This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52012DC0571
COMMUNICATION FROM THE COMMISSION TO THE COUNCIL AND THE EUROPEAN PARLIAMENT on the comprehensive risk and safety assessments ("stress tests") of nuclear power plants in the European Union and related activities
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO sobre las evaluaciones completas del riesgo y de la seguridad («pruebas de resistencia») de las centrales nucleares de la Unión Europea y actividades relacionadas
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO sobre las evaluaciones completas del riesgo y de la seguridad («pruebas de resistencia») de las centrales nucleares de la Unión Europea y actividades relacionadas
/* COM/2012/0571 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO sobre las evaluaciones completas del riesgo y de la seguridad («pruebas de resistencia») de las centrales nucleares de la Unión Europea y actividades relacionadas /* COM/2012/0571 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL
CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO sobre las evaluaciones completas del
riesgo y de la seguridad («pruebas de resistencia») de las centrales nucleares
de la Unión Europea y actividades relacionadas 1. Introducción Actualmente hay 132 reactores nucleares
funcionando en la UE, agrupados en 58 emplazamientos. Su historial de seguridad
es tal que, aunque se han producido (y siguen produciéndose) incidentes, nunca
han tenido lugar accidentes graves. Así pues, el historial de seguridad es
bueno en general, si bien la confianza de los ciudadanos de la UE en la
industria nuclear europea depende de la mejora continua del marco de seguridad
y protección nuclear de la UE, con el fin de garantizar que sigue siendo el más
eficaz del mundo, sobre la base de las normas de seguridad más exigentes. Los retos a los que se enfrentan la seguridad
nuclear y su gobernanza se han resaltado en el accidente ocurrido en los
reactores de Fukushima en Japón, a raíz del terremoto y del tsunami de marzo de
2011. Este suceso demostró que los reactores nucleares deben ser protegidos
incluso contra accidentes considerados muy improbables. Los acontecimientos de
Fukushima pusieron de manifiesto cuestiones conocidas y recurrentes: defectos
de diseño, insuficiencia de los sistemas de reserva, errores humanos,
inadecuación de los planes de emergencia, y dificultad de las comunicaciones.
La UE debe aprender las lecciones de Fukushima para seguir reduciendo el riesgo
de que se produzcan incidentes nucleares en Europa. El accidente de Fukushima ha dado lugar a un
esfuerzo sin precedentes para revisar la seguridad de las instalaciones
nucleares en Europa y en todo el mundo. Se han tomado medidas a nivel nacional,
regional e internacional. En la UE, el Consejo Europeo concluyó en
marzo de 2011[1]
que debía «revisarse la seguridad de todas las centrales nucleares de la UE,
sobre la base de una evaluación completa y transparente del riesgo y la
seguridad ("pruebas de resistencia"); se invita al Grupo Europeo de
Reguladores de la Seguridad Nuclear (ENSREG) y a la Comisión a que definan a la
mayor brevedad el alcance y las modalidades de dichas pruebas en un marco
coordinado, a la luz de las enseñanzas extraídas del accidente de Japón y con
plena participación de los Estados miembros, haciendo pleno uso de los
conocimientos técnicos disponibles (en particular, de la Asociación de
Reguladores Nucleares de Europa Occidental); llevarán a cabo las evaluaciones
autoridades nacionales independientes mediante revisiones inter pares;
sus resultados y cualesquiera medidas que sea necesario adoptar posteriormente
deberán ser puestas en conocimiento de la Comisión y de los miembros del ENSREG
y hacerse públicas.». Además, el Consejo Europeo pidió a la Comisión que
invitara a los países vecinos de la UE a participar en el proceso de las
pruebas de resistencia, que revisara «el marco jurídico y reglamentario vigente
en materia de seguridad de las instalaciones nucleares» y que propusiera «de
aquí al final de 2011, las mejoras que puedan resultar necesarias». Mediante la estrecha colaboración entre los
operadores de las centrales, las autoridades reguladoras nucleares y la
Comisión, se pudieron llevar a cabo pruebas de resistencia en 2011 y 2012. La
Comisión está ahora en condiciones de responder al mandato del Consejo Europeo
con el presente informe, que recoge las conclusiones y recomendaciones de la
Comisión basadas en las pruebas de resistencia y actividades relacionadas; en
él se considera también la dimensión internacional de la seguridad y la
protección nucleares y se explica de qué manera puede mejorarse el marco de
seguridad nuclear en la UE, subrayando la naturaleza dinámica de la seguridad
nuclear: la mejora de la seguridad nuclear no es un ejercicio que se haga una
sola vez, sino que debe ser objeto de seguimiento y actualización permanentes.
Por encima de todo, el presente documento reúne todos los aspectos del
ejercicio de revisión con vistas a la elaboración de propuestas relativas a
proyectos, legislativas y no legislativas. Todas estas medidas buscan mejorar
la seguridad de las centrales y su gobernanza a nivel nacional y de la UE, y
promover los valores de la UE en cuanto a la seguridad y la protección
nucleares en el contexto internacional. En el adjunto documento de trabajo de los servicios
de la Comisión se presentan detalles de los resultados técnicos y de la
metodología de las pruebas de resistencia. 2. Proceso, resultados clave y
seguimiento inmediato de las evaluaciones del riesgo y de la seguridad 2.1. Revisión sin precedentes
de la seguridad y de la protección nucleares En respuesta al accidente de Fukushima y al
subsiguiente mandato conferido por el Consejo Europeo a la Comisión, empezaron
a realizarse muchas actividades en paralelo. A continuación se presentan
brevemente: Si bien el ENSREG y la Comisión determinaron
el ámbito y las modalidades de las pruebas, la evaluación de la seguridad de
las centrales nucleares es competencia de los operadores nucleares y de las
autoridades reguladoras nacionales, que participaron en las pruebas de
resistencia de forma voluntaria. La Comisión no puede garantizar la seguridad y
la protección de las instalaciones nucleares, ya que la competencia en este
campo sigue estando a nivel nacional. Es necesario contemplar todas las
conclusiones de la presente Comunicación teniendo en cuenta esta situación. Evaluaciones de la seguridad dirigidas por el ENSREG Las pruebas de resistencia se definieron como
una reevaluación selectiva de los márgenes de seguridad de las centrales
nucleares, a la luz de las enseñanzas derivadas de los acontecimientos de
Fukushima, en relación con incidentes naturales extremos que pongan en peligro
las funciones de seguridad de las centrales, y se organizaron teniendo en
cuenta debidamente el reparto de las competencias entre las distintas partes en
el ámbito de la seguridad nuclear[2].
