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Document 32025H00640
Council Recommendation of 21 January 2025 endorsing the national medium-term fiscal-structural plan of Slovenia
Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025 por la que se aprueba el plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de Eslovenia
Recomendación del Consejo de 21 de enero de 2025 por la que se aprueba el plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de Eslovenia
ST/5028/2025/INIT
DO C, C/2025/640, 10.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/640/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2025/640 |
10.2.2025 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 21 de enero de 2025
por la que se aprueba el plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de Eslovenia
(C/2025/640)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121,
Visto el Reglamento (UE) 2024/1263, y en particular su artículo 17,
Vista la Recomendación de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
CONSIDERACIONES GENERALES
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(1) |
El marco de gobernanza económica de la UE reformado entró en vigor el 30 de abril de 2024. El Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral (1), junto con el Reglamento (CE) n.o 1467/97 modificado, sobre el procedimiento de déficit excesivo (2), y la Directiva 2011/85/UE del Consejo modificada, sobre los marcos presupuestarios de los Estados miembros (3), son los elementos fundamentales del marco de gobernanza económica de la UE reformado. El marco tiene por objeto promover unas finanzas públicas saneadas y sostenibles, un crecimiento sostenible e integrador y resiliencia a través de reformas e inversiones, y evitar déficits públicos excesivos. Asimismo, promueve la apropiación nacional y se centra más en el medio plazo, lo que se combina con un control del cumplimiento más efectivo y coherente de la normativa aplicable. |
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(2) |
Los planes fiscales-estructurales nacionales a medio plazo que los Estados miembros presentan al Consejo y a la Comisión son una pieza central del nuevo marco de gobernanza económica. Los planes deben contribuir a lograr dos objetivos: i) garantizar, entre otras cosas, que, al final del período de ajuste, la deuda de las administraciones públicas siga una trayectoria descendente verosímil o se mantenga en niveles prudentes, y que el déficit público se sitúe y mantenga por debajo del valor de referencia (3 % del PIB) a medio plazo, y ii) garantizar la realización de reformas e inversiones que respondan a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo y abordar las prioridades comunes de la UE. A tal fin, en cada plan debe declararse la resolución de seguir a medio plazo una senda de gasto neto (4) que imponga de forma efectiva una restricción presupuestaria durante la vida del plan, que abarcará cuatro o cinco años (dependiendo de la duración normal de la legislatura en cada Estado miembro). Además, en el plan debe explicarse cómo garantizará el Estado miembro la realización de reformas e inversiones que respondan a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo, especialmente en las recomendaciones específicas por país [en particular, las relativas al procedimiento de desequilibrio macroeconómico (PDM), si procede], y cómo el Estado miembro abordará las prioridades comunes de la Unión. El período de ajuste fiscal comprende cuatro años, que puede ampliarse hasta tres años si el Estado miembro se compromete a llevar a cabo un conjunto pertinente de reformas e inversiones que cumplan los criterios establecidos en el Reglamento (UE) 2024/1263. |
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(3) |
Tras la presentación del plan, la Comisión debe evaluar si este cumple los requisitos del Reglamento (UE) 2024/1263. |
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(4) |
El Consejo, sobre la base de una recomendación de la Comisión, debe entonces adoptar una recomendación que establezca la senda de gasto neto del Estado miembro de que se trate y, cuando proceda, refrendar el conjunto de compromisos en materia de reformas e inversiones que sustentan una ampliación del período de ajuste fiscal. |
CONSIDERACIONES RELATIVAS AL PLAN FISCAL-ESTRUCTURAL NACIONAL A MEDIO PLAZO DE ESLOVENIA
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(5) |
El 15 de octubre de 2024, Eslovenia presentó su plan fiscal-estructural nacional a medio plazo al Consejo y a la Comisión. La presentación tuvo lugar tras la ampliación del plazo que se contempla en el artículo 36 del Reglamento (UE) 2024/1263, según lo acordado con la Comisión y teniendo en cuenta los motivos aducidos por Eslovenia. |
Proceso previo a la presentación del plan
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(6) |
