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Document 52010XC0420(03)

Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o  1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o  70/2001

DO C 101 de 20.4.2010, p. 13–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.4.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 101/13


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

2010/C 101/07

Ayuda no: XA 271/09

Estado miembro: Chipre

Región: Chipre

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Πρόγραμμα Ελέγχου της σαλμονέλας στα σμήνη γαλοπούλων κρεοπαραγωγής

Base jurídica:

1.

Άρθρο 03525 του Προϋπολογισμού για το 2010 — Συμμετοχή σε Προγράμματα της Ευρωπαϊκής Ένωσης.

2.

Οι περί της Υγείας των Ζώων Νόμοι του 2001 έως 2009.

3.

Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el control de la salmonela y otros agentes zoonóticos específicos transmitidos por los alimentos.

4.

Reglamento (CE) no 584/2008 de la Comisión, de 20 de junio de 2008, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de la Salmonella enteritidis y la Salmonella typhimurium en los pavos (Texto pertinente a efectos del EEE)

5.

Απόφαση Εφόρου Ελέγχου Κρατικών Ενισχύσεων με αριθμό 305 και ημερομηνία 31 Δεκεμβρίου 2008 (Επίσημη Εφημερίδα της Κυπριακής Δημοκρατίας με αριθμό 4339 και ημερομηνία 16 Ιανουαρίου 2009 σ. 156)

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,0003 millones de euros.

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: El programa únicamente entrará en vigor a partir de su publicación por parte de la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006.

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de los animales (artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006). El régimen se refiere a ayudas destinadas a compensar a los agricultores por los costes de prevención y erradicación de enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006).

Sector o sectores beneficiarios: Código NACE

A10407 — Avicultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Veterinary Services Department

Ministry of Agriculture

Natural Resources and Environment

1417 Athalassa

Nicosia

CYPRUS

Dirección web: http://www.moa.gov.cy/moa/vs/vs.nsf/vs04_gr/vs04_gr?OpenDocument

http://www.publicaid.gov.cy/publicaid/publicaid.nsf/All/8C33E1F6FE7EC4C0C2257545002A533E/$file/Απόφαση%20Αρ.%20305.pdf

Otros datos: El objetivo de la ayuda es la aplicación del programa de control de la salmonela en las manadas de pavos destinados a la producción de carne, de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria (Reglamento (CE) no 584/2008). La enfermedad está incluida tanto en la lista de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), como en el anexo de la Decisión 90/424/CEE, por tratarse de enfermedades que pueden optar a la cofinanciación. La medida cubre los gastos de los análisis de laboratorio. La recogida de muestras y su análisis en laboratorio corre a cargo de los servicios veterinarios.

Ayuda no: XA 273/09

Estado miembro: Chipre

Región: Chipre

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Πρόγραμμα Ελέγχου της σαλμονέλας στα σμήνη αυγοπαραγωγής

Base jurídica:

1.

Άρθρο 03525 του Προϋπολογισμού για το 2010 — Συμμετοχή σε Προγράμματα της Ευρωπαϊκής Ένωσης.

2.

Οι περί της Υγείας των Ζώων Νόμοι του 2001 έως.

3.

Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el control de la salmonela y otros agentes zoonóticos específicos transmitidos por los alimentos.

4.

Reglamento (CE) no 1168/2006 de la Comisión, de 31 de julio de 2006, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto al objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de determinados serotipos de salmonela en las gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus y se modifica el Reglamento (CE) no 1003/2005.

5.

Απόφαση Εφόρου Ελέγχου Κρατικών Ενισχύσεων με αριθμό 314 και ημερομηνία 16 Νοεμβρίου 2009 (Επίσημη Εφημερίδα της Κυπριακής Δημοκρατίας με αριθμό 4414 και ημερομηνία 20 Νοεμβρίου 2009 σ. 5506).

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,3 millones de euros.

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: El programa únicamente entrará en vigor a partir de su publicación por parte de la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006.

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de los animales (artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006). El régimen se refiere a: i) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por los costes de prevención y erradicación de enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006) y a ii) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por las pérdidas causadas por enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006).

