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Document 32024R0382

Reglamento Delegado (UE) 2024/382 de la Comisión, de 18 de octubre de 2023, que corrige el Reglamento Delegado (UE) n.o 231/2013 por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las exenciones, las condiciones generales de ejercicio de la actividad, los depositarios, el apalancamiento, la transparencia y la supervisión

C/2023/6942

DO L, 2024/382, 23.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/382/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/382/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/382

23.1.2024

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2024/382 DE LA COMISIÓN

de 18 de octubre de 2023

que corrige el Reglamento Delegado (UE) n.o 231/2013 por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las exenciones, las condiciones generales de ejercicio de la actividad, los depositarios, el apalancamiento, la transparencia y la supervisión

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41/CE y 2009/65/CE y los Reglamentos (CE) n.o 1060/2009 y (UE) n.o 1095/2010 (1), y en particular su artículo 14, apartado 4, y su artículo 19, apartado 11,

Considerando lo siguiente:

(1)

La versión en lengua sueca del Reglamento Delegado (UE) n.o 231/2013 (2) contiene errores en el artículo 7, párrafo segundo, letra a), en el artículo 31, apartado 1, párrafo primero, primera frase, y en el artículo 32, que modifican el significado de las disposiciones.

(2)

Procede, por tanto, corregir la versión sueca del Reglamento Delegado (UE) n.o 231/2013 en consecuencia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

(No afecta a la versión española)

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de octubre de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)   DO L 174 de 1.7.2011, p. 1.

(2)  Reglamento Delegado (UE) n.o 231/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se complementa la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las exenciones, las condiciones generales de ejercicio de la actividad, los depositarios, el apalancamiento, la transparencia y la supervisión (DO L 83 de 22.3.2013, p. 1).


ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/382/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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