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Document 52011DC0242
REPORT FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL on the implementation of Council Regulation (EC, Euratom) No 58/97 and of the Regulation (EC) No 295/2008 of the European Parliament and of the Council concerning structural business statistics (recast) which repealed and replaced Regulation No 58/97
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación del Reglamento (CE, Euratom) nº 58/97 del Consejo y del Reglamento (CE) nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas estructurales de las empresas (texto refundido), por el que se derogó y sustituyó el Reglamento nº 58/97
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación del Reglamento (CE, Euratom) nº 58/97 del Consejo y del Reglamento (CE) nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas estructurales de las empresas (texto refundido), por el que se derogó y sustituyó el Reglamento nº 58/97
/* COM/2011/0242 final */
/* COM/2011/0242 final */ INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación del Reglamento (CE, Euratom) nº 58/97 del Consejo y del Reglamento (CE) nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas estructurales de las empresas (texto refundido), por el que se derogó y sustituyó el Reglamento nº 58/97
[pic] | COMISIÓN EUROPEA | Bruselas, 4.5.2011 COM(2011) 242 final INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación del Reglamento (CE, Euratom) nº 58/97 del Consejo y del Reglamento (CE) nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas estructurales de las empresas (texto refundido), por el que se derogó y sustituyó el Reglamento nº 58/97 INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre la aplicación del Reglamento (CE, Euratom) nº 58/97 del Consejo y del Reglamento (CE) nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas estructurales de las empresas (texto refundido), por el que se derogó y sustituyó el Reglamento nº 58/97 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 3 2. CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN 3 3. DISPONIBILIDAD Y CALIDAD DE LOS DATOS RELATIVOS A LAS ESTADÍSTICAS ESTRUCTURALES DE LAS EMPRESAS 4 3.1. Series principales de datos 4 3.2. Puntualidad, accesibilidad y pertinencia de las series de datos 5 3.3. Normas de confidencialidad y aplicación 7 3.4. Precisión 7 3.5. Coherencia y comparabilidad 7 4. CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO SOBRE ESTADÍSTICAS ESTRUCTURALES DE LAS EMPRESAS 7 5. CARGA PARA LAS EMPRESAS Y MEDIDAS PARA REDUCIRLA 7 5.1. Introducción 7 5.2. Medidas adoptadas para reducir la carga 7 6. EVOLUCIÓN FUTURA 7 INTRODUCCIÓN El objetivo del Reglamento nº 58/97 del Consejo (en lo sucesivo, «el Reglamento nº 58/97» o «el Reglamento sobre EEE»), de acuerdo con su artículo 1, es establecer un marco común para la recopilación, elaboración, transmisión y evaluación de estadísticas comunitarias sobre la estructura, actividad, competitividad y rendimiento de las empresas en la Comunidad. En dicho Reglamento, se fijan las reglas, normas y definiciones necesarias para la obtención de estadísticas comunitarias comparables. Si bien el presente informe se refiere a la aplicación del Reglamento nº 58/97, cabe señalar que dicho Reglamento fue derogado y sustituido por el Reglamento (CE) nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas estructurales de las empresas (texto refundido), (en lo sucesivo, «el Reglamento nº 295/2008»). El presente informe ha sido elaborado en parte con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14, apartado 1, del Reglamento nº 58/97, por lo que se refiere a los datos finales correspondientes al año de referencia 2007, y en parte con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento nº 295/2008, por lo que se refiere a los datos preliminares correspondientes al año de referencia 2008. La razón por la que se ha elaborado el informe de este modo ha sido que las primeras series completas de datos relativos a la totalidad de los anexos del Reglamento nº 295/2008 correspondientes al año de referencia 2008 no se validarán hasta principios de 2011, es decir, demasiado tarde para presentar un informe en los plazos fijados en el Reglamento nº 295/2008, de ahí que el informe se haya elaborado con arreglo a los dos Reglamentos. En general, el objetivo del presente informe es facilitar información acerca de las acciones emprendidas por la Comisión Europea para garantizar que los