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Document 52007PC0400

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo con arreglo al artículo 251, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado CE relativa a la Posición común del Consejo sobre la adopción de un reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil ("notificación y traslado de documentos")

/* COM/2007/0400 final - COD 2005/0126 */

52007PC0400

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo con arreglo al artículo 251, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado CE relativa a la Posición común del Consejo sobre la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil ("notificación y traslado de documentos") /* COM/2007/0400 final - COD 2005/0126 */


[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 10.7.2007

COM(2007) 400 final

2005/0126 (COD)

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO con arreglo al artículo 251, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado CE relativa a la

posición común del Consejo sobre la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil ("notificación y traslado de documentos")

2005/0126 (COD)

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO con arreglo al artículo 251, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado CE relativa a la

posición común del Consejo sobre la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil ("notificación y traslado de documentos")

1. ANTECEDENTES

Fecha de transmisión de la propuesta al Parlamento Europeo y al Consejo (documento COM(2005) 305 final – 2005/0126 COD): | 7.7.2005 |

Fecha del dictamen del Comité Económico y Social Europeo: | 14.2.2006 |

Fecha del dictamen del Parlamento Europeo en primera lectura: | 4.7.2006 |

Fecha de transmisión de la propuesta modificada: | 1.12.2006 |

Fecha de adopción de la posición común: | 28.6.2007 |

2. OBJETO DE LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN

El objetivo del presente Reglamento es mejorar y acelerar la notificación y el traslado de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil entre los Estados miembros, simplificar la aplicación de determinadas disposiciones del Reglamento y mejorar la seguridad jurídica para el solicitante y para el destinatario.

3. OBSERVACIONES SOBRE LA POSICIÓN COMÚN

3.1. Observaciones generales

La posición común del Consejo fue adoptada por unanimidad. Preserva lo esencial de la propuesta inicial de la Comisión (en especial la modificación importante del artículo 11, relativo a los costes), tal como fue modificada.

Los principales cambios realizados en la posición común se refieren a los siguientes elementos:

- la posición común es una versión coordinada y completa del Reglamento que incorpora las enmiendas adoptadas por el Parlamento Europeo (y no una simple modificación del Reglamento (CE) nº 1348/2000);

- recoge la exclusión del ámbito del artículo 1.1. de la responsabilidad del Estado por acciones u omisiones en el ejercicio de la potestad del Estado ("acta iure imperii")

- comitología: procedimiento de reglamentación con examen en vez de procedimiento consultivo (artículos 17 y 18);

- publicación de la información comunicada por los Estados miembros en el Diario Oficial de la Unión Europea excepto las direcciones y otros detalles de contacto de las agencias y organismos centrales y de las áreas geográficas en que tienen jurisdicción (artículo 23.2).

- nuevo Anexo II (información al destinatario sobre su derecho a negarse a aceptar un documento).

Otras enmiendas son de naturaleza más formal y se han incorporado para facilitar la lectura del texto.

La Comisión puede aceptar la posición común, que aunque modifica algunas características específicas de la propuesta original de la Comisión, tal como fue modificada tras el dictamen del Parlamento, sigue siendo fiel al objetivo de mejorar y acelerar la notificación y traslado de documentos entre los Estados miembros.

3.2. Resultado de las enmiendas del Parlamento

Todas las enmiendas del Parlamento se incluyeron en la propuesta modificada de la Comisión y también en la posición común.

4. CONCLUSIÓN

La Comisión acepta la posición común habida cuenta del hecho de que recoge los elementos clave incluidos en sus enmienda inicial y las propuestas del Parlamento tal como fueron incorporadas en su propuesta modificada.

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