Han participado en estas evaluaciones, de forma voluntaria, los catorce Estados
miembros de la UE que explotan centrales nucleares[3], además de Lituania[4]. Las ciento treinta
y dos reactores nucleares[5]
que se encuentran en funcionamiento en la UE corresponden a diferentes
tecnologías y tipos, pero son principalmente reactores de agua a presión (PWR),
reactores de agua en ebullición (BWR) o reactores refrigerados por gas. Las
pruebas de resistencia comenzaron con la realización de autoevaluaciones por
los operadores nucleares y con la preparación de informes nacionales por las
autoridades reguladoras nacionales en línea con las responsabilidades para la
seguridad de las centrales nucleares. Se formaron equipos de revisión inter
pares, compuestos principalmente por expertos de los Estados miembros, con
el apoyo de la Comisión Europea, que visitaron veintitrés emplazamientos,
teniendo en cuenta el tipo de reactor y la ubicación geográfica. Las visitas de
los equipos a los emplazamientos seleccionados de cada país se organizaron con
el fin de confirmar la ejecución de las pruebas de resistencia, sin invadir las
competencias en el ámbito de la inspección de la seguridad nuclear de las
autoridades nacionales, que organizaron inspecciones de cada una de las
centrales nucleares en funcionamiento de la UE después del accidente de
Fukushima. Puede encontrarse información sobre cada central nuclear en el
adjunto documento de trabajo de los servicios de la Comisión, así como en sus
referencias a la información facilitada por los operadores, las autoridades
reguladoras nacionales o el ENSREG en su conjunto. Tras la presentación del informe provisional
de la Comisión[6],
se llevó a cabo entre enero y abril de 2012 un amplio proceso de revisión inter
pares a escala de la UE. El Consejo de Revisión Inter Pares del
ENSREG elaboró un informe de síntesis, aprobado por el ENSREG, y diecisiete
informes nacionales[7]
con recomendaciones detalladas. En julio, el ENSREG dio su acuerdo a un plan de
acción para el seguimiento de la aplicación de las recomendaciones de la
revisión inter pares.
Esta es la base sobre la que se formulan los resultados y las
recomendaciones de seguridad descritas en la presente Comunicación. Actividades sobre seguridad nuclear
realizadas por el Consejo (Grupo ad hoc sobre Seguridad Nuclear, AHGNS) Para hacer frente a las cuestiones
relacionadas con la seguridad de las centrales nucleares, se creó en el Consejo
un nuevo Grupo ad hoc. El Grupo se reunió periódicamente a partir de
septiembre de 2011, bajo las presidencias polaca y danesa, y estaba integrado
por expertos en materia de seguridad de los Estados miembros, con la Comisión
estrechamente asociada. En contraste con las evaluaciones de seguridad del ENSREG,
el AHGNS no dirigió su atención a las distintas instalaciones, sino al estado
de la seguridad nuclear del conjunto de la UE, examinando la metodología para
la evaluación y la protección de las centrales nucleares, incluidas las medidas
preventivas. El AHGNS fomentó el intercambio de las
prácticas existentes y señaló posibles mejoras metodológicas, recurriendo
principalmente a las buenas prácticas de las orientaciones actuales del
Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). Concluyó sus trabajos en
mayo de 2012. Participación de países vecinos de la UE en el proceso Suiza, Ucrania y Croacia han participado
plenamente en las pruebas de resistencia de la UE y en el proceso de revisión inter
pares, mientras que otros países vecinos (por ejemplo, Turquía[8], Belarús y Armenia[9]) que acordaron
trabajar basándose en la misma metodología están siguiendo calendarios
diferentes. Rusia también llevó a cabo nuevas evaluaciones y señaló medidas
para mejorar sus centrales nucleares, utilizando su propia metodología. Suiza
está plenamente comprometida en seguir las recomendaciones de las pruebas de
resistencia, mientras que Ucrania ha incluido los resultados de estas pruebas
en el programa de modernización de sus centrales nucleares. La Comisión aprecia
los esfuerzos realizados para converger con el enfoque de la UE en este ámbito. Evaluación del marco institucional y jurídico por la Comisión Más allá de la revisión de la seguridad de
las centrales, la Comisión ha evaluado la estructura institucional y el marco
jurídico de la seguridad nuclear en Europa, teniendo en cuenta el Plan de
Acción del OIEA[10]
y el resultado de los debates internacionales en relación con la Convención
sobre Seguridad Nuclear, y ha señalado lagunas y buenas prácticas que pueden
tratarse o incluirse en la legislación de la UE sobre la base del equilibrio
actual de competencias, de la colaboración ampliada entre los Estados miembros
o de la aplicación de los programas de la UE en curso. Efectos de los impactos de aeronaves En este ejercicio de revisión se han
considerado los sucesos que pueden afectar a la seguridad y a la protección de
las centrales nucleares, como los impactos de aeronaves, cuyos efectos sobre la
seguridad de las centrales nucleares se consideran en la especificación de las
pruebas de resistencia del ENSREG. En cuanto a la protección, el informe del
AHGNS señala buenas prácticas que deben seguir los Estados miembros para la
prevención de los impactos de aeronaves malintencionados. La Comisión organizó el 25 de septiembre de
2012 un seminario titulado «Seguridad de las centrales nucleares contra los
impactos de aeronaves», orientado a mejorar la seguridad de las centrales y a
explorar métodos de protección alternativos, en el que participaron las
autoridades reguladoras de los Estados miembros en materia de seguridad y hubo
contribuciones de expertos de Estados Unidos y Japón. Los expertos invitados
trataron por separado las características de las instalaciones existentes y los
nuevos diseños. Preparación ante situaciones de emergencia fuera de los recintos
de las centrales Durante la fase de revisión inter pares
de las pruebas de resistencia en el ámbito de la seguridad, algunas ONG
solicitaron ampliar el alcance de las pruebas de resistencia a la preparación
ante situaciones de emergencia fuera de los recintos de las centrales. En la UE
hay 47 centrales nucleares, con 111 reactores, alrededor de las cuales viven
más de 100 000 habitantes en un radio de 30 km. Este dato demuestra que
las medidas preventivas fuera de los recintos tienen una importancia esencial.
