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Document 52005PC0051(02)
Proposal for a Council Decision concerning the release and use of EUR 18 million from the conditional EUR 1 billion under the 9th EDF to be used to cover the financing of the National Indicative Programme of Timor Leste during the period 2006-2007 {SEC(2005) 242}
Propuesta de decisión del Consejo relativa a la liberación y utilización de 18 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED, que se utilizarán para cubrir la financiación del Programa Indicativo Nacional de Timor Oriental durante el período 2006-2007 {SEC(2005) 242}
Propuesta de decisión del Consejo relativa a la liberación y utilización de 18 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED, que se utilizarán para cubrir la financiación del Programa Indicativo Nacional de Timor Oriental durante el período 2006-2007 {SEC(2005) 242}
/* COM/2005/0051 final */
Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la liberación y utilización de 18 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED, que se utilizarán para cubrir la financiación del Programa Indicativo Nacional de Timor Oriental durante el período 2006-2007 {SEC(2005) 242} /* COM/2005/0051 final */
Bruselas, 17.2.2005 COM(2005) 51 final COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Evaluación de funcionamiento del FED y propuesta de liberación de los saldos restantes condicionales del 9º Fondo Europeo de Desarrollo Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la movilización de una segunda asignación de 250 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED, que se destinará al segundo pago en favor del Fondo para el Agua ACP-UE Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la liberación y utilización de 18 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED, que se utilizarán para cubrir la financiación del Programa Indicativo Nacional de Timor Oriental durante el período 2006-2007 Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la liberación y utilización de los 482 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la cooperación con los países de África, el Caribe y el Pacífico Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la utilización de la reserva de la dotación destinada al desarrollo a largo plazo y de recursos del Mecanismo de Inversión del 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la financiación de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, las contribuciones a la Iniciativa internacional sobre la gestión de los riesgos relativos a los precios de los productos básicos, la adaptación a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE, el fortalecimiento de la Unión Africana y la contribución a la Iniciativa de financiación de modalidad acelerada «Educación para Todos» Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la posición que deberá adoptar la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP-CE en relación con una decisión sobre la utilización de la dotación para el desarrollo a largo plazo y de recursos procedentes del Mecanismo de Inversión del 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la segunda asignación del Fondo para el Agua ACP-UE (presentadas por la Comisión){SEC(2005) 242} COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Evaluación de funcionamiento del FED y propuesta de liberación de los saldos restantes condicionales del 9º Fondo Europeo de Desarrollo Introducción Para el período inicial de cinco años del Acuerdo de asociación ACP-CE, que comenzó el 1 de marzo de 2000 y que abarca el período comprendido entre la ratificación y el final de 2007, la asistencia financiera de la Comunidad en favor de los países de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) comprende un importe inicial de 13 500 millones de euros del 9º Fondo Europeo de Desarrollo (FED). De este importe, mil millones de euros se liberarán tras una evaluación de los resultados que examinará el grado de realización de los compromisos y desembolsos[1]. La presente Comunicación confirma que las reformas iniciadas por la Comisión en 2000 han permitido mejorar estos últimos años el grado de realización de los compromisos y desembolsos[2] y que esta evolución positiva se ha visto confirmada por la evaluación intermedia efectuada en 2004. Asimismo, concluye que el 9º FED, incluidos los saldos transferidos de los FED anteriores, se habrá comprometido íntegramente de aquí al final de 2007, sin que, no obstante, la Comunidad pueda cumplir plenamente sus compromisos internacionales y responder a las nuevas iniciativas internacionales. La Comunicación recomendará, por lo tanto, la aprobación de los tres proyectos de decisión adjuntos relativos a la liberación i) del segundo pago de 250 millones de euros del Fondo para el Agua, ii) de 18 millones de euros suplementarios para la financiación del programa indicativo nacional de Timor Oriental en cuanto este país sea miembro de pleno derecho del grupo ACP en 2005 y iii) de los 482 millones de euros de los saldos condicionales, así como la aprobación de los dos proyectos de decisión complementarios relativos a la transferencia de los fondos liberados al instrumento de cooperación e integración regionales para permitir la financiación intra -ACP del segundo pago del Fondo para el Agua y la utilización intra -ACP de parte de los 482 millones de euros de los saldos condicionales. RESULTADOS FINANCIEROS DEL FED Los resultados del FED en 2003 fueron los mejores de su historia. El elevado nivel de los compromisos se explica parcialmente por haber sido 2003 el primer año de aplicación del 9º FED. Sin embargo, también los desembolsos alcanzaron un nivel bastante más alto que en cualquiera de los anteriores FED. La evolución positiva de los desembolsos no se debió solamente a operaciones específicas, no recurrentes, pues ya se había observado en años anteriores y ha sido confirmada por los datos provisionales de 2004 (véanse más detalles en el anexo 1). Estos resultados alentadores se obtuvieron pese a que la cooperación con varios países ACP se vio obstaculizada por situaciones de inestabilidad o de crisis política y por las consecuencias de catástrofes naturales. [pic] Habida cuenta de los compromisos suplementarios que con toda probabilidad se producirán antes de que finalice 2004 y las liberaciones relativas a programas en curso, que durante estos cinco últimos años alcanzaron por término medio unos 330 millones de euros, el nivel bruto de los compromisos anuales necesarios para absorber los saldos no asignados del 9º FED consolidado asciende aproximadamente a 3 445 millones de euros en el período 2005-2007. En términos comparativos, durante estos dos últimos años (2003-2004), el nivel medio de compromiso bruto ascendió a 3 656 millones de euros. LA EVALUACIÓN INTERMEDIA DE 2004 En 2004 se realizaron evaluaciones intermedias en aquellos países ACP cuyos documentos de estrategia nacional (DEN), que constituyen la base del ejercicio de programación del FED[3], habían sido firmados. El Acuerdo de Cotonú dispone expresamente que estas evaluaciones intermedias pueden dar lugar a una modificación de la estrategia (en los ámbitos de interés prioritario del DEN), o a una revisión de la asignación por país (al alza o a la baja o entre los recursos programables y los recursos orientativos previstos para cubrir necesidades imprevistas). Se utilizaron dos grandes criterios, así como una serie de «consideraciones particulares», para pronunciarse sobre la posible revisión de las asignaciones nacionales: - evaluación de la eficacia financiera del país en la aplicación de la ayuda comunitaria, utilizándose como indicadores los porcentajes medios de compromiso, de adjudicación de contratos y de desembolso durante los años anteriores y el número de años teóricos necesarios para absorber los saldos restantes; - evaluación de los resultados obtenidos por el país en los ámbitos prioritarios de interés (y apoyo macroeconómico cuando procedía); - consideraciones particulares: evaluación de los progresos realizados por el país en las reformas institucionales y la reducción de la pobreza, así como las circunstancias específicas que influyen en las necesidades, la vulnerabilidad y los resultados del país desde el inicio del proceso de programación del DEN; puede tratarse, por ejemplo, de situaciones post-conflicto, factores vinculados a la capacidad de aplicación a escala nacional (en particular, el estado actual del proceso de descentralización, los problemas temporales de personal en la Delegación o en la oficina del Ordenador Nacional de pagos), etc. Las evaluaciones intermedias se llevaron a cabo para garantizar un equilibrio financiero global[4]. Las propuestas financieras, presentadas al Comité FED en otoño de 2004 y a propósito de las cuales se esperan algunas decisiones definitivas de la Comisión en diciembre, pueden resumirse, a título orientativo, del siguiente modo: - Para 17 países, se propone no introducir ninguna modificación en las dotaciones. - Para 13 países, se propone operar una transferencia entre la dotación de los recursos programables y la dotación para necesidades imprevistas , pero manteniendo sin cambios el importe de los recursos totales; en la mayoría de los casos, se trata de una transferencia de la dotación no utilizada para necesidades imprevistas hacia la de los fondos programables que, globalmente, aumenta en 226 millones de euros (de los cuales el 62 % en favor de los países menos avanzados). - Para 17 países, se propone un aumento neto de las asignaciones (en numerosos casos, eso supone una transferencia entre dotaciones); el aumento neto asciende a 766 millones de euros (un aumento de 989 millones de euros de las dotaciones para los fondos programables, parcialmente compensados por una disminución de de 223 millones de euros de las dotaciones para necesidades imprevistas), de los que el 97 % se destina a los países menos avanzados. - Para 15 países, se propone una disminución neta de la asignación total (en dos de ellos consistente en una disminución de la dotación A); la disminución neta asciende a 432 millones de euros (con un aumento neto de los fondos programables de solo 33 millones de euros), el 84 % de los cuales afecta a los países menos avanzados. Globalmente, los fondos programables registran así un aumento neto del 17,6 %, o sea 1 248 millones de euros, cuyos principales beneficiarios (91 %) serán los países menos avanzados que muestren una elevada capacidad de absorción y resultados económicos y políticos satisfactorios. Estas transferencias procedentes de asignaciones sobrestimadas e inutilizadas para necesidades imprevistas y de países que registren resultados insuficientes permitirán hacer más hincapié en la pobreza y aumentar la capacidad de absorción del 9ºFED, reforzando también la evolución positiva registrada por los compromisos y desembolsos. Previsiones PARA 2004-2007 Las previsiones más recientes para los compromisos y pagos con cargo al FED se elaboraron en paralelo con la evaluación de los resultados y se comunicaron al Consejo en octubre de 2004[5]. Se basan en la consolidación de la aplicación prevista de cada programa indicativo nacional y regional y de las intervenciones intra -ACP sometidas a escrutinio en septiembre y octubre a partir de los datos proporcionados por las delegaciones y la sede. En consonancia con las previsiones adoptadas por el Consejo en noviembre de 2003, confirman que el 9ºFED, incluidos los saldos de los FED anteriores y el primer tramo de 250 millones de euros del Fondo para el Agua, financiados con cargo al importe condicional de mil millones, se comprometerán íntegramente antes de finales de 2007, es decir, el período cubierto por el 9ºFED (véanse más detalles en el cuadro que figura en el anexo 2). La evaluación final de 2006 permitirá corregir las previsiones existentes y reasignar definitivamente los fondos, confirmando la expectativa de que, al finalizar 2007, se habrán comprometido todos los saldos. La única opción para que la Comunidad cumpla con sus obligaciones internacionales respecto a los ACP y cumpla algunas obligaciones pendientes derivadas directamente del Acuerdo de Cotonú es, pues, la liberación de los saldos del importe condicional de mil millones. PROPUESTAS PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS SALDOS CONDICIONALES Basándose en las conclusiones de la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el futuro desarrollo del Fondo para el Agua de la UE y en una evaluación previa de los resultados del FED, el Consejo acordó el 22 de marzo de 2004 destinar 500 millones de euros del importe condicional de mil millones a un Fondo para el Agua en favor de los países ACP[6]. Asimismo, el Consejo decidió que la mitad de dicho importe se liberaría inmediatamente y que, a más tardar en marzo de 2005, se tomaría la decisión sobre la movilización del segundo pago de 250 millones de euros y sobre la utilización del saldo de 500 millones de euros, en función de los resultados de la evaluación intermedia de los documentos de estrategia nacionales, llevada a cabo en 2004, y de una evaluación más detallada de los resultados del