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Document 52008XX0925(01)

Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (Anuncio relativo a las solicitudes de permisos exclusivos de investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominados Permis du Languedoc y Permis des Plaines du Languedoc ) (Texto pertinente a efectos del EEE)

DO C 244 de 25.9.2008, p. 19–20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

25.9.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 244/19


Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (1)

(Anuncio relativo a las solicitudes de permisos exclusivos de investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominados «Permis du Languedoc» y «Permis des Plaines du Languedoc»)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/C 244/06)

Mediante petición de 19 de abril de 2007, rectificada el 16 de mayo de 2008, la empresa Languedoc Petroleum Development Ltd, con domicilio social en Wembley Point, 1 Harrow Road, Wembley, Middlesex HA9 6DE, Reino Unido, solicitó permiso exclusivo de una duración de cinco años para la investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos, denominado «Permis du Languedoc», en una superficie de alrededor de 2 348 km2, situada en parte de los departamentos de Aude y Hérault.

Mediante petición de 28 de enero de 2008, la empresa Lundin International SA, con domicilio social en Maclaunay, F-51210 Montmirail, solicitó permiso exclusivo de una duración de cinco años para la investigación de hidrocarburos líquidos o gaseosos, denominado «Permis des Plaines du Languedoc», en la misma zona a que se refiere la solicitud «Permis du Languedoc».

El perímetro de estos permisos está constituido por los arcos que forman los meridianos y paralelos que enlazan sucesivamente los vértices definidos a continuación por sus coordenadas geográficas en grados, siendo el meridiano de origen el de París.

Vértice

Longitud

Latitud

A

1,30 gr E

48,40 gr N

B

0,90 gr E

48,40 gr N

C

0,90 gr E

48,30 gr N

D

0,60 gr E

48,30 gr N

E

0,60 gr E

48,20 gr N

F

0,40 gr E

48,20 gr N

G

0,40 gr E

47,90 gr N

Vértice H: intersección del paralelo 47,90 gr N con la orilla de la costa mediterránea.

Vértice I: intersección del meridiano 1,30 gr E con la orilla de la costa mediterránea.

Vértices H a I: orilla de la costa mediterránea.

Presentación de solicitudes y criterios de adjudicación del permiso

Los titulares de la solicitud inicial y de las que compitan con ésta deberán cumplir las condiciones definidas en los artículos 4 y 5 del «décret no 2006-648 du 2 juin 2006 relatif aux titres miniers et aux titres de stockage souterrain», publicado en el Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006.

Las empresas interesadas podrán presentar una solicitud para concursar en el plazo de noventa días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio, de conformidad con el procedimiento resumido en el «Anuncio para la obtención de títulos mineros de hidrocarburos en Francia», publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 374 de 30 de diciembre de 1994, página 11, y establecido por el citado Decreto no 2006-648. Las solicitudes para concursar deberán dirigirse al ministro responsable de minas, cuya dirección se indica más adelante.

Las decisiones sobre la solicitud inicial y sobre las que compitan con ésta se adoptarán según los criterios de adjudicación de títulos mineros definidos en el artículo 6 de dicho Decreto, a más tardar el 1 de octubre de 2009.

Condiciones y requisitos sobre el ejercicio de la actividad y su cese

Se invita a los solicitantes a remitirse a los artículos 79 y 79.1 del código minero y al «décret no 2006-649 du 2 juin 2006, relatif aux travaux miniers, aux travaux de stockage souterrain et à la police des mines et des stockages souterrains», publicado en el Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006.

Para cualquier información complementaria pueden dirigirse al «Ministère de l'écologie, de l'énergie, de l'aménagement du territoire et du développement durable» (direction générale de l'énergie et du climat, direction de l'énergie, SD2, bureau exploration et production des hydrocarbures), 41, boulevard Vincent Auriol, F-75703 Paris Cedex 13 [tel. (33) 144 97 23 02, fax (33) 144 97 05 70].

Las disposiciones legislativas y reglamentarias anteriormente mencionadas pueden consultarse en el sitio Légifrance en la siguiente dirección:

http://www.legifrance.gouv.fr


(1)  DO L 164 de 30.6.1994, p. 3.


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