2 SK || 796,8 || 851,6 || 829,3 || 0,59% || - 22,3 FI || 2 088,5 || 2 244,0 || 2 222,5 || 1,58% || - 21,5 SE || 3 720,3 || 4 037,7 || 4 213,4 || 2,99% || + 175,7 UK || 16 273,9 || 17 781,8 || 17 436,1 || 12,37% || - 345,7 UE || 131 288,0 || 141 554,6 || 140 993,6 || 100,00% || - 561,0 2.2. Revisión de
las previsiones relativas a los RPT y a las bases del IVA y de la RNB Según la práctica
establecida, la Comisión propone revisar la financiación del presupuesto sobre
la base de las previsiones económicas más recientes, adoptadas en una reunión
del Comité Consultivo de Recursos Propios (CCRP). La revisión se refiere a
las previsiones de ingresos en concepto de recursos propios tradicionales (RPT)
en el presupuesto de 2013, así como a las previsiones de las bases de 2013 del
impuesto sobre el valor añadido (IVA) y de la renta nacional bruta (RNB). Las
previsiones del presupuesto de 2013 (y en los demás presupuestos desde el PPR
nº 1/2013 hasta el PPR nº 5/2013) se establecieron en la 154ª reunión del CCRP
de 21 de mayo de 2012. Las previsiones revisadas que se tuvieron en cuenta en
el presente PPR nº 6/2013 fueron adoptadas en la 157ª reunión del CCRP el 16 de
mayo de 2013. La utilización de previsiones actualizadas de los recursos
propios mejora la exactitud de los pagos que deben hacer los Estados miembros
durante el ejercicio y reduce los errores inevitables en las previsiones del
ejercicio anterior. En comparación con las
previsiones acordadas en mayo de 2012, las acordadas en mayo de 2013 se han
revisado del siguiente modo: –
Las previsiones totales para 2013 relativas a
las cotizaciones netas en el sector del azúcar no se han modificado y siguen
siendo de 123,4 millones EUR (después de la deducción del 25 % en concepto
de gastos de recaudación). –
Las previsiones de los derechos de aduana
netos totales para 2013 (incluidos los derechos sobre productos agrícolas) se
cifran ahora en 16 761,3 millones EUR (tras la deducción del 25 % por
gastos de recaudación), lo que representa una disminución de un – 10,1 %
en relación con la previsión de mayo de 2012 cifrada en 18 654,2 millones
EUR. La razón principal de esta disminución es un arancel medio estimado
inferior (1,21 %, en lugar del 1,32 %). Las previsiones se hicieron
para cada Estado miembro, utilizando las previsiones de los índices de crecimiento
de las importaciones extracomunitarias publicadas el 3 de mayo de 2013 en las
previsiones económicas de la primavera de 2013. –
El total de la base IVA sin nivelar de la UE
en 2013 se estima ahora en 5 846 022,6 millones EUR, lo que
representa una caída del 2,3 % en comparación con las previsiones de
5 982 822,3 millones EUR de mayo de 2012. El total de la base[7]
IVA nivelada de la UE en 2013 se estima ahora en 5 828 300,4 millones
EUR, lo que representa una caída del 2,3 % en comparación con las
previsiones de 5 963 921,0 millones EUR de mayo de 2012. –
La previsión acerca del total de la base RNB
de la UE en 2013 se estima en 13 142 971,2 millones EUR, lo que
representa un recorte del 1,9 % con respecto a las previsiones de
13 400 305,0 millones EUR de mayo de 2012. Para la conversión en