La competencia en cuanto a tales medidas es compartida por varias autoridades
nacionales, regionales y locales. La Comisión, con apoyo del ENSREG, está
poniendo en marcha un estudio destinado a proporcionar un panorama de la
organización actual, centrándose en las regiones transfronterizas de la UE, y a
hacer recomendaciones, si fuese necesario. Se espera disponer de los resultados
a finales de 2013. Cooperación en el marco de las organizaciones internacionales Las Partes Contratantes en la Convención
sobre Seguridad Nuclear celebraron una reunión extraordinaria en agosto de 2012
para examinar si la Convención es eficaz y sigue siendo adecuada. La Comisión
preparó un informe en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica[11] y ha sido
mandatada por los Estados miembros en el Consejo para negociar mejoras de la
aplicación de la Convención y propuestas de enmienda presentadas por las demás
Partes Contratantes. 2.2. Resultados de las
evaluaciones de la seguridad y de la revisión institucional y jurídica Los resultados se describen en detalle en el
documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a la presente
Comunicación. En los apartados siguientes se resumen las principales
consideraciones sobre cada tema. 2.2.1. Conclusiones sobre las
medidas de seguridad en las centrales nucleares existentes Sobre la base de las pruebas de resistencia,
las autoridades reguladoras nacionales llegaron a la conclusión de que no
existen motivos técnicos que requieran el cierre de ninguna central nuclear en
Europa y señalaron una serie de buenas prácticas. La Comisión no está facultada
para hacer evaluaciones de este tipo. No obstante, prácticamente todas las
centrales nucleares deben ser objeto de mejoras de la seguridad, ya que se han
señalado centenares de medidas de modernización técnica. A raíz de los
accidentes de Three Mile Island y de Chernóbil, se acordaron a nivel mundial
medidas para proteger las centrales nucleares. Las pruebas de resistencia han
demostrado, sin embargo, que en muchos casos no se han aplicado aún tales
medidas. El anexo pone de relieve las principales
recomendaciones elaboradas con ocasión de las pruebas de resistencia. En el
documento de trabajo de los servicios de la Comisión se recogen más detalles
sobre las mejoras necesarias y sobre las buenas prácticas en relación con cada
central. Ejemplos de resultados significativos En cuatro reactores (situados en dos países diferentes), los
operadores disponen de menos de una hora para restablecer las funciones de
seguridad en caso de corte total de la corriente eléctrica y/o del disipador
final de calor. En diez reactores no está instalada aún la instrumentación sísmica
in situ. En la actualidad son cuatro los países que operan sistemas de
seguridad adicionales totalmente independientes de los sistemas de seguridad
normales, ubicados en zonas bien protegidas contra sucesos externos (por
ejemplo, estructuras fortificadas o un «núcleo reforzado» de sistemas de
seguridad). Un quinto país está estudiando esta opción. En siete países se dispone ya de equipos móviles, especialmente
generadores diésel, necesarios en caso de corte total de electricidad, sucesos
externos o accidentes graves, y se van a instalar en la mayor parte de los
demás. El seminario sobre los impactos de aeronaves
puso de manifiesto la existencia de importantes diferencias en los
planteamientos nacionales para abordar la evaluación de las implicaciones en
materia de seguridad con respecto a las centrales nucleares existentes y
nuevas: Según los requisitos de diseño de las nuevas
centrales nucleares, estas no deben liberar emisiones fuera del edificio de
contención en caso de impacto de una aeronave de gran tamaño. Por razones
históricas, la situación es diferente en cuanto a las centrales nucleares
existentes, y los métodos aplicados y las implicaciones elaboradas no son
necesariamente coherentes y uniformes en los distintos Estados miembros. Los participantes subrayaron la necesidad de
mantener una clara separación respecto a las cuestiones de protección, debido a
los diferentes niveles de responsabilidad institucional y de transparencia de
cara al público. 2.2.2. Conclusiones sobre los
procedimientos y marcos de seguridad Las pruebas de resistencia han puesto de
relieve las mejores prácticas, así como deficiencias en los Estados miembros,
como se detalla en el documento de trabajo de los servicios de la Comisión. De
las pruebas de resistencia y de otros informes sobre las investigaciones
relativas al accidente de Fukushima se desprenden los siguientes elementos
fundamentales[12]: ·
Hay falta de coherencia en relación con la
evaluación y la gestión de los peligros externos para la seguridad de las
instalaciones. Por ejemplo, las orientaciones del
Organismo Internacional de Energía Atómica sobre cargas sísmicas o las
directrices sobre inundaciones no son aplicadas por todos los Estados miembros
(primera Recomendación del Consejo de Revisión Inter Pares del ENSREG,
punto 2.3.2). ·
El alcance y la profundidad del cálculo de
probabilidades en materia de seguridad utilizado
para caracterizar la seguridad de los reactores nucleares varían de manera
significativa y en algunos Estados miembros es necesario ponerlos urgentemente
al nivel de las normas internacionales reconocidas. ·
Tiene que disponerse en todas las centrales
nucleares de directrices para la gestión de accidentes graves que
abarquen todos los tipos de situaciones. Las pruebas de resistencia han puesto
de manifiesto que estas directrices tienen que actualizarse y aplicarse
plenamente lo antes posible en una serie de Estados miembros. ·
Se necesita mejorar la cultura de la
seguridad. Existen lagunas en la determinación
global y transparente y en la gestión de cuestiones clave de seguridad. Una
lección evidente aprendida del accidente de Fukushima es que se había
subestimado el peligro de tsunamis, sobre todo debido a los factores humanos,
sistémicos y de organización. 2.2.3. Conclusiones sobre el
marco jurídico en materia de seguridad y sobre su aplicación Se ha observado una serie de deficiencias en
el actual marco de seguridad nuclear, a nivel tanto europeo como de los Estados
miembros. ·
La principal conclusión se refiere a las diferencias
persistentes entre los Estados miembros, que impiden la existencia de un
enfoque coherente para la regulación de la seguridad nuclear. No hay
ningún mecanismo codificado de la UE para llegar a acuerdos sobre las normas
técnicas y sobre las formas de llevar a cabo las revisiones de seguridad. La
Directiva de Seguridad Nuclear no tiene ninguna disposición al respecto. ·
Las disposiciones sobre la independencia de
las autoridades reguladoras nacionales y los medios para garantizar su
efectividad son mínimas y no necesariamente suficientes para evitar
situaciones en las que la competencia reglamentaria se divida entre varias
entidades, o se incluya directamente en varios ministerios (economía, medio
ambiente, etc.). Por otra parte, el actual catálogo de competencias de
reglamentación no es suficientemente explícito. ·
La transparencia es esencial para
garantizar que se aplican las mejores prácticas de seguridad posibles, como
muestran las pruebas de resistencia. Sin embargo, la Directiva de seguridad
nuclear solo contiene requisitos genéricos relativos a la información a la
población. ·
Los mecanismos de seguimiento y
verificación a nivel de la UE se limitan a la revisión inter pares
del marco nacional de seguridad nuclear. 2.3. Recomendaciones clave
derivadas de las pruebas de resistencia sobre la seguridad 2.3.1. Conclusiones sobre las
medidas de seguridad en las centrales nucleares existentes El documento de trabajo de los servicios de
la Comisión ofrece un panorama del número de medidas de seguridad necesarias en
las distintas centrales nucleares. Seguimiento: Todos los países participantes han empezado a
