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Document 52011XC1214(04)

Comunicación publicada de conformidad con el artículo 27, apartado 4, del Reglamento (CE) n ° 1/2003 del Consejo en el asunto COMP/39.654 — Reuters Instrument Codes (RICs) [notificada con el número C(2011) 9391] Texto pertinente a efectos del EEE

DO C 364 de 14.12.2011, p. 21–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 364/21


Comunicación publicada de conformidad con el artículo 27, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo en el asunto COMP/39.654 — Reuters Instrument Codes (RICs)

[notificada con el número C(2011) 9391]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2011/C 364/09

1.   INTRODUCCIÓN

(1)

Con arreglo al artículo 9 del Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002 (1), cuando la Comisión se disponga a adoptar una decisión que ordene la cesación de una infracción y las empresas interesadas propongan compromisos que respondan a las inquietudes que les haya manifestado la Comisión en su análisis preliminar, ésta podrá, mediante decisión, convertir dichos compromisos en obligatorios para las empresas. La decisión podrá ser adoptada por un período de tiempo determinado y en ella constará que ya no hay motivos para la intervención de la Comisión. Con arreglo al artículo 27, apartado 4, del mismo Reglamento, la Comisión publicará un breve resumen del asunto y el contenido fundamental de los compromisos o de la línea de acción propuesta. Los terceros interesados podrán presentar sus observaciones en un plazo que fijará la Comisión.

2.   RESUMEN DEL ASUNTO

(2)

El 19 de septiembre de 2011, la Comisión aprobó un análisis preliminar a efectos del artículo 9 del Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo. El análisis se refería al sector de los servicios de información financiera, más concretamente al mercado de flujos de datos consolidados en tiempo real (2). El destinatario era Thomson Reuters Corporation y las empresas bajo su control directo o indirecto, incluida Thomson Reuters Limited (Thomson Reuters). A la Comisión le preocupa que algunas de las prácticas en materia de licencias de Thomson Reuters respecto a los Reuters Instrument Codes (RICs) puedan constituir una infracción del artículo 102 del TFUE (3). El procedimiento contra Thomson Reuters se incoó el 30 de octubre de 2009.

(3)

Según el análisis preliminar, Thomson Reuters domina el mercado mundial de flujos de datos consolidados en tiempo real.

(4)

Thomson Reuters puede haber abusado de su posición dominante imponiendo a sus clientes restricciones sobre el uso de los RICs. Thomson Reuters a) prohíbe a sus clientes usar los RICs para recuperar datos de flujos de datos consolidados en tiempo real de otros proveedores y b) impide a terceros crear y mantener memorias de correspondencias que incorporen los RICs que permitirían a los sistemas de los clientes de Thomson Reuters interoperar con los flujos de datos consolidados en tiempo real de otros proveedores (4).

(5)

Al parecer estas restricciones crean importantes obstáculos para cambiar de proveedor. Los clientes de Thomson Reuters utilizan ampliamente los RICs en sus aplicaciones en servidor y el personal que trabaja con dichas aplicaciones está familiarizado con la simbología de los RICs. Debido a las restricciones implantadas por Thomson Reuters, en los casos en los que los RICs se han integrado en las aplicaciones en servidor, cambiar de proveedor supone suprimir los RICs y recodificar dichas aplicaciones con el fin de sustituir los RICs por una simbología alternativa, lo que constituye una tarea ardua y con frecuencia excesivamente costosa. La opinión preliminar de la Comisión es que, en efecto, Thomson Reuters tiene cautivos a sus actuales clientes de flujos de datos consolidados en tiempo real que han integrado los RICs en sus aplicaciones. En consecuencia, otros proveedores de este tipo de datos no pueden competir efectivamente con Thomson Reuters en el mercado de flujos de datos consolidados en tiempo real.