euros de las previsiones relativas a las bases IVA y RNB en moneda nacional (de
los once Estados miembros que no forman parte de la zona del euro) se han
utilizado los tipos de cambio a 31 de diciembre de 2012. De este modo, se evitan
distorsiones, ya que es este el tipo de cambio que se utiliza para convertir
los pagos presupuestarios en concepto de recursos propios de euros a moneda
nacional, cuando las cantidades son recaudadas (tal como se dispone en el
artículo 10, apartado 3, del Reglamento nº 1150/2000 del Consejo). Las previsiones
revisadas relativas a los RPT y las bases IVA y RNB sin nivelar para 2013,
según lo adoptado en la 157ª reunión del CCRP de 16 de mayo de 2013, se
establecen en el siguiente cuadro (cifras redondeadas): Previsiones revisadas de RPT y de las bases IVA y RNB para 2013 (en
millones EUR) || Cotizaciones del azúcar (75%) || Derechos de aduana (75%) || Bases IVA no niveladas || Bases RNB || Bases IVA niveladas[8] BE || 6,6 || 1 654,3 || 163 128,3 || 387 739,3 || 163 128,30 BG || 0,4 || 49,5 || 19 416,1 || 39 794,9 || 19 416,10 CZ || 3,4 || 190,7 || 64 470,5 || 142 601,1 || 64 470,50 DK || 3,4 || 324,5 || 99 134,9 || 256 070,9 || 99 134,90 DE || 26,3 || 3 406,0 || 1 198 450,5 || 2 750 613,3 || 1 198 450,50 EE || 0,0 || 23,4 || 8 339,0 || 17 211,5 || 8 339,00 IE || 0,0 || 210,7 || 64 780,0 || 133 949,9 || 64 780,00 EL || 1,4 || 114,4 || 66 547,7 || 182 207,7 || 66 547,70 ES || 4,7 || 1 089,9 || 451 441,7 || 1 033 368,9 || 451 441,70 FR || 30,9 || 1 710,6 || 945 535,7 || 2 098 834,7 || 945 535,70 HR || 0,0 || 18,3 || 13 563,1 || 21 458,5 || 10 729,25 IT || 4,7 || 1 495,9 || 643 318,1 || 1 559 710,2 || 643 318,10 CY || 0,0 || 16,2 || 11 202,8 || 15 957,9 || 7 978,95 LV || 0,0 || 25,9 || 7 814,8 || 23 520,0 || 7 814,80 LT || 0,8 || 51,8 || 13 302,5 || 33 188,2 || 13 302,50 LU || 0,0 || 12,1 || 25 844,8 || 32 873,9 || 16 436,95 HU || 2,0 || 95,2 || 39 368,8 || 94 958,6 || 39 368,80 MT || 0,0 || 0,2 || 5 112,5 || 6 548,7 || 3 274,35 NL || 7,3 || 1 973,1 || 259 068,8 || 610 922,0 || 259 068,80 AT || 3,2 || 181,1 || 144 527,2 || 318 341,1 || 144 527,20 PL || 12,8 || 399,5 || 189 272,5 || 385 684,1 || 189 272,50 PT || 0,2 || 124,2 || 76 940,3 || 159 509,0 || 76 940,30 RO || 1,0 || 141,9 || 50 203,8 || 138 621,6 || 50 203,80 SI || 0,0 || 64,3 || 17 738,8 || 34 640,6 || 17 320,30 SK || 1,4 || 102,1 || 25 290,0 || 72 469,5 || 25 290,00 FI || 0,8 || 145,0 || 94 451,4 || 199 676,7 || 94 451,40 SE || 2,6 || 89,5 || 190 320,1 || 435 621,4 || 190 320,10 UK || 9,5 || 2 641,0 || 957 437,9 || 1 956 877,0 || 957 437,90 UE || 123,4 || 16 761,3 || 5 846 022,6 || 13 142 971,2 || 5 828 300,40 2.3. Corrección
británica relativa a 2009 y 2012 2.3.1 Introducción La corrección de los
desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido (corrección británica)
que debe presupuestarse en el presente PPR se refiere a los ejercicios de 2009
y 2012. Las correcciones
británicas de 2009 y 2012 están reguladas por lo dispuesto en la Decisión del
Consejo (CE, Euratom) nº 2007/436 y su correspondiente documento de trabajo, el
Método de Cálculo de 2007[9].