adoptar medidas operativas para mejorar la seguridad de sus centrales. Estas
medidas incluyen la puesta a disposición de equipos móviles suplementarios para
prevenir o atenuar los accidentes graves, la instalación de equipos fijos
reforzados, y la mejora de la gestión de los accidentes graves, junto con
actividades adecuadas de formación del personal. Se calcula que el coste de las
mejoras adicionales en materia de seguridad está comprendido entre 30 millones
EUR y 200 millones EUR por unidad de reactor. Así pues, el coste total de los ciento
treinta y dos reactores en funcionamiento en la UE durante los próximos años
podría ser de entre 10 000 y 25 000 millones EUR para todas las unidades de las
centrales nucleares de la UE. Estas cifras se basan en las estimaciones
publicadas por la autoridad de seguridad nuclear francesa (que abarcan más de
un tercio de los reactores de la UE) y están sujetas a su confirmación en los
planes de acción nacionales. En consonancia con la Declaración Conjunta de
la Comisión y el ENSREG de 25 de abril de 2012[13],
el ENSREG acordó en julio un plan de acción que aspira a garantizar que las recomendaciones
del proceso de revisión inter pares se apliquen de forma coherente y
transparente. Esto debe ser una prioridad para todos los Estados miembros
afectados. Teniendo en cuenta el elevado número de mejoras recomendadas, es
necesario elaborar y aplicar métodos y criterios para evaluar la importancia de
las distintas medidas, y para dar prioridad y asignar fondos a los ámbitos que
aporten los mayores beneficios en cuanto a seguridad. Al mismo tiempo, la evaluación llevada a cabo
en las centrales en construcción consideró que era escasa la probabilidad de
que los diseños de los reactores nuevos se vean muy afectados por todas estas
medidas de mejora de la seguridad. Por lo tanto, es poco probable que haya
grandes aumentos de los costes de inversión en relación con la nueva capacidad
de generación nuclear en Europa si se eligen las mejores tecnologías
disponibles. La competencia de aplicar los mecanismos de
seguimiento y verificación corresponde a los Estados miembros. 2.3.2. Recomendaciones sobre los
procedimientos y marcos En lo que respecta a la seguridad, el informe
del Consejo de Revisión Inter Pares del ENSREG señalaba cuatro
principales ámbitos de mejora en toda Europa: ·
Deben elaborarse orientaciones europeas
relativas a la evaluación de los peligros naturales, como terremotos,
inundaciones y fenómenos meteorológicos extremos, y a los márgenes de
seguridad, con el fin de aumentar la coherencia entre los Estados miembros. La Asociación de Reguladores Nucleares de Europa Occidental
(WENRA), que reúne a los mejores expertos disponibles de Europa (en relación
con la primera conclusión del punto 2.2.2), estaría bien situada para llevar a
cabo esta tarea. ·
Debe llevarse a cabo una revisión periódica
de la seguridad de cada central nuclear al menos cada diez años, para mantener y mejorar la seguridad y la solidez de las
centrales y volver a evaluar los peligros naturales a los que puedan estar
expuestas. ·
Deben aplicarse las medidas reconocidas de
protección de la integridad del edificio de contención como última barrera para
proteger a las personas y al medio ambiente contra la liberación de sustancias
radiactivas. ·
Deben evitarse los accidentes derivados de
peligros naturales o mitigarse a fin de limitar sus consecuencias. Entre las medidas que se deben considerar cabe citar las
siguientes: fortificar los equipos para prevenir y gestionar los accidentes
graves, proteger el equipo móvil contra los peligros naturales extremos, proteger
los centros de atención de urgencias contra los peligros naturales extremos y
la contaminación, hacer que se disponga rápidamente de equipos materiales y
humanos de rescate en apoyo de los agentes locales en caso de sucesos de larga
duración. Seguimiento: La Comisión y los reguladores nacionales han
acordado que se preparen y difundan antes de que termine 2012 planes de
acción nacionales, con sus calendarios de aplicación. La metodología de la
revisión inter pares se les aplicará a principios de 2013 a fin de
comprobar que las recomendaciones de las «pruebas de resistencia» se aplican de
manera coherente y transparente en toda Europa. En los ámbitos en los que se
necesiten análisis técnicos y orientaciones adicionales, los reguladores
nacionales colaborarán estrechamente en el marco de la WENRA. La producción de incidentes en las centrales
nucleares, incluso en los Estados miembros con registros de seguridad por lo
demás buenos, confirma la necesidad de que haya revisiones de seguridad
completas de manera regular y evaluaciones de la experiencia operativa,
y subraya la necesidad de que se proceda a una estrecha cooperación y al
intercambio de información entre operadores, vendedores, autoridades
reguladoras e instituciones europeas, como el Centro Europeo de Intercambio de
Experiencias Operativas, que cuenta con el apoyo del Centro Común de
Investigación de la Comisión (JRC). Además, el ENSREG puede desempeñar un papel
clave para garantizar que la experiencia y las conclusiones de cualquier
incidente nuclear se comparten con prontitud y se aplican de manera uniforme en
otros Estados miembros. Por ejemplo, los resultados de las investigaciones
recientes en el reactor 3 de Doel, en Bélgica, han demostrado la necesidad de
comprobar de forma continua la situación de la central con técnicas punteras y
de compartir la información lo más ampliamente posible. Por otra parte, la Comisión recomienda que
las autoridades reguladoras nacionales incluyan en sus futuras revisiones de
seguridad análisis más detallados de los efectos de los accidentes que
afecten a varios reactores, considerando también el envejecimiento de equipos y
materiales, la protección de las piscinas de almacenamiento del combustible
gastado y las posibilidades de reducir la cantidad de combustible gastado
almacenado en piscinas, para reducir los riesgos debidos a la pérdida de
refrigeración. La Comisión considera que la ampliación de la
evaluación de seguridad a los acuerdos de preparación y de respuesta ante
emergencias exteriores (fuera de los recintos) es una importante actividad
complementaria para mejorar la seguridad de los ciudadanos. Por lo tanto, como
primer paso, la Comisión está poniendo en marcha un estudio sobre la «revisión
de los acuerdos existentes en materia de preparación y respuesta ante
emergencias nucleares exteriores en Estados miembros de la UE y países
vecinos». El objetivo es revisar la preparación ante una emergencia nuclear
fuera de los recintos y las capacidades de respuesta de los Estados miembros de
la UE y países limítrofes, para detectar incoherencias y lagunas, y elaborar
propuestas (legislativas o de otro tipo) para posibles mejoras. Por lo que respecta a las implicaciones que
tienen para la seguridad los impactos de aeronaves en centrales nucleares, la
Comisión recomienda al ENSREG que trabaje urgentemente en un enfoque europeo de
seguridad con el fin de elaborar una metodología coherente y conseguir unas
normas comparables de alto nivel en toda la Unión Europea. 2.4. Principales conclusiones
y recomendaciones de las evaluaciones de la seguridad[14] El informe final del Grupo ad hoc
sobre Seguridad Nuclear[15]
presenta conclusiones sobre los cinco temas debatidos, a saber, protección
física, los impactos de aeronaves malintencionados, los ciberataques, la
planificación de emergencias nucleares, y ejercicios y formación. Como la
seguridad nacional sigue siendo responsabilidad de los Estados miembros y la
sensibilidad de los temas y la confidencialidad implican, evidentemente,
limitaciones estrictas, el informe contiene varias recomendaciones dirigidas a
los Estados miembros, con el fin de reforzar la seguridad nuclear de la UE.