usuarios tengan a su disposición estadísticas estructurales europeas de gran calidad sobre las empresas y acerca de la manera en que los Estados miembros han aplicado el Reglamento sobre EEE y hasta qué punto lo han hecho. El presente informe facilita, asimismo, información sobre la carga que pesa sobre las empresas y las medidas adoptadas por los Estados miembros para reducir dicha carga. CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN Desde la publicación del informe anterior en 2007, en 2008, mediante la adopción del Reglamento nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo el 11 de marzo, se derogó el Reglamento sobre EEE. Dado que en el pasado se habían introducido varias modificaciones en el Reglamento nº 58/97 y que estaba previsto introducir otras nuevas, por motivos de claridad se optó por la «refundición». Los principales objetivos del Reglamento eran responder a la creciente necesidad de disponer de datos estadísticos, en particular en materia de servicios, y simplificar y reducir en la medida de lo posible la cantidad de datos necesarios. Se añadieron dos nuevos anexos al Reglamento nº 295/2008 (anexo VIII, sobre estadísticas estructurales de los servicios empresariales, y anexo IX, sobre estadísticas estructurales de demografía empresarial) y se reforzaron los requisitos para los datos relativos al sector servicios. Se añadió, además, un módulo flexible para llevar a cabo una recopilación específica y limitada de datos ad hoc sobre características de las empresas. Se decidió que la primera utilización del módulo flexible de la refundición sobre EEE se destinaría a la recogida de datos sobre «acceso a la financiación». Los resultados de esta recogida de datos se esperan para 2011. Asimismo, se introdujeron varias simplificaciones; se suprimieron algunas variables obligatorias y facultativas y se cambió de anual a plurianual la frecuencia de recogida de datos en relación con determinadas variables. El presente informe abarca los siete anexos del Reglamento nº 58/97, que también forman parte del Reglamento nº 295/2008, con los mismos títulos. Anexo I Módulo común de las estadísticas estructurales anuales Anexo II Estadísticas estructurales de la industria Anexo III Estadísticas estructurales del comercio Anexo IV Estadísticas estructurales del sector de la construcción Anexo V Estadísticas estructurales de los seguros Anexo VI Estadísticas estructurales de las entidades de crédito Anexo VII Estadísticas estructurales de los fondos de pensiones De conformidad con el artículo 12 del Reglamento nº 58/97 (artículo 11 del Reglamento nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo), en el Reglamento (CE) nº 1618/1999 de la Comisión [Reglamento (UE) nº 275/2010 de la Comisión] se establecen los criterios de evaluación de la calidad de las estadísticas estructurales de las empresas. DISPONIBILIDAD Y CALIDAD DE LOS DATOS RELATIVOS A LAS ESTADÍSTICAS ESTRUCTURALES DE LAS EMPRESAS Series principales de datos Los datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas ofrecen una imagen global de la estructura, el desarrollo y las características de las empresas europeas y sus diversas actividades. En general, abarcan todas las actividades del mercado excepto la agricultura y los servicios personales. Las principales características (variables) que abarcan los datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas son: - las variables sobre demografía empresarial (por ejemplo, número de empresas); - las variables «relacionadas con la producción» (por ejemplo, volumen de negocio o valor añadido); - las variables «relacionadas con los recursos»: los recursos de mano de obra (por ejemplo, empleados y horas trabajadas); los recursos de bienes y servicios (por ejemplo, total de las compras); y los recursos de capital (por ejemplo, inversión en bienes materiales). - Algunos indicadores derivados importantes se generan en forma de porcentajes de determinadas características monetarias o valores per cápita. Algunos datos son transmitidos por todos los Estados miembros con arreglo a los requisitos establecidos en el Reglamento nº 251/2009 de la Comisión[1], y las series principales son las clasificadas como: - Estadísticas anuales de las empresas - Estadísticas anuales de las empresas desglosadas por clases de tamaño - Estadísticas anuales regionales - En la serie «Estadísticas anuales de las empresas», todas las características se publican por país y se detallan a nivel de clase de la