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Document 52011DC0528

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre las garantías vinculadas al presupuesto general_Situación a 31 de diciembre de 2010

/* COM/2011/0528 final */

52011DC0528

/* COM/2011/0528 final */ INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre las garantías vinculadas al presupuesto general_Situación a 31 de diciembre de 2010


ÍNDICE

1. Introducción 3

2. Tipos de operaciones cubiertas por el presupuesto de la UE 3

3. Evolución desde el informe de 30 de junio de 2010 4

3.1. Apoyo a la balanza de pagos de Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro 4

3.2. Ayuda macrofinanciera 4

3.3. Euratom 5

3.4. Garantía del presupuesto de la UE para la financiación del BEI en el exterior 5

3.5. Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera 5

4. Datos sobre los riesgos cubiertos por el presupuesto 6

4.1. Definición de riesgo 6

4.2. Cantidad total pendiente de capital e intereses cubierta por el presupuesto 7

4.3. Riesgo anual cubierto por el presupuesto 8

4.3.1. Riesgos asociados a los Estados miembros 8

4.3.2. Riesgos asociados a terceros países 9

4.4. Evolución del riesgo 10

5. Impagos, ejecución de las garantías presupuestarias y atrasos 12

5.1. Pagos con cargo a la tesorería 12

5.2. Pagos con cargo al presupuesto 13

5.3. Intervención del Fondo de Garantía para acciones exteriores 13

6. Fondo de G arantía para acciones exteriores 13

6.1. Cobros 13

6.2. Activo 13

6.3. Importe objetivo 13

7. Evaluación de riesgos: Situación económica y financiera de los terceros países con el mayor nivel de riesgo 14

7.1. Objetivos 14

7.2. Métodos de evaluación de riesgos 14

Introducción

El objetivo del presente informe es supervisar los riesgos de crédito soportados por el presupuesto de la Unión Europea como consecuencia de las garantías ofrecidas y de las operaciones de préstamo realizadas directamente por la Unión Europea o indirectamente a través del mandato del BEI en el exterior.

Este informe se presenta de conformidad con el artículo 130 del Reglamento financiero, que estipula que la Comisión debe informar al Parlamento y al Consejo dos veces al año sobre la situación de las garantías presupuestarias y los riesgos inherentes a las mismas [1]. Lo completa un documento de trabajo de los servicios de la Comisión que contiene una serie de cuadros detallados y notas explicativas (en lo sucesivo denominado «el documento de trabajo»).

Tipos de operaciones cubiertas por el presupuesto de la UE

Los riesgos cubiertos por el presupuesto de la Unión Europea (en lo sucesivo, «el presupuesto») se derivan de una serie de operaciones de préstamo y garantía que pueden dividirse en dos categorías:

- préstamos concedidos por la Unión Europea con objetivos macroeconómicos, esto es, préstamos macrofinancieros a terceros países[2] en coordinación con las instituciones de Bretton Woods, préstamos de apoyo a la balanza de pagos[3] de Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro que afrontan dificultades de balanza de pagos y préstamos de apoyo a Estados miembros de la zona del euro que se enfrenten con dificultades que estén fuera de su control, en el marco del Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera (MEEF)[4]; así como

- préstamos con objetivos microeconómicos, esto es, préstamos Euratom y, sobre todo, financiación por el Banco Europeo de Inversiones («BEI») en terceros países («financiación exterior del BEI»)[5] de operaciones cubiertas por garantías de la UE[6].

Desde 1994, la financiación exterior garantizada del BEI, los préstamos Euratom y los préstamos macrofinancieros han sido cubiertos por el Fondo de Garantía para acciones exteriores («el Fondo»)[7], mientras que los préstamos de balanza de pagos y los préstamos del MEEF son cubiertos directamente por el presupuesto.

El Fondo cubre los impagos en el marco de préstamos y garantías de préstamos concedidos en favor de terceros países o de proyectos en terceros países. El Fondo se creó con el fin de:

- proporcionar un «colchón de liquidez» para evitar que se recurra al presupuesto cada vez que se produzca un impago o una demora en el pago de un préstamo garantizado; así como

- crear un instrumento de disciplina presupuestaria estableciendo un marco financiero de desarrollo de la política de la UE relativa a las garantías de los préstamos de la Comisión y el BEI a Estados no miembros[8].