Sector o sectores beneficiarios: Código NACE

A10407 — Avicultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Veterinary Services Department

Ministry of Agriculture

Natural Resources and Environment

1417 Athalassa

Nicosia

CYPRUS

Dirección web: http://www.moa.gov.cy/moa/vs/vs.nsf/vs04_gr/vs04_gr?OpenDocument

http://www.publicaid.gov.cy/publicaid/publicaid.nsf/All/8C33E1F6FE7EC4C0C2257545002A533E/$file/Απόφαση%20Αρ.%20305.pdf

Otros datos: El objetivo de la ayuda es la aplicación del programa de control de la salmonela en las manades de aves ponedoras, de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria (Reglamento (CE) no 1168/2006). La enfermedad está incluida tanto en la lista de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), como en el anexo de la Decisión 90/424/CEE, por tratarse de enfermedades que pueden optar a la cofinanciación.

Los gastos previstos para 2010 con respecto al programa de control de la salmonela en las manadas de aves ponedoras se han notificado a la Comisión Europea en el marco de los programas de cofinanciación.

Dentro de esta medida, los beneficiarios de la ayuda son los avicultores de manadas ponedoras en las zonas bajo control de la República de Chipre en que se localicen la Salmonella enteritidis o la Salmonella typhimurium.

Ayuda no: XA 274/09

Estado miembro: Chipre

Región: Chipre

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Προγράμματα εκρίζωσης και επιτήρησης Βρουκέλωσης Βοοειδών και Αιγοπροβάτων.

Base jurídica:

1.

Άρθρο 03525 του Προϋπολογισμού για το 2009 — Συμμετοχή σε Προγράμματα της Ευρωπαϊκής Ένωσης.

2.

Ο περί της Εφαρμογής Κοινοτικών Κανονισμών στον Τομέα της Κτηνιατρικής Νόμος του 2004 [Ν 149(Ι)/2004].

3.

Νόμος που προνοεί για την Υγεία των Ζώων [Ν.109(Ι)2001].

4.

Απόφαση Εφόρου Ελέγχου Κρατικών Ενισχύσεων με αριθμό 314 και ημερομηνία 16 Νοεμβρίου 2009 (Επίσημη Εφημερίδα της Κυπριακής Δημοκρατίας με αριθμό 4414 και ημερομηνία 20 Νοεμβρίου 2009 σ. 5506).

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,46 millones de euros

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: El programa únicamente entrará en vigor a partir de su publicación por parte de la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006.

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de los animales (artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006). El régimen se refiere a: i) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por los costes de prevención y erradicación de enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006) y a ii) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por las pérdidas causadas por enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006).

Sector o sectores beneficiarios: Código NACE

A10401 — Explotación de ganado bovino para la producción de leche

A10405 — Explotación de ganado ovino y caprino

A10407 — Avicultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Veterinary Services Department

Ministry of Agriculture

Natural Resources and Environment

1417 Athalassa

Nicosia

ΚΎΠΡΟΣ/CYPRUS

Dirección web: http://www.moa.gov.cy/moa/vs/vs.nsf/vs04_gr/vs04_gr?OpenDocument

http://www.publicaid.gov.cy/publicaid/publicaid.nsf/All/8C33E1F6FE7EC4C0C2257545002A533E/$file/Απόφαση%20Αρ.%20305.pdf

Otros datos: El objetivo de la ayuda es la aplicación de los programas de erradicación y vigilancia de la brucelosis bovina, ovina y caprina, de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria (Directiva 64/432/CEE — ganado vacuno, Directiva 91/68/CEE — ganado ovino y caprino). Las enfermedades están incluidas tanto en la lista de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), como en el anexo de la Decisión 90/424/CEE, por tratarse de enfermedades que pueden optar a la cofinanciación. Los gastos previstos para 2010 con respecto a los programas de erradicación y vigilancia de la brucelosis bovina, ovina y caprina se han notificado a la Comisión Europea en el marco de los programas de cofinanciación.