NACE Rev. 1.1 (cuatro dígitos). «Estadísticas anuales de las empresas desglosadas por clases de tamaño». Todas las características se publican por país y se detallan a nivel de grupo de la NACE Rev. 1.1 (tres dígitos) y clase de tamaño en materia de empleo. En el caso de las actividades de comercio, hay un desglose adicional disponible por clase de tamaño en función del volumen de negocio. En la serie «Estadísticas anuales regionales», se publican cuatro características por región NUTS 2[2] y se detallan a nivel de división de la NACE Rev. 1.1 (dos dígitos). En la sección «Comercio», los datos se publican a nivel de grupo de la NACE Rev. 1.1 (tres dígitos). Los datos solicitados a partir del año de referencia 2008 en adelante estarán disponibles en el sitio web de Eurostat, con los nuevos códigos de clasificación de actividades (NACE Rev. 2). La mayoría de los datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas los recogen los institutos nacionales de estadística a través de encuestas estadísticas, encuestas sobre registros de empresas o a partir de diversas fuentes administrativas. Los institutos nacionales de estadística pueden utilizar una o varias de las fuentes mencionadas, según su estrategia de encuesta, teniendo en cuenta los costes, la calidad de los datos y la carga de respuesta que pesa sobre las empresas. En Eurostat se controla la calidad de todos los datos enviados por los Estados miembros, que se publican en el sitio web. Puntualidad, accesibilidad y pertinencia de las series de datos 3.2.1. Puntualidad en el envío de las series de datos Los plazos para el envío de datos a Eurostat (expresados en meses, a partir del final del año de referencia) son: - T+10 en el caso de los datos preliminares relativos a los anexos I a IV; - T+10 en el caso del anexo VI; - T+12 en el caso de los anexos V y VII; - T+18 en el caso de los datos finales relativos a los anexos I a IV. 3.2.2. Accesibilidad de los datos publicados relativos a las estadísticas estructurales de las empresas Todos los datos están disponibles, con carácter gratuito, en el sitio web de Eurostat[3], en el apartado «Industry, trade and services». Los datos definitivos correspondientes a 2007 relativos a los anexos V a VII se publicaron en el sitio web de Eurostat en mayo de 2009 y los relativos a los anexos I a IV, en noviembre de 2009. Los agregados de la UE relativos a los datos definitivos correspondientes a 2007 se han calculado a partir de los datos disponibles facilitados por los Estados miembros y, cuando han faltado datos, a partir de estimaciones. Los agregados de la UE que no tenían carácter confidencial se publicaron a principios de 2010. Los datos preliminares correspondientes a 2008 relativos a los anexos I a IV con los códigos de la NACE Rev. 2 se publicaron en el sitio web de Eurostat en enero de 2010 para la mayoría de países. 3.2.2.1. Programa de publicaciones para 2009 Los resultados, además de difundirse a través del sitio web de Eurostat, también se presentaron en varias publicaciones, entre ellas Panorama «European Business: Facts and Figures», diez números de «Statistics in Focus» y una nueva sección reestructurada dedicada a las empresas europeas en el sitio web de Eurostat. Los datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas también se utilizaron en otras muchas publicaciones. Las principales contribuciones tuvieron lugar en 2009, en particular en el Anuario de Eurostat, el Libro de Bolsillo de Eurostat y el Anuario Regional. Además, a partir de mediados de 2009, se desarrolló una nueva herramienta («Statistics Explained»[4]) para la difusión de (meta)datos a través del sitio web de Eurostat. Dicha herramienta se basa en tecnología tipo wiki de web 2.0 y su objetivo principal es explicar las estadísticas europeas presentando los datos y destacando aquello que los hace interesantes o sorprendentes, junto con toda la información básica necesaria. 