La cobertura del Fondo se retira si los terceros países se convierten en Estados miembros y el riesgo pasa del Fondo a ser soportado directamente por el presupuesto. El Fondo se dota con cargo al presupuesto y ha de mantenerse en un determinado porcentaje del saldo vivo de los préstamos y garantías de préstamos cubiertos por el Fondo. Este porcentaje, conocido como tasa objetivo, es actualmente del 9 %. Si no hay recursos suficientes en el Fondo, el presupuesto deberá proporcionar los fondos necesarios.

Evolución desde el informe de 30 de junio de 2010

Apoyo a la balanza de pagos de Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro

Durante el segundo semestre de 2010, se realizaron dos operaciones por un importe total de 1 350 millones de euros. El cuarto tramo de 200 millones de euros del préstamo concedido a Letonia se desembolsó el 20 de octubre de 2010. Este préstamo se ha financiado mediante una operación de empréstito («back to back») privada con un banco. El 22 de septiembre de 2010 se desembolsó el tercer tramo de 1 150 millones de euros del préstamo concedido a Rumanía. Este préstamo también fue financiado con una operación de empréstito mediante la emisión de obligaciones de referencia de la UE. Por término medio ya se ha realizado un 83 % de las operaciones de préstamo de apoyo a la balanza de pago decididas[9].

Ayuda macrofinanciera

Durante el segundo semestre de 2010 no se realizaron desembolsos de préstamos.

El Consejo y el Parlamento Europeo adoptaron en julio de 2010 una decisión para conceder 500 millones de euros a Ucrania[10] en forma de préstamo. Junto con un préstamo de 110 millones de euros mediante decisión tomada por el Consejo en 2002, el importe a disposición de Ucrania asciende a un total de 610 millones de euros.

Euratom

Durante el periodo que abarca el informe no se realizaron desembolsos de préstamos.

Garantía del presupuesto de la UE para la financiación del BEI en el exterior

En el marco del mandato exterior 2007-2013, el ritmo de firma y desembolso de préstamos aumentó durante la segunda mitad de 2010 y el importe ascendió a 3 476 millones de euros firmados y a 1 642 millones de euros desembolsados respectivamente. Por tanto, el importe acumulado de préstamos desembolsados bajo el mandato alcanzó la cantidad de 6 129 millones de euros el 31 de diciembre de 2010, un 37 % más en comparación con el 30 de junio de 2010.

Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera

- Antecedentes

En respuesta a la crisis financiera, el Consejo y los Estados miembros acordaron en mayo de 2010 un paquete de medidas para preservar la estabilidad financiera en la zona del euro y en toda Europa.

El Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera (MEEF) [11] se creó el 11 de mayo de 2010, basado en el artículo 122, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)[12].

La ayuda financiera de la Unión conforme al MEEF adquiere forma de préstamo, o de línea de crédito, que se concede al Estado miembro en cuestión. Con este fin, la Comisión tiene la facultad, en nombre de la Unión Europea, de contraer empréstitos en los mercados de capitales. El riesgo de las operaciones realizadas al amparo del MEEF está completamente respaldado por el presupuesto de la UE, que garantiza el reembolso de los empréstitos en caso de impago por parte del Estado miembro en cuestión.

La activación de la ayuda financiera conforme al MEEF está sujeta a importantes condicionantes, en el contexto de un programa de apoyo conjunto de la UE y el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Como parte de la respuesta a la crisis, se han creado otros dos mecanismos que, al contrario que el MEEF, no implican ningún riesgo para el presupuesto de la UE. En efecto, estos mecanismos están garantizados por los Estados miembros participantes sobre una base proporcional.

El Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF) fue creado por los Estados miembros de la zona del euro como empresa de su propiedad con domicilio social en Luxemburgo, tras las decisiones adoptadas el 9 de mayo de 2010 en el marco del Consejo Ecofin. El FEEF puede emitir bonos garantizados por los Estados miembros de la zona del euro hasta un importe de 4 400 millones de euros para programas de préstamos a Estados miembros de la zona del euro que se encuentren en dificultades, préstamos que están subordinados a condiciones negociadas con la Comisión Europea en cooperación con el Banco Central Europeo y el FMI y que deben ser aprobadas por el Eurogrupo.

En respuesta a una solicitud realizada por las autoridades griegas, los ministros de la zona del euro acordaron unánimemente el 2 de mayo de 2010 activar el apoyo a la estabilidad para Grecia a través de préstamos bilaterales de los demás Estados miembros de la zona del euro centralizados por la Comisión. La ayuda se entregó a través de un programa conjunto de tres años con el FMI que implicaba un paquete financiero de 110 000 millones de euros para ayudar a Grecia a cubrir sus necesidades financieras. El programa venía acompañado por un fuerte condicionante político[13] negociado con las autoridades griegas por la Comisión y el FMI, en cooperación con el BCE. Los Estados miembros de la zona del euro contribuyen con 80 000 millones de euros[14] mientras que el FMI apoya este programa con un acuerdo de derecho de giro de unos 30 000 millones de euros[15]. Los representantes de los Estados miembros de la Unión Europea decidieron el 5 de mayo de 2010 confiar a la Comisión las tareas relacionadas con la coordinación y gestión de los préstamos bilaterales centralizados. Este papel no supone un aumento del gasto de la Comisión ni de ninguna otra partida de gasto del presupuesto de la UE.

- Operaciones en la segunda mitad de 2010

El 7 de diciembre de 2010, el Consejo decidió conceder ayuda financiera de la Unión a Irlanda a través de un programa conjunto de la UE y el FMI de tres años que ascendía a 85 000 millones de euros. De esta cantidad, se concederá un máximo de 22 500 millones de euros a través del MEEF (para más detalles sobre esta operación, véase el apartado 4.4 Evolución del riesgo).

Datos sobre los riesgos cubiertos por el presupuesto

Definición de riesgo

El riesgo cubierto por el presupuesto se deriva del importe pendiente de capital e intereses correspondiente a las operaciones garantizadas.

Los impagos son cubiertos por el Fondo cuando están implicados terceros países (55% del total del importe pendiente garantizado a 31 de diciembre de 2010) y directamente por el presupuesto cuando se trata de operaciones en los Estados miembros (los préstamos de apoyo a la balanza de pagos y los préstamos en favor de proyectos en los Estados miembros representan el restante 45% del importe total garantizado a 31 de diciembre de 2010). La gran proporción de préstamos garantizados en favor de Estados miembros es el resultado de las sucesivas ampliaciones[16] y de la activación del instrumento de la UE de ayuda financiera a medio plazo a los Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro (instrumento de balanza de pagos).

A efectos del presente informe se emplean dos métodos para evaluar los riesgos cubiertos por el presupuesto (ya sea directamente o indirectamente a través del Fondo):

- Cálculo del importe total de capital pendiente para las operaciones consideradas en una fecha determinada, incluidos los intereses devengados. Esta metodología permite determinar el importe total del riesgo cubierto por el presupuesto en una fecha dada respecto de todas las obligaciones futuras de pago con independencia de la fecha de vencimiento de estos pagos y de si estos están cubiertos o no por el Fondo.

- El enfoque presupuestario, que cabe definir como el «riesgo anual cubierto por el presupuesto», se basa en el cálculo del importe máximo de los pagos anuales vencidos que la UE tendría que efectuar durante un ejercicio presupuestario suponiendo el impago de todos los préstamos garantizados[17].

- Los resultados de estos dos métodos se presentan en las dos secciones siguientes. Finalmente, hay una sección sobre la evolución de los riesgos.

Cantidad total pendiente de capital e intereses cubierta por el presupuesto

El riesgo total cubierto por el presupuesto a 31 de diciembre de 2010 se presenta en el siguiente cuadro 1.

