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Document 52009XC0203(03)
Information communicated by Member States regarding State aid granted under Commission Regulation (EC) No 1857/2006 on the application of Articles 87 and 88 of the Treaty to State aid to small and medium-sized enterprises active in the production of agricultural products and amending Regulation (EC) No 70/2001
Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 70/2001
Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 70/2001
DO C 26 de 3.2.2009, p. 11–15
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.2.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 26/11 |
Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001
(2009/C 26/08)
Ayuda no: XA 285/08
Estado miembro: Francia
Región: Département de la Moselle
Denominación del régimen de ayudas: Promotion (assistance technique) dans le secteur agricole:
aide à la communication en faveur de l'agriculture mosellane,
valorisation de l'élevage mosellan par la présentation d'animaux en concours
Base jurídica: Artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006
Articles L 1511-2 et L 1511-5 du code général des collectivités territoriales
Délibération du Conseil général de la Moselle du 15.10.2007
Gasto anual previsto en virtud del régimen: 125 000 EUR: 80 000 EUR (máximo) para el capítulo de valorización de la ganadería de la región (certámenes de animales) y 45 000 EUR (máximo) para el capítulo de ayuda a la comunicación y la promoción de la agricultura del Mosela
Intensidad máxima de la ayuda: Capítulo de ayuda a la comunicación y la promoción de la agricultura del Mosela:
porcentaje de intervención: 60 %, como máximo, de los gastos comprometidos, con un límite de 750 EUR para operaciones locales, 2 000 EUR para operaciones cantonales, 5 000 EUR para operaciones de interés departamental y 20 000 EUR para operaciones regionales o nacionales.
Capítulo de valorización de la ganadería de la región:
porcentaje de intervención: 100 %, aunque las subvenciones se limitarán a veinte bovinos o veinte equinos, o a tres rebaños de ocho ovinos por explotación ganadera y año (excluida la feria de Metz), y a:
— |
30 EUR por bovino o por rebaño de ocho ovinos, |
— |
50 EUR por equino para certámenes ganaderos y 25 EUR para certámenes clásicos, |
— |
70 EUR adicionales de gastos de desplazamiento para los certámenes ganaderos de Lorena, Alsacia y la zona transfronteriza, o 200 EUR para los acontecimientos que se celebran fuera de esas regiones |
Fecha de aplicación: A partir de la fecha de la publicación del número de registro de la solicitud de exención en el sitio web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión y en función de los créditos correspondientes
Duración del régimen o de la ayuda individual: Tres años a partir del acuse de recibo de la Comisión (en función de los créditos correspondientes)
Objetivo de la ayuda: El objetivo es, por una parte, el apoyo a la organización de manifestaciones agrícolas en el Departamento del Mosela, y la creación y la realización de material promocional de la agricultura del Mosela, y, por otra, la valorización de la ganadería de la región mediante la presentación de animales a certámenes.
Las ayudas se podrán conceder para sufragar los costes de los participantes, los gastos de desplazamiento y de publicación, el alquiler de locales de exposición y los premios simbólicos concedidos en los certámentes, hasta un máximo de 250 EUR por premio y ganador.
Se concederán en especie, en forma de servicios subvencionados, y no en forma de pagos directos en metálico a los productores.
Se podrá conceder ayudas para sufragar los costes de publicaciones (catálogos o sitios web) que ofrezcan información concreta sobre la producción del Mosela o la producción de calidad, siempre que dicha información y su presentación sean neutras y que a todos los productores afectados se les ofrezca las mismas posibilidades de aparecer en la publicación.
En todos los casos, los servicios prestados por las agrupaciones de productores o por cualquier organización serán accesibles a todas las explotaciones de la zona de que se trate que cumplan las mismas condiciones objetivas, al mismo coste y sin obligación de adherirse a la agrupación o de afiliarse al organismo en cuestión
Sector o sectores afectados: Primer capítulo: todos los productores agrícolas del Mosela.