FED. El Consejo de Ministros ACP-CE, reunido en Gaborone el 6 de mayo de 2004, ratificó este enfoque[7]. La evaluación intermedia de 2004 condujo a una reasignación de los recursos entre los países ACP basada en los resultados, sin necesidad de recurrir a una financiación suplementaria. La evaluación final se concentrará aún más en la capacidad de absorción de los países beneficiarios y no se espera que sea necesaria ninguna financiación complementaria de los programas indicativos nacionales, además de los fondos liberados con cargo a las dotaciones para necesidades imprevistas o a las dotaciones programables de los países cuyos resultados sean insuficientes. Del mismo modo, el Mecanismo de Inversión muestra un ligero retraso con relación al programa previsto y no requerirá una financiación suplementaria Por consiguiente, se propone la utilización de una parte mayor que la proporcional de los saldos condicionales para responder a algunos de los compromisos internacionales pendientes ACP-CE. Fondo para el Agua Las disposiciones de aplicación del Fondo para el Agua se elaboraron minuciosamente en estrecha consulta con los Estados miembros. Como resultado, se presentó una propuesta de financiación de 247 millones de euros al Comité FED, que emitió un dictamen favorable en su reunión de noviembre de 2004. Se lanzó una convocatoria de propuestas, a reserva de una cláusula suspensiva, tras un debate muy positivo que tuvo lugar durante la reunión de octubre del Comité FED[8]. El interés manifestado por todas las partes involucradas en distintos foros internacionales refuerza la expectativa de una primera reacción muy positiva a esta convocatoria, que se confirmará a principios de 2005 cuando se reciban las propuestas preliminares. Se espera que las propuestas de proyectos financiables que se presenten sobrepasen ampliamente el importe de la convocatoria, justificando plenamente la liberación inmediata del segundo pago del Fondo para el Agua. Esta liberación precoz permitiría el lanzamiento rápido, es decir, todavía en 2005, de la segunda convocatoria de propuestas, basada en la experiencia y las conclusiones del primer ejercicio. Por consiguiente, se adjuntan dos proyectos de decisión presentados para su adopción por el Consejo, uno en el que se propone la liberación de un pago suplementario de 250 millones de euros con cargo a los recursos condicionales del 9º FED, y otro relativo a la transferencia de los fondos liberados al instrumento de cooperación e integración regionales a fin de permitir la financiación del segundo pago del Fondo para el Agua con cargo a la dotación intra -ACP. Saldos restantes condicionales Para el saldo de 500 millones de euros del importe condicional de mil millones, la Comisión llevó a cabo una estricta selección de las propuestas basada en las prioridades y acorde con las obligaciones derivadas del Acuerdo de Cotonú y con los compromisos pendientes ACP-CE a nivel internacional, teniendo en cuenta los principios de urgencia, de lucha prioritaria contra la pobreza, de concentración de las ayudas y de capacidad de absorción. La propuesta del grupo ACP de creación de un Fondo para Catástrofes ACP-CE con el fin de ayudar a los países ACP a prevenir y preparase ante posibles catástrofes, así como a gestionar las situaciones de post-crisis no se aceptó pues los instrumentos ya existentes permiten a la Comisión hacer frente a estos temas. No obstante, la Secretaría ACP y la Comisión han dado pasos para reforzar los mecanismos de respuesta existentes y examinar cualesquiera otras medidas complementarias a fin de reforzar la cooperación ACP-CE y la solidaridad intra- ACP en caso de catástrofes naturales Obligaciones derivadas del Acuerdo de Cotonú 1. CDE-CTA Con cargo al 9º FED, se reservaron 90 y 70 millones de euros de la dotación para el desarrollo a largo plazo, respectivamente para la financiación de los presupuestos del Centro para el Desarrollo de la Empresa (CDE) y del Centro para el Desarrollo de la Agricultura (CTA). Con estos importes se esperaba satisfacer las necesidades presupuestarias de estas dos instituciones mixtas ACP-CE durante el período de cinco años cubierto por el primer Protocolo financiero (2000-2005). Puesto que su capacidad de absorción es satisfactoria y no quedaban saldos de FED anteriores, de aquí a finales de 2005, ambas instituciones habrán agotado sus fondos. En el marco de las disposiciones de aplicación existentes referentes al CDE y el CTA, las necesidades presupuestarias anuales se estiman respectivamente en 18 y 14 millones de euros. Se propone, pues, retirar de los recursos condicionales disponibles de la dotación destinada al desarrollo a largo plazo un importe de 64 millones de euros con el fin de cubrir sus gastos de funcionamiento para el período 2006-2007, de acuerdo con los anexos I y III del Acuerdo de Cotonú. 2. Timor Oriental (Timor Leste) En 2003, el Consejo mixto de Ministros ACP-UE aprobó la adhesión de Timor Oriental al Acuerdo de Cotonú[9]. Aunque las necesidades de desarrollo iniciales de Timor Oriental se tuvieron en cuenta en el presupuesto CE, ninguna disposición prevé una financiación más allá de 2005, año en que se espera que Timor Oriental ratifique el Acuerdo de Cotonú, ya que eso sería incompatible con el actual Reglamento ALA, que no autoriza ninguna financiación ALA en favor de un país miembro del grupo ACP. En virtud del apartado 2 del artículo 62 y del apartado 1 del artículo 94 del Acuerdo de Cotonú, la Comisión propuso, pues, añadir un importe de 18 millones de euros al 9º FED, correspondiente al importe proporcional que se habría reservado para Timor Oriental si se hubieran aplicado los criterios normales de asignación de ayuda del 9º FED. La propuesta no obtuvo la unanimidad de los Estados miembros y el Consejo se declaró dispuesto a considerar favorablemente la utilización del «importe condicional de mil millones» para responder a las necesidades de Timor Oriental, habida cuenta de que, con arreglo a los elementos ya expuestos, actualmente no hay ningún fondo específico disponible de conformidad con el 9ºFED[10]. Así pues, se propone destinar un importe de 18 millones de euros de la dotación para el desarrollo a largo plazo liberada de los saldos condicionales a cubrir el programa indicativo nacional de Timor Oriental durante el período 2006-2007. Compromisos internacionales 1. Fondo para la Energía Actualmente, más del 80 % de la población del África subsahariana dispone tan sólo de un acceso limitado a las formas modernas de energía. El desarrollo económico y social de las comunidades pobres se ve limitado, e incluso bloqueado, por la actual utilización no sostenible de la madera y otras formas de biomasa con fines energéticos. Reconociendo la importancia de mejorar el acceso a la energía de las poblaciones pobres, la UE lanzó, en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Johannesburgo en 2002, la iniciativa de la UE en el ámbito de la energía destinada a erradicar la pobreza y a promover el desarrollo sostenible (EUEI). Su objetivo es contribuir a la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) suministrando a las poblaciones desfavorecidas servicios energéticos adecuados, sostenibles y respetuosos con el medio ambiente. En este contexto, la Comisión adoptó recientemente una propuesta destinada a establecer en la región ACP[11] un Fondo para la Energía dotado con un presupuesto de 250 millones de euros. Las modalidades de creación de este Fondo para la Energía seguirán el modelo del Fondo para el Agua y se elaborarán con la participación activa de los Estados miembros y de otras partes involucradas. En sus conclusiones, la Comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo propone que esta nueva iniciativa se financie con cargo a los saldos del importe condicional de mil millones. Dadas las grandes expectativas suscitadas por el lanzamiento de la iniciativa de la UE en favor de la energía, la contribución crucial de la energía a la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y la importancia vital que tiene para las poblaciones desheredadas el acceso a servicios energéticos eficaces en relación con su coste y respetuosos con el medio ambiente, se propone financiar el Fondo para la Energía ACP/UE mediante un importe orientativo máximo de 250 millones de euros procedente de los saldos condicionales y transferir la totalidad de este importe a la dotación intra -ACP correspondiente. 2. Gestión de los riesgos vinculados a los productos básicos Tras las recientes caídas espectaculares de los precios de los productos de básicos agrícolas comercializados a nivel internacional, y dado que el empleo y los ingresos de una amplísima franja de las poblaciones desheredadas son tributarios de una producción competitiva de estos productos básicos, la comunidad internacional invitó a prestar una especial atención a este problema, en particular, en el contexto de las negociaciones comerciales multilaterales y de la negociación de los acuerdos de asociación económicos entre la UE y las regiones ACP. En respuesta a este reto, el Consejo adoptó en abril de 2004 un Plan de acción de la UE, elaborado por la Comisión y que contiene una propuesta destinada a facilitar el acceso de los productores a los seguros que cubren los riesgos vinculados a los productos básicos y a la financiación de los intercambios comerciales[12]. El objetivo de la presente iniciativa es complementar la asistencia técnica proporcionada por el Banco Mundial y el programa previsto de refuerzo de las capacidades lanzado por la Comisión en este ámbito[13] por medio de un instrumento de financiación internacional destinado a ayudar a los países ACP a acceder a los instrumentos de mercado disponibles para gestionar los riesgos vinculados a los productos básicos a través de la cofinanciación temporal de sus primas. Esto permitirá reducir la vulnerabilidad de los países ACP beneficiarios a las grandes fluctuaciones de los precios de los productos básicos y a las catástrofes naturales y elaborar instrumentos de gestión de los riesgos vinculados a los productos básicos para su adopción progresiva. Un Comité mixto UE-ACP para los productos básicos agrícolas controlará la elaboración y las modalidades de aplicación del programa. Se propone destinar un importe orientativo máximo de 25 millones de euros procedentes del saldo del importe condicional de mil millones con el fin de contribuir al instrumento internacional de financiación de la gestión de los riesgos vinculados a los productos básicos tal como prevé expresamente el apartado 5 del artículo 68 del Acuerdo de Cotonú, y transferir este importe a la dotación intra -ACP correspondiente. 3. Medidas sanitarias y fitosanitarias En enero de 2006 entrará en vigor en la UE un nuevo Reglamento relativo a los controles oficiales de los alimentos para animales y los productos alimenticios[14]. En virtud de este nuevo Reglamento, los terceros países deberán proporcionar información detallada sobre la estructura general y la gestión de su sistema de control sanitario y fitosanitario de los alimentos para animales y los productos alimenticios, así como proporcionar garantías suficientes de que los productos destinados a los mercados comunitarios responden a las normas de seguridad de la UE. Para conservar su acceso a los mercados de la UE y cumplir las nuevas normativas, los países ACP habrán de realizar importantes inversiones. El artículo 12 del Acuerdo de Cotonú, relativo a la coherencia de las políticas comunitarias, establece que, en estos casos y a petición de los países ACP, se celebrarán consultas para que puedan tenerse en cuenta sus preocupaciones en relación con los efectos de estas medidas. Un estudio de impacto preliminar del nuevo Reglamento, realizado bajo el control de un grupo interservicios para las cuestiones sanitarias y fitosanitarias que afectan a los países en desarrollo, concluyó que los países ACP podrían necesitar hasta 300 millones de euros para estar en condiciones de reforzar su capacidad básica y ajustarse a las nuevas normas de la UE. Con el apoyo del Secretario General de los países ACP, se ha lanzado un estudio de impacto más detallado, pero una primera dotación de 30 a 40 millones de euros permitiría hacer frente a los temas más candentes, a la espera del próximo ejercicio de programación. Se propone, por lo tanto, retirar del saldo del importe condicional de mil millones un importe orientativo de 30 millones de euros para contribuir a la fase inicial de un programa de refuerzo de las capacidades a fin de facilitar a los países ACP la adaptación a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE y transferir dicho importe a tal efecto a la dotación intra -ACP. 4. Unión Africana Habida cuenta de la importancia creciente de la Unión Africana (UA), no sólo para el mantenimiento de la paz y la prevención de los conflictos, sino también para el fomento de la integración regional y la buena gobernanza, así como de la positiva acogida reservada por el Consejo a la Comunicación relativa al refuerzo del diálogo UE-África[15], parece conveniente evolucionar hacia un apoyo estratégico en favor de las instituciones de la UA y destinar un importe suplementario a un Programa de apoyo panafricano en el marco de la «Visión y Misión de la Unión africana y Plan Estratégico para 2004-2007» adoptado por la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana, celebrada en Addis Abeba en julio de 2004. Uno de los principales objetivos de este programa será reforzar la eficacia y la capacidad operativa de las instituciones de la UA, favorecer la participación de la sociedad civil en sus instituciones y reforzar su implicación en los problemas panafricanos. Con el fin de contribuir a un programa de apoyo panafricano, se propone destinar un importe orientativo máximo de 50 millones de euros del saldo del importe condicional de mil millones y transferirlo a la dotación intra -ACP correspondiente. 