Dentro de esta medida, los beneficiarios de la ayuda son los criadores de ganado vacuno, ovino y caprino en las zonas bajo control de la República de Chipre. En el marco del programa de erradicación y vigilancia de la brucelosis, recibirán concretamente ayudas los ganaderos de las explotaciones en que se sospeche o se confirme la presencia de la enfermedad. Dentro del citado programa, en todas las explotaciones de ganado vacuno, ovino y caprino reproductor se tomarán muestras de las que se efectuarán análisis de laboratorio.

Ayuda no: XA 275/09

Estado miembro: Chipre

Región: Chipre

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Programa de control de la salmonela en manadas destinadas a la producción de carne

Base jurídica:

1.

Άρθρο 03525 του Προϋπολογισμού για το 2010 — Συμμετοχή σε Προγράμματα της Ευρωπαϊκής Ένωσης.

2.

Οι περί της Υγείας των Ζώων Νόμοι του 2001 έως 2009.

3.

Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el control de la salmonela y otros agentes zoonóticos específicos transmitidos por los alimentos.

4.

Reglamento (CE) no 646/2007 de la Comisión, de 12 de junio de 2007, por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto al objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de la Salmonella enteritidis y la Salmonella typhimurium en los pollos de engorde y se deroga el Reglamento (CE) no 1091/2005.

5.

Απόφαση Εφόρου Ελέγχου Κρατικών Ενισχύσεων με αριθμό 314 και ημερομηνία 16 Νοεμβρίου 2009 (Επίσημη Εφημερίδα της Κυπριακής Δημοκρατίας με αριθμό 4414 και ημερομηνία 20 Νοεμβρίου 2009 σ. 5506)

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,003 millones de euros

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: El programa únicamente entrará en vigor a partir de su publicación por parte de la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006.

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de los animales (artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006). El régimen se refiere a ayudas destinadas a compensar a los agricultores por los costes de prevención y erradicación de enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006).

Sector o sectores beneficiarios: Código NACE

A10407 — Avicultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Veterinary Services Department

Ministry of Agriculture

Natural Resources and Environment

1417 Athalassa

Nicosia

CYPRUS

Dirección web: http://www.moa.gov.cy/moa/vs/vs.nsf/vs04_gr/vs04_gr?OpenDocument

http://www.publicaid.gov.cy/publicaid/publicaid.nsf/All/8C33E1F6FE7EC4C0C2257545002A533E/$file/Απόφαση%20Αρ.%20305.pdf

Otros datos: El objetivo de la ayuda es la aplicación del programa de control de la salmonela en las manadas destinadas a la producción de carne, de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria (Reglamento (CE) no 1168/2006). La enfermedad está incluida tanto en la lista de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), como en el anexo de la Decisión 90/424/CEE, por tratarse de enfermedades que pueden optar a la cofinanciación. Los gastos previstos para 2010 en el marco del programa de control de la salmonela en las manadas destinadas a la producción de carne se han notificado a la Comisión Europea en virtud de los programas de cofinanciación. La medida cubre los gastos de los análisis de laboratorio. La recogida de muestras y su análisis en laboratorio corre a cargo de los servicios veterinarios.

Ayuda no: XA 276/09

Estado miembro: Chipre

Región: Chipre

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Programa de control de la salmonela en las manadas reproductoras

Base jurídica:

1.

Άρθρο 03525 του Προϋπολογισμού για το 2010 — Συμμετοχή σε Προγράμματα της Ευρωπαϊκής Ένωσης.

2.

Οι περί της Υγείας των Ζώων Νόμοι του 2001 έως 2009.

3.

Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el control de la salmonela y otros agentes zoonóticos específicos transmitidos por los alimentos.

4.

Reglamento (CE) no … de la Comisión por el que se aplica el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto al objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de determinados serotipos de salmonela en las manadas reproductoras adultas de Gallus gallus (número de referencia del documento SANCO/5971/2009r5, examinado en la reunión del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal celebrada el 20 de octubre 2009).

5.

Απόφαση Εφόρου Ελέγχου Κρατικών Ενισχύσεων με αριθμό 314 και ημερομηνία 16 Νοεμβρίου 2009 (Επίσημη Εφημερίδα της Κυπριακής Δημοκρατίας με αριθμό 4414 και ημερομηνία 20 Νοεμβρίου 2009 σ. 5506)

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,089 millones de euros

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: El programa únicamente entrará en vigor a partir de su publicación por parte de la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006.

