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Document 52003DC0599

Informe de la Comisión al Consejo sobre la utilización de los créditos del Fondo comunitario del tabaco (en aplicación de las disposiciones del apartado 1 del artículo 13 del Reglamento (CEE) nº 2075/92 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector del tabaco crudo)

/* COM/2003/0599 final */

52003DC0599

Informe de la Comisión al Consejo sobre la utilización de los créditos del Fondo comunitario del tabaco (en aplicación de las disposiciones del apartado 1 del artículo 13 del Reglamento (CEE) nº 2075/92 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector del tabaco crudo) /* COM/2003/0599 final */


INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO sobre la utilización de los créditos del Fondo comunitario del tabaco (en aplicación de las disposiciones del apartado 1 del artículo 13 del Reglamento (CEE) nº 2075/92 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector del tabaco crudo)

ÍNDICE

1. Introducción

2. Recordatorio de la normativa actual relativa al fondo comunitario del tabaco

2.1. Acciones del Fondo

2.1.1. Acciones de información sobre los efectos nocivos del tabaquismo

2.1.2. Acciones de reconversión

2.2. Financiación del Fondo

3. Utilización de los créditos del fondo

3.1. Acciones de información sobre los efectos nocivos del tabaquismo

3.2. Acciones de reconversión

3.2.1. Marco general

3.2.2. Readquisición de cuotas de la cosecha de 2002

3.2.3. Asignación de los recursos del Fondo en 2003

4. Conclusión

ANEXO 1

ANEXO 2

1. Introducción

A raíz de la decisión del Consejo de 25 de marzo de 2002 (Reglamento (CE) n° 546/2002 [1]) de modificar el ámbito de actividades del Fondo comunitario del tabaco y en virtud de las disposiciones del apartado 1 del artículo 13 del Reglamento (CEE) nº 2075/92 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector del tabaco crudo [2], la Comisión debe presentar, antes del 31 de diciembre de 2003, un informe sobre la utilización de los créditos del Fondo comunitario del tabaco. El presente informe responde a esta exigencia y se centra en la utilización de los créditos derivados de la retención aplicada a la cosecha de 2002.

[1] DO L 84 de 28.3.2002, p. 4.

[2] DO L 215 de 30.7.1992, p. 70. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 806/2003 (DO L 122 de 16.5.2003, p. 1).

La Comisión recuerda que realizó una evaluación externa del funcionamiento de la organización común de mercado en el sector del tabaco crudo y que, en este ámbito, está cubierta la actividad del Fondo comunitario del tabaco en los años anteriores. Esta evaluación se hará pública [3].

[3] http://europa.eu.int/comm/agriculture/ eval/index_es.htm

2. Recordatorio de la normativa actual relativa al fondo comunitario del tabaco

En marzo de 2002, las disposiciones del artículo 13 del Reglamento (CEE) n° 2075/92 relativo al Fondo del tabaco fueron modificadas profundamente por el Reglamento (CE) n° 546/2002. Estas adaptaciones se refieren a la naturaleza de las acciones que deben financiarse así como al aumento de los medios financieros.

2.1. Acciones del Fondo

2.1.1. Acciones de información sobre los efectos nocivos del tabaquismo

Siguen aplicándose las acciones relativas a la información sobre los efectos nocivos del tabaquismo. No obstante, se amplió el ámbito de las medidas con el fin de tener más en cuenta la evolución de la normativa comunitaria, en particular en materia de advertencias sanitarias [4], y asimismo cubrir la problemática del tabaquismo pasivo y el abandono del hábito de fumar.

[4] Directiva 2001/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2001, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco (DO L 194 de 18.7.2001, p. 26).

2.1.2. Acciones de reconversión

El resto de las acciones del Fondo se reajustaron completamente. En el marco de la estrategia de desarrollo sostenible de la Unión Europea, el ámbito de la investigación agronómica fue sustituido por una nueva prioridad centrada en acciones de apoyo al desarrollo de iniciativas de reconversión de los productores de tabaco que desean abandonar el sector y orientarse hacia otros cultivos y actividades económicas generadoras de empleos y en estudios sobre las posibilidades de reconversión.

2.2. Financiación del Fondo

El Fondo sigue siendo financiado por una retención sobre la prima pagada al productor de tabaco. Esta retención se aumentó progresivamente permitiendo de este modo obtener medios financieros más importantes.

Las disposiciones del artículo 13 estipulan que la retención sobre la prima pasa de un 2% en la cosecha de 2002 a un 3% en la cosecha de 2003. También estipulan que tras el informe sobre la utilización de los créditos del Fondo que la Comisión debe presentar antes del 31 de diciembre de 2003, la retención sobre la prima podría elevarse hasta un 5% en la cosecha de 2004.