3.   CONTENIDO FUNDAMENTAL DE LOS COMPROMISOS OFRECIDOS

(6)

Thomson Reuters no está de acuerdo con el análisis preliminar de la Comisión. No obstante, ha ofrecido una serie de compromisos con arreglo al artículo 9 del Reglamento (CE) no 1/2003 con objeto de despejar las objeciones de la Comisión desde la óptica de la competencia. Los compromisos ofrecidos por Thomson Reuters («los compromisos») se resumen brevemente a continuación. Una versión no confidencial de los compromisos está publicada íntegramente en lengua inglesa en el sitio internet de la Dirección General de Competencia: http://ec.europa.eu/competition/index_en.html

(7)

Los compromisos consisten en ofrecer una licencia a los actuales y futuros clientes de RT Service de Thomson Reuters (5) [una licencia RIC ampliada — Extended RIC Licence o «ERL» (6)] que les otorgue derechos adicionales de uso de la simbología RIC. Esto les permitiría, a cambio de abonar un canon de licencia mensual, utilizar los RICs para recuperar datos financieros en tiempo real de flujos de datos consolidados en tiempo real procedentes de los competidores de Thomson Reuters con el fin de cambiar algunas o todas las aplicaciones en servidor por las de otros proveedores de este tipo de datos. Además, Thomson Reuters entregaría a los titulares de las licencias ERL actualizaciones sistemáticas de los correspondientes RIC incluida, si procede, la información necesaria ligada al RIC (a saber, centro de negociación, fuente, código oficial, moneda y/o descripción).

(8)

Los compromisos abarcan i) los clientes que cambien parcial y/o totalmente de los flujos de datos consolidados en tiempo real de Thomson Reuters a otros flujos de datos en tiempo real alternativos; y ii) los clientes que se suscriban a flujos de datos consolidados en tiempo real de terceros además de al servicio de Thomson Reuters RT (por ejemplo como solución de recambio en caso de emergencias por interrupciones o para permitir verificar la funcionalidad y la fiabilidad de nuevos flujos de datos consolidados en tiempo real). En caso de un cambio parcial, Thomson Reuters se compromete a no discriminar a sus clientes que se pasen a otro u otros proveedores de flujos de datos consolidados en tiempo real en lo que se refiere a las condiciones en que se otorgan los flujos de datos consolidados en tiempo real de Thomson Reuters (7).

(9)

La licencia ampliada de simbología RIC se concederá en perpetuidad y se podrá disponer de ella a través de los compromisos por un periodo de cinco años. Así, los clientes podrán obtener la licencia ampliada de simbología RIC de Thomson Reuters dentro de una ventana de cinco años pero luego podrán seguir usando esta licencia sin límite temporal, siempre que se abonen los cánones correspondientes y se cumplan las demás condiciones de la licencia.

(10)

La medida correctora se aplicará a todos los símbolos RIC directamente asociados al precio de un instrumento financiero individual o a un valor de un índice relativo al servicio Thomson Reuters, por lo tanto, entre otras cosas, a i) datos de las bolsas y los sistemas multilaterales de negociación (MTF); y ii) la mayoría de los títulos negociados al margen de las bolsas (OTC) y que por tanto no cotizan en ellas o en los MTF (8). Solo quedan excluidos los RICs relativos a instrumentos negociados OTC para los que Thomson Reuters obtiene los datos de un contribuyente único identificable por el RIC («RICs de fuente única») (9).

(11)

Thomson Reuters suministrará, además, la información necesaria para que los clientes puedan cruzar los RICs con la simbología de otros proveedores. Los compromisos permitirán también a los clientes dirigirse a desarrolladores terceros con el fin de desarrollar herramientas que faciliten el cambio a otros proveedores y autorizar a dichos desarrolladores a utilizar el software realizado para múltiples clientes, siempre que cada uno de ellos haya suscrito la ERL. Sin embargo, los terceros no adquirirán derecho alguno sobre la propia simbología RIC.

(12)

Existen otros tipos de licencias que ya concede Thomson Reuters en condiciones comerciales y que no están incluidas en la ERL. Por ejemplo, el desarrollo de herramientas para facilitar el cambio requiere una licencia de derechos de desarrollo de Thomson Reuters. En segundo lugar, Thomson Reuters concede una licencia de procesado de transacciones a los clientes que desean utilizar los RICs como identificadores en sistemas de tratamiento directo. Esto se refiere, por ejemplo, a que los clientes de Thomson Reuter redistribuyan los RICs a otras partes. Thomson Reuters se compromete a no ejercer ninguna discriminación respecto a sus clientes que cambien a otro proveedor o proveedores de flujos de datos consolidados en tiempo real, siempre que se respeten las condiciones de esas otras licencias, o respecto a los terceros que desarrollen software o tecnología que facilite que los titulares de las licencias ERL puedan cambiar (10).