5. Iniciativa de financiación acelerada «Educación para Todos» La iniciativa de financiación acelerada «Educación para Todos» es una asociación global, lanzada a mediados de 2002 para ayudar a los países con un bajo nivel de renta a lograr el objetivo de desarrollo del milenio en el ámbito de la educación, a saber, garantizar a todos los niños una educación primaria completa de aquí a 2015. Se trata de uno de los primeros instrumentos que materializa el consenso de Monterrey relativo a las asociaciones eficaces entre proveedores de fondos y países en desarrollo destinadas a aumentar la eficacia de la ayuda oficial al desarrollo. La iniciativa de financiación acelerada se basa principalmente en los mecanismos de financiación existentes en los países socios. No obstante, la asociación establecida en el marco de esta iniciativa condujo además a la creación de dos nuevos instrumentos: un «Fondo Catalítico» que ayuda temporalmente a los países que no están en condiciones de movilizar recursos internos suficientes para elaborar un buen balance, a fin de ayudarles a movilizar ayudas suplementarias a largo plazo, y un instrumento de ayuda a la programación en el marco de la iniciativa de financiación acelerada, destinado a ayudar a los países con insuficiente capacidad interna a elaborar un plan en el sector de la educación. Dado que resultó imposible proporcionar un apoyo sistemático a la iniciativa de financiación acelerada por medio de la evaluación intermedia de 2004, se propone asignar a un importe orientativo de 63 millones de euros a la iniciativa de financiación acelerada, procedente de los saldos del importe condicional de mil millones y transferir este importe a la dotación intra -ACP correspondiente. Conclusión Se adjuntan tres proyectos de decisión suplementarios presentados para su adopción por el Consejo; en ellos se propone la liberación de los saldos condicionales del 9º FED por un importe total de 500 millones de euros. Una decisión propone la liberación de 18 millones de euros para su asignación a la dotación financiera para el desarrollo a largo plazo, a fin de cumplir las obligaciones derivadas del Acuerdo de Cotonú en lo que respecta a Timor Oriental. Las dos decisiones restantes proponen, por una parte, la liberación del saldo de 482 millones de euros para una ayuda complementaria al CDE y al CTA hasta finales de 2007, el lanzamiento del nuevo Fondo para la Energía de la UE, una contribución al Fondo para la gestión de los riesgos vinculados a los productos básicos, el establecimiento de la primera fase de un extenso programa de apoyo al refuerzo de las capacidades sanitarias y fitosanitarias en los países ACP –de manera que puedan cumplir las nuevas normas de la UE relativas a los alimentos para animales y a los productos alimenticios–, ayuda a la Unión Africana para establecer un programa de apoyo panafricano y a la iniciativa de financiación acelerada «Educación para Todos» y, por otra parte, la transferencia de los fondos así liberados, hasta un total de 416 millones de euros, al instrumento de cooperación e integración regionales con el fin de permitir la financiación de estas acciones con cargo a la dotación intra -ACP, con excepción del apoyo prestado al CDE y al CTA, financiado con cargo a la dotación para el desarrollo a largo plazo. ANNEX 1 EDF financial performance The performance of the EDF in 2003 has been the best ever. The high level of the commitments (€4 127 million) can be partially explained by the fact that 2003 was the first year of the implementation of the 9th EDF. However, it is important to note that the level of disbursements was also much higher than ever before. This positive evolution was not only due to non-recurrent, one-shot operations, but was already noticed in previous years and is being confirmed by the provisional figures for 2004. These encouraging results have been achieved despite the fact that, in a number of ACP countries, cooperation was hampered by political uncertainty or crises and/or the after-effects of natural disasters. [pic] 1.1 Commitments In 2003, the Commission committed an amount of €3 761 million. In addition, the EIB, which manages in an entirely autonomous way the funds of the 9th EDF for the new Investment Facility, committed €366 million. This brings total commitments in 2003 to €4 127 million. In the past, only one year recorded a figure of the same order of magnitude, namely 2000 with total commitments of €4 007 million (of which roughly € 1 000 million for debt reduction). The level of the EDF commitments has traditionally shown a cyclical pattern, with high levels of commitments in the first years, followed by a levelling off. The historic level of commitments in 2003, even after deduction of the special contributions to the HIPC debt reduction initiative and the Global Health Fund for the fight against AIDS, Tuberculosis and Malaria, could therefore partially be explained by the fact that it was the beginning of a new commitment cycle, following the entry into force of the Cotonou agreement. Based on the figures available at mid-October 2004 and the pipeline of projects and programmes subject to appraisal, the level of regular commitments will initially fall back in 2004, only to pick up again in 2005 and then decrease gradually from 2006[16] onwards. This dip in the 2004 figure may be explained to a certain extent as a repercussion of the huge effort made in 2003, shifting attention from programming to implementation issues, but it may also be a reflection of the major staff redeployment resulting from the final stage of the devolution exercise[17]. The programming pipeline, assessed in a series of regional seminars in early 2004, re-examined during the mid-term review process and permanently updated until the end of October 2004 by EuropeAid, in consultation with the Delegations, confirms that the level of commitments will pick up again sharply in 2005. Based on the most recent figures, the EIB had also to review downwards its 2004 forecasts for the implementation of the Investment Facility (down to €335million from an initial estimate of €500million), but maintains its initial forecasts for 2005, based on the existing portfolio of contacts. EDF Commitments in million € | 2000 | 2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | TOTAL managed by COM | 4 007 | 1 921 | 2 115 | 3 761 | 2 850 | 3 500 | of which | A. Special operations | - STABEX | 373 | - HIPC | 1 029 | 60 | 460 | - Global Health Fund GFATM | 170 | - Peace Facility | 250 | - Water facility | 3 | 247 | Subtotal | 1 402 | 60 | 630 | 253 | 247 | GRAND TOTAL COM + EIB | 4 007 | 1 921 | 2 115 | 4 127 | 3 185 | 4 055 | (1) 9th EDF instruments managed by the EIB (Investment facility and interest subsidies). As can be seen from the table on the financial situation under point 1.4, the Intra-ACP reserves have seen the highest increase relative to the initial allocation, due to pressing international commitments and the rapid disbursement mechanisms often attached to these initiatives. The table below shows that the high commitment level of intra-ACP funds can be partially explained by their use for the funding of special initiatives in 2003 and 2004 (HIPC debt reduction, Peace Facility, Global Health Fund), but the present pipeline of programmes under instruction confirms that most of the balances will be committed by the end of 2005. By the end of 2005, the first instalment of the Water initiative, decided by the Council in April 2004, is also expected to be fully committed. Opting for extensive consultation with the member states and interested non-State actors, the commitments were slightly delayed, but an international call for proposals has now been launched. This will allow solid information on the amounts and location of eligible projects to be obtained by February 2005[18]. Intra-ACP allocations and commitments in million € Allocation (*) | Committed 2004 (**) | Share | Forecasts 2005 | Cumul. share | 1. | Social sectors | 342,333 | 230,000 | 67,19% | 105,000 | 97,86% | - health sector | 229,000 | 50,000 | - education sector | 1,000 | 55,000 | - primary education | 20,000 | - higher education and research | 1,000 | 35,000 | 2. | Methodological support and capacity building | 163,900 | 50,000 | 30,51% | 95,150 | 88,56% | - trade and regional integration | 50,000 | 12,350 | - research capacity - sustainable development | 0,000 | 50,700 | - renewable energy | 0,000 | 7,100 | - migration | 0,000 | 25,000 | 3. | Natural resources | 366,840 | 12,340 | 3,36% | 327,835 | 92,73% | - pesticides, epizooties, SPS | 5,000 | 7,500 | - water facility | 3,000 | 247,000 | - multilateral environmental agreements | 3,000 | 30,000 | - fisheries | 0,000 | 31,500 | - feasibility studies and research | 1,340 | 11,835 | 4. | Private sector support + ICT | 138,050 | 61,095 | 44,26% | 76,955 | 100,00% | - private sector support - competitiveness | 60,650 | 3,955 | - agricultural commodities - cotton | 0,000 | 45,000 | - ICT | 0,445 | 28,000 | 5. | Peace building | 285,000 | 275,000 | 96,49% | 10,000 | 100,00% | 6. | Miscellaneous | 100,413 | 48,084 | 47,89% | 47,329 | 95,02% | - ACP secretariat | 21,800 | 9,000 | - technical cooperation facility | 19,000 | 10,000 | - strategic partnership UN | 0,000 | 10,000 | - culture | 0,000 | 7,000 | - other ACP support, training, information activities | 7,284 | 11,329 | 7. | Debt reduction (HIPC) | 460,000 | 460,000 | 100,00% | 0,000 | 100,00% | TOTAL | 1 856,536 | 1 136,519 | 61,22% | 662,269 | 96,89% | (*) Includes €170million approved by the Council and to be endorsed by the ACP before the end of 2004 - COM(2004)208. | (**) Of which €759,2 million was committed in 2003 | 1.2 Disbursements The Commission disbursed €2 427 million in 2003. This amount includes some special operations such as the transfer of €191 million to a special account for Sudan under the Stabex instrument, a further contribution to HIPC of €209 million and the contribution of €170 million to the Global Fund against Aids, Tuberculosis and Malaria, the latter two being funded from the intra-ACP reserves[19]. The EIB disbursed €4 million under the Investment Facility, which brought total disbursements for both institutions to €2 431 million. While the level of disbursements in 2003 is a record for the EDF (14 % higher than the level of expenditure reached in 2001, which had been the highest in the history of the EDF), the forecasts for 2004 and 2005 are even higher, again based on a prudent assessment of the ongoing projects and programmes and new projects in the pipeline[20]. Even when factoring in the impact of some €270 million of payments carried over from 2003 due to treasury constraints, the underlying regular payments are on the increase. By mid-October, payments by the Commission reached €1 812 million (including €117 million paid but not yet validated in the accounting system), 73% of the annual objective and significantly higher than at the same period in 2003 and 2002. In combination with improved contracting, this confirms the structural nature of the improved disbursement performance. As result of the lower-than-expected commitments under the Investment Facility, the payment forecasts for EIB-managed funds also had to be revised downwards, from €168 million in the May 2004 forecasts to €90million. EDF Payments in million € | 2000 | 2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | TOTAL managed by COM | 1 640 | 2 124 | 1 902 | 2 427 | 2 475 | 2 760 | of which | A. Special operations | - STABEX | 82 | 353 | 2 | 191 | - HIPC | 356 | 350 | 180 | 209 | 100 | 200 | - Global Health Fund GFATM | 170 | - Peace Facility | 22 | 61 | - Water Facility | 57 | Subtotal | 439 | 703 | 182 | 570 | 122 | 318 | GRAND TOTAL COM + EIB | 1 640 | 2 124 | 1 902 | 2 431 | 2 565 | 2 995 | (1) 9th EDF instruments managed by the EIB (Investment facility and interest subsidies). 