Cuadro 1: Total de importes pendientes cubiertos por el presupuesto a 31 de diciembre de 2010 en millones de euros |

Capital pendiente | Intereses devengados | Total | % |

Estados miembros* |

Ayuda macrofinanciera | 38 | 0 | 38 | <1 % |

Euratom | 417 | 3 | 420 | 1 % |

Balanza de pagos | 12 050 | 197 | 12 247 | 35 % |

BEI*** | 3 240 | 30 | 3 269 | 9 % |

Subtotal Estados miembros | 15 744 | 230 | 15 974 | 45 % |

Terceros Países** |

Ayuda macrofinanciera | 463 | 2 | 465 | 1 % |

Euratom | 49 | 0 | 49 | <1 % |

BEI*** | 18 747 | 135 | 18 882 | 53 % |

Subtotal terceros países | 19 256 | 137 | 19 396 | 55 % |

Total | 35 002 | 367 | 35 370 | 100 % |

* Este riesgo está cubierto directamente por el presupuesto. También se incluyen los préstamos macrofinancieros, los préstamos Euratom y los préstamos BEI concedidos antes de la adhesión a la UE. ** Este riesgo está cubierto por el Fondo. ***Cerca del 83 % de las operaciones de préstamo del BEI (operaciones de préstamo soberano y sub-soberano) están cubiertas por una garantía global mientras que en las demás operaciones el BEI se beneficia solo de una cobertura del riesgo político. |

Los cuadros A1, A2, A3 y A4 del documento de trabajo proporcionan datos más detallados sobre estos importes pendientes, relativos particularmente a los límites máximos, los importes desembolsados y los porcentajes de garantía.

El importe total pendiente de capital e intereses cubierto por el presupuesto aumentó a 35 400 millones de euros (un aumento de 2 600 millones de euros en comparación con la situación a 30 de junio de 2010). El crecimiento medio fue del 8 %. El aumento se explica principalmente por los 1 400 millones de euros desembolsados en el marco del instrumento de balanza de pagos y por el aumento del ritmo de desembolsos del BEI en terceros países (1 200 millones de euros durante el segundo semestre de 2010).

Riesgo anual cubierto por el presupuesto

En 2011, el presupuesto cubrirá (directamente y a través del Fondo) 4 800 millones de euros, que representan el importe a pagar durante este periodo de la cantidad total pendiente a 31 de diciembre de 2010.

De esta cantidad, aproximadamente 3 000 millones (el 63 %) es pagadero por los Estados miembros y terceros países deben abonar el resto.

Riesgos asociados a los Estados miembros

El riesgo relacionado con los Estados miembros se refiere a: a) los préstamos del BEI así como los préstamos macrofinancieros y los préstamos Euratom concedidos antes de la adhesión a la UE y b) los préstamos concedidos en el marco del instrumento de balanza de pagos tras la adhesión.

En 2011, el presupuesto cubrirá un riesgo directo máximo relacionado con los Estados miembros de 3 000 millones de euros[18] (63 % del riesgo anual total).

En el cuadro 2 se observa que Hungría y Rumanía ocupan el primer y segundo lugar entre los Estados miembros atendiendo al criterio del saldo vivo de sus préstamos.

Cuadro 2: Clasificación de los Estados miembros en función del riesgo máximo que cubre el presupuesto en 2011 (millones de euros) |

Clasificación | País | Riesgo máximo | % del riesgo máximo total |

1 | Hungría | 2 209,6 | 73,3 % |

2 | Rumanía | 383,9 | 12,7 % |

3 | Letonia | 98,3 | 3,3 % |

4 | Polonia | 81,9 | 2,7 % |

5 | Bulgaria | 76,9 | 2,6 % |

6 | República Checa | 73,6 | 2,4 % |

7 | República Eslovaca | 58,1 | 1,9 % |

8 | Eslovenia | 14,3 | 0,5 % |

9 | Chipre | 9,8 | 0,3 % |

10 | Lituania | 5,5 | 0,2 % |

11 | Estonia | 1,0 | 0 % |

12 | Malta | 0,7 | 0 % |

Total | 3 013,7 | 100,0 % |

Riesgos asociados a terceros países

El Fondo cubre préstamos garantizados con respecto a terceros países con plazos de vencimiento hasta 2040. En 2011, en concreto, el Fondo cubrirá un riesgo anual máximo asociado a terceros países de 1 800 millones de euros[19] (37 % del riesgo anual total).