De conformidad con lo dispuesto en esa Decisión, los «beneficios excepcionales»
netos del Reino Unido por los RPT, resultantes del aumento desde 2001 del
porcentaje de los RPT retenidos por los Estados miembros como compensación por
los gastos de recaudación, quedan neutralizados, y los gastos asignados
experimentan los siguientes ajustes: –
Gastos de preadhesión, liquidados con créditos
de pago del ejercicio anterior al de la ampliación. El mismo ajuste de este
tipo de gastos se efectuará en las futuras ampliaciones de la Unión, pero
dejará de aplicarse a partir de la corrección que se presupueste por primera vez
en 2014. –
El 70 % para la corrección de 2009, el
100 % para la corrección británica de 2012 del gasto total asignado a los
Estados miembros que se adhirieron a la UE después del 30 de abril de 2004, con
excepción de los pagos directos agrícolas y los gastos de mercado, así como la
parte de los gastos de desarrollo rural correspondiente a la sección de
Garantía del FEOGA. Esta reducción se aplicó progresivamente (20 % para la
corrección de 2008 presupuestada en 2009, 70 % para la corrección de 2009
presupuestada en 2010 y 100 % a partir de la corrección de 2010
presupuestada en 2011). Por otra parte, la cuota
de Austria, Alemania, los Países Bajos y Suecia en la financiación de la
corrección británica se reduce a una cuarta parte. La reducción es financiada por
los demás Estados miembros, excluido el Reino Unido. La diferencia entre el importe
definitivo de la corrección británica de 2009 y el importe presupuestado
anteriormente (primera actualización en el PR nº 4/2010) se consigna en
el capítulo 35 del PPR nº 6/2013. La cantidad de la 1ª
actualización de la corrección británica de 2012 se consigna en el capítulo
15 del PPR nº 6/2013, en sustitución del importe provisional de la
corrección británica de 2012 consignado en el capítulo 15 del presupuesto 2013. 2.3.2 Cálculo de
las correcciones En el presente PPR se
incluyen el cálculo y la financiación de la 1ª actualización de la
corrección británica de 2012 y el importe definitivo de la corrección
británica de 2009. Por lo que se refiere a
las correcciones británicas de 2010 y 2011, la Comisión propondrá (según el Método
de Cálculo de 2007) la presupuestación de actualizaciones si difieren
considerablemente de los cálculos correspondientes anteriormente
presupuestados. Según los cálculos actuales de la Comisión, los importes de las
correcciones británicas de 2010 y 2011 no difieren sensiblemente de los
importes previamente presupuestados (1ª actualización de la corrección
británica de 2011 incorporada en el PR nº 4/2012 y 2ª actualización de la
corrección británica de 2010 incorporada en el PR nº 4/2012). En consecuencia,
en el presente PPR nº 6/2013 no se proponen actualizaciones que presupuestar. 2.3.2.1 Corrección británica 2012 En el siguiente cuadro
se recoge un resumen de los cambios entre el importe provisional de la
corrección británica de 2012 incluido en el presupuesto de 2013 y la 1ª
actualización de la corrección británica de 2012 que debe incluirse en el
