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Document 52012PC0757
Proposal for a COUNCIL IMPLEMENTING DECISION amending Implementing Decision 2011/344/EU on granting Union financial assistance to Portugal
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal
/* COM/2012/0757 final - 2012/0352 (NLE) */
Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal /* COM/2012/0757 final - 2012/0352 (NLE) */
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS A petición de
Portugal, el Consejo concedió el 17 de mayo de 2011 (Decisión de Ejecución
2011/344/UE del Consejo) una ayuda financiera a este país en apoyo a un
estricto programa económico y de reformas destinado a restablecer la confianza,
permitir el regreso de la economía a una senda de crecimiento sostenible y
preservar la estabilidad financiera de Portugal, de la zona del euro y de la
UE. De acuerdo con el artículo 3, apartado
10, de la Decisión 2011/344/UE, la Comisión, junto con el FMI y en coordinación
con el BCE, ha llevado a cabo la sexta revisión para evaluar los avances
conseguidos en la ejecución de las medidas acordadas, así como la eficacia y el
impacto económico y social de éstas. Teniendo en cuenta la reciente evolución
económica, presupuestaria y financiera y las medidas tomadas en estos ámbitos,
la Comisión considera que son necesarias algunas modificaciones de las
condiciones de política económica a las que se supedita la ayuda a fin de
garantizar los objetivos del programa, según se explica en los considerandos de
la propuesta de modificación de la Decisión de Ejecución del Consejo. 2012/0352 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Decisión de
Ejecución 2011/344/UE, relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión
a Portugal EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, Visto el Reglamento (UE) nº 407/2010 del
Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de
estabilización financiera[1],
y en particular su artículo 3, apartado 2, Vista la propuesta de la Comisión
Europea, Considerando lo siguiente: (1) De conformidad con el
artículo 3, apartado 10, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo,
la Comisión, conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en
concertación con el BCE, ha realizado la sexta evaluación del progreso de las
autoridades portuguesas en la aplicación de las medidas acordadas, así como de
la eficacia y el impacto económico y social de dichas medidas. (2) Tras una fuerte
reducción en 2012, del 3% en términos reales, se espera que la actividad
económica se recupere gradualmente a partir del segundo semestre de 2013,
cuando se reanudaría el crecimiento del PIB trimestral. A pesar de la atonía
del consumo interno, se espera una intensificación de la recuperación económica
en 2014. Sin embargo, las previsiones macroeconómicas están sujetas a riesgos.
En particular, un deterioro de las condiciones económicas mayor de lo previsto
en algunos países de la zona del euro tendría efectos adversos sobre Portugal. (3) El objetivo de déficit
presupuestario del 5% del PIB para 2012 sigue siendo válido, aunque existen
algunos riesgos. Si bien la ejecución presupuestaria por el lado del gasto
sigue controlada, los ingresos obtenidos hasta octubre siguen siendo inferiores
a los establecidos como objetivo, a pesar de haber sido ya sido revisados a la
baja. Se están aplicando medidas adicionales de ahorro, de un valor equivalente
a aproximadamente el 0,3% del PIB, con el fin de alcanzar el objetivo de
déficit, pero existe cierta incertidumbre sobre su resultado final. Por último,
las autoridades estadísticas aún no han determinado si la venta de la concesión
aeroportuaria (ANA), estimada en el 0,7% del PIB, puede tratarse como una
operación que reduce el déficit. (4) El presupuesto para
2013, que fue aprobado el 27 de noviembre, incluye medidas discrecionales por
importe superior al 3% del PIB encaminadas a lograr el objetivo de déficit del
4,5% del PIB en 2013. Por el lado de los gastos, el presupuesto contempla una
reducción considerable de la masa salarial del sector público mediante un menor
nivel de empleo y una reducción del pago de horas extraordinarias y de otras
retribuciones. Se intensificarán los esfuerzos de racionalización en el sector
sanitario, las empresas estatales y las asociaciones público-privadas y se
racionalizarán más los gastos sociales. Por el lado de los ingresos, el
presupuesto prevé una reforma global del impuesto sobre la renta de las