Las disposiciones del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 2182/2002 de la Comisión por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 2075/92 del Consejo en lo que se refiere al Fondo comunitario del tabaco [5] prevén que los gastos del Fondo para cada una de las dos categorías de acciones (información y reconversión) corresponden al 50% como máximo del importe total del Fondo. También estipulan que en caso de que una categoría infrautilice los importes disponibles, la Comisión redistribuirá dichos importes en favor de la otra, siempre que en ésta existan proyectos subvencionables.

[5] DO L 331 de 7.12.2002, p. 16.

3. Utilización de los créditos del fondo

Sobre la base de una retención del 2% de la prima con cargo a la cosecha de 2002, el importe total disponible para la financiación del Fondo asciende en 2003 a un importe cercano a los 19 000 000 de euros. La distribución pareja de los medios en favor de ambas categorías de acciones significa un importe de 9 500 000 euros disponibles para cada una ellas.

3.1. Acciones de información sobre los efectos nocivos del tabaquismo

Las acciones de comunicación que entran en el marco del Fondo comunitario forman parte integrante de las principales prioridades de acciones en materia de prevención del tabaquismo tal como se definen en la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el papel actual y futuro de la Comunidad en la lucha contra el consumo de tabaco [6].

[6] COM(1996)609 final de 18.12.1996.

En lo que atañe a la utilización del Fondo para el apartado informativo, la Comisión había decidido anteriormente financiar, a raíz de dos convocatorias de proyectos publicadas bajo este marco en julio de 1994 [7] y en abril de 1996 [8], 18 proyectos plurianuales con una contribución total del Fondo de 13 442 390 euros.

[7] DO C 179 de 1.7.1994, p. 8.

[8] DO C 127 de 30.4.1996, p. 15.

El nuevo impulso dado al Fondo por el Consejo en 1998 [9], mediante el aumento de la deducción de la prima del 1% al 2%, permitió acometer acciones de información sobre los efectos nocivos del tabaquismo de una mayor envergadura. Por esta razón, con motivo del día sin tabaco del 31 de mayo de 2001, se lanzó una extensa campaña de prevención del tabaquismo dirigida a los adolescentes de entre 12 y 18 años en los quince Estados miembros de la Unión Europea. Esta campaña es el resultado de una licitación publicada en octubre de 2000 y que se realiza a lo largo de un período máximo de tres años por un valor anual previsto de 6 000 000 de euros financiados por el Fondo al 100%. En 2001, el porcentaje de compromiso de los créditos alcanzó el 99,9%.

[9] Reglamento (CE) n° 1636/98, DO L 210 de 28.7.1998, p. 23.

En 2002, se firmaron dos nuevos contratos referentes, el primero, a una evaluación independiente del primer año de la campaña de información por un importe de 160 000 euros y, el segundo, a la organización de una conferencia de consenso sobre la utilización de los medios de comunicación en materia de prevención del tabaquismo por un importe de 633 000 euros. En 2002, el porcentaje de compromiso de los créditos alcanzó el 96,8%.

En 2003, y siempre como complemento a las acciones en curso, la Comisión lanzará dos nuevas licitaciones. Hay que señalar que las nuevas iniciativas se inscriben cada vez con mayor coherencia en las iniciativas legislativas y políticas de la Comisión. Por este motivo se lanzarán, por una parte, un estudio referente a la utilización de las fotografías en color en el marco de la información facilitada al consumidor en los paquetes de cigarrillos y, por otra parte, un estudio que hará balance de las políticas y las normativas en materia de lucha contra el tabaquismo en los Estados miembros de la Unión. Ambos estudios se inscriben en el marco del seguimiento de la Directiva 2001/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco. Contarán con un presupuesto estimado de 2 100 000 euros.

Simultáneamente, la Comisión también acometerá la financiación de acontecimientos tendentes a reforzar las acciones de comunicación en curso y, en particular, la campaña de prevención del tabaquismo entre los adolescentes. En 2003, se prevé que el porcentaje de compromiso de los créditos alcance el 91,5%. Los créditos operativos para el período 2000-2003 se recogen en el anexo 1.

3.2. Acciones de reconversión

3.2.1. Marco general

La modificación del ámbito de actividades del Fondo comunitario del tabaco de marzo de 2002 fue radical. La investigación agronómica, prevista en la concepción inicial del Fondo, fue abandonada en beneficio de la reconversión de la producción de tabaco hacia otras actividades.