Segundo capítulo: explotaciones de ganado bovino, ovino y equino de la región
Dirección del organismo que concede la ayuda:
Monsieur le Président du Conseil général de la Moselle |
Direction de l'Environnement et de l'Aménagement du Territoire |
Division de l'Environnement et de l'Espace Rural (SAEN) |
Hôtel du Département |
1, rue du Pont Moreau |
BP 11096 |
F-57036 METZ Cedex 1 |
Dirección web: http://www.cg57.fr/front/go.do?sid=site/environnement_1076429797630/gestion_de_l_espace/agriculture
Ayuda no: XA 358/08
Estado miembro: Países Bajos
Región: Países Bajos
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Wijzing van de Regeling tijdelijke maatregelen dierziekten in verband met de vaccinatie tegen Q-koorts
Base jurídica: Artikel 29, eerste lid, 30, vierde lid, en 45, eerste en derde lid, van de Diergeneesmiddelenwet, artikel 17 van de Gezondheids- en welzijnswet voor dieren en artikel 3 van het Besluit gebruik sera en entstoffen
Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 160 000 EUR
Intensidad máxima de la ayuda: 100 %
Fecha de aplicación:
Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 1 de enero de 2009
Objetivo de la ayuda: Prevención y erradicación de la fiebre Q
Sector o sectores beneficiarios: Sector ovino y caprino
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Ministerie van LNV |
Postbus 20401 |
2500 EK Den Haag |
Nederland |
Dirección web: http://www.minlnv.nl/portal/page?_pageid=116,1640321&_dad=portal&_schema=PORTAL&p_file_id=31164
Información adicional: Este régimen ministerial prevé la posibilidad de vacunar a las ovejas y a las cabras contra la fiebre Q en una parte de los Países Bajos, operación necesaria para prevenir (aún más) la fiebre Q debido al elevado número de personas y animales infectados en dicha zona. La vacuna que puede utilizarse para la vacunación contra la fiebre Q se distribuye de forma gratuita. Esta forma de ayuda cumple las disposiciones del artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006. De acuerdo con el artículo 10, apartado 4, ya se aplican otras disposiciones para prevenir la introducción de la fiebre Q sobre la base de la legislación nacional. La estrategia de vacunación forma parte de un programa nacional de prevención y control de la fiebre Q. Además, de conformidad con el apartado 7, la fiebre Q es una enfermedad animal incluida en la lista de la OIE. También se cumplen las disposiciones del artículo 10, apartados 3, 5, 6 y 8
Ayuda no: XA 361/08
Estado miembro: Italia
Región: Liguria
Denominación del régimen de ayuda: Concessione di contributi per attività delle Associazioni Allevatori della Liguria
Base jurídica: Delibera Giunta Regionale n. 1222 del 3 ottobre 2008«Criteri e modalità di concessione dei contributi previsti dall'art. 2 della legge regionale n. 36/2000 in adeguamento alle disposizioni di cui al Reg. CE n. 1857/2006 della Commissione»
Gasto anual previsto por el régimen: 800 000 EUR para el año 2008
Intensidad máxima de la ayuda: Para las actividades previstas en el artículo 14, apartado 2, letra a) y las del artículo 15, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006, la intensidad máxima asciende al 100 % del gasto subvencionable; para las actividades previstas en el artículo 16, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) no 1857/2006 asciende al 40 % del gasto subvencionable
Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página de Internet de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión
Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013
Objetivo de la ayuda: Financiar las actividades de las Asociaciones de Ganaderos relativas a la concepción y creación de productos zootécnicos, prestaciones de asistencia técnica para la formación de los ganaderos, servicios de asesoría (que no constituyan una actividad continua o periódica ni estén relacionados con los gastos de funcionamiento habituales de la empresa), organización y participación en concursos, ferias y exposiciones, difusión de conocimientos científicos y de información sobre productos zootécnicos del territorio.
Las ayudas:
se concederán en especie mediante servicios subvencionados y no podrán consistir en pagos directos en efectivo a los productores,
podrán solicitarlas todos los ganaderos de Liguria sin que la pertenencia a una Asociación sea condición para tener acceso a las mismas,
no se concederán para gastos de inversión,
se otorgarán con arreglo a las condiciones recogidas en el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006
Sector o sectores beneficiarios: Todas las empresas zootécnicas de la totalidad del territorio de Liguria a través de la actuación de las Asociaciones de Ganaderos
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Regione Liguria |
Dipartimento Agricoltura Protezione Civile e Turismo |
Via G. D'Annunzio 113 |
I-16121 Genoa |
Dirección web: http://www.agriligurianet.it/Agrinet/DTS_GENERALE/20081006/delibera1222_1.pdf
IL Direttore del Dipartimento Agricoltura, Protezione civile e Turismo
(Dr. Luca FONTANA)
Ayuda no: XA 371/08
Estado miembro: Francia
Regiones: Allier
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Aides en faveur de la maîtrise de la fièvre catarrhale ovine
Base jurídica: Artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006
Articles 1511-1 et suivants du code général des collectivités territoriales
Gasto anual previsto en virtud del régimen: 100 000 EUR
Intensidad máxima de la ayuda: 50 %, dentro del límite establecido en el artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006, en virtud del cual la ayuda no puede superar el 100 %
Fecha de aplicación: A partir de la fecha de registro de la ficha de exención por parte de la Comisión
Duración del régimen o de la ayuda individual: 2008-2009
Objetivo de la ayuda: Desde 2007, el virus de la fiebre catarral ovina del serotipo 8 afecta al Departamento del Allier. Esta enfermedad no sólo tiene consecuencias directas (enfermedad, mortalidad, abortos o pérdida de producción), sino también indirectas (esterilidad transitoria de los machos, trastornos del celo). Por lo que se refiere al ganado ovino, la esterilidad de los moruecos puede durar más de tres meses hasta la reconstitución completa de las funciones sexuales. Así pues, los moruecos que han presentado signos clínicos no son aptos para la estación de monta, que comienza el próximo mes de septiembre.