A fin de enmarcar el diálogo encaminado a la presentación de planes fiscales-estructurales nacionales a medio plazo, el 21 de junio de 2024 la Comisión envió a Eslovenia, según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2024/1263, la trayectoria de referencia (5). La Comisión publicó la trayectoria de referencia el 15 de octubre de 2024 (6). La trayectoria de referencia se basa en riesgos y garantiza que, al final del período de ajuste fiscal y siempre que no haya nuevas medidas presupuestarias que vayan más allá del período de ajuste, la deuda de las administraciones públicas se sitúe en una trayectoria descendente verosímil o se mantenga en niveles prudentes a medio plazo y que el déficit de las administraciones públicas se sitúe por debajo del 3 % del PIB al cabo del período de ajuste y se mantenga por debajo de dicho valor de referencia a medio plazo. Se entiende por «a medio plazo» el período de diez años posterior al final del período de ajuste. De conformidad con los artículos 7 y 8 del Reglamento (UE) 2024/1263, la trayectoria de referencia también es coherente con la salvaguardia de sostenibilidad de la deuda y la salvaguardia de resiliencia del déficit. En la trayectoria de referencia de Eslovenia se establece que, a partir de las hipótesis de la Comisión en que se basan las orientaciones previas transmitidas en junio de 2024 y suponiendo un período de ajuste de cuatro años, el gasto neto no debe aumentar en más de los valores indicados en el cuadro 1. Esto corresponde a un crecimiento medio del gasto neto del 4,4 % durante el período de ajuste (2025-2028). Cuadro 1: Trayectoria de referencia proporcionada por la Comisión a Eslovenia el 21 de junio de 2024
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(7) |
De conformidad con el artículo 12 del Reglamento (UE) 2024/1263, Eslovenia y la Comisión entablaron un diálogo técnico entre julio y septiembre de 2024. El diálogo se centró en la senda de gasto neto prevista por Eslovenia y sus hipótesis subyacentes, así como la realización prevista de reformas e inversiones que respondan a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo y las prioridades comunes de la Unión en materia de transición ecológica y digital justa, resiliencia social y económica, seguridad energética y creación de capacidades de defensa. |
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(8) |
En octubre de 2024, de conformidad con el artículo 11, apartado 3, y el artículo 36, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2024/1263, según la información facilitada por Eslovenia en su plan, el país llevó a cabo un proceso de consulta con los interlocutores sociales y otras partes interesadas pertinentes. Según la información facilitada por Eslovenia en su plan, el Comité Económico y Social y otras partes interesadas pertinentes formularon observaciones sobre el proyecto de plan, en particular con respecto a las reformas y acerca de la evaluación de las necesidades relacionadas con la transición ecológica. |
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(9) |
El Consejo Fiscal esloveno emitió un dictamen sobre el plan el 21 de octubre. A fin de evaluar los riesgos para los compromisos del plan, el Consejo Fiscal elaboró sus propias previsiones de finanzas públicas. Llegó a la conclusión de que las desviaciones con respecto a la senda estimada de saldo y deuda de las administraciones públicas podrían materializarse especialmente en la segunda parte del período de ajuste, debido al aumento del gasto relacionado con la remuneración de los empleados públicos y en el ámbito de la asistencia sanitaria. El Consejo Fiscal señaló que eran necesarias medidas compensatorias adicionales para cumplir los compromisos del plan. |
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(10) |
El plan se debatió en el Parlamento nacional el 4 de octubre de 2024. Fue adoptado por el Gobierno el 10 de octubre de 2024. |
Otros procesos conexos
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(11) |
El 15 de octubre de 2024 Eslovenia presentó su proyecto de plan presupuestario para el año 2025. La Comisión adoptó el dictamen sobre este proyecto de plan presupuestario el 26 de noviembre de 2024 (7). |
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(12) |
El 21 de octubre de 2024, el Consejo formuló a Eslovenia una serie de recomendaciones específicas por país (REP) en el contexto del Semestre Europeo (8). |
RESUMEN DEL PLAN Y DE LA EVALUACIÓN DE LA COMISIÓN
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(13) |
De conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2024/1263, la Comisión evaluó el plan como sigue: |
Contexto: situación y perspectivas macroeconómicas y de política fiscal
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(14) |
