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Document 52008DP0248

Movilización del Fondo de Solidaridad de la UE Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de junio de 2008 , sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE de conformidad con el punto 26 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006 , entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (COM(2008) 0200 — C6-0164/2008 — (2008/2091(ACI))

DO C 285E de 26.11.2009, p. 96–98 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.11.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 285/96


Jueves, 5 de junio de 2008
Movilización del Fondo de Solidaridad de la UE

P6_TA(2008)0248

Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de junio de 2008, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE de conformidad con el punto 26 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (COM(2008)0200 — C6-0164/2008 — (2008/2091(ACI))

2009/C 285 E/18

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2008) 0200 — C6-0164/2008,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1) y, en particular, el apartado 26 del mismo,

Visto el resultado del diálogo a tres bandas entre la Comisión y las dos ramas de la autoridad presupuestaria, celebrado el 16 de abril de 2008,

Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A6-0205/2008),

1.

Aprueba la Decisión adjunta a la presente Resolución;

2.

Recomienda encarecidamente a la Comisión que, en lo referente al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, presente presupuestos modificativos que tengan por finalidad única evitar todo retraso en la prestación de ayuda financiera en casos de catástrofe;

3.

Encarga a su Presidente que firme la Decisión junto con el Presidente del Consejo y que disponga la publicación de la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea;

4.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, incluido su Anexo, al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1. Acuerdo cuya última modificación la constituye la Decisión 2008/371/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 128 de 16.5.2008, p. 8).


Jueves, 5 de junio de 2008
ANEXO

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 5 de junio de 2008

sobre la movilización del Fondo de Solidaridad de la UE de conformidad con el punto 26 del Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIâN EUROPEA,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1) y, en particular, el apartado 26 del mismo,

Visto el Reglamento (CE) no 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (2),

Vista la propuesta de la Comisión,Considerando lo

siguiente:

(1)

El Fondo de Solidaridad (el Fondo) fue creado con el objetivo de mostrar la solidaridad de la Unión Europea con la población de regiones asoladas por catástrofes.

(2)

El Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, permite movilizar el Fondo en una cantidad máxima anual de 1 000 millones de euros.

(3)

El Reglamento (CE) no 2012/2002 recoge las disposiciones de movilización del Fondo.

(4)

Grecia presentó una solicitud de movilización del Fondo en relación con la catástrofe que causaron los incendios forestales de agosto de 2007.

(5)

Eslovenia presentó una solicitud de movilización del Fondo en relación con la catástrofe provocada por las inundaciones de septiembre de 2007.

DECIDEN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea del ejercicio 2008 se movilizará la cantidad de 98 023 212 euros en créditos de compromiso y de pago con cargo al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de junio de 2008.

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1. Acuerdo cuya última modificación la constituye la Decisión 2008/371/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 128 de 16.5.2008, p. 8).

(2)  DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.


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