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Document 32024R0858R(01)

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/858 de la Comisión, de 14 de marzo de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso de los nanomateriales copolímero de estireno/acrilato, copolímero de acrilato/estireno de sodio, cobre, cobre coloidal, hidroxiapatita, oro, oro coloidal, ácido tioetilaminohialurónico de oro, acetilheptapéptido-9 oro coloidal, platino, platino coloidal, acetiltetrapéptido-17 platino coloidal y plata coloidal en productos cosméticos (Diario Oficial de la Unión Europea L, 2024/858, 15 de marzo de 2024)

C/2024/5486

DO L, 2024/90467, 31.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/858/corrigendum/2024-07-31/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/858/corrigendum/2024-07-31/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/90467

31.7.2024

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/858 de la Comisión, de 14 de marzo de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso de los nanomateriales copolímero de estireno/acrilato, copolímero de acrilato/estireno de sodio, cobre, cobre coloidal, hidroxiapatita, oro, oro coloidal, ácido tioetilaminohialurónico de oro, acetilheptapéptido-9 oro coloidal, platino, platino coloidal, acetiltetrapéptido-17 platino coloidal y plata coloidal en productos cosméticos

( Diario Oficial de la Unión Europea L, 2024/858, 15 de marzo de 2024 )

En la página 5, en el anexo, en el punto 2), en la nota a pie de página (*):

donde dice:

«(*)

A partir del 1 de febrero de 2025 no se introducirán en el mercado de la Unión productos cosméticos que contengan esta sustancia. A partir del 1 de noviembre de 2025 no se comercializarán en el mercado de la Unión productos cosméticos que contengan esta sustancia.»,

debe decir:

«(*)

A partir del 1 de febrero de 2025 no se introducirán en el mercado de la Unión productos cosméticos que contengan esta sustancia y no cumplan las restricciones. A partir del 1 de noviembre de 2025 no se comercializarán en el mercado de la Unión productos cosméticos que contengan esta sustancia y no cumplan las restricciones.».

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/858/corrigendum/2024-07-31/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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