La actividad económica en Eslovenia creció un 2,1 % en 2023, impulsada principalmente por la demanda interna y las exportaciones netas. Sin embargo, la desacumulación de existencias redujo el crecimiento del PIB en 1,5 puntos porcentuales. Según las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión Europea, se espera que la economía crezca un 1,4 % en 2024, apoyada en el consumo público y privado y la acumulación de existencias, pese a la contribución negativa de las exportaciones netas. En 2025, se prevé que el PIB real aumente un 2,5 %, ya que se estima que el consumo privado seguirá creciendo con fuerza y el crecimiento de la inversión se acelerará. En 2026, se espera que el PIB real aumente un 2,6 %, ya que se prevé que el consumo público y privado y la inversión sigan creciendo. Durante el período de previsión (es decir, 2024-2026), se espera que el crecimiento del PIB potencial en Eslovenia disminuya marginalmente del 2,6 % en 2023 al 2,5 % en 2026, debido a la reducción de la contribución del trabajo. La Comisión prevé que la tasa de desempleo, que se situó en el 3,7 % en 2023, ascienda al 3,5 % en 2024, al 3,6 %, en 2025 y al 3,6 %, en 2026. Se prevé que la inflación (deflactor del PIB) disminuya del 7,2 % que se registró en 2023 al 2,1 % de 2024, y que alcance el 3,2 % en 2025 y el 2,1 %, en 2026. |
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(15) |
En cuanto a la evolución de las finanzas públicas, el déficit de las administraciones públicas de Eslovenia en 2023 se situó en el 2,6 % del PIB. Según las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión, se prevé que alcance el 2,4 % del PIB en 2024 y que siga disminuyendo hasta el 2,1 % del PIB en 2025 y, asumiendo que se mantenga la política fiscal, que se estabilice en el 2,1 % en 2026. Las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión incluyen el proyecto de presupuesto de Eslovenia para 2025, que el Gobierno propuso al Parlamento nacional en septiembre. La deuda de las administraciones públicas se situó en el 68,4 % del PIB al final de 2023. Según las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión Europea, la ratio de deuda disminuirá hasta el 67,1 % del PIB al acabar 2024. Se prevé que disminuya hasta el 64,4 % del PIB al acabar 2025 y el 63,1 % al acabar 2026. Las previsiones fiscales de la Comisión no tienen en cuenta los compromisos que se hayan asumido en los planes a medio plazo como tales, hasta que se anuncien de forma verosímil y se establezcan medidas de actuación concretas suficientemente detalladas. |
Senda de gasto neto e hipótesis macroeconómicas principales del plan
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(16) |
El plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de Eslovenia, que abarca el período 2025-2028, presenta un ajuste fiscal a lo largo de cuatro años. |
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(17) |
El plan contiene toda la información que exige el artículo 13 del Reglamento (UE) 2024/1263. |
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(18) |
Eslovenia se compromete a seguir la senda de gasto neto indicada en el cuadro 2, correspondiente a un crecimiento medio del gasto neto del 4,5 % en el período 2025-2028. El crecimiento medio del gasto neto durante el período de ajuste (2025-2028) fijado en el plan es superior a la trayectoria de referencia que transmitió la Comisión el 21 de junio de 2024. El plan presupone que el crecimiento del PIB potencial disminuirá gradualmente del 2,9 % en 2024 al 2,1 % en 2028. Además, el plan prevé que la tasa de crecimiento del deflactor del PIB aumente del 3,0 % en 2024 al 3,7 % en 2025, para después bajar al 2,9 % en 2026 y al 2,8 %, en 2028. Cuadro 2: Senda de gasto neto e hipótesis principales del plan de Eslovenia
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Implicaciones de los compromisos en materia de gasto neto del plan para la deuda de las administraciones públicas
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(19) |
Si se materializaran la senda de gasto neto que se ha comprometido en el plan y las hipótesis subyacentes, según el plan, la deuda de las administraciones públicas descendería gradualmente del 67,5 % de 2024 al 61,2 % del PIB al final del período de ajuste (2028) como se refleja en el cuadro que figura a continuación. Después del ajuste, a medio plazo (es decir, hasta 2038), la ratio de deuda seguirá una trayectoria decreciente hasta 2035 según el plan, para situarse en el 54,5 % del PIB. Posteriormente, aumentará lentamente hasta el 55,6 % del PIB en 2038. Cuadro 3: Evolución de la deuda y el saldo de las administraciones públicas en el plan de Eslovenia
