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Document 52001PC0603

Propuesta de reglamento del Consejo por el que se deroga el Reglamento (CE) N° 926/98 relativo a la reducción de determinadas relaciones económicas con la República Federativa de Yugoslavia

/* COM/2001/0603 final */

52001PC0603

Propuesta de reglamento del Consejo por el que se deroga el Reglamento (CE) N° 926/98 relativo a la reducción de determinadas relaciones económicas con la República Federativa de Yugoslavia /* COM/2001/0603 final */


Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se deroga el Reglamento (CE) N° 926/98 relativo a la reducción de determinadas relaciones económicas con la República Federativa de Yugoslavia

(presentada por la Comisión)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

(1) El 10 de septiembre de 2001, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 1367 (2001) en la que se estipula la conveniencia de revocar el embargo de armas en relación con la República Federativa de Yugoslavia.

(2) Posteriormente, el Consejo adoptó una posición común que determinaba que debían abolirse tanto el embargo de armas como la prohibición de venta y suministro de equipos de posible uso para la represión interna o el terrorismo.

(3) La actual propuesta de Reglamento del Consejo tiene como finalidad llevar a efecto dicha determinación, en la medida en que estas medidas fueran ejecutadas por actos comunitarios.

Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se deroga el Reglamento (CE) N° 926/98 relativo a la reducción de determinadas relaciones económicas con la República Federativa de Yugoslavia

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA:

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 301.

Vista la posición común 2001/ 719/ PESC del Consejo de 8 de octubre de 2001 por la que se modifica la posición común 96/ 184/ PESC relativa a las exportaciones de armamento a la antigua Yugoslavia y la posición común 98/240/ PESC relativa a las medidas restrictivas contra la República Federativa de Yugoslavia [1],

[1] DO L 268 de 9.10.2001, p. 49.

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) Para llevar a efecto la Resolución 1367 (2001) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el Consejo determinó que, en relación con la República Federativa de Yugoslavia, debe revocarse el embargo de armas y que se habían hecho innecesarios la prohibición de venta y suministro de equipos de posible uso para la represión interna o el terrorismo.

(2) Por consiguiente, deben anularse inmediatamente la prohibición de venta y suministro de dichos equipos a la República Federativa de Yugoslavia ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda derogado el Reglamento (CE) no 926/98 [2].

[2] DO L 130, de 1.5.1998, p 1.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el

Por el Consejo

El Presidente

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