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Document 51996AC1072

    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Política de cohesión y medio ambiente»
    (97/C 30/05)

    DO C 30 de 30.1.1997, p. 15–18 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    51996AC1072

    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Política de cohesión y medio ambiente» - (97/C 30/05) -

    Diario Oficial n° C 030 de 30/01/1997 p. 0015


    Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Política de cohesión y medio ambiente»

    (97/C 30/05)

    El 9 de febrero de 1996, de conformidad con el artículo 198 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social sobre la Política de cohesión y medio ambiente.

    La Sección de Desarrollo Regional, Ordenación del Territorio y Urbanismo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 17 de septiembre de 1996 (Ponente: Sr. Mercé Juste).

    En su 338° Pleno, celebrado los días 25 y 26 de septiembre de 1996 (sesión del 25 de septiembre de 1996), el Comité Económico y Social ha aprobado por 96 votos a favor, ningún voto en contra y 3 abstenciones, el presente Dictamen.

    1. Introducción

    El objetivo de la presente Comunicación es crear las condiciones que hagan posible una mayor sinergia entre las políticas de cohesión y de medio ambiente en la ejecución de los programas de los Fondos estructurales y del Fondo de Cohesión.

    El Comité considera que los Fondos estructurales y el Fondo de Cohesión constituyen los mecanismos principales para avanzar en el objetivo de la cohesión económica y social () y que, por tanto, es conveniente conseguir una mayor sinergia entre cohesión y medio ambiente a través de estos dos instrumentos. Por otra parte, la integración de la dimensión medioambiental en los Reglamentos de los Fondos con motivo de la reforma de 1993 ha supuesto el reconocimiento oficial de la importancia del medio ambiente, importancia que se ha visto reforzada después con la creación del Fondo de Cohesión. El Comité Económico y Social ha emitido su dictamen sobre estos temas (), así como sobre el Programa comunitario «Hacia un desarrollo sostenible» (), cuya aplicación constituye el marco de la presente Comunicación.

    La calidad del medio ambiente constituye un indicador social potencial de prosperidad, y es sabido que los indicadores sociales repercuten directamente en el desarrollo económico por el efecto de atracción que ejercen. Por ello, el Comité Económico y Social suscribe la necesidad de renovar el compromiso político en favor de la aplicación de las medidas medioambientales.

    El Comité ha propugnado siempre una mayor coordinación entre las políticas, sean nacionales o comunitarias, por lo que apoya las propuestas destinadas a fomentar una mayor integración del medio ambiente en las demás políticas y, en este caso concreto, en la aplicación de los Fondos estructurales.

    El Comité acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión, si bien desea formular algunas observaciones y subrayar algunos principios.

    2. Comentarios

    2.1. El Comité es consciente de las limitaciones que presenta el marco legal vigente para conseguir el objetivo de una mayor sinergia entre las políticas de cohesión y de medio ambiente, aunque señala la conveniencia de realizar este tipo de ejercicios, cuyas experiencias aportarán nuevas ideas que podrán influir en la revisión general de los Reglamentos de los Fondos prevista para 1999.

    2.2. El Comité reconoce los progresos que se han realizado para incorporar la dimensión medioambiental en la política de cohesión, tanto en la revisión de los Reglamentos de los Fondos estructurales en 1993, por la integración de la dimensión medioambiental en todas las fases de la elaboración y aplicación de los programas, como en la creación del Fondo de Cohesión. Sin embargo, destaca la importancia del reto que tiene planteado la Unión Europea en los próximos años para poder garantizar que el diseño y aplicación de la política de cohesión sea compatible con el desarrollo sostenible y el respeto a las normas medioambientales y a los progresos que se vayan realizando en los mismos.

    2.3. El Comité considera que es importante aprovechar la dinámica horizontal que supone la integración del factor medioambiental en la política de Fondos estructurales para mejorar la racionalización de los programas respecto a los resultados (mejorar el equilibrio entre costes y beneficios sociales y medioambientales) y garantizar con mayor eficacia la sinergia entre Fondos. Por ejemplo, en los informes de evaluación de los Fondos se encuentran a menudo inversiones FEDER o FEOGA en medio ambiente (depuradoras, instalaciones de tratamiento de residuos) sin que aparezca nada previsto en el FSE para la formación de los operadores.

    2.4. En esta misma línea, una mayor sinergia debe también contemplarse entre la política de medio ambiente y las acciones en materia de investigación y desarrollo tecnológico, particularmente en lo que se refiere a los programas específicos y a la integración en los mismos de las preocupaciones medioambientales.