Así, según el plan, la deuda de las administraciones públicas se situaría por debajo del valor de referencia del Tratado (60 % del PIB a medio plazo). Esto es verosímil según las hipótesis del plan, ya que se prevé que la deuda se sitúe por debajo del 60 % del PIB en 2038 en todas las pruebas de resistencia deterministas del análisis de la sostenibilidad de la deuda de la Comisión. Por tanto, según los compromisos y las hipótesis macroeconómicas del plan, la senda de gasto neto propuesta en el plan es coherente con el requisito relativo a la deuda establecido en el artículo 6, letra a), y el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/1263. |
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Implicaciones de los compromisos en materia de gasto neto del plan para el saldo de las administraciones públicas
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(20) |
Partiendo de la senda de gasto neto y las hipótesis del plan, el déficit de las administraciones públicas disminuiría gradualmente del 2,9 % del PIB en 2024 al 1,2 % del PIB en 2028. Por tanto, según el plan, el saldo de las administraciones públicas no superaría el valor de referencia (3 % del PIB) al final del período de ajuste (2028). Además, en los diez años siguientes al período de ajuste (es decir, hasta 2038), el déficit público no superaría el 3 % del PIB. Por tanto, según los compromisos y las hipótesis macroeconómicas del plan, la senda de gasto neto propuesta en el plan es coherente con el requisito de déficit establecido en el artículo 6, letra b), y el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/1263. |
Perfil temporal del ajuste fiscal
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(21) |
El perfil temporal del ajuste fiscal, medido como la variación del saldo primario estructural, según se describe en el plan, es lineal, tal como exige el artículo 6, letra c), del Reglamento (UE) 2024/1263. Por tanto, según los compromisos y las hipótesis macroeconómicas del plan, la senda de gasto neto propuesta en el plan es coherente con la cláusula de salvaguardia destinada a evitar el aplazamiento hasta el final del período establecida en el artículo 6, letra c), y en la disposición transitoria del artículo 36, apartado 1, letra e), del Reglamento (UE) 2024/1263. Cuadro 4: Evolución del saldo primario estructural en el plan de Eslovenia
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Coherencia del plan con la salvaguardia de resiliencia del déficit
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(22) |
Con arreglo al artículo 8 del Reglamento (UE) 2024/1263, el ajuste anual del saldo primario estructural no debe ser inferior a 0,4 puntos porcentuales del PIB si el déficit estructural se mantuvo por encima del 1,5 % del PIB en el año anterior, para lograr un margen común de resiliencia en términos estructurales del 1,5 % del PIB. El ajuste fiscal anual resultante de los compromisos y las hipótesis macroeconómicas del plan asciende al 0,4 % del PIB durante el período de ajuste. Por tanto, según los compromisos y las hipótesis macroeconómicas del plan, la senda de gasto neto que en él se propone es coherente con la salvaguardia de sostenibilidad de la deuda. |
Coherencia del plan con la salvaguardia de sostenibilidad de la deuda
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(23) |
Dado que, según el plan, la deuda de las administraciones públicas se situará entre el 60 % y el 90 % del PIB durante el período de ajuste, con arreglo al artículo 7 del Reglamento (UE) 2024/1263, la ratio de deuda deberá disminuir al menos en 0,5 puntos porcentuales de media anual hasta que descienda por debajo del 60 %. Esta disminución media, que se calcula para el período 2024-2028, asciende a 1,6 puntos porcentuales (véase el cuadro 3). Por tanto, según los compromisos y las hipótesis macroeconómicas del plan, la senda de gasto neto que en él se propone es coherente con la salvaguardia de sostenibilidad de la deuda. |
Hipótesis macroeconómicas y fiscales del plan
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(24) |
El plan se basa en una serie de hipótesis que difieren de las que la Comisión transmitió a Eslovenia el 21 de junio de 2024. En particular, el plan utiliza diferentes hipótesis para ocho variables, a saber, los datos históricos actualizados, la posición de partida de 2024 (incluido el déficit primario y la proporción del gasto primario en 2024), el crecimiento del PIB potencial, el crecimiento del deflactor del PIB, el crecimiento del PIB real, los tipos de interés, los ajustes stock-flujo y las medidas puntuales. Es necesario evaluar estas diferencias en las hipótesis de forma minuciosa para garantizar que estén respaldadas por argumentos económicos sólidos y basados en datos, especialmente porque el crecimiento medio del gasto neto contemplado en el plan es superior al de la trayectoria de referencia. A continuación, se enumeran las diferencias en las hipótesis con la incidencia más significativa en el crecimiento medio del gasto neto, junto con una evaluación de cada diferencia considerada por separado.