presente PPR nº 6/2013. || Corrección británica 2012 || Corrección británica 2012 PROVISIONAL Presupuesto 2013 || Corrección británica 2012 1ª ACTUALIZACIÓN PPR nº 6/2013 || Diferencia (1) Cuota británica en la base IVA no nivelada || 15,2078% || 16,2252% || + 1,0175% (2) Cuota británica en el total de gastos asignados, previo ajuste por la ampliación || 7,2969% || 7,2419% || - 0,0550% (3) = (1) - (2) || 7,9109% || 8,9834% || + 1,0725% (4) Total de gastos asignados || 118 254 315 352 || 125 988 772 407 || + 7 734 457 056 (5) Gastos relacionados con la ampliación = (5a) + (5b) || 28 277 437 283 || 30 204 999 085 || + 1 927 561 802 (5a) Gastos de preadhesión || 3 082 696 513 || 3 079 384 770 || - 3 311 743 (5b) Gastos relacionados con el artículo 4.1.g) || 25 194 740 770 || 27 125 614 315 || + 1 930 873 545 (6) Gastos asignados totales ajustados por la ampliación = (4) - (5) || 89 976 878 069 || 95 783 773 323 || + 5 806 895 254 (7) Importe original de la corrección británica = (3) x (6) x 0,66 || 4 697 847 740 || 5 679 045 800 || + 981 198 060 (8) Ventaja del Reino Unido || 620 273 811 || 1 038 296 680 || + 418 022 869 (9) Corrección de base del Reino Unido = (7) - (8) || 4 077 573 929 || 4 640 749 120 || + 563 175 191 (10) Beneficios excepcionales RPT || 5 148 759 || 9 347 792 || + 4 199 033 (11) Corrección británica = (9) – (10) || 4 072 425 170 || 4 631 401 328 || + 558 976 158 La 1ª actualización
de la corrección británica de 2012 supera en 559 millones EUR el importe
provisional de la corrección británica de 2012 presupuestada en 2013. Respecto de la
corrección británica de 2012, la diferencia en el importe inicial de la
corrección británica entre la Decisión de recursos propios de 2000 y la de 2007
asciende a 2 586,5 millones EUR a precios de 2004 y a 2 904,8
millones EUR a precios corrientes. 2.3.2.2 Corrección británica 2009 En el cuadro que figura
a continuación se resumen los cambios entre la 1ª actualización de la
corrección británica de 2009 presupuestada en el PR nº 4/2010 y el importe
definitivo de la corrección británica de 2009 presupuestado en el PPR nº
6/2013. || Corrección británica 2009 || Corrección británica 2009 1ª actualización PR nº 4/2010 || Corrección británica 2009 DEFINITIVA PPR nº 6/2013 || Diferencia (1) Cuota británica en la base IVA no nivelada || 15,3708% || 15,6778% || + 0,3070% (2) Cuota británica en el total de gastos asignados, previo ajuste por la ampliación || 7,2824% || 7,2711% || - 0,0114% (3) = (1) - (2) || 8,0884% || 8,4067% || + 0,3184% (4) Total de gastos asignados || 102 757 465 239 || 101 944 631 886 || - 812 833 353 (5) Gastos relacionados con la ampliación = (5a) + (5b) || 16 329 279 323 || 16 058 645 493 || - 270 633 830 (5a) Gastos de preadhesión || 3 025 371 614 || 3 014 247 673 || - 11 123 940 (5b) Gastos relacionados con el artículo 4.1.g) || 13 303 907 709 || 13 044 397 819 || - 259 509 889 (6) Gastos asignados totales ajustados por la ampliación = (4) - (5) || 86 428 185 916 || 85 885 986 393 || - 542 199 523 (7) Importe original de la corrección británica = (3) x (6) x 0,66 || 4 613 827 364 || 4 765 344 613 || + 151 517 249 (8) Ventaja del Reino Unido || 1 094 564 313 || 1 377 819 752 || + 283 255 439 (9) Corrección de base del Reino Unido = (7) - (8) || 3 519 263 051 || 3 387 524 861 || - 131 738 190 (10) Beneficios excepcionales RPT || -216 427 || -9 136 343 || - 8 919 916 (11) Corrección británica = (9) – (10) || 3 519 479 477 || 3 396 661 203 || - 122 818 274 El importe definitivo