3.2.3. Eficacia del Reglamento y pertinencia de las series de datos: exhaustividad De manera muy general, a partir de los cuadros 1, 2 y 3 puede concluirse que los datos enviados por los Estados miembros por cuanto se refiere a los anexos I a IV son razonablemente exhaustivos; sin embargo, por lo que respecta a los anexos relativos a los sectores financieros (anexos V a VII), el número de datos disponibles es, en general, mucho menor. Por otro lado, de las cifras presentadas en los cuadros que figuran a continuación se desprende que, debido a la presencia de datos confidenciales, el número de datos disponibles en el sitio web de Eurostat se ha visto reducido, en particular por lo que se refiere a los países pequeños, en relación con los datos definitivos relativos a los anexos I a IV. En relación con los datos preliminares correspondientes a 2008 relativos a los anexos I a IV, se constata un elevado nivel de disponibilidad y un bajo nivel de confidencialidad, debido a que dichos datos únicamente tienen que presentarse al nivel de tres dígitos de la NACE Rev. 2. Cuadro 1: Disponibilidad y confidencialidad de los datos finales de 2007 relativos a los anexos I a IV, NACE Rev. 1.1 Países[5] | Total de celdas transmitidas en porcentaje de datos exigidos por el Reglamento sobre EEE | Celdas confidenciales en porcentaje de celdas transmitidas | Países grandes | 94 | 13 | Países medianos | 92 | 22 | Países pequeños | 86 | 26 | TODOS | 90 | 22 | Cuadro 2: Disponibilidad y confidencialidad de los datos finales de 2007 relativos a los anexos V a VII, NACE Rev. 1.1 Países | Total de celdas transmitidas en porcentaje de datos exigidos por el Reglamento sobre EEE | Celdas confidenciales en porcentaje de celdas transmitidas | Países grandes | 63 | 9 | Países medianos | 78 | 11 | Países pequeños | 70 | 6 | TODOS | 73 | 9 | Cuadro 3: Disponibilidad y confidencialidad de los datos preliminares de 2008 relativos a los anexos I a IV, NACE Rev. 2 Países | Total de celdas transmitidas en porcentaje de datos exigidos por el Reglamento sobre EEE | Celdas confidenciales en porcentaje de celdas transmitidas | Países grandes | 99 | 5 | Países medianos | 95 | 16 | Países pequeños | 91 | 14 | TODOS | 94 | 13 | 3.2.3.1. Pertinencia para los usuarios Un indicador de la pertinencia de los datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas para nuestros usuarios es el número de descargas de datos o publicaciones a partir del sitio web de Eurostat, así como el número de publicaciones vendidas durante 2009. Las cifras que figuran en el cuadro siguiente representan los datos relativos al acceso de nuestros usuarios, a través del sitio web de Eurostat, a nuestras publicaciones durante el año 2009. Cuadro 4: Número de datos relativos al acceso Publicaciones vendidas (copias impresas) | 64 | - «European Business: Facts and figures» (ediciones de 2007 a 2009)[6] | Publicaciones descargadas con carácter gratuito | 14 584 | - «European Business: Facts and figures» | Series de datos descargados con carácter gratuito | Anexos I a VII - Estadísticas anuales de las empresas - Estadísticas anuales de las empresas por clases de tamaño - Estadísticas anuales regionales - Datos preliminares - Otros | 49 230 22 814 8 594 11 463 1 744 4 615 | Normas de confidencialidad y aplicación Los cuadros que figuran en el punto 3.2 ilustran hasta qué punto la confidencialidad ha reducido el número de datos disponibles. Todos los países aplicaron normas de confidencialidad similares, en su mayoría para proteger los datos de una o varias empresas. Además, en varios Estados miembros este planteamiento se completó con la «regla de predominio», con arreglo a la cual, si las cifras de un encuestado superaban al resto en más de un porcentaje fijo determinado, sus datos no se difundían; los porcentajes utilizados diferían ligeramente. Además de la confidencialidad de los datos a nivel de país, también se suprimieron los datos a nivel comunitario para proteger los datos nacionales confidenciales. Las normas para identificar los totales de la UE que había que suprimir se establecieron en un Código de Confidencialidad acordado con todos los Estados miembros. En el caso de los datos correspondientes a 2007, como consecuencia de las normas aplicadas, el 7 % de la totalidad de los datos agregados de la UE sobre estadísticas anuales de las empresas relativos a los anexos I a IV no pudieron publicarse por motivos de confidencialidad. Cuadro 5: Confidencialidad de las principales variables de estadísticas anuales de las empresas en relación con las cuales se publicaron agregados de la UE correspondientes a 2007; todos los niveles de actividad NACE Rev. 1.1 Anexo | Número total de celdas | Número de celdas confidenciales | Número de celdas confidenciales en porcentaje del total | Anexo I | 856 | 57 | 7 | Anexo II | 5 652 | 480 | 8 | Anexo III | 1 252 | 42 | 3 | Anexo IV | 324 | 14 | 4 | Anexos I a IV | 8 084 | 593 | 7 | A fin de satisfacer las necesidades de los usuarios en materia de información, la Comisión Europea está investigando