Pone de relieve, en particular: ·
la urgente necesidad de que los Estados
miembros que aún no lo hayan hecho finalicen la ratificación de la
Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares modificada; ·
el valor añadido de las orientaciones y
servicios del OIEA, incluidas las misiones IPPAS[16] efectuadas
periódicamente en todos los Estados miembros con centrales nucleares; ·
la importancia de una cooperación regular y
estrecha entre los Estados miembros y con los países vecinos, y ·
la necesidad de definir modalidades y foros
para la continuación de la labor de la UE en el ámbito de la seguridad
nuclear. 2.5. Recomendaciones sobre la
vinculación de los trabajos relativos a cuestiones de seguridad y de protección Son necesarios esfuerzos constantes para
vincular los trabajos sobre seguridad y protección nuclear, y rellenar las
posibles lagunas. Por ejemplo, ni las pruebas de resistencia sobre la seguridad
ni el informe sobre seguridad nuclear responden a todas las preguntas
pertinentes en relación con temas como los impactos de aeronaves o la
resistencia de las centrales nucleares a sucesos externos. Sin embargo, las
pruebas de resistencia han estudiado en gran medida los efectos de los impactos
de aeronaves a través del trabajo exhaustivo realizado sobre los cortes de
electricidad en la instalación y sobre la pérdida de refrigeración de la
central. Aunque este es un ámbito en el que la competencia se comparte entre
distintas autoridades, la Comisión tiene la intención de proseguir su estudio a
través de audiencias de expertos especializados. En otros ámbitos de la
seguridad nuclear, será necesario considerar proyectos específicos en el marco
del Plan de Acción QBRN de la UE y medidas sobre seguridad informática, en
estrecha colaboración con los Estados miembros. El ENSREG ha acordado en su
plan de acción seguir colaborando en la cuestión de los impactos de aeronaves
en la medida en que lo permitan las competencias jurídicas de los reguladores
nacionales. 3. Reforzar el marco sobre seguridad
nuclear de la UE 3.1. Aplicación del marco
legislativo vigente en materia de seguridad nuclear El plazo de que disponían los Estados
miembros de la UE para completar la transposición de la Directiva de Seguridad
Nuclear[17]
a nivel nacional finalizó el 22 de julio de 2011. La Comisión Europea ha
incoado procedimientos de infracción contra doce Estados miembros que no
respetaron este plazo[18].
Hasta la fecha, dos Estados miembros[19]
aún no han completado sus medidas de transposición. La Comisión va a poner
ahora en marcha un análisis detallado de la calidad de las medidas de
transposición de los Estados miembros. 3.2. Mejora del marco
legislativo en materia de seguridad nuclear 3.2.1. Revisión de la Directiva
de Seguridad Nuclear Es fundamental garantizar que las lecciones
extraídas del accidente de Fukushima y las conclusiones de las pruebas de
resistencia se apliquen de manera correcta y coherente en la UE y se reflejen
en el marco legislativo. Las pruebas de resistencia, los informes procedentes
de Japón y el trabajo de la comunidad internacional en el OIEA han confirmado
que no solo existen diferencias significativas entre los Estados miembros, sino
que también hay lagunas en cuanto a la identificación y gestión global y
transparente de cuestiones clave de seguridad. Además, se ha señalado una serie de
deficiencias en el marco comunitario sobre seguridad nuclear vigente (véase la
sección 2.2.3). Para resolver estas deficiencias, hay que proceder a revisar la
Directiva de Seguridad Nuclear en los siguientes ámbitos: (1)
Procedimientos y marcos de seguridad. El
ámbito de la Directiva de Seguridad Nuclear vigente se limita a principios
generales, en particular sobre el reparto de competencias entre los operadores
nucleares, los reguladores nacionales y otras instancias nacionales, por lo que
no puede abordar las cuestiones técnicas de seguridad señaladas con ocasión del
accidente nuclear de Fukushima y de las pruebas de resistencia. Las principales
recomendaciones generales que se derivan de las pruebas de resistencia (por
ejemplo, repetir periódicamente la evaluación de los peligros externos, la
aplicación de técnicas reconocidas para reducir al mínimo los efectos de los
accidentes, etc.) deben plasmarse en mecanismos acordados que se recojan en la
Directiva revisada, para que las autoridades reguladoras nacionales puedan
basar en ella sus decisiones independientes. Se necesita mejorar la preparación
y la respuesta frente a una grave emergencia nuclear o radiológica. La
Directiva revisada debería incluir disposiciones que obliguen a los Estados
miembros a poner en práctica medidas de preparación y respuesta ante las
emergencias in situ. Debe prestarse especial atención a la seguridad de las
nuevas instalaciones nucleares. Mientras que la Directiva revisada puede
definir parámetros básicos y objetivos de seguridad, debe definirse el papel
del ENSREG para proporcionar orientación sobre su aplicación, como indican los
recientes sucesos que han afectado al reactor de Doel. Estos sucesos han puesto
de manifiesto una vez más la necesidad de entablar el diálogo entre los
operadores y las autoridades responsables de la seguridad, a fin de compartir y
aplicar las mejores prácticas y las tecnologías de punta. En el caso de los
nuevos reactores, los objetivos de seguridad de la WENRA deben tenerse en
cuenta en la Directiva. (2)
Función y medios de las autoridades
reguladoras nucleares. Deben reforzarse las
disposiciones vigentes sobre la separación de la función de las autoridades
reguladoras nucleares y sobre la eficiencia de dichas autoridades, con el fin
de garantizar que estas son efectivamente independientes y disponen de los
medios adecuados de acción. (3)
Apertura y transparencia. La transparencia de las decisiones de los reguladores y el
suministro periódico de información al público por parte de los operadores
nucleares deben ampliarse y especificarse, por ejemplo imponiendo obligaciones
a los titulares de licencias, o especificando el tipo de información mínima que
debe suministrar al público la autoridad reguladora competente. (4)
Seguimiento y verificación. Las disposiciones sobre seguimiento y verificación, por ejemplo a
través de la ampliación del uso de las revisiones inter pares, deben
aplicarse también a ámbitos distintos de la revisión del marco normativo
nacional. 3.2.2. Seguros y responsabilidad
en el ámbito nuclear El análisis de las disposiciones relativas a
la indemnización de las víctimas en caso de incidentes o accidentes nucleares
no está incluido en el ámbito del marco legislativo vigente en la UE. En sí,
este análisis no formaba parte del proceso de las pruebas de resistencia. Sin
embargo, el artículo 98 del Tratado Euratom prevé la adopción de directivas del
Consejo que establezcan medidas obligatorias en dicho ámbito. Por tanto, sobre
la base de la evaluación de impacto, la Comisión va a analizar en qué medida
debe mejorarse la situación de las víctimas potenciales de un accidente nuclear
en Europa, dentro de los límites de las competencias de la UE. La Comisión
tiene la intención de proponer legislación obligatoria en el campo de los
seguros y de la responsabilidad en el ámbito nuclear. En este contexto debe
abordarse también la indemnización por daños causados al entorno natural. 3.2.3. Revisión de la
legislación sobre alimentos y piensos La gestión de alimentos y piensos
contaminados como consecuencia de una emergencia nuclear está incluida en el
ámbito de la Directiva 96/29/Euratom, sobre las normas básicas de protección
sanitaria, y está sujeta a las disposiciones específicas con respecto a su
comercialización que recoge el Reglamento (Euratom) n° 3954/87 del Consejo, por
el que se establecen tolerancias máximas de contaminación radiactiva. Este
último acto legislativo ha sido objeto de un procedimiento de refundición[20]. Sin embargo, la
Comisión tiene ahora la intención de retirar la propuesta de refundición para