personas físicas que reducirá el número de tramos impositivos y aumentará el
tipo impositivo medio, en línea con los niveles europeos, preservando al mismo
tiempo la progresividad y reduciendo las bonificaciones fiscales. Por otra
parte, se impone un recargo del 3,5% sobre la parte de la renta imponible por
encima del salario mínimo, así como un recargo de solidaridad del 2,5% sobre la
renta situada en el tramo de tributación superior y del 5% sobre la renta por
encima de 250 000 euros. Se aumentan los ingresos del impuesto de
sociedades, en particular, limitando la deducibilidad de los gastos de
intereses, reduciendo el umbral a partir del cual se aplica el tipo más elevado
de imposición de los beneficios y cambiando la metodología para los pagos
anticipados especiales de empresas sometidas a una tributación de grupo. El
presupuesto también incluye cambios en la imposición indirecta, tales como un
aumento de los impuestos especiales sobre el tabaco, el alcohol y el gas
natural, una ampliación de la base del impuesto sobre bienes inmuebles, gracias
a una revalorización de los bienes inmuebles, y la creación de un impuesto
sobre las transacciones financieras. Por otra parte, aumentarán las
contribuciones sociales ya que también se aplicarán a los pagos complementarios
en favor de trabajadores del sector público y a las prestaciones de desempleo. (5) Considerando las medidas
incluidas en el presupuesto, los aumentos de ingresos contribuirán en un 80% al
ajuste presupuestario en 2013, mientras que el restante 20% provendrá de una
reducción de los gastos (tras considerar el efecto del restablecimiento de la
decimotercera paga en el sector público y de 1,1 meses de pensión, a raíz de la
decisión del Tribunal Constitucional). Teniendo en cuenta los riesgos derivados
de este ajuste basado principalmente en los ingresos, las autoridades están
preparando medidas de emergencia de un importe equivalente al 0,5% del PIB, que
se activarán si los riesgos llegan a materializarse. Las medidas consistirán
sobre todo en reducciones del gasto, especialmente nuevas disminuciones de los
costes salariales, y se concretarán a principios de 2013, a tiempo para la
séptima revisión. (6) El proceso de ajuste
presupuestario está respaldado por una serie de medidas estructurales
encaminadas a reforzar el control del gasto público y mejorar la obtención de
ingresos. En particular, se prevé una reforma global del marco presupuestario
para alinearlo con las mejores prácticas en materia de procedimiento
presupuestario y gestión presupuestaria. El nuevo sistema de control de los
compromisos está empezando a dar resultados, pero debe realizarse un
seguimiento estrecho de su aplicación a fin de garantizar que los compromisos
estén en consonancia con la financiación. Se continuarán las reformas de la
administración pública, que ya han generado ahorros significativos. Están a
punto de concluirse reformas fundamentales encaminadas a reestructurar la
administración de ingresos y las autoridades están reforzando la supervisión y
el rigor en materia de ingresos. Ha comenzado la renegociación de las
asociaciones público-privadas y se prevén ahorros significativos para 2013 y
años posteriores. Se espera que las empresas estatales lleguen por término
medio a un equilibrio operativo para el final del año. Las reformas del sector
sanitario están produciendo ahorros significativos y su ejecución se prosigue
cumpliendo globalmente los objetivos. (7) Se ha iniciado un examen
global de los gastos con el objetivo de aumentar la eficiencia y equidad de los
servicios públicos, al mismo tiempo que se reducen los gastos en
aproximadamente 4 000 millones de euros (2,5% del PIB). Este ejercicio
tiende a reducir las duplicaciones en las funciones y las entidades del sector
público y reasignar los recursos hacia categorías de gasto más favorables al
crecimiento. La determinación, la cuantificación y el calendario de aplicación
de las medidas deberán especificarse para febrero de 2013. El programa de
estabilidad de 2013 proporcionará más información sobre el plan de saneamiento
presupuestario a medio plazo. (8) Conforme a las actuales
previsiones de la Comisión relativas al crecimiento del PIB nominal (–1,0% en
2011, –2,3% en 2012, 0,3% en 2013 y 2% en 2014) y a los objetivos
presupuestarios del 5% del PIB en 2012, el 4,5% en 2013 y el 2,5% en 2014, se
espera la siguiente evolución del ratio deuda/PIB: el 108,1% en 2011, el 120%
