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Document 32020D1525
Commission Implementing Decision (EU) 2020/1525 of 16 October 2020 amending the Annex to Implementing Decision 2013/764/EU concerning animal health control measures relating to classical swine fever in certain Member States (notified under document C(2020) 7008) (Text with EEA relevance)
Decisión de Ejecución (UE) 2020/1525 de la Comisión de 16 de octubre de 2020 por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución 2013/764/UE, sobre medidas zoosanitarias de control relativas a la peste porcina clásica en determinados Estados miembros [notificada con el número C(2020) 7008] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Decisión de Ejecución (UE) 2020/1525 de la Comisión de 16 de octubre de 2020 por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución 2013/764/UE, sobre medidas zoosanitarias de control relativas a la peste porcina clásica en determinados Estados miembros [notificada con el número C(2020) 7008] (Texto pertinente a efectos del EEE)
C/2020/7008
DO L 346 de 20.10.2020, p. 31–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 21/04/2021
20.10.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 346/31 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1525 DE LA COMISIÓN
de 16 de octubre de 2020
por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución 2013/764/UE, sobre medidas zoosanitarias de control relativas a la peste porcina clásica en determinados Estados miembros
[notificada con el número C(2020) 7008]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 9, apartado 4,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios dentro de la Unión de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y en particular su artículo 10, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión de Ejecución 2013/764/UE de la Comisión (3) establece medidas zoosanitarias de control relativas a la peste porcina clásica, que se aplican en determinados Estados miembros o en las zonas de estos que figuran en su anexo. Esas medidas incluyen la prohibición del envío de cerdos vivos, carne de cerdo fresca, preparados cárnicos y productos porcinos procedentes de determinadas zonas enumeradas en dicho anexo. Las medidas zoosanitarias de control establecidas en esa Decisión de Ejecución se aplican paralelamente a las establecidas en la Directiva 2001/89/CE del Consejo (4) y están destinadas a combatir la propagación de la peste porcina clásica, en particular a escala de la Unión. |
(2) |
La Decisión de Ejecución 2013/764/UE también establece excepciones a la prohibición del envío de cerdos vivos desde determinadas zonas, siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones, como la relativa a la vigilancia. |
(3) |
Teniendo en cuenta la eficacia de las medidas de vigilancia y control aplicadas en Letonia de conformidad con la Directiva 2001/89/CE y la Decisión de Ejecución 2013/764/UE tal como fueron presentadas al Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos, y dada la situación epidemiológica favorable de la peste porcina clásica en ese Estado miembro, deben suprimirse del anexo de la Decisión de Ejecución 2013/764/UE todas las zonas de Letonia que actualmente figuran en él. |
(4) |
Debe modificarse en consecuencia la Decisión 2013/764/UE. |
(5) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se suprime el punto 3 del anexo de la Decisión de Ejecución 2013/764/UE.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 16 de octubre de 2020.
Por la Comisión
Stella KYRIAKIDES
Miembro de la Comisión
(1) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.
(2) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.
(3) Decisión de Ejecución 2013/764/UE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2013, sobre medidas zoosanitarias de control relativas a la peste porcina clásica en determinados Estados miembros (DO L 338 de 17.12.2013, p. 102).
(4) Directiva 2001/89/CE del Consejo, de 23 de octubre de 2001, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la peste porcina clásica (DO L 316 de 1.12.2001, p. 5).