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de los animales (artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006). El régimen se refiere a: i) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por los costes de prevención y erradicación de enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006) y a ii) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por las pérdidas causadas por enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006).

Sector o sectores beneficiarios: Código NACE

A10407 — Avicultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Veterinary Services Department

Ministry of Agriculture

Natural Resources and Environment

1417 Athalassa

Nicosia

CYPRUS

Dirección web: http://www.moa.gov.cy/moa/vs/vs.nsf/vs04_gr/vs04_gr?OpenDocument

http://www.publicaid.gov.cy/publicaid/publicaid.nsf/All/8C33E1F6FE7EC4C0C2257545002A533E/$file/Απόφαση%20Αρ.%20305.pdf

Otros datos: El objetivo de la ayuda es la aplicación del programa de control de la salmonela en las manadas reproductoras, de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria (Reglamento (CE) no 1003/2005). La enfermedad está incluida tanto en la lista de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), como en el anexo de la Decisión 90/424/CEE, por tratarse de enfermedades que pueden optar a la cofinanciación. Dentro de esta medida, los beneficiarios de la ayuda son los avicultores de manadas reproductoras en las zonas bajo control de la República de Chipre en que se localicen la Salmonella enteritidis o la Salmonella typhimurium . Los gastos previstos para 2010 con respecto al programa de control de la salmonela en las manadas reproductoras se han notificado a la Comisión Europea en el marco de los programas de cofinanciación.

Ayuda no: XA 277/09

Estado miembro: Chipre

Región: Chipre

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Programa de vigilancia de la influenza aviar en aves de corral de explotaciones avícolas y en aves silvestres.

Base jurídica:

1.

Άρθρο 03525 του Προϋπολογισμού για το 2010 — Συμμετοχή σε Προγράμματα της Ευρωπαϊκής Ένωσης.

2.

Οι περί της Υγείας των Ζώων Νόμοι του 2001 έως 2009.

3.

Decisión de la Comisión, de 13 de abril de 2007, relativa a la realización de programas de vigilancia de la influenza aviar en aves de corral y aves silvestres en los Estados miembros y por la que se modifica la Decisión 2004/450/CE (2007/268/CΕ).

4.

Απόφαση Εφόρου Ελέγχου Κρατικών Ενισχύσεων με αριθμό 314 και ημερομηνία 16 Νοεμβρίου 2009 (Επίσημη Εφημερίδα της Κυπριακής Δημοκρατίας με αριθμό 4414 και ημερομηνία 20 Νοεμβρίου 2009 σ. 5506)

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 0,03 millones de euros

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: El programa únicamente entrará en vigor a partir de su publicación por parte de la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006.

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de los animales (artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006). El régimen se refiere a: i) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por los costes de prevención y erradicación de enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006) y a ii) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por las pérdidas causadas por enfermedades de los animales (artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006).

Sector o sectores beneficiarios: Código NACE

A10407 — Avicultura

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Veterinary Services Department

Ministry of Agriculture

Natural Resources and Environment

1417 Athalassa

Nicosia

CYPRUS

Dirección web: http://www.moa.gov.cy/moa/vs/vs.nsf/vs04_gr/vs04_gr?OpenDocument

http://www.publicaid.gov.cy/publicaid/publicaid.nsf/All/8C33E1F6FE7EC4C0C2257545002A533E/$file/Απόφαση%20Αρ.%20305.pdf

Otros datos: El objetivo de la ayuda es la aplicación del programa de vigilancia de la influenza aviar en aves de corral de explotaciones avícolas y en aves silvestres, de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria (Decisión 2007/268/CE de la Comisión). La enfermedad está incluida tanto en la lista de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), como en el anexo de la Decisión 90/424/CEE, por tratarse de enfermedades que pueden optar a la cofinanciación. Los gastos previstos para 2010 con respecto al programa de vigilancia de la influenza aviar se han notificado a la Comisión Europea en el marco de los programas de cofinanciación. Dentro de esta medida, los beneficiarios de la ayuda son todos los avicultores de manadas reproductoras en las zonas bajo control de la República de Chipre afectadas por la influenza aviar.


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