Desde entonces, el Fondo financia proyectos individuales y proyectos de interés general en el ámbito de la reconversión de los productores de tabaco crudo así como estudios sobre las posibilidades de reconversión de las zonas tabaqueras hacia otros cultivos o actividades.

Las acciones individuales contemplan:

a) la reorientación hacia otros cultivos y la mejora de la calidad de los productos agrícolas distintos del tabaco, así como el impulso de la diversificación de las actividades en la explotación;

b) la formación en beneficio de los productores vinculada a la creación de nuevas orientaciones de producciones agrícolas distintas del tabaco;

c) la creación de estructuras de comercialización de productos de calidad distintos del tabaco, así como servicios para la economía y la población rural, la diversificación de las actividades agrícolas o próximas a la agricultura para crear actividades múltiples generadoras de empleo y de ingresos alternativos y, en particular, el fomento de las actividades turísticas y artesanales.

Las acciones de interés general y los estudios contemplan:

a) los estudios que tienen por objeto desarrollar las oportunidades de reconversión de los productores de tabaco hacia otros cultivos o actividades;

b) las operaciones de orientación y de tutoría en beneficio de los productores que deciden abandonar la producción del tabaco;

c) la realización de experiencias innovadoras de carácter demostrativo. Estas acciones pueden ir acompañadas por operaciones de divulgación.

El nivel de financiación por parte del Fondo puede alcanzar el 75% de los gastos subvencionables en el caso de las acciones individuales (excepto formación) y el 100% de los gastos subvencionables en el caso de las acciones de interés general (incluida la formación individual) y los estudios.

El importe de la ayuda comunitaria por productor se establece en función de la cantidad de la cuota que le fue readquirida. El importe total es la suma de los importes obtenidos por tramo de cuota readquirida. Hasta un máximo de 10 toneladas, el importe de la ayuda es el triple del importe de la prima; entre 10 toneladas y 40 toneladas, el importe de la ayuda es el doble del importe de la prima; para el tramo que supera las 40 toneladas, el importe de la ayuda es el importe de la prima.

Para los proyectos individuales, el apoyo comunitario total por productor no puede sobrepasar 300 000 euros. El límite de 100 000 euros se aplica a las acciones que no están incluidas en la producción, la comercialización y la transformación de productos incluidos en el anexo I del Tratado.

Tras el establecimiento, en un primer momento, de una distribución orientativa entre los Estados miembros de los recursos del Fondo que deben asignarse a las acciones, en función de las cantidades de las cuotas definitivamente readquiridas (en una proporción del 90%) y en función del límite máximo de garantía nacional (en una proporción del 10%), la Comisión decide la distribución definitiva de estos recursos entre los Estados miembros, teniendo en cuenta las solicitudes de intervención.

3.2.2. Readquisición de cuotas de la cosecha de 2002

Las nuevas disposiciones operativas del Fondo fueron acompañadas por un refuerzo del programa de readquisición de cuotas. Es necesario aclarar que los recursos presupuestarios para la aplicación del programa de readquisición de cuotas se incluyen en la línea presupuestaria «primas para el tabaco» (línea n° 050210 01 1710) y, por lo tanto, no afectan a los recursos del Fondo del tabaco.

El Fondo opera en estrecha colaboración con el programa de readquisición de cuotas, implantado para facilitar la reconversión de los productores que decidieron, individual y voluntariamente, dejar el sector.

Por este motivo los productores de tabaco que se adhirieron al programa de readquisición [10] y cuya cuota definitivamente readquirida afecta a una cantidad al menos equivalente a 500 kg pueden beneficiarse de las acciones individuales del Fondo.

[10] Previsto en el apartado 1 del artículo 14 del Reglamento (CEE) n° 2075/92.

En el marco del programa de readquisición de cuotas de la cosecha de 2002, se readquirieron cuotas por un total de 2 550 toneladas de tabaco y 1 335 productores abandonaron el sector. La readquisición, que tenía como objetivo especialmente las cuotas de los grupos de variedades V y III, fue un éxito en Italia y Grecia (respectivamente 56,8% y 39,4% de la readquisición total) y en Portugal, Bélgica y Austria. Sin embargo, en Alemania, España y Francia no se readquirió ninguna cuota. En comparación con los años anteriores, las readquisiciones de cuotas de 2002 alcanzaron un nivel 7 veces más elevado que las realizadas durante las cosechas de 1999, 2000 o 2001.

La mejora de los resultados relativos al programa de readquisición también debe relacionarse con las oportunidades ofrecidas por el Fondo.