    2.5. Uno de los factores que a juicio del Comité van a determinar el éxito de una mayor integración de todas las medidas referidas al medio ambiente en la política de cohesión dependerá, en función del principio de subsidiariedad, del grado de cooperación que se establezca con los Estados miembros y, en su caso, con las regiones interesadas.

    2.6. En lo que se refiere al Fondo de Cohesión como vínculo entre la política de cohesión y la política medioambiental, el Comité comparte el objetivo de la Comisión de conseguir un «equilibrio adecuado» (50/50 %), en relación a la distribución de estos fondos entre proyectos de infraestructuras de transportes y proyectos medioambientales, así como en la aplicación de una estrategia flexible para poder alcanzarlo. En este contexto el Comité recuerda que el cumplimiento de este equilibrio debe considerarse para el conjunto del período de actuación del Fondo (1993-1999), y no para cada año aisladamente.

    Por otro lado, las inversiones en el campo del medio ambiente al ser generalmente menos costosas que las inversiones en transportes, requieren un mayor número de proyectos a financiar para conseguir el citado equilibrio. El Comité se remite a su dictamen sobre el Informe anual del instrumento financiero de cohesión 1993/1994 y del Informe anual del Fondo de Cohesión para 1994, en el que ya señalaba la conveniencia de conseguir dicho equilibrio.

    Además, hay que tener presente que muchos de los proyectos referentes al transporte (p. e.: fomento del transporte público) pueden contribuir de forma positiva a la mejora del medio ambiente. En este sentido, el Comité desea llamar la atención de la Comisión sobre la conveniencia de tener debidamente en cuenta el medio ambiente a la hora de seleccionar los proyectos presentados en el caso del sector transportes.

    2.7. La evolución de las ayudas que prestan los Fondos estructurales a las inversiones directas en proyectos medioambientales han evolucionado positivamente en los últimos años. Mientras en el periodo 1989-1993 se dedicaron 2 800 millones de ecus a este tipo de acciones en las regiones de los objetivos n° 1, 2 y 5b, en los actuales documentos de programación para el período 1994-1999 se prevén más de 9 400 millones de ecus para el apoyo de estas medidas medioambientales. El Comité acoge favorablemente esta evolución y apoya la introducción de todas aquellas medidas suplementarias que faciliten una mayor atención a los aspectos medioambientales.

    Asimismo, el Comité resalta la importancia de conceder una especial atención, dentro de las iniciativas comunitarias, a todas aquellas medidas de carácter innovador que contribuyan a una mayor protección del medio ambiente.

    2.8. La Comunicación hace especial hincapié en reforzar las ayudas destinadas a financiar las inversiones productivas, no sólo por sus efectos positivos indirectos en el medio ambiente, sino por su contribución para alcanzar un desarrollo sostenible y mejorar las perspectivas de empleo.

    El Comité apoya esta iniciativa de la Comisión para identificar, tanto en la revisión de los documentos de programación, como en determinadas iniciativas comunitarias, los tipos de proyectos de carácter preventivo que deben privilegiarse de cara al futuro. A este respecto señala la importancia que deberá concederse a todos aquellos proyectos de desarrollo regional o local que promocionen productos y servicios, especialmente en el caso de PYME, y contribuyan al mismo tiempo a la creación de nuevos puestos de trabajo dentro de una perspectiva de respeto al medio ambiente. El Comité considera que el medio ambiente es un ámbito en el que pueden adoptarse iniciativas locales de desarrollo, iniciativas que merecen una atención especial (), especialmente en lo que se refiere a la valoración de nuevas experiencias, así como a la difusión y promoción de las buenas prácticas en el desarrollo y creación de empleo mediante redes transnacionales de información y de cooperación.

    De otra parte, el Comité señala la importancia que desempeñará una política de recursos humanos orientada al medio ambiente a través de medidas que desarrollen una mayor educación y formación, aumentando la sensibilidad general por estas cuestiones y mejorando las cualificaciones de la mano de obra, que de esta forma podrán responder de forma más eficaz a las demandas del mercado laboral.

    2.9. En lo que respecta a la selección de los proyectos, el respeto del medio ambiente debe constituir un criterio de selección, lo cual implica que es preciso efectuar de manera sistemática una evaluación de la incidencia de los proyectos en el medio ambiente. De igual modo, el Comité considera que es responsabilidad de los comités de seguimiento evaluar el impacto ambiental en el proceso de seguimiento y evaluación de los programas.