Los riesgos son los siguientes:
los moruecos pueden haber presentado signos clínicos ocultos, no percibidos por los ganaderos, siendo grande la probabilidad de que sean estériles,
la utilización de moruecos con funciones sexuales degradadas puede dar lugar a un gran porcentaje de ovejas vacías. Si no se adoptan medidas tempranas, la producción de corderos de una campaña puede verse comprometida sin remedio.
Como complemento al capítulo de vacunación (vacunas financiadas por la Unión Europea), el Conseil général desea aplicar dos medidas para lograr un mejor control de esta enfermedad:
control del esperma de los machos
Un examen al microscopio permite el diagnóstico rápido y ofrece la posibilidad de descartar los machos que puedan haberse contagiado de FCO,
ecografía de las ovejas
Si se efectúa entre un mes y un mes y medio después de la cubrición por el morueco, la ecografía podrá permitir la detección precoz de las ovejas vacías, facilitando el reajuste de la monta y la exclusión de las hembras que puedan haberse contagiado de FCO.
La ayuda concedida, de un 50 % del coste, se concederá en especie, en forma de servicios subvencionados, y no de pagos directos a los productores
Sector o sectores afectados: Ganadería ovina y caprina
Dirección del organismo que concede la ayuda:
Conseil général de l'Allier |
1, avenue Victor Hugo |
BP 1669 |
F-03016 MOULINS Cedex |
Dirección web: http://actes-administratifs.allier.fr/actes/55954.pdf
Información adicional: —
Ayuda no: XA 372/08
Estado miembro: Italia
Región: Emilia-Romagna (Camera di Commercio di Bologna)
Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que recibe una ayuda individual: Regolamento camerale per l'assegnazione alle imprese della provincia di Bologna di contributi in conto abbattimento interessi
Base jurídica: Regolamento della Camera di Commercio di Bologna approvato con deliberazione della Giunta camerale n. 185 del 16 settembre 2008
Gasto anual previsto por el régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Importe máximo anual de 150 000 EUR para el sector agrícola primario.
Intensidad máxima de la ayuda: El 10 % de los costes subvencionables. La medida de ayuda, incluida la destinada a empresas femeninas, no podrá en ningún caso sobrepasar los límites establecidos en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 1857/2006. La contribución media corresponde al 5 % de los gastos subvencionables
Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página de Internet de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural
Duración del régimen o de la ayuda individual:
Objetivo de la ayuda: La «Camera di Commercio Industria Artigianato e Agricoltura di Bologna», tras evaluar las dificultades que las pequeñas y medianas empresas boloñesas afrontan para la obtención de créditos, prevé hacer contribuciones a fondo perdido en forma de pago único, calculadas en proporción al importe total actualizado de los intereses debidos en concepto de préstamos bancarios a medio-largo plazo, con el objetivo de ampliar la duración media de la deuda y consolidar la estructura financiera de las empresas.
La inversión debe perseguir en particular los siguientes objetivos:
El régimen supone una modalidad de ayuda a la inversión en las explotaciones agrarias con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 1857/2006.
Respecto a las empresas dedicadas a la producción agrícola primaria son subvencionables los siguientes costes:
Los costes relativos al contrato de arrendamiento financiero que no sean los previstos en la letra b), por ejemplo, las tasas, el margen de beneficios del arrendador, los intereses, los costes de refinanciación, los gastos generales o los seguros, no constituyen gastos subvencionables.
No se admitirán las meras inversiones de sustitución. No podrán concederse ayudas por la fabricación de productos de imitación y sustitución de la leche y los productos lácteos.
Las adquisiciones no podrán ser anteriores a la fecha del acto de aprobación de la solicitud de ayuda por parte de los organismos de garantía y se deducirán del tope asignado provisionalmente por la Cámara de Comercio a estos últimos en función de los recursos disponibles en los balances correspondientes. Por aprobación de la solicitud se entiende la fecha en que el organismo de garantía, una vez examinada la solicitud de ayuda, haya comprobado que se reúnen todos los requisitos previstos en el Reglamento de la Cámara y haya procedido al cálculo de la ayuda pagadera y comprometido al efecto la cuantía máxima asignada por la Cámara a tal fin
Sector o sectores afectados: Todos los sectores relacionados con la producción primaria agrícola (cultivo del terreno, cría de ganado, silvicultura).