de la corrección británica de 2009 es 122,8 millones EUR inferior al importe de
la 1ª actualización de la corrección británica de 2009 presupuestado en
el PR nº 4/2010. Respecto de la
corrección británica de 2009, la diferencia en el importe inicial de la
corrección británica entre la Decisión de recursos propios de 2000 y la de 2007
asciende a 1 276,5 millones EUR a precios de 2004 y a 1 349,7 millones
EUR a precios corrientes. 2.3.2.4 Techo de 10 500 millones EUR Según el artículo 4,
apartado 2, de la Decisión 2007/436, durante el periodo 2007-2013, la
contribución adicional del Reino Unido resultante de la reducción de los gastos
asignados de los gastos de ampliación a que se refiere el artículo 4, apartado
1, letra g), de la DRP de 2007 no excederá de 10 500 millones EUR a
precios de 2004. El efecto agregado de las correcciones de 2007 a 2012 supone
8 246,8 millones EUR a precios de 2004 y 9 028,3 millones EUR a
precios corrientes. Correcciones británicas 2007-2012 Diferencia en el importe original en relación al umbral de 10 500 millones EUR (DRP 2007 / DRP 2000), en EUR || Diferencia a precios corrientes || Diferencia a precios constantes de 2004 (A) Corrección británica 2007 || 0 || 0 (B) Corrección británica 2008 || - 301 679 647 || - 280 649 108 (C) Corrección británica 2009 || -1 349 749 997 || -1 276 489 414 (D) Corrección británica 2010 || -2 117 099 739 || -1 956 553 421 (E) Corrección británica 2011 || -2 355 028 746 || -2 146 661 679 (F) Corrección británica 2012 || -2 904 788 069 || -2 586 455 037 (G) Suma de diferencias = (A) + (B) + (C) + (D) + (E) + (F) || -9 028 346 199 || -8 246 808 658 2.3.3 Consignación
en el PPR nº 6/2013 de la 1ª actualización de la corrección británica de 2012 y
del importe definitivo de la corrección británica de 2009 2.3.3.1 Corrección británica de 2012 (capítulo
15) El importe de la
corrección británica que deberá presupuestarse en el capítulo 15 del presente
PPR nº 6/2013 es la cantidad correspondiente a la 1ª actualización de la
corrección británica de 2012 (es decir, 4 631 401 328 EUR, cifra
que sustituye a la de 4 072 425 170 EUR consignada en el
presupuesto de 2013). Esta cantidad debe
financiarse en función de las bases RNB revisadas de 2013 del presente PPR
nº 6/2013. Se resume a continuación la presupuestación de esta cantidad en
el capítulo 15: Corrección británica de 2012, capítulo 15 BE || 230 617 663 || LU || 19 552 576 BG || 23 669 014 || HU || 56 479 006 CZ || 84 815 577 || MT || 3 895 003 DK || 152 304 583 || NL || 63 235 319 DE || 284 710 504 || AT || 32 950 853 EE || 10 236 971 || PL || 229 395 281 IE || 79 670 059 || PT || 94 871 974 EL || 108 372 594 || RO || 82 448 669 ES || 614 622 042 || SI || 20 603 365 FR || 1 248 334 520 || SK || 43 103 051 HR || 12 762 980 || FI || 118 762 720 IT || 927 676 717 || SE || 45 090 304 CY || 9 491 361 || UK || 0 LV || 13 989 109 || || LT || 19 739 513 || Total || 4 631 401 328 2.3.3.2 Corrección británica de 2009 (capítulo