el modo de poner más agregados de la UE a su disposición. Se han estudiado métodos de cálculo de las estimaciones de agregados confidenciales de la UE que aporten suficiente protección a los datos individuales, al tiempo que garanticen un determinado nivel de precisión de los agregados, y se aplicarán a partir del año de referencia 2008 en adelante. Por el momento, se han utilizado estimaciones para proporcionar más agregados de la UE a partir de datos nacionales no confidenciales, a fin de cubrir las lagunas cuando no podían revelarse los valores reales. Precisión Con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1618/99 de la Comisión, de 23 de julio de 1999 (en lo sucesivo, «el Reglamento nº 1618/99»), relativo a los criterios de evaluación de la calidad de las estadísticas estructurales de las empresas, todos los Estados miembros comunicarán a Eurostat información anual sobre indicadores de calidad, como el coeficiente de variación, el índice de falta de respuesta y dos informes específicos, uno relativo a la metodología aplicada y el otro a la actividad principal. A partir de la información facilitada por todos los Estados miembros, Eurostat procedió a la evaluación anual del año de referencia 2007, cuyas partes principales se han incluido en el presente informe. A fin de evaluar la calidad de los datos facilitados a nivel de la UE, Eurostat ha calculado los coeficientes de variación agregados de la UE en relación con seis características, a nivel de grupo (tres dígitos) de la NACE Rev. 1.1 y con respecto a todos los sectores de actividad. En el cuadro siguiente se muestra que, salvo escasas excepciones, los coeficientes de variación agregados de la UE relativos a las seis características compiladas (número de empresas, volumen de negocio, valor añadido, costes de personal, inversiones brutas y número de empleados) son inferiores al 1,5 %. En general, los coeficientes de variación facilitados son inferiores en el caso de la industria y ligeramente superiores en el caso de la construcción, el comercio y los servicios. Cuadro 6: Distribución de los coeficientes de variación agregados de la UE, en porcentaje 0,6-1,5 | 26,5 | 97,2 | 63,7 | 57,1 | 67,8 | 48,5 | 1,6-2,5 | 0 | 0,9 | 5,9 | 0,6 | 4,2 | 2,4 | > 2,5 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1,8 | 0,6 | Empezando con la recogida de datos para el año de referencia 2008, los datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas se evaluarán anualmente a partir del inicio de 2011 con arreglo a un nuevo Reglamento (CE) nº 275/2010 de la Comisión, por el que se aplica el Reglamento nº 295/2008, en lo relativo a los criterios de evaluación de la calidad de las estadísticas estructurales de las empresas. Los informes se elaborarán en consonancia con el Código de buenas prácticas de las estadísticas europeas. Coherencia y comparabilidad Dado que cada Estado miembro es libre de elegir la manera de compilar los datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas, a fin de garantizar la comparabilidad de los datos entre los distintos países, es necesario que se cumpla estrictamente lo dispuesto en los Reglamentos de la Comisión. Como ya se ha dicho anteriormente, se pidió a los Estados miembros que presentaran dos informes en relación con cada año de referencia, en los cuales podían facilitar a Eurostat y a sus usuarios información acerca de la metodología aplicada. Por coherencia se entiende hasta qué punto las estadísticas van a permitir el uso combinado de datos procedentes de fuentes diversas; por ello, Eurostat ha tratado de identificar las características comunes entre las estadísticas estructurales de las empresas y otras encuestas sobre empresas y su grado de consistencia (se puede considerar la consistencia sinónimo de la coherencia). La comparabilidad es un caso especial de coherencia cuando se utilizan datos procedentes de la misma fuente pero en relación con períodos o regiones diferentes. Los datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas pueden vincularse a otros ámbitos estadísticos, como las cuentas nacionales, la encuesta de coste laboral, la población activa y las estadísticas a corto plazo. Sin embargo, para poder utilizar estas estadísticas de manera combinada, es necesario garantizar la coherencia. En el pasado se analizó la coherencia entre las estadísticas estructurales de las empresas y los ámbitos mencionados y se constataron una serie de diferencias tanto en los datos como en la metodología, lo