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Document 52009PC0703

Propuesta de decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo

/* COM/2009/0703 final - NLE 2009/0190 */

52009PC0703

Propuesta de decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo /* COM/2009/0703 final - NLE 2009/0190 */


[pic] | COMISIÓN EUROPEA |

Bruselas, 17.12.2009

COM(2009)703 final

2009/0190 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

- El Consejo de Justicia y Asuntos de Interior de 30 de noviembre de 2009 autorizó a la Presidencia del Consejo de la Unión Europea a firmar un acuerdo interino entre la Unión Europea y los Estados Unidos sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo (TFTP). El Acuerdo fue firmado por las Partes el 30 de noviembre de 2009 y se aplicará provisionalmente a partir del 1 de febrero de 2010. El Acuerdo tendrá una duración máxima de 9 meses y será sustituido a su debido tiempo por un acuerdo a largo plazo.

- El objetivo del Acuerdo de 30 de noviembre de 2009 es garantizar la continuación del TFTP, que existe desde finales de 2001, y con arreglo al cual el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos efectuó citaciones administrativas a la sección estadounidense de la Sociedad de telecomunicaciones financieras interbancarias mundiales (SWIFT) para la transferencia al Departamento de Tesorería de conjuntos limitados de datos de mensajería financiera que transitan por la red de mensajería financiera de la SWIFT. Fue necesario para la Unión Europea y los Estados Unidos proceder al Acuerdo de 30 de noviembre de 2009, ya que la nueva arquitectura de los sistemas de la SWIFT, operativa desde el 1 de enero de 2010, corría el riesgo de menoscabar considerablemente el beneficio del TFTP, muy particularmente por lo que respecta a la Unión Europea.

****

- A principios de 2007, la Presidencia del Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea entablaron debates con el Departamento del Tesoro de Estados Unidos en lo tocante al tratamiento por este último de los datos personales generados en la Unión Europea a los que tenía acceso con arreglo al TFTP. Como consecuencia directa de estos debates, el Departamento del Tesoro suscribió una serie de compromisos unilaterales respecto de la Unión Europea en junio de 2007 («las Declaraciones TFTP»)[1]. Las declaraciones TFTP limitan expresamente el tratamiento por el Tesoro de los datos personales generados en la Unión Europea a los que tiene acceso con arreglo al TFTP. Las limitaciones incluyen, por ejemplo, que los datos se tratarán exclusivamente a efectos de la lucha contra el terrorismo, que sólo se podrá acceder a los datos si hay un nexo preexistente con el terrorismo (es decir, no se permite la extracción de datos) y que deberán eliminarse los datos después de cierto período. Por otra parte, las Declaraciones TFTP afirman que la Comisión podrá designar una «persona europea eminente» que realizará verificaciones y presentará informes a la Comisión sobre el cumplimiento de los compromisos contraídos por el Tesoro de los Estados Unidos.

- En marzo de 2008 la Comisión anunció que había designado al juez Jean-Louis Bruguière como «persona europea eminente» TFTP, cuyo papel consistiría en verificar que el TFTP era aplicado de conformidad con las Declaraciones. El juez Bruguière completó su primer informe en diciembre de 2008. El Informe, que fue presentado al Consejo de Justicia y Asuntos de Interior en febrero de 2009 y a la Comisión de Libertades Civiles del Parlamento Europeo en febrero y septiembre de 2004, llega a la conclusión de que el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos se atiene a los compromisos establecidos en las Declaraciones TFTP. El Informe llega también a la conclusión de que el TFTP ha generado un valor considerable para la investigación del terrorismo por parte de las autoridades de los Estados miembros y de que las autoridades de los Estados miembros han sido los principales beneficiarios de la información derivada del TFTP[2]. Actualmente no existe ningún equivalente del TFTP en la Unión Europea.

****

- El Acuerdo tiene por objetivo prevenir y luchar contra el terrorismo, respetando al mismo tiempo los derechos fundamentales y particularmente la protección de los datos personales. El Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo de 30 de noviembre de 2009 se propone garantizar el pleno respeto de los derechos fundamentales recogidos en el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea y de los principios de proporcionalidad y necesidad relativos al derecho al respeto de la vida privada y familiar y la protección de los datos personales establecidos en los artículos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

- El artículo 218, apartado 6, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dispone que, en caso de acuerdos que se refieran a ámbitos a los que se aplique el procedimiento legislativo ordinario, el Consejo adoptará una decisión de celebración del acuerdo, tras obtener la aprobación del Parlamento Europeo.

****

- En consecuencia, la Comisión recomienda al Consejo, tras obtener la aprobación del Parlamento Europeo, que adopte una Decisión por la que se celebre el Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo.

2009/0190 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 82, apartado 1, letra d) y su artículo 87, apartado 2, letra a), leídos en conjunción con su artículo 218, apartado 6, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo[3],

Considerando lo siguiente:

1. El 27 de julio de 2009, el Consejo autorizó a la Presidencia del Consejo, asistida por la Comisión, para que entablara negociaciones para un Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo.

2. De conformidad con la Decisión 2008/XXX del Consejo, de 30 de noviembre de 2009[4], el Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo fue firmado el …, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

3. De conformidad con su artículo 15, apartado 2, las disposiciones del Acuerdo se aplicarán provisionalmente a partir del 1 de febrero de 2010 hasta su entrada en vigor.

4. El Acuerdo aún no ha sido celebrado. Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, los procedimientos a seguir a tal fin por la Unión Europea se rigen por el artículo 218 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

5. El Acuerdo deberá celebrarse.

6. [De conformidad con el artículo 3 del Protocolo sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto al ámbito de Libertad, Seguridad y Justicia anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Reino Unido e Irlanda participan en la adopción de la presente Decisión.]

7. De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión y, por tanto, no queda vinculada por ésta ni sujeta a su aplicación.

DECIDE:

Artículo 1

Se celebra el Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos sobre el tratamiento y transferencia de datos de mensajería financiera de la Unión Europea a los Estados Unidos a efectos del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo.

El texto del Acuerdo a celebrar se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

El Presidente del Consejo designará a la persona facultada para proceder, en nombre de la Unión Europea, al intercambio de los instrumentos de aprobación previsto en el artículo 15 del Acuerdo a efectos de expresar el consentimiento de la Unión Europea en vincularse al Acuerdo.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea .

La fecha de entrada en vigor del Acuerdo se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea .

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo

Jacques BARROT Miembro de la Comisión

[1] La Unión Europea acusó recibo de las Declaraciones TFTP mediante una carta de 29 de junio de 2007. Las Declaraciones TFTP y la carta de acuse de recibo de la Unión Europea se publicaron en el Diario Oficial DO C 166/18 de 20.7.2007 y DO C 166/26 de 20.7.2007.

[2] El Informe de la «persona europea eminente» de diciembre de 2008 contiene varios ejemplos de casos en que la inteligencia derivada del TFTP ha sido compartida con los servicios del Estado miembro de la Unión Europea en conexión con la investigación, prevención y persecución del terrorismo en la Unión Europea. El Informe también afirma que las autoridades de los Estados Unidos han compartido aproximadamente 1440 pistas derivadas del TFTP con los Estados miembros a partir de 2002.

[3] DO C [...] de [...], p. [...].

[4] DO C [...] de [...], p. [...].

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