en 2012, el 122,2% en 2013 y el 122,3% en 2014. Por consiguiente, dicho ratio
se estabilizaría a partir de 2012 e iniciaría una tendencia decreciente a
partir de 2014, suponiendo que prosigue la reducción del déficit. La dinámica
de la deuda se ve afectada por varias operaciones extrapresupuestarias —entre
las que figuran importantes adquisiciones de activos financieros destinados
especialmente a la eventual recapitalización de bancos y a la financiación de
empresas públicas—, así como por las diferencias entre intereses devengados e
intereses pagados. (9) La operación de
ampliación del capital, de un importe de 8 200 millones de euros, está
prácticamente finalizada y permitirá a los bancos participantes cumplir las
reservas reglamentarias de capital establecidas por la ABE, así como el
objetivo del programa consistente en un ratio de capital básico de clase 1 del
10% a final del año. Probablemente se cumplirá el objetivo indicativo del 120%
para el ratio préstamos/depósitos en 2014 a más tardar, situándose ya algunos
bancos por debajo de este límite. Se están intensificando los esfuerzos para
diversificar las fuentes de financiación del sector empresarial. Se están
finalizando los actos jurídicos relativos a la resolución de bancos, en
particular los planes de rescate, los bancos puente y un fondo de resolución. (10) Se han realizado nuevos
avances en la aplicación de reformas estructurales favorables al crecimiento y
la competitividad. Además de reforzar las políticas activas del mercado de
trabajo, las autoridades se han comprometido a reducir las indemnizaciones por
despido con el fin de promover la flexibilidad del mercado de trabajo y la
creación de empleo. La ejecución de los planes de acción en los ámbitos de la
enseñanza secundaria y la formación profesional están avanzando globalmente
según el calendario previsto. (11) Está progresando a buen
ritmo la transposición de la Directiva de servicios, encaminada a reducir las
barreras de entrada y fomentar la competencia y la actividad económica
facilitando el acceso de nuevos operadores del mercado en los distintos
regímenes económicos. Los procedimientos de concesión de licencias y otras
cargas administrativas también se están simplificando en distintos sectores
económicos, tales como el medio ambiente y la ordenación territorial, la
agricultura y el desarrollo rural, la industria y la geología. Se está
elaborando una ley marco que establecerá los principios fundamentales de
funcionamiento de las principales autoridades nacionales de regulación,
dotándolas de un alto nivel de independencia y autonomía. (12) Las reformas del sistema
judicial siguen progresando conforme al calendario previsto. Se han logrado
nuevos avances en la reducción del volumen de asuntos pendientes y en reformas
de más envergadura, tales como la reorganización geográfica de los partidos
judiciales y la reforma del código de procedimiento civil. (13) Cada una de las medidas
exigidas por la presente Decisión contribuirá a reestablecer una situación
económica y financiera sólida en Portugal y a restaurar su capacidad de
financiarse en los mercados. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 El artículo 3 de la Decisión de Ejecución
2011/344/UE queda modificado como sigue: 1) El apartado 7 se
sustituye por el texto siguiente: «7. Portugal adoptará en 2013 las
siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de
Acuerdo: a) el déficit de las administraciones
públicas no rebasará el 4,5% del PIB en 2013; el presupuesto para 2013 incluirá
medidas permanentes de saneamiento presupuestario, de un importe equivalente
como mínimo al 3% del PIB, tendentes a una reducción del déficit de las
administraciones públicas conforme al calendario mencionado en el apartado 3;
el Gobierno portugués estudiará las formas de aumentar la proporción de la
reducción de gastos en el paquete global de saneamiento para 2013 con objeto de
garantizar un ajuste presupuestario favorable al crecimiento a medio plazo
basado en una reducción de los de gastos; teniendo en cuenta los riesgos para
la ejecución del presupuesto, el Gobierno portugués preparará para principios
de 2013 medidas de emergencia de importe equivalente al 0,5% del PIB que
deberán activarse en caso de materializarse dichos riesgos; b) el presupuesto de 2013 incluirá
medidas de aumento de los ingresos, y en particular: una reforma del impuesto
sobre la renta que simplifique la estructura tributaria y amplíe la base
