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Document 32024D2665
Council Decision (CFSP) 2024/2665 of 8 October 2024 amending Decision (CFSP) 2019/1720 concerning restrictive measures in view of the situation in Nicaragua
Decisión (PESC) 2024/2665 del Consejo, de 8 de octubre de 2024, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1720 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua
Decisión (PESC) 2024/2665 del Consejo, de 8 de octubre de 2024, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1720 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua
ST/11838/2024/INIT
DO L, 2024/2665, 9.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/2665/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2024/2665 |
9.10.2024 |
DECISIÓN (PESC) 2024/2665 DEL CONSEJO
de 8 de octubre de 2024
por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1720 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 14 de octubre de 2019, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2019/1720 (1) relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua. |
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(2) |
La Decisión (PESC) 2019/1720 es aplicable hasta el 15 de octubre de 2024. Sobre la base de una revisión de dicha Decisión, las medidas restrictivas establecidas en ella deben prorrogarse hasta el 15 de octubre de 2025, y debe actualizarse la exposición de motivos en lo relativo a dos personas físicas y una entidad enumeradas en su anexo. |
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(3) |
Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2019/1720 en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2019/1720 se modifica como sigue:
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1) |
En el artículo 9, la fecha de «15 de octubre de 2024» se sustituye por la de «15 de octubre de 2025». |
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2) |
El anexo se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión. |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, el 8 de octubre de 2024.
Por el Consejo
El Presidente
VARGA M.
(1) Decisión (PESC) 2019/1720 del Consejo, de 14 de octubre de 2019, relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Nicaragua (DO L 262 de 15.10.2019, p. 58).
ANEXO
El anexo de la Decisión (PESC) 2019/1720 se modifica como sigue:
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1) |
En el epígrafe «A. Personas físicas a que se refieren el artículo 1, apartado 1, y el artículo 2, apartado 1», las entradas 5 y 12 se sustituyen por el texto siguiente:
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2) |
En el epígrafe «B. Personas jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2, apartado 1», la entrada 2 se sustituye por el texto siguiente:
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ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/2665/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)