(13)

Geográficamente, la licencia propuesta se limita en principio a aplicaciones de clientes que atienden negocios basados en el EEE. Sin embargo, las aplicaciones utilizadas por otras empresas se incluyen también si son «razonablemente necesarias» para llevar a cabo el cambio en beneficio del negocio del cliente con sede en el EEE (11). Thomson Reuters ha presentado una serie de ejemplos de casos en los que se supone se cumple esta condición. Los ejemplos figuran en los compromisos como anexo IV.

(14)

Los cánones mensuales de la licencia ERL que Thomson Reuters tiene previsto cobrar reflejan la estructura de las condiciones comerciales relativas a los datos que suministra actualmente para el uso en aplicaciones en servidor (12). Los cánones se basan en el número de símbolos RIC que el cliente desea utilizar bajo licencia para retirar datos de un competidor en determinada actividad comercial. Los cánones cubren los derechos de uso adicionales en la simbología RIC y los costes del servicio que prestará Thomson Reuters a sus clientes con arreglo a los compromisos. Según Thomson Reuters, el nivel del canon representa una pequeña proporción del precio de los flujos de datos consolidados en tiempo real de Thomson Reuters para el mismo ámbito de los RIC y su uso con licencia. El régimen de pagos incluye también un canon mínimo mensual de 750 USD. Para más detalles sobre el régimen de pagos de la ERL consúltese la versión no confidencial de los compromisos publicada en el sitio web de la Dirección General de Competencia (anexo I).

4.   INVITACIÓN A PRESENTAR OBSERVACIONES

(15)

La Comisión se propone, en función de la prueba de mercado, adoptar una Decisión con arreglo al artículo, 9, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1/2003 en virtud de la cual se declaren obligatorios los compromisos anteriormente resumidos y publicados en la página web de la Dirección General de Competencia. Si se produjeran cambios sustanciales en los compromisos se realizaría una nueva prueba de mercado.

(16)

De conformidad con el artículo 27, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1/2003, la Comisión invita a los terceros interesados a presentar sus observaciones sobre los compromisos.

(17)

Además, la Comisión pide a las partes interesadas en particular que expresen sus puntos de vista sobre las siguientes cuestiones relativas al paso de los clientes de una aplicación en servidor del servicio RT Thomson Reuter a un proveedor alternativo de flujos de datos consolidados en tiempo real:

a)

¿Permite el nivel de los cánones, incluido el canon mínimo, que se reduzcan suficientemente los costes del cambio ligados a la simbología como para que el paso a un proveedor alternativo por parte de los clientes de Thomson Reuters que así lo deseen sea viable? Facilítenos sus estimaciones sobre los aspectos siguientes:

i)

los cánones ERL que su empresa debería pagar en caso de que cambiara parcial o totalmente por otros los flujos de datos consolidados en tiempo real de Thomson Reuters;

ii)

el porcentaje que los cánones ERL representaría del canon inicial de los flujos de datos consolidados en tiempo real (en cada caso deducidos los descuentos aplicables) que su empresa paga actualmente a Thomson Reuters: i) 1-3 %, ii) 4-6 %, iii) 7-9 % o iv) más del 10 %; y

iii)

la categoría de canon que se aplicaría a su empresa mensualmente por cada actividad comercial (véase el régimen de cánones en el anexo I de los compromisos).

b)

¿Considera que las actualizaciones periódicas de los RICs son parte esencial de la licencia ERL necesaria para facilitar a su empresa el cambio de proveedores de flujos de datos consolidados en tiempo real?

c)

¿Considera que la limitación de la ERL solo al cambio de aplicaciones en servidor (sin cubrir específicamente cualquier tipo de uso por sus operadores humanos) es suficiente para disipar las inquietudes antes expresadas por la Comisión respecto a los RICs?

d)

El ámbito geográfico de los compromisos se limita a las aplicaciones en servidor utilizadas por empresas del EEE. Incluyen las aplicaciones en servidor utilizadas por otras empresas si son «razonablemente necesarias». ¿Considera que es suficiente para que las empresas situadas en el EEE se beneficien de los compromisos y puedan cambiar de proveedor si lo desean? De no ser así, explique por qué el ámbito geográfico propuesto podría impedir a su empresa del EEE cambiar a otro proveedor. Si procede, presente otros ejemplos además de los recogidos por Thomson Reuters en el anexo IV.

e)