1.3 The RAL (“Reste à Liquider”) The global stock of outstanding (unpaid) commitments has grown considerably from €8 385 million at the start of 2003 to €9 410 million (+12%) at the end of that year. This is due to the very high level of commitments in 2003 following the entry into force of the Cotonou Agreement and the beginning of the new commitment cycle (9th EDF). However, thanks to the high level of disbursements, the coefficient that expresses the number of years necessary to absorb the RAL was reduced from 4.41 (end 2002) to 3.88 (end 2003). This positive trend started in 2000 when, at its worst, the period needed to absorb the RAL was over five years. The lower gross commitment rate in 2004, combined with a normal level of decommitments on older programmes and a further increase in disbursements, will lead to a stabilization or even a slight decrease of the RAL in absolute terms by the end of 2004, and a further decrease in the number of years required to absorb it. Although the higher commitment rate in 2005 may lead to a slight absolute increase of the RAL in 2005, the RAL will be stabilizing at the 2004 level by the end of 2007, with a significant decrease in 2007, compensating for the temporary increase in 2005. Considering the increased disbursement rate, the RAL absorption rate will fall below 3.5 years. 1.4 Financial situation at the end of 2004 The state of implementation of EDF-resources for ACP countries is shown in the table below. Since the entry into force of the Cotonou Agreement, a total amount of €2 607million was transferred from the old EDFs to the 9th EDF[21]. Most of these resources were transferred to national indicative programmes, but in relative terms the intra-ACP co-operation registered the highest increase. With the partial release of some of the conditional billion for the launch of the EU Water Facility, the total amount of funding available under the consolidated 9th EDF to date is €15 367 million[22]. Available EDF resources for the ACP (**) This figure anticipates the reallocation proposal COM(2004)208 approved by Council, for which ACP endorsement is expected in December. | (***) The difference between the transfer from the previous EDFs and the changes to the 9th EDF is interest on non-transferred STABEX funds. | The total amount available for commitments for the last quarter of 2004 and the three following years is, excluding the balances of the conditional billion, €10 512 million net, of which €8 773 million is for grants managed by the Commission, with the balance being managed by the EIB. Taking into consideration the commitments pending and the additional commitments expected with a high probability in the last quarter of 2004, by the end of the year only €9 345 million or, on average, €3 115 million per year will remain uncommitted over the remaining period for committing the 9th EDF. Considering the decommitments on ongoing programmes, which averaged +/- €320-340 million over the last five years[23], the gross level of yearly commitments required to absorb the unallocated balances of the consolidated 9th EDF is approximately €3 445 million, of which indicatively €2 945 million concerning Commission-managed funds and €550 million for EIB-managed funds. In relative terms, most commitments have been made so far in the intra-ACP reserves, reflecting the flexibility of the EDF to respond to new international initiatives. In 2005, the biggest effort is expected for the national indicative programmes as a result of the mid-term-reviews of country strategy papers and from the regional indicative programmes, where 2004 was primarily used in various regions to prepare detailed feasibility studies. The long-term development reserves are primarily earmarked to cover the financial gap in implementation costs in 2006-2007 resulting from devolution[24]; as the prime objective of devolution has been to improve performance in the delivery of Community assistance, the Commission received a mandate from the Council to negotiate a revision of the Cotonou Agreement in order to allow the funding of these additional devolution expenses out of the EDF[25]. ANNEX 2 Forecast of commitments and payments under the 9th EDF Years 2006-2009 Million € |2003* |2004e |2005e |2006f |2007f |2008f |2009f |2003-‘07 | |Commitments on available funds of which - on previous EDFs - decommitments - 9th EDF, net** | 4.127 574 365 3.188 | 3.185 340 2.865 | 4.055 340 3.735 | 3 500 320 3.180 | 2 750 320 2.430 | - | - | 17.617 574 1.685 15.358 | |Payments |2.431 |2.565 |2.995 |3 400 |3 100 |2 900 |2 650 | | |(*): the 2003 commitment figure includes €574 million from previous EDFs, committed before 01 April 2004 (at which moment all balances, €2 608 million to date, have been transferred to the 9th EDF) (**): the difference of 8.7 M€ from the table on available EDF resources under point 1.4 represents not yet allocated accrued interest on non-transferred STABEX funds (e) : estimate, based on a detailed screening of the EDF project pipeline (f) : forecast EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Protocolo financiero adjunto como anexo 1 al Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, instituye en su apartado 2 un 9º FED para los países de África, el Caribe y el Pacífico, por un importe total de 13.500 millones de euros. Tal como se precisa en la Declaración de la Unión Europea relativa al Protocolo financiero – Declaración XVIII del Acta final del Acuerdo de asociación ACP-CE, del importe global de 13.500 millones de euros, solamente estaban disponibles 12.500 millones a la entrada en vigor del Protocolo financiero (1 de abril de 2003). Los 1.000 millones de euros restantes deberán liberarse en función de la evaluación de funcionamiento del FED, evaluando el grado de realización de los compromisos y los desembolsos. Esta evaluación de los resultados deberá iniciarse en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión, de conformidad con la Declaración XVIII aneja al Acuerdo de asociación ACP-CE, y con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo financiero del Acuerdo de asociación ACP-CE. El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» destinado a los países ACP y destinar a este Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, así como liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se fundó en el hecho de que el nivel de los compromisos y desembolsos a finales de 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión Europea, indicaba que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser totalmente comprometidos, y que podía liberarse un primer tramo de los 1.000 millones de euros condicionales basándose en los resultados obtenidos hasta el momento. A la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuado por el Consejo, éste deberá decidir, antes de marzo de 2005, acerca de la movilización de un segundo pago de 250 millones de euros en favor del Fondo para el Agua, así como sobre la afectación a objetivos que se convendrán posteriormente de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la movilización de una segunda asignación de 250 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED, que se destinará al segundo pago en favor del Fondo para el Agua ACP-UE EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 310, leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo segundo, Visto el Acuerdo de asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, Visto el Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a las medidas y los procedimientos necesarios para la aplicación del Acuerdo de asociación ACP-CE[26], Visto el Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo financiero del Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado el 18 de septiembre de 2000 y, en particular, su artículo 2, apartado 2 (Acuerdo interno)[27], Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente: De conformidad con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, así como con la Declaración de la UE relativa al Protocolo financiero, anejo como Declaración XVIII al Acuerdo de asociación ACP-CE, del importe global de 13.500 millones de euros del 9º FED para los países ACP, sólo se habían liberado 12.500 millones de euros en el momento de entrada en vigor del Protocolo financiero el 1 de abril de 2003. De conformidad con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, la liberación de 1.000 millones de euros sólo podrá realizarse tras la evaluación de funcionamiento efectuada por el Consejo en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión. El apartado 7 del Protocolo financiero y la Declaración XVIII precisan que esta evaluación de funcionamiento se basará en la evaluación del grado de realización de los compromisos y de los desembolsos. El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» en favor de los países ACP, destinar a dicho Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno y liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se basó en el hecho de que el nivel de los compromisos y de los desembolsos a finales del año 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión, indicaban que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser comprometidos en su totalidad. De conformidad con el artículo 2, apartados 1 y 2 del Acuerdo interno, la primera asignación de 250 millones de euros fue liberada y distribuida como sigue: 185 millones de euros para la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo, 24 millones de euros para la dotación destinada a la cooperación y la integración regionales, y 41 millones de euros para el Mecanismo de Inversión. Por la misma Decisión, el Consejo acordó que, a la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo antes de finales de 2004, adoptaría una decisión, antes de marzo de 2005, acerca de la movilización de una segunda asignación de 250 millones de euros y de la afectación a objetivos que se convendrán posteriormente de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno. DECIDE: Artículo 1 A la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo, éste acuerda movilizar una segunda asignación de 250 millones de euros para el Fondo para el Agua en favor de los países ACP. Artículo 2 Esta segunda asignación de 250 millones de euros se liberará y distribuirá como sigue: 185 millones de euros para la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo contemplada en el artículo 2, apartado 1, letra a) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra a) del Protocolo financiero; 24 millones de euros para la dotación destinada a la cooperación y la integración regionales contemplada en el artículo 2, apartado 1, letra b) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra b) del Protocolo financiero; 41 millones de euros para el Mecanismo de Inversión, contemplado en el artículo 2, apartado 1, letra c) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra c) del Protocolo financiero. Artículo 3 La presente Decisión se comunicará al Consejo de Ministros ACP. Artículo 4 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Hecho en Bruselas, Por el Consejo El Presidente EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Protocolo financiero adjunto como anexo 1 al Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, instituye en su apartado 2 un 9º FED para los países de África, el Caribe y el Pacífico, por un importe total de 13.500 millones de euros. Tal como se precisa en la Declaración de la Unión Europea relativa al Protocolo financiero - Declaración XVIII del Acta final del Acuerdo de asociación ACP-CE, del importe global de 13.500 millones de euros, solamente estaban disponibles 12.500 millones a la entrada en vigor del Protocolo financiero (1 de abril de 2003). Los 1.000 millones de euros restantes deberán liberarse en función de la evaluación de funcionamiento del FED, evaluando el grado de realización de los compromisos y los desembolsos. Esta evaluación de funcionamiento deberá iniciarse en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión, de conformidad con la Declaración XVIII aneja al Acuerdo de asociación ACP-CE y con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo financiero del Acuerdo de asociación ACP-CE. El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» destinado a los países ACP y destinar a este Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, así como liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se fundó en el hecho de que el nivel de los compromisos y desembolsos a finales de 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión Europea, indicaba que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser totalmente comprometidos, y que podía liberarse un primer tramo de los 1.000 millones de euros condicionales basándose en los resultados obtenidos hasta el momento. A la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo, éste deberá decidir, antes de marzo de 2005, la movilización de un segundo pago de 250 millones de euros destinados al Fondo para el Agua, así como la afectación a objetivos que se convendrán posteriormente de los 500 millones de euros restantes del importe condicional de 1.000 millones de euros contemplado en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno. En 2003 el Consejo Mixto ACP-UE aprobó la adhesión de Timor Oriental al Acuerdo de asociación ACP-CE. Si bien las necesidades iniciales de desarrollo de Timor Oriental estaban cubiertas por el presupuesto de la CE, no se prevén nuevas financiaciones con posterioridad a 2005, cuando se espera que Timor Oriental ratifique el Acuerdo de Cotonú, ya que ello sería incompatible con el Reglamento ALA existente, que no autoriza la financiación ALA a favor de países miembros del Grupo ACP. En consecuencia, la Comisión, basándose en el artículo 62, apartado 2, y en el artículo 94, apartado 1 del Acuerdo de Cotonú, propuso volver a alimentar el 9º FED con un importe de 18 millones de euros, que corresponde al importe prorrateado que habría sido destinado a Timor Oriental en caso de haberse aplicado los criterios normales de asignación de la ayuda para el 9º FED. En la discusión en el Grupo ACP en el Consejo de Ministros no hubo unanimidad entre los Estados miembros para esta propuesta, y el Consejo «expresó su deseo de considerar positivamente la utilización de los 1.000 millones de euros condicionales para atender a las necesidades de Timor Oriental, considerando que en el momento actual no se dispone de fondos que carezcan de destino con cargo al 9º FED»[28]. Por lo tanto, se propone que se liberen 18 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED y que se destine la dotación para el desarrollo a largo plazo a cubrir la financiación del Programa Indicativo Nacional de Timor Oriental para el período 2006-2007. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la liberación y utilización de 18 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED, que se utilizarán para cubrir la financiación del Programa Indicativo Nacional de Timor Oriental durante el período 2006-2007 EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 310, leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo segundo, Visto el Acuerdo de asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, Visto el artículo 1 del Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a las medidas y los procedimientos necesarios para la aplicación del Acuerdo de asociación ACP-CE, Visto el Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo financiero del Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado el 18 de septiembre de 2000 y, en particular, su artículo 2, apartado 2 y su artículo 1, apartado 5, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente: (1) De conformidad con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, así como con la Declaración de la UE relativa al Protocolo financiero, aneja como Declaración XVIII al Acuerdo de asociación ACP-CE, del importe global de 13.500 millones de euros del 9º FED para los países ACP sólo se habían liberado 12.500 millones de euros en el momento de entrada en vigor del Protocolo financiero el 1 de abril de 2003. (2) De conformidad con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, la liberación de 1.000 millones de euros sólo podrá realizarse tras la evaluación de funcionamiento efectuada por el Consejo en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión. El apartado 7 del Protocolo financiero y la Declaración XVIII precisan que esta evaluación de funcionamiento se basará en la evaluación del grado de realización de los compromisos y de los desembolsos. (3) El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» en favor de los países ACP, destinar a dicho Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno y liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se basó en el hecho de que el nivel de los compromisos y de los desembolsos a finales del año 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión, indicaban que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser comprometidos en su totalidad. (4) Por la misma Decisión, el Consejo acordó que, a la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evolución de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo antes de finales de 2004, adoptaría una decisión, antes de marzo de 2005, acerca de la movilización de una segunda asignación de 250 millones de euros y de la afectación a objetivos que se convendrán posteriormente de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno. (5) Mediante la Decisión nº 1/2003 del Consejo de Ministros ACP-CE de 16 de mayo de 2003, Timor Oriental se convirtió en signatario del Acuerdo de asociación ACP-CE. Esta Decisión estipulaba que Timor Oriental no tendría acceso inmediato a los recursos del 9º Fondo Europeo de Desarrollo (FED), sino que tan sólo se beneficiaría, como una disposición especial temporal, de los fondos destinados a la cooperación regional. La Decisión no tuvo en cuenta el hecho de que, tras la ratificación del Acuerdo de Cotonú, Timor Oriental ya no tendrá acceso a la asistencia al desarrollo que ha sido suministrada hasta ahora por el Reglamento 443/92 del Consejo (el Reglamento ALA). Si bien las necesidades de desarrollo serán atendidas por los fondos ALA hasta 2005, una nueva financiación con cargo a los fondos ALA no será posible una vez Timor Oriental haya ratificado el Acuerdo de asociación ACP-CE en el curso de 2005. (6) Basándose en el artículo 62, apartado 2 y en el artículo 94, apartado 1 del Acuerdo de asociación ACP-CE, la Comisión propuso[29] alimentar el 9º Fondo Europeo de Desarrollo con un importe de 18 millones de euros, que corresponde al importe prorrateado que habría sido destinado a Timor Oriental de haberse aplicado los criterios normales de asignación de la ayuda para el 9º FED. (7) En la discusión del Consejo de Ministros parece que no hubo unanimidad entre los Estados miembros por lo que respecta a esta propuesta, y el Consejo «expresó su deseo de considerar positivamente la utilización de los 1.000 millones de euros condicionales para atender a las necesidades de Timor Oriental, considerando que en el momento actual no se dispone de fondos que carezcan de destino con cargo al 9º FED»[30]. (8) En consecuencia, se propone que se liberen 18 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED y que se destine la dotación para el desarrollo a largo plazo a cubrir la financiación del Programa Indicativo Nacional de Timor Oriental para el período 2006-2007. DECIDE: Artículo 1 A la luz del resultado de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED realizada por el Consejo, el Consejo acepta liberar 18 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED para cubrir la financiación del Programa Indicativo Nacional de Timor Oriental para el período 2006-2007. Artículo 2 La asignación de 18 millones de euros se liberará y destinará a la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo contemplada en el artículo 2, apartado 1, letra a) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra a) del Protocolo financiero; Artículo 3 La presente Decisión se comunicará al Consejo de Ministros ACP. Artículo 4 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Hecho en Bruselas, […] Por el Consejo El Presidente EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Protocolo financiero adjunto como anexo 1 al Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, dispone en su apartado 2 que la asistencia financiera de la Comunidad con cargo al 9º FED para los países de África, el Caribe y el Pacífico alcanzará un importe total de 13.500 millones de euros. Tal como se precisa en la Declaración de la Unión Europea relativa al Protocolo financiero - Declaración XVIII del Acta final del Acuerdo de asociación ACP-CE, del importe global de 13.500 millones de euros, solamente estaban disponibles 12.500 millones a la entrada en vigor del Protocolo financiero (1 de abril de 2003). Los 1.000 millones de euros restantes deberán liberarse en función de la evaluación de funcionamiento del FED, evaluando el grado de realización de los compromisos y los desembolsos. Esta evaluación de los resultados deberá iniciarse en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión, de conformidad con la Declaración XVIII aneja al Acuerdo de asociación ACP-CE y con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo financiero del Acuerdo de asociación ACP-CE. El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» destinado a los países ACP y destinar a este Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, así como liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se fundó en el hecho de que el nivel de los compromisos y desembolsos a finales de 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión Europea, indicaba que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser totalmente comprometidos y que podía liberarse un primer tramo de los 1.000 millones de euros condicionales basándose en los resultados obtenidos hasta el momento. A la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y del evaluación de funcionamiento del FED efectuado por el Consejo, éste deberá decidir, antes de marzo de 2005, la movilización de un segundo pago de 250 millones de euros destinados al Fondo para el Agua, así como la afectación a objetivos que se convendrán posteriormente de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno. En lo que respecta a los 482 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales, la selección de las propuestas se efectuó sobre la base de las obligaciones resultantes del Acuerdo de asociación ACP-CE y de los compromisos conjuntos no cumplidos hasta el momento en la escena internacional, teniendo en cuenta los principios de urgencia y de pobreza, de concentración de la ayuda y de capacidad de absorción. Por lo tanto, se propone que se liberen los 482 millones de euros y se asignen con arreglo a las obligaciones derivadas del Acuerdo de asociación ACP-CE y para contribuir a las iniciativas y compromisos internacionales. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la liberación y utilización de los 482 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la cooperación con los países de África, el Caribe y el Pacífico EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 310, leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo segundo, Visto el Acuerdo de asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, Visto el el artículo 1 del Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a las medidas y los procedimientos necesarios para la aplicación del Acuerdo de asociación ACP-CE, Visto el Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo financiero del Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado el 18 de septiembre de 2000 y, en particular, su artículo 2, apartado 2 (Acuerdo interno), Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente: (1) De conformidad con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, así como con la Declaración de la UE relativa al Protocolo financiero, aneja como Declaración XVIII al Acuerdo de asociación ACP-CE, del importe global de 13.500 millones de euros del 9º FED para los países ACP, sólo se habían liberado 12.500 millones de euros en el momento de entrada en vigor del Protocolo financiero el 1 de abril de 2003. (2) De conformidad con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, la liberación de 1.000 millones de euros sólo podrá realizarse tras la evaluación de funcionamiento efectuada por el Consejo en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión. El apartado 7 del Protocolo financiero y la Declaración XVIII precisan que esta evaluación de funcionamiento se basará en la evaluación del grado de realización de los compromisos y de los desembolsos. (3) El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» en favor de los países ACP, destinar a dicho Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno y liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se basó en el hecho de que el nivel de los compromisos y de los desembolsos a finales de 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión, indicaban que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser comprometidos en su totalidad. (4) Por la misma Decisión, el Consejo acordó que, a la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo antes de finales de 2004, adoptaría una decisión, antes de marzo de 2005, acerca de la movilización de una segunda asignación de 250 millones de euros y de la afectación a objetivos que se convendrán posteriormente de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno. (5) El 9º FED, incluidos los saldos transferidos de anteriores FED, quedará enteramente comprometido al final de 2007, sin que la Comunidad pueda cumplir plenamente sus compromisos internacionales y responda a nuevas iniciativas internacionales. (6) Se ha efectuado una selección de las propuestas para el importe total de 482 millones de euros sobre la base de las obligaciones resultantes del Acuerdo de asociación ACP-CE y de los compromisos conjuntos no cumplidos hasta el momento en la escena internacional, teniendo en cuenta los principios de urgencia y de pobreza, de concentración de la ayuda y de capacidad de absorción. (7) Con arreglo a las actuales modalidades de ejecución del Centro de Desarrollo Empresarial (CDE) y el Centro de Desarrollo Agrícola (CTA), las actuales necesidades presupuestarias se calculan en, respectivamente, 18 millones de euros y 14 millones de euros. En consecuencia, se propone destinar 64 millones de euros de la dotación para el desarrollo a largo plazo liberados de los 1.000 millones de euros condicionales en recursos para cubrir el funcionamiento del CDE y el CTA durante el período 2006-2007, de conformidad con los anexos I y III del Acuerdo de asociación ACP-CE. (8) La Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo COM (2004) 711 de 28 de octubre de 2004 sobre el futuro desarrollo de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía y las modalidades para la creación de un Fondo para la Energía para los países ACP propuso movilizar 250 millones de euros para esta iniciativa. En sus conclusiones, la Comunicación sugiere que esta nueva iniciativa sea financiada con los saldos restantes de los 1.000 millones de euros condicionales. Considerando las grandes expectativas producidas por el lanzamiento de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, la decisiva contribución de la energía a la consecución de los ODM y la crítica importancia para los pobres del acceso a servicios de energía rentables y respetuosos del medio ambiente, se sugiere en consecuencia que el Fondo ACP/UE propuesto sea financiado con un importe indicativo de 250 millones de euros de los saldos condicionales y que la totalidad de este importe sea transferida a la dotación intra-ACP a este efecto. (9) El Consejo adoptó en abril de 2004 un Plan de Acción comunitario preparado por la Comisión, que incluye una propuesta para facilitar el acceso de los productores a los seguros de riesgo comunitario y la financiación de los intercambios comerciales.