ajustar este Reglamento al nuevo Reglamento de comitología[21] que entró en vigor
en marzo de 2011. La experiencia adquirida con los accidentes
de Fukushima y de Chernóbil ha demostrado la necesidad de diferenciar entre los
instrumentos que regulan la importación de alimentos procedentes de terceros
países y los relativos a la comercialización de alimentos en caso de accidente
en el interior de la UE. Sobre la base de esta experiencia, el Reglamento debe
modificarse para proporcionar herramientas más flexibles, que permitan que se
pueda reaccionar de forma ajustada y específica ante cualquier accidente
nuclear o emergencia radiológica (en la UE, en las proximidades de la UE o en
un país lejano). 3.3. Refuerzo de los recursos
humanos y de la formación Tanto si un país
ha optado por seguir utilizando la energía nuclear, como si ha decidido
abandonarla progresivamente o utilizarla por primera vez, debe ser una
prioridad clave garantizar la disponibilidad de personal experimentado. A nivel europeo, el Centro Común de
Investigación de la CE, en cooperación con los reguladores de la seguridad
nuclear de la UE y con los organismos de seguridad técnica, gestiona la
iniciativa de retroinformación sobre la experiencia con las operaciones. El
Centro Común de Investigación abrirá estas actividades a todas las autoridades
nacionales de reglamentación nuclear que deseen participar, con el fin de establecer
un laboratorio europeo permanente de seguridad nuclear para la mejora continua
de la seguridad. Dicho laboratorio proporcionará apoyo científico y técnico
para un trabajo eficaz dirigido a la mejora continua de la seguridad nuclear,
en particular mediante análisis y evaluaciones de incidentes, que pueden ser
señalados por la Comisión o el ENSREG. En las actividades de investigación e
innovación de Euratom (Horizonte 2020), debería dedicarse atención especial a
las lecciones derivadas de Fukushima, y es necesaria una mayor coordinación
entre las medidas nacionales, europeas e internacionales en este ámbito. Debe
fomentarse un mayor intercambio de las mejores prácticas, como forma de mejorar
y armonizar continuamente la cultura de seguridad nuclear. 3.4. Desarrollo de la
cooperación internacional Utilizando incentivos e instrumentos
adecuados, la Comisión seguirá animando a todos los países vecinos de la UE a
compartir los resultados de sus pruebas de resistencia, a participar en las
revisiones inter pares y a velar por que se comparta la experiencia
obtenida con la aplicación de las recomendaciones a fin de mejorar la seguridad
nuclear tanto en el interior de la UE como en sus fronteras. Se está estudiando
actualmente un préstamo Euratom para Ucrania, con el fin de acelerar la
aplicación de su programa global de mejora de la seguridad. Se han establecido contactos con Japón para
desarrollar la cooperación bilateral en materia de pruebas de resistencia y
cuestiones normativas. Ya se ha presentado al OIEA un proyecto de memorando de
acuerdo para una mejor cooperación en el ámbito de la seguridad nuclear. De
manera más general, la Comisión va a colaborar con el Servicio Europeo de
Acción Exterior (SEAE) a fin de hacer el mejor uso posible de los instrumentos
de cooperación exterior que ya existen en este campo, en particular el
Instrumento de Cooperación en materia de Seguridad Nuclear, el Instrumento de
Estabilidad en su componente de reducción del riesgo químico, biológico,
radiológico y nuclear, y el Instrumento de Preadhesión. 3.5. Mejorar el marco
jurídico global relativo a la seguridad nuclear A través del OIEA, los principales
instrumentos que rigen la seguridad nuclear son los convenios y normas de
seguridad acordados internacionalmente, en particular la Convención sobre
Seguridad Nuclear (CSN), y la Convención sobre la Pronta Notificación de
Accidentes Nucleares, de los que la Comunidad Euratom es Parte Contratante. En
la reunión extraordinaria de la Convención sobre Seguridad Nuclear celebrada en
agosto de 2012 se acordó crear un grupo de trabajo encargado de presentar en
2014 un informe sobre una lista de acciones para reforzar la Convención y sobre
propuestas para modificarla, en caso necesario. La mayoría de las naciones que
participan en este grupo de trabajo ha puesto de relieve la necesidad de tener
en cuenta las normas de seguridad del OIEA, la independencia y la eficiencia de
las autoridades reguladoras, el mayor uso de las revisiones inter pares,
así como la mejora de la apertura y de la transparencia. La Comisión tendrá
plenamente en cuenta estos principios y objetivos. El compromiso renovado de
los Estados miembros y de las instituciones de la UE es necesario para
garantizar que la legislación de la UE se refleje en la medida de lo posible en
las futuras revisiones del marco internacional de seguridad nuclear. La
Comisión continuará sus esfuerzos para que esto sea posible. 4. Reforzar la seguridad nuclear La Comisión respalda la conclusiones y
recomendaciones señaladas en el informe final del AHGNS. Con el fin de
contribuir a los trabajos sobre cuestiones de seguridad nuclear, la Comisión va
a utilizar las actuales competencias y programas para animar a los Estados
miembros a avanzar más en la aplicación de medidas específicas. En particular,
la Comisión seguirá trabajando con los Estados miembros en los siguientes
campos: –
la reducción de la amenaza de incidentes
químicos, biológicos, radiológicos y nucleares (QBRN) de origen deliberado,
incluidos los actos de terrorismo y la detección de materiales radiactivos y
nucleares, a través de la ejecución del Plan de Acción QBRN de la UE y de la
gestión de los programas sobre seguridad QBRN; –
la revisión de la Directiva 2008/114/CE sobre
la identificación y designación de infraestructuras críticas europeas[22], prevista para
2013; –
la Comisión va a presentar para finales del
año una propuesta legislativa sobre la seguridad de la red y de la información;
según la propuesta, los operadores de determinados sectores críticos que
dependen en gran medida de las TIC tendrían que velar por la seguridad de sus
sistemas de información y comunicar a las autoridades públicas las violaciones
graves de la seguridad; estos requisitos se aplicarán a las empresas eléctricas
que desarrollen actividades nucleares; –
adopción de la propuesta de revisión del
Mecanismo de Protección Civil de la Unión[23]
que facilite la cooperación entre los Estados miembros en las intervenciones de
ayuda en el ámbito de la protección civil en caso de emergencias importantes,
incluidos los accidentes radiológicos y nucleares, así como las medidas de
prevención y acciones de preparación (por ejemplo, evaluaciones de riesgo y
planes de gestión de riesgos, módulos QBRN, formación y ejercicios para
catástrofes a gran escala, elaboración de hipótesis de referencia y
planificación de contingencias); –
la rápida ratificación por todos los Estados
miembros de la Convención sobre la Protección Física de los Materiales
Nucleares modificada; la Comisión va a completar el proceso de ratificación por
Euratom como acordó el Consejo en 2006, una vez los Estados miembros hayan
finalizado sus procedimientos internos. Asimismo, la Comisión considera que sigue
siendo necesario abordar de forma más explícita ciertos aspectos de la interfaz
entre la seguridad y la protección nucleares. Fuera de la UE, el Instrumento de Estabilidad
–con el programa de centros de excelencia QBRN de la UE– reforzará la capacidad
institucional de los países y regiones seleccionados contra los riesgos
químicos, biológicos, radiológicos y nucleares. 5. Conclusiones y perspectivas Las pruebas de resistencia de las centrales
nucleares de la UE han sido un ejercicio sin precedentes en términos de
alcance, colaboración y compromiso de todas las partes implicadas, y se han
utilizado a nivel internacional como base o como referencia para la evaluación
de la seguridad de las centrales nucleares[24].