35) El importe de la
corrección británica que debe presupuestarse en el capítulo 35 del presente PPR
nº 6/2013 es la diferencia entre el importe definitivo de la corrección
británica de 2009 (a saber, 3 396 661 203 EUR ) y la 1ª
actualización de la corrección británica de 2009 (a saber, 3 519 479 477
EUR consignados en el PR nº 4/2010), diferencia que asciende a 122 818 274
EUR. Esta cantidad se
financiará en función de las bases revisadas de la RNB de 2009 conocidas a
finales de 2012. Se resume a continuación la presupuestación de esta cantidad
en el capítulo 35: Corrección británica de 2009, capítulo 35 BE || -1 560 520 || LU || -694 287 BG || 347 361 || HU || -2 506 364 CZ || 638 761 || MT || 7 989 DK || -2 771 664 || NL || -2 758 821 DE || -5 926 083 || AT || -712 461 EE || -102 455 || PL || -3 037 695 IE || -1 276 162 || PT || -244 526 EL || -11 973 529 || RO || 23 753 ES || -19 472 383 || SI || -485 496 FR || -44 165 819 || SK || -1 338 212 IT || -25 357 823 || FI || -1 122 623 CY || -337 011 || SE || 2 136 996 LV || 85 188 || UK || 122 818 274 LT || -214 388 || Total || 0 2.4 Revisión de la
financiación de las reducciones brutas de las contribuciones basadas en la RNB
de Suecia y los Países Bajos en 2013 Las reducciones brutas
en los pagos en concepto de RNB de los Países Bajos y de Suecia para 2013 se
fijaron en el presupuesto de 2013. Los importes se ajustaron a los precios
corrientes aplicando el deflactor del PIB de la UE expresado en euros, conforme
a lo dispuesto por la Comisión en 2012 en las previsiones económicas de
primavera, que estaban disponibles al elaborarse el proyecto de presupuesto
2013. Los importes brutos, fijados definitivamente sin posibilidad de cambios[10],
ascienden a 693,6 millones EUR para los Países Bajos y a 172 millones EUR para
Suecia. Las reducciones deben
ser financiadas por todos los Estados miembros en función de sus respectivas
cuotas en la RNB. Por lo tanto, la financiación se modifica según la
actualización de las bases de la RNB para 2013 según las previsiones acordadas
durante la 157ª reunión del CCRP de 16 de mayo de 2013. En el siguiente cuadro
se muestra una visión general de la financiación de las reducciones brutas del
ejercicio 2013: Reducción en 2013 de las contribuciones RNB de los Países Bajos y Suecia BE || 25 535 591 || LU || 2 164 997 BG || 2 620 798 || HU || 6 253 748 CZ || 9 391 370 || MT || 431 282 DK || 16 864 223 || NL || - 653 364 512 DE || 181 148 872 || AT || 20 965 190 EE || 1 133 509 || PL || 25 400 241 IE || 8 821 623 || PT || 10 504 885 EL || 11 999 767 || RO || 9 129 290 ES || 68 055 226 || SI || 2 281 348 FR || 138 224 279 || SK || 4 772 669 HR || 1 413 206 || FI || 13 150 234 IT || 102 718 817 || SE || - 143 277 550 CY || 1 050 949 || UK || 128 875 281 LV || 1 548 971 || || LT || 2 185 696 || Total || 0 3. Otros ingresos; multas El 6
de marzo de 2013, la Comisión Europea impuso a Microsoft una multa de 561
millones EUR por incumplimiento de su compromiso de ofrecer a los usuarios una
pantalla de selección de navegador. En 2009, la Comisión había establecido el
carácter jurídicamente vinculante de ese compromiso para Microsoft hasta 2014.