Las diferencias restantes no tienen una incidencia notable en el crecimiento medio del gasto neto en comparación con las hipótesis de la Comisión. En general, si se toman en conjunto todas las diferencias en las hipótesis, revierten en un crecimiento medio del gasto neto en el plan que es superior a la trayectoria de referencia. Según dicha evaluación, el plan no cumple el requisito que impone el artículo 13, letra b), del Reglamento (UE) 2024/1263. La Comisión tendrá en cuenta la evaluación previa de las hipótesis que figuran en el plan en futuras evaluaciones del cumplimiento de la presente recomendación. |
Estrategia de política fiscal del plan
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(25) |
Según la estrategia fiscal indicativa del plan, los compromisos en materia de gasto neto se cumplirán principalmente mediante la contención del gasto y medidas discrecionales de aumento de los ingresos. Para 2025, el plan anuncia una nueva contribución obligatoria a los cuidados de larga duración que se recaudará a partir del 1 de julio de 2025, un impuesto sobre las emisiones de CO2 más elevado, una imposición más elevada para las bebidas alcohólicas y las bebidas con azúcar añadido y la retirada de las medidas restantes para mitigar la incidencia de los elevados precios de la energía. Las ganancias de ingresos se compensarán parcialmente con posibles aumentos del gasto derivados de la reforma salarial del sector público que se introducirá gradualmente durante el período 2025-2028. El plan establece que el Servicio de Auditoría Interna de las Finanzas Públicas del Ministerio de Hacienda empezará a abordar las deficiencias de la actual auditoría interna de las finanzas públicas en 2025. Además, en 2026 y años posteriores, el plan prevé nuevas medidas fiscales, una reforma de las pensiones y de los cuidados de larga duración, y la reforma de la sanidad. Las reformas en materia de pensiones, sanidad y cuidados de larga duración y la reforma salarial del sector público se incluyen en el plan de recuperación y resiliencia (PRR). El Gobierno ha acordado redactar enmiendas a la legislación en materia de pensiones y actualmente está llevando a cabo una consulta con los interlocutores sociales. La reforma de los cuidados de larga duración se ha adoptado y se aplica gradualmente con la entrada en vigor de una nueva contribución obligatoria en 2025. La especificación de las medidas de actuación que deben adoptarse debe confirmarse o ajustarse y cuantificarse en los presupuestos anuales. Al mismo tiempo, existen riesgos para la aplicación de la estrategia fiscal indicativa del plan, derivados de los excesos de gasto vinculados a las reformas en curso del sistema salarial del sector público, a las reformas de la sanidad y los cuidados de larga duración, y a grandes proyectos de inversión. Además, el proyecto de plan presupuestario para 2025 especifica las medidas de actuación con las que se cumpliría el compromiso de gasto neto para 2025 (9). |
Reformas e inversiones que responden a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo y abordan las prioridades comunes de la Unión
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(26) |
El plan describe los propósitos relativos a reformas e inversiones que responden a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo, especialmente las REP, y a cómo se abordarán en el plan las prioridades comunes de la UE. El plan incluye siete reformas globales (reforma de las pensiones, reforma de la sanidad, reforma de los cuidados de larga duración, reforma del sistema salarial del sector público, política de vivienda, cambios en la educación y cambios tributarios). El plan también incluye medidas en otros ámbitos, como el fomento de la productividad y la transición ecológica y digital. El plan incluye más de cuarenta reformas e inversiones. |
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(27) |
En lo que respecta a la prioridad común de una transición ecológica y digital justa, incluidos los objetivos climáticos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1119, el plan incluye varios actos legislativos y no legislativos. Entre otras cosas, se está preparando una Ley del Clima para hacer frente a los cambios climáticos y lograr la neutralidad climática en Eslovenia de aquí a 2045. En este contexto, Eslovenia tiene la intención de reforzar las medidas contra el cambio climático y las catástrofes climáticas, con especial atención a las inundaciones. Varias inversiones tienen por objeto impulsar la economía circular aumentando el uso eficiente de los recursos, promoviendo las ecoinnovaciones y mejorando la gestión de los residuos. La Estrategia de Desarrollo del Transporte 2030 se centra en la planificación global del transporte y la movilidad sostenibles. Eslovenia está aplicando los objetivos definidos en la Estrategia de Transformación Digital 2030, que también se reflejan en la Hoja de Ruta Estratégica Nacional para la Década Digital 2030. Esto incluye medidas en el ámbito de la conectividad del Plan de Desarrollo de la Infraestructura de Gigabits 2030, en el ámbito de las tecnologías e infraestructuras digitales avanzadas y la transformación digital de las empresas y las capacidades digitales (por ejemplo, la Ley de Fomento de la Inclusión Digital). Se están aplicando varios documentos estratégicos, como el Plan de Infraestructura de Gigabits 2030, la Estrategia para la Transformación Digital de la Economía 2030 y la Estrategia de Servicios Públicos Digitales 2030. Varias de las medidas apoyadas por el PRR y los fondos de la política de cohesión también se presentan como destinadas a abordar la prioridad común de una transición ecológica y digital justa, por ejemplo, la transformación digital de la economía (empresa e industria), la ecologización de las infraestructuras educativas en Eslovenia, la transformación integral de la educación ecológica y digital y el aumento de capacidad de la infraestructura ferroviaria. Las reformas e inversiones incluidas en el plan tienen por objeto abordar las REP de 2019 y 2020 para centrar la política económica relacionada con la inversión en la investigación y la innovación, la transición a una economía hipocarbónica, el transporte sostenible, como los ferrocarriles, y las infraestructuras medioambientales, teniendo en cuenta las disparidades regionales; la REP de 2020 para promover las aptitudes digitales de las empresas y reforzar las capacidades digitales, el comercio electrónico y la sanidad electrónica; y la REP de 2022 para ampliar la inversión pública destinada a la transición ecológica y digital. |