3.2.3. Asignación de los recursos del Fondo en 2003

Con el fin de garantizar, en 2003, un marco en la implantación de las intervenciones, los Estados miembros elaboraron programas de reconversión así como disposiciones nacionales para la aplicación de estos programas.

En el marco de los programas nacionales, por una parte, los productores que abandonaron la producción de tabaco presentaron proyectos individuales de reconversión y, por otra parte, las autoridades públicas y los organismos públicos de investigación agronómica o de economía rural presentaron propuestas de estudios o acciones de interés general.

En 2003, 680 productores de un total de 1 335 que habían dejado el sector al amparo del programa de readquisición, es decir alrededor del 51%, presentaron proyectos individuales. En total, se presentaron 14 propuestas de estudios y proyectos de interés general en los Estados miembros. El valor total de las acciones propuestas ascendía a 19 130 994 euros. Se solicitó una financiación comunitaria de 14 993 156 euros. Solamente estaban disponibles 9 500 000 euros, lo que representa alrededor del 63% de los recursos solicitados. Los planes de financiación de las acciones del Fondo para 2003 se recogen en el anexo 2.

La distribución orientativa entre los Estados miembros de los recursos del Fondo fue establecida mediante la Decisión 2003/161/CE [11] de la Comisión. La distribución definitiva fue decidida mediante la Decisión 2003/486/CE [12] de la Comisión.

[11] DO L 65 de 8.3.2003, p. 31.

[12] DO L 164 de 2.7.2003, p. 17.

El valor medio de los proyectos individuales fue de 20 583 euros. Entre Estados miembros, este valor medio varía entre 7 502 y 35 990 euros. Sobre la base de los proyectos presentados, puede llegarse a la conclusión de que la reconversión individual se orienta generalmente hacia la horticultura, la arboricultura frutal, el turismo rural y la transformación de productos hortícolas.

Los proyectos de interés general y los estudios incluían:

- estudios de reconversión: la determinación de los cultivos o actividades susceptibles de sustituir a la producción de tabaco (diversificación) y las simulaciones agronómicas y financieras de las alternativas elegidas;

- la instauración de un «servicio de ayuda al usuario» de reconversión centrado en la información, la formación, el acompañamiento de los productores que han abandonado el sector del tabaco;

- experimentos innovadores de carácter demostrativo como alternativa al cultivo del tabaco.

El valor medio de los proyectos de interés general y de los estudios fue de 366 769 euros. Por Estado miembro, este valor medio varía entre 55 000 y 1 166 667 euros.

4. Conclusión

El análisis de los datos relativos a la utilización de los créditos del Fondo comunitario del tabaco permite destacar las siguientes observaciones:

Por lo que se refiere al apartado de la información sobre los efectos nocivos del tabaquismo, las medidas adoptadas durante estos últimos años permitieron alcanzar un buen régimen de utilización de los medios del Fondo que le estaban reservados. En particular, el aumento del porcentaje del fondo del 1 al 2% permitió alcanzar un límite máximo presupuestario que garantiza el apoyo de acciones de información que abarcan ahora toda la Unión Europea. En este sentido, la nueva política de comunicación desarrollada al amparo del apartado información permite igualmente una utilización eficaz de cualquier nuevo aumento del presupuesto. Sobre la base de los datos y de las previsiones disponibles en julio de 2003, el porcentaje de consumo del 90% también debería superarse este año. En lo que atañe a la parte del Fondo consagrada al apartado de la reconversión, en 2003 el interés manifestado por los productores confirmó que la reforma del Fondo del tabaco para acompañar la reconversión de las zonas tabaqueras correspondía a las exigencias reales en este ámbito. La prueba es que las medidas financiadas en 2003 absorbieron completamente las disponibilidades presupuestarias que se le habían asignado.

Por lo que se refiere a la financiación del Fondo, es útil recordar que la retención sobre la prima durante la cosecha de 2003 pasará del 2 al 3%. Esta subida del porcentaje elevará los créditos disponibles para el presupuesto de 2004 de 19 a 28,5 millones de euros y ofrecerá una disponibilidad mayor y suficiente para alcanzar los objetivos fijados.

ANEXO 1

Créditos operativos del Fondo comunitario del tabaco para acciones de información (línea presupuestaria n° 050210.02 1750)

(en euros)

>SITIO PARA UN CUADRO>

Fuente: DG SANCO

ANEXO 2

Planes de financiación de las acciones del Fondo comunitario del tabaco para 2003

(en euros)

>SITIO PARA UN CUADRO>

Fuente: Comunicación de los Estados miembros

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