    El Comité recuerda la importancia de contar con indicadores que sean fiables para poder llevar a cabo una mejor evaluación del impacto ambiental de las medidas adoptadas. En este sentido insiste en que se tomen medidas para obtener más datos medioambientales bien desagregados, que ayuden a una evaluación más objetiva. Asimismo, el Comité estima que sería oportuno recurrir a una mayor utilización de la asistencia técnica con el objeto de mejorar las técnicas de valoración económica de los proyectos.

    2.10. El Comité lamenta que en el pasado la Comisión no haya desempeñado un papel más activo en la prevención de las infracciones de las normas medioambientales dentro de los procesos de actuación de los Fondos estructurales y del Fondo de Cohesión. El Comité solicita a la Comisión que establezca lo antes posible las medidas oportunas con objeto de solventar esta carencia. Así mismo, apoya toda iniciativa de sanción que pudiera acometer la Comisión cuando se verifiquen incumplimientos de las disposiciones vigentes, incluido el reembolso de las cantidades pagadas por los fondos comunitarios. El Comité considera que convendría elaborar un listado de lo que de verdad son medidas medioambientales -preventivas, reparadoras, de desarrollo sostenible- a modo de catálogo didáctico o indicativo que podrían orientar las opciones de los programadores (autoridades nacionales y regionales) y evitar posibles infracciones posteriores.

    2.11. El Comité subraya la importancia de la implicación de los interlocutores económicos y sociales en todas las fases de elaboración, aplicación y seguimiento de las medidas dentro de los Fondos estructurales, conforme al artículo 4 del Reglamento marco (). Por otra parte las organizaciones ecologistas locales que desempeñen un papel particular a este respecto deberían ser consultadas.

    2.12. Con el fin de alcanzar un mayor grado de transparencia y, en particular, una información más adecuada sobre la evolución del resultado de las iniciativas recogidas en la presente Comunicación, el Comité recomienda a la Comisión que realice un informe anual en el que se valore el grado de integración de la dimensión medioambiental en el proceso de aplicación de los Fondos estructurales y del Fondo de Cohesión; sería oportuno disponer de un análisis de los proyectos medioambientales financiados a través del artículo 10 del Reglamento marco de los Fondos estructurales.

    2.13. Un aspecto esencial del medio ambiente es su carácter transnacional. El papel de Europa en materia de medio ambiente debe servir de modelo para los países de su entorno, en especial para aquellos Estados que han solicitado su adhesión o han anunciado su intención de solicitarla. Su futura integración en la Unión Europea traerá consigo la entrada en vigor de la legislación comunitaria sobre el medio ambiente. En este sentido los aspectos medioambientales deberán ocupar un lugar adecuado en los acuerdos de preadhesión.

    Del mismo modo, convendría ir examinando la cuestión de la transferencia hacia ellos de una política industrial que tenga en cuenta el medio ambiente y, en especial, el desarrollo y la utilización de tecnologías limpias, todo ello en el marco de su política de ayuda al desarrollo.

    En el caso de los otros países vecinos (terceros países mediterráneos y países bálticos), sería conveniente reforzar la cooperación fomentando instrumentos que permitan tomar en consideración las preocupaciones medio ambientales. A este respecto, habría que recurrir a las iniciativas comunitarias del tipo de INTERREG II C o a otros instrumentos que permitan desarrollar la cooperación transnacional en el campo de la protección del medio ambiente.

    2.14. En la perspectiva de una aplicación lo más eficaz posible de los principios recogidos en la presente Comunicación, el Comité estima que sería de gran utilidad poder utilizar el potencial de intervención y conocimiento de la Agencia Europea del Medio Ambiente, y en consecuencia, considera esencial desarrollar una mayor cooperación con la misma, cuyo papel, por otra parte, debería reforzarse.

    2.15. El Comité se interroga sobre la continuidad que la Comisión pretende dar a la presente Comunicación. A tal efecto invita a la misma a definir con medidas concretas la aplicación de los principios contenidos en esta Comunicación.

    Bruselas, el 25 de septiembre de 1996.

    El Presidente del Comité Económico y Social

    Carlos FERRER

    () DO n° C 153 de 28. 5. 1996.

    () DO n° C 201 de 26. 7. 1993; DO n° C 82 de 19. 3. 1996.

    () DO n° C 138 de 17. 5. 1993.

    () DO n° C 18 de 22. 1. 1996.

    () DO n° C 127 de 7. 5. 1994.

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