que era de esperar, ya que en cada ámbito se define la metodología de la manera que mejor se adapta al análisis concreto. En un mundo globalizado, las estadísticas de empresas y comercio se enfrentan a grandes retos. La fuerte tendencia hacia la integración de los mercados mundiales está cambiando la estructura de la economía y el modo de funcionar de las empresas. Por ello, Eurostat ha desarrollado un programa destinado a la modernización y mejora de la integración de las estadísticas empresariales y comerciales (MEETS)[8]. Dicho programa estará operativo durante un período de seis años: de 2008 a 2013. Un importante proyecto del programa MEETS, que se inició en el tercer trimestre de 2010 y estará vigente durante un período de cuarenta y ocho meses, aborda la coherencia de los conceptos y los métodos de las estadísticas relacionadas con las empresas. Este proyecto ayudará a mejorar la coherencia de los conceptos y facilitará la elaboración de legislación integrada en materia de estadísticas empresariales y comerciales en el futuro. CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO SOBRE ESTADÍSTICAS ESTRUCTURALES DE LAS EMPRESAS La conformidad con el Reglamento sobre EEE se evalúa a partir de la puntualidad del envío de los datos transmitidos por los Estados miembros, así como de la exhaustividad de dichos datos y el número de versiones necesarias antes de la publicación final. Globalmente, ha aumentado el nivel de conformidad de los datos correspondientes a 2007 con respecto al nivel registrado en el informe anterior. No será posible contar con un análisis completo de todas las cuestiones de conformidad, en particular las relativas a la comparabilidad, hasta mayo de 2011, fecha en que estarán disponibles los nuevos informes de calidad. En general, con el paso de los años ha mejorado la puntualidad. No obstante, algunos países siguen enviando sus datos con cierto retraso, lo que tiene consecuencias en la puntualidad a la hora de difundir los agregados de la UE. Con respecto al informe anterior, las mejoras más destacadas por lo que a puntualidad se refiere corresponden a Bélgica, Irlanda, Grecia y Eslovenia. No obstante, Bélgica y Grecia enviaron sus datos con cierto retraso. Malta envió los primeros datos correspondientes a 2007 con mucho retraso. En cuanto a la exhaustividad de las series de datos transmitidas por los países, las series definitivas relativas a los anexos I a IV facilitadas por los veintisiete Estados miembros más Noruega representaban, en su totalidad, el 90% de los datos solicitados, lo que supone una mejora significativa con respecto a la situación descrita en el informe anterior, presentado al Parlamento Europeo y al Consejo en 2007, pero sigue siendo insuficiente. Varios países están tomando medidas para que aumente el número de datos disponibles. La mayoría de los países enviaron los datos preliminares correspondientes a 2008 antes del plazo establecido en el Reglamento. Algunos países enviaron sus datos con cierto retraso, por ejemplo: alrededor de veinte días después del plazo en el caso de Bélgica e Italia y con un retraso superior a un mes en el caso de Grecia y Polonia. En general, la puntualidad en el envío de estos datos no mejoró con respecto al año anterior, pero fue debido a que el año de referencia 2008 se vio afectado por la implementación de la NACE Rev. 2. Globalmente, el 94 % de los datos solicitados está disponible. En relación con algunas series, seguían faltando datos relativos a los anexos V a VII. Globalmente, el 73 % de los datos solicitados relativos a los anexos financieros está disponible. En el cuadro 7 se muestra la valoración global del nivel de cumplimiento de todos los Estados miembros sujetos al Reglamento sobre EEE por lo que se refiere al año de referencia 2007 (los veintisiete Estados miembros y Noruega). Dicha valoración se basa en la puntualidad, la exhaustividad de los datos y el número de versiones facilitadas en relación con los datos finales correspondientes a 2007 relativos a los anexos I a VII y en relación con los datos preliminares correspondientes a 2008 relativos a los anexos I a IV. Se han dividido los países en cuatro categorías de conformidad: VG = Nivel de conformidad muy elevado; todos los datos exigidos (salvo excepciones sin importancia) se transmitieron a tiempo. G = Nivel de conformidad elevado; faltaban algunos elementos o se produjeron algunos retrasos sin importancia en la entrega de los datos. P = Los datos estaban