This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32018B1367
Decision (EU) 2018/1367 of the European Parliament of 18 April 2018 on discharge in respect of the implementation of the budget of the European Chemicals Agency for the financial year 2016
Decisión (UE) 2018/1367 del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas para el ejercicio 2016
Decisión (UE) 2018/1367 del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas para el ejercicio 2016
DO L 248 de 3.10.2018, p. 215–215
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.10.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 248/215 |
DECISIÓN (UE) 2018/1367 DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 18 de abril de 2018
sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas para el ejercicio 2016
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— |
Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas relativas al ejercicio 2016, |
— |
Visto el informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos correspondientes al ejercicio 2016, acompañado de la respuesta de la Agencia (1), |
— |
Vista la declaración (2) sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2016 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
— |
Vista la Recomendación del Consejo, de 20 de febrero de 2018, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2016 (05941/2018 — C8-0077/2018), |
— |
Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
— |
Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (3), y en particular su artículo 208, |
— |
Visto el Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) n.o 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 1488/94 de la Comisión, así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (4), y en particular su artículo 97, |
— |
Visto el Reglamento Delegado (UE) n.o 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (5), y en particular su artículo 108, |
— |
Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno, |
— |
Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A8-0086/2018), |
1. |
Aprueba la gestión del director ejecutivo de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2016; |
2. |
Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación; |
3. |
Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al director ejecutivo de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L). |
El Presidente
Antonio TAJANI
El Secretario General
Klaus WELLE
(1) DO C 417 de 6.12.2017, p. 98.
(2) Véase la nota 1 a pie de página.
(3) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.