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(28) |
En cuanto a la prioridad común de la resiliencia social y económica, incluido el pilar europeo de derechos sociales, el plan incluye varios actos legislativos y no legislativos. Las principales medidas propuestas son la reforma de las pensiones, la reforma de la asistencia sanitaria y la reforma de los cuidados de larga duración. El plan establece que la reforma de las pensiones garantizará la sostenibilidad del sistema de pensiones y un nivel adecuado de estas, y se complementará con nuevas medidas del mercado laboral para impulsar la participación, en particular, de los trabajadores de más edad. El plan describe varias medidas de actuación e inversiones adoptadas y previstas en el ámbito de la educación, las capacidades y el aprendizaje permanente y hace referencia a la preparación de un plan de acción para aumentar la productividad y la competitividad. Otras medidas incluyen la Estrategia para el Desarrollo del Mercado de Capitales en Eslovenia 2023-2030. El plan incluye asimismo la adopción de una estrategia eslovena para las empresas emergentes. Los cambios en la financiación de las actividades de investigación e innovación científicas tienen por objeto disparar la inversión en I+D hasta el 3,5 % del PIB de aquí a 2030. El plan incluye medidas de actuación planificadas en relación con la asequibilidad de la vivienda. Varias de las medidas apoyadas por el PRR y la política de cohesión de la UE, incluidas las del pilar III del Fondo de Transición Justa, también tienen por objeto abordar la prioridad común de la resiliencia social y económica, por ejemplo, el refuerzo del parque público de viviendas de alquiler, el tratamiento eficaz de las enfermedades transmisibles, una entrada más rápida de los jóvenes en el mercado laboral y medidas estructurales para reforzar la resiliencia del mercado laboral, garantizar una mano de obra cualificada y abordar la escasez de mano de obra. Se han adoptado o planificado varias medidas para facilitar y acelerar la integración de los trabajadores extranjeros en el mercado laboral y en la sociedad. Las reformas e inversiones incluidas en el plan tienen por objeto abordar las REP de 2019 y 2024 para garantizar la sostenibilidad a largo plazo y la adecuación del sistema de pensiones; la REP de 2019 para aumentar la empleabilidad de las personas de baja cualificación y de los trabajadores de más edad; la REP de 2019 para mejorar la competencia, la profesionalización y la supervisión independiente en la contratación pública (abordadas a través del PRR); la REP de 2020 para mejorar los regímenes de reducción del tiempo de trabajo y las disposiciones sobre horario laboral flexible y garantizar que estas medidas proporcionen una protección adecuada a los trabajadores atípicos; las REP de 2019, 2020, 2022, 2023 y 2024 para garantizar la resiliencia y la sostenibilidad a largo plazo del sistema sanitario y de cuidados de larga duración; las REP de 2022, 2023 y 2024 para reequilibrar los ingresos tributarios hacia fuentes más sostenibles y favorables al crecimiento; las REP de 2019, 2020 y 2024 para crear empresas de alto crecimiento mejorando las condiciones para la inversión en capital riesgo y para los inversores institucionales, proporcionar liquidez y financiación a las empresas, apoyar el desarrollo de los mercados de renta variable y mejorar el entorno empresarial; y la REP de 2024 para reforzar la competitividad mediante el fomento de las capacidades. |
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(29) |
En cuanto a la prioridad común de la seguridad energética, el plan incluye varios actos legislativos y no legislativos. Por ejemplo, hace referencia a la Ley de Energía ya adoptada, y entre las que aún están en preparación, al Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), actualizado a su versión definitiva, y a la Ley sobre la reestructuración de la mina de Velenje. Varias de las medidas apoyadas por el PRR —en particular el componente REPowerEU y el Fondo de Transición Justa en el marco de la política de cohesión de la UE— también contribuyen a la prioridad común de la seguridad energética, por ejemplo, mediante el refuerzo de la red de distribución de electricidad y la planificación y financiación de la renovación energética de los edificios del sector público y la implantación de una infraestructura para combustibles alternativos. Las reformas e inversiones incluidas en el plan tienen por objeto abordar las REP de 2022 y 2023 para reducir la dependencia general de los combustibles fósiles acelerando la implantación de las energías renovables y aumentando la aplicación de medidas de eficiencia energética; y las REP de 2022 y 2023 para promover la electrificación del sector del transporte. |
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(30) |
En lo que respecta a la prioridad común de las capacidades de defensa, el plan incluye la Ley adoptada sobre la provisión de fondos de inversión para el ejército esloveno entre 2021 y 2026, por la que el ejército recibe 780 millones EUR. |
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(31) |
El plan proporciona información sobre la coherencia y, en su caso, la complementariedad con los fondos de la política de cohesión de la UE y el PRR de Eslovenia. El plan se refiere a varias políticas que reciben apoyo a través del PRR y los fondos de cohesión de la UE. Además, el plan incluye cuadros de correspondencias que establecen la relación entre los ámbitos de actuación financiados con cargo al Programa de la Política de Cohesión Europea 2021-2027 y las distintas REP. |
