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Document 52003IR0319(01)

    Resolución del Comité de las Regiones sobre "Las recientes inundaciones de carácter catastrófico que ha sufrido Europa y sobre la creacióndel Fondo de Solidaridad de la Unión Europea"

    DO C 66 de 19.3.2003, p. 26–27 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    52003IR0319(01)

    Resolución del Comité de las Regiones sobre "Las recientes inundaciones de carácter catastrófico que ha sufrido Europa y sobre la creacióndel Fondo de Solidaridad de la Unión Europea"

    Diario Oficial n° C 066 de 19/03/2003 p. 0026 - 0027


    Resolución del Comité de las Regiones sobre "Las recientes inundaciones de carácter catastrófico que ha sufrido Europa y sobre la creacióndel Fondo de Solidaridad de la Unión Europea"

    (2003/C 66/06)

    El Comité de las Regiones ha aprobado en su 46o Pleno (sesión del 10 de octubre de 2002), por unanimidad, la siguiente Resolución:

    visto el tercer párrafo del artículo 159 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea;

    visto la propuesta de reglamento del Consejo por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (COM(2002) 514 final);

    visto el proyecto de informe del Parlamento Europeo sobre la propuesta de reglamento del Consejo por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (PE 314.730);

    considerando

    A. las terribles inundaciones que se han producido el pasado verano en regiones y ciudades de la Unión Europea y de los países candidatos;

    B. las numerosas vidas humanas que se ha cobrado esta catástrofe;

    C. que esta catástrofe ha destruido innumerables vidas privadas y profesionales, y que tendrá consecuencias sociales y económicas a largo plazo;

    D. que los daños, valorados en miles de millones, ocasionados a la propiedad privada, a las infraestructuras públicas y al patrimonio cultural alcanzan cifras que hasta ahora no podían preverse;

    E. que los desastres naturales afectan sobre todo a áreas limitadas y que, por tanto, la evaluación de los daños y la facultad de recurrir al Fondo de Solidaridad de la UE también deben ser competencia de los entes locales y regionales,

    El Comité de las Regiones

    1. manifiesta su profunda condolencia y su solidaridad con los familiares, amigos y conocidos de las víctimas mortales;

    2. declara su interés por el porvenir de los ciudadanos afectados y damnificados por las inundaciones catastróficas;

    3. subraya la alta consideración que le merecen la solidaridad y los esfuerzos infatigables de las personas que prestaron su ayuda a título privado y de todas las organizaciones, privadas y públicas, que se apresuraron, sin titubear, a ayudar a las víctimas, y que rescataron a personas en situación de necesidad, las consolaron y aliviaron su pesar;

    4. aprecia la voluntad, el valor y la firmeza de las personas afectadas por las inundaciones para tomar en sus manos su destino y superar lo antes posible las consecuencias de la catástrofe;

    5. señala que las consecuencias de la catástrofe son de amplitud europea, así como que existe una solidaridad europea, que supera las fronteras de los partidos, con las víctimas de las inundaciones;

    6. se congratula de que las instituciones europeas, y, en primer lugar, la Comisión Europea, hayan aprobado con gran celeridad medidas de apoyo y hayan propuesto medidas a largo plazo que permitan a la Unión Europea contribuir a la solidaridad colectiva en este tipo de situaciones;

    7. expresa su pleno apoyo a la propuesta de reglamento del Consejo por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, presentada por la Comisión;

    8. considera que, en circunstancias excepcionales, incluso cuando los criterios cuantitativos propuestos por la Comisión no se cumplan, cualquier catástrofe que afecte a una parte sustancial de la población de las zonas específicamente afectadas puede ser considerada también subvencionable;

    9. señala que es necesario que concluyan lo antes posible las negociaciones interinstitucionales para la creación del Fondo;

    10. recuerda que en su dictamen del 15 de febrero de 2001, titulado "La política regional europea en el contexto de la ampliación y la globalización", se pronunció a favor de la creación de un instrumento de intervención para las crisis de gravedad de este tipo;

    11. pone de relieve que el Fondo de Solidaridad se diferencia de los Fondos Estructurales y de otros instrumentos comunitarios existentes y que su aplicación debería limitarse a las grandes catástrofes naturales;

    12. subraya que, de conformidad con el principio de subsidiariedad, un Fondo de estas características complementa las medidas adoptadas por los niveles nacional, regional y local;

    13. se congratula de que los acuerdos trilaterales para la aplicación de la concesión de subvenciones prevean la inclusión de las entidades regionales o locales, y pide a los Estados miembros que hagan uso de tales acuerdos, ya que garantizan una utilización eficaz de las ayudas comunitarias gracias a la participación global y temprana de estas autoridades;

    14. pide que se conceda a los Estados miembros y a las regiones afectados, así como a sus administraciones y servicios de control, la mayor responsabilidad posible en la aplicación de las ayudas, sin menoscabo de los derechos de control de la Comisión y del Tribunal de Cuentas;

    15. subraya que el pago de estas ayudas financieras, que se necesitan con urgencia, se debe realizar de forma rápida, transparente, flexible, no burocrática y justa;

    16. acoge con satisfacción la posibilidad concedida a los Estados miembros, los países candidatos y las regiones afectados de reorientar una parte de los recursos estructurales asignados para el período 2000-2006, así como de las medidas especiales propuestas en el ámbito de la política agrícola;

    17. subraya la necesidad de una coordinación amplia y eficaz de todas las medidas de ayuda locales, regionales, nacionales y europeas sobre el terreno y en las ciudades y regiones directamente afectadas;

    18. señala que las entidades locales y regionales, en su calidad de instancias principalmente afectadas, y mediante una administración sin obstáculos y la puesta a disposición de todos los recursos públicos disponibles, deben crear las condiciones necesarias y generales para reparar rápidamente los perjuicios ocasionados y reconstruir y renovar los edificios privados y públicos, así como las instalaciones de empresas e infraestructuras;

    19. subraya la importancia de que la solidaridad de la Unión Europea también incluya a los países candidatos afectados;

    20. pide a los Estados miembros, los países candidatos y las regiones que concedan una gran prioridad a su propia responsabilidad en la prevención de catástrofes, así como que examinen las medidas y estrategias previstas hasta ahora, reflexionen sobre ellas y, en caso necesario, las actualicen, y valora positivamente, a este respecto, el anuncio de la Comisión de que elaborará una nueva estrategia europea de prevención de crisis;

    21. considera urgente la elaboración por parte del propio Comité de un dictamen sobre las experiencias hasta la fecha y sobre los conocimientos en las ciudades y regiones afectados en relación con las catástrofes provocadas por inundaciones y con la reparación de los daños causados, así como que lo ponga a disposición de todos los entes locales y regionales de la UE y de los países candidatos;

    22. considera necesario que se recopilen los conocimientos existentes en Europa sobre gestión de las inundaciones y aprovechamiento del agua, y tiene la intención de examinar, sobre la base de dichos conocimientos, la futura política de los Estados miembros en materia de aguas e inundaciones;

    23. encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y las regiones y municipios afectados.

    Bruselas, 10 de octubre de 2002.

    El Presidente

    del Comité de las Regiones

    Albert Bore

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