Según Thomson Reuters, los RICs que cubre la medida correctora corresponden al 95 % de la liquidez mundial. Thomson Reuters señala que no es necesario ni viable incluir los RICs OTC que solo identifican un contribuyente individual y su precio en el ámbito de aplicación de las medidas correctoras. ¿Está de acuerdo en que es suficiente para que las medidas correctoras sean efectivas?

f)

Informe sobre posibles terceros que tengan la capacidad y/o los incentivos comerciales para desarrollar herramientas que faciliten el cambio de los clientes. Estime también, de ser posible, lo que podría costarles a los clientes tal servicio.

g)

¿Considera que las disposiciones no discriminatorias de los compromisos de Thomson Reuters en relación con otras licencias (véanse los apartados 8 y 12 supra) son suficientes y apropiadas i) para los clientes que desean cambiar a otro proveedor y ii) para los desarrolladores terceros que aspiren a facilitar el cambio?

(18)

Es preferible razonar las respuestas y los comentarios, que deberán exponer los hechos relevantes. Si descubren algún problema en cualquier parte de los compromisos propuestos, sugiera posibles soluciones.

(19)

El plazo para presentar observaciones expirará a las seis semanas de la fecha de publicación de la presente Comunicación. Se ruega a las partes interesadas que faciliten una versión no confidencial de sus observaciones en la cual los secretos comerciales y otros pasajes de contenido confidencial hayan sido suprimidos y sustituidos, en su caso, por un resumen no confidencial o por la indicación «secretos comerciales» o «confidencial».

(20)

Pueden enviarse observaciones a la Comisión con el número de referencia «Asunto COMP/39.654 — RICs», bien por correo electrónico (COMP-GREFFE-ANTITRUST@ec.europa.eu), bien por fax (+32 22950128) o por correo, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Acuerdos y Prácticas Restrictivas

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 1 de 4.1.2003, p. 1. Con efecto a partir del 1 de diciembre de 2009, los artículos 81 y 82 del Tratado CE han pasado a ser los artículos 101 y 102, respectivamente, del TFUE. Los artículos 81 y 82 del Tratado CE y los artículos 101 y 102 del TFUE son en esencia idénticos. A efectos de la presente Comunicación, las referencias a los artículos 101 y 102 del TFUE se entenderán hechas, cuando sean de aplicación, a los artículos 81 y 82 del Tratado CE.

(2)  El asunto se refiere específicamente a los flujos de datos consolidados en tiempo real y no afecta a los datos en tiempo real transmitidos a través de terminales.

(3)  Según Thomson Reuters, los RICs son códigos alfanuméricos que constituyen el mecanismo de recuperación creado por Thomson Reuters y suministrado a sus clientes como parte integrante de sus servicios de información financiera Thomson Reuters para identificar, navegar por ellos y recuperar un conjunto estructurado de datos de las recopilaciones de datos en tiempo real y de la red de distribución (IDN Integrated Data Network) de Thomson Reuters.

(4)  Thomson Reuters afirma que no impide a sus clientes de flujos de datos consolidados en tiempo real cruzar las referencias RICs con la simbología de otros proveedores, siempre que las bases de datos o mapas de correspondencias resultantes no se utilicen para recuperar datos de otro proveedor. En otros términos, Thomson Reuters no prohíbe la creación de mapas de correspondencias como tales, pero se opone al uso directo e indirecto de RICs para recuperar datos en tiempo real de otros proveedores.

(5)  Thomson Reuters comercializa su oferta de flujos de datos consolidados en tiempo real bajo el nombre de Thomson Reuters Real-time Service («RT Service» — conocido anteriormente como Reuters Datascope Real-Time Service, es decir RDRT) para su utilización en aplicaciones en servidor.

(6)  Véase el anexo II de los compromisos.

(7)  Véase la cláusula 6.4.2 de los compromisos.

(8)  Según Thomson Reuters, los RICs compuestos que representan un precio agregado único de todos los contribuyentes reconocidos que identifican instrumentos financieros (RICs agregados de contribuyentes), constituyen más del 95 % de la liquidez mundial y están incluidos en el ámbito del compromiso.

(9)  Según Thomson Reuters, los instrumentos negociados OTC de los que Thomson Reuters obtiene los datos de una sola fuente corresponden a menos del 5 % de la liquidez mundial.

(10)  Véanse las cláusulas 6.4 y 6.5 de los compromisos.

(11)  En los compromisos, el EEE incluye Suiza.

(12)  A saber, flujos de datos consolidados en tiempo real de acuerdo con el servicio RT.


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