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(32) |
El plan ofrece una visión general de las necesidades de inversión pública prioritarias de Eslovenia en relación con las prioridades comunes de la UE. En cuanto a la prioridad común de una transición ecológica y digital justa, incluidos los objetivos climáticos, el plan establece las necesidades de inversión en el uso eficiente de la energía, las infraestructuras de transporte (ferrocarriles) y la movilidad sostenible. Esta última incluye la infraestructura para ciclistas, los centros multimodales y la mejora de las infraestructuras de transporte público y peatonales. En lo que se refiere a la prioridad común de la resiliencia social y económica, incluido el pilar europeo de derechos sociales, el plan establece las necesidades de inversión en las políticas de sanidad, cuidados de larga duración y vivienda. En cuanto a la prioridad común de la seguridad energética, el plan establece las necesidades de inversión en conectividad de los sistemas y redes energéticos, para las capacidades de producción (centrales solares) y para una transición justa de las regiones carboníferas. El plan pretende contribuir a satisfacer las necesidades de inversión pública de Eslovenia en relación con las prioridades comunes de la UE. En cuanto a la prioridad común de las capacidades de defensa, el plan establece las necesidades de inversión en capacidades de combate y para su apoyo, logística e infraestructura militar, y capacidades de mando y control. Según el plan, la Resolución sobre el Programa General de Desarrollo y Equipamiento a Largo Plazo de las Fuerzas Armadas Eslovenas hasta 2040 prevé alcanzar un gasto en defensa equivalente al 2 % del PIB de aquí a 2030, en consonancia con el compromiso de la OTAN. Está previsto que el 20 % del gasto en defensa se destine a inversión. |
Conclusión de la evaluación de la Comisión
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(33) |
En general, la Comisión considera que el plan de Eslovenia cumple los requisitos del Reglamento (UE) 2024/1263. |
CONCLUSIÓN GENERAL DEL CONSEJO
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(34) |
El Consejo acoge con satisfacción el plan fiscal-estructural a medio plazo de Eslovenia y considera que su plena aplicación permitiría garantizar unas finanzas públicas saneadas y apoyar la sostenibilidad de la deuda pública, así como un crecimiento sostenible e integrador. |
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(35) |
El Consejo toma nota de la evaluación de la Comisión sobre el plan. No obstante, el Consejo invita a la Comisión a que presente su evaluación de los planes futuros en un documento separado de las Recomendaciones de la Comisión de Recomendaciones del Consejo. |
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(36) |
El Consejo toma nota de la evaluación de la Comisión sobre la senda de gasto neto y las principales hipótesis macroeconómicas del plan, también en relación con las orientaciones previas de la Comisión, así como de las implicaciones de la senda de gasto neto del plan para el déficit y la deuda públicos. El Consejo toma nota de la evaluación de la Comisión conforme a la cual las hipótesis macroeconómicas y fiscales, aunque difieren en algunos casos de las hipótesis de la Comisión, en particular para tener en cuenta datos macroeconómicos y fiscales actualizados, están, en general, debidamente justificadas y respaldadas por argumentos económicos sólidos. El Consejo toma nota de la estrategia fiscal general del plan y de los riesgos para las perspectivas, que podrían afectar a la materialización del escenario macroeconómico y las hipótesis subyacentes y a la realización de la senda de gasto neto del plan. En particular, el Consejo también acoge con satisfacción que las partes interesadas pertinentes hayan sido consultadas a nivel nacional antes de la presentación del plan. El Consejo también observa que los riesgos geopolíticos pueden ejercer presión sobre los gastos de defensa. |
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(37) |
El Consejo espera que Eslovenia esté preparada para ajustar su estrategia fiscal en la medida necesaria para garantizar la realización de su senda de gasto neto. El Consejo está resuelto a seguir de cerca la evolución económica y fiscal, en particular la evolución subyacente al escenario del plan. |
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(38) |
El Consejo considera que está justificado proseguir los debates para acordar una posición común sobre las implicaciones anuales de la supervisión de las tasas de crecimiento acumulado del gasto neto a tiempo para el próximo ciclo de supervisión fiscal. |
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(39) |
El Consejo toma nota de la descripción que ha realizado la Comisión de los propósitos y las necesidades de reformas e inversiones que responden a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo, y destaca la importancia de garantizar la realización de dichas reformas e inversiones. Sobre la base de los informes presentados por la Comisión, el Consejo evaluará dichas reformas e inversiones y supervisará su aplicación en el marco del Semestre Europeo. |
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(40) |
El Consejo espera con interés los informes anuales de situación de Eslovenia que contendrán, en particular, información sobre los avances en la aplicación de la senda de gasto neto establecida por el Consejo, y la ejecución de reformas e inversiones más amplias en el contexto del Semestre Europeo. |
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(41) |
De conformidad con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2024/1263, el Consejo debe recomendar a Eslovenia la senda de gasto neto establecida en el plan. |
RECOMIENDA que Eslovenia:
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1. |
Garantice que el crecimiento del gasto neto no supere los máximos establecidos en el anexo I de la presente Recomendación. |
Hecho en Bruselas, el 21 de enero de 2025.