[31] El propósito de la contribución de la Comisión a esta iniciativa es complementar la asistencia técnica del Banco Mundial en este ámbito para la creación de un mecanismo internacional de financiación que ayude a los pasíses ACP a acceder a los instrumentos de mercado para la gestión del riesgo ligado a los productos básicos mediante la cofinanciación temporal de sus primas. Ello contribuirá a reducir la vulnerabilidad de los países ACP beneficiarios de cara a las conmociones que afectan a los productos básicos y al desarrollo de instrumentos para el riesgo ligado a los productos básicos que sean adoptados posteriormente. Se propone destinar un importe indicativo de hasta 25 millones de euros para el saldo restante de los 1.000 millones de euros condicionales para contribuir al mecanismo internacional de financiación de la gestión del riesgo ligado a los productos básicos, de acuerdo con el artículo 68.5 del Acuerdo de asociación ACP-CE, y transferir el importe total a la dotación intra-ACVP a este efecto. (10) El Reglamento (CE) n° 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales[32], que entrará en vigor en 2006, exige de los terceros países que suministren información detallada sobre la estructura general y la gestión de sus sistemas de control sanitario y fitosanitario de piensos y alimentos, y suministren suficientes garantías de que los productos destinados al mercado de la Unión Europea cumplen las normas de la Unión Europea. Para mantener su acceso a los mercadosde la Unión Europea y cumplir esta nueva normativa, los países ACP tendrán que efectuar grandes inversiones. El artículo 12 del Acuerdo de asociación ACP-CE sobre la coherencia de las políticas de la Comunidad prevé que, en tales casos y a propuesta de los países ACP, se celebren consultas para que se puedan tener en cuenta sus preocupaciones ante el impacto de estas medidas. En consecuencia, se propone que se destine un importe indicativo de 30 millones de euros del saldo restante de los 1.000 millones de euros condicionales para contribuir a la fase incicial de un programa de desarrollo de la capacidad que ayude a los países ACP a adaptarse a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias comunitarias y transferir la totalidad del importe a la dotación intra-ACP a este efecto. (11) Considerando la creciente importancia de la Unión Africana (UA) para el mantenimiento de la paz y la prevención de conflictos, así como para el fomento de la integración regional y la buena gobernanza, y la favorable acogida por el Consejo de la Comunicación sobre el fomento del diálogo UE-África[33], parece apropiado avanzar hacia un mayor apoyo estratégico a las instituciones de la UA y reservar un importe adicional para un programa de apoyo panafricano en el marco de la «Visión y misión de la Unión Africana y Plan estratégico para 2004-2007» adoptado por la cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de Addis Abeba en julio de 2004. Para contribuir a un programa de apoyo panafricano, se propone destinar un importe indicativo de hasta 50 millones de euros del saldo restante de los 1.000 millones de euros condicionales, y transferir el importe a la dotación intra-ACP a este efecto. (12) La Iniciativa «Educación para Todos» (FTI) es una colaboración global, iniciada a mediados de 2002, para ayudar a los países de renta baja a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio relativos a la enseñanza, y suministrar a todos los niños una enseñanza primaria completa para 2015. Es uno de los primeros instrumentos que hacen operativo el consenso de Monterrey sobre colaboraciones efectivas entre donantes y países en desarrollo para aumentar la eficacia de la asistencia oficial al desarrollo. La FTI se basa fundamentalmente en los mecanismos de financiación existentes en los países socios. Al resultar imposible suministrar apoyo a la FTI de forma sistemática a lo largo del ejercicio de evaluación intermedia de 2004, se propone contribuir con un importe indicativo de 63 millones de euros a la FTI a partir de los saldos restantes de los 1.000 millones de euros condicionales, y transferir el importe a la dotación intra-ACP a este efecto. DECIDE: Artículo 1 A la luz del resultado de las evaluaciones intermedias de las estrategias por países y de la evaluación de funcionamiento del FED realizada por el Consejo, el Consejo acepta liberar y utilizar 482 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED para la cooperación con los países de África, el Caribe y el Pacífico. Artículo 2 Esta asignación de 482 millones de euros se liberará y distribuirá como sigue: 1. 352 millones de euros para la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo contemplada en el artículo 2, apartado 1, letra a) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra a) del Protocolo financiero; 2. 48 millones de euros para la dotación de apoyo a la cooperación y la integración regionales contemplada en el artículo 2, apartado 1, letra b) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra b) del Protocolo financiero; 3. 82 millones de euros para el Mecanismo de Inversión, contemplado en el artículo 2, apartado 1, letra c) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra c) del Protocolo financiero. Artículo 3 Asimismo, 64 millones de euros procedentes de la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo, contemplada en el artículo 2, apartado 1, incisos ii) y iii) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra a), incisos i) y ii) del Protocolo financiero, se asignarán a la financiación del Centro para el Desarrollo de la Empresa (CDE) y del Centro Técnico para el Desarrollo de la Agricultura y la Cooperación Rural (CTA). Artículo 4 Los restantes 418 millones de euros contribuirán a la financiación de las siguientes acciones: Hasta 250 millones de euros al Fondo de la Unión Europea para la Energía; Hasta 25 millones de euros para contribuir al Mecanismo internacional de financiación de la gestión del riesgo vinculado a los productos básicos en favor de los países ACP; Un importe indicativo de 30 millones de euros para ayudar a los países ACP a adaptarse a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la Unión Europea; Hasta 50 millones de euros para ayudar a la Unión Africana en la ejecución de su mandato panafricano; Un importe indicativo de 63 millones de euros para contribuir a la Iniciativa «Educación para Todos». Artículo 5 La presente Decisión se comunicará al Consejo de Ministros ACP. Artículo 6 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Hecho en Bruselas, […] Por el Consejo El Presidente EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Protocolo financiero adjunto como anexo 1 al Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, instituye en su apartado 2 un 9º FED para los países de África, el Caribe y el Pacífico por un importe total de 13.500 millones de euros. Tal como se precisa en la Declaración de la Unión Europea relativa al Protocolo financiero —Declaración XVIII del Acta final del Acuerdo de asociación ACP-CE— del importe global de 13.500 millones de euros, solamente estaban disponibles 12.500 millones en el momento de entrada en vigor del Protocolo financiero (1 de abril de 2003). De conformidad con el Acuerdo interno, los 1.000 millones de euros restantes deberán liberarse y distribuirse entre las dotaciones para el desarrollo a largo plazo, la cooperación y la integración regionales y el Mecanismo de Inversión sobre la base de la evaluación de funcionamiento del FED, evaluando el grado de realización de los compromisos y los desembolsos. Esta evaluación de funcionamiento deberá iniciarse en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión, de conformidad con la Declaración XVIII aneja al Acuerdo de asociación ACP-CE y con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo financiero del Acuerdo de asociación ACP-CE. El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» destinado a los países ACP y destinar a este Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, así como liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se fundó en el hecho de que el nivel de los compromisos y desembolsos a finales de 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión Europea, indicaba que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser totalmente comprometidos y que podía liberarse un primer tramo de los 1.000 millones de euros condicionales basándose en los resultados obtenidos hasta el momento. A la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo, éste deberá decidir, antes de marzo de 2005, la movilización de un segundo pago de 250 millones de euros destinados al Fondo para el Agua, así como la afectación a objetivos que se convendrán posteriormente de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno. En lo que respecta a 482 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales, la selección de las propuestas se efectuó sobre la base de las obligaciones resultantes del Acuerdo de asociación ACP-CE y de los compromisos conjuntos no cumplidos hasta el momento en la escena internacional, teniendo en cuenta los principios de urgencia y de pobreza, de concentración de la ayuda y de capacidad de absorción. En este contexto, la Comisión propone que el Consejo apruebe la Decisión adjunta relativa a la posición que deberá adoptar la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP-CE en relación con la transferencia de 288 millones de euros de la reserva de la dotación del 9º FED destinada al desarrollo a largo plazo y de 82 millones de euros del Mecanismo de Inversión del 9º FED hacia la asignación destinada a la cooperación intra-ACP que se utilizará para la financiación de estas iniciativas. Junto con el aumento de 48 millones de euros de la asignación para la cooperación e integración regionales, se alcanzará un importe total de 418 millones de euros. Asimismo, 64 millones de euros procedentes de la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo, contemplada en el artículo 2, apartado 1, incisos ii) y iii) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra a), incisos i) y ii) del Protocolo financiero, se asignarán a la financiación del Centro para el Desarrollo de la Empresa (CDE) y del Centro Técnico para el Desarrollo de la Agricultura y la Cooperación Rural (CTA). Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la utilización de la reserva de la dotación destinada al desarrollo a largo plazo y de recursos del Mecanismo de Inversión del 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la financiación de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, las contribuciones a la Iniciativa internacional sobre la gestión de los riesgos relativos a los precios de los productos básicos, la adaptación a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE, el fortalecimiento de la Unión Africana y la contribución a la Iniciativa de financiación de modalidad acelerada «Educación para Todos» EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 310, leído en relación con su artículo 300, apartado, 2 párrafo segundo, Vista la propuesta de la Comisión[34], Considerando lo siguiente: (1) De conformidad con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, podrá liberarse un importe de 1.000 millones de euros y distribuirse entre las dotaciones para el desarrollo a largo plazo, la cooperación e integración regionales y el Mecanismo de Inversión, tras la evaluación de funcionamiento emprendida por el Consejo en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión. El apartado 7 del Protocolo financiero y la Declaración XVIII precisan que esta evaluación de funcionamiento se basará en la evaluación del grado de realización de los compromisos y de los desembolsos. (2) El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» en favor de los países ACP, destinar a dicho Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno y liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se basó en el hecho de que el nivel de los compromisos y de los desembolsos a finales de 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión, indicaban que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser comprometidos en su totalidad. (3) Por la misma Decisión, el Consejo acordó que, a la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo antes de finales de 2004, adoptaría una decisión, antes de marzo de 2005, acerca de la movilización de una segunda asignación de 250 millones de euros en favor del Fondo para el Agua ACP-UE, así como sobre la utilización de los 500 millones restantes para fines que se acordarán posteriormente. (4) Se ha efectuado una selección de las propuestas para el importe total de 482 millones de euros sobre la base de las obligaciones resultantes del Acuerdo de asociación ACP-CE y de los compromisos conjuntos no cumplidos hasta el momento en la escena internacional, teniendo en cuenta los principios de urgencia y de pobreza, de concentración de la ayuda y de capacidad de absorción. (5) De esta suma, 64 millones de euros procedentes de la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo se asignarán a la financiación del presupuesto del Centro de Desarrollo de la Empresa (CDE) y del Centro Técnico para el Desarrollo de la Agricultura y la Cooperación Rural (CTA), contemplados en el artículo 2, apartado 1, letra a), incisos ii) y iii) del Acuerdo interno, así como en el apartado 3, letra a), incisos i) y ii) del Protocolo financiero. El saldo de 418 millones de euros se destinará a la financiación intra-ACP de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, a una Iniciativa internacional sobre la gestión de los riesgos relativos a los precios de los productos básicos, a la adaptación de los países ACP a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE, al fortalecimiento de la Unión Africana y a la Iniciativa de financiación de modalidad acelerada «Educación para Todos». (6) El artículo 15 del Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2002, instituye un Consejo de Ministros ACP-CE con la facultad de adoptar decisiones en virtud del Acuerdo; y el apartado 8 del anexo I del mismo le autoriza a adoptar las medidas apropiadas en caso de agotamiento de los fondos previstos en virtud de alguno de los instrumentos del Acuerdo. (7) Los fondos de la dotación del 9º FED destinada a la cooperación y la integración regionales se han agotado. Por consiguiente, deberá definirse la posición de la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP-CE con vistas a que adopte una decisión sobre la contribución de la Comunidad para la financiación de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, de una Iniciativa internacional sobre la gestión de los riesgos relativos a los precios de los productos básicos, la adaptación de los países ACP a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE, el fortalecimiento de la Unión Africana y la Iniciativa de financiación de modalidad acelerada «Educación para Todos»; con cargo a la reserva de la dotación destinada al desarrollo a largo plazo y al Mecanismo de Inversión del 9º FED. DECIDE: Artículo único La Comunidad adoptará la siguiente posición en el Consejo de Ministros ACP-CE en relación con la utilización de la reserva de la dotación destinada al desarrollo a largo plazo del 9º FED y de recursos del Mecanismo de Inversión para la financiación de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, la Iniciativa internacional sobre la gestión de los riesgos relativos a los precios de los productos básicos, la adaptación a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE, el fortalecimiento de la Unión Africana y la Iniciativa de financiación acelerada «Educación para Todos», sobre la base del proyecto de Decisión del Consejo de Ministros ACP-CE adjunto. Hecho en Bruselas, Por el Consejo El Presidente PROYECTO DECISIÓN DEL CONSEJO DE MINISTROS ACP-CE relativa a la utilización de la reserva de la dotación destinada al desarrollo a largo plazo y de recursos del Mecanismo de Inversión del 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la financiación de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, las contribuciones a la Iniciativa internacional sobre la gestión de los riesgos relativos a los precios de los productos básicos, la adaptación a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE, el fortalecimiento de la Unión Africana y la contribución a la Iniciativa de financiación de modalidad acelerada «Educación para Todos». EL CONSEJO DE MINISTROS ACP-CE, Visto el Acuerdo de asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, y, en particular, el apartado 8 de su anexo I, Considerando lo siguiente: (1) En su sesión nº 2527, de 22 de marzo de 2004, el Consejo de Ministros de la UE acordó la creación de un Fondo para el Agua en favor de los países ACP y destinar a dicho Fondo 500 millones de euros procedentes de los 1.000 millones de euros condicionales con arreglo al 9º FED. Asimismo, se convino liberar inmediatamente una primera asignación de 250 millones de euros de los 1.000 millones condicionales y decidir, antes de marzo de 2005, la movilización de un segundo pago de 250 millones de euros y la afectación de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones condicionales a fines que ser acordarán a la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo antes de finales de 2004. (2) Con el fin de apoyar la financiación de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, la Iniciativa internacional sobre la gestión de los riesgos relativos a los precios de los productos básicos, la adaptación a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE, el fortalecimiento de la Unión Africana y la Iniciativa de financiación de modalidad acelerada «Educación para Todos», procede asignar a la cooperación intra-ACP un total de 418 millones de euros, procedentes de los recursos liberados por el Consejo de Ministros de la UE. No obstante, la dotación destinada a la cooperación y la integración regionales a que hace referencia el apartado 3, letra b) del anexo I del Acuerdo de asociación ACP-CE ya se ha agotado. Por consiguiente, los recursos necesarios deberán transferirse de recursos no asignados de la dotación del 9º FED destinada al desarrollo a largo plazo y del Mecanismo de Inversión, a que hacen referencia el apartado 3, letras b) y c) del Protocolo financiero. (3) El artículo 15 del Acuerdo de asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 instituye un Consejo de Ministros ACP-CE competente para adoptar decisiones en virtud del Acuerdo. DECIDE: Artículo 1 Un importe de 370 millones de euros, compuesto de 288 millones de euros de la reserva de la dotación del 9º FED destinada al desarrollo a largo plazo y de 82 millones de euros procedentes del Mecanismo de Inversión del 9º FED se transferirá a la asignación intra-CP en virtud de la dotación destinada a la cooperación y a la integración regionales y se utilizará para la creación de un Fondo para el Agua ACP-UE. Con los 48 millones de euros ya disponibles en virtud de la cooperación intra-ACP, podrá disponerse de un importe total de 418 millones de euros para la financiación de la Iniciativa de la Unión Europea sobre la Energía, para las contribuciones a la Iniciativa internacional sobre la gestión de los riesgos relativos a los precios de los productos básicos, la adaptación a las nuevas normas sanitarias y fitosanitarias de la UE, el fortalecimiento de la Unión Africana y la contribución a la Iniciativa de financiación de modalidad acelerada «Educación para Todos». Artículo 2 De conformidad con el artículo 13, apartado 2 del anexo IV del Acuerdo de asociación ACP-CE, el Consejo de Ministros invita a la Comisión a financiar en virtud de la cooperación intra-ACP el apoyo a los programas y los importes indicativos contemplados en el artículo 1. Hecho en Bruselas, Por el Consejo de Ministros ACP-UE El Presidente EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Protocolo financiero adjunto como anexo 1 al Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, instituye en su apartado 2 un 9º FED para los países de África, el Caribe y el Pacífico por un importe total de 13.500 millones de euros. Tal como se precisa en la Declaración de la Unión Europea relativa al Protocolo financiero – Declaración XVIII del Acta final del Acuerdo de asociación ACP-CE– del importe global de 13.500 millones de euros, solamente estaban disponibles 12.500 millones en el momento de entrada en vigor del Protocolo financiero (1 de abril de 2003). De conformidad con el Acuerdo interno, los 1.000 millones de euros restantes deberán liberarse y distribuirse entre las dotaciones para el desarrollo a largo plazo, la cooperación y la integración regionales y el Mecanismo de Inversión sobre la base del evaluación de funcionamiento del FED, evaluando el grado de realización de los compromisos y los desembolsos. Esta evaluación de funcionamiento deberá iniciarse en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión, de conformidad con la Declaración XVIII aneja al Acuerdo de asociación ACP-CE y con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo financiero del Acuerdo de asociación ACP-CE. El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» destinado a los países ACP y destinar a este Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, así como liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se fundó en el hecho de que el nivel de los compromisos y desembolsos a finales de 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión Europea, indicaba que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser totalmente comprometidos, y que podía liberarse un primer tramo de los 1.000 millones de euros condicionales basándose en los resultados obtenidos hasta el momento. A la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuado por el Consejo, éste deberá decidir, antes de marzo de 2005, la movilización de un segundo pago de 250 millones de euros destinados al Fondo para el Agua, así como la afectación a objetivos que se convendrán posteriormente de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno. En este contexto, la Comisión propone que el Consejo adopte la Decisión adjunta relativa a la posición que deberá adoptar la Comunidad en el seno del Consejo de Ministros ACP-CE en lo que respecta a la transferencia de 185 millones de euros de la reserva (recursos no asignados) de la dotación del 9º FED destinada al desarrollo a largo plazo y de 41 millones de euros del Mecanismo de Inversión del 9º FED hacia la asignación destinada a la cooperación intra-ACP para financiar la segunda asignación en favor del Fondo para el Agua ACP-UE. Con dicho aumento de 24 millones de euros de la asignación intra-ACP, el importe total de la segunda asignación del Fondo para el Agua se elevará a 250 millones de euros. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la posición que deberá adoptar la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP-CE en relación con una decisión sobre la utilización de la dotación para el desarrollo a largo plazo y de recursos procedentes del Mecanismo de Inversión del 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la segunda asignación del Fondo para el Agua ACP-UE EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 310, leído en relación con su artículo 300, apartado 2, párrafo segundo, Vista la propuesta de la Comisión[35], Considerando lo siguiente: (1) De conformidad con el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno, podrá liberarse un importe de 1.000 millones de euros y distribuirse entre las dotaciones para el desarrollo a largo plazo, la cooperación e integración regionales y el Mecanismo de Inversión, tras la evaluación de funcionamiento emprendida por el Consejo en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión. El apartado 7 del Protocolo financiero y la Declaración XVIII precisan que esta evaluación de funcionamiento se basará en la evaluación del grado de realización de los compromisos y de los desembolsos. (2) El 22 de marzo de 2004, el Consejo acordó crear un «Fondo para el Agua» destinado a los países ACP, destinar a dicho Fondo un importe de 500 millones de euros de los 1.000 millones de euros condicionales contemplados en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo interno y liberar una primera asignación de 250 millones de euros. Esta decisión se basó en el hecho de que el nivel de los compromisos y de los desembolsos a finales del año 2003, en relación con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión, indicaban que los recursos del 9º FED destinados a los países ACP podían ser comprometidos en su totalidad. (3) De conformidad con el artículo 2, apartados 1 y 2 del Acuerdo interno, la primera asignación de 250 millones de euros fue liberada y distribuida como sigue: 185 millones de euros para la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo; 24 millones de euros para la dotación destinada a la cooperación y la integración regionales y 41 millones de euros para el Mecanismo de Inversión. (4) Por la misma