imponible mediante la eliminación de algunas bonificaciones fiscales y aumentos
del tipo impositivo medio, preservando al mismo tiempo la progresividad; una
ampliación de la base del impuesto de sociedades; un aumento de los tipos
impositivos aplicados a los ingresos procedentes de la inversión; un aumento de
los impuestos especiales y una modificación de los impuestos recurrentes sobre
bienes inmuebles; c) el presupuesto de 2003 incluirá
medidas de reducción del gasto, especialmente una racionalización de la
administración pública, la educación, la asistencia sanitaria y las
prestaciones sociales; una reducción de la masa salarial disminuyendo el
personal permanente y temporal y reduciendo el pago de horas extraordinarias;
una racionalización de las subvenciones y las transferencias sociales públicas
y privadas; una reducción de las transferencias a las autoridades regionales y
locales; y una disminución de los gastos de funcionamiento y de inversión de
las empresas estatales; d) Portugal continuará aplicando
su programa de privatización; e) Portugal elaborará
orientaciones comunes para la previsión de ingresos dirigidas a las
administraciones subnacionales; f) Portugal intensificará la
utilización de servicios compartidos en la administración pública; g) Portugal reducirá el número de
delegaciones locales de los ministerios (hacienda, seguridad social, justicia,
etc.) fusionándolas en servicios de atención al ciudadano y desarrollando más
la administración electrónica durante el período del programa; h) Portugal proseguirá la
reorganización y racionalización de la red de hospitales mediante la
especialización, la concentración y la reducción del tamaño de los servicios
hospitalarios y la gestión y la dirección conjuntas de los hospitales, y
finalizará la aplicación del plan de acción para finales de 2013; i) con el apoyo de expertos de prestigio
internacional, y tras la aprobación de las enmiendas a la nueva Ley de
arrendamientos urbanos 6/2006 y el Decreto-ley que simplifica el procedimiento
administrativo de renovación, Portugal emprenderá un examen exhaustivo del
funcionamiento del mercado de la vivienda; j) Portugal establecerá un
sistema de registro de la propiedad de ámbito nacional para permitir una
distribución más equitativa de los beneficios y costes de la ejecución de la
planificación urbanística; k) Portugal dotará de plena
operatividad al instrumento de gestión para analizar, controlar y evaluar los resultados
y efectos de las políticas de educación y formación y establecerá la lista de
escuelas profesionales de referencia, l) Portugal finalizará la
adopción de las enmiendas sectoriales pendientes, necesarias para la plena
aplicación de la Directiva de servicios; m) Portugal aplicará medidas
selectivas para lograr una reducción constante del volumen de asuntos
pendientes a fin de eliminar los retrasos judiciales; n) Portugal adoptará la ley marco
sobre las principales autoridades nacionales de regulación con el fin de
garantizar su plena independencia y su autonomía financiera, administrativa y
de gestión; o) Portugal mejorará el entorno
empresarial, finalizando las reformas pendientes relativas a la reducción de
las cargas administrativas [ventanilla única prevista por la Directiva de
servicios y proyectos sin autorización previa] y simplificando más los
procedimientos de concesión de licencias, las reglamentaciones y otras cargas
administrativas que existen actualmente en la economía y constituyen un
importante obstáculo al desarrollo de las actividades económicas; p) Portugal completará la reforma
de la legislación sobre las actividades portuarias y el sistema de gestión de
los puertos, incluida la revisión de las concesiones para la gestión de
puertos; q) Portugal aplicará medidas que
mejoren el funcionamiento del sistema de transporte; r) Portugal aplicará medidas que
eliminen el déficit tarifario del sector energético e incorporen plenamente el
tercer paquete energético de la UE.». __________________________ * DO L 376 de 27.12.2006, p. 36. ** DO L 255 de 30.9.2005, p. 1. *** DO L 48 de 23.2.2011, p.1. 2) El
apartado 9 se sustituye por el texto siguiente: «9. Con vistas a restaurar la confianza
en el sector financiero, Portugal llevará a cabo una recapitalización adecuada
de su sector bancario y garantizará un proceso de desapalancamiento ordenado. A
este respecto, Portugal aplicará a su sector bancario la estrategia acordada
con la Comisión, el BCE y el FMI a fin de preservar la estabilidad financiera.