Los primeros diez (de un total de cuarenta y cuatro) países se clasifican más abajo de acuerdo con el saldo vivo total de sus préstamos. Representan 1 387,2 millones de euros o el 79 % del riesgo anual cubierto por el Fondo. En el documento de trabajo se analiza y comenta la situación económica de estos países.

Cuadro 3: Clasificación de los 10 principales países no comunitarios en función del riesgo máximo que cubre el Fondo en 2011 (millones de euros). |

Clasificación | País | Riesgo máximo | % del riesgo máximo total | Clasificación del riesgo de crédito de Euromoney[20] |

03/2010 | 09/2010 |

1 | Turquía | 395,9 | 28,5 % | 59/185 | 50/185 |

2 | Egipto | 211,4 | 15,2 % | 69/185 | 64/185 |

3 | Marruecos | 171,3 | 12,3 % | 57/185 | 62/185 |

4 | Túnez | 166,3 | 12 % | 71/185 | 69/185 |

5 | Sudáfrica | 99,5 | 7,2 % | 53/185 | 44/185 |

6 | Serbia | 88,0 | 6,3 % | 76/185 | 70/185 |

7 | Siria | 76,8 | 5,5 % | 140/185 | 128/185 |

8 | Líbano | 76,0 | 5,5 % | 82/185 | 76/185 |

9 | Brasil | 55,0 | 4,0 % | 51/185 | 42/185 |

10 | Jordania | 47,1 | 3,4 % | 72/185 | 67/185 |

Total 10 países | 1 387,2 | 100,0 % |

Evolución del riesgo

Las tensiones observadas en algunos mercados de bonos soberanos en la UE siguieron siendo altas a pesar del esperanzador progreso en el clima económico durante el segundo semestre de 2010.

- Instrumento de apoyo a la balanza de pagos

La activación del instrumento de ayuda financiera a medio plazo de la UE (balanza de pagos) en diciembre de 2008 ayudó a Hungría, Letonia y Rumanía a restaurar la confianza de los mercados. El primer reembolso del préstamo tendrá lugar en diciembre de 2011.

El instrumento de balanza de pagos, con un límite global de 50 000 millones de euros, dispone de una capacidad restante de 36 400 millones de euros para proporcionar nuevas ayudas de balanza de pagos en caso necesario[21].

- Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera (MEEF)

Las conclusiones del Consejo EcoFin restringen el límite global del mecanismo a 60 000 millones de euros[22]; sin embargo, el límite legal queda establecido en el artículo 2.2 del Reglamento del Consejo, que limita el saldo vivo al margen disponible dentro del límite máximo de recursos propios[23].

En respuesta a la petición presentada por las autoridades irlandesas el 21 de noviembre de 2010, se proporcionó una ayuda financiera trienal conjunta de la UE y el FMI. El programa en favor de Irlanda tendrá un importe total de 85 000 millones de euros. Medidas por importe de 17 500 millones de euros serán financiadas por Irlanda a través de la reserva de caja del Tesoro e inversiones del Fondo Nacional de Reserva para Pensiones. El saldo restante será financiado por:

- El Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera (MEEF), hasta un importe de 22 500 millones de euros[24], con la cobertura del presupuesto de la UE.

- El Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF), por un importe de 17 700 millones de euros (no cubierto por la garantía del presupuesto).

- El Fondo Monetario Internacional (FMI), por un importe de 22 500 millones de euros.

- Préstamos bilaterales del Reino Unido (3 800 millones de euros), Suecia (600 millones de euros) y Dinamarca (400 millones de euros).

- Préstamos correspondientes a la ayuda macrofinanciera

Las decisiones relativas a la concesión de préstamos macrofinancieros a terceros países, que anteriormente incumbían al Consejo[25], desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, son adoptadas por el Parlamento Europeo y el Consejo.