El régimen prevé la concesión de ayudas también a otros sectores a los que se aplican las normas del Reglamento (CE) no 1998/2006 sobre las ayudas de menor importancia (de minimis)
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Camera di Commercio I.A.A. di Bologna |
Piazza Mercanzia 4 |
I-40125 Bologna |
Dirección web: http://www.bo.camcom.it/intranet/ALTRI-SERV/DIRITTO-AN/Consorzi-F/index.htm
Información adicional: El presente régimen sustituye desde el año 2008 a la ayuda en régimen de exención no XA 306/07, que seguirá en vigor únicamente para las liquidaciones en curso correspondientes al ejercicio de 2007.
Il Presidente della Camera di Commercio di Bologna
(Bruno Filetti)
Ayuda no: XA 376/08
Estado miembro: República de Eslovenia
Región: Območje občine Podlehnik
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Finančne intervencije v kmetijstvo v občini Podlehnik
Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju državnih pomoči za ohranjanje in razvoj kmetijstva in podeželja v občini Podlehnik za programsko obdobje 2008–2013
Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:
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2008: 10 000 EUR |
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2009: 10 000 EUR |
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2010: 10 000 EUR |
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2011: 10 000 EUR |
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2012: 10 000 EUR |
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2013: 10 000 EUR |
Intensidad máxima de la ayuda:
1. Inversiones en explotaciones agrarias para la producción primaria:
— |
hasta el 50 % de los costes subvencionables en las zonas desfavorecidas, |
— |
hasta el 40 % de los costes subvencionables en las demás zonas, |
— |
hasta el 60 % de los costes subvencionables en las zonas desfavorecidas cuando se trate de inversiones realizadas por jóvenes agricultores en los cinco años siguientes a su instalación, |
— |
la ayuda se proporciona bajo la forma de subvenciones y cofinanciación de interés en préstamos. |
2. Conservación de paisajes y edificios tradicionales:
— |
hasta el 75 % en zonas desfavorecidas, o hasta el 60 % en las demás zonas, para inversiones en medios de producción, a condición de que no se produzca ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación agraria, |
— |
hasta el 100 % de los costes de las inversiones destinadas a la conservación de elementos del patrimonio sin finalidad productiva situados en las explotaciones agrarias, |
— |
hasta el 100 % de los costes contraídos por la utilización de materiales tradicionales. |
3. Ayudas para el pago de primas de seguros:
— |
hasta el 50 % del coste de las primas de seguros para cosechas, frutas y casos de enfermedades de los animales. |
4. Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad:
— |
hasta el 50 % de los costes; la ayuda se concederá mediante servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores. |
5. Asistencia técnica al sector agrario:
— |
hasta el 50 % de los costes relativos a la educación y formación de agricultores, servicios de asesoría, organización de foros, concursos, exhibiciones, ferias, publicaciones como catálogos y sitios web, divulgación de conocimientos científicos y la sustitución de un agricultor, de un socio del agricultor o de un trabajador agrario durante una enfermedad o en el período de vacaciones, |
— |
la ayuda se concederá mediante servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores |
Fecha de aplicación: 10 de noviembre de 2008 (la ayuda no se concederá hasta la publicación del presente resumen en el sitio web de la Comisión Europea)
Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013
Objetivo de la ayuda: Apoyar a las PYME
Referencia a artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 y costes subvencionables: El proyecto de Normas relativas a la concesión de ayudas estatales para la conservación y el desarrollo de la agricultura y las zonas rurales en el municipio de Podlehnik para el período de programación 2008-13 incluye medidas que constituyen ayudas estatales de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):
artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias para la producción primaria,
artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,
artículo 12: Ayudas para el pago de primas de seguros,
artículo 14: Ayuda para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad,
artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario
Sector o sectores beneficiarios: Agricultura
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Občina Podlehnik |
Podlehnik 21 |
SLO-2286 Podlehnik |
Dirección web: http://www.lex-localis.info/KatalogInformacij/VsebinaDokumenta.aspx?SectionID=daf9302d-9567-40d2-8c1f-a3744dce0ec6
Información adicional: La ayuda para el pago de primas de seguro para asegurar cultivos y frutas contempla las siguientes condiciones climáticas adversas que pueden clasificarse como desastre natural: heladas, granizo, relámpagos, incendios causados por relámpagos, tormentas e inundaciones.
Las normas municipales se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1857/2006 sobre las medidas que deben adoptar los municipios y las disposiciones generales de aplicación (procedimiento de concesión de la ayuda, acumulación, transparencia y seguimiento de la ayuda)
Podpis odgovorne osebe
Miran KRAJNC
Občina Podlehnik