En particular, Portugal: a) recomendará a los bancos
reforzar sus reservas de garantía de forma sostenible; b) garantizará
un proceso de desapalancamiento del sector bancario equilibrado y ordenado, que
sigue siendo fundamental para eliminar de forma permanente los desequilibrios
de financiación; garantizará que los planes de financiación de los bancos
tiendan a reducir el ratio préstamos/depósitos a un valor indicativo de
aproximadamente el 120% en 2014 y a reducir la dependencia respecto de la
financiación del Eurosistema a medio plazo; estos planes de financiación se
revisarán trimestralmente; c) promoverá la diversificación de
alternativas de financiación para el sector empresarial, y particularmente para
las PYME, mediante una serie de medidas encaminadas a mejorar su acceso a los
mercados de capital y el sistema de seguro de crédito a la exportación; d) seguirá racionalizando el grupo
CGD, de propiedad estatal; e) optimizará el proceso de
recuperación de los activos transferidos de BPN a las tres entidades con
cometido especial de propiedad estatal mediante la cesión de la gestión de los
activos a un tercero profesional, con la misión de ir recuperando los activos
gradualmente; el Gobierno portugués seleccionará a la entidad que gestionará
los créditos a través de un procedimiento de licitación e incluirá incentivos
adecuados para maximizar las recuperaciones y minimizar los costes de
funcionamiento dentro del mandato; el Gobierno portugués garantizará la venta
oportuna de las filiales y los activos de las otras dos entidades con cometido
especial de propiedad estatal; f) sobre la base del conjunto de
propuestas preliminares encaminadas a fomentar la diversificación de las
alternativas de financiación para el sector empresarial, desarrollará y
aplicará soluciones que proporcionen modalidades de financiación del sector
empresarial alternativas al crédito bancario tradicional; el Gobierno portugués
evaluará la eficacia de los sistemas de seguro de crédito a la exportación financiados
con fondos públicos a fin de adoptar medidas adecuadas para el fomento de las
exportaciones que sean compatibles con la normativa de la UE; g) garantizará las modalidades de
financiación iniciales y periódicas para el Fondo de Resolución en dos etapas;
en primer lugar, mediante la aprobación de un decreto-ley relativo a la
contribución de los bancos a dicho Fondo, y, en segundo lugar, mediante la
aprobación de un dictamen de supervisión relativo a las contribuciones
periódicas específicas de los bancos; adoptará los dictámenes de supervisión
relativos a los planes de resolución; la aplicación de los planes de rescate y
resolución de los bancos dará prioridad a aquellos bancos que sean de
importancia sistémica; h) aplicará un marco que permita a
las entidades financieras emprender una reestructuración extrajudicial de la
deuda de las economías domésticas, flexibilizar la reestructuración de la deuda
de las empresas y aplicar un plan de acción para aumentar la sensibilización de
los ciudadanos sobre los instrumentos de reestructuración; i) presentará al Parlamento
enmiendas al marco jurídico que rige el acceso a la financiación pública para
permitir al Estado, en circunstancias muy precisas y de conformidad con la
normativa sobre ayudas estatales, ejercer el control sobre las entidades y
realizar las recapitalizaciones obligatorias.». Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión
será Portugal. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario
Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] DO L 118 de 12.5.2010, p. 1.