Las Decisiones del Consejo por las que se concede ayuda macrofinanciera a Armenia[26], Serbia[27] y Bosnia y Herzegovina[28] todavía no habían sido implementadas a 31 de diciembre de 2010.

No se han implementado operaciones de préstamos macrofinancieros durante el segundo semestre de 2010.

Préstamos Euratom

La concesión de préstamos Euratom a Estados miembros o a determinados terceros países (Federación Rusa, Armenia, Ucrania) tiene un límite máximo de 4 000 millones de euros, de los cuales ya se ha empleado aproximadamente el 85 %. El margen restante es de aproximadamente 600 millones de euros y podría desembolsarse para nuevos proyectos en los Estados miembros y en Ucrania.

- Préstamos del BEI

El mandato general del BEI, relativo al periodo 2000-2007, expiró el 31 de julio de 2007. En esa fecha, se habían firmado contratos correspondientes al 98 % del límite máximo global de dicho mandato (20 060 millones de euros, véase cuadro A5 del documento de trabajo). A 31 de diciembre de 2010, quedaba pendiente de desembolso un importe total de 3 022 millones de euros, que corresponde al presente mandato pero podrá desembolsarse, bajo la garantía de la UE, en un plazo de 10 años a partir de la finalización del mismo. Al final de este periodo los importes no desembolsados no podrán ya disfrutar de dicha garantía.

Tras la propuesta de la Comisión de modificar la base jurídica del mandato exterior del BEI para el periodo restante de las actuales Perspectivas Financieras 2007-2013[29], se espera que el Parlamento Europeo y el Consejo adopten la oportuna decisión antes del 31 de octubre de 2011. La garantía de la UE se limita al 65 % del importe agregado de los créditos desembolsados y de las garantías proporcionadas en el marco de las Operaciones de Financiación del BEI, menos los importes reembolsados, más las sumas conexas, con un límite máximo de 27 800 millones de euros[30]. A 31 de diciembre de 2010 se había firmado un importe total de 16 600 millones de euros en el marco de este mandato, de los que 10 603 millones de euros quedaban pendientes de desembolso (véase cuadro A6 del documento de trabajo).

Impagos, ejecución de las garantías presupuestarias y atrasos

Pagos con cargo a la tesorería

La Comisión recurre a su tesorería con el fin de evitar retrasos de pago en el servicio de sus empréstitos, y los gastos consiguientes, en caso de demora en el pago a la UE por parte de alguno de sus deudores[31].

Pagos con cargo al presupuesto

Dado que en la segunda mitad de 2010 no se produjo ningún impago, no se solicitó ningún crédito para el artículo presupuestario 01 04 01 (p.m.) « Garantías de la Unión Europea a operaciones de empréstito de la Unión y de Euratom y a las operaciones de préstamo del BEI ».

Intervención del Fondo de Garantía para acciones exteriores [32]

En caso de retraso en el pago por parte del beneficiario de un préstamo a terceros países concedido o garantizado por la UE, se recurre al Fondo para que subsane el impago en los tres meses siguientes a la fecha de vencimiento[33].

Durante la segunda mitad de 2010 no se recurrió al Fondo.

Fondo de G ARANTÍA PARA ACCIONES EXTERIORES

Cobros[34]

A 31 de diciembre de 2010, el Fondo no tenía atrasos por cobrar.

Activo

A 31 de diciembre de 2010, el activo neto[35] del Fondo ascendía a 1 485 464 411 euros.

Importe objetivo

El Fondo ha de alcanzar un nivel apropiado (importe objetivo), fijado en el 9 % del saldo vivo del principal del conjunto de los compromisos derivados de cada operación, más los intereses devengados. La relación entre los recursos del Fondo (1 485 464 411 EUR) y el saldo vivo del principal de los compromisos[36] (19 395 882 340 EUR), en el sentido del Reglamento del Fondo, descendió del 8,21 % a 30 de junio de 2010 al 7,7 % a 31 de diciembre de 2010.

Al final de 2010, los recursos del Fondo eran inferiores al importe objetivo. De conformidad con las normas de dotación del Reglamento sobre el Fondo de Garantía, en el anteproyecto de presupuesto para 2012 se incluyó una dotación de 260 170 000 euros. Este importe se transferirá del presupuesto al Fondo en febrero de 2012.