La puesta a disposición de los ciudadanos de todos los informes relativos a la
seguridad y la participación de países que no poseen instalaciones nucleares
han hecho que el ejercicio sea un ejemplo de transparencia. Las pruebas de resistencia ya están
concluidas. No obstante, su impacto no debe considerarse como un ejercicio
aislado, sino como un proceso en curso para mejorar la seguridad nuclear, en
estrecha colaboración con las autoridades nacionales de reglamentación en el
contexto del ENSREG y del OIEA. La UE debe tratar de desarrollar un enfoque
europeo global sobre la seguridad, que incluya una revisión de la legislación
específica de la Euratom sobre seguridad nuclear, complementada con
instrumentos legislativos o no legislativos en materia de responsabilidad
nuclear y de preparación y respuesta ante emergencias, así como realizar
actividades en el ámbito de la seguridad nuclear. De esta forma, los ciudadanos
de toda la UE podrán confiar en que la energía nuclear producida en la UE está
sujeta a las condiciones de seguridad más estrictas del mundo. Las pruebas de resistencia y las actividades
conexas constituyen un logro de primer orden para la UE y las autoridades reguladoras
de los Estados miembros, y han dado lugar a resultados tangibles: ·
respecto a las centrales de todos los países
participantes se han señalado mejoras importantes y concretas, que ya se están
aplicando o están previstas; ·
se han detectado deficiencias en las normas y
procedimientos, así como lagunas en los regímenes jurídicos, y se están
elaborando propuestas para mejorar estos aspectos; ·
se han tendido puentes entre las autoridades
responsables de la seguridad y las responsables de la protección; es fundamental
mejorar el diálogo entre ellas sobre aspectos de la interfaz entre seguridad y
protección, para calmar las inquietudes de los ciudadanos. Con el fin de garantizar un seguimiento
adecuado de las pruebas de resistencia, la Comisión: ·
invita al Consejo Europeo a que imponga a los
Estados miembros y pida a los terceros países participantes la aplicación
rápida de las recomendaciones de las pruebas de resistencia; también velará por
la apertura y transparencia durante el seguimiento del proceso de las pruebas
de resistencia pero, según la legislación vigente, no es legalmente responsable
de la evaluación operativa de la seguridad de las centrales nucleares; propone
que el Consejo Europeo examine el estado de aplicación de las recomendaciones
para junio de 2014, sobre la base de un informe consolidado de la Comisión, que
deberá redactarse en estrecha cooperación con el ENSREG; invita a los Estados
miembros a adoptar medidas sin dilación para aplicar todas las recomendaciones
derivadas de la pruebas de resistencia, de conformidad con el calendario
establecido en el plan de acción del ENSREG y con el objetivo de aplicar de
aquí a 2015 la gran mayoría de las mejoras de la seguridad requeridas; ·
va a presentar una revisión ambiciosa de la
Directiva de Seguridad Nuclear de la UE al Parlamento Europeo y al Consejo
para principios de 2013, después de consultar con expertos científicos y
técnicos de los Estados miembros, tal como se contempla en el artículo 31 del
Tratado Euratom; se está preparando una nueva propuesta sobre seguros y
responsabilidad en el ámbito nuclear, la cual se presentará en 2013, al igual
que la propuesta sobre las tolerancias máximas de contaminación radiactiva de
los productos alimenticios y los piensos; ·
va a explorar propuestas del Programa Horizonte
2020 de Euratom para facilitar el intercambio entre los Estados miembros del
personal que trabaja en el campo nuclear; ·
va a proponer al Consejo un mandato para
participar activamente en el Grupo de Trabajo sobre la Eficacia y la
Transparencia en el marco del OIEA, a fin de mejorar la Convención sobre
Seguridad Nuclear y preparar una propuesta común europea para la próxima
reunión de revisión de marzo de 2014; mantendrá asimismo el diálogo en curso
con otros países para garantizar la máxima convergencia con las propuestas
europeas; ·
seguirá fomentando las actividades científicas
con miras a una mayor armonización de las evaluaciones y prácticas relativas a
la seguridad nuclear en la UE; ·
seguirá contribuyendo al refuerzo de la
seguridad nuclear sobre la base, según proceda, de los trabajos actuales sobre
QBRN, por medio de una cooperación reforzada de los Estados miembros y las
instituciones de la UE cuando sea necesario, así como de instrumentos de
cooperación exterior en estrecha colaboración con el SEAE. LISTA DE ABREVIATURAS: AHGNS Grupo
ad hoc sobre Seguridad Nuclear BWR Reactor de agua en
ebullición QBRN Riesgos químicos,
biológicos, radiológicos y nucleares CSN Convención sobre
Seguridad Nuclear SEAE Servicio Europeo de
Acción Exterior ENSREG Grupo Europeo de
Reguladores de la Seguridad Nuclear OIEA Organismo
Internacional de Energía Atómica TIC Tecnologías de la
información y de las comunicaciones ICSN Instrumento de
Cooperación en materia de Seguridad Nuclear IPPAS Servicio
Internacional de Asesoramiento sobre Protección Física JRC Centro Común de
Investigación de la Comisión Europea WENRA Asociación de Reguladores
Nucleares de Europa Occidental Anexo[25]
Resumen de las
principales recomendaciones de mejora elaboradas durante las pruebas de resistencia
aplicadas a las centrales nucleares de los Estados miembros de la UE Los estudios de
seguridad en relación con peligros externos que se utilicen deben corresponder
a una probabilidad de superación inferior a una vez en 10 000 años en el
caso de los terremotos. (La idoneidad del emplazamiento para la
construcción de una central nuclear debe evaluarse sobre la base de un análisis
sísmico que tenga en cuenta el terremoto más fuerte de los últimos 10 000
años). Los estudios de seguridad en relación con peligros
externos que se utilicen deben corresponder a una probabilidad de superación
inferior a una vez en 10 000 años en el caso de las inundaciones. (La idoneidad del emplazamiento para la