decisión, el Consejo acordó que, a la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo antes de finales de 2004, adoptaría un decisión, antes de marzo de 2005, acerca de la movilización de una segunda asignación de 250 millones de euros en favor del Fondo para el Agua ACP-UE. (5) El artículo 15 del Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2002, instituye un Consejo de Ministros ACP-CE con la facultad de adoptar decisiones en virtud del Acuerdo; y el apartado 8 del anexo I del mismo le autoriza a adoptar las medidas apropiadas en caso de agotamiento de los fondos previstos en virtud de alguno de los instrumentos del Acuerdo. (6) Los fondos de la dotación del 9º FED destinada a la cooperación y la integración regionales se han agotado. Por consiguiente, deberá definirse la posición de la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP-CE con vistas a que adopte una decisión sobre la contribución de la Comunidad a la creación de un Fondo para el Agua ACP-UE, con cargo a la reserva de la dotación destinada al desarrollo a largo plazo y al Mecanismo de Inversión del 9º FED. DECIDE: Artículo Único La Comunidad se propone adoptar, en el Consejo de Ministros ACP-CE, la posición siguiente sobre la utilización de la reserva de la dotación para el desarrollo a largo plazo del 9º FED y de recursos procedentes del Mecanismo de Inversión para la segunda asignación del Fondo para el Agua ACP-UE, sobre la base del proyecto de Decisión del Consejo de Ministros ACP-CE adjunto. Hecho en Bruselas, Por el Consejo El Presidente PROYECTO DECISIÓN DEL CONSEJO DE MINISTROS ACP-CE relativa a la utilización de la reserva de la dotación de apoyo al desarrollo a largo plazo y de recursos procedentes del Mecanismo de Inversión del 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la segunda asignación del Fondo para el Agua ACP-CE EL CONSEJO DE MINISTROS ACP-CE, Visto el Acuerdo de asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, y, en particular, el apartado 8 de su anexo I, Considerando lo siguiente: (1) En su sesión nº 2527, de 22 de marzo de 2004, el Consejo de Ministros de la UE acordó crear un Fondo para el Agua en favor de los países ACP y destinar a dicho Fondo 500 millones de euros procedentes de los 1.000 millones de euros condicionales con cargo al 9º FED. Asimismo, se convino liberar inmediatamente una primera asignación de 250 millones de euros de los 1.000 millones condicionales y decidir, antes de marzo de 2005, la movilización de un segundo pago de 250 millones de euros y la afectación de los 500 millones de euros restantes de los 1.000 millones condicionales, a la luz de los resultados de las evaluaciones intermedias de las estrategias por país y de la evaluación de funcionamiento del FED efectuada por el Consejo antes de finales de 2004. Esta segunda asignación de 250 millones de euros se distribuirá entre las dotaciones contempladas en el apartado 3 del Protocolo financiero del 9º FED de la siguiente manera: 185 millones de euros para el apoyo al desarrollo a largo plazo, 24 millones de euros para la cooperación y la integración regionales y 41 millones de euros para el Mecanismo de Inversión. (2) Con el fin de apoyar la aplicación de la Iniciativa de la UE para el Agua en favor de los países ACP, procede asignar a la cooperación intra-ACP un total de 250 millones de euros, procedentes de los recursos liberados por el Consejo de Ministros de la UE. No obstante, la dotación destinada a la cooperación y la integración regionales a que hace referencia el apartado 3, letra b) del anexo I del Acuerdo de asociación ACP-CE ya se ha agotado. Por consiguiente, los recursos necesarios deberán transferirse de los recursos no asignados de la dotación del 9º FED destinada al desarrollo a largo plazo y del Mecanismo de Inversión, a que hace referencia el apartado 3, letras b) y c) del Protocolo financiero. (3) El artículo 15 del Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, instituye un Consejo de Ministros ACP-CE con la facultad de adoptar decisiones en virtud del Acuerdo. DECIDE: Artículo 1 Se transferirá un importe de 226 millones de euros, compuesto por 185 millones de euros de la reserva de la dotación del 9º FED destinada al desarrollo a largo plazo y de 41 millones de euros procedentes del Mecanismo de Inversión del 9º FED, a la asignación intra-ACP en virtud de la dotación destinada a la cooperación y a la integración regionales y se destinará a la creación de un Fondo para el Agua ACP-CE. Con los 24 millones de euros ya disponibles en virtud de la cooperación intra-CP, podrá destinarse un importe total de 250 millones de euros para el segundo pago en favor del Fondo para el Agua ACP-CE. Artículo 2 De conformidad con el artículo 13, apartado 2 del anexo IV del Acuerdo de asociación ACP-CE, el Consejo de Ministros ACP invita a la Comisión a financiar el apoyo al Fondo para el Agua ACP-UE en virtud de la cooperación intra-ACP con arreglo a los importes contemplados en el artículo 1. Hecho en Bruselas, Por el Consejo de Ministros ACP-UE El Presidente [1] Punto 7 del Protocolo financiero que figura en el anexo I del Acuerdo de asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 y Declaración de la UE relativa al Protocolo financiero (Declaración XVIII) aneja al Acuerdo de asociación ACP-CE. El Acuerdo interno (DO L 317 de 15.12.2000) precisa que el Consejo efectuará esta evaluación de los resultados en 2004 sobre la base de una propuesta de la Comisión. [2] El documento de trabajo de la Comisión SEC(2005)242 procede a una evaluación más cualitativa de estas reformas, y destaca, en particular, el carácter estructural de esta mejora, tanto cuantitativa como cualitativa. [3] Al comienzo del ejercicio no se habían firmado aún los documentos de estrategia nacional de nueve países: Costa de Marfil, Guinea Ecuatorial, Guinea, Haití, Liberia, Somalia, Sudán, Togo y Zimbabue. Cinco pequeños países del Pacífico no fueron objeto de una revisión por tratarse de países que habían pasado a ser nuevas Partes del Acuerdo de Cotonú y que solo habían empezado a beneficiarse de los fondos del FED recientemente: Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Niue y Palaos. [4] El equilibrio financiero se alcanza teniendo en cuenta los ajustes efectuados en las dotaciones de los países a los que no se había notificado o se notificó tarde su importe del 9º FED, es decir, los 242,6 millones de euros resultantes de la Decisión C(2003)2471 destinados a Haití, Liberia y Togo, más una reducción neta suplementaria de 96,8 millones de euros aprobada por el Comité FED en septiembre de 2004 para los países cuyo DEN aún no se había firmado. [5] COM (2004)763 de 19.11.2004. [6] Decisión 2004/289 del Consejo de 22.3.2004. [7] Decisión n° 1/2004 del Consejo de Ministros ACP-CE, de 6 de mayo de 2004, sobre la utilización de las reservas de la dotación para el desarrollo a largo plazo así como los recursos del Mecanismo de Inversión del 9º Fondo Europeo de Desarrollo para la creación de un Fondo ACP-UE para el Agua. [8] Se han comprometido ya 3 millones de euros en el marco del instrumento de cooperación técnica intra -ACP para acciones de información, comunicación y evaluación. [9] Decisión n° 1/2003 del Consejo mixto de Ministros ACP-CE de 16 de mayo de 2003. [10] Documento 13890/04 del Consejo de 4 de noviembre de 2004 relativo al resultado de la reunión del Grupo de Trabajo ACP de 26 de octubre de 2004. [11] Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo COM(2004)711 relativa al desarrollo futuro de la Iniciativa de la Unión Europea en el ámbito de la energía y a las modalidades de creación de un Fondo para la Energía en favor de los países ACP. [12] COM(2004)89 de 12 de febrero de 2004- Cadenas de productos básicos agrícolas, dependencia y pobreza - Propuesta de plan de acción de la UE.Véase también COM(2004)87 de 12 de febrero de 2004 - Propuesta de asociación UE-África en apoyo del desarrollo del sector algodonero. [13] La Comunicación, COM(2004)208, de 29 de marzo de 2004, relativa a la reserva de la dotación para el desarrollo a largo plazo del 9º Fondo Europeo de Desarrollo, ya prevé la utilización de 45 millones de euros en favor del Plan de acción ACP-UE relativo a los productos básicos agrícolas. [14] Reglamento CE n° 882/2004, que complementa el Reglamento CE n° 178/2002 por el que se establecen los principios y requisitos generales de la legislación alimentaria. [15] COM(2003)316 de 23 de junio de 2003 - El diálogo entre la Unión Europea y África, y conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de 21 de julio de 2003. [16] COM(2004)763 of 19 November 2004 on the European Development Fund (EDF), Estimate of decisions, payments and contributions to be paid by the member States for 2004 and 2005 and forecast of decisions and payments for the period 2006 to 2009. After the forecasts were finalized, it appeared that the EDF Committee may delay the approval of some large budget support, road and rehabilitation programmes beyond 2004 due to political and economic governanlay the approval of some large budget support, road and rehabilitation programmes beyond 2004 due to political and economic governance issues. Total commitments in 2004 may therefore be overestimated by up to €250 million. This uncertainty can be explained by the seasonal factor which still survives in a lesser form despite the various reforms initiated in recent years, whereby a large stock of commitments are being prepared in the first half of the year, “waiting” for decision after summer break, with a high volume of commitment decisions taken in the last quarter of the year (the commitment rate at the end of August 2004 was over 45% of the year objective, against on average of less than 25% in the previous years). Small delays in the decision making process may then result in a commitment being carried over to the next year. [17] ACP related implementation support staff in EuropeAid decreased with one third in 2004; this was more than compensated by a reinforcement of the Delegations in the context of devolution but the exceptionally high staff turnover rate during this transitional period affected the normal implementation of the project cycle. [18] At the 386th EDF Committee of 25 October 2004, the member States have congratulated the Commission for this inclusive approach; proposals for an amount exceeding € 500 million are expected by February 2005. [19] The STABEX funds are not a payment in the strict accounting sense. However, it is included in order to be coherent with past presentations. This transfer should in principle be one of the last made on this instrument. [20] COM(2004)763 of 19 November 2004. In 2004 for the first time effective disbursements closely followed the disbursement forecasts made by the Commission – see COM(2004)647 of 08 October 2004 on a Proposal fixing the financial contribution to the EDF (third instalment for 2004) -, leading to treasury problems for member States that had not budgeted the forecasted amounts. [21] The negative transfer for the CDE and the CTA reflect the need for transitional measures under the 8th EDF in order to ensure the continuity of their activities prior to the delayed ratification of the Cotonou Agreement. [22] To this amount should be added 105 M€ of special assistance to the Democratic Republic of Congo, Council Decision of 21 July 2003. [23] With a peak of €365million in 2003, resulting from the continued effort to reduce the abnormal RAL (i.e. RAL which stayed unchanged on specific projects or programmes for several years). [24] C(2003)1181 of 02 April 2003 on Financing of deconcentration in the ACP zone 2006/2007. [25] Under the long term development instrument, there also remained an unallocated reserve of 242,6 M€ constituted from reduced unnotified national indicative programmes for countries under article 96 - Commission Decision C(2003)2471. However, this amount is being mobilised to equilibrate the national midterm review process and therefore is not included in the long term development reserves but under the NIP line. [26] DO L 317 de 15.12.2000. [27] DO L 317 de 15.12.2000. [28] Documento 13890/04 del Consejo, de 4 de noviembre de 2004, sobre el resultado de los procedimientos del grupo de trabajo ACP de 26 de octubre de 2004. [29] COM(2004) 610 de 27 de septiembre de 2004: Propuesta de Decisión del Consejo por la que se adaptan los recursos financieros del 9º Fondo Europeo de Desarrollo a raíz de la adhesión de la República Democrática de Timor Oriental al Acuerdo de Asociación ACP-CE. [30] Documento 13890/04 del Consejo, de 4 de noviembre de 2004, sobre el resultado de los procedimientos del grupo de trabajo ACP de 26 de octubre de 2004. [31] COM(2004) 89 de 12 de febrero de 2004 sobre cadenas de productos básicos agrícolas, dependencia y pobreza - Propuesta de plan de acción de la UE. [32] Este Reglamento completa el Reglamento (CE) nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria [33] COM(2003) 316 de 23 de junio de 2003 sobre el diálogo entre la Unión Europea y África, y las Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de 21 de julio de 2003. [34] DO C de , p. . [35] DO C de , p. .