Evaluación de riesgos: Situación económica y financiera de los terceros países con el mayor nivel de riesgo

Objetivos

En los anteriores apartados del presente informe se facilita información sobre aspectos cuantitativos del riesgo cubierto por el presupuesto, respecto de terceros países. Sin embargo, también debe evaluarse la calidad del riesgo, que depende del tipo de operación y de la situación del prestatario (véase apartado 4.3).

Métodos de evaluación de riesgos

La evaluación de riesgos presentada en el documento de trabajo se basa en la información acerca de la situación económica y financiera, la calificación crediticia y otros datos relativos a los países beneficiarios de préstamos garantizados. Esta evaluación no incluye estimaciones de las pérdidas y los cobros esperados, que inevitablemente llevan asociado un alto grado de incertidumbre.

Los indicadores de riesgo por país incluidos en los cuadros del documento de trabajo muestran la evolución del riesgo de impago. Este análisis se presenta en el apartado 3 del documento de trabajo en relación con los países que representan el mayor riesgo de crédito y exposición para el presupuesto (incluidos los préstamos macrofinancieros y los préstamos Euratom) en 2011.

[1] Los documentos COM(2011)150 y SEC(2011)371 constituyen el informe anterior sobre las garantías vinculadas al presupuesto general (situación a 30.6.2010).

[2] La ayuda macrofinanciera también puede consistir en subvenciones a terceros países. Para mayor información sobre la ayuda macrofinanciera, véase el informe de la Comisión COM(2010)513 y SEC(2010)1117.

[3] Reglamento (CE) n° 332/2002 del Consejo, de 18 de febrero de 2002, por el que se establece un mecanismo de ayuda financiera a medio plazo a las balanzas de pagos de los Estados miembros (DO L 53 de 23.2.2002, p. 1).

[4] El MEEF fue creado el 11 de mayo de 2010 en virtud del Reglamento (UE) nº 407/2010 del Consejo de 11 de mayo de 2010 (DO L 118 de 12.5.2010, p. 1). Funciona de forma similar al mecanismo de ayuda a la balanza de pagos pero está disponible para todos los Estados miembros, es decir, incluye a los Estados miembros de la zona del euro.

[5] Las cifras relativas a los mandatos del BEI se exponen en el cuadro A1 y las referencias a las bases jurídicas se enumeran en el cuadro A4 del documento de trabajo.

[6] Establecida recientemente para el período del 1 de febrero de 2007 al 31 de octubre de 2011 en virtud de la Decisión nº 633/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009 (DO L 190 de 22.7.2009, p. 1) (en lo sucesivo denominada «Decisión relativa al mandato en el exterior»), que sustituye a la Decisión 2006/1016/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2006.

[7] Reglamento (CE, Euratom) nº 480/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009, por el que se crea un fondo de garantía relativo a las acciones exteriores (versión codificada, «Reglamento sobre el fondo de garantía»), DO L 145 de 10.6.2009, p. 1.

[8] Aunque los riesgos exteriores están cubiertos en última instancia por la garantía del presupuesto de la UE, el Fondo de Garantía actúa como instrumento que permite proteger el presupuesto de la UE frente al riesgo de impago. Véase el informe general sobre el funcionamiento del Fondo (COM(2010)418) y el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que lo acompaña (SEC(2010)968).

[9] Véase el cuadro A3a del documento de trabajo.

[10] Decisión nº 388/2010/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, por la que se concede ayuda macrofinanciera a Ucrania (DO L 179 de 14.7.2010, p.1)

[11] Reglamento (UE) nº 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera (DO L 118 de 12.5.2010, p. 1).

[12] El artículo 122, apartado 2, del TFUE, prevé una ayuda financiera en favor de los Estados miembros que se encuentren en dificultades ocasionadas por circunstancias excepcionales que estén fuera de su control.