parcialmente disponibles, pero faltaban algunos elementos de conformidad o no se cumplieron los plazos. N = Faltaban muchos datos o se produjeron importantes retrasos en la entrega. Cuadro 7: Valoración global de la conformidad Países | Puntuación global | EE, ES, FR, LV, LT, HU, AT, PT, RO, SK, FI, SE y NO | VG | BE, BG, CZ, DK, DE, IE, IT, CY, LU, NL, PL, UK y SI | G | GR | P | MT | N | Del cuadro anterior se desprende que el nivel de conformidad de la mayoría de los Estados miembros fue «muy elevado» o «elevado». Además, Malta ha realizado esfuerzos considerables por resolver los problemas de no conformidad y ha empezado a enviar datos correspondientes a los años de referencia anteriores. Todos los países están intentando mejorar el nivel de conformidad a partir del año de referencia 2008 en adelante. Eurostat ha adoptado medidas para mejorar el nivel de conformidad en dos ámbitos. Para empezar, ha presentado un informe de conformidad dos veces al año al grupo responsable de las estadísticas estructurales de las empresas y una vez al año a los directores de las estadísticas de las empresas. Asimismo, se han enviado cartas del Director General de Eurostat a los directores de los institutos nacionales de estadística cuando se han producido graves incumplimientos. Además del seguimiento y la elaboración de informes, se han establecido contactos bilaterales para investigar y resolver las deficiencias en materia de conformidad. En segundo lugar, Eurostat ha tratado de encontrar la manera de facilitar la transmisión de los datos, por ejemplo mediante la simplificación de los formatos de transmisión y la racionalización de los requisitos, en particular a través del nuevo Reglamento refundido sobre EEE. CARGA PARA LAS EMPRESAS Y MEDIDAS PARA REDUCIRLA Introducción En la Comunicación de la Comisión de marzo de 2005 «Legislar mejor para potenciar el crecimiento y el empleo», se estableció la simplificación como una acción prioritaria para la UE. En la Comunicación de la Comisión sobre la reducción de la carga de respuesta, la simplificación y el establecimiento de prioridades en el ámbito de las estadísticas comunitarias [COM(2006) 693 final], los esfuerzos se orientaron de manera más específica hacia las estadísticas. Como ya se ha mencionado anteriormente, al objeto de reducir la carga que pesa sobre los proveedores de datos y sobre las empresas, el Reglamento refundido sobre EEE pretende aligerar dicha carga lo más posible, para lo cual se han suprimido una serie de variables obligatorias o facultativas o se ha cambiado su frecuencia de anual a plurianual. Medidas adoptadas para reducir la carga En este punto se resumen las medidas adoptadas en los últimos años por Eurostat y los Estados miembros para reducir los gastos y la carga que pesa sobre las empresas. Eurostat ha trabajado conjuntamente con los institutos nacionales de estadística para encontrar la manera de reducir la carga que pesa sobre las empresas. El Reglamento refundido sobre EEE redujo el número de variables obligatorias, cambiando la frecuencia de algunas de anual a plurianual, y suprimió variables facultativas. Asimismo, el Reglamento refundido introduce la posibilidad de que los países únicamente contribuyan a los totales europeos (indicativos CETO), sin estar obligados a facilitar datos detallados cuando las cifras no sean lo suficientemente fiables para ser publicadas a nivel nacional. Algunas de las medidas adoptadas por los Estados miembros tuvieron que ver con la manera de organizar la recogida de datos relativos a las estadísticas estructurales de las empresas. La mayoría de los Estados miembros utilizaba con frecuencia encuestas de muestreo. Los veintisiete Estados miembros, salvo uno, han utilizado encuestas de muestreo o una combinación de encuestas de muestreo y datos recogidos de otras fuentes, en lugar de censos. Los Estados miembros han optado por aplicar nuevas estrategias de muestreo para reducir tanto la carga que pesa sobre las empresas como los gastos de los institutos nacionales de estadísticas. Además, algunos países han excluido a las pequeñas empresas de sus encuestas y han utilizado, en su lugar, fuentes de datos administrativos combinadas con estimaciones. En muchos Estados miembros hay una fuerte y creciente tendencia a utilizar datos administrativos en lugar de realizar encuestas. Sin embargo, la utilización únicamente de datos administrativos plantea varios problemas, ya que dichos datos normalmente difieren de los