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Document 32026R0123
Council Implementing Regulation (EU) 2026/123 of 16 January 2026 implementing Regulation (EU) 2024/386 establishing restrictive measures against those who support, facilitate or enable violent actions by Hamas and the Palestinian Islamic Jihad
Reglamento de Ejecución (UE) 2026/123 del Consejo, de 16 de enero de 2026, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2024/386 por el que se establecen medidas restrictivas contra quienes apoyen, faciliten o permitan acciones violentas por parte de Hamás y la Yihad Islámica Palestina
Reglamento de Ejecución (UE) 2026/123 del Consejo, de 16 de enero de 2026, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2024/386 por el que se establecen medidas restrictivas contra quienes apoyen, faciliten o permitan acciones violentas por parte de Hamás y la Yihad Islámica Palestina
ST/16297/2025/INIT
DO L, 2026/123, 16.1.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2026/123/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2026/123 |
16.1.2026 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/123 DEL CONSEJO
de 16 de enero de 2026
por el que se aplica el Reglamento (UE) 2024/386 por el que se establecen medidas restrictivas contra quienes apoyen, faciliten o permitan acciones violentas por parte de Hamás y la Yihad Islámica Palestina
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2024/386 del Consejo, de 19 de enero de 2024, por el que se establecen medidas restrictivas contra quienes apoyen, faciliten o permitan acciones violentas por parte de Hamás y la Yihad Islámica Palestina (1), y en particular su artículo 13, apartados 1 y 4,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 19 de enero de 2024, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2024/386. |
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(2) |
De conformidad con el artículo 13, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/386, el Consejo ha efectuado una revisión de las medidas restrictivas contra personas físicas y jurídicas, grupos, entidades y organismos que figuran en el anexo I de dicho Reglamento. El Consejo ha llegado a la conclusión de que debe suprimirse la entrada correspondiente a una persona fallecida y de que debe actualizarse la entrada relativa a una persona. |
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(3) |
Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2024/386 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) 2024/386 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 16 de enero de 2026.
Por el Consejo
La Presidenta
M. RAOUNA
(1) DO L, 2024/386, 19.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/386/oj.
ANEXO
El anexo I del Reglamento (UE) 2024/386 se modifica como sigue:
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1) |
En el epígrafe «A. Personas físicas», la entrada 1 se sustituye por el texto siguiente:
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2) |
En el epígrafe «A. Personas físicas», se suprime la entrada siguiente:
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ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2026/123/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)