Sin embargo, la Comisión concluyó que, entre el 1 de mayo de 2011 y julio de
2012, Microsoft no había ofrecido la pantalla de selección de navegador con su
Windows 7 Service Pack 1. Microsoft reconoció que esa pantalla no se había
mostrado durante dicho periodo y no interpuso recurso contra la Decisión de la
Comisión. Abonó íntegramente la multa el 5 de junio de 2013. 4. Fondos fiduciarios de la Unión para las acciones
exteriores En virtud del artículo
187 del Reglamento (UE, Euratom) n ° 966/2012 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 25 de octubre de 2012 , sobre las normas financieras aplicables al
presupuesto general de la Unión, para las acciones de emergencia,
postemergencia o temáticas, la Comisión puede crear fondos fiduciarios con arreglo
a convenios celebrados con otros donantes. Se trata de un nuevo
instrumento que permitirá ampliar el alcance y la eficacia del presupuesto de
la UE. Los fondos fiduciarios, que serán gestionados por la Comisión,
permitirán a la UE supervisar fondos mancomunados (es decir, en los que
participen otros donantes). Ello permitirá garantizar un alto nivel de
transparencia en la utilización de los fondos de otros donantes y mejorar la
rendición de cuentas. Las contribuciones de
los donantes a los fondos fiduciarios de la Unión se ingresarán en una cuenta
bancaria específica y no se integrarán en el presupuesto (artículo 187.6 del
Reglamento Financiero). Las comisiones de gestión de los fondos fiduciarios de
la Unión se consignarán en una línea presupuestaria como ingresos afectados
externos (artículos 21.2.b), 21.5 y 187.7 del Reglamento Financiero). 5. Cuadro
sinóptico por rúbricas del Marco Financiero Rúbrica/subrúbrica del Marco Financiero || Marco Financiero de 2013 revisado || Presupuesto de 2013 (incluidos PPR nº 1 a 5/2013) || PPR nº 6/2013 || Presupuesto de 2013 (incluidos PPR nº 1 a 6/2013) CC || CP || CC || CP || CC || CP || CC || CP 1. CRECIMIENTO SOSTENIBLE || || || || || || || || 1a. Competitividad para el crecimiento y el empleo || 15 670 000 000 || || 16 168 150 291 || 12 886 628 095 || || || 16 168 150 291 || 12 886 628 095 Margen || || || 1 849 709 || || || || 1 849 709 || 1b. Cohesión para el crecimiento y el empleo || 54 974 000 000 || || 54 958 049 037 || 56 349 544 736 || || || 54 958 049 037 || 56 349 544 736 Margen || || || 15 950 963 || || || || 15 950 963 || Total || 70 644 000 000 || || 71 126 199 328 || 69 236 172 831 || || || 71 126 199 328 || 69 236 172 831 Margen[11] || || || 17 800 672 || || || || 17 800 672 || 2. CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES || || || || || || || || incluidos gastos de mercado y pagos directos || 48 574 000 000 || || 43 956 548 610 || 43 934 188 711 || || || 43 956 548 610 || 43 934 188 711 Total || 61 289 000 000 || || 60 159 241 416 || 58 095 492 961 || || || 60 159 241 416 || 58 095 492 961 Margen || || || 1 129 758 584 || || || || 1 129 758 584 || 3. CIUDADANÍA, LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA || || || || || || || || 3a. Libertad, seguridad y justicia || 1 661 000 000 || || 1 440 827 200 || 1 046 033 652 || || || 1 440 827 200 || 1 046 033 652 Margen || || || 220 172 800 || || || || 220 172 800 || 3b. Ciudadanía || 746 000 000 || || 753 287 942 || 669 173 557 || || || 753 287 942 || 669 173 557 Margen || || || 7 320 000 || || || || 7 320 000 || Total || 2 407 000 000 || || 2 194 115 142 || 1 715 207 209 || || || 2 194 115 142 || 1 715 207 209 Margen[12] || || || 227 492 800 || || || || 227 492 800 || 4. LA UNIÓN EUROPEA COMO ACTOR MUNDIAL || 9 595 000 000 || || 9 583 118 711 || 6 898 914 260 || || || 9 583 118 711 || 6 898 914 260 Margen[13] || || || 275 996 289 || || || || 275 996 289 || 5. ADMINISTRACIÓN || 8 492 000 000 || || 8 430 374 740 || 8 430 049 740 || || || 8 430 374 740 || 8 430 049 740 Margen[14] || || || 147 625 260 || || || || 147 625 260 || 6. COMPENSACIONES || 75 000 000 || || 75 000 000 || 75 000 000 || || || 75 000 000 || 75 000 000 Margen || || || || || || || || TOTAL || 152 502 000 000 || 144 285 000 000 || 151 568 049 337 || 144 450 837 001 || || || 151 568 049 337 || 144 450 837 001 Margen[15] || || || 1 798 673 605 || 14 770 941 || || || 1 798 673 605 || 14 770 941 Anexo: Resumen del efecto del PPR nº 6 en las contribuciones de