construcción de una central nuclear debe evaluarse sobre la base de un análisis
que tenga en cuenta la inundación más grave de los últimos 10 000 años). Debe utilizarse un terremoto tipo
correspondiente a una aceleración pico del suelo de, al menos, 0,1 g. El diseño de la central nuclear debe ser
capaz de soportar un terremoto que provoque una aceleración pico del suelo de,
al menos, 0,1 g. Los medios necesarios para luchar contra
accidentes deben guardarse en lugares protegidos adecuadamente contra los factores
exteriores. Debe instalarse o mejorarse la
instrumentación sísmica in situ. El tiempo disponible para que el operador
pueda restaurar las funciones de seguridad en caso de corte total de la
corriente eléctrica y/o del disipador final de calor debe ser superior a una
hora (sin intervención humana). Los procedimientos operativos de emergencia
deben referirse a todas las situaciones de la central (desde la de pleno
funcionamiento hasta la de parada). Deben aplicarse unas directrices de gestión
de accidentes graves, que han de referirse a todas las situaciones de funcionamiento
de la central (desde la de pleno funcionamiento hasta la de parada). Deben aplicarse medidas pasivas para evitar
explosiones de hidrógeno (o de otros gases combustibles) en caso de accidentes
graves (tales como recombinadores autocatalíticos pasivos u otros dispositivos
alternativos convenientes). Deben instalarse sistemas de ventilación con
filtro del edificio de contención, a fin de limitar la cantidad de
radiactividad liberada fuera del edificio en caso de accidente. Debe disponerse de una sala de control de
emergencia como reserva en caso de que la sala de control principal quede
inhabitable como consecuencia de las emisiones radiológicas de un accidente
grave, o en caso de incendio en dicha sala de control principal, o si se dan
peligros externos extremos. [1] EUCO 10/11 (punto 31). [2] De conformidad con el artículo 6 de la Directiva de
Seguridad Nuclear, la responsabilidad principal de la seguridad nuclear recae
en el «titular de la licencia» (es decir, el operador de la instalación), bajo
la supervisión de la autoridad reguladora competente nacional. Los Estados
miembros tienen la responsabilidad de establecer y mantener un marco
legislativo, reglamentario y organizativo nacional para la seguridad nuclear.
En virtud del Tratado Euratom, la Comisión puede presentar propuestas
legislativas encaminadas a crear un marco legislativo de la UE para la
seguridad nuclear, pero sin poder arrebatar competencias a los Estados
miembros. Para cambiar esta situación sería necesario modificar la legislación
vigente. [3] Alemania, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Eslovaquia,
Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Hungría, los Países Bajos, Rumanía,
Suecia y el Reino Unido. [4] Donde la central nuclear de Ignalina se está
clausurando actualmente. [5] En total, se efectuaron pruebas de resistencia con
los ciento treinta y dos reactores en funcionamiento en la UE, trece reactores
que se han abandonado progresivamente después del inicio de las pruebas de
resistencia, quince reactores de Ucrania y cinco reactores de Suiza. [6] COM(2011) 784 final, de 24.11.2011. [7] Catorce Estados miembros con centrales nucleares en
funcionamiento (Alemania, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Eslovaquia, Eslovenia,
España, Finlandia, Francia, Hungría, los Países Bajos, Rumanía, Suecia y el
Reino Unido), Lituania (donde las unidades de la central nuclear de Ignalina se
están clausurando con arreglo a licencias de explotación), y Suiza y Ucrania,
en su calidad de países vecinos de la UE. [8] Informe sobre las pruebas de resistencia presentado
a la Comisión en mayo de 2012. [9] Asistencia financiera y técnica del Instrumento de
Cooperación en materia de Seguridad Nuclear de la UE. Se espera recibir un
informe a principios de 2013. [10] http://www.iaea.org/newscenter/focus/actionplan/reports/actionplanns130911.pdf
[11] C(2012) 3196 final de 10.5.2012. [12] Informe final de julio de 2012 del Comité de
investigación sobre el accidente de las centrales nucleares de Fukushima, de la
Tokyo Electric Power Society (http://icanps. go.jp/), e Informe final de julio
de 2012 de la Comisión independiente de investigación del accidente nuclear de
Fukushima (http://www.naiic.jp/en/2012/). [13] http://www.ensreg.eu/sites/default/files/EC%20ENSREG%20Joint%20Statement%2026%20April%202012%20-Final%20to%20publish.pdf [14] Esta sección se basa en el informe final del Grupo ad
hoc sobre Seguridad Nuclear del Consejo (AHGNS). [15] http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/12/st10/st10616.en12.pdf,
31.5.2012. [16] Servicio Internacional de Asesoramiento
sobre Protección Física. [17] Directiva 2009/71/Euratom del Consejo, de 25 de junio
de 2009, por la que se establece un marco comunitario para la seguridad nuclear
de las instalaciones nucleares. [18] Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia,
Estonia, Grecia, Italia, Letonia, Polonia, Portugal y el Reino Unido. [19] Polonia y Portugal. [20] COM(2010) 184 final de 27.4.2010. [21] Reglamento (CE) nº 182/2011. [22] Directiva 2008/114/CE del Consejo, de 8 de diciembre
de 2008, sobre la identificación y designación de infraestructuras críticas
europeas y la evaluación de la necesidad de mejorar su protección (DO L 345 de
23.12.2008, p. 75). [23] Propuesta COM(2011) 934 final, en fase de negociación
en el Parlamento y el Consejo, para derogar la Decisión 2007/779/CE, Euratom
del Consejo, por la que se establece un Mecanismo Comunitario de Protección
Civil (refundición). [24] Por ejemplo, el Foro Iberoamericano de Organismos
Reguladores Radiológicos y Nucleares (FORO), Rusia y Japón han seguido de cerca
las pruebas de resistencia de la UE y han utilizado parte de sus
especificaciones. [25] Las cuestiones indicadas deben leerse junto con el
adjunto documento de trabajo de los servicios de la Comisión, donde se explican
con más detalle y se relacionan con las centrales nucleares en que han sido
observadas.