datos estadísticos por cuanto se refiere a definiciones, formatos, códigos, protocolos de transmisión, etc. Por ello, es necesario el apoyo político para establecer acuerdos entre los institutos nacionales de estadística y las organizaciones gubernamentales pertinentes sobre la elaboración de datos administrativos que sirvan a los fines correspondientes. Pasar de las encuestas a utilizar fuentes de datos administrativos requiere una inversión inicial en forma de recursos internos adicionales y nuevos métodos de trabajo adaptados a nivel de los institutos nacionales de estadística antes de que se materialicen los beneficios en materia de eficacia. Algunos países también han empezado a explorar métodos más directos de recogida de datos, como la recogida directa a partir de las cuentas de las empresas. Lo ideal sería que las empresas generaran las estadísticas como productos derivados de su contabilidad periódica; los datos se procesarían automáticamente, los identificadores comunes permitirían utilizar la información recogida de la manera más eficaz y esta información se difundiría automáticamente —por ejemplo, a Eurostat—, tan pronto como hubiera sido procesada. Para terminar, la carga que pesa sobre las empresas es una cuestión que se tiene en cuenta siempre que se introducen cambios en los requisitos de los datos o en los procesos de producción de datos. Sin embargo, el principal objetivo es la producción rentable de datos de gran calidad relativos a las estadísticas estructurales de las empresas, que respondan a las necesidades de los usuarios. EVOLUCIÓN FUTURA El Sistema Estadístico Europeo busca constantemente maneras de abordar las nuevas y emergentes necesidades en materia de estadística, mientras se realizan grandes esfuerzos por reducir tanto la carga que pesa sobre los encuestados como los gastos que conlleva la elaboración de estadísticas. Asimismo, dada la creciente importancia de las estadísticas europeas —a nivel de la UE— para el desarrollo, la aplicación, el seguimiento y la evaluación de las políticas de la UE, la Comisión (Eurostat) ha publicado una Comunicación sobre el método de elaboración de las estadísticas de la UE: una visión para la próxima década[9]. En dicha Comunicación se ofrece una visión relativa a la reforma del método de elaboración de las estadísticas europeas. A través del programa MEETS para la modernización y mejora de la integración de las estadísticas empresariales y comerciales, del que ya se ha hablado anteriormente, se están adoptando medidas prácticas para poner en marcha dicha visión. Los objetivos de este programa son: desarrollar grupos de indicadores para nuevas áreas y revisar prioridades; establecer un marco simplificado para las estadísticas relativas a la actividad empresarial; encontrar una manera más inteligente de recoger datos; y modernizar y simplificar Intrastat. [1] Reglamento (CE) nº 251/2009 de la Comisión, de 11 de marzo de 2009, por el que se aplica y se modifica el Reglamento (CE) nº 295/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las series de datos que deben elaborarse para las estadísticas estructurales de las empresas y las adaptaciones necesarias tras la revisión de la clasificación estadística de productos por actividades (CPA). [2] Nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas [Reglamento (CE) nº 1059/2003]. [3] http://epp.eurostat.ec.europa.eu/portal/page/portal/eurostat/home. [4] http://epp.eurostat.ec.europa.eu/statistics_explained/index.php/Structural_business_statistics_overview. [5] Clasificación según los distintivos CETO: Países grandes: DE, FR, IT y UK. Países medianos: BE, DK, ES, GR, IE, NL, AT, PL, PT, FI, SE y NO. Países pequeños: BG, CZ, EE, CY, LV, LT, LU HU, MT, RO, SI y SK. [6] En 2010 se suspendió la producción de copias impresas. [7] Los coeficientes de variación se calcularon para los datos finales correspondientes a 2007 en relación con las series 1A, 2A, 3B y 4A (anexos I a IV), en el contexto de la NACE Rev. 1.1, al nivel de tres dígitos (grupos) o por agrupaciones, como se contempla en la sección 9 del anexo 1 del Reglamento sobre EEE. [8] DO L 340 de 19.12.2008, Decisión nº 1297/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa al Programa para Modernizar las Estadísticas Empresariales y Comerciales Europeas (programa MEETS). [9] COM(2009) 404 final, «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el método de elaboración de las estadísticas de la UE: una visión para la próxima década».