Por el Consejo
El Presidente
A. DOMAŃSKI
(1) Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2024, relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo (DO L, 2024/1263, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1263/oj).
(2) Reglamento (UE) 2024/1264 del Consejo, de 29 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1467/97, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (DO L, 2024/1264, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1264/oj).
(3) Directiva (UE) 2024/1265 del Consejo, de 29 de abril de 2024, por la que se modifica la Directiva 2011/85/UE sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros (DO L, 2024/1265, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2024/1265/oj).
(4) Gasto neto en el sentido del artículo 2 del Reglamento (UE) 2024/1263, es decir, el gasto público, neto de i) los gastos en concepto de intereses, ii) las medidas discrecionales relativas a los ingresos, iii) los gastos en programas de la Unión compensados íntegramente con los ingresos procedentes de los fondos de la Unión, iv) el gasto nacional en cofinanciación de programas financiados por la Unión, v) los elementos cíclicos del gasto en prestaciones de desempleo y vi) las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal.
(5) Las orientaciones previas que se transmiten a los Estados miembros y al Comité Económico y Financiero incluyen trayectorias con y sin ampliación del período de ajuste (que duran cuatro y siete años, respectivamente). También incluye las principales condiciones iniciales y las hipótesis subyacentes que utiliza la Comisión en el marco de su previsión de deuda pública a medio plazo. La trayectoria de referencia se calculó partiendo de la metodología descrita en el informe «Debt Sustainability Monitor» [Supervisión de la sostenibilidad de la deuda] de 2023 de la Comisión (https://economy-finance.ec.europa.eu/publications/debt-sustainability-monitor-2023_en?prefLang=es). Además, se basa en las previsiones económicas de primavera de 2024 de la Comisión Europea y su ampliación a medio plazo hasta 2033 y, por otro lado, el crecimiento del PIB y los costes del envejecimiento a largo plazo están en consonancia con el «Informe conjunto de la Comisión y el Consejo sobre el envejecimiento de 2024» (https://economy-finance.ec.europa.eu/publications/2024-ageing-report-economic-and-budgetary-projections-eu-member-states-2022-2070_en?prefLang=es).
(6) https://economy-finance.ec.europa.eu/economic-and-fiscal-governance/stability-and-growth-pact/preventive-arm/national-medium-term-fiscal-structural-plans_en?prefLang=es&etrans=es#slovenia.
(7) Dictamen de la Comisión sobre el proyecto de plan presupuestario de Eslovenia, de 26 de noviembre de 2024, C(2024) 9064 final.
(8) Recomendación del Consejo, de 21 de octubre de 2024, relativa a las políticas económicas, presupuestarias, de empleo y estructurales de Eslovenia.
(9) Véase el Dictamen de la Comisión sobre el proyecto de plan presupuestario de Eslovenia, de 26 de noviembre de 2024, C(2024) 9064 final.
ANEXO I
Tasas máximas de crecimiento del gasto neto
(tasas de crecimiento anual y acumulado, en términos nominales)
Eslovenia
|
Años |
2025 |
2026 |
2027 |
2028 |
|
|
Tasas de crecimiento (%) |
Anual |
5,6 |
4,4 |
4,1 |
4,0 |
|
Acumulado (*1) |
12,1 |
17,0 |
21,8 |
26,6 |
|
(*1) Las tasas de crecimiento acumulado se calculan por referencia al año de base 2023. Las tasas de crecimiento acumulado se utilizan en el seguimiento anual del cumplimiento ex posten la cuenta de control.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/640/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)