[13] Las principales condiciones de política económica impuestas están contenidas en la Decisión 2010/320/UE del Consejo, de 10 de mayo de 2010, dirigida a Grecia, con objeto de reforzar y profundizar la supervisión presupuestaria y de formular una advertencia a Grecia a fin de que adopte las medidas para la reducción del déficit, considerada necesaria para poner remedio a la situación de déficit excesivo (DO L 145 de 11.6.2010, p. 6). Las condiciones se detallan más en un Memorando de Entendimiento celebrado entre las autoridades griegas y la Comisión en nombre de los Estados miembros de la zona del euro.

[14] De los cuales se habían desembolsado 38 000 millones de euros hasta marzo de 2011.

[15] De los cuales se habían desembolsado 14 600 millones de euros hasta marzo de 2011.

[16] De conformidad con el artículo 1, párrafo tercero, del Reglamento del Fondo de Garantía, una vez que un país se convierte en Estado miembro, el riesgo asociado a sus préstamos se transfiere del Fondo al presupuesto.

[17] A efectos de este cálculo, se supone que los préstamos impagados no estén sujetos a amortización anticipada, esto es, solo se tienen en cuenta los importes vencidos (véase también el apartado 2 del documento de trabajo).

[18] Representa las cantidades debidas en 2011 (del total del saldo vivo a 31 de diciembre de 2010), suponiendo que los préstamos impagados no están sujetos a amortización anticipada. Para más detalles, véase el cuadro A2 del documento de trabajo.

[19] Representa las cantidades debidas en 2011 (del total del saldo vivo a 31 de diciembre de 2010), suponiendo que los préstamos impagados no están sujetos a amortización anticipada. Para más detalles, véase el cuadro A2 del documento de trabajo.

[20] Cuanto mayor el número en la clasificación, menor la solvencia del país. Los países se califican en una escala del cero al 185; 185 representa el mayor riesgo de impago. Un país dado puede mejorar su calificación y aún así caer en la clasificación si mejora la calificación global media para todos los países calificados.

[21] Nótese que durante el primer semestre de 2011 el máximo restante se redujo a 35 000 millones de euros debido al programa de ayuda cautelar para Rumanía de 1 400 millones de euros decidido el 27 de mayo de 2011.

[22] Véase comunicado de prensa sobre la reunión extraordinaria del Consejo EcoFin del 9 y 10 de mayo de 2010 (http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/ecofin/114324.pdf).

[23] Reglamento (UE) nº 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera (DO L 118 de 12.5.2010, p. 1).

[24] El 12 de enero de 2011 se desembolsó un primer tramo de 5 000 millones de euros. Hasta junio de 2011 se desembolsaron 11 400 millones de euros.

[25] Tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el procedimiento de codecisión será el procedimiento legislativo ordinario.

[26] Decisión 2009/890/CE del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, por la que se concede ayuda macrofinanciera a Armenia (un máximo de 65 millones de euros en préstamo y 35 millones de euros en subvención).

[27] Decisión 2009/892/CE del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, por la que se concede ayuda macrofinanciera a Serbia (préstamo con una cantidad máxima de 200 millones de euros).

[28] Decisión 2009/891/CE del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, por la que se concede ayuda macrofinanciera a Bosnia y Herzegovina (préstamo con una cantidad máxima de 100 millones de euros).

[29] COM(2010)174 de 21 de abril de 2010.

[30] Desglosado en un tope básico fijo de 25 800 millones de euros y un mandato opcional de 2 000 millones de euros.

[31] Véase el artículo 12 del Reglamento (CE, Euratom) nº 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 2007/436/CE, Euratom, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 130 de 31.5.2000, pp. 1-12).

[32] Desde su origen en 1994, se ha recurrido al Fondo por un importe acumulado de 478 millones de euros.

[33] Para más detalles, véase apartado 1.4.3 del documento de trabajo.

[34] Desde su origen en 1994, los cobros totales del Fondo han ascendido a 576 millones de euros (incluye el importe de capital e intereses reembolsados, más los intereses de demora, más las ganancias y pérdidas por el tipo de cambio realizadas).

[35] Activo total del Fondo menos efectos a pagar (gastos del BEI y gastos de auditoría).

[36] Incluidos los intereses devengados.

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