los Estados miembros El efecto del presente
PPR nº 6 en el capítulo de ingresos del presupuesto (P2013 + PPR 1 a 5) es el
siguiente: || Derechos de aduana || - 1 892 900 000 Impuesto sobre el valor añadido || - 383 805 175 Renta nacional bruta || + 1 715 705 175 Ingresos varios (multas) || + 561 000 000 Total || 0 En el siguiente cuadro
se muestra el efecto sobre las contribuciones RNB de los Estados miembros: || BE || 34 741 430 BG || 7 106 091 CZ || - 9 136 443 DK || 39 153 139 DE || 692 568 743 EE || 7 490 831 IE || 81 240 977 EL || - 86 276 544 ES || 213 093 427 FR || 200 361 021 HR || - 3 042 090 IT || - 16 192 871 CY || - 9 062 080 LV || 17 898 336 LT || 7 735 866 LU || 12 265 677 HU || - 28 441 978 MT || 4 641 799 NL || 51 576 334 AT || 93 083 343 PL || 41 176 605 PT || 11 924 529 RO || 75 671 SI || 1 920 493 SK || 13 998 783 FI || - 8 462 502 SE || 222 582 698 UK || 121 683 890 UE || 1 715 705 175 [1] DO L 298 de
26.10.2012, p. 1. [2] DO L 66 de 8.3.2013, p. 1. [3] COM(2013) 183. [4] COM(2013) 224. [5] COM(2013) 254. [6] COM(2013) 258. [7] Conforme a lo dispuesto en la Decisión 2007/436/CE,
Euratom, del Consejo, si la base IVA de un Estado miembro supera el 50 %
de su RNB, se nivela al 50 %. En el PPR nº 6/2013, cinco Estados miembros
tendrán nivelada la base IVA al 50 % de su respectiva RNB: Chipre,
Luxemburgo, Malta, Eslovenia y Croacia. [8] Las cifras resaltadas en gris son el resultado de las
bases del IVA niveladas, según se explica en la nota 7 anterior. [9] Decisión 2007/436/CE, Euratom, del Consejo, de 7 junio
2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas, cuyo
texto puede consultarse en: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2007:163:0017:0021:ES:PDF,
y Documento de trabajo de la Comisión, de 23 de mayo de 2007, «Cálculo, financiación,
ingreso y consignación presupuestaria de la corrección de los desequilibrios
presupuestarios con arreglo a los artículos 4 y 5 de la Decisión [2007/436] del
Consejo, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas»,
conocido como el Método de Cálculo de 2007 y disponible en la siguiente
dirección web: http://ec.europa.eu/budget/library/biblio/documents/financing/calc_own_res_2007_es.pdf. [10] De acuerdo con el artículo 2, apartado 5, de la Decisión
2007/436/CE, Euratom, del Consejo, los importes se ajustan a precios corrientes
aplicando el deflactor más reciente del PIB de la UE en euros, conforme a lo
dispuesto por la Comisión, disponible al elaborarse el proyecto de presupuesto. [11] El
Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) no está incluido en el
cálculo del margen de la Subrúbrica 1a (500 millones EUR). [12] El
importe del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) se consigna al
margen de las rúbricas pertinentes, como así lo prevé el AI de 17 de mayo de
2006 (DO C 139 de 14.6.2006). [13] El
margen de 2013 de la Rúbrica 4 no tiene en cuenta los créditos de la Reserva
para Ayudas de Emergencia (264,1 millones EUR). [14] Para
el cálculo del margen dentro del techo de la Rúbrica 5 se tiene en cuenta la
nota a pie de página nº 1 del Marco Financiero 2007-2013, por un importe de 86
millones EUR de las contribuciones del personal al régimen de pensiones. [15] El margen global para
los compromisos no tiene en cuenta los créditos relacionados con el Fondo
Europeo de Adaptación a la Globalización (500 millones EUR), la Reserva para
Ayudas de Emergencia (264,1 millones EUR) y las contribuciones del personal al
régimen de pensiones (86 millones EUR).