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Document 52012XP0277

    Firma electrónica de enmiendas (interpretación del artículo 156, apartado 1, párrafo 2 del Reglamento Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de julio de 2012 , relativa a un proyecto piloto para la firma electrónica las enmiendas presentadas en comisión (interpretación del artículo 156, apartado 1, párrafo 2 del Reglamento)

    DO C 349E de 29.11.2013, p. 101–101 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    29.11.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 349/101


    Martes 3 de julio de 2012
    Firma electrónica de enmiendas (interpretación del artículo 156, apartado 1, párrafo 2 del Reglamento

    P7_TA(2012)0277

    Decisión del Parlamento Europeo, de 3 de julio de 2012, relativa a un proyecto piloto para la firma electrónica las enmiendas presentadas en comisión (interpretación del artículo 156, apartado 1, párrafo 2 del Reglamento)

    2013/C 349 E/17

    El Parlamento Europeo,

    Vista la carta del presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, de 19 de junio de 2012,

    Visto el artículo 211 de su Reglamento,

    1.

    Decide incluir en el artículo 156, apartado 1, párrafo 2, de su Reglamento la siguiente interpretación:

    «Se permitirá la firma electrónica de las enmiendas en el marco de un proyecto piloto que afecte a un número limitado de comisiones parlamentarias, a condición de que, por una parte, las comisiones que participen en el proyecto hayan dado su acuerdo y, por otra, se hayan establecido las medidas adecuadas para garantizar la autenticidad de las firmas.»

    2.

    Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, para información, al Consejo y a la Comisión.


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